Resolución
Resolución No. 1504-2016 — Otorgamiento de Personalidad Jurídica y aprobación de estatutos a Junta Administradora de Agua y Saneamiento de la Comunidad El Boquerón
Poder Ejecutivo
RESOLUCIÓN No. 1504-2016. SECRETARÍA DE
ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS,
JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN.
Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, veintinueve de diciembre
del dos mil dieciséis.
VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo,
por medio de esta Secretaría de Estado, con fecha veintisiete de
diciembre del dos mil dieciséis, misma que corre a Expediente No.
PJ-27122016-801, por el Abogado HUGO RENIERY BORJAS
TORRES, actuando en su condición de Apoderado Legal de la
“JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO
DE LA COMUNIDAD EL BOQUERÓN”, con domicilio en el
municipio de Trojes, departamento de El Paraíso, contraída a pedir
el otorgamiento de la Personalidad Jurídica y aprobación de sus
estatutos.
RESULTA: Que la peticionaria acompañó a su solicitud los
documentos correspondientes.
RESULTA: Que a la solicitud se le dio el trámite de ley
habiéndose mandado oír a la Unidad de Servicios Legales de esta
Secretaría de Estado, quien emitió DICTAMEN FAVORABLE No.
U.S.L. 1638-2016 de fecha 28 de diciembre de 2016.
CONSIDERANDO: Que la “JUNTA ADMINISTRADORA
DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL
BOQUERÓN”, se crea como asociación civil de beneficio mutuo,
cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país,
el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es
procedente acceder a lo solicitado.
POR TANTO: El Secretario de Estado en los Despachos de
Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, en
uso de sus facultades y en aplicación a lo establecido en los Artículos
18 de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento; 34, 35,
36, 37, 38 y 39 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector
Agua Potable y Saneamiento, 245 numeral 40 de la Constitución de
la República; 29 reformado mediante Decreto 266-2013, publicado
en fecha 23 de enero de 2014; 116 y 120 de la Ley General de la
Administración Pública; 56 y 58 del Código Civil; 24, 25 y 83 de la
Ley de Procedimiento Administrativo.
R E S U E L V E:
PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica a la “JUNTA
ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA
COMUNIDAD EL BOQUERÓN”, con domicilio en el municipio
de Trojes, departamento de El Paraíso, asimismo se aprueban sus
estatutos en la forma siguiente:
“ESTATUTOS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA
POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL
BOQUERÓN, MUNICIPIO DE TROJES, DEPARTAMENTO
DE EL PARAÍSO”
CAPÍTULO I
CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y
DOMICILIO
ARTÍCULO 1.- Se constituye la organización cuya denominación
será: “Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la
Comunidad El Boquerón, municipio de Trojes, departamento de
El Paraíso”, como una asociación de servicio comunal, de duración
indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener
la participación efectiva de la comunidad para la construcción,
operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo
con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes,
establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento
y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación
sanitaria ambiental, entre los habitantes de la Comunidad El
Boquerón, municipio de Trojes, departamento de El Paraíso”.
CERTIFICA: el punto NÚMERO 8.
ARTÍCULO 2.- EL DOMICILIO LEGAL será en la comunidad
El Boquerón, municipio de Trojes, departamento de El Paraíso, y
tendrá operación en dicha comunidad proporcionando el servicio de
Agua Potable.
ARTÍCULO 3.- Se considera como sistema de agua el área
delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación,
conducción, almacenamiento y distribución de agua, construidas por
las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para
obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares.
CAPÍTULO II
DE LOS OBJETIVOS
ARTÍCULO 4.- El fin primordial de los presentes Estatutos es
regular el normal funcionamiento de la Junta Administradora de
Agua y los diferentes comités para la administración, operación y
mantenimiento del sistema.
ARTÍCULO 5.- La organización tendrá los siguientes objetivos:
a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de las
comunidades en general. b.- Asegurar una correcta administración
del sistema. c.-Lograr un adecuado mantenimiento y operación
del sistema. d. Obtener asistencia en capacitación para mejorar el
servicio de agua potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar
el servicio de abastecimiento de agua potable. f.- Velar porque la
población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias
en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del
recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener
adecuadamente el sistema. h. Realizar labores de vigilancia en
todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto
y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios
de agua potable y saneamiento.
ARTÍCULO 6.- Para el logro de los objetivos indicados, la
organización podrá realizar las siguientes actividades: a.- Recibir las
aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio
de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias. b.-
Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar
y mantener la salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio
económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento
del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes
nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras
instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.-
Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema.
g. Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca.
h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a
conservar el sistema.
Digitalizado y Procesado por UDI-CRA-DEGT
Derechos Reservados
UDI-DEGT-UNAH
-- 5 of 44 --
La G aceta
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE H O N DURAS - T EGUCIGALPA, M. D. C . , 21 DE J UNIO DEL 2017 N o . 34,370
CAPÍTULO III
DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS
ARTÍCULO 7.- La Junta Administradora de Agua Potable
y Saneamiento, tendrá las siguientes categorías de miembros: a)
Fundadores; y, b) Activos. Miembros Fundadores: Son los que
suscribieron el Acta de Constitución de la Junta de Agua. b) Activos:
Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.
ARTÍCULO 8.- Son derechos de los miembros: a.- Ambas clases
de miembros tienen derecho a voz y a voto. b.- Elegir y ser electos.
c.- Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d.- Elevar
peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los
servicios. e.- Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias
en la calidad del servicio. f.- Recibir avisos oportunamente de las
interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la
tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la
calidad del servicio que recibe.
ARTÍCULO 9.- Son obligaciones de los miembros: a.- Conectarse
al sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los servicios,
sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura.
CAPÍTULO IV
DE LOS ÓRGANOS Y ATRIBUCIONES DE CADA
ÓRGANO
ARTÍCULO 9- La dirección, administración, operación y
mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de:
a.- Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo
integrada por: a) Comité de Microcuencas. b) Comité de Operación
y Mantenimiento. c) Comité de Saneamiento; y, d) Comité de
Vigilancia.
DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS
ARTÍCULO 10.- Es la máxima autoridad de la comunidad a nivel
local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente
convocados.
ARTÍCULO 11.- Son funciones de la Asamblea de Usuarios: a.-
Elegir o destituir los miembros directivos de la Junta. b.- Tratar los
asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c. Nombrar las
comisiones o Comités de Apoyo.
DE LA JUNTA DIRECTIVA
ARTÍCULO 12.- Después de la Asamblea de Usuarios, la Junta
Directiva es el órgano de gobierno más importante de la Junta
Administradora de Agua; y estará en funciones por un período de
dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo
dichos cargos ad honorem, para ser miembro de la Junta Directiva
deberá cumplir con los requisitos establecidos en los Artículos 36,
37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable
y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros: 1.- Un
Presidente(a). 2. Un Vicepresidente. 3.-Un Secretario(a). 4.- Un
Tesorero(a). 5.- Un Fiscal. 6.- Un Vocal Primero; y, 7.- Un Vocal
Segundo.
ARTÍCULO 13.- La Junta Directiva tendrá las siguientes
atribuciones: a.- Mantener un presupuesto de ingresos y egresos. b.-
Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo. c.- Coordinar y ejecutar
las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del
sistema de agua. d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás
ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad.
e.- Depositar los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros
de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de
agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea General
de abonados cada tres meses. g.- Cancelar o suspender el servicio
de agua. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua.
Evitando su contaminación y realizando acciones de protección y
reforestación de la microcuenca. i.- Vigilar el mantenimiento de las
obras sanitarias en los hogares de los abonados.
ARTÍCULO 14.- Para tratar los asuntos relacionados con el
sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad,
se harán reuniones así: a.- Trimestralmente en forma Ordinaria y
cuando fuese de urgencia en forma Extraordinaria. b.- La Junta
Directiva se reunirá una vez por mes.
DEL COMITÉ DE VIGILANCIA
ARTÍCULO 15.- Dentro de la Junta Administradora desempeña un
papel muy importante para el éxito de las actividades administrativas
de operación y mantenimiento del sistema, el Comité de Vigilancia,
que se encargará de controlar y vigilar permanentemente todas las
actividades que se realicen en la Junta. Serán sus funciones: a.-
Comprobar la exactitud de los inventarios y estados financieros.
b.- Verificar el dinero de caja cada vez que estime conveniente. c.-
Vigilar que todos los abonados cumplan con sus obligaciones. d.-
Fiscalizar las actividades realizadas por los miembros de la Junta.
e.- Auditar y supervisar las cuentas de recaudación proveniente de
los abonados. f.- Comprobar los gastos efectuados por la Junta. g.-
Verificar el trabajo realizado por los fontaneros y/o mano de obra
calificada y no calificada. h.- Firmar los documentos administrativos
que den fe de aceptado a los informes del Presidente y Tesorero. i.-
Vigilar la bodega.
DE LOS COMITÉS DE APOYO
ARTÍCULO 16.- La Junta Directiva tendrá los siguientes comités
de Apoyo: a.- Comité de operación y Mantenimiento. b.- Comité de
Microcuenca. c.- Comité de Saneamiento.
ARTÍCULO 17.- Estos Comités estarán integrados a la estructura
de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar
todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de
la Microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que
determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar
sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se
emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités
de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca, al Alcalde Auxiliar
y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité
de Saneamiento.
DE LA JUNTA DIRECTIVA
ARTÍCULO 18.- La Junta Directiva de la Junta Administradora
de Agua estará formada por: a) Presidente. b) Vicepresidente. c)
Secretario. d) Tesorero. e) Un Fiscal. f) Vocal Primero. g) Vocal
Segundo.
ARTÍCULO 19.- Son atribuciones del PRESIDENTE: a.-
Convocar a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones. c.-
Elaborar la agenda con el Secretario. d. Autorizar y aprobar con
el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con
el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.-
Ejercer la representación legal de la Junta Administradora.
ARTÍCULO 20.- Son atribuciones del VICEPRESIDENTE:
a.- Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva,
en este último caso se requerirá la aprobación de la mayoría simple
de la Asamblea General. b.- Supervisará las comisiones que se
establezcan. c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta
Directiva o la Asamblea.
Digitalizado y Procesado por UDI-CRA-DEGT
Derechos Reservados
UDI-DEGT-UNAH
-- 6 of 44 --
La G aceta
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE H O N DURAS - T EGUCIGALPA, M. D. C . , 21 DE J UNIO DEL 2017 N o . 34,370
ARTÍCULO 21.- Son atribuciones del SECRETARIO: a.-
Llevar el libro de actas. b.- Autorizar con su firma las actuaciones
del Presidente de la Junta Directiva, excepto lo relacionado con los
fondos. c.- Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto
con el Presidente. e.- Llevar el registro de abonados. f. Organizar el
archivo de la Junta de Agua y Saneamiento. g. Manejo de planillas
de mano de obras.
ARTÍCULO 22.- Son atribuciones del TESORERO: El
Tesorero es el encargado de manejar fondos, archivar documentos
que indiquen ingresos y egresos: a.- Recaudar y administrar
los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros
ingresos destinados al sistema. b.- Responder solidariamente con el
Presidente, del manejo y custodia de los fondos que serán destinados
a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día
y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieran
a entradas y salidas de dinero de la Tesorería de la Junta (libro de
entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos
mensuales de agua). d.- Informar mensualmente a la Junta sobre el
mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia
a la Municipalidad. e.- Dar a los abonados las explicaciones que
soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el inventario de los bienes de la
Junta. g. Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación
de fondos. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y
egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.
ARTÍCULO 23.- Son atribuciones del FISCAL: a.- Es el
encargado de fiscalizar los fondos de la Organización. b.- Supervisar
y coordinar la administración de los fondos provenientes del
servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.
c.- Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier
anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o
bienes de la Junta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que
sean necesarias para obtener una administración transparente de los
bienes de la organización.
ARTÍCULO 24.- Son atribuciones de los VOCALES: a.-
Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le
asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la
Asamblea. b.- El Vocal I Coordinará el Comité de Saneamiento
Básico. c.- El Vocal II Coordinará el Comité de microcuenca y sus
funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.
ARTÍCULO 25.- Los recursos económicos de la Junta
Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de
agua, venta de derecho a pegue, multas; así como los intereses
capitalizados. b.- Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que
aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del
sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos
y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.
ARTÍCULO 26- Los recursos económicos de la Junta
Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación,
mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema.
CAPÍTULO VI
DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
ARTÍCULO 27.- En caso de disolución y liquidación de la
Junta Administradora de Agua, los bienes de ésta serán donados
exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando
éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de
usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil
para su disolución y liquidación.
CAPÍTULO VII
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 28.- El ejercicio financiero de la Junta
Administradora de Agua coincidirá con el año fiscal del Gobierno de
la República.
ARTÍCULO 29.- Los programas, proyectos o actividades que la
Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado
realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de
común acuerdo por disposición de este último.
ARTÍCULO 30.- La presente resolución deberá inscribirse en el
Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con
el Artículo 28 de la Ley de Propiedad.
ARTÍCULO 31.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia
luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el
Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la
Constitución de la República y las leyes; sus reformas o modificaciones
se someterán al mismo procedimiento de su aprobación.
SEGUNDO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y
SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL BOQUERÓN”, con
domicilio en el municipio de Trojes, departamento de El Paraíso, se
inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos
Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando
nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus
representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo,
se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le
corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo
órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los
cuales fue constituida.
TERCERO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y
SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL BOQUERÓN”, con
domicilio en el municipio de Trojes, departamento de El Paraíso,
presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos
de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización,
a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones
Civiles (U.R.S.A.C.), los estados financieros auditados que reflejen
los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable,
indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y
variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones
a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y
donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa
jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de
los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de
los mismos. Se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos
de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización,
indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres
de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva;
asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico
le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo
órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los
cuales fue constituida.
CUARTO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y
SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL BOQUERÓN”, con
Digitalizado y Procesado por UDI-CRA-DEGT
Derechos Reservados
UDI-DEGT-UNAH
-- 7 of 44 --
La G aceta
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE H O N DURAS - T EGUCIGALPA, M. D. C . , 21 DE J UNIO DEL 2017 N o . 34,370
domicilio en el municipio de Trojes, departamento de El Paraíso,
se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por
la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos,
Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores
del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para
garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada,
además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades
que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen
en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada.
QUINTO: La disolución y liquidación de la “JUNTA
ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA
COMUNIDAD EL BOQUERÓN”, con domicilio en el municipio
de Trojes, departamento de El Paraíso, se hará de conformidad a sus
estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas
las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de
una organización legalmente constituida en Honduras, que reúna
objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo
la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el
cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de
los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo
artículo.
SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de
ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial
LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución
de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se
someterán al mismo procedimiento de su aprobación.
SÉPTIMO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es
responsabilidad de esta Secretaría de Estado, si no del peticionario.
OCTAVO: La presente resolución deberá inscribirse en el
Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con
el Artículo 28 de la Ley de Propiedad.
NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de
oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y
Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), para que emita
la correspondiente inscripción.
DÉCIMO: De oficio procédase a emitir la Certificación de
la presente Resolución, a razón de ser entregada a la “JUNTA
ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA
COMUNIDAD EL BOQUERÓN”, con domicilio en el municipio
de Trojes, departamento de El Paraíso, la cual será publicada en
el Diario Oficial “La Gaceta”, cuya petición se hará a través de la
Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando
cumplimiento con el Artículo 18, párrafo segundo de la Ley Marco
del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. (F)
CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA
DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y
DESCENTRALIZACIÓN. (F) RICARDO ALFREDO MONTES
NÁJERA, SECRETARIO GENERAL”.
Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los ocho días del mes de mayo del dos mil diecisiete.
RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA
SECRETARIO GENERAL
21 J. 2017.
JUZGADO DE LETRAS DE LO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras
de lo Contencioso Administrativo, en aplicación al artículo
cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecinueve
de septiembre del dos mil dieciséis, compareció a este Juzgado
el Abogado Luis Fernando Sauceda Godoy en su condición de
Representante Procesal del señor Francisco Javier Martínez,
incoando demanda en Materia Ordinaria contra el Tribunal
Superior de Cuentas, con orden de ingreso número 0801-
2016-00491, para que se declare no ser conforme a derecho
y consecuentemente se declare la nulidad e ilegalidad de
un acto administrativo de carácter particular contenido en
la resolución administrativa número 1135/2011-SG-TSC de
fecha catorce de octubre de dos mil once y la subsiguiente
01/2014-SG-TSC-RR de fecha veintiocho de enero de dos
mil catorce, emitidas por el Tribunal Superior de Cuentas.-
Reconocimiento de una situación jurídica individualizada.-
Se adopten las medidas para el pleno restablecimiento de
los derechos de mi mandante consistentes en: a) se ordene
dejar sin valor y efecto el pliego de responsabilidad número
07/05/2007-dasii que corresponde a la auditor la financiera
y de cumplimiento legal practicada a la Dirección General
de Transporte de la Secretaría de Estado en los Despachos
de Obras Públicas Transporte y Vivienda "SOPTRAVI", hoy
Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y
Servicios Públicos “ INSEP”, por el periodo comprendido
del 01 de enero de 2004 al 31 de julio de 2007; b) Se ordene
por parte del Tribunal Superior de Cuentas el correspondiente
finiquito de solvencia, absolviendo de cualquier tipo de
Responsabilidad pasada, presente y futura de mi representado
para con el Estado de Honduras.- Anexos.- Poder.- Especial
condena en costas.- Se impugna la Resolución Administrativa
número 1135/2011-SG-TSC de fecha catorce (14) de octubre
del dos mil once (2011) contra la cual se interpuso recurso
de Reposición y la consecuente resolución Administrativa
número 01/2014-SG-TSC-RR de fecha veintiocho (28) de
Enero de dos mil catorce (2014) emitidas por el Tribunal
Superior de Cuentas.
LIC. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
21 J. 2017.
Digitalizado y Procesado por UDI-CRA-DEGT
Derechos Reservados
UDI-DEGT-UNAH
-- 8 of 44 --
La G aceta
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE H O N DURAS - T EGUCIGALPA, M. D. C . , 21 DE J UNIO DEL 2017 N o . 34,370
Aviso de Licitación Pública Nacional
República de Honduras
INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN
PROFESIONAL (INFOP)
"CONFECCIÓN Y SUMINISTRO DE UNIFORMES
Y CALZADO PARA PERSONAL FEMENINO Y
MASCULINO DE LAS DIFERENTES UNIDADES
OPERATIVAS DEL INFOP A NIVEL NACIONAL"
LPN No. 02/2017
1. E1 Instituto Nacional de Formación Profesional
(INFOP), invita a las empresas interesadas en participar
en la Licitación Pública Nacional No. 02/2017, a
presentar ofertas selladas para la “Confección y
Suministro de Uniformes y Calzado para Personal
Femenino y Masculino de las Diferentes Unidades
Operativas del INFOP a Nivel nacional”, el cual
comprende dos Lotes:
Lote 1: Uniformes (13 Partidas)
Lote 2: Calzado (7 Partidas)
2. El financiamiento para la realización del presente
proceso proviene exclusivamente de fondos propios
del INFOP. La licitación se efectuará conforme a los
procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN)
establecidos en la Ley de Contratación del Estado y
su Reglamento.
3. Los interesados podrán adquirir los documentos de
la presente licitación, mediante solicitud escrita en la
División Administrativa y Financiera, ubicada en el
primer piso del Edificio Administrativo del Instituto
Nacional de Formación Profesional (INFOP),
boulevard Centroamérica, frente entrada colonia
Miraflores, en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C.
Los documentos de la licitación también podrán
ser examinados en el Sistema de Información de
Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras,
"HonduCompras" (www.honducompras.gob.hn).
4. Las ofertas deberán presentarse en la sala de Sesiones
del Honorable Consejo Directivo del INFOP, edificio
administrativo, segundo piso, en la dirección antes
indicada, a más tardar el 01 de agosto de 2017, hora,
10:00 A.M., siendo esta, la fecha y hora de apertura
de las ofertas; las ofertas que se reciban fuera del
plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en
presencia de los representantes de los Oferentes que
deseen asistir al acto. Todas las ofertas deberán estar
acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de
oferta, por un porcentaje equivalente, por lo menos,
al 2% del monto total de la oferta presentada.
Tegucigalpa, M.D.C., 15 de junio de 2017.
Lic. Luis Fernando Pinel
Jefe División Administrativa y Financiera
21 J. 2017. __________
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
Tegucigalpa, M.D.C., 27 de marzo del 2017.
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50 ) de la Ley de esta Jurisdicción y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en
fecha dieciséis de marzo del dos mil diecisiete, compareció
a este Juzgado el Abogado Henry Javier López Barahona,
incoando demanda ordinaria contra la Dirección General
de Protección al Consumidor (DGPC), con orden de
ingreso No.131-2017, para que se declare la nulidad de un
acto administrativo particular consistente en la resolución
número DGPC-242-2013 de fecha once de noviembre
del año 2013, dictada por la Secretaría de Estado en el
despacho de Desarrollo Económico, Dirección General
de Protección al Consumidor, por no ser conforme a
derecho y haber sido dictada violentando el procedimiento
administrativo, en consecuencia el derecho de defensa, el
principio de legalidad, debido proceso y gradualidad de la
sanción administrativa, exceso de poder en perjuicio de mi
representada; Supermercados La Colonia, S.A DE C. V.- Se
reconozca una situación jurídica individualizada revocando
las sanción pecuniaria impuesta y registro de mi representada
en resolución.- Se acompañan documentos.- Se acredita
poder.- En relación al acto impugnado consistente en la
Resolución N°. DGPC-242-2013 de fecha 11 de noviembre
del 2013.
ABOG. LIKZA GISSEL MARTÍNEZ SUAZO
SECRETARIA ADJUNTA
21 J. 2017.
INSTITUTO NACIONAL DE
FORMACIÓN PREFESIONAL
INFOP
Digitalizado y Procesado por UDI-CRA-DEGT
Derechos Reservados
UDI-DEGT-UNAH
-- 9 of 44 --
La G aceta
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE H O N DURAS - T EGUCIGALPA, M. D. C . , 21 DE J UNIO DEL 2017 N o . 34,370
Marcas de Fábrica
1/ Solicitud: 51157-2016
2/ Fecha de presentación: 22-12-2017
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: SIGFOX (sociedad anónima con consejo de administración)
4.1/ Domicilio: 425, Rue Jean Rostand-31670 LABEGE-FRANCIA
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Francia
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SIGFOX
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 09
8/ Protege y distingue:
Aparatos e instrumentos cientificos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de
pesaje, de medida, de señalización, de verificación y de control (inspección), de socorro (salvamento) y
de enseñanza, a saber, chips de sensores de uso científico, instrumentos de medida científicos en forma
de contadores de conductividad, aparatos de navegación para barcos, instrumentos de topografía, cámaras
fotográficas, cámaras cinematográficas, soportes de datos ópticos vírgenes, cables ópticos, lectores de
caracteres ópticos, aparatos e instrumentos de pesaje, aparatos de medición de distancia, instrumentos de
medida de resistencia, campanas de señalización, aparatos para el procesamiento de señales, transmisores
de señales electrónicas, escáneres láser para el control (inspección) industrial, aparatos de inspección
óptica, botes salvavidas, chalecos salvavidas, artículos de salvamento, software educativo para niños;
aparatos para emitir, grabar, transmitir o reproducir sonidos, datos o imágenes; medios de grabación
magnéticos, a saber, CD-Rs y DVD-Rs de grabación vírgenes, CD-ROM virgen para la grabación de
sonido o vídeo, discos ópticos de grabación vírgenes; aparatos electrónicos para el procesamiento de datos,
ordenadores, memorias de ordenador, módems, cintas magnéticas vírgenes para ordenadores, aparatos de
fax; medios ópticos o magnéticos para información, a saber, discos ópticos vírgenes, discos magnéticos
vírgenes; cables eléctricos, discos ópticos digitales, teclados, circuitos impresos, tarjetas de circuitos
impresos, tarjetas de memoria registradas, tarjetas de circuitos electrónicos, tarjetas de identificación
electrónicamente codificadas, software informático para su uso en la gestión de bases de datos, uso como
hoja de cálculo y tratamiento de textos; paquetes de programas informáticos, a saber, software informático
para uso en gestión de bases de datos, uso como hoja de cálculo, tratamiento de textos y manuales vendidos
como una unidad; terminales para ordenadores, monitores de vídeo, impresoras de ordenador; máquinas
electrónicas con teclado y pantalla, a saber, teléfonos electrónicos con pantalla y teclado, ordenadores
portátiles; medios de entrada o de salida, a saber, discos magnéticos y ópticos vírgenes; aparatos de
recopilación, lectura, almacenamiento, conversión, procesamiento, introducción, emisión, transmisión
de datos, información y señales, a saber, lectores de tarjetas electrónicas, lectores RFID, soportes de
almacenamiento digitales vírgenes, transformadores de frecuencia, transformadores de televisión y
de vídeo; aparatos de procesamiento de datos; dispositivos de entrada para ordenadores, aparatos de
transmisión y recepción para la radiodifusión y la las emisiones de televisión y para transmisión a larga
distancia; aparatos para la transmisión de comunicaciones, a saber, aparatos para la transmisión de datos
y de señales por teléfono, fax, telégrafo, teletipo, cable, satélite o cualquier otro medio de comunicación;
aparatos de telecomunicación y de radiocomunicación, a saber, teléfonos móviles y teléfonos fijos,
contestadores automáticos; medios para grabar y reproducir sonido, imágenes o señales, a saber, cintas
de audio vírgenes, discos de ordenador vírgenes, discos magnéticos vírgenes, discos ópticos vírgenes;
Transmisores y receptores de telecomunicaciones, a saber, transmisores y receptores de radio, transmisores
y receptores inalámbricos, receptores telefónicos, transmisores de telecomunicaciones.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Jorge Omar Casco Zelaya
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 06-03-2017.
12/ Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 M., 6 y 21 J. 2017.
SIGFOX
1/ Solicitud: 51159-2016
2/ Fecha de presentación: 22-12-2016
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: SIGFOX (sociedad anónima con consejo de administración)
4.1/ Domicilio: 425, Rue Jean Rostand-31670 LABEGE-FRANCIA
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Francia
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico: 164293962
5.1 Fecha: 19/08/2016
5.2 País de Origen: Francia
5.3 Código País: FR
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 09
8/ Protege y distingue:
Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de
pesaje, de medida, de señalización, de verificación y de control (inspección), de socorro (salvamento)
y de enseñanza, a saber, chips de sensores de uso científico, instrumentos de medida científicos en
forma de contadores de conductividad, aparatos de navegación para barcos, instrumentos de topografía,
cámaras fotográficas, cámaras cinematográficas, soportes de datos ópticos vírgenes, cables ópticos,
lectores de caracteres ópticos, aparatos e instrumentos de pesaje, aparatos de medición de distancia,
instrumentos de medida de resistencia, campanas de señalización, aparatos para el procesamiento de
señales, transmisores de señales electrónicas, escáneres láser para el control (inspección) industrial,
aparatos de inspección óptica, botes salvavidas, chalecos salvavidas, artículos de salvamento, software
educativo para niños; aparatos para emitir, grabar, transmitir o reproducir sonidos, datos o imágenes;
medios de grabación magnéticos, a saber, CD-Rs y DVD-Rs de grabación vírgenes, CD-ROM virgen
para la grabación de sonido o vídeo, discos ópticos de grabación vírgenes; aparatos electrónicos para
el procesamiento de datos, ordenadores, memorias de ordenador, módems, cintas magnéticas vírgenes
para ordenadores, aparatos de fax; medios ópticos o magnéticos para información, a saber, discos
ópticos vírgenes, discos magnéticos vírgenes; cables eléctricos, discos ópticos digitales, teclados,
circuitos impresos, tarjetas de circuitos impresos, tarjetas de memoria registradas, tarjetas de circuitos
electrónicos, tarjetas de identificación electrónicamente codificadas, software informático para su uso
en la gestión de bases de datos, uso como hoja de cálculo y tratamiento de textos; paquetes de programas
informáticos, a saber, software informático para uso en gestión de bases de datos, uso como hoja de
cálculo, tratamiento de textos y manuales vendidos como una unidad; terminales para ordenadores,
monitores de vídeo, impresoras de ordenador; máquinas electrónicas con teclado y pantalla, a saber,
teléfonos electrónicos con pantalla y teclado, ordenadores portátiles; medios de entrada o de salida,
a saber, discos magnéticos y ópticos vírgenes; aparatos de recopilación, lectura, almacenamiento,
conversión, procesamiento, introducción, emisión, transmisión de datos, información y señales, a
saber, lectores de tarjetas electrónicas, lectores RFID, soportes de almacenamiento digitales vírgenes,
transformadores de frecuencia, transformadores de televisión y de vídeo; aparatos de procesamiento de
datos; dispositivos de entrada para ordenadores, aparatos de transmisión y recepción para la radiodifusión
y la las emisiones de televisión y para transmisión a larga distancia; aparatos para la transmisión de
comunicaciones, a saber, aparatos para la transmisión de datos y de señales por teléfono, fax, telégrafo,
teletipo, cable, satélite o cualquier otro medio de comunicación; aparatos de telecomunicación y de
radiocomunicación, a saber, teléfonos móviles y teléfonos fijos, contestadores automáticos; medios
para grabar y reproducir sonido, imágenes o señales, a saber, cintas de audio vírgenes, discos de
ordenador vírgenes, discos magnéticos vírgenes, discos ópticos vírgenes; transmisores y receptores de
telecomunicaciones, a saber, transmisores y receptores de radio, transmisores y receptores inalámbricos,
receptores telefónicos, transmisores de telecomunicaciones.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Jorge Omar Casco Zelaya
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 06-03-17.
12/ Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 M., 6 y 21 J. 2017.
Digitalizado y Procesado por UDI-CRA-DEGT
Derechos Reservados
UDI-DEGT-UNAH
-- 10 of 44 --
La G aceta
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE H O N DURAS - T EGUCIGALPA, M. D. C . , 21 DE J UNIO DEL 2017 N o . 34,370
1/ Solicitud: 2016-38292
2/ Fecha de presentación: 21-09-2016
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, S.A. DE C.V.
4.1/ Domicilio: 1a. Calle Poniente y 4a. Avenida Norte Número 1-7, Santa Tecla, departamento de La Libertad, El
Salvador.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: El Salvador
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: “FIRENZE PROFESSIONAL” Etiqueta
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 03
8/ Protege y distingue:
Jabones, productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares, dentífricos.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Abog. Mirian Lizzeth Urbina Nájera
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In-
dustrial.
11/ Fecha de emisión: 27-10-16.
12/ Reservas:
Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 M., 6 y 21 J. 2017.
____
[1] Solicitud: 2016-039955
[2] Fecha de presentación: 03/10/2016
[3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
[4] Solicitante: VIDA SALUDABLE, S.A. DE C.V.
[4.1] Domicilio: 2 AVE. “A”, 10 CALLE N.O., BARRIO LAS ACACIAS, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS, HONDURAS
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo:
[7] Clase Internacional: 0
[8] Protege y distingue:
Establecimientos comerciales dedicados a: Comprar, vender, importar, exportar, distribuir, producir, productos para la salud y belleza,
representación de casas comerciales, nacionales o extranjeras, distribución de sus productos, podrá desarrollar cualesquiera otra actividad,
financiera, económica, industrial o comercial que sean de lícito comercio. Droguería, representación de casas comerciales, nacionales o
extranjeras, distribución de sus productos, podrá desarrollar cualesquiera otra actividad, financiera, económica, industrial o comercial que sean
de lícito comercio.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Mirian Lizzeth Urbina Nájera
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 28 de octubre del año 2016.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 M., 6 y 21 J. 2017.
______
HEALTHY LIFE
[1] Solicitud: 2016-047326
[2] Fecha de presentación: 25/11/2016
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: DISTRIBUIDORA CUSCATLÁN, S.A. DE C.V.
[4.1] Domicilio: LA CALLE PONIENTE Y 4A. AVENIDA NORTE NÚMERO 1-7, SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,
EL SALVADOR, EL SALVADOR.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: EL SALVADOR
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo:
[7] Clase Internacional: 3
[8] Protege y distingue:
KERALIGN
Jabones, productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares, dentífricos.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Mirian Lizzeth Urbina Nájera
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 8 de mayo del año 2017.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 M., 6 y 21 J. 2017.
______
[1] Solicitud: 2017-015511
[2] Fecha de presentación: 30/03/2017
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: COSMOAGRO, S.A. (ORGANIZADA BAJO LAS LEYES DE COLOMBIA)
[4.1] Domicilio: ZONA FRANCA DEL PACIFICO, CARRETERA YUMBO, AEROPUERTO KM. 6, BODEGA 15 y 16, PALMIRA VALLE,
COLOMBIA.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: AGROMULSION ORGANIC Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 1
[8] Protege y distingue:
Coadyuvante de uso agrícola, complemento para mejorar la eficacia de los fertilizantes.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Graciela Estela López Mejía
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 5 de mayo del año 2017.
[12] Reservas: Se reivindica el color y diseño.
Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 M., 6 y 21 J. 2017.
______
[1] Solicitud: 2017-015510
[2] Fecha de presentación: 30/03/2017
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: COSMOAGRO, S.A. (ORGANIZADA BAJO LAS LEYES DE COLOMBIA)
[4.1] Domicilio: ZONA FRANCA DEL PACIFICO, CARRETERA YUMBO, AEROPUERTO KM. 6, BODEGA 15 y 16, PALMIRA VALLE,
COLOMBIA.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: OLEORGANIC Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 1
[8] Protege y distingue:
Coadyuvante de uso agrícola, complemento para mejorar la eficacia de los fertilizantes.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Graciela Estela López Mejía
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 5 de mayo del año 2017.
[12] Reservas: Se reivindica el color y diseño.
Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 M., 6 y 21 J. 2017.
Digitalizado y Procesado por UDI-CRA-DEGT
Derechos Reservados
UDI-DEGT-UNAH
-- 11 of 44 --
La G aceta
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE H O N DURAS - T EGUCIGALPA, M. D. C . , 21 DE J UNIO DEL 2017 N o . 34,370
1/ Solicitud: 2017-11833
2/ Fecha de presentación: 09-03-2017
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA LIVERPOOL, S.A. DE C.V.
Domicilio: Mario Pani No. 200, colonia Santa Fe, Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa de Morelos, C.P.
05348, ciudad de México, México.
Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro Básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: HAUS Y DISEÑO
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 4
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Velas.
Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
Nombre: Claribel Medina de León
E.- SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 06/4/17.
Reservas:
Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2017.
____
1/ Solicitud: 2017-11835
2/ Fecha de presentación: 09-03-2017
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA LIVERPOOL, S.A. DE C.V.
Domicilio: Mario Pani No. 200, colonia Santa Fe, Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa de Morelos, C.P.
05348, ciudad de México, México.
Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro Básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: HAUS Y DISEÑO
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 7
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Lavadoras de ropa, secadores centrífugos (sin aire caliente), licuadoras eléctricas, exprimidores de fruta
eléctricos, aspiradoras (y sus accesorios).
Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
Nombre: Claribel Medina de León
E.- SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 06/4/17.
Reservas:
Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2017.
1/ Solicitud: 2017-11840
2/ Fecha de presentación: 09-03-2017
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA LIVERPOOL, S.A. DE C.V.
Domicilio: Mario Pani No. 200, colonia Santa Fe, Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa de Morelos, C.P.
05348, ciudad de México, México.
Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro Básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: HAUS Y DISEÑO
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 27
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Tapetes y alfombrillas de baño.
Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
Nombre: Claribel Medina de León
E.- SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 04-04-17.
Reservas:
Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2017.
____
1/ Solicitud: 2017-11796
2/ Fecha de presentación: 09-03-2017
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA LIVERPOOL, S.A. DE C.V.
Domicilio: Mario Pani No. 200, colonia Santa Fe, Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa de Morelos, C.P.
05348, ciudad de México, México.
Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro Básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: ELEMENTO UOMO Y DISEÑO
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 8
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Maquinillas para cortar la barba, tijeras, pinzas pequeñas, alicates para uñas, alicates para cutículas,
pinzas de depilar, estuches de pedicura, estuches para navajas y maquinillas de afeitar, fundas de navajas
y maquinillas de afeitar, rastrillo [herramientas de mano], hojas de afeitar, cuchillas de maquinillas para
afeitar, neceseres de afeitar, limas de uñas, maquinillas de afeitar, eléctricas o no, cuchillos, alicates,
alicates, tenazas, pinzas, espadas, sables, limas de uñas [eléctricas], pulidores de uñas [eléctricas o
no], cortaúñas eléctricos o no, cortadoras de pelo, aparatos para depilación eléctrico o no, neceseres de
instrumentos de manicura eléctricos, cuchillos de cerámica, limas de cartón.
Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
Nombre: Claribel Medina de León
E.- SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 05/4/17.
Reservas:
Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2017.
Digitalizado y Procesado por UDI-CRA-DEGT
Derechos Reservados
UDI-DEGT-UNAH
-- 12 of 44 --
La G aceta
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE H O N DURAS - T EGUCIGALPA, M. D. C . , 21 DE J UNIO DEL 2017 N o . 34,370
1/ Solicitud: 17-11853
2/ Fecha de presentación: 09-03-17
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA LIVERPOOL, S.A. DE C.V.
Domicilio: Mario Pani No. 200, Colonia Santa Fe, Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa de Morelos, C.P.
05348, ciudad de México, México.
Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro Básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: LIEB Y DISEÑO
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 18
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Cuero y cuero de imitación, pieles de animales, artículos de equipaje y bolsas de transporte baúles y
maletas, paraguas y sombrillas, bastones, fustas, arneses y artículos de guarnicionaría, collares, correas
y ropa para animales.
Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
Nombre: Claribel Medina de León
E.- SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 24/3/17.
Reservas:
Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2017.
____
1/ Solicitud: 17-11863
2/ Fecha de presentación: 09-03-17
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA LIVERPOOL, S.A. DE C.V.
Domicilio: Mario Pani No. 200, Colonia Santa Fe, Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa de Morelos, C.P.
05348, ciudad de México, México.
Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro Básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: LIEB BASICS PLUS Y DISEÑO
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 26
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Encajes y bordados, cintas y cordones, botones, ganchos y ojetes, alfileres y agujas, flores artificiales,
adornos para el cabello, cabello postizo.
Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
Nombre: Claribel Medina de León
E.- SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 24/marzo/17.
Reservas:
Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2017.
1/ Solicitud: 17-11870
2/ Fecha de presentación: 09-03-17
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA LIVERPOOL, S.A. DE C.V.
Domicilio: Mario Pani No. 200, Colonia Santa Fe, Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa de Morelos, C.P.
05348, ciudad de México, México.
Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro Básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: LUBBA Y DISEÑO
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 8
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Alicates para cutícula, alicates para uñas, aparatos de mano para rizar el cabello, cortabarbas [máquinas
para cortar la barba], cortadoras de pelo [instrumentos de mano], cortauñas eléctricos o no, aparatos de
depilación eléctricos o no; pinzas para depilar, estuches de manicure, [eléctricas], estuches de pedicure,
limas de uñas, rizadores de pestañas tenacillas para rizar el cabello, tenazas; tijeras.
Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
Nombre: Claribel Medina de León
E.- SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 24-03-17.
Reservas:
Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2017.
____
1/ Solicitud: 17-11871
2/ Fecha de presentación: 09-03-17
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA LIVERPOOL, S.A. DE C.V.
Domicilio: Mario Pani No. 200, Colonia Santa Fe, Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa de Morelos, C.P.
05348, ciudad de México, México.
Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro Básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: LUBBA Y DISEÑO
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 11
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Únicamente calientapiés eléctricos o no; estufillas [braseros] para los pies, aparatos para bañeras de
hidromasaje; lámparas para rizar; secadores de pelo.
Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
Nombre: Claribel Medina de León
E.- SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 24-03-17.
Reservas:
Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2017.
Digitalizado y Procesado por UDI-CRA-DEGT
Derechos Reservados
UDI-DEGT-UNAH
-- 13 of 44 --
La G aceta
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE H O N DURAS - T EGUCIGALPA, M. D. C . , 21 DE J UNIO DEL 2017 N o . 34,370
1/ Solicitud: 17-11851
2/ Fecha de presentación: 09-03-17
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA LIVERPOOL, S.A. DE C.V.
Domicilio: Mario Pani No. 200, colonia Santa Fe, Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa de Morelos, C.P.
05348, Ciudad de México, México.
Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro Básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: KÖSTLICH Y DISEÑO
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 11
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Aparatos de alumbrado, calefacción, producción de vapor, cocción, refrigeración, secado, ventilación y
distribución de agua, así como instalaciones sanitarias.
Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
Nombre: Claribel Medina de León
E.- SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 24-03-17.
Reservas:
Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2017.
____
1/ Solicitud: 17-11872
2/ Fecha de presentación: 09-03-17
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA LIVERPOOL, S.A. DE C.V.
Domicilio: Mario Pani No. 200, colonia Santa Fe, Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa de Morelos, C.P.
05348, Ciudad de México, México.
Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro Básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: MAP Y DISEÑO
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 18
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Cuero e imitación de cuero, bolsos, cinturones, pieles de animales, maletas, baúles, sombrillas.
Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
Nombre: Claribel Medina de León
E.- SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 24-03-17.
Reservas:
Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2017.
1/ Solicitud: 17-11852
2/ Fecha de presentación: 09-03-17
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA LIVERPOOL, S.A. DE C.V.
Domicilio: Mario Pani No. 200, colonia Santa Fe, Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa de Morelos, C.P.
05348, Ciudad de México, México.
Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro Básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: KÖSTLICH Y DISEÑO
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 9
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Aparatos fotográficos, de grabación, transmisión de imágenes o sonido.
Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
Nombre: Claribel Medina de León
E.- SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 24-03-17.
Reservas:
Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2017.
____
1/ Solicitud: 17-11850
2/ Fecha de presentación: 09-03-17
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA LIVERPOOL, S.A. DE C.V.
Domicilio: Mario Pani No. 200, colonia Santa Fe, Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa de Morelos, C.P.
05348, Ciudad de México, México.
Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro Básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: KÖSTLICH Y DISEÑO
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 24
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Ropa de cama y ropa de mesa.
Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
Nombre: Claribel Medina de León
E.- SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 24-03-17.
Reservas:
Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2017.
Digitalizado y Procesado por UDI-CRA-DEGT
Derechos Reservados
UDI-DEGT-UNAH
-- 14 of 44 --
La G aceta
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE H O N DURAS - T EGUCIGALPA, M. D. C . , 21 DE J UNIO DEL 2017 N o . 34,370
1/ Solicitud: 11766-2017
2/ Fecha de presentación: 09-03-2017
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA LIVERPOOL, S.A. DE C.V.
Domicilio: Mario Pani No. 200, Colonia Santa Fe, Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa de Morelos, C.P.
05348, ciudad de México, México.
Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro Básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: THAT´S IT Y DISEÑO
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 14
Productos, Servicios y/o Finalidad que distingue:
Artículos de joyería, bisutería, piedras preciosas, relojería.
D.- APODERADO LEGAL.
Nombre: Claribel Medina de León
E.- SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 22-03-2017.
Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2017.
____
1/ Solicitud: 11737-2017
2/ Fecha de presentación: 09-03-2017
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA LIVERPOOL, S.A. DE C.V.
Domicilio: Mario Pani No. 200, Colonia Santa Fe, Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa de Morelos, C.P.
05348, ciudad de México, México.
Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro Básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: MAP Y DISEÑO
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 25
Productos, Servicios y/o Finalidad que distingue:
Prendas de vestir interior y exterior, calcetas, calcetines, medias, zapatos, sombreros, gorras.
D.- APODERADO LEGAL.
Nombre: Claribel Medina de León
E.- SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 23-03-2017.
Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2017.
1/ Solicitud: 11739-2017
2/ Fecha de presentación: 09-03-2017
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA LIVERPOOL, S.A. DE C.V.
Domicilio: Mario Pani No. 200, Colonia Santa Fe, Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa de Morelos, C.P.
05348, ciudad de México, México.
Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro Básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: MON CARAMEL Y DISEÑO
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 3
Productos, Servicios y/o Finalidad que distingue:
Toallitas impregnadas de lociones cosméticas, jabones, perfumería (productos de-); aceites esenciales,
cosméticos, lociones capilares, dentífricos.
D.- APODERADO LEGAL.
Nombre: Claribel Medina de León
E.- SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 23-03-2017.
Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2017.
____
1/ Solicitud: 11743-2017
2/ Fecha de presentación: 09-03-2017
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA LIVERPOOL, S.A. DE C.V.
Domicilio: Mario Pani No. 200, Colonia Santa Fe, Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa de Morelos, C.P.
05348, ciudad de México, México.
Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro Básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: MON CARAMEL Y DISEÑO
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 12
Productos, Servicios y/o Finalidad que distingue:
Carriola [coches de niño], carriolas [coches de niño] (capotas para-), carriolas [coches de niño] (toldos
para-); infantiles (asientos-) de seguridad para vehículos, vehículos de locomoción terrestre, aérea,
acuática y férrea.
D.- APODERADO LEGAL.
Nombre: Claribel Medina de León
E.- SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 23-03-2017.
Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2017.
Digitalizado y Procesado por UDI-CRA-DEGT
Derechos Reservados
UDI-DEGT-UNAH
-- 15 of 44 --
La G aceta
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE H O N DURAS - T EGUCIGALPA, M. D. C . , 21 DE J UNIO DEL 2017 N o . 34,370
1/ Solicitud: 17-11738
2/ Fecha de presentación: 09-03-17
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA LIVERPOOL, S.A. DE C.V.
Domicilio: Mario Pani No. 200, colonia Santa Fe, Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa de Morelos, C.P.
05348, ciudad de México, México.
Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro Básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: MOBILITY Y DISEÑO
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 16
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Papel, cartón, revistas, folletos, fotografías, artículos de papelería, material de instrucción, material
didáctico, catálogos, libros.
Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
Nombre: Claribel Medina de León
E.- SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 27/3/17.
Reservas:
Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2017.
____
1/ Solicitud: 11752-2017
2/ Fecha de presentación: 09-03-2017
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA LIVERPOOL, S.A. DE C.V.
Domicilio: Mario Pani No. 200, colonia Santa Fe, Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa de Morelos, C.P.
05348, ciudad de México, México.
Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro Básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: RUE DE LA PAIX
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 25
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Todo tipo de prendas de vestir para dama.
Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
Nombre: Claribel Medina de León
E.- SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 29-03-17.
Reservas:
Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2017.
RUE DE LA PAIX
1/ Solicitud: 11742-201
Ver como documento individual→