Lo no dispuesto en los presentes estatutos, será resuelto por la Asamblea General y por las leyes hondureñas vigentes en la materia ONGD. SEGUNDO: La ORGANIZACIÓN NO GUBER- NAMENTAL DE DESARROLLO ONGD, denominada ASOCIACIÓN DEL INSTITUTO SANTA MARÍA GORETTI DE LA CIUDAD DE CHOLUTECA, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos del Interior y Población, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. TERCERO: La ORGANIZACIÓN NO GUBER- NAMENTAL DE DESARROLLO ONGD, denominada ASOCIACIÓN DEL INSTITUTO SANTA MARÍA GORETTI DE LA CIUDAD DE CHOLUTECA, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos del Interior y Población y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada.
CUARTO: La disolución y liquidación de la ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO ONGD, denominada ASOCIACIÓN DEL INSTITUTO SANTA MARÍA GORETTI DE LA CIUDAD DE CHOLUTECA, se hará de conformidad a sus Estatutos y las Leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo, primero de este mismo Artículo. QUINTO: Las presentes reformas de los Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SEXTO: La presente Resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad, al margen del asiento No. 79, Tomo 305, Registro de Sentencias del municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán. SÉPTIMO: Instruir a la Secretaría General para que de oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), para ser registradas las reformas y agregadas a sus antecedentes. OCTAVO: Para los efectos legales consiguientes y previo a extender la certificación de la presente resolución, se deberá cancelar al Estado de Honduras la cantidad de doscientos Lempiras (L.200.00) conforme al artículo 33 del Decreto Legislativo No. 17-2010 de fecha 21 de abril de 2010, que contiene la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público. NOTIFÍQUESE. (F) PASTOR AGUILAR MALDONADO, SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DEL INTERIOR Y POBLACIÓN, POR LEY. (F) FRANCISCA NICANOR ROMERO BANEGAS, SECRETARIA GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los trece días del mes de febrero del dos mil catorce. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 6 M. 2014. 1/ No. solicitud: 42455-13 2/ Fecha de presentación: 28-11-2013 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR 4/ Solicitante: Credimas, Créditos Prendarios, S. de R.L. 4.1/ Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6./ Denominación y 6.1/Distintivo: JOYERIA JADE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 00 8/ Protege y distingue: Servicios de Joyería, compra, venta, reparación y fabricación de joyas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LILIAN ESTEFANI IRIAS. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09/12/13 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 4, 19 F. y 6 M. 2014 AVISO Al comercio y público en general en cumplimiento con lo expresado en los Artículos 380 y 381 del Código de Comercio. SE HACE SABER: Que mediante instrumento público número 16, autorizado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., por el Notario Félix Antonio Irías Rodezno, en fecha 18 de febrero del año dos mil catorce (2014), se protocolizó en lo conducente el acta de la Asamblea Extraordinaria de accionistas de fecha 18 de febrero del año dos mil catorce (2014) de la Sociedad Inversiones San Juan, S.A. de C.V., constituida de conformidad con las Leyes de la República de Honduras, el 3 de enero del año dos mil nueve (2009) ante los oficios del Notario Adalid Rodríguez Reyes, mediante instrumento público número 1, misma que se encuentra inscrita bajo el número 1880 de la matrícula 2506069 del Registro de Comerciantes Sociales de Francisco Morazán, Centro Asociado a la Cámara de Comercio e Industrias de Tegucigalpa, mediante la cual se procedió a tomar el Acuerdo de Disolución y Liquidación de la Sociedad y se nombró liquidador social a la señora Vicky Renee Rivera Girón, a quien se le otorgaron las facultades de Ley. Tegucigalpa, M.D.C., 19 de febrero del 2014. LIQUIDADOR SOCIAL 22, 28 F. y 6 M. 2014 ________
1/ Solicitud: 44558-13 2/ Fecha de presentación: 17-12-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Crisa Libbey México, S. de R.L. de C.V. 4.1/ Domicilio: José María Vigil, número 400, colonia del Norte, C.P. 65400, Monterrey, Nuevo León, México. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CRISA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 21 8/ Protege y distingue: Dulceros (recipientes), garrafas de vidrio, hieleras portátiles no eléctricas, molcajetes, portavasos de vidrio, portavelas de vidrio, vidrio en bruto o semielaborado (excepto vidrio de construcción) agitadores de coctel, bandejas (utensilios de mesa), bomboneras, cajas de vidrio, recipientes de cocina, cocteleras, copas para fruta, cucharas para mezclar (utensilios de cocina), ensaladeras, vidrio esmaltado, fuentes [vajilla], tapas para paras para platos y fuentes, jarras, jarras de cerveza, jarras para haber, jarrones, jarros, juegos de aceitera y vinagrera, licoreras, licoreras [bandejas], mezcladores manuales [cocteleras], mantequeras [vajilla], moldes [utensilios de cocina], tapas de ollas, ollas, pimenteros, platillos [platos pequeños], platos, tapas para platos, posabotellas y posavasos de vidrio, recipientes de cocina, recipientes de vidrio , recientes para beber, recipientes para uso doméstico o culinario, saleros, servicios de mesa [vajilla], servilleros, servicios de café, servicios de té, servilleteros de aro, soportes para cuchillos de mesa, tapones de vidrio , palas para tartas, tazas, tazones, utensilios de cocina, vajilla, vasijas, vasos para beber, vinagreras, refractarios, cacerolas, moldes para rosca repostería, flaneras, salseras, artículos de cristalería no comprendidos en otras clases 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Graciela Sarahí Cruz. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-02-2014 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 A. 2014 _______ Marcas de Fábrica 1/ Solicitud: 44556-13 2/ Fecha de presentación: 17-12-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Crisa Libbey México, S. de R.L. de C.V. 4.1/ Domicilio: José María Vigil, número 400, colonia del Norte, C.P. 65400, Monterrey, Nuevo León, México. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CRISA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 21 8/ Protege y distingue: Dulceros (recipientes), garrafas de vidrio, hieleras portátiles no eléctricas, molcajetes, portavasos de vidrio, portavelas de vidrio, vidrio en bruto o semielaborado (excepto vidrio de construcción) agitadores de coctel, bandejas (utensilios de mesa), bomboneras, cajas de vidrio, recipientes de cocina, cocteleras, copas para fruta, cucharas para mezclar (utensilios de cocina), ensaladeras, vidrio esmaltado, fuentes [vajilla], tapas para platos y fuentes, jarras, jarras de cerveza, jarras para beber, jarrones, jarros, juegos de aceitera y vinagrera, licoreras, [bandejas], mezcladores manuales [cocteleras], mantequeras [vajilla], moldes [utensilios de cocina], tapas de ollas, ollas, pimenteros, platillos [platos pequeños], platos, tapas para platos, posabotellas y posavasos de vidrio, recipientes de cocina, recipientes de vidrio, recipientes para beber, recipientes para uso doméstico o culinario, saleros, servicios de mesa [vajilla], servilleros, servicios de café, servicios de té, servilleteros de aro, soperas, soportes para cuchillos de mesa, tapones de vidrio, palas para tartas, tazas, tazones, utensilios de cocina, vajilla, vasijas, vasos para beber, vinagreras, refractarios, cacerolas, moldes para rosca y repostería, flaneras, salseras, artículos de cristalería no comprendidos en otras clases. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Graciela Sarahí Cruz. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-02-2014 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 A. 2014 CRISA 1/ Solicitud: 44559-13 2/ Fecha de presentación: 17-12-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Crisa Libbey México, S. de R.L. de C.V. 4.1/ Domicilio: José María Vigil, número 400, colonia del Norte, C.P. 65400, Monterrey, Nuevo León, México. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PYR-O-REY Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 21 8/ Protege y distingue: Dulceros (recipientes), garrafas de vidrio, hieleras portátiles no eléctricas, molcajetes, portavasos de vidrio, portavelas de vidrio, vidrio en bruto o semielaborado (excepto vidrio de construcción) agitadores de coctel, bandejas (utensilios de mesa), bomboneras, cajas de vidrio, recipientes de cocina, cocteleras, copas para fruta, cucharas para mezclar (utensilios de cocina), ensaladeras, vidrio esmaltado, fuentes [vajilla], tapas para platos y fuentes, jarras, jarras de cerveza, jarras para beber, jarrones, jarros, juegos de aceitera y vinagrera, licoreras, [bandejas], mezcladores manuales [cocteleras], mantequeras [vajilla], moldes [utensilios de cocina], tapas de ollas, ollas, pimenteros, platillos [platos pequeños], platos, tapas para platos, posabotellas y posavasos de vidrio, recipientes de cocina, recipientes de vidrio, recipientes para beber, recipientes para uso doméstico o culinario, saleros, servicios de mesa [vajilla], servilleros, servicios de café, servicios de té, servilleteros de aro, soperas, soportes para cuchillos de mesa, tapones de vidrio, palas para tartas, tazas, tazones, utensilios de cocina, vajilla, vasijas, vasos para beber, vinagreras, refractarios, cacerolas, moldes para rosca y repostería, flaneras, salseras, artículos de cristalería no comprendidos en otras clases. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Graciela Sarahí Cruz. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-02-2014 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 A. 2014 _______ 1/ Solicitud: 44557-13 2/ Fecha de presentación: 17-12-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Crisa Libbey México, S. de R.L. de C.V. 4.1/ Domicilio: José María Vigil, número 400, colonia del Norte, C.P. 65400, Monterrey, Nuevo León, México. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PYR-O-REY 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 21 8/ Protege y distingue: Dulceros (recipientes), garrafas de vidrio, hieleras portátiles no eléctricas, molcajetes, portavasos de vidrio, portavelas de vidrio, vidrio en bruto o semielaborado (excepto vidrio de construcción) agitadores de coctel, bandejas (utensilios de mesa), bomboneras, cajas de vidrio, recipientes de cocina, cocteleras, copas para fruta, cucharas para mezclar (utensilios de cocina), ensaladeras, vidrio esmaltado, fuentes [vajilla], tapas para platos y fuentes, jarras, jarras de cerveza, jarras para beber, jarrones, jarros, juegos de aceitera y vinagrera, licoreras, [bandejas], mezcladores manuales [cocteleras], mantequeras [vajilla], moldes [utensilios de cocina], tapas de ollas, ollas, pimenteros, platillos [platos pequeños], platos, tapas para platos, posabotellas y posavasos de vidrio, recipientes de cocina, recipientes de vidrio, recipientes para beber, recipientes para uso doméstico o culinario, saleros, servicios de mesa [vajilla], servilleros, servicios de café, servicios de té, servilleteros de aro, soperas, soportes para cuchillos de mesa, tapones de vidrio, palas para tartas, tazas, tazones, utensilios de cocina, vajilla, vasijas, vasos para beber, vinagreras, refractarios, cacerolas, moldes para rosca y repostería, flaneras, salseras, artículos de cristalería no comprendidos en otras clases. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Graciela Sarahí Cruz. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-02-2014 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 A. 2014 PYR-O-REY
1/ Solicitud: 42002-13 2/ Fecha de presentación: 22-11-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SPOTIFY AB. 4.1/ Domicilio: Birger Jarlsgatan 61, 113 56 Estocolmo, Suecia. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Suecia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SPOTIFY 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesar, de medida, de señalización, de control (inspección), de socorro (salvamento) y de Software de computadora; grabaciones en audio y vídeo con música y presentaciones artísticas, música y vídeos descargables, Software de computadora para el uso en la entrega, distribución y transmisión de música digital y audios, vídeos, textos y contenido multimedia relacionados a entretenimiento; software de computadora para permitir transmitir, almacenar; compartir, colectar, editar, organizar y modificar audios, vídeos, mensajes imágenes y otros datos para el uso en redes sociales, chats en línea y juegos interactivos, para el uso en la creación de bases de datos de redes sociales, y para el uso en la administración de bases de datos de redes sociales; software de computadora para la creación de bases de datos de búsqueda de información y datos para bases de datos “peer-to-peer” (“entre pares”) de redes sociales; CDs pregrabados con música, aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesar, de medida, de señalización, de control (inspección), de socorro (salvamento) y de enseñanza; aparatos e instrumentos para la conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos para el registro, transmisión, reproducción del sonido o imágenes, soportes de registro magnéticos, discos acústicos; distribuidores automáticos y mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas calculadoras, equipos para el tratamiento de la información y ordenadores; extintores. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Graciela Sarahí Cruz. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 04-02-14 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 A. 2014 SPOTIFY _________ 1/ Solicitud: 42004-13 2/ Fecha de presentación: 22-11-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SPOTIFY AB 4.1/ Domicilio: Birger Jarlsgatan 61, 113 56 Estocolmo, Suecia. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Suecia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesar, de medida, de señalización, de control (inspección), de socorro (salvamento) y de Software de computadora; grabaciones en audio y vídeo con música y presentaciones artísticas, música y vídeos descargables, Software de computadora para el uso en la entrega, distribución y transmisión de música digital y audios, vídeos, textos y contenido multimedia relacionados a entretenimiento; software de computadora para permitir transmitir, almacenar; compartir, colectar, editar, organizar y modificar audios, vídeos, mensajes imágenes y otros datos para el uso en redes sociales, chats en línea y juegos interactivos, para el uso en la creación de bases de datos de redes sociales, y para el uso en la administración de bases de datos de redes sociales; software de computadora para la creación de bases de datos de búsqueda de información y datos para bases de datos “peer-to-peer” (“entre pares”) de redes sociales; CDs pregrabados con música, aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesar, de medida, de señalización, de control (inspección), de socorro (salvamento) y de enseñanza; aparatos e instrumentos para la conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos para el registro, transmisión, reproducción del sonido o imágenes, soportes de registro magnéticos, discos acústicos; distribuidores automáticos y mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas calculadoras, equipos para el tratamiento de la información y ordenadores; extintores. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Graciela Sarahí Cruz. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 02/06/14 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 A. 2014 1/ Solicitud: 42005-13 2/ Fecha de presentación: 22-11-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SPOTIFY AB 4.1/ Domicilio: Birger Jarlsgatan 61, 113 56 Estocolmo, Suecia. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Suecia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de entretenimiento, servicios educativos; entretenimiento consiste en el suministro de música, películas y juegos a usuarios en línea a través de redes de comunicación; suministrando una base de datos en línea a través de redes de comunicación global, consistente en música, películas, juegos en línea, y datos de entreteniminto; producción musical; suministrando juegos de computadora en línea; alquiler de películas, vídeos, juegos de computadora y música a través de redes de comunicación global, educación ; formación, esparcimiento, actividades deportivas y culturales. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Graciela Sarahí Cruz. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 02/06/14 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 A. 2014 _________ 1/ Solicitud: 32483-2013 2/ Fecha de presentación: 04-09-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: SIMAUXCORP, S.A. 4.1/ Domicilio: Corea 126 y Av. Amazonas, edificio Belmonte, Quito, Ecuador. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Ecuador B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RED ALERTA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesar, de medida, de señalización, de control (inspección), de socorro (salvamento) y de enseñanza; aparatos e instrumentos para la conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad, aparatos para el registro, transmisión, reproducción del sonido o imágenes, soportes de registro magnéticos, discos acústicos; distribuidores automáticos y mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas calculadoras, equipos para el tratamiento de la información y ordenadores, extintores, en especial alarmas sonoras y acústicas, antirrobo, incendio de auxilio y botones de pánico. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Graciela Sarahí Cruz. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 04/02/14 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 A. 2014
1/ Solicitud: 19308-13 2/ Fecha de presentación: 22-05-13 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: VSR, HONDURAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, (VSR DE HONDU- RAS). 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, departamento de Francisco Morazán, Honduras, Centro América. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CONDUSE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Telecomunicaciones. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27-05-2013 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 A. 2014 _________ 1/ Solicitud: 19317-13 2/ Fecha de presentación: 22-05-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: VSR, HONDURAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, (VSR DE HONDU- RAS). 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, departamento de Francisco Morazán, Honduras, Centro América. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TRACKER 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Telecomunicaciones. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-05-2013 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 A. 2014 _________ 1/ Solicitud: 19304-13 2/ Fecha de presentación: 22-05-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: VSR, HONDURAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, (VSR DE HONDU- RAS). 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, departamento de Francisco Morazán, Honduras, Centro América. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CONDUSE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Servicios de instalación. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27/05/13 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 A. 2014 _________ 1/ Solicitud: 19305-13 2/ Fecha de presentación: 22-05-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: VSR, HONDURAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, (VSR DE HONDU- RAS). 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, departamento d