VigenteCategoria: Constitucional
Decreto No. 30-2026 | 2 de noviembre de 2016 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 37,093

Decreto Legislativo No. 30-2026 — Elección de Comisionado de la Unidad de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización de Partidos Políticos y Candidatos

Considerandos

  1. 1.Que conforme al Artículo 1 de la Constitución de la República, Honduras es un Estado de Derecho, soberano, constituido como República libre, democrática e independiente para asegurar a sus habitantes el goce de la justicia, la libertad, la cultura y el bienestar económico y social.
  2. 2.Que mediante Decreto No.137-2016, de fecha 2 de Noviembre de 2016, se aprobó la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización de Partidos Políticos y Candidatos.
  3. 3.Que según el Artículo 7 de la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos, la Unidad de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización debe estar dirigida por tres (3) Comisionados electos por el Congreso Nacional, quienes deben cumplir con los mismos requisitos exigidos para ser Magistrados del Tribunal de Justicia Electoral (TJE), y en el Artículo 8 de dicha Ley se regula el mecanismo de designación por parte del Congreso Nacional de los Comisionados de dicha Unidad.
  4. 4.Que mediante Decreto No.21-2024 de fecha 28 de Febrero de 2024, se designó al ciudadano Emilio Enrique Hernández Hércules, como Comisionado en propiedad de la UNIDAD DE FINANCIAMIENTO TRANSPARENCIA Y FISCALIZACIÓN (UFTF), por un período de seis (6) años. -- 1 of 44 -- ABG. JUAN MANUEL GÁLVEZ ORDOÑEZ DIOSSANA GUADALUPE FLORES LEIVA Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
  5. 5.Que en fecha 25 de Enero del año en curso, el ciudadano Emilio Enrique Hernández Hércules, presentó formal renuncia al Pleno de la Cámara Legislativa a su cargo de Comisionado de la Unidad de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos.
  6. 6.Que de conformidad con el Artículo 205, Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.

Articulos

Articulo 1

Elíjase al Ciudadano EDUARDO ENRIQUE FUENTES CÁLIX, para ocupar el Cargo de Comisionado de la Unidad de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización de Partidos Políticos y Candidatos, en sustitución del ciudadano EMILIO ENRIQUE HERNÁNDEZ HÉRCULES, para ocupar el cargo por el período de tiempo que le restaba al sustituido, previo haber prestado la promesa de Ley correspondiente.

Articulo 2

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los Once días del mes de Febrero de Dos Mil Veintiséis. JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA PRESIDENTE CARLOS ROBERTO LEDEZMA CASCO SECRETARIO FRANCIS OMAR CABRERA MIRANDA SECRETARIO Por Tanto: Publíquese -- 2 of 44 -- Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional

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