Decreto Ejecutivo PCM-042-2017 mediante el cual se reglamenta el Sistema Nacional de la Calidad
Resumen
Este decreto adscribe el Sistema Nacional de la Calidad (que incluye las oficinas de normalización, acreditación y metrología) a la Secretaría de Desarrollo Económico. Traslada su personal, presupuesto y activos a esta secretaría, manteniendo los derechos laborales de los empleados. Busca fortalecer la competitividad empresarial y mejorar la calidad de productos y servicios nacionales.
Considerandos
- 1.Que de acuerdo con el Artículo 11 de la Ley General de la Administración PiM)lica. contenida en el Decreto Legislativo No. 146-86, de fecha 27 de líctubre de 1986 y sus reformas, el Presidente de ta República de Honduras tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública, Ccnaalizada y Descentralizada, pudiendo actuar por si o co Consejo de Secretarios de Estado.
- 2.Que mediante Decreto Legislativo Número 29-2011, de fecha 29 de mar/o de 2011, publicado en et Diario Oiiciat "La Gacela", de fecha 8 de julio de 20tl, se crea "... el Sistema Nacional de la Calidad, cimio infraestructura nacional encaigada de las actividades de desarrollo y la demostración de ia calidad, para promover la competitividad de las empresas nacionales, proporcionar coafíaiiza CD ta tratisacción de biettCK y servicios, facilitar ci cumplimiento de (os compromisos internacionales en materia de evalunciñi de la ctHiformidad, promovei la cultiua de la calidad y brindar apoyo técnico a los entes reguladores", C O N S I D E R A ^ D O : Que el Sistema Nacional de la Calidad, es necesario para la divcrsificación de la producción, la creación de valor agregado, así como para el ascgur:imicnto y protección de la competitividad y de los derechos del sector empresarial, en particular de la pequeña y mediana empresa, las que requieren el apoyo de servicios de una iníracstmctura nacional de ta calidad.
- 3.Que de conformidad con el numeral 71 del Artículo 29 dv ta Li-> General de la Administración Pública, reformado mediante Decreto Legislativo 266- 2013 de fecha 16 de diciembre de 2013, le corresponde a la Secretaría Je Eslado en el Despacho de Desarrollo Económico lo concemientc a la gestión de la calidad, tos pesos y medidas, proleccimi al consumidor, entre otras. C O N S I D E R A N D O : Que las actividades y relaciones del ."Sistema Nacioodl de ta Calidad son complemenlarias y ^mcrgicas con Uis actividades realizadas por varias de las instituciones que integrao el Gabinete Sectorial de Dcsatrollo Económico. C O N S I D E R A N D O : Que el establecimiento de un Sistema Nacional de la Calidad, nace con el Proyecto "Fácil ilación del Comercio e Incremento de la Productividad", Componente 2 "Promoción c fnrovat ion del ScctorPrivado" subcomponenle 2.3 "Dcsarrotli) del Sistema Nacional de la Calidad piu^a Himduras", tomo elemento importante para díilar al país de la infraestructura necesaria para impulsar la competitividad. C O N S I D E R A N D O : Que los espacios del edificio, donde actualmente funciona el Sistema Nacional de Calidad, fueron pensados y acondicionado^, estructural y ambicotalmeate, para ei adecuado hmcionamiento y operación del Organismo Nacional deNomialixación. el Centro Nacional de Mecrologja y el Organismo Nacional de Acreditación, órganos que integran el Sistema Nacional de la Calidad; y. que el edificio fue construido, por dicho proyecto, mediante un préstamo, i-on el Banco Mundial, de 1.800,000 dólares. C O N S I D E R A N D O : Que el Proyecto contrató a! Instimto de Metrología de Alemania, para trabajar en el diseño de las instalaciones ñsicas del Centro Hondureno de Metrología CKHM (Laboratorio Nacional de Metrología), ubicado en la planta baja del edilico que alberga ai Sístnna Nacional de la Calidad; y que. para el diseño y construcción del edílicio, se tomaron en cuenta aspectos técnicos y normativos de la Organización Iniemacional de Metrología Legal íOI\ÍI.X y Je las normas ISO/IEC 17025-2005 (la cual define los "Requisitos gene.ales pam la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración") A . Scccicin \s y l*yes REPÚBLR A HONDURAS - TEGUCtGAU'A. M. D. C . 5 Üt. AGOSTO DEL 2017 No. 34,409 Lu Gaceta P O R T A N T O , En aplicación de los Artículos 245 numerales I y 11 de la CoiistiluciÓQ de la República; Articulas 4.11,15,29 numeral 7) y 117 de la Ley General de Administración Pública; y Artículo 124-C del Decreto lx;gislali vo niunero 226-2013, de tedia d¡«:iicis (16) de diciembre del año dos mil u-ecc (2013), publicado cu el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha veintitrés (23) de Enero del año dos mil catorce (2014), contentivo de la Ley para OPTIMIZAR LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. MEJORAR LOS SERVICR)S A LA CIUDADANÍA, Y FORTALECIMIENTO DE LA TRANSPARENCIA EN EL GOBIERNO; Decreto Legislativo Numero 29-2011, de fecha veintinueve de marzo del año dos mil once (2011). publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" de fecha ocho (S) de julio del aiío dos mil once (2011). D E C R E T A r Artículo 1.- Autorizar la Adscripción del Sistema Nacional de la Calidad, con todos los Organos que lo integran, a la Secretaría de Estado en las Despachos de Desiurolio Económico. Sin perjuicio de la piesente Adscripción, el Sistema Nacional de la Calidad continuará operando en fas instalaciones que actualmente ocupa, para garantizar su adecuado runcionamienlo, hasta que el Centro Cívico Gubernamental este coiisoiiido y adecuado para el respectivo traslado. El titulardc la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Económico, [«"esidirá los Con.sejos Nacionales de Normalización, Acreditación y Metrología; asi ct»no el Consejo Nacional de Calidad (CNCA); que son instancias creadas en el Decreto 29-2011: Ley del Sistema Nacional de la Calidad. Artículo 2.- I^s pla7as, el personal administrativo y técnico del Sistema Nacional de la Calidad, quedan incorporados a la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Económico; y, estarán sujetos al Régimen dcí Servicio Civil, debiendo iniciar su incorporación una vez entrado en vigencia el presente Decreto. Artículo 3.- Los recursos presupuestarios, activos y pasivos del Sistema Nacional de la Calidad, dcbeián ser trasladados a la Secrtían'a de Estado en los Despachos de Desarrollo F.conómico. Origen y estructura presupueslana de los fondos: [n-slisución 515. programa 011, subprogiania 000. proyecto 000, actividad oiira 004 Servicios del Sistema Nacional de la Calidad. Artfcalo 4.- Se f:iculta al Secretario de Estado de la Secretaria de Estado a i los Despachos de Desarrollo F.conóm¡co, si fticse necesario efectuar un proceso de rt estructuración administrad va para vincular el Sistema Nacional de la Calidad con las tuncioncs, atribuciones y resfKinsabilidades de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo F.conómico. \rtfculn 5.- El Sistema Nacional de la Calidad, funcionará como una Secretaría Ejecutiva, adscrita al Despacho del Secretario de Esiado de la Secretaria Desarrollo Económico: tomando en coasideratión lo establecido en los Artículos 9, 10, t i y 12 de ia Ley del Sistema Nacional de la Calidad, contenida en el Decreto Legislativo 29-2011, Artículo 6." Los funcionarios y servidores públicos, permanentes y por contrato, que laboran en el Sistema Nacional de la Calidad, conservarán su antigüedad y derechos laborales, de conformidad con la Ley. En el caso de ios empleados por contrato, los mismos deben sujetarse al plazo y condiciones contractuales convenidas. .\rtieulu 7.- Auti mzar a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, que de ser necesario, y debidamente justilicado por la Secretaria de DcsarmUo Económico, con el respectivo plan operativo \, asignar recursos adicionales para el adecuado ñincionam lento y rotlalecimiento del Sistema Nacional de la Calidad. Articulo 8.- E l presente Decreto Ejecutivo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficiat de la República "La Gaceta". Dado en la ciudad de Tcgucigalpa, M.D.C., en Casa Presi- dencial a los veiminueve (29) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017). •-íuiúii \s REPÚBLICA D t HONIUJRAS - IXGUt l l i U-l'A, M. U C\, 5 D t AGOSIO DFL 2017 No. 34,409 C O M U N I Q U E S E Y P U B L Í Q I T E S E . J U A N O R L A N D O I I E R N . Á N D E Z A L V A R A D O PRESroENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA J O R G E R A M Ó N H E R N Á N D E Z A L C E R R O SECTiEIARIO DE C(X)RDTNACIÓN GENERAL DE GOBIERNO R I C A R D O L E O N E L C A R D O N A L Ó P E Z SECRETARIO DE ESTADO EN El DESPACHO DE LA PRESIDENCIA H É C T O R L E O N E L A V A L A SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN M A R Í A D O L O R E S A G Ü E R O SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS D E RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACION INTERNACIONAL M I G U E L A N T O N I O ZmiCA R O D R I G U E Z S E C R E T A R I O D E E S T A D O E N L O S D E S P A C H O S D E D E S A R R O L L O E I N C L U S I Ó N S O C I A L A R N A L D O C A S T I L L O SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONOMICO J l l . U N P A C H E C O SECRETARIO 1)1 hSTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD F R E D V S A N T I A G O D Í A Z Z E L A Y A S E C R E T A R H ) D E E S T A D O E N E L D E S P A C H O D E D E F E N S A D E L I A R I V A S L O B O S E C R E T A R I A D E E S T A D O E N E L D E S P A C H O D R S A L U D R U T I L I A C A L D E R O N S E C R E T A R I A D E E S T A D O E N E L D E S P A C H O D E E D U C A a Ó N C A R L O S M A D E R O SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS D E TRAHAJO Y SEGURIDAD SOCAL J A C O B O P A Z B O D D F . N SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICUl.TURA Y GANADERÍA J O S É A N T O N I O G A L D A M E S SECRETARIO DE ft^íTADO FN IÍIS DESPACHOS D E ENERGIA, RECURSOS NATUR.'U.ES, AMBIENTE Y MINAS R O B E R T O P I N E D A SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCniRA Y SERVICIOS PÚBLICOS. POR LEY U 9 A . W I I FREDO CERRATO SECRETARH3 DE ESTADO EN EL DESPACHO D E FINANZAS
Articulos
Articulo 124
C del Decreto lx;gislali vo niunero 226-2013, de tedia d¡«:iicis (16) de diciembre del año dos mil u-ecc (2013), publicado cu el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha veintitrés (23) de Enero del año dos mil catorce (2014), contentivo de la Ley para OPTIMIZAR LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. MEJORAR LOS SERVICR)S A LA CIUDADANÍA, Y FORTALECIMIENTO DE LA TRANSPARENCIA EN EL GOBIERNO; Decreto Legislativo Numero 29-2011, de fecha veintinueve de marzo del año dos mil once (2011). publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" de fecha ocho (S) de julio del aiío dos mil once (2011). D E C R E T A r
Articulo 1
Autorizar la Adscripción del Sistema Nacional de la Calidad, con todos los Organos que lo integran, a la Secretaría de Estado en las Despachos de Desiurolio Económico. Sin perjuicio de la piesente Adscripción, el Sistema Nacional de la Calidad continuará operando en fas instalaciones que actualmente ocupa, para garantizar su adecuado runcionamienlo, hasta que el Centro Cívico Gubernamental este coiisoiiido y adecuado para el respectivo traslado. El titulardc la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Económico, [«"esidirá los Con.sejos Nacionales de Normalización, Acreditación y Metrología; asi ct»no el Consejo Nacional de Calidad (CNCA); que son instancias creadas en el Decreto 29-2011: Ley del Sistema Nacional de la Calidad.
Articulo 2
I^s pla7as, el personal administrativo y técnico del Sistema Nacional de la Calidad, quedan incorporados a la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Económico; y, estarán sujetos al Régimen dcí Servicio Civil, debiendo iniciar su incorporación una vez entrado en vigencia el presente Decreto.
Articulo 3
Los recursos presupuestarios, activos y pasivos del Sistema Nacional de la Calidad, dcbeián ser trasladados a la Secrtían'a de Estado en los Despachos de Desarrollo F.conómico. Origen y estructura presupueslana de los fondos: [n-slisución 515. programa 011, subprogiania 000. proyecto 000, actividad oiira 004 Servicios del Sistema Nacional de la Calidad. Artfcalo 4.- Se f:iculta al Secretario de Estado de la Secretaria de Estado a i los Despachos de Desarrollo F.conóm¡co, si fticse necesario efectuar un proceso de rt estructuración administrad va para vincular el Sistema Nacional de la Calidad con las tuncioncs, atribuciones y resfKinsabilidades de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo F.conómico. \rtfculn 5.- El Sistema Nacional de la Calidad, funcionará como una Secretaría Ejecutiva, adscrita al Despacho del Secretario de Esiado de la Secretaria Desarrollo Económico: tomando en coasideratión lo establecido en los Artículos 9, 10, t i y 12 de ia Ley del Sistema Nacional de la Calidad, contenida en el Decreto Legislativo 29-2011,
Articulo 6
" Los funcionarios y servidores públicos, permanentes y por contrato, que laboran en el Sistema Nacional de la Calidad, conservarán su antigüedad y derechos laborales, de conformidad con la Ley. En el caso de ios empleados por contrato, los mismos deben sujetarse al plazo y condiciones contractuales convenidas. .\rtieulu 7.- Auti mzar a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, que de ser necesario, y debidamente justilicado por la Secretaria de DcsarmUo Económico, con el respectivo plan operativo \, asignar recursos adicionales para el adecuado ñincionam lento y rotlalecimiento del Sistema Nacional de la Calidad.
Articulo 8
E l presente Decreto Ejecutivo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficiat de la República "La Gaceta". Dado en la ciudad de Tcgucigalpa, M.D.C., en Casa Presi- dencial a los veiminueve (29) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017). •-íuiúii \s REPÚBLICA D t HONIUJRAS - IXGUt l l i U-l'A, M. U C\, 5 D t AGOSIO DFL 2017 No. 34,409 C O M U N I Q U E S E Y P U B L Í Q I T E S E . J U A N O R L A N D O I I E R N . Á N D E Z A L V A R A D O PRESroENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA J O R G E R A M Ó N H E R N Á N D E Z A L C E R R O SECTiEIARIO DE C(X)RDTNACIÓN GENERAL DE GOBIERNO R I C A R D O L E O N E L C A R D O N A L Ó P E Z SECRETARIO DE ESTADO EN El DESPACHO DE LA PRESIDENCIA H É C T O R L E O N E L A V A L A SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN M A R Í A D O L O R E S A G Ü E R O SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS D E RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACION INTERNACIONAL M I G U E L A N T O N I O ZmiCA R O D R I G U E Z S E C R E T A R I O D E E S T A D O E N L O S D E S P A C H O S D E D E S A R R O L L O E I N C L U S I Ó N S O C I A L A R N A L D O C A S T I L L O SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONOMICO J l l . U N P A C H E C O SECRETARIO 1)1 hSTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD F R E D V S A N T I A G O D Í A Z Z E L A Y A S E C R E T A R H ) D E E S T A D O E N E L D E S P A C H O D E D E F E N S A D E L I A R I V A S L O B O S E C R E T A R I A D E E S T A D O E N E L D E S P A C H O D R S A L U D R U T I L I A C A L D E R O N S E C R E T A R I A D E E S T A D O E N E L D E S P A C H O D E E D U C A a Ó N C A R L O S M A D E R O SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS D E TRAHAJO Y SEGURIDAD SOCAL J A C O B O P A Z B O D D F . N SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICUl.TURA Y GANADERÍA J O S É A N T O N I O G A L D A M E S SECRETARIO DE ft^íTADO FN IÍIS DESPACHOS D E ENERGIA, RECURSOS NATUR.'U.ES, AMBIENTE Y MINAS R O B E R T O P I N E D A SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCniRA Y SERVICIOS PÚBLICOS. POR LEY U 9 A . W I I FREDO CERRATO SECRETARH3 DE ESTADO EN EL DESPACHO D E FINANZAS