Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 1356-G-2014 — Traslado de funcionaria Martha Lourdes Muñoz Barahona
ACUERDO No. 1356-G-2014
Tegucigalpa, M.D.C., 30 de abril del 2014
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPA-
CHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA,
GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, EN
USO DE LAS FACULTADES QUE ESTÁ INVESTIDO
Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 360-2013 Y
ACUERDO EJECUTIVO No. 003-A-2014.
A C U E R D A:
PRIMERO: Trasladar a la ciudadana MARTHA
LOURDES MUÑOZ BARAHONA, de: Institución 0260
Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, puesto
ASISTENTE DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL,
Programa 001, Actividad 002 Servicios de Secretaria General,
Unidad Ejecutora 002 Servicios de Secretaria General, No. de
puesto 0000150, Grupo-Nivel 02-006, a: Institución 40
Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y
Descentralización, puesto: ASISTENTE DE COMUNICACION
INSTITUCIONAL, Programa 001 Actividades Centrales,
Actividad 003 Secretaria General, Unidad Ejecutora 028
Actividades Centrales, No. de puesto 005530, Grupo-Nivel 02-
006.
SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del
01 de mayo del 2014 y deberá publicarse en el Diario Oficial
“LA GACETA”.
COMUNÍQUESE:
RIGOBERTO CHANG CASTILLO
SECRETARIO DE ESTADO
RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA
SECRETARIO GENERAL
_______
Secretaría de Derechos
Humanos, Justicia,
Gobernación y
Descentralización
Ver como documento individual→Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 1356-H-2014 — Traslado de funcionaria Alejandra María Munguía Suazo
ACUERDO No. 1356-H-2014
Tegucigalpa, M.D.C., 30 de abril del 2014
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPA-
CHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA,
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 1 of 32 --
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LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA
JORGE ALBERTO RICO SALINAS
Coordinador y Supervisor
Colonia Miraflores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956
Administración: 2230-3026
Planta: 2230-6767
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
Secretaría de Derechos
Humanos, Justicia,
Gobernación y
Descentralización
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Acuerdo Ministerial No. 1356-I-2014 — Traslado de funcionaria Heidi Carolina Canaca Alvarenga
ACUERDO No. 1356-I-2014
Tegucigalpa, M.D.C., 30 de abril del 2014
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPA-
CHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA,
GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, EN
USO DE LAS FACULTADES QUE ESTÁ INVESTIDO
Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 360-2013 Y
ACUERDO EJECUTIVO No. 003-A-2014.
A C U E R D A:
PRIMERO: Trasladar a la ciudadana HEIDI
CAROLINA CANACA ALVARENGA, de: Institución 0260
Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, puesto OFICIAL
JURÍDICO I, Programa 001, Actividad 002 Servicios de
Secretaria General, Unidad Ejecutora 002 Servicios de Secretaria
General, No. de puesto 0000160, Grupo-Nivel 02-007, a:
Institución 40 Secretaría de Derechos Humanos, Justicia,
Gobernación y Descentralización, puesto: OFICIAL JURÍDICO
I, Programa 001 Actividades Centrales, Actividad 003 Secretaria
General, Unidad Ejecutora 028 Actividades Centrales, No. de
puesto 005540, Grupo-Nivel 02-007.
SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01
de mayo del 2014 y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA
GACETA”.
COMUNÍQUESE:
RIGOBERTO CHANG CASTILLO
SECRETARIO DE ESTADO
RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA
SECRETARIO GENERAL
_______
GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, EN
USO DE LAS FACULTADES QUE ESTÁ INVESTIDO
Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 360-2013 Y
ACUERDO EJECUTIVO No. 003-A-2014.
A C U E R D A:
PRIMERO: Trasladar a la ciudadana ALEJANDRA
MARÍA MUNGUÍA SUAZO, de: Institución 0260 Secretaría
de Justicia y Derechos Humanos, puesto OFICIAL DE
PROTOCOLO, Programa 001, Actividad 002 Servicios de
Secretaria General, Unidad Ejecutora 002 Servicios de Secretaria
General, No. de puesto 0000170, Grupo-Nivel 02-005, a:
Institución 40 Secretaría de Derechos Humanos, Justicia,
Gobernación y Descentralización, puesto: OFICIAL DE
PROTOCOLO, Programa 001 Actividades Centrales, Actividad
003 Secretaria General, Unidad Ejecutora 028 Actividades
Centrales, No. de puesto 005550, Grupo-Nivel 02-005.
SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01
de mayo del 2014 y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA
GACETA”.
COMUNÍQUESE:
RIGOBERTO CHANG CASTILLO
SECRETARIO DE ESTADO
RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA
SECRETARIO GENERAL
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Derecho Reservados ENAG
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Secretaría de Derechos
Humanos, Justicia,
Gobernación y
Descentralización
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Acuerdo Ministerial No. 1356-J-2014 — Traslado de funcionaria Angélica Saraí Santos Hernández
ACUERDO No. 1356-J-2014
Tegucigalpa, M.D.C., 30 de abril del 2014
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPA-
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GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, EN
USO DE LAS FACULTADES QUE ESTÁ INVESTIDO
Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 360-2013 Y
ACUERDO EJECUTIVO No. 003-A-2014.
A C U E R D A:
PRIMERO: Trasladar a la ciudadana ANGÉLICA
SARAÍ SANTOS HERNÁNDEZ, de: Institución 0260
Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, puesto OFICIAL
JURÍDICO I, Programa 001, Actividad 002 Servicios de
Secretaria General, Unidad Ejecutora 002 Servicios de Secretaria
General, No. de puesto 0000190, Grupo-Nivel 02-007, a:
Institución 40 Secretaría de Derechos Humanos, Justicia,
Gobernación y Descentralización, puesto: OFICIAL JURÍDICO
I, Programa 001 Actividades Centrales, Actividad 003 Secretaria
General, Unidad Ejecutora 028 Actividades Centrales, No. de
puesto 005570, Grupo-Nivel 02-007.
SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01
de mayo del 2014 y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA
GACETA”.
COMUNÍQUESE:
RIGOBERTO CHANG CASTILLO
SECRETARIO DE ESTADO
RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA
SECRETARIO GENERAL
_______
Secretaría de Derechos
Humanos, Justicia,
Gobernación y
Descentralización
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Acuerdo Ministerial No. 1356-K-2014 — Traslado de funcionaria Bessy Margarita Rosales Espinoza
ACUERDO No. 1356-K-2014
Tegucigalpa, M.D.C., 30 de abril del 2014
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPA-
CHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA,
GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, EN
USO DE LAS FACULTADES QUE ESTÁ INVESTIDO
Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 360-2013 Y
ACUERDO EJECUTIVO No. 003-A-2014.
A C U E R D A:
PRIMERO: Trasladar a la ciudadana BESSY
MARGARITA ROSALES ESPINOZA, de: Institución
0260 Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, puesto
OFICIAL JURÍDICO I, Programa 001, Actividad 002
Servicios de Secretaria General, Unidad Ejecutora 002 Servicios
de Secretaria General, No. de puesto 0000200, Grupo-Nivel
02-007, a: Institución 40 Secretaría de Derechos Humanos,
Justicia, Gobernación y Descentralización, puesto: OFICIAL
JURÍDICO I, Programa 001 Actividades Centrales, Actividad
003 Secretaria General, Unidad Ejecutora 028 Actividades
Centrales, No. de puesto 005580, Grupo-Nivel 02-007.
SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01
de mayo del 2014 y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA
GACETA”.
COMUNÍQUESE:
RIGOBERTO CHANG CASTILLO
SECRETARIO DE ESTADO
RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA
SECRETARIO GENERAL
_______
Secretaría de Derechos
Humanos, Justicia,
Gobernación y
Descentralización
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Acuerdo Ministerial No. 1356-M-2014 — Traslado de funcionaria Sandy Karyna Palma R.
ACUERDO No. 1356-M-2014
Tegucigalpa, M.D.C., 30 de abril del 2014
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPA-
CHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA,
GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, EN
USO DE LAS FACULTADES QUE ESTÁ INVESTIDO
Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 360-2013 Y
ACUERDO EJECUTIVO No. 003-A-2014.
GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, EN
USO DE LAS FACULTADES QUE ESTÁ INVESTIDO
Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 360-2013 Y
ACUERDO EJECUTIVO No. 003-A-2014.
A C U E R D A:
PRIMERO: Trasladar a la ciudadana SANDY
KARYNA PALMA R., de: Institución 0260 Secretaría de
Justicia y Derechos Humanos, puesto OFICIAL DE
TRANSPARENCIA, Programa 001, Actividad 002 Servicios
de Secretaria General, Unidad Ejecutora 002 Servicios de
Secretaria General, No. de puesto 0000980, Grupo-Nivel 02-
007, a: Institución 40 Secretaría de Derechos Humanos, Justicia,
Gobernación y Descentralización, puesto: OFICIAL DE
TRANSPARENCIA, Programa 001 Actividades Centrales,
Actividad 003 Secretaria General, Unidad Ejecutora 028
Actividades Centrales, No. de puesto 005590, Grupo-Nivel 02-
007.
SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01
de mayo del 2014 y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA
GACETA”.
COMUNÍQUESE:
RIGOBERTO CHANG CASTILLO
SECRETARIO DE ESTADO
RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA
SECRETARIO GENERAL
_______
A C U E R D A:
PRIMERO: Trasladar a la ciudadana KEYDI
YAMILETH ANDINO CRUZ, de: Institución 0260
Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, puesto TÉCNICO
EN COOPERACIÓN EXTERNA, Programa 001, Actividad
003 Unidad Ejecutora 003 Unidad Planeamiento y Evaluación
de Gestión, No. de puesto 0000220, Grupo-Nivel 02-007, a:
Institución 40 Secretaría de Derechos Humanos, Justicia,
Gobernación y Descentralización, puesto: TÉCNICO EN
COOPERACIÓN EXTERNA, Programa 001 Actividades
Centrales, Actividad 005 Planeamiento y Evaluación de la Gestión,
Unidad Ejecutora 028 Actividades Centrales, No. de puesto
005630, Grupo-Nivel 02-007.
SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01
de mayo del 2014 y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA
GACETA”.
COMUNÍQUESE:
RIGOBERTO CHANG CASTILLO
SECRETARIO DE ESTADO
RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA
SECRETARIO GENERAL
______
Secretaría de Derechos
Humanos, Justicia,
Gobernación y
Descentralización
Ver como documento individual→Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 1356-N-2014 — Traslado de funcionaria Karla Patricia Torres Leiva
ACUERDO No. 1356-N-2014
Tegucigalpa, M.D.C., 30 de abril del 2014
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPA-
CHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA,
GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, EN
USO DE LAS FACULTADES QUE ESTÁ INVESTIDO
Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 360-2013 Y
ACUERDO EJECUTIVO No. 003-A-2014.
A C U E R D A:
PRIMERO: Trasladar a la ciudadana KARLA
PATRICIA TORRES LEIVA, de: Institución 0260 Secretaría
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 4 of 32 --
UDI -DEGT-UNAH
Secretaría de Derechos
Humanos, Justicia,
Gobernación y
Descentralización
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Acuerdo Ministerial No. 1356-Ñ-2014 — Traslado de funcionaria Norma Lorena Alcerro Núñez
ACUERDO No. 1356-Ñ-2014
Tegucigalpa, M.D.C., 30 de abril del 2014
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPA-
CHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA,
GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, EN
USO DE LAS FACULTADES QUE ESTÁ INVESTIDO
Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 360-2013 Y
ACUERDO EJECUTIVO No. 003-A-2014.
A C U E R D A:
PRIMERO: Trasladar a la ciudadana NORMA
LORENA ALCERRO NÚÑEZ, de: Institución 0260
de Justicia y Derechos Humanos, puesto PLANIFICADOR IV,
Programa 001, Actividad 003, Unidad Ejecutora 003 Unidad
Planeamiento y Evaluación de Gestión, No. de puesto 0000230,
Grupo-Nivel 02-008, a: Institución 40 Secretaría de Derechos
Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, puesto:
PLANIFICADOR IV, Programa 001 Actividades Centrales,
Actividad 005 Planeamiento y Evaluación de Gestión, Unidad
Ejecutora 028 Actividades Centrales, No. de puesto 005640,
Grupo-Nivel 02-008.
SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01
de mayo del 2014 y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA
GACETA”.
COMUNÍQUESE:
RIGOBERTO CHANG CASTILLO
SECRETARIO DE ESTADO
RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA
SECRETARIO GENERAL
_______
Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, puesto
PLANIFICADOR III, Programa 001, Actividad 003, Unidad
Ejecutora 003 Unidad Planeamiento y Evaluación de Gestión,
No. de puesto 0000240, Grupo-Nivel 02-007, a: Institución 40
Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y
Descentralización, puesto: PLANIFICADOR III, Programa 001
Actividades Centrales, Actividad 005 Planeamiento y Evaluación
de Gestión, Unidad Ejecutora 028 Actividades Centrales, No. de
puesto 005650, Grupo-Nivel 02-007.
SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01
de mayo del 2014 y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA
GACETA”.
COMUNÍQUESE:
RIGOBERTO CHANG CASTILLO
SECRETARIO DE ESTADO
RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA
SECRETARIO GENERAL
_______
Secretaría de Derechos
Humanos, Justicia,
Gobernación y
Descentralización
Ver como documento individual→Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 1356-T-2014 — Traslado de funcionario Iván Padilla Coello
ACUERDO No. 1356-T-2014
Tegucigalpa, M.D.C., 30 de abril del 2014
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPA-
CHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA,
GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, EN
USO DE LAS FACULTADES QUE ESTÁ INVESTIDO
Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 360-2013 Y
ACUERDO EJECUTIVO No. 003-A-2014.
A C U E R D A:
P R I M E R O : Tr a s l a d a r a l c i u d a d a n o I V Á N
PADILLA COELLO, de: Institución 0260 Secretaría de
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 5 of 32 --
UDI -DEGT-UNAH
Secretaría de Derechos
Humanos, Justicia,
Gobernación y
Descentralización
Ver como documento individual→Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 1356-V-2014 — Traslado de funcionario Rodolfo Gerardo Portillo Salgado
ACUERDO No. 1356-V-2014
Tegucigalpa, M.D.C., 30 de abril del 2014
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPA-
CHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA,
GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, EN
USO DE LAS FACULTADES QUE ESTÁ INVESTIDO
Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 360-2013 Y
ACUERDO EJECUTIVO No. 003-A-2014.
A C U E R D A:
PRIMERO: Trasladar al ciudadano RODOLFO
GERARDO PORTILLO SALGADO, de: Institución 0260
Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, puesto OFICIAL
DE PREINTERVENCIÓN I, Programa 001, Actividad 005
Unidad Ejecutora 005 Gerencia Administrativa, No. de puesto
Justicia y Derechos Humanos, puesto OFICIAL DE
PERSONAL I, Programa 001, Actividad 005 Unidad Ejecutora
005 Gerencia Administrativa, No. de puesto 0000350, Grupo-
Nivel 01-003, a: Institución 40 Secretaría de Derechos Humanos,
Justicia, Gobernación y Descentralización, puesto: OFICIAL DE
PERSONAL I, Programa 001 Actividades Centrales, Actividad
002 Servicios Administrativos, Unidad Ejecutora 028 Actividades
Centrales, No. de puesto 005220, Grupo-Nivel 01-003.
SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01
de mayo del 2014 y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA
GACETA”.
COMUNÍQUESE:
RIGOBERTO CHANG CASTILLO
SECRETARIO DE ESTADO
RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA
SECRETARIO GENERAL
_______
0000390, Grupo-Nivel 01-004, a: Institución 40 Secretaría de
Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización,
puesto: OFICIAL DE PREINTERVENCIÓN I, Programa 001
Actividades Centrales, Actividad 002 Servicios Administrativos,
Unidad Ejecutora 028 Actividades Centrales, No. de puesto
005240, Grupo-Nivel 01-004.
SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01
de mayo del 2014 y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA
GACETA”.
COMUNÍQUESE:
RIGOBERTO CHANG CASTILLO
SECRETARIO DE ESTADO
RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA
SECRETARIO GENERAL
_______
Secretaría de Derechos
Humanos, Justicia,
Gobernación y
Descentralización
Ver como documento individual→Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 1356-U-2014 — Traslado de funcionaria Sayra Ninoska Hernández Escamilla
ACUERDO No. 1356-U-2014
Tegucigalpa, M.D.C., 30 de abril del 2014
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPA-
CHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA,
GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, EN
USO DE LAS FACULTADES QUE ESTÁ INVESTIDO
Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 360-2013 Y
ACUERDO EJECUTIVO No. 003-A-2014.
A C U E R D A:
PRIMERO: Trasladar a la ciudadana SAYRA
NINOSKA HERNÁNDEZ ESCAMILLA, de: Institución
0260 Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, puesto
SUBGERENTE DE PRESUPUESTO, Programa 001,
Actividad 005, Unidad Ejecutora 005 Gerencia Administrativa,
No. de puesto 0000360, Grupo-Nivel 00-000, a: Institución 40
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 6 of 32 --
UDI -DEGT-UNAH
Secretaría de Derechos
Humanos, Justicia,
Gobernación y
Descentralización
Ver como documento individual→Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 1356-W-2014 — Traslado de funcionaria Cinthia Alejandra Castro Rodríguez
ACUERDO No. 1356-W-2014
Tegucigalpa, M.D.C., 30 de abril del 2014
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPA-
CHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA,
GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, EN
USO DE LAS FACULTADES QUE ESTÁ INVESTIDO
Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 360-2013 Y
ACUERDO EJECUTIVO No. 003-A-2014.
A C U E R D A:
PRIMERO: Trasladar a la ciudadana CINTHIA
ALEJANDRA CASTRO RODRÍGUEZ, de: Institución
0260 Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, puesto
PLANIFICADOR PRESUPUESTARIO I, Programa 001,
Actividad 005 Unidad Ejecutora 005 Gerencia Administrativa,
No. de puesto 0000400, Grupo-Nivel 02-006, a: Institución 40
Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y
Descentralización, puesto: PLANIFICADOR PRESU-
Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y
Descentralización, puesto: SUBGERENTE DE PRESUPUESTO,
Programa 001 Actividades Centrales, Actividad 002 Servicios
Administrativos, Unidad Ejecutora 028 Actividades Centrales, No.
de puesto 005230, Grupo-Nivel 00-000.
SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01
de mayo del 2014 y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA
GACETA”.
COMUNÍQUESE:
RIGOBERTO CHANG CASTILLO
SECRETARIO DE ESTADO
RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA
SECRETARIO GENERAL
_______
PUESTARIO I, Programa 001 Actividades Centrales, Actividad
002 Servicios Administrativos, Unidad Ejecutora 028 Actividades
Centrales, No. de puesto 005250, Grupo-Nivel 02-006.
SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01
de mayo del 2014 y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA
GACETA”.
COMUNÍQUESE:
RIGOBERTO CHANG CASTILLO
SECRETARIO DE ESTADO
RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA
SECRETARIO GENERAL
_______
Secretaría de Derechos
Humanos, Justicia,
Gobernación y
Descentralización
Ver como documento individual→Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 1356-X-2014 — Traslado de funcionaria Martha María Reyes Bautista
ACUERDO No. 1356-X-2014
Tegucigalpa, M.D.C., 30 de abril del 2014
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPA-
CHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA,
GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, EN
USO DE LAS FACULTADES QUE ESTÁ INVESTIDO
Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 360-2013 Y
ACUERDO EJECUTIVO No. 003-A-2014.
A C U E R D A:
PRIMERO: Trasladar a la ciudadana MARTHA
MARÍA REYES BAUTISTA, de: Institución 0260 Secretaría
de Justicia y Derechos Humanos, puesto OFICIAL
COMPRADOR, Programa 001, Actividad 005, Unidad
Ejecutora 005 Gerencia Administrativa, No. de puesto 0000430,
Grupo-Nivel 01-004, a: Institución 40 Secretaría de Derechos
Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, puesto:
OFICIAL COMPRADOR, Programa 001 Actividades
Centrales, Actividad 002 Servicios Administrativos, Unidad
Ejecutora 028 Actividades Centrales, No. de puesto 005270,
Grupo-Nivel 01-004.
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 7 of 32 --
UDI -DEGT-UNAH
Secretaría de Derechos
Humanos, Justicia,
Gobernación y
Descentralización
Ver como documento individual→Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 1356-Y-2014 — Traslado de funcionario Oscar Armando López
ACUERDO No. 1356-Y-2014
Tegucigalpa, M.D.C., 30 de abril del 2014
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPA-
CHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA,
GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, EN
USO DE LAS FACULTADES QUE ESTÁ INVESTIDO
Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO No. 360-2013 Y
ACUERDO EJECUTIVO No. 003-A-2014.
A C U E R D A:
PRIMERO: Trasladar al ciudadano OSCAR
ARMANDO LÓPEZ, de: Institución 0260 Secretaría de
Justicia y Derechos Humanos, puesto GUARDALMACÉN I,
Programa 001, Actividad 005 Unidad Ejecutora 005 Gerencia
Administrativa, No. de puesto 0000440, Grupo-Nivel 01-003,
a: Institución 40 Secretaría de Derechos Humanos, Justicia,
Gobernación y Descentralización, puesto: GUARDALMACÉN
I, Programa 001 Actividades Centrales, Actividad 002 Servicios
Administrativos, Unidad Ejecutora 028 Actividades Centrales, No.
de puesto 005280, Grupo-Nivel 01-003.
SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01
de mayo del 2014 y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA
GACETA”.
COMUNÍQUESE:
RIGOBERTO CHANG CASTILLO
SECRETARIO DE ESTADO
RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA
SECRETARIO GENERAL
_______
SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01
de mayo del 2014 y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA
GACETA”.
COMUNÍQUESE:
RIGOBERTO CHANG CASTILLO
SECRETARIO DE ESTADO
RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA
SECRETARIO GENERAL
_______
Secretaría de Derechos
Humanos, Justicia,
Gobernación y
Descentralización
Ver como documento individual→Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 1356-Z-2014 — Traslado de funcionaria Jennsy Maribel Macías Alvares
ACUERDO No. 1356-Z-2014
Tegucigalpa, M.D.C., 30 de abril del 2014
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPA-
C H O S D E D E R E C H O S H U M A N O S , J U S T I C I A ,
GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, EN USO
DE LAS FACULTADES QUE ESTÁ INVESTIDO Y EN
APLICACIÓN DEL DECRETO No. 360-2013 Y
ACUERDO EJECUTIVO No. 003-A-2014.
A C U E R D A:
P R I M E R O : Tr a s l a d a r a l a c i u d a d a n a J E N N S Y
MARIBEL MACÍAS A LVARES, de: Institución 0260
Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, puesto
TELEFONISTA I, Programa 001, Actividad 005 Unidad Ejecutora
005 Gerencia Administrativa, No. de puesto 0000450, Grupo-Nivel
01-003, a: Institución 40 Secretaría de Derechos Humanos, Justicia,
Gobernación y Descentralización, puesto: TELEFONISTA I,
Programa 001 Actividades Centrales, Actividad 002 Servicios
Administrativos, Unidad Ejecutora 028 Actividades Centrales, No.
de puesto 005290, Grupo-Nivel 01-003.
SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del 01
de mayo del 2014 y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA
GACETA”.
COMUNÍQUESE:
RIGOBERTO CHANG CASTILLO
SECRETARIO DE ESTADO
RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA
SECRETARIO GENERAL
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CERTIFICACIÓN
Sección “B”
El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en
los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y
Descentralización. La Resolución que literalmente dice:
“
Ver como documento individual→Resolución
Resolución No. 222-2015 — Concesión de Personalidad Jurídica a Junta Administradora de Agua de la Colonia Villa Hermosa
Poder Ejecutivo
RESOLUCIÓN No. 222-2015. SECRETARÍA DE ESTADO EN
LOS DESPACHOS DEL INTERIOR Y POBLACIÓN. Tegucigalpa,
municipio del Distrito Central, trece de marzo del dos mil quince.
VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo,
por medio de esta Secretaría de Estado, con fecha veintitrés de junio
de dos mil catorce, misma que corre a Expediente No. P.J. 23062014-
1271, por la Abogada ROSA MARÍA LAÍNEZ LAGOS, en su
condición de Apoderada Legal de la JUNTA ADMINISTRADORA
DE AGUA DE LA COLONIA VILLA HERMOSA DE LA ALDEA
DE SAN JERÓNIMO, con domicilio en la colonia Villa Hermosa,
municipio de Namasigüe, departamento de Choluteca.
RESULTA: Que la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA
DE LA COLONIA VILLA HERMOSA DE LA ALDEA DE SAN
JERÓNIMO, acompañó a su solicitud los documentos
correspondientes.
RESULTA: Que a la solicitud se le dio el trámite de ley habiéndose
mandado oír a la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de
Estado, quien emitió dictamen favorable No. U.S.L.201-2015 de fecha
dieciséis de febrero del dos mil quince.
CONSIDERANDO: Que la JUNTA ADMINISTRADORA
DE AGUA DE LA COLONIA VILLA HERMOSA DE LA ALDEA
DE SAN JERÓNIMO, se crea como asociación civil de beneficio
mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del
país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que
es procedente acceder a lo solicitado.
CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República emitió el
Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del
año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los
Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para
la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos
16, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5
de la Ley de Procedimiento Administrativo.
CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 03-
2014 de fecha 24 de enero de 2014, se nombró al ciudadano
RIGOBERTO CHANG CASTILLO, como Secretario de Estado en
los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y
Descentralización, modificado mediante Acuerdo Ejecutivo No. 03-
A-2014 de fecha 24 de enero de 2014.
POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS
DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA,
GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, en uso de sus
facultades y en aplicación a lo establecido en el artículo 18 de la Ley
Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento; 34, 35, 36, 37, 38 y
39 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector de Agua Potable
y Saneamiento, 245 numeral 40 de la Constitución de la República,
29 reformado 116 y 120 de la Ley General de la Administración
Pública; 3 del Decreto 177-2010; 44 numeral 13 y 46 del Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo
reformado mediante PCM-060-2011 de fecha 13 de septiembre de
2011; 56 y 58 del Código Civil, 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento
Administrativo.
R E S U E L V E:
PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica a la JUNTA
ADMINISTRADORA DE AGUA DE LA COLONIA VILLA
HERMOSA DE LA ALDEA DE SAN JERÓNIMO, con domicilio
en la colonia Villa Hermosa, municipio de Namasigüe, departamento
de Choluteca, asimismo se aprueban sus estatutos en la forma
siguiente:
ESTATUTOS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA
DE LA COLONIA VILLA HERMOSA DE LA ALDEA DE SAN
JERÓNIMO
CAPÍTULO I
CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y
DOMICILIO
ARTÍCULO 1.- Se constituye la organización cuya denominación
será: JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA DE LA COLONIA
VILLA HERMOSA DE LA ALDEA DE SAN JERÓNIMO, como
una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines
de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva
de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento
del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos
y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector
Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos
de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes
de la colonia Villa Hermosa, municipio de Namasigüe, departamento
de Choluteca.
ARTÍCULO 2.- El domicilio de la Junta de Agua y Saneamiento,
será en la colonia Villa Hermosa, municipio de Namasigüe,
departamento de Choluteca y tendrá operación en dicha comunidad
proporcionando el servicio de agua potable.
ARTÍCULO 3.- Se considera como sistema de agua el área
delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de
captación, las comunidades con fines de salud y las construcciones
físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares.
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CAPÍTULO II
DE LOS OBJETIVOS
ARTÍCULO 4.- El fin primordial de los presentes Estatutos es
regular el normal funcionamiento de la Junta Administradora de Agua
y Saneamiento y los diferentes comités para la administración,
operación y mantenimiento del sistema.
ARTÍCULO 5.- La organización tendrá los siguientes objetivos:
a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades
en general. b.- Asegurar una correcta administración del sistema. c.-
Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.-
Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua
potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de
abastecimiento de agua potable. f.- Velar porque la población use y
maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares
de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.-
Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente
el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes
del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico).
i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y
saneamiento.
ARTÍCULO 6.- Para el logro de los objetivos indicados, la
organización podrá realizar las siguientes actividades: a.- Recibir las
aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio
de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias.
b.- Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar
y mantener la salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio
económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento
del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes
nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras
instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.-
Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema.
g.- Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.-
Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar
el sistema.
CAPÍTULO III
DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS
ARTÍCULO 7.- La Junta Administradora de Agua y Saneamiento,
tendrá las siguientes categorías de miembros: a.- Fundadores; y, b.-
Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscribieron el Acta de
Constitución de la Junta de Agua. Miembros Activos: Son los que
participan en las Asambleas de Usuarios.
ARTÍCULO 8.- Son derechos de los miembros: a.- Ambas clases
de miembros tienen derecho a voz y a voto. b.- Elegir y ser electos.
c.- Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d.- Elevar
peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los
servicios. e.- Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias
en la calidad del servicio. f.- Recibir avisos oportunamente de las
interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la
tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la
calidad del servicio que recibe.
ARTÍCULO 9.- Son obligaciones de los miembros: a.- Conectarse
al sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los servicios,
sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura.
CAPÍTULO IV
DE LOS ÓRGANOS Y ATRIBUCIONES DE CADA
ÓRGANO
ARTÍCULO 10.- La dirección, administración, operación y
mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.-
Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo.
DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS
ARTÍCULO 11.- La Asamblea de usuarios es la máxima autoridad
de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los
abonados debidamente convocados.
ARTÍCULO 12.- Son funciones de la Asamblea de Usuarios: a.-
Elegir o destituir los miembros directivos de la Junta. b.- Tratar los
asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c.- Nombrar las
comisiones o Comités de Apoyo.
DE LA JUNTA DIRECTIVA
ARTÍCULO 13.- Después de la Asamblea de Usuarios la Junta
Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta
Administradora de Agua y Saneamiento; y estará en funciones por un
período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más,
ejerciendo dichos cargos Ad honorem, para ser miembro de la Junta
Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los Artículos
36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua
Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros:
a.- Un Presidente(a). b.- Un Vicepresidente. c.- Un Secretario(a). d.-
Un Tesorero(a). e.- Un Fiscal. f.- Dos Vocales.
ARTÍCULO 14.- La Junta Directiva tendrá las siguientes
atribuciones: a.- Mantener un presupuesto de ingresos y egresos. b.-
Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo. c.- Coordinar y ejecutar
las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento
del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y
demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la
comunidad. e.- Depositar los fondos provenientes de las recaudaciones
de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del
servicio de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea
General de abonados cada tres meses. g.- Cancelar o suspender el
servicio de agua. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos
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de agua. Evitando su contaminación y realizando acciones de
protección y reforestación de la microcuenca. i.- Vigilar el
mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.
ARTÍCULO 15.- Son atribuciones del PRESIDENTE: a.-
Convocar a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones. c.-
Elaborar junto con el Secretario la agenda. d.- Autorizar y aprobar
con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar
con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos.
f.-Ejercer la representación legal a la Junta Administradora.
ARTÍCULO 16.- Son atribuciones del VICEPRESIDENTE: a.-
Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en
este último caso se requerirá la aprobación de la mayoría simple de la
Asamblea General. b.- Supervisará las comisiones que se establezcan.
c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la
Asamblea General.
ARTÍCULO 17.- Son atribuciones del SECRETARIO: a.- Llevar
el libro de actas. b.- Autorizar con su firma las actuaciones del
Presidente de la Junta Directiva excepto lo relacionado con los fondos.
c.- Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el
Presidente. e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el archivo
de la Junta de Agua y Saneamiento. g.- Manejo de planillas de mano
de obras.
ARTÍCULO 18.- Son atribuciones del TESORERO: El Tesorero
es el encargado de manejar fondos y archivar documentos que indiquen
ingresos y egresos: a.- Recaudar y administrar los fondos provenientes
del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.
b.- Responder solidariamente con el Presidente, del manejo y custodia
de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema
cooperativista. c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de
las operaciones que se refieren a entradas y salidas de dinero de la
Tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos
ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.- Informar
mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y
financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad. e.- Dar a
los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f.-
Llevar el inventario de los bienes de la Junta. g.- Autorizar
conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos. h.-
Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma
trimestral y anual con copia a la Municipalidad.
ARTÍCULO 19.- Son atribuciones del FISCAL: a.- Es el
encargado de fiscalizar los fondos de la Organización. b.- Supervisar
y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio
de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.-
Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía
que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la
Junta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean
necesarias para obtener una administración transparente de los bienes
de la organización.
ARTÍCULO 20.- Son atribuciones de LOS VOCALES: a.-
Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le
asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la
Asamblea. b.- Los Vocales coordinarán el Comité de Saneamiento
Básico. c.- Los Vocales coordinarán el Comité de Microcuenca y sus
funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.
ARTÍCULO 21.- Para tratar los asuntos relacionados con el
sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad,
se harán reuniones así: a.- Trimestralmente en forma Ordinaria y
cuando fuese de urgencia en forma Extraordinaria. b.- Junta Directiva
se reunirá una vez por mes.
DE LOS COMITÉS DE APOYO
ARTÍCULO 22.- La Junta Directiva tendrá los siguientes Comités
de Apoyo: a.- Comité de Operación y Mantenimiento. b.- Comité de
Microcuenca. c.- Comité de Saneamiento. d.- Comité de Vigilancia.
ARTÍCULO 23.- Estos Comités estarán integrados a la estructura
de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas
las labores de operación, mantenimiento y conservación de la
microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que
determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar
sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se
emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités
de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde Auxiliar
y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité
de Saneamiento.
CAPÍTULO V
DEL PATRIMONIO
ARTÍCULO 24.- Los recursos económicos de la Junta
Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de agua,
venta de derecho a pegue, multas; así como los intereses capitalizados.
b.- Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los
abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.-
Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios
que reciban de personas naturales o jurídicas.
ARTÍCULO 25.- Los recursos económicos de la Junta
Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación,
mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema.
CAPÍTULO VI
DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
ARTÍCULO 26.- Causas de Disolución: a.- Por sentencia judicial.
b.- Por resolución del Poder Ejecutivo. c.- Por cambiar de objetivos
para los cuales se constituyo. d.- Por cualquier causa que haga imposible
la continuidad de la Junta Administradora de Agua. La decisión de
disolver la Junta Administradora de Agua se resolverá en Asamblea
Extraordinaria convocada para este efecto y será aprobada por la
mayoría absoluta de sus miembros debidamente inscritos. Una vez
disuelta la Asociación se procederá a la liquidación, debiendo cumplir
con todas las obligaciones que se hayan contraído con terceras
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personas y el remanente, en caso de que quedare serán donados
exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas
no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Usuarios,
cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su
disolución y liquidación. e.- Por acuerdo de las 2/3 parte de sus
miembros.
CAPÍTULO VII
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 27.- El ejercicio financiero de la Junta Administradora
de Agua y Saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de
la República.
ARTÍCULO 28.- Los programas, proyectos o actividades que
la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado
realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de
común acuerdo por disposición de este último.
SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA DE
LA COLONIA VILLA HERMOSA DE LA ALDEA DE SAN
JERÓNIMO, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos
de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización,
indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres
de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva;
asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico
le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo
órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los
cuales fue constituida.
TERCERO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA DE
LA COLONIA VILLA HERMOSA DE LA ALDEA DE SAN
JERÓNIMO, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en
los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y
Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento
de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), los estados financieros
auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento
económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las
modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados
y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias,
legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la
normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a
través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la
transparencia de los mismos.
CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA DE
LA COLONIA VILLA HERMOSA DE LA ALDEA DE SAN
JERÓNIMO, se somete a las disposiciones legales y políticas
establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos
Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes
contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido
para garantizar la transparencia de la administración, quedando
obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las
actividades que realicen con instituciones u organismos con los que
se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue
autorizada.
QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA
ADMINISTRADORA DE AGUA DE LA COLONIA VILLA
HERMOSA DE LA ALDEA DE SAN JERÓNIMO, se hará de
conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que
una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará
a formar parte de una organización legalmente constituida en
Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho
trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a
efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia
del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero
de este mismo artículo.
SEXTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es
responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario.
SÉPTIMO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego
de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario
Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la
Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o
modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su
aprobación.
OCTAVO: La presente resolución deberá inscribirse en el
Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con
el Artículo 28 de la Ley de Propiedad.
NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de oficio
proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento
de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), para que emita la
correspondiente inscripción.
DÉCIMO: De oficio procédase a emitir la Certificación de la
presente Resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA
ADMINISTRADORA DE AGUA DE LA COLONIA VILLA
HERMOSA DE LA ALDEA DE SAN JERÓNIMO, la cual será
publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, cuya petición se hará a
través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita,
dando cumplimiento con el Artículo 18, párrafo segundo de la Ley
Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. (F)
RIGOBERTO CHANG CASTILLO, SECRETARIO DE ESTADO
EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA,
GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. (F) RICARDO
ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERAL”.
Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los diecinueve días del mes de mayo de dos mil quince.
RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA
SECRETARIO GENERAL
24 S. 2015.
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Aviso de Licitación Pública
República de Honduras
CONTRATO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO,
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y DIAGNÓSTICO DE
LAS UNIDADES DE AIRE ACONDICIONADO DE LOS
EDIFICIOS DE IPM EN LA CIUDAD DE TEGUCIGALPA.
INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR
Licitación Pública No. 12-2015
1. El Instituto de Previsión Militar (IPM), invita a las empresas
interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No.
12-2015 a presentar ofertas selladas para Contrato de
Mantenimiento Correctivo, Mantenimiento Preventivo y
Diagnóstico de las Unidades de aire acondicionado de los edificios
de IPM en la ciudad de Tegucigalpa.
2. El financiamiento para la realización del presente proceso
proviene exclusivamente de fondos propios. La licitación se
efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública
Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado
y su Reglamento.
3. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente
Licitación, mediante solicitud escrita al Coronel Jorge Federico
Centeno, asimismo deberá traer un CD, en estado nuevo para
poderle grabar los documentos de Licitación y presentarse en el
sexto nivel del edificio IPM, en el boulevard Centroamérica
costado Norte al IMPREMA de 8:30 A.M., a 4: 00 P.M., a partir
del 21 de septiembre al 01 de octubre de 2015.
4. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección en el
sexto nivel del edificio IPM, en el boulevard Centroamérica
costado Norte al IMPREMA, a más tardar a las 9:30A.M., del
martes 03 de noviembre de 2015. Las ofertas que se reciban
fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en
presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir
en la dirección indicada, a las 10:00 A.M., del martes 03 de
noviembre de 2015. Todas las ofertas deberán estar acompañadas
de una Garantía de Mantenimiento de oferta, por un porcentaje
equivalente al dos por ciento (2%) del monto total de la oferta.
Tegucigalpa, 16 de septiembre de 2015
CORONEL DE INFANTERÍA DEM
JORGE FEDERICO CENTENO SARMIENTO
GERENTE
24 S. 2015
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de
la ciudad de La Entrada, Nueva Arcadia, departamento de Copán,
al público en general. HACE SABER: Que con fecha treinta de
abril del año dos mil quince, el señor HÉCTOR ANTONIO
IRIARTE DERAS, a través de su Apoderado Legal la Licenciada
JISELA MARÍA PERAZA RAMÍREZ, presentó ante este
Despacho solicitud de TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO,
sobre un lote de terreno que se describe de la forma siguiente: Un
lote de terreno, ubicado en el lugar denominado El Carrizalito Uno,
Copán Ruinas, Copán, consistente en TRES MANZANAS MAS
O MENOS de extensión superficial, el cual tiene las colindancias
siguientes: AL NORTE, colinda con MANUEL ALMAZAN,
callejón de por medio; AL SUR, colinda con MOISÉS MONROY;
AL ESTE, colinda con HÉCTOR IRIARTE, quebrada de por
medio; y, AL OESTE, colinda con RODOLFO MELENDEZ,
callejón de por medio, el cual hubo por compra que hiciera al señor
RIGOBERTO GUERRA ESCOBAR y que posee en forma
quieta, pacífica e ininterrumpidamente por más de diecisiete años,
según información testifical.
La Entrada, Copán, 12 de mayo del año 2015
TELMA YOLANDA CHINCHILLA
SECRETARIA
24 S., 24 O. y 24 N. 2015 _______
CORTE SUPREMA DE HONDURAS
REPÚBLICA DE HONDURAS
JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL
DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN
AVISO DE HERENCIA
La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras Civil
del departamento de Francisco Morazán, al público en general y
para los efectos de Ley. HACE SABER: Que en el Expediente
de Herencia Ab intestato que se registra bajo el número 0801-
2015-02469-CV, este Juzgado de Letras dictó sentencia en fecha
diez de agosto del año dos mil quince, que en su parte dispositiva
dice: 1) FALLA: 1) DECLARAR, con lugar la solicitud de
declaratoria de herencia Ab intestato. 2) DECLARESE a la señora
ROSA ADRIANA CERRATO SEVILLA, de generales
expresadas en el encabezamiento de esta sentencia, HEREDERA
AB INTESTATO, de los bienes, derechos, acciones y obligaciones
dejados por su difunto hermano, señor MARIO ALFREDO
CERRATO SEVILLA (Q.D.D.G.), y se les conceda la posesión
efectiva de la herencia, sin perjuicio de otros herederos de igual o
mejor derecho.
Tegucigalpa, M.D.C., uno de septiembre de 2015
NINOSKA LANZA FU
SECRETARIA ADJUNTA
24 S. 2015
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JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del Artículo cincuenta
(50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales
correspondientes. HACE SABER: Que en fecha diecinueve de
agosto del dos mil quince, compareció a este Juzgado, incoando
demanda personal, contra el Estado de Honduras a través del
Ministerio Público, para la declaración e ilegalidad de un acto
administrativo y consecuentemente su nulidad, contenido en la
resolución de apelación No. FGR-112-2015, del 14 de abril del
2015 y de la resolución de reposición No. FGR-150-2015, del
20 de mayo del 2015, ambas dictadas por el Fiscal General de la
República. Que se reconozca la situación jurídica individualizada
y para su pleno restablecimiento que declare judicialmente la
restitutción al cargo que desempeñaba como coordinador de la
fiscalía regional de Copán con todas sus prerrogativas y con el
goce el beneficio del pus salarial dejado de percibir desde el 19
de julio del 2013, en que se dictó el memorando DGF-1346-
2013, de traslado hasta el día de la restitución y el goce de los
demás beneficios sociales. Se proponen medios de prueba.
Audiencia para su resolución. Conclusiones. Sentencia. Se confiere
poder.
LIC. WALTER A. CARIAS GOZAINE
SECRETARIO ADJUNTO
24 S. 2015 _______
JUZGADO SEGUNDO DE LETRAS SECCIONAL
DE SANTA ROSA DE COPÁN
REPÚBLICA DE HONDURAS
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado Segundo de Letras
Seccional del departamento de Copán. HACE SABER. Que en la
solicitud de Título Supletorio, promovida por el señor CARLOS
MANUEL LÓPEZ MARTÍNEZ, mayor de edad, casado, agricultor,
hondureño, con número de Identidad 0405-1966-00032, vecino y
residente Corquín, Copán, es dueño de tres lotes de terreno constante
de LOTE NÚMERO UNO: con un área de, CERO PUNTO
CINCUENTA Y CINCO CENTÉSIMAS DE MANZANAS (0.55
Mz.), con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con
MANUEL ANTONIO GÓMEZ; AL SUR, colinda con CARLOS
MANUEL LÓPEZ MARTÍNEZ, calle de por medio; AL ESTE,
colinda con DILIA CADALZO; AL OESTE, colinda con JACOBO
VILLEDA. LOTE DOS, con un área de DOS MANZANAS
PUNTO NOVENTA Y SIETE CENTÉSIMAS DE MANZANAS
(2.97 Mz.), con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda
con, CARLOS MANUEL LÓPEZ MARTÍNEZ Y DILIA
CADALZO, calle de por medio; AL SUR, colinda con HERMINIO
PERDOMO ROMERO; AL ESTE, CARLOS MANUEL LÓPEZ
MARTÍNEZ, calle de por medio; AL OESTE, colinda con JACOBO
VILLEDA, LOTE TRES, con un área UNO PUNTO TREINTA
Y SEIS CENTÉSIMAS DE MANZANA (1.36 Mz.), con las
colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con MARÍA DEL
CARMEN MARTÍNEZ GOMEZ; AL SUR, colinda con
HERMINIO PERDOMO ROMERO, calle de por medio; AL ESTE,
colinda con SANTOS SUYAPA MARTÍNEZ GOMEZ; AL
OESTE, colinda con CARLOS MANUEL LÓPEZ MARTÍNEZ,
calle de por medio.
Representa Abog. PEDRO ALVARADO.
Santa Rosa de Copán 12 de agosto del 2015.
EMMA DELFINA RAMOS
SECRETARIA
24 S., 24 O. y 24 N. 2015 _______
Aviso de Licitación Pública
República de Honduras
Licitación Pública Nacional No. 006-2015-SS
“Adquisición de Prendas de Vestir para
uso de Empleados de Salud”
El Secretario de Estado en el Despacho de Salud, invita a las
empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional
No. 006-2015-SS, a presentar ofertas selladas para la “Adquisición
de Prendas de vestir para uso de Empleados de Salud”.
El financiamiento para la realización del presente proceso proviene
exclusivamente de fondos Nacionales. La licitación se efectuará
conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN),
establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
Los interesados podrán obtener los documentos de la presente
licitación a partir del 07 de septiembre al 30 de septiembre de 2015, de
9:30 A.M., a 4:30 P.M., mediante solicitud escrita al Depto. de Licitación
dependiente de la Gerencia Administrativa de esta Secretaría. Los
documentos de la licitación también podrán ser examinados en el
Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado
de Honduras. “HonduCompras” www.honducompras.gob.hn
Los sobres conteniendo las ofertas se recibirán hasta el día 16 de
octubre de 2015, hasta las 02:30 P.M., en el salón Barrenechea, ubicado
en el 3er. piso del edificio principal de la Secretaría de Salud. Las
ofertas que se presenten fuera de este plazo serán rechazadas.
Las ofertas se abrirán publicamente por la comisión de Evaluación
nombrada al efecto a las 02:30 P.M., el mismo día de recepción de las
ofertas y en el mismo lugar, en presencia de los representantes de los
Oferentes y cualquier persona que deseen asistir al acto.
Tegucigalpa, M.D.C., 04 de septiembre de 2015.
DRA. EDNA YOLANI BATRES
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD
24 S. 2015
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24 17
1/ No. Solicitud: 29605-2015
2/ Fecha de presentación: 24-07-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: EYL COMERCIAL, S.A.
4.1/ Domicilio: Barrio San Rafael, avenida República de Chile, edificio El Carmen, Tegucigalpa, M.D.C.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras
B. REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Conexión Empresarial y Diseño
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 35
8/ Protege y distingue:
Servicios tercerizados de manejo de personal y de planilla, consultoría en materia de recursos humanos,
agencia de colocación.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: JOSÉ DAVID ARITA ELVIR
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13/08/15.
12/ Reservas:
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 A., 8 y 24 S. 2015.
_______
[1] Solicitud: 2015-009113
[2] Fecha de presentación: 27/02/2015
[3] Solicitud de registro de: REGISTRO DE EMBLEMA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EMPRESA AVICOLA EL CORTIJO, S.A.
[4.1] Domicilio: EL TIZATILLO, KILOMETRO 13, CARRETERA AL SUR, DESVIO A SANTA
ELENA, HONDURAS.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: No tiene otros registros
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: EMBLEMA
[7] Clase Internacional: 29
[8] Protege y distingue:
Carne, pescado, aves y caza, extractos de carne, frutas y legumbres en conserva, congeladas, secas y
cocidas, jaleas, mermeladas, compotas, huevos, leche y productos lácteos, aceites y grasas comestibles.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: LUIS HUMBERTO CUESTAS RIVERA.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 1 de julio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 A., 8 y 24 S. 2015.
[1] Solicitud: 2015-029669
[2] Fecha de presentación: 27/07/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: INTERMODAL OPERATORS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
[4.1] Domicilio: PUERTO CORTÉS, CORTÉS, BARRIO PUEBLO, A LA PAR DE GASOLINERA
TEXACO HÉRCULES, HONDURAS.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: No tiene otros registros.
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: TRANSPORTES CENTROAMERICANOS DEL FUTURO
[7] Clase Internacional: 39
[8] Protege y distingue:
Transporte, embalaje y almacenaje de mercancías, organización de viajes.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: AMILCAR ERNESTO ZAVALA GARCÍA.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 4 de agosto del año 2015.
[12] Reservas: No se reivindica TRANSPORTES, para este género de servicios.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 A., 8 y 24 S. 2015.
_______
TRANSPORTES CENTROAMERICANOS
DEL FUTURO
[1] Solicitud: 2015-029670
[2] Fecha de presentación: 27/07/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: INTERMODAL OPERATORS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
[4.1] Domicilio: PUERTO CORTÉS, CORTÉS, BARRIO PUEBLO, A LA PAR DE GASOLINERA
TEXACO HÉRCULES, HONDURAS.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: No tiene otros registros.
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: TCF
[7] Clase Internacional: 39
[8] Protege y distingue:
Transporte, embalaje y almacenaje de mercancías, organización de viajes.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: AMILCAR ERNESTO ZAVALA GARCÍA.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 4 de agosto del año 2015.
[12] Reservas: TCF corresponde a las siglas de TRANSPORTES CENTROAMERICANOS DEL
FUTURO (cl 39).
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 A., 8 y 24 S. 2015.
TCF
Marcas de Fábrica
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Sección B Avisos Legales
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Fumigantes para uso en la agricultura, horticultura y hogar y jardín, herbicidas, fungicidas, insecticidas, pesticidas
y preparaciones para destruir animales dañinos para uso en la agricultura, horticultura, silvicultura, cuidado ornamental
y césped y el hogar y el jardín.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN).
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 09-07-15.
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 A., 8 y 24 S. 2015.
_______
1/ Solicitud: 38621-14
2/ Fecha de presentación: 28-OCT.-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Arysta LifeScience Centro América, S.A.
4.1/ Domicilio: Séptima avenida, siete guión setenta y ocho (7-78) de la zona (4), oficina doscientos diez (210),
segundo nivel del edificio Centroamericano, ciudad de Guatemala, Guatemala.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Guatemala
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TOPCAÑA
T T T T TOPCAÑA OPCAÑA OPCAÑA OPCAÑA OPCAÑA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 01
8/ Protege y distingue:
Fertilizantes, bioestimulantes, reguladores para el crecimiento de plantas.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN).
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 09-07-15.
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 A., 8 y 24 S. 2015.
_______
1/ Solicitud: 38620-14
2/ Fecha de presentación: 28-OCT.-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Arysta LifeScience Centro América, S.A.
4.1/ Domicilio: Séptima avenida, siete guión setenta y ocho (7-78) de la zona (4), oficina doscientos diez (210),
segundo nivel del edificio Centroamericano, ciudad de Guatemala, Guatemala.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Guatemala
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TOPCAÑA
T T T T TOPCAÑA OPCAÑA OPCAÑA OPCAÑA OPCAÑA
6.2/ Reivindicaciones: La separación de las letras y el color Rojo Pantone 485.
7/ Clase Internacional: 43
1/ Solicitud: 34106-14
2/ Fecha de presentación: 22-09-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: FERRETTI DIMENSION, S.L.
4.1/ Domicilio: Calle Lleó, s/n. Urbanización Marca de 1´Ham Figueres, Girona, España.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: España.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FERRETTI
8/ Protege y distingue:
Servicios de un restaurante-heladería, servicios de bar, cafés-restaurantes, cafeterías, restaurantes de servicio
rápido y permanente (snack-bar).
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN).
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 26-09-2014.
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 A., 8 y 24 S. 2015.
_______
1/ Solicitud: 34105-14
2/ Fecha de presentación: 22-09-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: FERRETTI DIMENSION, S.L.
4.1/ Domicilio: Calle Lleó, s/n. Urbanización Marca de 1´Ham Figueres, Girona, España.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: España.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FERRETTI
6.2/ Reivindicaciones: La separación de las letras y el color Rojo Pantone 485.
7/ Clase Internacional: 30
8/ Protege y distingue:
Café, té, pastelería y confitería, helados comestibles, hielo.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN).
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 29/09/14
12/ Reservas:
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 A., 8 y 24 S. 2015.
_______
1/ Solicitud: 34872-2014
2/ Fecha de presentación: 29-09-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: John Dewar & Sons Limited.
4.1/ Domicilio: 1700 London Road, G32 8XR Glasgow, United Kingdom.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Reino Unido.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: WILLIAM LAWSON´S
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 33
8/ Protege y distingue:
Bebidas alcohólicas (excepto cervezas).
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN).
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 23-02-15.
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 A., 8 y 24 S. 2015.
WILLIAM LAWSON´S
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Derecho Reservados ENAG
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Sección B Avisos Legales
1/ Solicitud: 10024-2015
2/ Fecha de presentación: 09-03-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MERIAL (a French Corporation).
4.1/ Domicilio: 29 Avenue Tony Garnier, 69007 LYON, FRANCE.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Francia
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen: 02 Selec. el país
5.3/ Código país: 00
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MERIAL
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 03
8/ Protege y distingue:
Jabones, champús, lociones, pasta de dientes, artículos de tocador y cosméticos para animales, bastoncillos de
algodón para uso cosmético para los animales, preparaciones para el cuidado de la piel para animales.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 22/05/15
12/ Reservas:
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 A., 8 y 24 S. 2015.
_______
MERIAL
1/ Solicitud: 27210-2015
2/ Fecha de presentación: 07-07-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: JOHN SOLOMON y PAMELA SOLOMON.
4.1/ Domicilio: Placencia Village Square, Placencia Village, Stann Creek District, Belize.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Belice
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RUMFISH (Y VINO) Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 43
8/ Protege y distingue:
Restaurantes, cafés, restaurantes de autoservicio, servicio de suministro de comidas y bebidas, bares de aperitivos
y servicio de bar.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 05-08-15
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 A., 8 y 24 S. 2015.
_______
[1] Solicitud: 2014-017674
[2] Fecha de presentación: 21/05/2014
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EMPRESAS CAROZZI, S.A.
[4.1] Domicilio: CAMINO LONGINAL, SUR 5201, NOS. SAN BERNARDO- SANTIAGO, CHILE.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: CHILE
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: COSTA ROLL Y ETIQUETA
[7] Clase Internacional: 30
[8] Protege y distingue:
Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan,
productos de pastelería y confitería, helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal;
mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 3 de julio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 A., 8 y 24 S. 2015.
_______
[1] Solicitud: 2014-017673
[2] Fecha de presentación: 21/05/2014
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EMPRESAS CAROZZI, S.A.
[4.1] Domicilio: CAMINO LONGINAL, SUR 5201, NOS. SAN BERNARDO- SANTIAGO, CHILE.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: CHILE
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: COSTA ROLLS Y ETIQUETA
[7] Clase Internacional: 30
[8] Protege y distingue:
café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan,
productos de pastelería y confitería, helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal;
mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 3 de julio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 A., 8 y 24 S. 2015.
_______
[1] Solicitud: 2015-005395
[2] Fecha de presentación: 06/02/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: TELEVISION FOOD NETWORK, G.P. (A DELAWARE PARTNERSHIP).
[4.1] Domicilio: 1180 AVENUE OF THE AMERICAS, NEW YORK, NEW YORK 10036, ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: FOOD NETWORK Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 38
[8] Protege y distingue:
Servicios de difusión, es decir, la destrucción de contenidos audiovisuales a través de la televisión, satélite, inalámbrico,
banda ancha, streaming, fibra óptica, cable, radio y una red informática mundial; servicios de comunicación, es
decir, la transmisión de voz, audio, sonido, vídeo, imágenes, gráficos y datos por medio de redes de
telecomunicaciones, redes de comunicación inalámbricas, la internet, redes de servicios de información y redes
de datos; streaming de contenido de audio y visual a través de redes informáticas mundiales y redes de comunicaciones
inalámbricas; servicios de medio móviles en la naturaleza de la transmisión electrónica contenidos de medios
entretenimiento; proporcionando boletines de anuncios electrónicos en línea y foros para la transmisión de mensajes
entre usuarios.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 25 de mayo del año 2015.
[12] Reservas: LA MARCA CONSISTE EN LAS PALABRAS UTILIZADAS “FOOD NETWORK”, DENTRO DE
UN CIRCULO SOMBREADO.
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 A., 8 y 24 S. 2015.
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 17 of 32 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
[1] Solicitud: 2015-004340
[2] Fecha de presentación: 29/01/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: CAJA DE AHORRO Y PRESTAMO DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE
EDUCADORES.
[4.1] Domicilio: CALLE 37, AVENIDA 10-12, SAN JOSE, COSTA RICA.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: COSTA RICA.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: No tiene otros registros
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: CAJA DE ANDE
[7] Clase Internacional: 36
[8] Protege y distingue:
Seguros, operaciones financieras, operaciones monetarias, negocios inmobiliarios.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: CLARIBEL MEDINA.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 11 de agosto del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
8, 24 S. y 9 O. 2015.
_______
[1] Solicitud: 2015-029673
[2] Fecha de presentación: 27/07/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: MARGARITA MICHEL ONTIVEROS.
[4.1] Domicilio: CAMINO ESCUELA DE AGRICULTURA 7620 B, LA VENTA DEL ASTILLERO
JALISCO 45521, MÉXICO.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: MÉXICO
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: No tiene otros registros
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: GNT RENUEVATTE Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos
y sustancias dietéticas para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario,
alimentos para bebés; complementos nutricionales para seres humanos y animales; emplastos, material
para apósitos; material para empastes e improntas dentales, desinfectantes, productos para eliminar
animales dañinos, fungicidas, herbicidas.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: CLARIBEL MEDINA DE LEON.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 14 de agosto del año 2015.
[12] Reservas: La denominación se protege en su conjunto, según se muestra en etiqueta adjunta.
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2015-024164
[2] Fecha de presentación: 17/06/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: H. LUNDBECK
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