VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. PCM-046-2016 | 28 de marzo de 2010 | Congreso Nacional

Decreto Ejecutivo No. PCM-046-2016 — Priorización de adquisición de equipo de cómputo y autorización de transferencia de fondos del fideicomiso FINA

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad al Artículo 245, numeral 11 de la Constitución de la República de Honduras, corresponde al Presidente Constitucional de la República la Administración General del Estado, siendo entre otras sus atribuciones la de emitir Acuerdos, Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley.
  2. 2.Que de conformidad con el Artículo 11 de la Ley General de Administración Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones, actuar por sí o en Consejo de Ministros.
  3. 3.Que mediante Decreto Ejecutivo PCM No. 083-2015, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 10 de febrero del dos mil dieciséis (2016), se suprime y liquida la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), creada mediante Decreto Legislativo Número 17-2010 de fecha 28 de marzo de 2010, publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 22 de abril del 2010.
  4. 4.Que la Comisionada Presidencial de Administración Tributaria (CPAT) fue nombrada por el Presidente de la República, con la finalidad principal de sustanciar hasta la Resolución Definitiva de las funciones y solicitudes inherentes a las obligaciones tributarias que se presenten, así como los Expedientes que se encuentren en trámite o en ejecución de la extinta Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI).
  5. 5.Que en la actualidad el país necesita de manera urgente como parte de la estructuración de la Administración Tributaria, mejorar el equipo de cómputo necesario, a fin de recaudar con efectividad los ingresos que el Estado requiere para cumplir con sus obligaciones financieras, en particular las que tienen relación con la inversión social en salud, educación, seguridad, vivienda e infraestructura; así como para la modernización del Estado.
  6. 6.Que las tasas incorporadas a los patrimonios autónomos fideicometidos, favorecen la estructuración de un mecanismo de garantía y repago para proyectar y traer a valor presente los ingresos generados por dichas tasas; recursos que el Estado de Honduras requiere para ejecutar proyectos de inversión pública a nivel central y municipal; y, por otro lado, estimular los estudios y planes para proyectos de impacto económico y social a nivel municipal y regional en el país.
  7. 7.Que el Congreso Nacional de la República, mediante Decreto Legislativo No. 278-2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, en fecha 30 de diciembre de 2013, que contiene la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de las Exoneraciones y Medidas Antievasión, en su Artículo 47, autorizó a la Comisión para la Promoción de la Alianza Público Privada (COALIANZA) para que procediera a constituir un fideicomiso, con las tasas que cobra el Instituto de la Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 12 of 88 -- UDI -DEGT-UNAH Propiedad, con la finalidad de operar y dar mantenimiento a un sistema de administración de la propiedad. Por lo cual se suscribió el Contrato de Fideicomiso para el proyecto denominado “Sistema de Administración de la Propiedad de la República de Honduras”.
  8. 8.Que el Congreso Nacional de la República, mediante Decreto Legislativo número 369-2013 del 20 de enero de 2014 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” número 33,386 del 22 de marzo 2014, aprobó entre otros, “El Contrato de Fideicomiso Para el Proyecto de Operación, Funcionamiento, Financiamiento y Administración del Registro de la Propiedad Vehicular a Nivel Nacional e Implementación de los Centros de Inspección Vehicular, Suministro de Placas, Otorgamiento de Licencias de Conducir, Modernización del Sistema de Sanciones de Infracciones de Tránsito y la Tecnificación de la Recaudación de Multas”, celebrado entre la Comisión para la Promoción de la Alianza Público-Privada (COALIANZA), la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, y el Instituto de la Propiedad, con BANCO ATLÁNTIDA, S.A., en fecha siete (07) de enero de dos mil catorce (2014).
  9. 9.Que según Decreto Ejecutivo PCM- 001-2014, de fecha seis (06) de enero del año dos mil dos mil catorce (2014) de la Administración del periodo 2010- 2014, se autorizó a la Comisión Para la Promoción de la Alianza Público- Privada para que en conjunto con la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y el Instituto de la Propiedad, suscribiera un contrato de fideicomiso para el Proyecto denominado “Operación, Funcionamiento y Administración del Sistema de Propiedad Vehicular, Suministro de Placas, Otorgamiento de Licencias de Conducir, Modernización del Sistema de Sanciones por Infracciones de Tránsito y la Tecnificación de la Recaudación de Multas”.
  10. 10.Que el Presidente Constitucional de la República en Consejo de Secretarios de Estado a través del Decreto Ejecutivo No. PCM 017-2015, instruyó a los miembros del Comité Técnico de los Fideicomisos mencionados en los considerandos anteriores para aprobar, suscribir y ejecutar la creación de un fideicomiso, el cual tendrá como fin principal realizar inversiones en generación de empleo y otros que el Presidente de la República en Consejo Ministros designe. En cumplimiento de lo anterior, Instituto de la Propiedad (IP), la Comisión Para la Promoción de la Alianza Público-Privada (COALIANZA) y el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA), suscribieron contrato de Fideicomiso denominado de Inversiones y Asignaciones (FINA).

Articulos

Articulo 1

Priorizar el proceso de adquisición urgente de equipo de cómputo para suplir la demanda de servicios tecnológicos, a fin de recaudar con efectividad los ingresos que el Estado requiere para cumplir con sus obligaciones financieras, en particular las que tienen relación con la inversión social en salud, educación, seguridad, vivienda e infraestructura; así como para la modernización del Estado. Acciones que están siendo realizadas por la Comisionada Presidencial de Administración Tributaria (CPAT), adquisición sujeta a la financiación con los fondos asignados en el Fideicomiso de Inversiones y Asignaciones (FINA), constituido en el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA), fondos que serán liquidados de acuerdo a los lineamientos legales establecidos por el Fideicomiso.

Articulo 2

Se autoriza al Comité Técnico del Fideicomiso de Inversiones y Asignaciones (FINA) transferir un monto de hasta DIEZ MILLONES DE LEMPIRAS (L.10,000,000.00) a la Comisionada Presidencial de la Administración Tributaria (CPAT), responsable de la Administración Tributaria para hacer efectiva la compra del Equipo de cómputo referido en el Artículo 1 de este Decreto.

Articulo 3

El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veintiocho (28) días del mes de junio del año dos mil dieciséis (2016). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNANDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA. JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO REINALDO ANTONIO SANCHEZ SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA LEONELAYALA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 14 of 88 -- UDI -DEGT-UNAH MARÍA DOLORES AGÜERO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACION INTERNACIONAL, POR LEY RICARDO LEONEL CARDONA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL ARNALDO CASTILLO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONOMICO ROBERTO ANTONIO ORDÓÑEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS JULIÁN PACHECO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD SAMUEL REYES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA EDNA YOLANI BATRES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD MARLON ONIEL ESCOTO VALERIO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CARLOS MADERO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL JACOBO PAZ BODDEN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA JOSÉ ANTONIO GALDAMES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGÍA, RECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y MINAS WILFREDO CERRATO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 15 of 88 -- UDI -DEGT-UNAH Poder Legislativo

Leyes relacionadas

PCM No. PCM-046-2016 — Prórroga de la intervención del Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA)
Decreto PCM-046-2016 | 2016
Amnistía Vehicular 2016 (decreto 50-2016)
Este decreto otorga una amnistía vehicular a propietarios de vehículos que deben impuestos al Estado hasta el 31 de diciembre de 2015, permitiéndoles pagar sin multas ni intereses hasta el 31 de diciembre de 2016. También exonera del pago a vehículos abandonados, chatarra, dañados, robados o decomisados, y mejora el registro vehicular nacional.
Decreto 005-2016 | 2016
Amnistía Vehicular 2016 (Decreto 50-2016)
Decreto 205-2005 | 2016
197: Acuerdo de Delegación Carlos Humberto Ramos
Este documento contiene varios acuerdos administrativos del Gobierno de Honduras: delega temporalmente funciones de la Dirección de Franquicias Aduanales a Carlos Humberto Ramos durante dos días (abril 2017); autoriza a la Comisión Liquidadora a usar 3.5 millones de lempiras para evaluar y vender bienes del Estado; y aprueba la constitución de una Junta de Agua en una aldea de Choluteca. Afecta a funcionarios públicos, organizaciones comunitarias y procesos de venta de activos estatales.
Decreto 274-2010 | 2017
215: autorizar a la Comisión Liquidadora en su condición de unidad ejecutora Despacho de Finanzas para el destine su presupuesto
Esta ley autoriza a la Comisión Liquidadora de la Secretaría de Finanzas a usar 3.5 millones de lempiras de su presupuesto para contratar peritos y técnicos que evalúen bienes del Estado. El dinero también apoyará a la Dirección Nacional de Bienes del Estado en vender o arrendar propiedades confiscadas.
Decreto 274-2010 | 2017