VigenteCategoria: Constitucional
Decreto No. TJE-02-2021 | 2 de noviembre de 2021 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 35,761

Acuerdo Jurisdiccional No. TJE-02-2021 — Reglamento de Procedimiento del Recurso de Apelación en Materia Electoral

Considerandos

  1. 1.Que conforme a los artículos 51 y 53 de la Constitución de la República reformados mediante Decreto 200-2018, para el ejercicio de la función electoral se creó el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal de Justicia Electoral, autónomos e independientes, sin relaciones de subordinación con los Poderes del Estado, de seguridad nacional, con personalidad jurídica, jurisdicción y competencia en toda la República, correspondiéndole al Tribunal de Justicia Electoral como máxima autoridad, todo lo relativo a los actos y procedimientos jurisdiccionales en materia electoral.
  2. 2.Que mediante Decreto 71-2019 contentivo de la Ley Especial para la Selección y el Nombramiento de Autoridades Electorales, Atribuciones, Competencias y Prohibiciones se definen las competencias y atribuciones del Tribunal de Justicia Electoral y una Ley Procesal Electoral regulará su funcionamiento.
  3. 3.Que estando próximos a la celebración de las Elecciones Generales y que aún no se cuenta con la Ley Procesal Electoral, es necesario la aprobación de reglas y procedimientos claros que definan el marco de actuación procesal para la resolución del recurso interpuesto contra los actos y resoluciones del Consejo Nacional Electoral conforme a Ley.
  4. 4.Que el Congreso Nacional mediante Decreto 187-2020, otorgó al Pleno de Magistrados del Tribunal de Justicia Electoral la atribución para que mediante resoluciones adoptadas por unanimidad, puede emitir reglamentos o manuales de procedimientos jurisdiccionales, así como autos acordados que sean necesarios conforme la normativa vigente aplicable a la materia, a fin de regular la interposición, sustanciación, resolución y ejecución de los procesos judiciales electorales, con el objetivo de tutelar los derechos políticos electorales de los ciudadanos en cumplimiento del artículo 53 de la Constitución de la República.
  5. 5.Que en el uso de las facultades concedidas por el Soberano Congreso Nacional, es procedente la aprobación del Reglamento de Procedimiento del Recurso de Apelación en materia Electoral contra actos, acuerdos y resoluciones adoptados por el Consejo Nacional Electoral y demás instituciones políticas, de conformidad a la competencia establecida en la Ley.

Articulos

Articulo 18

Ningún miembro de la Junta Directiva y de la Asamblea General, devengará salarios, sueldo, sin embargo, se le asignará un reembolso por gastos emergentes, contemplado en la Ley del Voluntariado vigente. DE LA JUNTA DIRECTIVA Artículo 19.- La Junta Directiva es el máximo Órgano de dirección de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES) y estará integrada de la siguiente manera: a) presidente/a, b) Vicepresidente/a, c) Secretario/a, d) Tesorero/a, e) Fiscal, f) Vocal I, g) Vocal II. - Artículo 20.- La Junta Directiva será electa por los Miembros Fundadores, para la misma se desempeñarán en su cargo Ad honorem durante dos años, -- 341 of 404 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,761 estos podrán ser reelectos por los períodos que se estimen convenientes. PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN Artículo 21.- La Elección de la Junta Directiva se hará a propuesta de los Miembros Fundadores y sometidos a votación, siendo electos por mayoría simple es decir la mitad más uno de los votos de los Miembros inscritos que asistan. La votación se hará en, forma secreta. La Junta Directiva electa tomará posesión el mismo acto de su elección. DE LAS SESIONES DE JUNTA DIRECTIVA Artículo 22.- La Junta Directiva se reunirá en Sesión Ordinaria una vez al mes y extraordinariamente las veces que estime necesario y conveniente. Para que dichas reuniones sean válidas es necesaria la presencia de por lo menos cuatro de sus Miembros. En las sesiones de la Junta Directiva, no se aceptarán representaciones. Artículo 23.- Los acuerdos y resoluciones deberán constar en Acta, la que se asentará en un libro especial que autorizará el Presidente y Secretario, en caso de no usar libro se hará en hojas impresas las cuales serán llevadas en un archivo manteniéndolas por 10 años, dicho archivo debe de estar en físico y digital, indicarán el número de folio en su última página, dichas actas, deberán ser firmadas por todos los asistentes a la sesión que supieren hacerlo y los que ignoren imprimirán su huella digital. Los miembros de la Junta Directiva se abstendrán de opinar y votar en asuntos que tengan interés personal o familiar o de sus socios comerciales o profesionales, sus cónyuges, su compañera o compañero de hogar, o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad; en tal caso, deberán excusarse del conocimiento del asunto a tratar. Será nula la decisión que se adopte en violación a esta disposición, si la misma favorece las pretensiones de alguno de los miembros de la Junta Directiva. Todas las resoluciones tomadas por la Junta Directiva deberán tomarse por mayoría de votos, en caso de empate, el presidente tendrá doble voto. ATRIBUCIONESDE LA JUNTA DIRECTIVA. Artículo 24.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Reformar o enmendar los presentes estatutos. b) Acordar la disolución y liquidación de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO FUNDACOES) c) Adoptar la política que debe seguir para alcanzar los fines de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES) y preparar los planes de acción que correspondan; d) Revisar los informes mensuales sobre las actividades de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES) e) llenar las vacantes que se produzcan en los cargos de la Junta, f) Preparar y presentar un informe anual sobre actividades a la Asamblea General; g) Elaborar el proyecto de reglamento interno para ser sometido a discusión y aprobación de la Asamblea General según sea el caso; h) Publicar el estatuto y demás reglamentos de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES) para conocimiento de los miembros y del público en general; i) Fomentar la impresión de publicaciones periódicas de divulgación de conocimientos relacionados con los fines de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES), j) Aplicar las sanciones a los Miembros que incumplan lo estipulado en los estatutos.- Artículo 25.- Son atribuciones del presidente/a: a) Ostentar la representación oficial y legal de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES), b) Elaborar con el secretario la agenda de las sesiones y convocar por medio de este a sesión de Junta Directiva y Asambleas Generales. c) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y la Instalación de las asambleas generales y dirigir sus deliberaciones. d) En caso de empate decidir con doble voto la resolución de la Junta Directiva y la Asamblea General. e) Autorizar y suscribir documentos Públicos o Privados con autorización de la Junta Directiva. f) Resolver con el Secretario y Tesorero cualquier asunto de urgencia y dar cuenta de lo actuado por la Junta Directiva. g) Solicitar cuentas bancarias y la obtención de chequeras la cual se utilizará para elaborar pagos, cheques que llevarán las firmas del Presidente y el Tesorero para retiro de fondos. h) Ordenar la práctica de arqueos y auditorías una vez autorizadas por la Junta Directiva.- i) Vigilar para que los comités nombrados por la Junta Directiva o Asamblea General cumplan con diligencia las obligaciones de su cargo y a si mismo.- j) Velar por el debido cumplimiento de sus deberes y de todos los miembros de la Junta Directiva. k) Firmar la correspondencia que sea de su competencia.- 1) Cumplir fielmente con los mandatos de la Junta Directiva. m) Nombrar comités de trabajo transitorios cuando lo considere necesario previa autorización de la Junta Directiva.- n) Coordinar todas las actividades de la Junta Directiva, así como de los miembros de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES) y en general todas aquellas que ameritan -- 342 of 404 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,761 una dirección acertada. ñ) Rendir cada año un informe escrito a la Asamblea General sobre las actuaciones de la Junta Directiva. Artículo 26.- Atribuciones del vicepresidente: a) Asistir al presidente y colaborar con él en el desempeño de sus funciones, haciéndole las sugerencias que estime convenientes para la buena marcha de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES), b) Sustituir al presidente en caso de ausencia temporal, o de impedimento. c) Aquellas otras que le asigne la Junta Directiva y los Reglamentos Internos de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES). Artículo 27.-Atribuciones del secretario/a: a) Llevar y conservar los libros de las actas en el caso que sean impresas el archivo, de la Junta Directiva y de la Asamblea General, y otros que se consideren convenientes, b) Cumplir funciones de Secretario/a en las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, elaborando las actas respectivas, así como en la Junta Directiva, c) Convocar para las sesiones de la Junta Directiva y Asamblea General con instrucciones del Presidente, d) Redactar y autorizar con el Presidente las actas de Asamblea General y la Junta Directiva, e) Certificar los actos y resoluciones de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES), así como extender con el visto bueno del Presidente las constancias que le sean solicitadas. f) Dar información a los Miembros como lo disponga la Junta Directiva y el Presidente. Artículo 28.- Son atribuciones del Tesorero/a: a) Recaudar y custodiar los fondos de la FUNDACION COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES) en la forma que lo disponga la Junta Directiva y Asamblea General los reglamentos de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES), b) Autorizar y firmar con e1 Presidente los documentos y cheques de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES), c) Supervisar los libros y registros correspondientes de carácter contable financieros debidamente autorizados y elaborando y rindiendo los informes pertinentes a la Junta Directiva y anual a la Asamblea, d) Elaborar el proyecto del presupuesto anual de ingresos y egresos de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES) junto con los demás miembros de la Junta Directiva, e) Elaborar y mantener actualizado un inventario de los bienes de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES), f) Tener firma registrada junto con la del presidente en las cuentas bancarias de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES) o a quienes autorice el órgano Fiscalizador. Artículo 29.- Son atribuciones del Vocal: a) Colaborar con los demás Miembros de la Junta Directiva en la promoción de los asuntos sociales, económicos, culturales y recreativos de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES), formando y ejecutando las comisiones correspondientes para estas acciones, presentándolas a la Junta Directiva para su revisión y aprobación, b) Colaborar en la administración general de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES), c) Sustituir por su orden a los Miembros de la Junta Directiva en caso de ausencia temporal, excepto al presidente, d) Las demás que le asignen la, Junta Directiva y los presentes estatutos. DE LA ASAMBLEA GENERAL. Artículo 30.- La Asamblea General figura como un órgano de gobierno de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES) y estará integrada por todos los Miembros Fundadores y Miembros Activos debidamente inscritos como tales. Artículo 31.- La Asamblea General podrá ser Ordinaria o Extraordinaria según sean los asuntos que se traten en la misma. Artículo 32.- DE LA CONVOCATORIA.- La convocatoria para las Asambleas Generales Ordinarias serán realizadas por el Presidente y Secretario de la Junta Directiva de forma escrita, misma que deberá contener la agenda a tratar y el tipo de Asamblea; con 15 días de anticipación, convocatoria que deberá contener el día, lugar, fecha y la agenda a tratar, la cual será entregada a cada uno de los miembros personalmente o vía correo electrónico. La convocatoria para la Asamblea General Extraordinaria se hará con 5 días de anticipación como mínimo con las mismas formalidades establecidas para la Asamblea Ordinaria. Artículo 33.- La Asamblea General Ordinaria se celebrará en los meses de junio y diciembre de cada año y la Asamblea General Extraordinaria cada vez que la Junta Directiva lo estime conveniente. Artículo 34.- Son atribuciones de la Asamblea General Ordinaria; a) Aprobar el Plan Operativo Anual de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES); b) Aprobar los Informes Financieros sometidos por la Junta Directiva, c) Discutir el -- 343 of 404 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,761 reglamento interno.- Artículo 35.- Atribuciones de la Asamblea General Extraordinaria en los siguientes casos: a) Evaluar y revisar las actividades y objetivos de la Fundación. b) Aprobar y discutir las reformas del reglamento interno, c) Resolver la impugnación de los acuerdos, d) Nombrar a los miembros que integren el Órgano Fiscalizador, f) Cualquier otra causa calificada por la Junta Directiva.- Artículo 36.- DE LOS ACUERDOS: Las decisiones de la Asamblea General Ordinaria se tomarán por mayoría simple, es decir, por la mitad más uno de los votos de los asistentes y en la Asamblea General Extraordinaria se tomarán por mayoría calificada, es decir por dos tercios de voto de los asistentes a la Asamblea. Dichas decisiones podrán ser impugnadas por los miembros de la Asamblea General, cuando estén en contraposición de los presentes estatutos, su reglamento o violente la legislación hondureña vigente; impugnación que se presentará ante la Junta Directiva dentro de los tres días siguientes. Artículo 37.- Todos los acuerdos emanados tanto en la Asamblea Ordinaria como en la Asamblea Extraordinaria, siempre que se ajusten a los presentes estatutos, tienen carácter obligatorio para todos los Miembros quienes no podrán alegar desconocimiento de las mismas. Artículo 38.- El Miembro que, por causa justificada comprobable, no pueda asistir a una Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, tiene derecho a ser representado por otro Miembro.- En ningún caso se puede dar la doble representación. MECANISMOS DE TRASPARENCIA Artículo 39.- Al final de cada Asamblea General se formulará el acta de la misma, que contendrá las decisiones tomadas y será sometida a la consideración de los asistentes. Al ser aprobada se asentará en el libro correspondiente autorizado por la autoridad competente, acta que será firmada por todos los miembros de la fundación asistentes, las cuales estarán en custodia del secretario y a la disposición de todos los Miembros de la FUNDACION COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES) y sujetos a auditorías internas como auditorias de las organizaciones cooperantes y por las instituciones estatales en caso de recibir fondos públicos a efectos de garantizar la trasparencia. ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN. Artículo 40.- Es el órgano de fiscalización y vigilancia de la organización y estará integrada por tres (3) miembros, quienes serán nombrados por la Asamblea General Ordinaria y tendrán las atribuciones siguientes: a) Velar y auditar por el cumplimiento adecuado de los gastos establecidos en el presupuesto legalmente aprobado; b) Elaborar conjuntamente con el Presidente, Tesorero y la Dirección Ejecutiva los informes financieros correspondientes; c) Efectuar auditorías de contabilidad correspondiente; d) Velar por el manejo correto de los fondos y efectuar para ello las revisione contables y financieras que estime conveniente; e) Informar inmediatamente al Presidente, Junta Directiva o Asamblea General, según sea el caso, sobre cualquier irregularidad que encuentre en el manejo de los fondos; f) Vigilar que los miembros de FUNDACION COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES) y de Junta Directiva cumplan los presentes estatutos y su reglamento; g) Las demás atribuciones inherentes a su cargo y aquellas que le señale la Junta Directiva. DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA ARTÍCULO 41.- LA DIRECCIÓN EJECUTIVA: Es la encargada de la administración y ejecución de planes y proyectos que desarrolle la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES). Estará a cargo de un Director (a), Ejecutivo, que no formará parte de los miembros de la Asamblea y por lo tanto se considera como un colaborador de la Organización. ARTICULO 42.- El Director(a) Ejecutivo será nombrado (a) por la Junta Directiva. ARTÍCULO 43.- Son atribuciones y obligaciones del Director (a) Ejecutivo: a) Atender a tiempo completo todas la actividades de la Organización; b) Responder por la conducción, ejecución y evaluación de los planes, programas y proyectos que apruebe la Junta Directiva y la Asamblea General; c) Representar a la Organización en todos los actos previa autorización de la Junta Directiva; d) Ejecutar acuerdos y resoluciones de la Junta Directiva; e) Contratar el personal que requiere la organización para su funcionamiento actos previa autorización de la Junta Directiva; f)Las demás actividades inherentes al cargo. CAPÍTULO V. DEL PATRIMONIO. Artículo 44.- El Patrimonio la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES) corresponde, únicamente a la organización inclusive sus créditos y deudas. Nadie puede disponer para uso personal, de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio. Sobre los bienes y derechos que constituyan el patrimonio de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES), no podrán constituirse gravámenes de -- 344 of 404 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,761 ningún tipo, sin que medie autorización de la Junta Directiva. El patrimonio de la FUNDACIÓN COLABORACION Y ESFUERZO (FUNDACOES) estará constituido por: a) Las aportaciones de sus miembros; b) Los bienes que adquiera. e) Donaciones nacionales o internacionales, que serán reportadas a la Secretaría de Estado en el Despacho de Gobernación y Justicia, de acuerdo al artículo 21 de la Ley de Fomento de las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD); d) Herencias y legados; e) Recursos generados por inversiones realizadas y los ingresos por la prestación de bienes y servicios lícitos necesarios para su autosostenibilidad; enmarcados en sus objetivos; f)Ingresos derivados de las actividades económicas lícitas realizadas como medio para lograr sus fines. En el caso que realicen las siguientes actividades: conciertos, shows, presentaciones artísticas, redondeo de facturas en el comercio, deberán sujetarse a las auditorías que señale la ley para verificar que estos fondos obtenidos, sean aplicados a la autosostenibilidad de sus operaciones. Artículo 45.- Ningún Miembro de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES) podrá alegar derechos de propiedad sobre los bienes de esta, aunque deje de pertenecer a ella o la misma se disuelva. CAPÍTULO VI DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES) Artículo 46.- Son causas de disolución. a) La resolución adoptada en la Junta Directiva y Asamblea General Extraordinaria; b) La imposibilidad de realizar sus fines; c) Por apartarse de los fines u objetivos por la cual se constituye y d) Por sentencia judicial o resolución del Poder Ejecutivo. Artículo 47.- La disolución podrá acordarse mediante aprobación de la Junta Directiva en Asamblea General Extraordinaria por mayoría absoluta, es decir por dos tercios de los votos de los asistentes a dicha asamblea. Artículo 48.- En caso de acordarse la disolución y liquidación de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES) , la misma Junta Directiva en Asamblea General Extraordinaria que haya aprobado tal determinación integrará una comisión liquidadora, la que pasará a tener los poderes necesarios de Administración y pago mientras dure la liquidación, esta comisión presentará un informe final para la Asamblea General, el que estará a disposición de cualquier miembro de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES) por un período de treinta días en la Secretaría de la misma, para que pueda ser examinado y en su caso hechas las observaciones u objeciones que crea pertinentes; si pasado el término señalado anteriormente sin que se presentaren observaciones ni objeciones se publicará en un periódico de circulación nacional, un extracto del resultante de dicha liquidación, y en caso de quedar bienes o patrimonios después de liquidada, se pasará a otra organización con fines similares señalada por la Junta Directiva. Si hubiese observaciones u objeciones la comisión liquidadora tendrá un plazo de quince días para presentar un informe explicativo o que desvirtúe las mismas. CAPÍTULO VII.- REFORMAS DE ESTATUTOS Artículo 49.- Toda reforma o modificación de los presentes estatutos, deberá ser aprobada en Asamblea General Extraordinaria, por las dos terceras partes de los miembros asistentes, es decir por mayoría calificada, siguiendo el mismo procedimiento de su aprobación. CAPÍTULO VIII DE LAS DISPOSICIONES GENERALES. -Artículo 50 Esta FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES) queda sujeta a la supervisión y regulación del Estado y se obliga a presentar informes periódicos de las actividades que realice ante las instituciones u organismos del gobierno correspondientes, con los cuales se relacione en el ejercicio de sus funciones. Artículo 51.- La Junta Directiva emitirá el reglamento interno el cual será sometido a discusión y aprobación de la Asamblea General Ordinaria. Artículo 52.- Las actividades de la FUNDACIÓN COLABORACIÓN Y ESFUERZO (FUNDACOES) en ningún caso podrán menoscabar las funciones del Estado y de sus instituciones. Artículo 53.- Lo no dispuesto en los presentes estatutos, será resuelto por la Asamblea General y, por las leyes hondureñas vigentes en la materia de ONGD.” Extendida en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, treinta de junio del año dos mil veintiuno. WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES SECRETARIO GENERAL 2 N. 2021 -- 345 of 404 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,761 Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL DE SANTA ROSA DE COPÁN, REPÚBLICA DE HONDURAS AVISO TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de Copán, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que el señor JOSE ORLANDO BUESO ALVARADO, mayor de edad, casado, agricultor, hondureño, vecino y residente San Jose Las Palmas, Municipio de Cucuyagua, departamento de Copán, con Número de Identidad 0406-1955-00120, ha presentado una solicitud de Título Supletorio de Dominio, de un lote de terreno, ubicado en el lugar denominado EL SALITRE, SAN JOSE PALMAS, jurisdicción del municipio de Cucuyagua, departamento de Copán, el cual según plano catastral con respectivas constancias catastrales tiene UN AREA DE CIENTO SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS PUNTO TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS (165,242.32 M2), equivalente a VEINTITRES PUNTO SETENTA MANZANAS (23.70 Mzns) DE EXTENSIÓN SUPERFICIAL; con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con propiedad del señor VIDAL BUESO; AL ESTE, colinda con propiedad de los señores CARLOS BUESO, quebrada de por medio y SERAFIN CASTANEDA; AL SUR, colinda con propiedad de los señores DANILO ANTONIO VALENZUELA ESCALANTE y BLANCA LUZ BUESO ESCALANTE; AL OESTE, colinda con propiedad del señor LUCIANO CONTRERAS y remedido por el Departamento de Catastro dio el área real de 165,242.32 M2, equivalente a VEINTITRES PUNTO SETENTA MANZANAS DE EXTENSIÓN SUPERFICIAL, el que a continuación se describe así para que se tenga de ahora en delante de la siguiente manera: Terreno, ubicado en el lugar denominado EL SALITRE, SAN JOSE PALMAS, jurisdicción del municipio de Cucuyagua, departamento de Copán, el cual tiene UN AREA DE CIENTO SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS PUNTO TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS (165,242.32 M2), equivalente a VEINTITRES PUNTO SETENTA MANZANAS (23.70 Mzns) DE EXTENSIÓN SUPERFICIAL; con las medidas y colindancias siguientes: AL OESTE, Del punto cero (0) al punto uno (1) mide N 08°09’40.29” E, DISTANCIA 260.640; del punto uno (1) al punto dos (2) mide N 08°25’37.09” W, DISTANCIA 27.295; del punto dos (2) al punto tres (3) mide N 38°39’35.31” E, DISTANCIA 19.209 y colinda con la propiedad el señor LUCIANO CONTRERAS; AL NORTE, del punto tres (3) al punto cuatro (4) mide S 36°03’51.79” E, DISTANCIA 113.811; del punto cuatro (4) al punto cinco (5) mide S 73°44’23.26” E, DISTANCIA 175.000; del punto cinco (5) al punto seis (6) mide N 79°52’57.72” E DISTANCIA 273.249; del punto seis (6) al punto siete (7) mide N 65°30’05.13” E, DISTANCIA 86.816 y colinda con la propiedad del señor VIDAL BUESO; AL ESTE, del punto siete (7) al punto ocho (8) mide S 27°05’43.99” E, DISTANCIA 144.903; del punto ocho (8) al punto nueve (9) mide S 03°10’47.39” W, DISTANCIA 36.056; del punto nueve (9) al punto diez (10) mide S 43°49’51.10” W, DISTANCIA 34.655 y colinda con la propiedad del señor CARLOS BUESO; del punto diez (10) al punto once (11) mide S 11°59’27.01” W, DISTANCIA 115.521; del punto once (11) al punto doce (12) mide S 75°22’44.85” W, DISTANCIA 23.770; del punto doce (12) al punto trece (13) mide S 35°19’09.07” W, DISTANCIA 43.840 y colinda con propiedad del señor SERAFIN CASTANEDA; AL SUR, del punto (13) al punto cero (0) mide N 80°18’15.57” W DISTANCIA 604.286 y colinda con propiedad de los señores DANILO ANTONIO VALENZUELA ESCALANTE y BLANCA LUZ BUESO ESCALANTE; en vista de que se adquirió el terreno antes mencionado y es un terreno que forma un solo cuerpo que es continuo a la vez, el terreno colindante el cual a manera de ilustración a efecto de acreditar la antigüedad de posesión del mismo es que el terreno fue adquirido mediante una partición extrajudicial según instrumento público número 86, de fecha 8 de marzo del año 1973, ante los oficios del Abogado y Notario Arturo A. Robles, cuyo dominio se encuentra inscrito bajo el número Trescientos Diecisiete (317), páginas 155 y 156 del tomo Noventa y Dos (92) del libro de Registro de la Propiedad, Hipotecas y Anotaciones Preventivas, del Instituto de la Propiedad (IP) departamento de Santa Rosa. El cual ha poseído en forma quieta, pacífica e interrumpidamente por más de diez años y en la que los testigos LUCIANO CONTRERAS, VIDAL BUESO Y SERAFIN CASTAÑEDA, quienes afirmaran ser cierto. Santa Rosa de Copán, 17 de agosto del año dos mil veintiuno ROSA DELIA URQUIA DIAZ SECRETARIA ADJUNTA 2 S., 2 O. y 2 N. 2021 -- 346 of 404 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,761 Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TITULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley HACE SABER: Que la Abogada CINTHIA LIZBETH HERNÁNDEZ LOPEZ, actuando en su condición de Apoderada Legal del señor ERICK EDUARDO NARVAEZ AMADOR, mayor de edad, con Identidad No.0615-1988-00769, con domicilio en el municipio de San Marcos de Colón, departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio de un terreno de naturaleza privada, ubicado en el caserío El Rodeo, aldea El Rodeo, municipio de San Marcos de Colón departamento de Choluteca, Mapa Final KD-24, Extensión del predio 206 Has, 85 as, 65.94. Cas, equivalente a 296 Manzanas MZ+ más 6855.18 varas cuadradas Vr2 Naturaleza Jurídica y SITIO PRIVADO Comali y Jamaili con las colindancias siguientes. AL NORTE. Colinda con ERWIN BETANCOURT, MANUEL OSORIO, CARLOS PINEL, RAMON SÁNCHEZ, ERICK EDUARDO NARVAEZ AMADOR, AL SUR: Con ROMULO NOLASCO, ANTONIO PINEL, QUEBRADA DEL REGADILLO DE POR MEDIO CON ERWIN BETANCOURT, AL ESTE: Con ERICK EDUARDO NARVAEZ AMADOR, ROMULO NOLASCO. Y AL OESTE: Con ERWIN BETANCOURT, MAX BAIRES, QUEBRADA DEL REGADILLO DE POR MEDIO CON ERWIN BETANCOURT, el presente predio antes descrito lo obtuvo mediante donación realizada por su padre el señor HUMBERTO ROMEO NARVAEZ PINEL, desde el año 2009, de forma quieta, pacífica y no interrumpida, no existiendo otros poseedores pro-indivisos y tiene más de diez años de poseerlo. Choluteca, 27 de septiembre del año 2021 ABG. AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA SECRETARIA. 2 O., 2 N. y 2 D. 2021 _________ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUB DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos, de ley correspondiente se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud DE REGISTRO de plaguicidas o sustancia afin. El Abg. MAURICIO DE JESUS ZARRUK HASBUN actuando en representación de la empresa: QUIMICAS STOLLER DE CENTROAMERCA, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: X-PAND 13.54 SL compuesto por los elementos: ACIDO GIBERELICO 13.54 % Toxicidad: “5” Grupo al que Pertenece: ÁCIDOS ORGÁNICOS Estado Físico: LIQUIDO Tipo de Formulación: CONCENTRADO SOLUBLE Formulados y País de Origen: STOLLER ENTERPRISES, INC / ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Tipo de Uso: REGULADOR DE CRECIMIENTO Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) dios hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE JULIO DEL 2021 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMAN Jefe del Depto. REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS (DRIA) 2 N. 2021 _________ TRIBUNAL DE JUSTICIA ELECTORAL GARANTIZANDO JUSTICIA ELECTORAL Aviso de Licitación Pública Nacional No. LPN-TJE-007-2021 INVITACIÓN A OFERTAR El Tribunal de Justicia Electoral, por este medio y en cumplimiento con los principios de publicidad, transparencia, igualdad y libre competencia, invita a Potenciales Oferentes a presentar oferta para el proceso de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-TJE-007-2021 “CONTRATACIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA Y MÉDICO HOSPITALARIO”. Las ofertas se presentarán en físico en sobre cerrado debidamente rotulados de conformidad a las condiciones indicadas en el Pliego de Condiciones, el día jueves 09 de diciembre de 2021, a las 2:00 p.m., en las instalaciones del Tribunal de Justicia Electoral ubicado en el Boulevard Centroamérica, Edificio Anexo IPM, 5to nivel, salón del Pleno. Código postal: 11101 Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A. La oferta deberá estar acompañada de una Garantía de Mantenimiento de Oferta Original a nombre de El Tribunal de Justicia Electoral, con una vigencia de ciento veinte (120) días calendario contados a partir del día de la fecha de apertura de la oferta y por un monto equivalente al dos por ciento (2%) del valor total de la oferta. La hora límite para la recepción de las ofertas será a las 2:00 p.m. Acto seguido se procederá a la apertura de los sobres que contengan las ofertas, a las (2:00 p.m.) del jueves 09 de diciembre de 2021, en las instalaciones del Tribunal de Justicia Electoral ubicado en el 5to nivel, salón del Pleno del Edificio Anexo IPM, Boulevard Centroamérica, Tegucigalpa, M.D.C., F.M. Miriam Suyapa Barahona Rodríguez Magistrada Presidente Tribunal de Justicia Electoral 2 N. 2021 -- 347 of 404 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,761 ADDENDUM No.1 República de Honduras Banco Central de Honduras LICITACIÓN PÚBLICA No.49/2021 El Banco Central de Honduras (BCH), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública No.49/2021, para la contratación del suministro, instalación, configuración, puesta en funcionamiento y capacitación de una (1) solución denominada Security Information and Event Management (SIEM) de próxima generación con funcionalidad XDR para colección y análisis de eventos o bitácoras de servidores, equipo de telecomunicación, base de datos, equipos de seguridad y aplicaciones del Banco Central de Honduras; que la recepción de la documentación legal, técnica y apertura de ofertas económicas, ha sido prorrogada; por lo que, deben tomarse a consideración en el pliego de condiciones los aspectos siguientes: •IAO 20.1 de los Datos de la licitación: Las ofertas deberán tener una validez mínima de ciento veinte (120) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la documentación y apertura de la oferta económica indicadas en el aviso y/o invitación a licitar, es decir del 8 de noviembre de 2021 al 29 de abril de 2022. En los casos en que fuere estrictamente necesario, el BCH podrá solicitar a los oferentes la ampliación del plazo antes mencionado. •IAO 21.1: La vigencia de la Garantía de Mantenimiento de Oferta será del 8 de noviembre de 2021 al 29 de abril de 2022. •IAO 24.1 y 27.1: La recepción y apertura de las ofertas económicas se realizará el 8 de noviembre de 2021 a las 10:00 a.m., hora local. •Sección IX. Formatos Numeral 4. Aviso de Licitación Los sobres que contengan las ofertas deberán presentarse en el edificio del BCH, ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas, en la capital de la República, hasta el 8 de noviembre de 2021, a las 10:00 a.m., hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH, dependencias del BCH y de los oferentes o de sus representantes que asistan al acto, siguiendo para ello, las medidas de bioseguridad establecidas por SINAGER, debiendo presentar el carné que lo acredite que ha completado el esquema de vacunación contra el Covid-19. Tegucigalpa, M.D.C., 28 de octubre de 2021. JORGE OVIEDO IMBODEN GERENCIA 2 N. 2021 PODER JUDICIAL HONDURAS JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cuatro (04) de febrero del año dos mil veintiuno (2021), compareció a este Juzgado la Abogada DELMY ANARDA BANEGAS PADILLA, actuando en causa propia, incoando demanda Contencioso Administrativo en Materia Ordinaria, con orden de ingreso número 0801-2021- 00165, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas; se deje sin valor y efecto Resolución número A.L.216-2020 de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas del 03 de marzo del 2020. Que se reconozca situación jurídica individualizada como medida para su pleno restablecimiento como lo es que se me extienda la constancia de exoneración de pago de Impuesto Sobre la Renta por ser de la tercera edad. Pago de daños y perjuicios causados como son las deducciones y los pagos del 12.5% desde el 31 de marzo de 2018 a la fecha y se me devuelvan las cantidades retenidas indebidamente. Se cita lugar donde obran documentos. Se acompañan documentos. Se señala lugar donde obran documentos originales. ABG.GERARDO CASTRO NAVARRO SECRETARIO ADJUNTO 2 N. 2021. ________ PODER JUDICIAL HONDURAS JUZGADO DE LETRAS FISCAL ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticinco (25) de enero del dos mil dieciocho (2018), interpuso demanda ante este Juzgado el Abogado José Antonio Mejía Corleto, con orden de ingreso número 0801-2018-00018 fiscal, incoando demanda para que se declare la anulación del Acto Administrativo contenido en el Plan de Arbitrios Municipal aprobado para el año fiscal 2018 de la Municipalidad de Tegucigalpa. Específicamente del cobro por uso del espacio aéreo por distribución de cables.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada.- Suspensión del Acto Impugnado. Medios de prueba.- Costas.- Poder. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 2 N. 2021. -- 348 of 404 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,761 Aviso de Licitación Pública República de Honduras Alcaldía Municipal del Distrito Central “SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE BARANDALES DE LAMINA DESPLEGADA Y MANTENIMIENTO DE BARANDALES EXISTENTES EN EL DISTRITO CENTRAL” No. LPuNBS-15-AMDC-73-2021 l. La Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPuNBS-15-AMDC-73-2021 a presentar ofertas selladas para el “SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE BARANDALES DE LAMINA DESPLEGADA Y MANTENIMIENTO DE BARANDALES EXISTENTES EN EL DISTRITO CENTRAL. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Municipales. 2. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 3. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación a partir del día miércoles, 08 de septiembre de 2021, mediante solicitud de participación a la Gerencia de Licitaciones y Adquisiciones, con atención a Lic. Claudia Ardón, Edificio Ejecutivo de la A.M.D.C., primer piso, frente al Hospital Viera, Ave. Colón, Barrio el Centro de Tegucigalpa. M.D.C., Teléfono No.2222-0870, de forma escrita en horario de oficina de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., de lunes a viernes o enviándola al Correo Electrónico: licitaciones@amdc.hn, en ambos casos se debe adjuntar el recibo de pago por la cantidad no reembolsable de QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L.500.00), con depósito a la cuenta No. 01-201-316404, del Banco FICOHSA; dicha solicitud deberá contener información de teléfonos, correo electrónico y dirección de él o (los) contacto(s) donde desean que se les haga llegar la información concerniente al proceso, los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). 4. Se hará un registro de las solicitudes recibidas en forma escrita o por correo electrónico que servirá para enviar los documentos de esta licitación o la(s) enmiendas(s) y/o aclaración(es) que surjan del proceso. No se considerará ningún documento de licitación que no haya sido obtenido directamente de la Alcaldía Municipal del Distrito Central y no se enviarán enmiendas o aclaraciones a ninguna empresa que no esté inscrita en el registro oficial de participantes. 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Salón del Despacho Municipal, sita en el plantel de la A.M.D.C. ubicado en la Colonia 21 de octubre, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar el día miércoles, 20 de octubre de 2021, hasta las 10:00 a.m., hora oficial de la República de Honduras. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas y se devolverán sin abrir. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, hasta las 10:00 a.m. del día 20 de octubre de 2021. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta de por lo menos el 2% del valor de su oferta y en la forma establecida en los documentos de la licitación. Tegucigalpa M.D.C. 08 de septiembre 2021 Nasry Juan Asfura Zablah Alcalde Municipal del Distrito Central 2 N. 2021 -- 349 of 404 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,761 República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras Ejército. AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-014-2021-SDN “ADQUISICIÓN DE PRODUCTO TERMINADO PARA USO PERSONAL DE ASPIRANTES A SOLDADOS DEL CABIS”. 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional (SEDENA) a través de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-014-2021-SDN, para la “ADQUISICIÓN DE PRODUCTO TERMINADO PARA USO PERSONAL DE ASPIRANTES A SOLDADOS DEL CABIS”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. La Licitación Pública se efectuará conforme a los procedimientos establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán obligatoriamente retirar el documento de Licitación mediante solicitud por escrito (incluir nombre de la empresa, dirección, e-mail y número de teléfono), dirigida al Sub Jefe del Estado Mayor Conjunto, General de Brigada German Velásquez Romero, en las instalaciones de la Sección de Proyectos de la Pagaduría General del Estado Mayor General del Ejército, ubicadas en la Aldea El Ocotal, F.M., previo al pago no reembolsable de quinientos lempiras exactos (L 500.00), para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin. gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). Los pliegos de condiciones estarán disponibles a partir del día jueves 28 de octubre del 2021 hasta el día miércoles 01 de diciembre del 2021, en un horario de lunes a viernes de 08:00 am a 03:30 pmn. 4. A fin de que los oferentes cuenten con la información necesaria para preparar sus ofertas, se realizará reunión informativa, en las instalaciones del Departamento de Logistica (E-4), del Estado Mayor General del Ejército, Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, el día viernes 12 de noviembre del 2021, dando inicio a las 10:00 a.m con los oferentes que deseen asistir, esta actividad será coordinada por la Auxiliar Fany Patricia Nieto Amador (Cel.3340-9852). 5. Todos los oferentes que requieran aclaraciones sobre los documentos de Licitación, deberán solicitarlas por escrito al Sub Jefe del Estado Mayor Conjunto, General de Brigada German Velásquez Romero, y entregar dicha solicitud en las instalaciones de la Sección de proyectos de la Pagaduría General del Estado Mayor General del Ejército, ubicadas en Aldea El Ocotal, F .M., en el periodo comprendido del día jueves 04 de noviembre al día lunes 22 de noviembre del presente año, las aclaraciones serán contestadas cinco (5) días hábiles después contados a partir del cierre de la solicitud de aclaraciones según lo establecido en el Reglamento de la Ley de Contratación del Estado. 6. Las ofertas serán recibidas en forma impresa y digital, a través de nota de remisión de la empresa dirigida al Sub Jefe del Estado Mayor Conjunto, General de Brigada German Velásquez Romero, en las instalaciones del Estado Mayor Conjunto, ubicado en el Barrio El Obelisco, frente Parque el Soldado, número de teléfono (504) 2237-8946 - (504) 2237-4010, únicamente el día martes 07 de diciembre de 2021 a partir de las 8:00 am hasta las 10:00 am, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 7. Las ofertas se abrirán en presencia de los interesados que asistan al acto de apertura, mismo que se realizará el día martes 07 de diciembre de 2021 a las 10:15 a.m., en las instalaciones de la sala de cine del Estado Mayor Conjunto, ubicadas en el Barrio El Obelisco, frente Parque El Soldado. 8. Los Pliegos de Condiciones, estarán disponibles en la Página del Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (h1.honducompras. gob.hn), solamente para lectura e información previa. Tegucigalpa M.D.C., 27 de octubre del 2021 Coronel de Aviación DEMA Armando Martinez Rueda Secretario de la Comisión de Evaluación de las Fuerzaz Armadas 2 N. 2021 -- 350 of 404 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,761 INSTITUTO NACIONAL PARA LA ATENCION A MENORES INFRACTORES (INAMI) INVITACION A LICITAR LICITACION PÚBLICA NACIONAL No.LPN-010-2021-INAMI “CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS, MATERIALES ODONTOLOGICOS, MATERIAL Y EQUIPO DE BIOSEGURIDAD, MATERIALES PARA LABORATORIO CLINICO PARA ATENCION DE MENORES INFRACTORES INTERNOS EN LOS CENTROS PEDAGOGICOS DE INTERNAMIENTO DEL INSTITUTO NACIONAL PARA LA ATENCION A MENORES INFRACTORES (INAMI) PARA EL AÑO 2022”. EL INSTITUTO NACIONAL PARA LA ATENCION A MENORES INFRACTORES (INAMI), invita a Laboratorios y Droguerías legalmente constituidas a participar con sus ofertas en la Licitación Pública No.LPN- 010-2021-INAMI para la “CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS, MATERIALES ODONTOLOGICOS, MATERIAL Y EQUIPO DE BIOSEGURIDAD, MATERIALES PARA LABORATORIO CLINICO PARA ATENCION DE MENORES INFRACTORES INTERNOS EN LOS CENTROS PEDAGOGICOS DE INTERNAMIENTO DEL INSTITUTO NACIONAL PARA LA ATENCION A MENORES INFRACTORES (INAMI) PARA EL AÑO 2022” a efectuarse el día lunes seis (06) de diciembre del año 2021 a las 10:30 a.m. En las oficinas principales del INAMI, ubicadas en Colonia Lomas del Mayab, Avenida Copán, Calle Hibueras, Tegucigalpa, M.D.C., bajo las siguientes condiciones generales: 1.- El financiamiento para la ejecución del proceso de contratación proviene de fondos nacionales del presupuesto asignado al INAMI. 2.- La Licitación se efectuará conforme a los procedimientos establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 3.- Las bases de la Licitación estarán a disposición de los interesados en la Secretaría General del INAMI, ubicado en la Colonia Lomas del Mayab, Avenida Copán, Calle Hibueras, Tegucigalpa, M.D.C., antiguo local del Fondo Vial, previo pago de quinientos lempiras (L. 500.00) no reembolsables enterados en el Banco Central de Honduras a la cuenta No. 11102-01-000340-8 INAMI- CUENTA GENERAL. 4.- Las ofertas deberán prepararse ajustándose a las bases de la Licitación, presentarse en sobre cerrado y sellado en la Secretaría General del INAMI, ubicado en la Colonia Lomas del Mayab, Avenida Copán, Calle Hibueras, Tegucigalpa, M.D.C antiguo local del Fondo Vial, el día lunes seis (6) de diciembre del año 2021 a las 10:30 a.m., no se recibirán ofertas fuera de ese término, ni se permitirá ofertas enviadas por correo electrónico. 5.- Todas las ofertas deberán ser acompañadas de una garantía de mantenimiento de oferta original equivalente al 2 % de su valor rendida mediante garantía o fianza bancaria y con vigencia mínima de sesenta (60) días posteriores a la presentación de la oferta. 6.- Los sobres con sus ofertas se abrirán ante las autoridades competentes y los veedores de la Sociedad Civil invitados al efecto, en presencia de los oferentes o sus representantes legalmente acreditados que asistan a la dirección descrita. Tegucigalpa, M.D.C., 25 de octubre del año 2021 DIRECCION EJECUTIVA INAMI 2 N. 2021 -- 351 of 404 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,761 PODER JUDICIAL HONDURAS AVISO DE MUERTE PRESUNTA ABOG. WENDY CAROLINA UMAÑA. SRIA ADJUNTA DEL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE ESTA SECCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, AL PÚBLICO EN GENERAL. HACE SABER: Que en la solicitud de declaración de muerte por presunción, presentada en fecha once de septiembre de dos mil diecinueve, por el Abogado HUMBERTO DOMINGUEZ AGUILUZ, en su condición de apoderado legal de la señora MARIA LUZ URBINA SABILLON, para que se declare la presunción de muerte de su hijo HUMBERTO ALEXANDER MEZA URBINA, quien es mayor de edad, con Identidad No. 0501- 1983-07178, según manifiesta dicho apoderado el día sábado veintidós de marzo de año dos mil catorce, como a eso de las diez de la mañana el señor HUMBERTO ALEXANDER MEZ URBINA, recibió una llamada a su celular y desde esa hora salió de su casa y dijo que no le tomaría mucho tiempo y que pronto estaría de regreso en casa, ya que sus amigos le habían invitado a salir, y normalmente siempre lo hacía, sigue manifestando que el señor HUMBERTO ALEXANDER MEZ URBINA, salió en su carro Pick Up, doble cabina, color rojo, placa PDA3916, año 2013, y desde esa fecha no se sabe nada de él, han transcurrido cinco (5) años con tres meses de búsqueda, con toda la familia y amistades, se han establecido días y horas de búsqueda, dejando hojas volantes en cada lugar con número telefónicos y fotografías, y hasta la fecha de hoy no ha aparecido. San Pedro Sula, Cortés, 07 de junio de 2021 ABOG. WENDY CAROLINA UMAÑA. SRIA ADJUNTA JUZGADO DE LETRAS CIVIL 2 N., 2 M. y 2 J. 2021. _______ TRIBUNAL DE JUSTICIA ELECTORAL GARANTIZANDO JUSTICIA ELECTORAL Aviso de Licitación Pública Nacional No. LPN-TJE-009-2021 INVITACIÓN A OFERTAR El Tribunal de Justicia Electoral, por este medio y en cump1imiento con los principios de publicidad, transparencia, igualdad y libre competencia, invita a Potenciales Oferentes a presentar oferta para el proceso de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NO. LPN-TJE-009-2021 “ADQUISICIÓN DE LICENCIAS Y SOFWARE” Las ofertas se presentarán en físico en sobre cerrado debidamente rotulados de conformidad a las condiciones indicadas en el Pliego de Condiciones, el día jueves 09 de diciembre de 2021, a las 10:00 am., en las instalaciones del tribunal de Justicia Electoral ubicado en el Boulevard Centroamérica, Edificio Anexo IPM, 5to nivel, salón del Pleno. Código postal: 11101 Tegucigalpa; M.D.C., Honduras, C.A, La oferta deberá estar acompañada de una Garantía de Mantenimiento de Oferta Original a nombree de El Trinal de Justicia Electoral, con una vigencia de ciento veite (120) días calendario contados a partir del día de la fecha de apertura de la oferta y por un monto equivalente al dos por ciento (2%) del valor total de la oferta. La hora límite para la recepción de las ofertas será a las 10:00 a.m., Acto seguido se procederá a la apertura de los sobres que contengan las ofertas, a las (10:01 a.m.), del jueves 09 de diciembre de 2021, en las instalaciones del Tribunal de Justicia Electoral ubicado en el 5to nivel, salón del pleno del Edificio Anexo IPM Boulevard Centroamérica, Tegucigalpa, M.D.C., F.M. Miriam Suyapa Barahona Rodríguez Magistrada Presidente Tribunal de Justicia Electoral 2 N. 2021 _______ Número de Solicitud: 2021-3144 Fecha de presentación: 2021-06-24 Fecha de emisión: 27 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: BELL FOODS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (BELL S. DE R.L) Domicilio: SAN PEDRO SULA DEPARTAMENTO DE CORTES, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL JUAN CARLO MELARA HERNANDEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GOUDA G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se protege COFFEE. CHARCUTERIE. TOAST que aparece en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VENTA DE PRODUCTOS PROPIOS DE UN SUPERMERCADO, de la clase 35 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 N., y 2 D. 2021. ________ LA no es responsable del contenido de las publica- ciones, en todos los casos la misma es fiel con el origi

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