Resolución
Resolución No. 212-2015 — Conceder personalidad jurídica y aprobar estatutos del Ministerio Internacional Evangelístico en Dios Haremos Proezas
Poder Ejecutivo
RESOLUCIÓN No. 212-2015. SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS
DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA,
GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. Tegucigalpa, municipio
del Distrito Central, doce de marzo de dos mil quince.
VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder
Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, con fecha
veinticinco de noviembre de dos mil catorce, misma que corre a
Expediente No. PJ-25112014-1559, por el Abogado NELSON DARIO
AMADOR FIALLOS, en su carácter de Apoderado Legal de la
Asociación Civil denominada MINISTERIO INTERNACIONAL
EVANGELÍSTICO EN DIOS HAREMOS PROEZAS, con domicilio en
la colonia Altos de Toncontín, frente a Droguería Francelia, ciudad
de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de
Francisco Morazán, contraída a pedir el otorgamiento de la
Personalidad Jurídica y aprobación de sus Estatutos.
RESULTA: Que el peticionario acompañó a su solicitud los
documentos correspondientes.
RESULTA,:. Que a la solicitud se le dio el trámite de ley habiéndose
mandado oír a la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de
Estado quien emitió dictamen favorable No. 05-2015 de fecha 20 de
enero de 2015.
CONSIDERANDO: Que el MINISTERIO INTERNACIONAL
EVANGELÍSTICO EN DIOS HAREMOS PROEZAS, se crea como
asociación religiosa de beneficio mutuo, cuyas disposiciohés
estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la
moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo
solicitado.
CONSIDERANDO:Que tratándose de las organizaciones
religiosas que se han constituido en el país en ejercicio de los derechos
de asociación y de libertad religiosa establecidas en los artículos
77 y 78 de la Constitución de la República, son las organizaciones
idóneas por medio de las cuales la persona humana pueda ejercitar la
libertad de culto. En consecuencia, es razonable y necesario, que el
Estado reconozca la existencia de las asociaciones religiosas, como
organizaciones naturales propias de las sociedades humanas.
CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República emitió el
Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año
dos mil dos, por el que delega al Secretariode Estado en los
Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para
la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos
11, 16, 117, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública,
4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 003-A-
2014, de fecha veinticuatro de enero del dos mil catorce, el
Presidente de la República, nombró al abogado y notario
RIGOBERTO CHANG CASTILLO, como Secretario de Estado en los
Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y
Descentralización.
POR TANTO: El Secretario de Estado en los Despachos de
Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, en
uso de sus facultades y en aplicación a lo establecido en el artículo
245 numeral 40 de la Constitución de la República; 29 reformado
mediante Decreto 266-2013 publicado en fecha 23 de enero de 2014;
116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública; 56 y 58 del
Código Civil; 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
RESUELVE:
PRIMERO: Conceder personalidad jurídica al MINISTERIO
INTERNACIONAL EVANGELÍSTICO EN DIOS HAREMOS
PROEZAS, con domicilio en la colonia Altos de Toncontín, frente a
Droguería Francelia, ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, departamento de Francisco Morazán; asimismo, se
aprueban sus estatutos en la forma siguiente:
ESTATUTOS DEL MINISTERIO INTERNACIONAL
EVANGELÍSTICO EN DIOS HAREMOS PROEZAS
CAPÍTULO I
CREACIÓN, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y DURACIÓN
ARTÍCULO 1.- Créase en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del
Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, El
MINISTERIO INTERNACIONAL EVANGELÍSTICO EN DIOS
HAREMOS PROEZAS, como una entidad de carácter religioso, sin
fines de lucro, con patrimonio propio, que se regirá por los presentes
Estatutos, los reglamentos y demás resoluciones que emanen de
sus respectivos órganos, en concordancia con la Constitución de la
República y demás Leyes del Estado de Honduras.
ARTÍCULO 2.- El d o m i c i l i o d e l M I N I S T E R I O
INTERNACIONAL EVANGELÍSTICO EN DIOS HAREMOS
PROEZAS, será en la colonia Altos de Toncontín, frente a Droguería
Francelia, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento
de Francisco Morazán, con teléfono número 22466435.
ARTÍCULO 3.- El MINISTERIO INTERNACIONAL
EVANGELÍSTICO EN DIOS HAREMOS PROEZAS, se constituye
por tiempo indefinido.
CAPÍTULO II
OBJETIVOS
ARTÍCULO 4.- EL MINISTERIO I N T E R N A C I O N A L
EVANGELÍSTICO EN DIOS HAREMOS PROEZAS, tendrá como
objetivos: a) Promover la Evangelización de Honduras. b) Ayudar
con el evangelio a la restauración de la familia como base de la
sociedad. c) Trabajar en la búsqueda general de sus miembros. d)
Establecer de centros de: cultos, estudios bíblicos, de oración así
como grupos juveniles y de crecimiento. e) Establecer de relaciones
con otras organizaciones nacionales e internacionales que sustenten
sus mismos principio doctrinales. f) Apoyar programas de servicio
social a la comunidad. g) Realizar campañas evangelisticas,
observando el respeto de las leyes nacionales, la moral, el orden,
público y las buenas costumbres. h) Organizar servicios ministeriales
pastores, ancianos diáconos, maestros bíblicos, d i s c í p u l o s ,
evangelistas así como brigadas de servicio a la comunidad. i)
Colaborar con el pueblo hondureño en caso de emergencia. j) El fin
máximo de esta iglesia la promoción generalizada del conocimiento
de Jesucristo.
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CAPÍTULO III
DE LOS MIEMBROS
ARTÍCULO 5.- EL MINISTERIO INTERNACIONAL
EVANGELÍSTICO EN DIOS HAREMOS PROEZAS, tendrá como
miembros a todas las personas mayores de edad que voluntariamente
quieran formar parte de esta Iglesia, profesar la fe cristiana y que
sustenten sus mismos principios doctrinales.
ARTÍCULO 6.-Habrán tres clases de miembros: a) Fundadores.
b) Activos; y, c) Honorarios. Son miembros Fundadores los firmantes
del Acta Constitutiva. Son miembros Activos los que la Junta Directiva
admita como tales. Son miembros Honorarios aquellos a quienes por
sus méritos personales o las acciones que realicen, los haga
acreedores a tal distinción a criterio de la Junta Directiva.
ARTÍCULO 7.- La calidad de miembros Fundadores y Activos sus
derechos, limitaciones y obligaciones se regirán por estos Estatutos, los
reglamentos y disposiciones especiales que emitan.
ARTÍCULO 8.- Son derechos de los miembros Fundadores y
Activos: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea
General. b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que
señalen los Reglamentos Internos del Ministerio. c) Ser convocado
a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General.
d) Ser formado integralmente a través de la enseñanza y estudio de la
Palabra. e) Los demás que le señalen los Estatutos y el Reglamento
Interno del Ministerio.
ARTÍCULO 9.- Son deberes de los miembros Fundadores y
Activos: a) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias
del Ministerio. b) Desempeñar con la debida diligencia los cargos y
comisiones para los cuales hubieren sido electos o designados.
c) Asistir a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias.
CAPÍTULO IV
DE LOS ÓRGANOS
ARTÍCULO 10.- Son órgano DEL MINISTERIO INTERNACIONAL
EVANGELÍSTICO EN DIOS HAREMOS PROEZAS: a) Asamblea
General; y, b) Junta Directiva.
ARTÍCULO 11.- La Asamblea General y/o la Junta Directiva
nombrarán las comisiones que estimen pertinentes para el logro de
los objetivos del Ministerio, las que se regularán por los reglamentos
y resoluciones que se emitan.
DE LA ASAMBLEA GENERAL
ARTÍCULO 12.- La Asamblea General es el órgano máximo del
Ministerio y estará formado por los miembros Activos y Fundadores
legalmente reunidos previa convocatoria por escrito, que expresa la
voluntad colectiva de la misma. La Asamblea tendrá competencia en
los casos previstos en los que estos Estatutos no atribuyan
facultades a otro órgano del Ministerio.
ARTÍCULO 13.- Las sesiones de la Asamblea General podrán ser:
a) Ordinarias; y, b) Extraordinarias.
ARTÍCULO 14.- Son Asambleas Generales Ordinarias las que
se reúnen para tratar uno o más de los asuntos siguientes: a) Discutir,
aprobar o modificar el balance general y los informes que efectué la
Junta Directiva y tomar las medidas que sobre los mismos juzgue
oportunas. b) Elegir a los miembros de la Junta Directiva por votación
nominal y pública. c) Conocer de las renuncias interpuestas por
los miembros. d) Elaborar, discutir y aprobar el reglamento interno del
Ministerio y demás que fuere necesario para la consecución de sus
fines. e) Acordar la afiliación del Ministerio. f) Autorizar el Plan de
Trabajo para el ejercicio siguiente, presentado por la Junta
Directiva, así como el presupuesto global de ingresos y egresos. g)
Nombrar el auditor interno del Ministerio. h) Conocer y resolver todo
asunto de interés para el Ministerio cuyo conocimiento no
corresponde a la Junta Directiva o no estuviese previsto en los
Estatutos y sus reglamentos.i) Resolver asuntos que le eleve a la
Junta Directiva. j) Velar por el cumplimiento de estos Estatutos.
ARTÍCULO 15.- EL MINISTERIO INTERNACIONAL
EVANGELÍSTICO EN DIOS HAREMOS PROEZAS, celebrará por lo
menos una Asamblea General Ordinaria al año, comprendida dentro
de los tres meses siguientes a la finalización del ejercicio fiscal.
ARTÍCULO 16.- Son Asambleas Generales Extraordinarias las
que se reúnen para tratar uno o más de los asuntos siguientes: a) Discutir
y aprobar la reforma, enmienda o modificación del Acta Constitutiva
y la reforma de los presentes Estatutos. b) La disolución y
liquidación del Ministerio. c) La enajenación de los bienes y raíces del
Ministerio. d) Cualquier otro asunto que la Junta Directiva lo estime
conveniente o a solicitud de no menos de cinco (5) miembros
Activos.
ARTÍCULO 17.- La Asamblea General será convocada por
escrito por medio de la Junta Directiva, por lo menos con quince (15)
días calendario de anticipación a la celebración de la misma por
cualquiera de las formas siguientes: a) Entrega de la convocatoria en
forma personal. b) Por correo mediante carta certificada; y, c)
Mediante circular dirigida por cualquier medio de comunicación masiva
ya sea radio, televisión o periódico. El Acuerdo de convocatoria
será ejecutado por el Secretario de la Junta Directiva y deberá obtener
del convocado evidencia del hecho. Si la convocatoria es por escrito
deberá ser firmada por el Presidente y Secretario, acuse de recibo.
ARTÍCULO 18.- La convocatoria de Asamblea General deberá
indicar: Tipo de Asamblea, agenda de tratar, lugar, fecha y hora de
la celebración de la misma. Cuando los puntos de la agenda se
refieran a la discusión de documentos deberán adjuntarse estos a la
convocatoria.- Los puntos específicos a tratar en la Asamblea se
limitará conocer y resolver sobre estos puntos.
ARTÍCULO 19.- Antes de los cinco (5) días de la fecha señalada
para celebración de la Asamblea General, cualquier miembro puede
solicitar por escrito el organismo que la convoque, la inclusión y
modificación de los puntos de la Agenda.- El órgano responsable de
la convocatoria trasladará la petición de la Asamblea General quien
decidirá por simple mayoría de votos, sólo bajo ese procedimiento
podrá modificarse la agenda.
ARTÍCULO 20.- El quórum requerido para la instalación de una
Asamblea General Ordinaria en primera convocatoria necesitará de la
asistencia de la mitad más uno de los miembros debidamente
inscritos, en el caso de no reunirse el número establecido de
miembros a la hora y lugar señalado, se instalará en segunda
convocatoria una hora después y sus resoluciones serán validas
cualquiera que sea el quórum que asista y para la celebración de la
Asamblea General Extraordinaria es necesaria la asistencia de 2/3
partes de los miembros inscritos.
ARTÍCULO 21.- Las resoluciones en Asamblea General
Extraordinaria se tomarán con el voto favorable de las dos terceras
partes de los presentes y con el voto favorable de la mitad más uno
de los presentes en Asamblea General Ordinaria.
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ARTÍCULO 22.- La Asamblea General será presidida por el
Presidente de la Junta Directiva o el que haga sus veces.
ARTÍCULO 23.- Cada miembro, Fundador y Activo tendrá derecho
a un voto, y tendrá derecho únicamente a una representación por escrito.
DE LA JUNTA DIRECTIVA
ARTÍCULO 24.- La Junta Directiva del MINISTERIO
INTERNACIONAL EVANGELÍSTICO EN DIOS HAREMOS
PROEZAS, administrará la misma y estará integrada por: a) Un
Presidente. b) Un Vicepresidente. c) Un Secretario. d) Un Tesorero. e)
Un Fiscal. f) Tres Vocales, por su orden serán electos en sesión de
Asamblea General Ordinaria. Los mismos deberán ser hondureños o
extranjeros con residencia legal en el país.
ARTÍCULO 25.- Los miembros de la Junta Directiva fungirán en
sus funciones por un periodo de dos años, pudiendo ser reelectos
solamente por un periodo más.
ARTÍCULO 26.- Para ser miembro de la Junta Directiva se requiere:
a) Ser miembro Activo o Fundador del Ministerio. b) Demostrar un interés
genuino en participar en la realización de los objetivos del
Ministerio.
ARTÍCULO 27.- La convocatoria para sesiones de la Junta
Directiva la hará el Presidente por medio del Secretario o quienes
legalmente lo sustituyan, indicando el día, lugar, agenda, fecha y
hora en que se llevará a cabo. Para las sesiones de la Junta Directiva
el quórum se establece, en seis miembros quienes decidirán por
unanimidad o consenso. En caso de no lograrse la unanimidad o el
consenso se decidirá por mayoría de votos.
ARTÍCULO 28.- Todas las deliberaciones y acuerdos de la
Asamblea General y Junta Directiva deberán constar en un libro de
actas debidamente autorizado. Cada acta deberá ser firmada por el
Presidente y Secretario o quienes legalmente los sustituyan.
ARTÍCULO 29.- Son atribuciones de la Junta Directiva: a) Cumplir
y Velar por que se cumplan los presentes Estatutos, Reglamentos,
las Resoluciones de la Asamblea General y demás disposiciones que
se emitan. b) Emitir las disposiciones que se consideren convenientes
para la buena marcha del Ministerio. c) Presentar ante la Asamblea
General, los estados financieros e informes de actividades. d) Proponer a
la Asamblea General la admisión de nuevos miembros o la
suspensión de los actuales. e) Decidir sobre el ejercicio de las acciones
que competan al Ministerio. f) Autorizar la celebración de contratos
con personas naturales o jurídicas, nacionales o internacionales,
constituyendo las garantías que fuesen necesarias. g) Llevar un libro
de Actas para asentar sus resoluciones. h) Señalar la fianza que deban
rendir las personas que administren fondos. i) Preparar los proyectos de
reglamento y someterlos a aprobación de la Asamblea General. j)
Autorizar la compraventa y constitución de servidumbres y demás
derechos reales sobre los bienes del Ministerio. k) Las demás de
orden administrativo o ejecutivo que de acuerdo con la finalidad
del Ministerio le corresponda. 1) ejercer la representación legal del
Ministerio.
ARTÍCULO 30.- Son atribuciones del Presidente de la Junta
Directiva: a). Representar legalmente al ministerio. b) Convocar y presidir
las sesiones de Asamblea General y Junta Directiva. c) Conjuntamente
con el Secretario de Actas y Correspondencia autorizar con su firma y
demás documentación que lo requiera. d) Suscribir los informes que la
Junta Directiva someta a la Asamblea General. e) Otorgar poderes
conforme a la ley. f) Abrir junto con , el Tesorero y Fiscal de la Junta
Directiva cuentas bancarias para el manejo de los fondos del ministerio.
g) Cualquier otra propia de la naturaleza a su cargo.
ARTÍCULO 31.- Son atribuciones del Vicepresidente: a)
Sustituir al Presidente en su ausencia temporal o definitiva. b) Las
demás que le señalen los reglamentos o le delegue la Junta Directiva.
ARTÍCULO 32.- Son atribuciones del Secretario: a) Llevar los
libros de Actas de las sesiones de Junta Directiva y Asamblea General.
b) Manejar la correspondencia y dar cuenta a la Junta Directiva. c)
Librar las convocatorias que ordene el Presidente o quien haga sus
veces. d) Expedir las certificaciones que correspondan. e) Cualquier
otra función propia de la naturaleza de su cargo.
ARTÍCULO 33.- Son atribuciones del Tesorero: a) Llevar cuenta
de los ingresos y egresos de la iglesia ejerciendo control adecuado
para su uso. b) Preparar y presentar a la Junta Directiva los estados
financieros e informes que se le soliciten. c) Abrir y retirar fondos de la
cuenta bancaria, con la aprobación del Presidente y Fiscal de la Junta
Directiva, y; d) Cualquier otra función propia de la naturaleza de
su cargo.
ARTÍCULO 34.- Son atribuciones del Fiscal: a) Llevar control
de las operaciones efectuadas y velar por el cumplimiento de las
leyes, reglamentos y resoluciones del ministerio. b) Efectuar
auditorías de contraloría junto con el Presidente y Tesorero del
Ministerio. c) Efectuar auditorías de contabilidades correspon-
dientes. d) Firmar las órdenes de pago para retirar fondos con el
Presidente y Tesorero del Ministerio. e) Cualquier otra función propia
de la naturaleza de su cargo.
ARTÍCULO 35.- Son atribuciones de los Vocales: a) Sustituir
temporal o permanentemente en sus funciones a los otros miembros
de la Junta Directiva excepto al Presidente. b) Cualquier otra función
que se le asigne en los reglamentos o por resolución de la Junta
Directiva.
CAPÍTULO V
DELPATRIMONIO
A R T Í C U L O 3 6 . - E l p a t r i m o n i o d e l M I N I S T E R I O
INTERNACIONAL EVANGELÍSTICO EN DIOS HAREMOS
PROEZAS, estará constituido por: a) Ofrendas. b) Contribuciones
voluntarias de sus miembros. c) Donaciones, herencias, legados,
contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o
extranjeras respectivamente. d) Todos los bienes muebles e
inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de
conformidad con la ley. e) Los fondos que provengan de las actividades
que el ministerio realice. f) Cualquier otro fondo que se adquiera
proveniente de actividades lícitas.
CAPÍTULO VI
DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
ARTÍCULO 37.- Son causas de disolución: a) Por apartarse de
los fines y objetivos para la cual fue creada. b) Por acuerdo de las dos
terceras partes de los miembros del ministerio en Asamblea General
Extraordinaria. c) Por resolución del Poder Ejecutivo o Sentencia
Judicial.
ARTÍCULO 38.- El Ministerio podrá disolverse por acuerdo de
la Asamblea General Extraordinaria, convocada especialmente para tal
efecto por la Junta Directiva. La convocatoria deberá hacerse por
un diario de mayor circulación en la ciudad por tres (3) veces con
intervalos de diez (10) días entre cada uno de ellos. Para que esta
Asamblea General Extraordinaria pueda constituirse legalmente para
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su disolución, se necesitará la presencia de las dos terceras partes
de los miembros por lo menos, y el acuerdo de disolución será tomado
por el voto afirmativo de las dos terceras partes de los miembros
asistentes. De no acordarse la disolución del Ministerio ésta continuará
operando y no podrá convocarse para una nueva Asamblea General
Extraordinaria para el mismo objetivo, sino hasta que transcurran 6
meses de la convocatoria anterior cumpliendo siempre con los
requisitos aquí establecidos por la convocatoria, quórum y votación
requerida para la disolución de la iglesia si se acordase la disolución,
l a A s a m b l e a G e n e r a l d e s i g n a r á e l n o m b r a m i e n t o d e t r e s
liquidadores, quienes darán un informe de su gestión a la Asamblea
General previa convocatoria a iniciativa de los liquidadores a
través de la Junta Directiva.
ARTÍCULO 39.- Canceladas las obligaciones del Ministerio, el
remanente si lo hubiere será entregado a la Institución Benéfica
l e g a l m e n t e c o n s t i t u i d a q u e d e s i g n e l a A s a m b l e a G e n e r a l
extraordinaria, acordada y hecha la disolución deberá anunciarse en
el Diario Oficial La Gaceta y en un diario particular de mayor
circulación en la ciudad por tres (3) veces de intervalos de diez (10) en
diez (10) tal como lo establece la ley. Asimismo, se publicará la donación
del sobrante del excedente que tuviere el Ministerio a la institución
benéfica que se le traspasará legalmente.
CAPÍTULO VII
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 40.-Lo no previsto en estos estatutos, así como
cualquier ambigüedad que resultare en su contenido será resuelto
por la Junta Directiva en base a la ley, la justicia y la equidad y se
refrendará por la Asamblea General.
ARTÍCULO 41.- Las reformas a estos Estatutos sólo podrán
hacerse en Asamblea General Extraordinaria en primera convocatoria
en la que deberán estar presentes por lo menos las dos terceras partes
de los miembros con derecho a voto.
ARTÍCULO 42.- Los presentes Estatutos deberán ser
reglamentados en Asamblea General Ordinaria, convocada para tal fin
y con aprobación de la mayoría calificada de sus miembros. La Junta
Directiva procederá a elaborar un reglamento especial, la aprobación
o reforma de dicho reglamento se hará en base al proyecto presentado
por la Junta Directiva.
ARTÍCULO 43.- Las enmiendas o modificaciones a los presentes
Estatutos se someterán al mismo procedimiento de su aprobación.
SEGUNDO: Que el MINISTERIO INTERNACIONAL
EVANGELÍSTICO EN DIOS HAREMOS PROEZAS, se inscribirá
en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos
Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando
nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus
representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo,
se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le
corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo
órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los
cuales fue constituida.
TERCERO: Que el MINISTERIO INTERNACIONAL
EVANGELÍSTICO EN DIOS HAREMOS PROEZAS, presentará
anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de
Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a
través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones
Civiles (U.R.S.A.C), los estados financieros auditados que reflejen
los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable,
indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y
variaciones del mismo incluyendo herencias, legados y donaciones a
través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y
donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa
jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través
de los órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia
de los mismos.
CUARTO: Que el MINISTERIO INTERNACIONAL
EVANGELÍSTICO EN DIOS HAREMOS PROEZAS, se somete a
las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría
de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia,
Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del
Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar
la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a
presentar informes periódicos anuales de las actividades que
realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen
en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada.
QUINTO: La disolución y liquidación del MINISTERIO
INTERNACIONAL EVANGELÍSTICO EN DIOS HAREMOS
PROEZAS, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes
en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas,
el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente
constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de
beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta
Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las
obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace
referencia el párrafo primero de este mismo artículo.
SEXTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no
e s r e s p o n s a b i l i d a d d e e s t a S e c r e t a r í a d e E s t a d o s i n o d e l
peticionario.
SÉPTIMO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego
de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario
Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la
Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o
modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su
aprobación.
OCTAVO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro
Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo
28 de la Ley de Propiedad.
NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio
proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento
de A s o c i a c i o n e s C i v i l e s ( U . R . S . A . C . ) , p a r a q u e e m i t a l a
correspondiente inscripción.
DÉCIMO: De oficio procédase a emitir la certificación de la
presente Resolución, a razón de ser entregada al interesado.
NOTIFIQUESE. (F) RIGOBERTO CHANG CASTILLO.
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS
HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACION Y DESCENTRALIZACIÓN.
(F) RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA. SECRETARIO
GENERAL”.
Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central,
a los diecisiete días del mes de junio de dos mil quince.
RICARDOALFREDO MONTES NÁJERA
SECRETARIOGENERAL
10 A. 2015.
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Marcas de Fábrica
[1] Solicitud: 2015-009787
[2] Fecha de presentación: 06/03/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: ASPEN GLOBAL INCORPORATED
[4.1] Domicilio: GBS PLAZA, CNR. LA SALETTE & ROYAL ROADS GRAND BAY, MAURICIO
[4.2] Organizada bajo las leyes de: MAURICIO
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: ALULA
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Alimentos y sustancias dietéticas adaptadas para uso médico, alimento para bebés, suplementos dietéticos para
humanos, harina lactea para bebés.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 1 de julio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
ALULA
________
1/Solicitud: 13223-2015
2/ Fecha de presentación: 06-04-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: FAR EAST FASHION TRADING LIMITED (Organizada bajo las leyes de EMIRATOS ARABES
UNIDOS)
4.1/ Domicilio: PO BOX 86063 Ras A1 Khaimah, EMIRATOS ARABES UNIDOS
4.2/ Organizada bajo las leyes de: EMIRATOS ARABES UNIDOS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico: 15478066
5.1/ Fecha: 10/10/2014
5.2/ País de Origen: CHINA
5.3/ Código país: CN
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SUITE BLANCO (ESCRITA EN FORMA ESTILIZADA)
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 18
8/ Protege y distingue:
Cuero y cuero de imitación, productos de estas materias no comprendidos en otras clases, pieles de animales, baúles
y maletas, paraguas y sombrillas, bastones, fustas y artículos de guarnicionería.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 18-06-15
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015.
SUITE BLANCO
________
1/Solicitud: 2015-21788
2/ Fecha de presentación: 02-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: PPG INDUSTRIES OHIO, INC. (Organizada y existente bajo las leyes de Delaware)
4.1/ Domicilio: 3800 West 143rd Street, Cleveland, State Of Ohio 44111, Estados Unidos de América
4.2/ Organizada bajo las leyes de: DELAWARE
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SHOPLINE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 2
8/ Protege y distingue:
SHOPLINE
Recubrimientos, pinturas, barníces, lacas, preservantes contra la herrumbre y contra el deterioro de la madera,
colorantes, mordientes, resinas naturales en estado bruto.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 22-06-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
________
1/Solicitud: 13024-2015
2/ Fecha de presentación: 27-03-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MANUEL ROS FERNANDEZ (PERSONA NATURAL)
4.1/ Domicilio: Pol. Ind. Picassent, calle 1/ Parcela D 5, Nave 10, 46220 Picassent (Valencia), España.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: España
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BLUE & BLOUZE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 18
8/ Protege y distingue:
Bolsos, carteras, billeteras, artículos de peletería y pieles de animales, baúles, maletas, paraguas, bastones, fustas
y guarnicionería.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 18-06-15
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
BLUE & BLOUZE
________
1/Solicitud: 2015-20457
2/ Fecha de presentación: 25-05-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Société des Produits Nestlé, S.A. (Organizada bajo las leyes de Suiza)
4.1/ Domicilio: 1800 Vevey, Suiza.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Suiza.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DEL VIDA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 5
8/ Protege y distingue:
Alimento para bebés e infantes.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: KENIA ROSIBEL MOLINA ROBLES.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 11-06-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
D E LV I D A
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 9 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
[1] Solicitud: 2015-015172
[2] Fecha de presentación: 21/04/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: STARBUCKS CORPORATION D/B/A STARBUCKS COFFEE COMPANY.
[4.1] Domicilio: 2401 UTAH AVENUE SOUTH, SEATTLE, WASHINGTON 98134, ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA
[4.2] Organizada bajo las leyes de: ESTADO DE WASHINGTON
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: STARBUCKS DISCOVERIES
[7] Clase Internacional: 32
[8] Protege y distingue:
Bebidas no alcohólicas, refrescos.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 11 de junio del año 2015.
[12] Reservas: La denominación se protege en su conjunto, sin desprenderse de su marca principal STARBUCKS,
ya registrada por la misma titular.
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
STARBUCKS DISCOVERIES
________
1/Solicitud: 13025-2015
2/ Fecha de presentación: 27-03-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MANUEL ROS FERNANDEZ (PERSONA NATURAL)
4.1/ Domicilio: Pol. Ind. Picassent, calle 1/ Parcela D 5, Nave 10, 46220 Picassent (Valencia), España.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: España
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BLUE & BLOUZE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 25
8/ Protege y distingue:
Prendas confeccionadas de uso externo e interno, calzados, sombrerería.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 18-06-15
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
BLUE & BLOUZE
________
1/Solicitud: 2015-21147
2/ Fecha de presentación: 28-05-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Mars, Incorporated (Organizada bajo las leyes de Delaware)
4.1/ Domicilio: 6885 Elm Street, McLean, Virginia, Estados Unidos de América
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: M&M’S
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 21
8/ Protege y distingue:
Utensilios y recipientes para uso doméstico y culinario, peines y esponjas, cepillos, materiales para fabricar
M&M’S
cepillos, material de limpieza, lana de acero, vidrio en bruto o semielaborado (excepto el vidrio de construcción),
artículos de cristalería, porcelana y loza no comprendidos en otras clases, dispensadores de dulces.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: ALVARO GUILLERMO AGUILAR FRENZEL
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 19-06-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
________
1/Solicitud: 13023-2015
2/ Fecha de presentación: 27-03-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MANUEL ROS FERNANDEZ (PERSONA NATURAL)
4.1/ Domicilio: Pol. Ind. Picassent, calle 1/ Parcela D 5, Nave 10, 46220 Picassent (Valencia), España.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: España
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BLUE & BLOUZE Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 24
8/ Protege y distingue:
Tejidos y productos textiles no comprendidos en otras clases, ropa de cama y de mesa.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 18-06-15
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
________
1/Solicitud: 19941-15
2/ Fecha de presentación: 28/5/15
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Richter Gedeon Nyrt. (Organizada bajo las leyes de Hungría)
4.1/ Domicilio: 1103 Budapest, Gyömroi út 19-21, Hungría
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Hungría
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JADIZA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 5
8/ Protege y distingue:
Preparaciones farmacéuticas.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 08-06-15
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
JADIZA
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 10 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
1/Solicitud: 2015-6510
2/ Fecha de presentación: 12-02-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: FORAGRO, S.A.
4.1/ Domicilio: 2da. Avenida, 47-52, Zona 12 colonia Monte María 1, ciudad de Guatemala, República de Guatemala.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Guatemala
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GOLPE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Productos para destruir las malas hierbas y los animales dañinos, insecticidas, herbicidas, fungicidas y pesticidas.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 03-03-15
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
GOLPE
________
1/Solicitud: 2015-19670
2/ Fecha de presentación: 19-05-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: BIESTERFELD US, INC.
4.1/ Domicilio: 200 Avenida Madison, New York, Estados Unidos de América
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AMERIAL
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 01
8/ Protege y distingue:
Productos químicos de uso en la agricultura, horticultura y silvicultura, mejoradores y ablandadores de agua,
fertilizantes y abonos incluídos en la clase de uso en la agricultura, horticultura y silvicultura.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 08-06-15
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
AMERIAL
________
1/Solicitud: 24596-2015
2/ Fecha de presentación: 19-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: HANSEANDINA LIMITADA
4.1/ Domicilio: Calle 140 No. 10 A - 48 Oficina 311, Bogotá, D.C. Colombia
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Colombia
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GORRILLA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
GORRILLA
8/ Protege y distingue:
Productos para destruir las malas hierbas y los animales dañinos, insecticidas, herbicidas, fungicidas y pesticidad.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13-07-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
________
1/Solicitud: 24597-2015
2/ Fecha de presentación: 19-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: HANSEANDINA LIMITADA
4.1/ Domicilio: Calle 140 No. 10 A - 48 Oficina 311, Bogotá, D.C. Colombia
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Colombia
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BLAST PRO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Productos para destruir las malas hierbas y los animales dañinos, insecticidas, herbicidas, fungicidas y pesticidad.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13-07-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
BLAST PRO
________
1/Solicitud: 24598-2015
2/ Fecha de presentación: 19-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: HANSEANDINA LIMITADA
4.1/ Domicilio: Calle 140 No. 10 A - 48 Oficina 311, Bogotá, D.C. Colombia
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Colombia
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LOCKED
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Productos para destruir las malas hierbas y los animales dañinos, insecticidas, herbicidas, fungicidas y pesticidad.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13-07-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
LOCKED
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 11 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
1/Solicitud: 24033-2015
2/ Fecha de presentación: 16-06-2015
3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ASESORÍA Y DESARROLLOS URREA, S.A. DE C.V.
4.1/ Domicilio: Dr. Roberto Michel No. 825, Zona Industrial Guadalajara, Jalisco, México.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: URREA TECNOLOGÍA PARA VIVIR EL AGUA y Diseño
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 06
8/ Protege y distingue:
Metales comunes y sus aleaciones, materiales de construcción metálicos, construcciones transportables metálicas, materiales
metálicos para vías férreas, cables e hilos metálicos no eléctricos, artículos de cerrajería y ferretería metálicos, tubos y tuberías
metálicos, cajas de caudales, productos metálicos no comprendidos en otras clases, minerales metalíferos.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: LINA LILI GAMERO PALACIOS
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13-07-15
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
________
1/Solicitud: 24034-2015
2/ Fecha de presentación: 16-06-2015
3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ASESORÍA Y DESARROLLOS URREA, S.A. DE C.V.
4.1/ Domicilio: Dr. Roberto Michel No. 825, Zona Industrial Guadalajara, Jalisco, México.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: URREA TECNOLOGÍA PARA VIVIR EL AGUA y Diseño
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 11
8/ Protege y distingue:
Aparatos de alumbrado, calefacción, producción de vapor, cocción, refrigeración, secado, ventilación y distribución de agua, así
como instalaciones sanitarias.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: LINA LILI GAMERO PALACIOS
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13-07-15
12/ Reservas: Se usará con marca “URREA” Sol. 24032-2015
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
________
1/Solicitud: 24033-2015
2/ Fecha de presentación: 16-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ASESORÍA Y DESARROLLOS URREA, S.A. DE C.V.
4.1/ Domicilio: Dr. Roberto Michel No. 825, Zona Industrial Guadalajara, Jalisco, México.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: URREA y Etiqueta
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 11
8/ Protege y distingue:
Aparatos de alumbrado, calefacción, producción de vapor, cocción, refrigeración, secado, ventilación y distribución de agua, así
como instalaciones sanitarias.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: LINA LILI GAMERO PALACIOS
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13-07-15
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
[1] Solicitud: 2015-024031
[2] Fecha de presentación: 16/06/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: ASESORÍA Y DESARROLLOS URREA, S.A. DE C.V.
[4.1] Domicilio: Dr. Roberto Michel No. 825, Zona Industrial Guadalajara, Jalisco C.P. 44900, México.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: URREA Y ETIQUETA
[7] Clase Internacional: 6
[8] Protege y distingue:
Metales comunes y sus aleaciones, materiales de construcción metálicos, construcciones transportables metálicas, materiales
metálicos para vías férreas, cables e hilos metálicos no eléctricos, artículos de cerrajería y ferretería metálicos, tubos y tuberías
metálicos, cajas de caudales, productos metálicos no comprendidos en otras clases, minerales metalíferos.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: LINA LILI GAMERO PALACIOS
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 14 de julio del año 2015.
[12] Reservas: No se reivindica “TECNOLOGÍA PARA VIVIR EL AGUA” que aparece inserta en la etiqueta.
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015.
________
[1] Solicitud: 2015-023564
[2] Fecha de presentación: 15/06/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: INVERSIONES MAG, S. DE R.L.
[4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: BY BELA SENSUEL Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 25
[8] Protege y distingue:
Prendas de vestir.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: ANGELICA MARÍA LAGOS
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 15 de julio del año 2015.
[12] Reservas: Se protege la denominación solamente en su conjunto.
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
________
[1] Solicitud: 2014-035077
[2] Fecha de presentación: 01/10/2014
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: COLOMBIANA DE COMERCIO, S.A. CARIBBEAN LICENSING COR.
[4.1] Domicilio: BOGOTÁ, COLOMBIA 20 LOCUST HALL TERRACE, ST. GEORGE, BARBADOS, COLOMBIA.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: COLOMBIA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: AKT Y ETIQUETA
[7] Clase Internacional: 12
[8] Protege y distingue:
Motocicletas y repuestos para motocicletas.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: LINA LILI GAMERO PALACIOS
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 16 de junio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 12 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
[1] Solicitud: 2015-013870
[2] Fecha de presentación: 09/04/2015
[3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
[4] Solicitante: NAIL SPA SUPPLY, INC.
[4.1] Domicilio: 11301 NW 8TH ST., PLANTATION, FL 33325, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
[4.2] Organizada bajo las leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: NAIL SPA SUPPLY
[7] Clase Internacional: 0
[8] Protege y distingue:
Es la representación, producción, distribución y comercialización de productos comerciales.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: MARCIA YAQUELINA MEJÍA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 3 de julio del año 2015.
[12] Reservas: Se protege la denominación única y exclusivamente en su conjunto, no se protege la grafía especial
en las etiquetas.
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 J. y 10 A. 2015.
________
[1] Solicitud: 2015-013872
[2] Fecha de presentación: 09/04/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: INVERSIONES RENTABLES, S. DE R.L. DE C.V.
[4.1] Domicilio: COLONIA LOS CASTAÑOS, BLOQUE NO. 24, CASA # 1, SAN PEDRO SULA,
DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: VITAPROFEN
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso
médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para improntas
dentales.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: MARCIA YAQUELINA MEJÍA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 7 de mayo del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 J. y 10 A. 2015.
________
[1] Solicitud: 2015-013871
[2] Fecha de presentación: 09/04/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: INVERSIONES RENTABLES, S. DE R.L. DE C.V.
[4.1] Domicilio: COLONIA LOS CASTAÑOS, BLOQUE NO. 24, CASA # 1, SAN PEDRO SULA,
DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: TOPRAZOL
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso
médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para improntas
dentales.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: MARCIA YAQUELINA MEJÍA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 7 de mayo del año 2015.
[12] Reservas: No se protege la palabra REFLUJO, que aparece en la etiqueta.
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 J. y 10 A. 2015.
________
[1] Solicitud: 2015-013869
[2] Fecha de presentación: 09/04/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: NAIL SPA SUPPLY, INC.
[4.1] Domicilio: 11301 NW 8TH ST., PLANTATION, FL 33325, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
[4.2] Organizada bajo las leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: NAIL SPA BY P & C Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 3
[8] Protege y distingue:
Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y
raspar, (preparaciones abrasivas), jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello,
dentífricos.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: MARCIA YAQUELINA MEJÍA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 22 de abril del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 J. y 10 A. 2015.
________
[1] Solicitud: 2015-011805
[2] Fecha de presentación: 20/03/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: LABORATORIOS FINLAY, S.A.
[4.1] Domicilio: 5 y 6, AVENIDA, 12 CALLE, NOROESTE # 45, BO. LAS ACACIAS, SAN PEDRO SULA.
DEPTO. DE CORTÉS, HONDURAS.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: ORALCEF
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso
médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para improntas
dentales.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: MARCIA YAQUELINA MEJÍA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 16 de abril del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 J. y 10 A. 2015.
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 13 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
1/Solicitud: 22273-2015
2/ Fecha de presentación: 05-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: NESTOR JESÚS PLASENCIA FERNÁNDEZ
4.1/ Domicilio: Danlí, El Paraíso, Honduras
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FLOR DE HONDURAS Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
Se reivindican las combinaciones y disposiciones de colores Dorado, Café, Rojo y Blanco del diseño y el tipo de letra
del logo del diseño.
7/ Clase Internacional: 34
8/ Protege y distingue:
Puros, cigarrillos y productos de tabaco.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: CESAR ARTURO GARCÍA
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 17-06-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 J. y 10 A. 2015.
________
[1] Solicitud: 2014-032042
[2] Fecha de presentación: 05/09/2014
[3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: MERLIN YANETH ERAZO ORELLANA
[4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: ! HOY TOKKA PIZZA ¡
[7] Clase Internacional: 43
[8] Protege y distingue:
Servicios de restauración (alimentación).
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: MARTÍN ROBERTO ERAZO ORELLANA.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 13 de mayo del año 2015.
[12] Reservas: Se usará con la marca de servicio TOKKEN’S Y DISEÑO, solicitud 32040-2014, CLASE 43.
Abogada EDA SUYAPA ZELYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 J. y 10 A. 2015.
________
[1] Solicitud: 2012-036824
[2] Fecha de presentación: 22/10/2012
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: ALMACENES XTRA SOCIEDAD ANÓNIMA
[4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: BEAUTYEXTRA
[7] Clase Internacional: 3
[8] Protege y distingue:
Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y
raspar (prepaciones abrasivas), jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello,
dentífricos.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: LIZETTE AMALIA GOMEZ ROBLEDA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 22 de junio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 J. y 10 A. 2015.
________
[1] Solicitud: 2015-019627
[2] Fecha de presentación: 19/05/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: GOFEK S. DE R.L.
[4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: EL RINCONCITO DEL CAFE Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 43
[8] Protege y distingue:
Servicios de restauración (alimentos) y cafetería.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: KENIA PATRICIA CORTÉS RICO.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 5 de junio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 J. y 10 A. 2015.
________
[1] Solicitud: 2007-038655
[2] Fecha de presentación: 20/11/2007
[3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
[4] Solicitante: H.M. PROCESSING , S.A. DE C.V.
[4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: SUPERTIENDAS XTRA
[7] Clase Internacional: 0
[8] Protege y distingue:
Importación de toda clase de mercadería para modificarla o incorporarla en productos, para después ser exportados.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: LIZETTE GOMEZ ROBLEDA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 22 de junio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 J. y 10 A. 2015.
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 14 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
1/Solicitud: 13022-2015
2/ Fecha de presentación: 27-03-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MANUEL ROS FERNANDEZ (PERSONA NATURAL)
4.1/ Domicilio: Pol. Ind. Picassent, calle 1/ Parcela D 5, Nave 10, 46220 Picassent (Valencia), España.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: España
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BLUE & BLOUZE Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 21
8/ Protege y distingue:
Utensilios y recipientes para la casa y la cocina (que no sean de metales preciosos ni chapados),
peines y esponjas, cepillos (con excepción de los pinceles), materiales para la fabricación de cepillos,
material de limpieza, viruta de hierro, vidrio en bruto o semielaborado (con excepción del vidrio de
construcción), cristalería, porcelana y loza no comprendidas en otras clases.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 18-06-15
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
________
1/Solicitud: 2015-21439
2/ Fecha de presentación: 29-05-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: GRUPO BIMBO, S.A.B. DE C.V. (Organizada bajo las leyes de México)
4.1/ Domicilio: Prolongación Paseo de la Reforma 1000, colonia Peña Blanca Santa Fe, 01210, México
D.F., México.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MR. BROWN Y ETQUETA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 30
8/ Protege y distingue:
Café, té, cacao y sucedáneos del café, arroz, tapioca y sagú, harinas y preparaciones a base de cereales,
pan, productos de pastelería y confitería, helados, azúcar, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos de
hornear, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 22-06-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
1/Solicitud: 2015-22367
2/ Fecha de presentación: 05-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: GRUPO BIMBO, S.A.B. DE C.V. (Organizada bajo las leyes de México)
4.1/ Domicilio: Prolongación Paseo de la Reforma 1000, colonia Peña Blanca Santa Fe, 01210, México
D.F., México.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BIMBO HAPPY CARE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 30
8/ Protege y distingue:
Café, té, cacao y sucedáneos del café, arroz, tapioca y sagú, harinas y preparaciones a base de cereales,
pan, productos de pastelería y confitería, helados, azúcar, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos de
hornear, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 22-06-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
BIMBO HAPPY
CARE
________
1/Solicitud: 13021-2015
2/ Fecha de presentación: 27-03-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MANUEL ROS FERNANDEZ (PERSONA NATURAL)
4.1/ Domicilio: Pol. Ind. Picassent, calle 1/ Parcela D 5, Nave 10, 46220 Picassent (Valencia), España.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: España
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BLUE & BLOUZE Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 20
8/ Protege y distingue:
Muebles, espejos, marcos, productos, no comprendidos en otras clases, de madera, corcho, caña, junco,
mimbre, cuerno, hueso, marfíl, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todas estas
materias o de materias plásticas.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 18-06-15
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 15 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
[1] Solicitud: 2013-037127
[2] Fecha de presentación: 15/10/2013
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: LABORATORIOS MALLEN, S.A.
[4.1] Domicilio: NO. 53 DE LA CALLE EUCLIDES MORILLO, ARROYO
HONDO, SANTO DOMINGO, REP. DOMINICANA.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: REP. DOMINICANA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: GLIFORT
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Productos farmacéuticos, especialmente antidiabético.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 9 de junio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
GLIFORT
________
1/Solicitud: 2014-33324
2/ Fecha de presentación: 16-09-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE CERTIFICACIÓN
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Organizzazione delle Nazioni Unite Per l’Alimentazione e
l’Agricoltura (FAO) / Food and Agriculture Organization of the United Nations
(FAO) (Organizada bajo las leyes de Italia)
4.1/ Domicilio: Viale delle Terme di Caracalla - Roma, Italia.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Italia
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: IPPC Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 37
8/ Protege y distingue:
Servicios de desinfestación y exterminación de animales dañinos para maderas y
maderas de chapado semielaboradas, recipientes y cajas de madera, paletas de madera
para cargar y transportar.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 09-06-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
1/Solicitud: 30588-14
2/ Fecha de presentación: 28-08-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Laboratorio Dosa, S.A., (Organizada bajo las leyes de Argentina)
4.1/ Domicilio: Girardot 1369 (C1427 AKC), Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Argentina.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Argentina
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FECINOLE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 5
8/ Protege y distingue:
Preparaciones farmacéuticas y veterinarias, preparaciones higiénicas y sanitarias
para uso médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario,
alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales,
emplastos, material para apósitos, material para empastes e improntas dentales,
desinfectantes, preparaciones para eliminar animales dañinos, fungicidas, herbicidas.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 10-10-2014
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
FECINOLE
________
1/Solicitud: 2014-37873
2/ Fecha de presentación: 22-10-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Société des Produits Nestlé, S.A. (Organizada bajo las leyes de Suiza)
4.1/ Domicilio: 1800 Vevey, Suiza.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Suiza.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: UNITED FOR HEALTHIER KIDS Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 9
8/ Protege y distingue:
Software descargable a través de teléfonos inteligentes, teléfonos móviles, periféricos
móviles y otras aplicaciones informáticas para ordenadores portátiles y de sobremesa,
software de juegos descargables a través de internet, software descargable de
aplicaciones para los teléfonos móviles y otros periféricos móviles, en especial para
la redacción, la presentación visual y el intercambio de comentarios y de
recomendaciones sobre los productos y los servicios de terceros.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: KENIA ROSIBEL MOLINA ROBLES
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 02-07-2014
12/ Reservas:
Abogado RAFAEL HUMBERTO ESCOBAR
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 16 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 25
8/ Protege y distingue:
Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 18-06-15
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
[1] Solicitud: 2015-009790
[2] Fecha de presentación: 06/03/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: ASPEN GLOBAL INCORPORATED
[4.1] Domicilio: GBS PLAZA, CNR. LA SALETTE & ROYAL ROADS GRAND
BAY, MAURICIO
[4.2] Organizada bajo las leyes de: MAURICIO
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: ALULA
[7] Clase Internacional: 29
[8] Protege y distingue:
Leche y productos lácteos.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 1 de julio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
ALULA
________
1/Solicitud: 13224-2015
2/ Fecha de presentación: 06-04-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: FAR EATS FASHION TRADING LIMITED (Organizada bajo las
leyes de EMIRATOS ARABES UNIDOS)
4.1/ Domicilio: PO BOX 86063 Ras A1 Khaimah, EMIRATOS ARABES UNIDOS
4.2/ Organizada bajo las leyes de: EMIRATOS ARABES UNIDOS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico: 15478065
5.1/ Fecha: 10/10/2014
5.2/ País de Origen: CHINA
5.3/ Código país: CN
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SUITEBLANCO (ESCRITA EN FORMA
ESTILIZADA)
SUITEBLANCO
________
1/Solicitud: 15170-2015
2/ Fecha de presentación: 21-04-2015
3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
4/ Solicitante: PRODUCTORA LA FLORIDA, S.A. (Organizada bajo las leyes de
Costa Rica)
4.1/ Domicilio: Alajuela, Río Segundo, Echeverría, en las instalaciones de la Cervecería,
Costa Rica.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Costa Rica.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LA MICRO BREWING COMPANY
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 0
8/ Protege y distingue:
Un establecimiento comercial dedicado a la comercialización de todo tipo de cerveza.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 26-05-15
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
LA MICRO BREWING COMPANY
1/Solicitud: 2015-22366
2/ Fecha de presentación: 05-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: GRUPO BIMBO, S.A.B. DE C.V. (Organizada bajo las leyes de México)
4.1/ Domicilio: Prolongación Paseo de la Reforma 1000, colonia Peña Blanca Santa
Fe, 01210, México D.F., México.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BIMBO HAPPY CARE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 29
8/ Protege y distingue:
Carne, pescado, carne de ave y carne de caza, extractos de carne, frutas y verduras,
hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas, jaleas, confituras,
compotas, huevos, leche y productos lácteos, aceites y grasas comestibles.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 22-06-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015..
BIMBO HAPPY
CARE
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 17 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
[1] Solicitud: 2015-007846
[2] Fecha de presentación: 20/02/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: AEROPOSTALE PROCUREMENT COMPANY, INC.
[4.1] Domicilio: 112 WEST 34TH STREET, 22nd FLOOR, NEW YORK NEW
YORK 10120, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
[4.2] Organizada bajo las leyes de: ESTADO DE DELAWARE
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: 86511509
[5.1] Fecha: 22/01/2015
[5.2] País de Origen: Estados Unidos de América
[5.3] Código País: US
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: TOKYO DARLING
[7] Clase Internacional: 18
[8] Protege y distingue:
Bolsos atléticos para todo propósito, bolsos para todo propósito, mochilas, bolsos
para la playa, bolsones, bolsos cosméticos que se venden vacíos, bolsos de mano,
bolsos mensajeros, bolsos deportivos, bolsos grandes, billeteras.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 4 de marzo del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015.
TOKYO DARLING
________
1/Solicitud: 24277-2015
2/ Fecha de presentación: 18-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: INDUSTRIAS FARMACÉUTICAS CESAR GUERRERO LEJARZA,
S.A. (Organizada bajo las leyes de Nicaragua)
4.1/ Domicilio: Ciudad de Granada, República de Nicaragua.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Nicaragua.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VIRUCEL
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 5
8/ Protege y distingue:
Preparaciones farmacéuticas y veterinarias, preparaciones higiénicas y sanitarias
para uso médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario,
alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales,
emplastos, material para apósitos, material para empastes e improntas dentales,
desinfectantes, preparaciones para eliminar animales dañinos, fungicidas, herbicidas.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13-07-2015.
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015.
VIRUCEL
1/Solicitud: 24275-2015
2/ Fecha de presentación: 18-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: INDUSTRIAS FARMACÉUTICAS CESAR GUERRERO LEJARZA,
S.A. (Organizada bajo las leyes de Nicaragua)
4.1/ Domicilio: Ciudad de Granada, República de Nicaragua.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Nicaragua.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DERMAPLATA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 5
8/ Protege y distingue:
Preparaciones farmacéuticas y veterinarias, preparaciones higiénicas y sanitarias
para uso médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario,
alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales,
emplastos, material para apósitos, material para empastes e improntas dentales,
desinfectantes, preparaciones para eliminar animales dañinos, fungicidas, herbicidas.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13-07-2015.x
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015.
DERMAPLATA
________
1/Solicitud: 24276-2015
2/ Fecha de presentación: 18-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: INDUSTRIAS FARMACÉUTICAS CESAR GUERRERO LEJARZA,
S.A. (Organizada bajo las leyes de Nicaragua)
4.1/ Domicilio: Ciudad de Granada, República de Nicaragua.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Nicaragua.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BEBARGIN
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 5
8/ Protege y distingue:
Preparaciones farmacéuticas y veterinarias, preparaciones higiénicas y sanitarias
para uso médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario,
alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales,
emplastos, material para apósitos, material para empastes e improntas dentales,
desinfectantes, preparaciones para eliminar animales dañinos, fungicidas, herbicidas.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13-07-2015.
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015.
BEBARGIN
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 18 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
[1] Solicitud: 2015-000290
[2] Fecha de presentación: 05/01/215
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: SYNGENTA PARTICIPATIONS, AG.
[4.1] Domicilio: SCHWARZWALDALLEE 215, 4058 BASILEA, SUIZA.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: SUIZA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
[C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: AFINTO
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Preparaciones para destruir los animales dañinos, herbicidas, insecticidas.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 8 de julio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015.
AFINTO
________
FLEETRITE
1/Solicitud: 12642-2015
2/ Fecha de presentación: 26-03-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: INTERNATIONAL TRUCK INTELLECTUAL PROPERTY COMPANY, LLC. (Organizada bajo las
leyes de ILLINOIS)
4.1/ Domicilio: 2701 NAVISTAR DR., LISLE, ILLINOIS 60532, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: ILLINOIS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FLEETRITE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 1
8/ Protege y distingue:
Fluidos de transmisión, preparaciones anti-ebullición para refrigentantes de motores, agentes refrigerantes para
motores de vehículos, productos químicos para limpiar radiadores.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 12-06-15
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015
________
1/Solicitud: 2015-23186
2/ Fecha de presentación: 11-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MOLINO SANTA ANA, S.A. (Organizada bajo las leyes de Guatemala)
4.1/ Domicilio: Guatemala, Guatemala.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Guatemala
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NUTRECAB Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 31
8/ Protege y distingue:
Granos y productos agrícolas, hortícolas y forestales, no comprendidos en otras clases, animales vivos, frutas y
verduras, hortalizas y legumbres frescas, semillas, plantas y flores naturales, alimentos para animales, malta.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 03-07-15
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015 .
________
IAK LATTE
1/Solicitud: 22143-2015
2/ Fecha de presentación: 04-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: PRODUCTORA LA FLORIDA, S.A. (Organizada bajo las leyes de Costa Rica)
4.1/ Domicilio: Alajuela, Río Segundo, Echeverría, en las instalaciones de la Cervecería, Costa Rica.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Costa Rica.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: IAK LATTE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 32
8/ Protege y distingue:
Bebidas naturales, incluyendo jugos de frutas y jugos, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas que
contienen leche como ingrediente secundario.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 06-07-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015
________
MONIX
1/Solicitud: 22142-2015
2/ Fecha de presentación: 04-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: DISTRIBUCIONES UNIVERSALES, S.A. DE C.V. (DIUNSA) Organizada bajo las leyes de Hondu-
ras
4.1/ Domicilio: 1era. calle 11 y 12 Ave. N.E., colonia San Fernando, San Pedro Sula, Cortés, Honduras.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MONIX
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 8
8/ Protege y distingue:
Cubertería y cuchillería, herramientas e instrumentos de mano accionados manualmente, artículos de cuchillería,
tenedores y cucharas, armas blancas, navajas y maquinillas de afeitar.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 29-06-15
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 19 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
[1] Solicitud: 2015-023187
[2] Fecha de presentación: 11/06/215
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: COLGATE-PALMOLIVE COMPANY
[4.1] Domicilio: 300 PARK AVENUE, NEW YORK, NEW YORK 10022, ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA
[4.2] Organizada bajo las leyes de: ESTADO DE DELAWARE
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
[C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: COLGATE 360º Y ETIQUETA
[7] Clase Internacional: 21
[8] Protege y distingue:
Cepillos dentales.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 13 de julio del año 2015.
[12] Reservas: Se reivindican los tonos de color Rojo, Blanco, Azul, Verde y Gris, tal como se muestra
en la etiqueta que acompaña, no se protege la forma del envase o cualquiera de las formas del envase.
Sólo se protege la denominación colgate 360 y la disposición de la etiqueta sobre el envase.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015.
________
[1] Solicitud: 2015-023370
[2] Fecha de presentación: 12/06/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: THE CONCENTRATE MANUFACTURING COMPANY OF IRELAND
[4.1] Domicilio: CORNER HOUSE, 20 PARLIAMENT STREET, HAMILTON, BERMUDA.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: IRLANDA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
[C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: 7UP LEEMOON Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 32
[8] Protege y distingue:
Aguas minerales y gaseosas y otras bebidas sin alcohol, bebidas a base de frutas y zumos de frutas,
siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas, bebidas gaseosas no alcohólicas.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 26 de julio del año 2015.
[12] Reservas: Se entenderá la palabra “LEEMOON”, como una denominación de fantasía, que no
deberá de asociarse con el término “LEMON” que significa limón, sobre el cual no puede reclamarse
ningún tipo de exclusividad y/o protección.
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015.
________
[1] Solicitud: 2015-011810
[2] Fecha de presentación: 20/03/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: PPG INDUSTRIES EUROPE SARL.
[4.1] Domicilio: ROUTE DE GILLY 32, CH-1180 ROLLE, SUIZA
[4.2] Organizada bajo las leyes de: SUIZA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
[C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: AQUAMAX
[7] Clase Internacional: 2
[8] Protege y distingue:
Pinturas, barníces, lacas,, productos antioxidantes y productos para conservar la madera, materias
AQUAMAX
tintoreas, mordientes, resinas naturales en bruto, metales en hojas y en polvo para pintores, decoradores,
impresores y artistas, especialmente composiciones de enlucidos en la naturaleza de pinturas.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 13 de julio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015.
________
FLEETRITE
1/Solicitud: 12641-2015
2/ Fecha de presentación: 26-03-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: INTERNATIONAL TRUCK INTELLECTUAL PROPERTY COMPANY, LLC.
(Organizada bajo las leyes de ILLINOIS)
4.1/ Domicilio: 2701 NAVISTAR DR., LISLE, ILLINOIS 60532, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: ILLINOIS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FLEETRITE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 4
8/ Protege y distingue:
Lubricantes, aceites de motor, aceites combustibles, aceites lubricantes, aditivos no químicos para
carburantes, grasa para correas, antideslizantes para correas [preparaciones].
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 12-06-15
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25A. y 9 S. 2015.
________
1/Solicitud: 23372-15
2/ Fecha de presentación: 12/6/15
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MERIDIAN INTERNATIONAL, CO., LTD. (Organizada bajo las leyes de la República Popular de
China).
4.1/ Domicilio: Room 210, No. 1000 Jinming Road, Jinqiao Town, Pudong New Area, Shanghai, P.R. China.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: P.R. China.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TACTIX Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 6
8/ Protege y distingue:
Escalas metálicas, pernos metálicos, tornillos metálicos, remaches metálicos, clavos, herrajes metálicos para
muebles, ferretería (artículos de-) metálicos, cerraduras metálicas que no sean eléctricas, candados, bancos de
trabajo metálicos, cofres de herramientas vacíos, metálicos; cajas de herramientas vacias, metálicas.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 26-06-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 20 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
SUITEBLANCO
________
[1] Solicitud: 2015-013225
[2] Fecha de presentación: 06/04/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: FAR EAST FASHION TRADING LIMITED
[4.1] Domicilio: PO BOX 86063 RAS AL KHAIMAH, EMIRATOS ARABES UNIDOS.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: EMIRATOS ARABES UNIDOS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: SUITEBLANCO
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 2 de julio del año 2015.
[12] Reservas: Se reivindica el tipo de letra
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015.
1/Solicitud: 21155-2015
2/ Fecha de presentación: 28-05-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: NBA Properties, Inc. (Organizada bajo las leyes de New York)
4.1/ Domicilio: Olympic Tower, 645 Fifth Avenue, New York, New York 10022, Estados Unidos de América
4.2/ Organizada bajo las leyes de: New York.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ATLANTA HAWKS BASKETBALL CLUB Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 28
8/ Protege y distingue:
Juegos y juguetes, artículos de gimnasia y deporte no comprendidos en otras clases, adornos para árboles de
navidad.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 06-07-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015
________
1/Solicitud: 21154-2015
2/ Fecha de presentación: 28-05-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: NBA Properties, Inc. (Organizada bajo las leyes de New York)
4.1/ Domicilio: Olympic Tower, 645 Fifth Avenue, New York, New York 10022, Estados Unidos de América
4.2/ Organizada bajo las leyes de: New York.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ATLANTA HAWKS BASKETBALL CLUB Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 25
8/ Protege y distingue:
Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 06-07-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015
1/Solicitud: 2015-24096
2/ Fecha de presentación: 17-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: DIAGEO NORTH AMERICA, INC. (Organizada bajo las leyes de Connecticut)
4.1/ Domicilio: 801 Main Avenue, Norwalk, Connecticut 06851, Estados Unidos de América.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Connecticut
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SMIRNOFF-IºCE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 33
8/ Protege y distingue:
Bebidas alcohólicas (excepto cerveza).
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13-07-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015
SMIRNOFF-IºCE
________
1/Solicitud: 326-2015
2/ Fecha de presentación: 05-01-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Sofía Vergara (PERSONA NATURAL)
4.1/ Domicilio: Sofía Vergara c/o Latin World Entertainment, 3470 NW 82nd. Avenue, Suite 670, Doral, Florida
33122, Estados Unidos de América.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SOFIA VERGARA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 18
8/ Protege y distingue:
Bolsos de mano, bolsos de hombro, bolsos, carteras.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 03-03-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015
SOFIA VERGARA
________
1/Solicitud: 2015-23573
2/ Fecha de presentación: 15-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ALLERGAN, INC. (Organizada bajo las leyes de Delaware)
4.1/ Domicilio: 2525 Dupont Drive, Irvine, CA 92612, Estados Unidos de América.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: DELAWARE
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ALLERGAN Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
Se reivindican los tonos de color: Azul oscuro, Azul medio, Azul claro, Verde, Verde medio y Verde brillante que
se muestran en la etiqueta acompañada.
7/ Clase Internacional: 5
8/ Protege y distingue:
Preparaciones farmacéuticas.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13-07-2015
12/ Reservas:
Abogado RAFAEL HUMBERTO ESCOBAR
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 21 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
1/Solicitud: 22543-2015
2/ Fecha de presentación: 05-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: PEPSICO, INC. (Organizada bajo las leyes de Carolina del Norte)
4.1/ Domicilio: 700 Anderson Hill Road, Purchase, New York 10577, Estados Unidos
de América
4.2/ Organizada bajo las leyes de: CAROLINA DEL NORTE
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FLAMIN’HOT
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 29
8/ Protege y distingue:
Bocadillos consistiendo principalmente de papas, nueces, productos derivados,
semillas, frutas, vegetales o combinaciones de los mismos, incluyendo patatas fritas,
papalinas, frituras de frutas, bocadillos a base de fruta, crema untable a base de fruta,
frituras de vegetales, bocadillos a base de vegetales, crema untable a base de vegetales,
frituras de malanga, bocadillos de carne de cerdo, bocadillos a base de carne de res,
bocadillos a base de soya.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: JULIA R. MEJÍA
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 07-07-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015
FLAMIN’HOT
________
1/Solicitud: 23575-15
2/ Fecha de presentación: 15/06/15
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Gurwitch Products, L.L.C., (Organizada bajo las leyes de Delaware)
4.1/ Domicilio: 8 Greenway Plaza, Suite 700, Houston, Texas, 77046, Estados
Unidos de América
4.2/ Organizada bajo las leyes de: DELAWARE
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ LAURA MERCIER
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 3
8/ Protege y distingue:
Cosméticos y productos de tocador, a saber, bálsamo para los labios, lápiz labial,
labiales de color, delineador de labios, brillo de labios, delineadores de cejas, sombra
de ojo, sombra de ojos de colores, maquillaje para ojos, delineadores de ojos, rímel de
colores, rímel, maquillaje en tinta líquida, maquillaje, polvos de maquillaje, rubor en
polvo, rubor en crema, rubores, broceadores, polvos faciales, correctores no
medicinales en forma de barra y crema, desmaquillantes en forma de gel y crema,
desmaquillantes para ojos, productos para el cuidado de la piel, a saber, aceites,
lociones cremas, geles, tonificadores, mascarillas, exfoliantes, lociones para el cuerpo,
removedores de impurezas, jabones de baño y gel de ducha, baño de burbujas,
limpiadores faciales y corporales, perfumes, colonias, lociones corporales perfumadas,
mascarillas para la piel, hidratantes para la piel, acondicionadores y cremas,
aclaradores y abrillantadores para la piel, tonificadores para la piel, maquillaje
LAURA MERCIER
encubridor para la piel, barras suavizantes para la piel, iluminadores para la piel,
productos de protección solar, productos de salud y belleza, productos para el cuidado
de uñas, a saber, esmaltes de uñas, esmaltes de uñas de colores, base para las capas
superiores e inferiores del esmalte de uñas, quitaesmaltes, toallitas de papel
impregnadas con quitaesmalte de uñas, límas, productos para el cuidado del cabello,
a saber, mousse para peinar, mousse para enjuagar, mousse acondicionador, shampú
en forma de mousse, toallitas cosméticas.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 09-07-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015
________
1/Solicitud: 22140-2015
2/ Fecha de presentación: 04-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Ardent Holdings Limited (Organizada bajo las leyes de Reino Unido)
4.1/ Domicilio: Maersk House, Braham Street, London E1 8EP, Reino Unido.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Reino Unido
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ARDENT
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 37
8/ Protege y distingue:
Operaciones de respuestas de emergencia marítimas, específicamente la provisión
de ingenieros marinos, arquitectos navales y otros especialistas marinos para reparar
buques dañados y proveer consultoría sobre ello, operaciones de respuestas de
emergencia marítimas, específicamente luchas contra incendios marinos, servicios
de submarinismo, recuperación y respuesta de derrame de petróleo y extracción de
desperdicios grasosos (derrames) de buques, recuperación debajo del agua de metales
preciosos y no preciosos, administración de proyecto en el área de reparación de
buque, desmantelamiento de plataformas petrolíferas, instalación de cubierta, tubería
y tubería de perforación para pozos de petróleo, abandono de pozos, servicios de
perforación de núcleo para pozos de petróleo y de gas, construcción, instalación,
reparación y alquiler de unidades de producción de petróleo y gas, colocación de
cables submarinos, limpieza de derrames de petróleo, gas y químicos en agua usando
escobas flotantes para confinar los derrames y/o mangueras aspiradoras para aspirar
el material derramado, limpieza de buques, limpieza de cascos de buques limpieza de
hélices de buques.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 06-07-15
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
10, 25 A. y 9 S. 2015
ARDENT
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 22 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
1/ Solicitud: 13026-2015
2/ Fecha de presentación: 27-03-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MANUEL ROS FERNANDEZ (PERSONA NATURAL).
4.1/ Domicilio: Pol. Ind. Picassent, calle 1/ Parcela D 5, Nave 10, 46220 Picassent
(valencia), España.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: España
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BLUE & BLOUZE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 35
8/ Protege y distingue:
Servicios de publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial,
trabajos de oficina, importación y/o exportación, servicios de venta al mayor y
menor en comercios y a través de redes informáticas mundiales de prendas de vestir,
calzados, artículos de sombrerería, bolsos, carteras, billeteras y artículos de peletería,
cinturones, pañuelos para el cuello, servicios de franquicias, a saber, consultas y
asistencia en la dirección, organización y promoción de negocios relativas a la
ayuda en la explotación y/o dirección de una empresa comercial.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 18-06-15.
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
_______
BLUE & BLOUZE
1/ Solicitud: 2015-20700
2/ Fecha de presentación: 26-05-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ZITRO IP, S.àr.l. (Organizada bajo las leyes de LUXEMBURGO).
4.1/ Domicilio: 16 Avenue Pasteur, L-2310, LUXEMBURGO.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: LUXEMBURGO.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: POWER MANIA 4 Y ETIQUETA
6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los tonos de color Amarillo, Negro, Azul,
Blanco, Gris, Naranja, que se muestra en la etiqueta acompañada.
7/ Clase Internacional: 28
8/ Protege y distingue:
Juegos, juguetes; juegos automáticos de previo pago; juegos automáticos que no
sean de los que han sido concebidos para ser utilizados solamente con receptor de
televisión; máquinas tragaperras; máquinas de juegos de salas recreativas,
incluyendo salas de juegos de azar y apuestas; máquinas recreativas accionadas
por monedas, por fichas o por cualquier otro medio de prepago; máquinas
recreativas automáticas; máquinas independientes de videojuegos; equipos de
juegos electrónicos portátiles; equipos de juegos para casinos, salas de bingo y
otras salas de juegos de azar.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 17-06-15.
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
_______
1/ Solicitud: 2015-20701
2/ Fecha de presentación: 26-05-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ZITRO IP, S.àr.l. (Organizada bajo las leyes de LUXEMBURGO).
4.1/ Domicilio: 16 Avenue Pasteur, L-2310, LUXEMBURGO.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: LUXEMBURGO.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TACO MANIA Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los tonos de color Rojo, Amarillo, Naranja,
Negro, Verde, Azul y Blanco, que se muestra en la etiqueta acompañada.
7/ Clase Internacional: 28
8/ Protege y distingue:
Juegos, juguetes; juegos automáticos de previo pago; juegos automáticos que no
sean de los que han sido concebidos para ser utilizados solamente con receptor de
televisión; máquinas tragaperras; máquinas de juegos de salas recreativas,
incluyendo salas de juegos de azar y apuestas; máquinas recreativas accionadas
por monedas, por fichas o por cualquier otro medio de prepago; máquinas
recreativas automáticas; máquinas independientes de videojuegos; equipos de
juegos electrónicos portátiles; equipos de juegos para casinos, salas de bingo y
otras salas de juegos de azar.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 17-06-15.
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 23 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
1/ Solicitud: 2015-22555
2/ Fecha de presentación: 08-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: BOQUITAS FIESTAS, S. DE R.L. (Organizada bajo las leyes de
HONDURAS).
4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, HONDURAS.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 30
8/ Protege y distingue:
Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones
a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; miel, jarabe de
melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos);
especias; hielo; bocadillos consistiendo principalmente de granos, maíz, cereal o
combinaciones de los mismos, incluyendo frituras de maíz, frituras de tortilla,
frituras de pita, frituras de arroz, pasteles de arroz, galletas de arroz, galletas,
pretzels, bocadillos rellenos, palomitas de maíz reventadas, palomitas de maíz y
cacahuates confitados, salsas para bocadillos, salsas, bocadillos en barra.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: JULIA R. MEJÍA
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 02-07-2015
12/ Reservas:
Abogado RAFAEL HUMBERTO ESCOBAR
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
_______
1/ Solicitud: 20699-15
2/ Fecha de presentación: 26-05-15
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ZITRO IP, S.àr.l. (Organizada bajo las leyes de LUXEMBURGO).
4.1/ Domicilio: 16 Avenue Pasteur, L-2310, LUXEMBURGO.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: LUXEMBURGO.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EL BINGO Y LA BESTIA Y ETIQUETA
6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los tonos de color Negro, Azul, Rojo, Naranja,
Gris y Amarillo que se muestran en la etiqueta acompañada.
7/ Clase Internacional: 28
8/ Protege y distingue:
Juegos, juguetes; juegos automáticos de previo pago; juegos automáticos que no
sean de los que han sido concebidos para ser utilizados solamente con receptor de
televisión; máquinas tragaperras; máquinas de juegos de salas recreativas,
incluyendo salas de juegos de azar y apuestas; máquinas recreativas accionadas
por monedas, por fichas o por cualquier otro medio de prepago; máquinas
recreativas automáticas; máquinas independientes de videojuegos; equipos de
juegos electrónicos portátiles; equipos de juegos para casinos, salas de bingo y
otras salas de juegos de azar.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 16-06-15
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
_______
1/ Solicitud: 2015-20702
2/ Fecha de presentación: 26-05-15
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ZITRO IP, S.àr.l. (Organizada bajo las leyes de LUXEMBURGO).
4.1/ Domicilio: 16 Avenue Pasteur, L-2310, LUXEMBURGO.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: LUXEMBURGO.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VICTORY BINGO Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los tonos de color Granate, Marrón, Blanco,
Azul, Negro, que se muestran en la etiqueta acompañada.
7/ Clase Internacional: 28
8/ Protege y distingue:
Juegos, juguetes; juegos automáticos de previo pago; juegos automáticos que no
sean de los que han sido concebidos para ser utilizados solamente con receptor de
televisión; máquinas tragaperras; máquinas de juegos de salas recreativas,
incluyendo salas de juegos de azar y apuestas; máquinas recreativas accionadas
por monedas, por fichas o por cualquier otro medio de prepago; máquinas
recreativas automáticas; máquinas independientes de videojuegos; equipos de
juegos electrónicos portátiles; equipos de juegos para casinos, salas de bingo y
otras salas de juegos de azar.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 17-06-15
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 24 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
1/ Solicitud: 2015-22554
2/ Fecha de presentación: 08-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: BOQUITAS FIESTAS, S. DE R.L. (Organizada bajo las leyes de
HONDURAS).
4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, HONDURAS.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 30
8/ Protege y distingue:
Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones
a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; miel, jarabe de
melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos);
especias; hielo; bocadillos consistiendo principalmente de granos, maíz, cereal o
combinaciones de los mismos, incluyendo frituras de maíz, frituras de tortilla,
frituras de pita, frituras de arroz, pasteles de arroz, galletas de arroz, galletas,
pretzels, bocadillos rellenos, palomitas de maíz reventadas, palomitas de maíz y
cacahuates confitados, salsas para bocadillos, salsas, bocadillos en barra.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: JULIA R. MEJÍA
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 02-07-2015
12/ Reservas:
Abogado RAFAEL HUMBERTO ESCOBAR
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
_______
1/ Solicitud: 2015-22553
2/ Fecha de presentación: 08-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: BOQUITAS FIESTAS, S. DE R.L. (Organizada bajo las leyes de
HONDURAS).
4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, HONDURAS.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 30
8/ Protege y distingue:
Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones
a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; miel, jarabe de
melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos);
especias; hielo; bocadillos consistiendo principalmente de granos, maíz, cereal o
combinaciones de los mismos, incluyendo frituras de maíz, frituras de tortilla,
frituras de pita, frituras de arroz, pasteles de arroz, galletas de arroz, galletas,
pretzels, bocadillos rellenos, palomitas de maíz reventadas, palomitas de maíz y
cacahuates confitados, salsas para bocadillos, salsas, bocadillos en barra.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: JULIA R. MEJÍA
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 02-07-2015
12/ Reservas:
Abogado RAFAEL HUMBERTO ESCOBAR
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
_______
[1] Solicitud: 2015-015171
[2] Fecha de presentación: 21/04/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: STARBUCKS CORPORATION D/B/A STARBUCKS COFEE COM-
PANY.
[4.1] Domicilio: 2401 UTAH AVENUE SOUTH, SEATTLE, WASHINGTON 98134,
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: ESTADO DE WASHINGTON
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: STARBUCKS DISCOVERIES
[7] Clase Internacional: 29
[8] Protege y distingue:
Leche, leche saborizada, batidos de leche, bebidas a base de leche para uso alimenticio,
excluyendo batidos de leche, bebidas conteniendo café a base de leche, bebidas
conteniendo zumo de fruta a base de leche, bebidas conteniendo fruta a base de
leche, bebidas conteniendo chocolate a base de leche, bebidas que contiene leche de
soja para uso alimenticio, usada como sustituto de leche, refrescos no carbonatados
a base de leche, bebidas energizantes a base de leche.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 11 de junio del año 2015.
[12] Reservas: La denominación se protege en su conjunto, sin desprenderse de su
marca principal STARBUCKS, ya registrada por la misma titular.
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 J., 10 y 25 A. 2015.
STARBUCKS DISCOVERIES
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 25 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
1/ Solicitud: 39466-2014
2/ Fecha de presentación: 06-11-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ZIH Corp.
4.1/ Domicilio: Suite 500, 475 Half Day Road, Lincolnshire, Illinois 60069 USA.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ZEBRA
6.2/ Reivindicaciones: El tipo de letra.
7/ Clase Internacional: 42
8/ Protege y distingue:
Investigación aplicada y básica en los campos de física, química, ingeniería,
programación de computadora, información tecnológica y telecomunicaciones;
programación de computadora y diseño de bases de datos para otros; servicios de
computadora, principalmente, diseño e implementación para otros de redes de área
local inalámbrica, sistemas de computación móvil de extremo a extremo y sistemas
de software y hardware de computadora para captura, movimiento y manejo de
imágenes, voz, grabación de sonidos, texto impreso y data todo capturado de códigos
de barra, etiquetas de identificación de radiofrecuencia, y aparatos de comunicación
y computación móvil; servicios de computadora, principalmente, proveer un sitio
interactivo en una red de computadora global, accesible vía computadora, aparatos
de comunicación inalámbrica y línea terrestre; diseño de software de computadora
para otros; desarrollo de software de computadora en el campo de transacciones de
punto de venta móvil; diseño de interface de software de computadora para otros;
servicios de consultoría y diseño relacionados a computadoras en el campo de
mapeo conducido por GPS y ubicación de direcciones; servicios de diseño y consultoría
relacionados a computadoras en el campo de administración de relaciones del cliente
móvil; servicios de diseño y consultoría relacionados a computadoras en el campo
de boletería móvil, reparación y arreglo de ruptura; servicios de diseño y consultoría
relacionado a computadoras usadas para transmitir, recibir, ver, actualizar y gestionar
data, inventario y manejo de material, almacenaje y recuperación, envío y recepción,
pedido, recoger y el recuento de ciclo de mercadería, administración y rastreo de
activos, procesamiento de pago, colección de identificación personal y verificación,
reconocimiento de voz, despacho y programación, colección de data general y
mantenimiento de equipo; servicios de consultoría en el campo de diseño, selección,
implementación y uso de sistemas software y hardware de computadora concerniente
a sistemas de captura de data de código de barra, computación móvil y aparatos de
comunicación móvil para otros; servicios de consultoría en el campo de diseño,
selección, implementación, y uso de sistemas de hardware y software de computadora
para otros; diseño personalizado y desarrollo de hardware de computadora, software
de computadora; desarrollo y diseño de sistemas de telecomunicación digital para
redes públicas y privadas; software descargable para rastreo de movimiento físico
para usar con sensores de detección de movimiento; instalación de software de
computadora; instalación de software de computadora concerniente sistemas de
captura de código de data concerniente código de barra, aparatos de comunicación
móvil y computación móvil; servicios de software no descargable, principalmente,
proveer uso temporal de software no descargable para sistemas de localización en
tiempo real; servicios de planes de impresoras; proveer información técnica
concerniente a las presentaciones e interoperabilidad del software de terceros
proveedores de software concerniente a sistemas de captura de data de código de
barra, aparatos de comunicación móvil y computación móvil; proveer uso temporal
de software no descargable para usar en la administración y operación de manufactura
y depósitos de contenedores de envío, centros de logística, terminales de ferrocarril,
terminales intermodales o aeropuertos; investigación y desarrollo de nuevos productos
para otros en el campo de telecomunicaciones; servicios rendidos por profesionales
para apoyo de productos, principalmente, la provisión de información técnica y
consulta técnica en el área de computadoras y telecomunicaciones; servicios de
consulta técnica en el campo de sistemas de captura de data de código de barra,
ZEBRA
computadora móvil y aparatos de comunicación móvil y hardware y software de
computadora para cada uno de los anteriores, incluyendo instalación de software de
computadora para sistema de captura de data de código de barra, computación móvil
y aparatos de comunicación móvil; consultoría técnica y transmisión de data de
diseño personalizado, sistemas de administración y recepción, y sistemas de manejo
de material; consultoría técnica, servicios de integración y diseño para Sistemas de
Identificación de radiofrecuencias (RFID); servicios de acceso de telecomunicaciones,
principalmente, proveer acceso a denegar el acceso a bases de datos electrónicas y
redes para afectar los niveles de poder en aparatos de telecomunicaciones inalámbricas;
planificación de redes de telecomunicaciones; actualización de software de
computadora para sistemas de captura de data de códigos de barra; servicios de
software como un servicio (SAAS), principalmente, software de alojamiento que
permite intercambio de información en tiempo real con y acceso a información de
personas, aparatos, máquinas y equipo y aplicaciones de software que interactúan
con esa data; servicios de desarrollo de software de computadora y servicios de
consultoría de computadora para negocios, incluido pero no limitado para
administración remota y/o alojamiento de aplicaciones de computadora para otros;
servicios de consultoría para el diseño, selección, implementación, modificación,
mantenimiento y uso de sistemas de software de computadora; asesoría técnica
relacionada a la instalación de software de computadora; servicios de soporte técnico,
principalmente, solución de problemas en la naturaleza de diagnosticar problemas
de hardware y software de computadora; servicios de diagnóstico de computadora;
servicios de consultoría en la naturaleza de asesoría y asistencia con la implementación,
instalación, configuración, modificación y mantenimiento de software de
computadora que permite el intercambio de información en tiempo real con y
acceso a información de personas, aparatos, máquinas y equipo y aplicaciones que
interactúan con esa data, así como asesoría y asistencia con la implementación y
configuración de hardware de computadora que permite el intercambio de información
en tiempo real con y acceso a información de personas, aparatos, máquinas y equipo
y aplicaciones que interactúan con esa data; proveyendo un sitio web presentando
software no descargable permitiendo a los usuarios y aplicaciones software para
interconectarse con y administrar personas, aparatos, máquinas y equipo y para
proveer mensajería, servicios de memoria de almacenamiento y administración;
consultoría con respecto a sistemas de computadora, conectividad de redes de
computadora, y aplicaciones software de diseño y despliegue; servicios de software
de computadora, principalmente, desarrollo,
Ver como documento individual→