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30 de septiembre de 2016Vigente

Decreto Legislativo No. 43-2015 — Interpretación auténtica y legislativa de la vigencia del Contrato No.004-2013 de suministro de energía eléctrica entre ENEE y Empresa de Energía Chumbagua, S.A.

Congreso Nacional

  • Decreto: 43-2015
  • Publicación: 30 de septiembre de 2016
  • Órgano emisor: Congreso Nacional

Considerandos

Que la Constitución de la República establece en su Artículo 245 Atribución 1), que corresponde al Congreso Nacional crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.

Que bajo Resolución No.07-JD-1105-2012, emitida en el Punto No.04, Inciso 4.4 literal d) del Acta JD-1105-2012 de la Sesión de la Junta Directiva de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) de fecha 5 de noviembre de 2012, se autorizó al Gerente General suscribir contrato con la Empresa de Energía Chumbagua, S.A. de C.V.

Que mediante Decreto No.72-2015 de fecha 26 de julio de 2015 y publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 7 de noviembre del 2015, se anuló el Contrato No.004-2013, de suministro de Energía Eléctrica utilizando como fuente energética la Biomasa, entre la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) y la Empresa de Energía Chumbagua, S.A., C.V.

Que el Contrato No.004-2013 en su Cláusula Novena establece el término de vigencia del mismo y a solicitud de la Secretaría de Estado en Despachos de Recursos Naturales, Ambiente y Minas oportuno y necesario que el Congreso Nacional interpreta de manera auténtica y legislativa la vigencia del referido contrato, con el fin de evitar interpretaciones erróneas. SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos PODER LEGISLATIVO Decretos Nos. 43-2015, SC-2016 SECRETARÍA DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Acuerdo Ejecutivo No. 1-64-2016 SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN Resolución No. 143-2016 OTROS Sección B Avisos Legales Sección A CERTIFICACIÓN El Infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, CERTIFICA, al Acuerdo que literalmente dice:

Texto completo

DECRETO No. 43-2015

EL CONGRESO NACIONAL,

CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece en su Artículo 245 Atribución 1), que corresponde al Congreso Nacional crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.

CONSIDERANDO: Que bajo Resolución No.07-JD-1105-2012, emitida en el Punto No.04, Inciso 4.4 literal d) del Acta JD-1105-2012 de la Sesión de la Junta Directiva de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) de fecha 5 de noviembre de 2012, se autorizó al Gerente General suscribir contrato con la Empresa de Energía Chumbagua, S.A. de C.V.

CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No.72-2015 de fecha 26 de julio de 2015 y publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 7 de noviembre del 2015, se anuló el Contrato No.004-2013, de suministro de Energía Eléctrica utilizando como fuente energética la Biomasa, entre la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) y la Empresa de Energía Chumbagua, S.A., C.V.

CONSIDERANDO: Que el Contrato No.004-2013 en su Cláusula Novena establece el término de vigencia del mismo y a solicitud de la Secretaría de Estado en Despachos de Recursos Naturales, Ambiente y Minas oportuno y necesario que el Congreso Nacional interpreta de manera auténtica y legislativa la vigencia del referido contrato, con el fin de evitar interpretaciones erróneas.

SUMARIO

Sección A Decretos y Acuerdos

PODER LEGISLATIVO Decretos Nos. 43-2015, SC-2016

SECRETARÍA DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Acuerdo Ejecutivo No. 1-64-2016

SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN Resolución No. 143-2016

OTROS

Sección B Avisos Legales

Sección A

CERTIFICACIÓN

El Infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, CERTIFICA, al Acuerdo que literalmente dice: