Acuerdo Ejecutivo
Acuerdo Ejecutivo No. 143-2017 — Readucación de deudas de productores de granos básicos y modificación del contrato de fideicomiso con BANADESA
Poder Ejecutivo
ACUERDO No. 143-2017
Tegucigalpa, M.D.C., 07 de abril 2017
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO: Que en fecha 7 de septiembre del año 2012, la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, amparada en el Acuerdo Ejecutivo No.766-2012 de fecha 9 de agosto de 2012, suscribió con el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA) un "CONTRATO DE FIDEICOMISO PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN DE GRANOS BÁSICOS", por un monto inicial de CINCUENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L.50,000,000.00), con el objetivo de administrar los recursos para asegurar la producción de Granos Básicos y mejorar las condiciones actuales de los productores que presentan dificultad de acceso a créditos por su situación moratorio o mal comportamiento crediticio, producto de las continuas pérdidas en sus cultivos y disminución de la rentabilidad por las bajas en los precios de sus productos y/o alza en los precios de los insumos.
CONSIDERANDO: Que el referido Contrato de Fideicomiso ha suscrito los Addendum números: 1, 2, 3, 4, 5 y 6, los cuales modifican el patrimonio, condiciones inherentes al financiamiento
SUMARIO
Sección A
Decretos y Acuerdos
SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Acuerdo No. 143-2017 A. 1 - 2
SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN
Acuerdos Nos. 526-2016, 527-2016 y 596-2016 A. 3
AVANCE A. 4
Sección B
Avisos Legales B. 1 - 36
Desprendible: para su comodidad
Garantías, definiciones, ampliación e integración del Comité Técnico Administrativo, con los propósitos de beneficiar a Asociaciones de Productores de Granos Básicos.
CONSIDERANDO: Que el Patrimonio del Fideicomiso asciende a un monto de OCHENTA Y SEIS MILLONES DE LEMPIRAS (L.86,000,000.00), los cuales han sido utilizados para el otorgamiento de créditos.
CONSIDERANDO: Que las Asociaciones de Productores beneficiadas del Fideicomiso para Financiamiento de Granos Básicos, en múltiples ocasiones han solicitado al Comité Técnico del Fideicomiso, se rebaducen las deudas a plazos y tasa de interés razonables, con el objetivo de cancelar sus deudas al Fideicomiso;
que han tenido los productores entre los cuales se mencionan el cambio climático, bajos precios, comercialización, entre otros.
CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) es el Ente Rector del sector agrícola y que en virtud de que la seguridad alimentaria del país requiere de la participación activa de los productores de granos básicos mismos que se encuentran en las Organizaciones beneficiadas del Fideicomiso para el Financiamiento de Granos Básicos, es imperativo el apoyo a los productores para que los mismos puedan cumplir con sus compromisos financieros en BANADESA, así como apoyo financiero a través de créditos para rehabilitar las zonas productivas y estas incrementen la producción de granos básicos a nivel nacional.
POR TANTO:
En uso de las facultades contenidas en los artículos 245, numeral 11 de la Constitución de la República; 7, 9, 116, 117 y 119 Numeral 2 de la Ley General de la Administración Pública y sus reformas contenidas en el Decreto Legislativo No.266-2013 de fecha 16 de diciembre de 2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta al 23 de enero de 2014, el cual contiene la Ley para Optimizar la Administración Pública.
ACUERDA:
PRIMERO: Autorizar a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas en su calidad de Fideicomitente, para que gire instrucciones al Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA) en su calidad de Fiduciario, para que proceda a la READUCACIÓN de las deudas de los productores originada por los créditos solicitados a través del "CONTRATO DE FIDEICOMISO PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN DE GRANOS BÁSICOS". Dicha readucación abarcará la cartera de productores que se readucaron en amparo del Acuerdo Ejecutivo No.344-14, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) el 7 de mayo de 2014. Es importante mencionar que se readucará el saldo de capital más el total de intereses generados a la fecha, los cuales deben ser capitalizados.
SEGUNDO: Autorizar al Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas o Subsecretaría de Crédito e Inversión Pública, para que en representación del Gobierno de la República de Honduras, suscriba con el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA) el Addendum No.7 al "CONTRATO DE FIDEICOMISO PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN DE GRANOS BÁSICOS", con el objetivo de Modificar el Literal j) de la Cláusula Octava (Obligaciones y Derechos del Fiduciario) y así cumplir con la readucación estipulada en el Artículo anterior; asimismo modificar la Cláusula Décima (Términos y Condiciones Financieras).
TERCERO: El Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA), hará la respectiva Readucación a un plazo de diez (10) años a una tasa del cuatro por ciento (4.0%). En el caso que los productores readucados incumplan con dos (2) pagos consecutivos al Banco, la deuda del productor volverá a su estatus previo a la aplicación del presente Acuerdo.
CUARTO: Los gastos que se ocasionen por las readucaciones originadas por el proceso de constitución de garantías hipotecarias, avalúos y gastos de cierre, deberán ser cancelados por los productores beneficiados; asimismo, los productores tendrán hasta un plazo de noventa días (90) para hacer las gestiones correspondientes en BANADESA.
QUINTO: El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta".
SEXTO: Hacer las transcripciones de Ley.
COMUNÍQUESE:
JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO
Secretario de Estado Coordinador General del Gobierno
por Delegación del Presidente de la República Acuerdo
Ejecutivo No. 031-2015
JACOBO PAZ BODDEN
Secretario de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería
LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA
Gerenta General
JORGE ALBERTO HICO SALINAS
Coordinador de Supresos
Colonia Mirafores
Teléfono/Fax: Gerencia 2324-9956
Administración: 2230-3008
Planta: 2230-6065
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
La Gaceta
Sección A - Acuerdos y Leyes
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