Decreto Ejecutivo
Decreto Ejecutivo No. 247-2010 — Reforma por adición al Artículo 2 de la Ley Especial de Órganos Jurisdiccionales con Competencia Territorial Nacional en Materia Penal
ARTÍCULO 1.- Reformar por adición el Artículo 2 del
Decreto No. 247-2010 de fecha 29 de noviembre del
2010, que contiene la LEY ESPECIAL DE ÓRGANOS
JURISDICCIONALES CON COMPETENCIA TERRI-
TORIAL NACIONAL EN MATERIA PENAL, el cual
fuera reformado mediante Decreto No. 89-2016 de fecha 20
de julio del 2016; agregando en su numeral 1) el literal p), el
que en adelante debe leerse de la manera siguiente:
“ARTÍCULO 2.- DEFINICIONES: Para los efectos de la
presente Ley se debe entender por:
1) GRUPO DELICTIVO ORGANIZADO: Grupo estruc-
turado de tres (3) o más personas que exista durante cierto
tiempo y que actúe concertadamente con el propósito de
cometer los delitos siguientes:
a)...;
b)...;
c)...;
d)...;
e)...;
f)...;
g)...;
h)...;
i)...;
j)...;
k)...;
l)...;
m)...;
n)...;
o)...; y,
p) Usurpación”.
2) GRUPO ORGANIZADO ESTRUCTURADO...”
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto entará en vigencia
a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La
Gaceta”.
Dado en la ciudad de Choluteca, departamento de Cholutca,
en el Centro de Convensiones del Hotel Jicaral, a los veinti-
siete días del mes de septiembre de dos mil diecisiete.
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FE DE ERRATA
En la publicación de La Gaceta de fecha miércoles 20 de
diciembre del 2017, por un error involuntario en el cintillo
donde aparece la fecha y número de nuestras ediciones en
las páginas impares de la “Sección A” se lee 34,520, sien-
do lo correcto 34,522. Que conste.
LA GERENCIA
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