Decreto Legislativo No. 103-2024 — Ascensos de Oficiales de la Policía Nacional
Considerandos
- 1.Que el Artículo 293 de la Constitución de la República, establece: “La Policía Nacional es una Institución profesional permanente del Estado, apolítica en el sentido partidista, de naturaleza puramente civil, encargada de velar por la conservación del orden público, la prevención, control y combate del delito; proteger la seguridad de las personas y sus bienes; ejecutar las resoluciones, disposiciones, mandatos y decisiones legales de las autoridades y funcionarios públicos, todo en estricto respeto de los derechos humanos. La Policía Nacional se regirá por legislación especial”. CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No.69- 2017 del 22 de Agosto del 2017, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 10 de octubre de 2017, edición No.34,463, se emitió la Ley de la Carrera Policial, la que tiene por objeto regular el ingreso, desarrollo profesional, formación, capacitación, así como lo relativo a los ascensos y la terminación de la carrera policial. CONSIDERANDO:
- 2.Que de conformidad a la Ley de la Carrera Policial contenida en el Decreto No.69-2017, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha 10 de octubre de 2017, es una atribución del Poder Ejecutivo someter a consideración del Congreso Nacional, el Ascenso de la categoría de Oficiales Generales y Oficiales Superiores, propuestos por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. Lo que se realiza con base al Acta Extraordinaria del Consejo General de Ascensos para el año 2022 y al Dictamen Técnico del Directorio Estratégico Policial. CONSIDERANDO:
- 3.Que los Oficiales nominados consignados en el presente Decreto conforme al Acta de Cierre del Consejo General de Ascensos de los Señores Oficiales en sus diferentes Categorías para ascender al Grado Inmediato Superior Año 2024, han mantenido una sobresaliente ejecutoría en el desempeño de su carrera profesional y han cumplido con los requisitos que se establecen en la Ley de la Carrera Policial, Reglamento de Ascenso de la Policía Nacional y Manuales respectivos, para ser declarados aptos para el ascenso al grado inmediato superior. CONSIDERANDO:
- 4.Que el Artículo 7 numeral 17) de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de -- 9 of 12 -- 2 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 11 DE DICIEMBRE DEL 2024 No. 36,712 DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Coordinadora y Supervisora EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS E.N.A.G. Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL La Gaceta Seguridad, dispone que las “Funciones del Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad. Además de las consignadas en otras leyes, corresponde al titular de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad: … Proponer al Presidente de la República el otorgamiento de todos los grados de las categorías de oficiales de acuerdo a la idoneidad y méritos hechos en la carrera policial…”. CONSIDERANDO:
- 5.Que el Artículo 47 numeral 18) de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, que refiere a las atribuciones del Director General, establece que: “El Director General de la Policía Nacional tiene como principales atribuciones las siguientes: …18) Proponer al Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad los oficiales candidatos para ascenso en todas sus categorías y otorgar los ascensos en la categoría de sub-oficiales, clases y agentes policiales de conformidad con esta Ley y el Reglamento de Ascensos de la Policía Nacional, bajo dictamen técnico del Directorio Estratégico Policial…”. CONSIDERANDO:
- 6.Que el Artículo 49 de la Ley de la Carrera Policial, expone lo siguiente: “El ascenso es un proceso administrativo legal para optar al grado inmediato superior y tiene como propósito mantener los cuadros orgánicos en el orden jerárquico de la Policía Nacional, reconociendo los méritos de cada candidato, el cual está regulado a través del Manual de Procesos de Ascensos, Reglamento e Instructivo correspondiente”. CONSIDERANDO:
- 7.Que el Artículo 50 de la Ley de la Carrera Policial, establece lo siguiente sobre el Otorgamiento de Grados: “Los Grados deben ser otorgados en estricto orden jerárquico, sin obviar ninguno. Los requisitos y procedimientos necesarios para el otorgamiento de grados se deben regir por lo establecido en la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional, la presente Ley, Reglamentos y Manuales respectivos… Los ascensos de las Categorías de Oficiales Generales y Oficiales Superiores son otorgados por el Congreso Nacional a propuesta del Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad…”. CONSIDERANDO:
- 8.Que de conformidad con el Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las Leyes”. POR TANTO, D E C R E T A: ARTÍCULO 1.-
Articulos
Articulo 1
ASCENDER a los Oficiales de la Policía Nacional: WILMER JOSÉ TORRES SAAVEDRA de su grado actual como COMISIONADO GENERAL al Grado Superior de GENERAL DIRECTOR. Asimismo asceder a los Oficiales de la Policía Nacional: WILSON ANTONIO ALVARENGA NUÑEZ, SANTOS BAUDILIO MARTÍNEZ G A R C Í A , J O S É R E I N A L D O SERVELLÓN CASTILLO, JUAN PABLO AGUILAR GALO, JOSÉ ADONAY HERNÁNDEZ VÁSQUEZ, DAVID LEONARDO ORTEGA -- 10 of 12 -- 3 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 11 DE DICIEMBRE DEL 2024 No. 36,712 PAGOAGA, RAÚL MEJÍA ERAZO, JOSÉ MIGUEL MARTÍNEZ MADRID, de su grado actual como COMISIONADO DE POLICÍA al Grado Superior Inmediato de COMISIONADO GENERAL. ARTÍCULO 2.-
Articulo 2
ASCENDER de su grado actual como COMISARIO DE POLICÍA al Grado Superior Inmediato de SUBCOMISIONADO DE POLICÍA, a los COMISARIOS DE POLICÍA de la Policía Nacional: - 4 - JOSÉ MIGUEL MARTÍNEZ MADRID, de su grado actual como COMISIONADO DE POLICIA al Grado Superior Inmediato de COMISIONADO GENERAL. ARTÍCULO 2.- ASCENDER de su grado actual como COMISARIO DE POLICIA al Grado Superior Inmediato de SUB-COMISIONADO DE POLICIA, a los COMISARIOS DE POLICIA de la Policía Nacional: NO. NOMBRE 1 JUAN ANTEPORTAN MARTÍNEZ LÓPEZ 2 OSCAR EDUARDO AVILA BUESO 3 CECILIA MARIA CRUZ NIETO 4 ENRIQUE MALDONADO EUCEDA 5 FRANCISCO HUMBERTO BOCANEGRA CASTRO ARTÍCULO 3.- ASCENDER de su grado actual como SUB-COMISARIO DE POLICIA al Grado Superior Inmediato de COMISARIO DE POLICIA, a los SUB-COMISARIOS DE POLICÍA de la Policía Nacional: - 5 - ARTÍCULO 4.-
Articulo 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". NO. NOMBRE 1 MILTON JOAQUIN FUNEZ PERALTA 2 ROMEL JOSUÉ PAZ ZELAYA 3 ADOLFO RIGOBERTO OSORIO CÁRCAMO 4 ROGER EDUARDO MARTÍNEZ BETANCO 5 CHERLIT YOLIVET MUNGUÍA ANTÚNEZ 6 LORBIN MARCELINO MEJÍA TORRES 7 VERÓNICA ESPERANZA MARTÍNEZ CHACÓN 8 ERWIN JOSÉ SÁNCHEZ MEZA 9 DORA ELVIRA RIVERA ZÚNIGA 10 CRISTÓBAL FERNANDO PÉREZ BUSTILLO 11 EMIS JOEL MARTINEZ FLORES 12 JUAN RAMÓN PALMA SERRANO 13 ESNA SUYAPA SÁNCHEZ DAVID 14 SERGIO MIGUEL MERLO VALERIO 15 JOSÉ RAMÓN LÓPEZ GUEVARA 16 KARLA JOHANA MACHADO CASTILLO 17 MARCO TULIO PALMA ÁVILA 18 JOSUÉ HUMBERTO ÁLVAREZ CARIAS 19 MARVIN LENIN HERNÁNDEZ FUENTES 20 JÉSSICA YOHANA FAJARDO VALLADARES 21 JUAN CARLOS LEMUS MALDONADO 22 DENIS ALFREDO ÁVILA MARADIAGA 23 JUNIOR GABRIEL RODRÍGUEZ ROMERO 24 OMAR OBDULIO HERRERA MIGUEL ARTÍCULO 3.-
Articulo 3
ASCENDER de su grado actual como SUBCOMISARIO DE POLICÍA al Grado Superior Inmediato de COMISARIO DE POLICÍA, a los SUBCOMISARIOS DE POLICÍA de la Policía Nacional: -- 11 of 12 -- 4 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 11 DE DICIEMBRE DEL 2024 No. 36,712 ARTÍCULO 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veintiuno días del mes de noviembre de dos mil veinticuatro. LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO PRESIDENTE LUZ ANGÉLICA SMITH MEJÍA SECRETARIA JOSUÉ FABRICIO CARBAJAL SANDOVAL SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 28 de noviembre de 2024 IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD -- 12 of 12 --