Decreto Legislativo No. 30-2026 — Elección de Comisionado de la Unidad de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización de Partidos Políticos y Candidatos
Congreso Nacional
- Decreto: 30-2026
- Publicación: 13 de marzo de 2026
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 37,093
- Categoria: Constitucional
Considerandos
Que conforme al Artículo 1 de la Constitución de la República, Honduras es un Estado de Derecho, soberano, constituido como República libre, democrática e independiente para asegurar a sus habitantes el goce de la justicia, la libertad, la cultura y el bienestar económico y social.
Que mediante Decreto No.137-2016, de fecha 2 de Noviembre de 2016, se aprobó la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización de Partidos Políticos y Candidatos.
Que según el Artículo 7 de la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos, la Unidad de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización debe estar dirigida por tres (3) Comisionados electos por el Congreso Nacional, quienes deben cumplir con los mismos requisitos exigidos para ser Magistrados del Tribunal de Justicia Electoral (TJE), y en el Artículo 8 de dicha Ley se regula el mecanismo de designación por parte del Congreso Nacional de los Comisionados de dicha Unidad.
Que mediante Decreto No.21-2024 de fecha 28 de Febrero de 2024, se designó al ciudadano Emilio Enrique Hernández Hércules, como Comisionado en propiedad de la UNIDAD DE FINANCIAMIENTO TRANSPARENCIA Y FISCALIZACIÓN (UFTF), por un período de seis (6) años. ABG. JUAN MANUEL GÁLVEZ ORDOÑEZ DIOSSANA GUADALUPE FLORES LEIVA Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
Que en fecha 25 de Enero del año en curso, el ciudadano Emilio Enrique Hernández Hércules, presentó formal renuncia al Pleno de la Cámara Legislativa a su cargo de Comisionado de la Unidad de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos.
Que de conformidad con el Artículo 205, Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.
Articulos
Elíjase al Ciudadano EDUARDO ENRIQUE FUENTES CÁLIX, para ocupar el Cargo de Comisionado de la Unidad de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización de Partidos Políticos y Candidatos, en sustitución del ciudadano EMILIO ENRIQUE HERNÁNDEZ HÉRCULES, para ocupar el cargo por el período de tiempo que le restaba al sustituido, previo haber prestado la promesa de Ley correspondiente.
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los Once días del mes de Febrero de Dos Mil Veintiséis. JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA PRESIDENTE CARLOS ROBERTO LEDEZMA CASCO SECRETARIO FRANCIS OMAR CABRERA MIRANDA SECRETARIO Por Tanto: Publíquese
Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional