Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 305-A-SEDESOL-2024 — Aprobación de Reglamento para la administración técnica y financiera de la Unidad de Atención Social
Poder Ejecutivo
Acuerdo Ministerial No. 305-A-SEDESOL2A24 A. l-8
SociaI
LA sECRETIRÍ.1or ESTADo EN EL DESpACHo
DE DESARROLLO SOCTAL:
CONSIDERANDO: Que el artículo 247 dela Constitución
de la República, establece que los Secretarios de Estado son
colaboradores del Presidente de la República en la orientación,
coordinación, dirección y supervisión de los órganos y
entidades de la administración pública nacional, en el área
de su competencia.
CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el artículo 36 de la
Ley General de la Administración Pública, son atribuciones y
deberes comunes a los Secretarios de Estado (...) 6. "Emitir
los reglamentos de organizaoión interna de sus respectivos
despachos (.,.) 8. "Emitir los acuerdos y resoluciones err
los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el
Presidente de la República".
s
ADMINISTRACIóN ADUANERA DE
HONDURAS
ACTIERDO ADUANAS-DE -01 4-2024
Sección B
Avisos Legales
B. I -24
la República de Honduras, a partir del Golpe de Estado
Político Militar, que derivó el inicio de una década oscura
de vulneraciones graves y sistemáticas a los derechos
humanos incluyendo muertes, desapariciones forzadas,
declaración arbitraria del Estado de excepción, represión
i'r:ie manifestaciones públicas, criminalización de protestas
socisles, entre otras graves vulneraciones a los derechos
p.,..i}$co. descritas a través del informe "HONDURAS:
I§ERECHOS HUMANOS Y GOLPE DE ESTADO".
CONSIDERANDO: Que la Corte Interamericana de
Derechos Humanos, ha establecido en su jurisprudencia
que, "[...] el concepto de "reparación integral" (restitutio in
integrum) implica el restablecimiento de la situación anterior
y la eliminación de los efectos que la violación produjo, así
MINISTERIALNo.
Después se imprimió el primer per¡ódico ofic¡al del
Gob¡emo con lecha 25 de mayo de 1830, conoc¡do
hoy, como Diario Oficial "La Gaceta".
Sección A
CONSIDERANDO: Que el 28 de junio del 2009, fue
interrumpido el Orden Democrático y Constitucional de
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DE
como una indemnización como compensación por los daños
causados", asimismo ha establecido en su jurisprudencia que
"las reparaciones deben tener una vocación transformadora
de dicha situación, de tal forma que las mismas tengan un
efecto no solo restitutivo sino también correctivo (...) En este
sentido, no es admisible una restitución a la misma
estructural de violencia y discriminación"
CO
de
v de derechos
crear programas de reparación
que personas afectadas puedan recurrir a
mecanismos expeditos y eficaces. En ese sentido, la CIDH ha
denominado estos esfuerzos realizados por el Estado
"programas administrativos de reparación", que
que las personas afectadas puedan
expeditos y eficaces.
al Ejecutivo
fecha seis (6) de abril de dos
mil se crea la Secretaría de Estado en el
Despacho de Desarrollo Social (SEDESOL) con el mandato
de instituir las políticas sociales de la Honduras
incluyente y libre de violencia.
CONSIDERANDO: Que
PCMNo.0l
a las Hondureña",
en en el artículo dos (2) del
Decreto 04-2022, a través del cual se brindará
25 DE FEBRERO DEL 2025
núcleo directo de las víctimas de asesinato en el marco del
Golpe de Estado.
a las Familias de los Mártires de la
Hondureña", en coordinación con las demás
competentes, con el objeto de ofrecer una
reparación integral, que garantice la educación y sobrevivencia
de los beneficiarios en condiciones de dignidad y seguridad, el
\\ hY;S V
Que mediante Acuerdo Ministerial
SEDESOL-2024, de fecha l0 de octubre del
se creó la Unidad de Atención Social, dependiente de
la Dirección de Innovación Social, la cual deberá emitir un
reglamento para la administración técnica y financiera, que
contenga además los parámetros de liquidación establecidos
Sccción .\ Acuerdosr Le¡es
apoyo a los
los
1o
ascendientes y/o dependientes del
trabajo digno, salud, vivienda.
La dceta
PARA MUOR SEGURIDAD DE SUS PUBUCACIONES
EDIS ANTONIO MONCADA
EISA XIOMARA GARCIA FLORES
Coordinadora y Supervisota
E.NA.G.
Colonia Miraffor§
Teléfono/Far Gerencia 223G2520, 2230-1 821
Admini5trac¡ón: 223G3026
CENTRO CIVICO GUBERNAMENIAL
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DEHONDURAS -
por la Gerencia Administrativa, misma que es la responsable
de la administración de fondos en la SEDESOL.
CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Desarrollo Social,
a través de Ia Unidad de Atención Social, es responsable de
la ejecución de las medidas reparatorias establecidas
programa y deberá garantizar el proceso
fondos asignados, en estricto
y procedimientos
En a los articulos: 59 y 247 de la Constitución
de la República de Honduras; 36, de la Ley General de la
Administración Pública; Decreto Ejecutivo Número
019-2022 en su artículo I inciso u;
PC]¡l4 017-2022 en sus 2v3;
Número 04-2022
251.
PRIMERO: Aprobar el Reglamento para la administración
técnica y financiera de la Unidad de Atención
cual establece los requisitos para la las
reparatorias del "Programa de
de los de
de Desarrollo
Social ), de la ejecución de
las de lo dispuesto en el PCM l7-
25 DE FEBRERO DEL2025 No.
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN
TÉCNICA Y FINANCIERA DE LA UNIDAD DE
ATENCIÓN SOCIAL
v5 \o 13
rÍ
»
? I
El presente reglamento tiene
finalidad desarrollar las disposiciones establecidas para
el cumplimiento de las medidas reparatorias establecidas en el
Decreto Ejecutivo PCM-17-2021 en el sentido de establecer
los procedimientos, así como los requisitos para la asignación,
ejecución y liquidación de
"Programa Social de
de la
{
1 DE APLICACIÓN. La Secretaría
en el Despacho de Desarrollo Social, a través de
No. Unidad de Atención Social es la responsable de gestionar
y facilitar el acceso a los derechos y servicios sociales del
"Programa Social de Atención a los Familiares de los Mártires
de la Resistencia Hondureña".
3 v 15presente
oRSocial de Atención a
de los Mártires de la Resistencia
Hondureña". Este programa forma parte de un
mecanismo administrativo de reparaciones, creado
en cumplimiento de la obligación del Estado de
garantizar una reparación integral a las víctimas
de graves violaciones a los Derechos Humanos.
En contextos de violaciones sistemáticas, graves y
prolongadas, los Estados pueden establecer progrcmas
» D
La Gaccta
Sección .\ .\cucrdos r Lrrcs
2022, el 2l de octubre de2022.
POR TANTO:
ACUERDA:
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DEHONDURAS -
de reparación que ofrezcan a las personas afectadas
acceso a mecanismos expeditos y eficaces.
b) Reparación material: La reparación material tiene
como objetivo restaurar, en la medida de lo posible, las
condiciones de vida de las víctimas o sus familiares,
contribuyendo a su bienestar y reconociendo el
que les fue infligido. Esto suele incluir el
derechos o servicios sociales.
c) Reparación
víctimas
los
entre otros
pérdida de oportunidades,
en empleo, educación y acceso a
prestaciones sociales; daños materiales; y pérdida de
ingresos, abarcando tanto el daño emergente como
lucro cesante.
d) Titulares de reparación: Para del
reglamento son de las
familiares de
que sido
a través de la
Humanos como beneficiarias
vo de reparación.
e) amento: Es el conjunto de disposiciones
contenidas en el presente documento, que establece los
procesos para la administración técnica y
programa a través de la Unidad
AR Los fondos necesarios
medidas de reparación para la gestión de las
25 DE FEBRERO DEL
el Tesoro Nacional de la República de Honduras, organismos
privados nacionales, organismos de ayuda humanitaria de
o
inmediata para el otorgamiento de
de reparación material un porcentaje de los fondos
totalidad de los mismos, serán depositados o transferidos
al Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA), a
menos que la particularidad del caso amerite lo contrario; la
decisión al respecto corresponderá al Secretario de Estado en
(SEDESOL).
ñ
(
N
)
o
CAPÍTULO III
ATENCIÓN A
DEL "PROGRAMA
LOS FAMILIARES
PROGRAMA. El programa contempla los siguientes tipos
de reparación material, orientados a 1a restitución de derechos
por los daños sufridos por los familiares de v
DE LOS MÁRTIRES DE LA RESISTENCIA
HONDUREÑA"
ARTÍCULO 5. TIPOS DE REPARACIÓN DEL
autoridades y de acuerdo a la disponibilidad
presupuestaria se podrá otorgar cualquiera de las siguientes
modalidades de compensación económica a los familiares
de las víctimas:
a. Pago único: Esta medida consiste en la entrega de
un monto económico único a las familias de las
víctimas directas. El monto es uniforme para todas
Sección A AcuerdosvLeycs
provendrán de distintas fuentes de financiamiento tales como:
CAPÍTULO II
DE LOS FONDOS
1. Reparacién económica: Previa autorización de las
/
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DEHONDURAS -
las familias, evitando cualquier tipo de diferenciación
que pueda subestimar o jerarquizar el sufrimiento o
las afectaciones particulares de cada caso.
Asimismo, este monto total podrá dividirse entre todos
los miembros de la familia que han sido acreditados,
siempre que así lo determine la Secretaría de
Humanos y sin exceder el valor previamente
b. Pensión
al pago
2. Beca El programa contempla el otorgamiento
de becas educativas a los familiares de las víctimas. Estas
becas podrán ser otorgadas de manera anual o
de acuerdo con la disponibilidad
presentación de la documentación
3.
de salud,
Este componente
puede ser proporcionado por
la atención social, mediante una asignación
económica específica, o a través de la tercerización
de servicios ofrecidos por entidades
calificadas para tal fln.
4. Vivienda
de
su bienestar y
ej del derecho a una vivienda
implementación, se establecen las
25 DE FEBRERO DEL2025 No.
4.1 Acceso a Vivienda: Provisión de viviendas adecuadas
bajo la responsabilidad de las instituciones públicas
competentes, en v
estándares
a las familias de las víctimas para
el acceso a la justicia y a los mecanismos de
reparación. Asimismo, se brindará asesoría, asistencia
y acompañamiento legal para realizar las gestiones y
trámites necesarios que las familias soliciten.
6. Empleo: Se los
de
a las vacantes
cumplimiento de los requisitos
para cada puesto.
ARTÍCULO 6. MONTOS ASIGNADOS: LOS MONTOS
establecidos para las medidas de reparación material que
impliquen asignaciones monetarias se otorgarán conforme a la
disponibilidad presupuestaria del programa, con los siguientes
límites máximos:
La Gaccta
St'cción ,\ .\cuerdos v Lcves
siguientes modalidades:
P \*qüdr!-qrgúüta,Ytorgamiento de un monto
*\ do-birilá¿o exclusivamente a:
Ü MeJoras en la infraestructura y servicios esenciales
F de las viviendas, orientadas agarattizar coodiciones
dignas de habitabilidad, y/o.
o Adquisición de artículos domésticos esenciales,
necesarios nara asleyar funcionalidad, comodidad y
condici onepcffo ladK ;, tos h[sLbJ/ren§ri]ior.
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DEHONDURAS -
o Reparación económica: Hasta cien mil lempiras
(L 100,000.00) por concepto de pago único.
o Beca de estudio: Hasta veinticuatro mil lempiras
(L 24,000.00).
o Atención médica y/o psicológica: Hasta catorce mil
lempiras (L 14,000.00)
o Vivienda adecuada: Hasta cincuenta mil
(L 50,000.00).
priorizando
específicas de cada
familia. deberá realizarse sin exceder el
presupuesto aprobado inicialmente.
CAPÍTULO IV
DEL PROCESO DE GES LAS
MEDIDAS
AR pertenecientes
al serán acreditados,
en ca§o de Derechos Humanos,
de acuerdo
establezca. En este proceso, dicha institución evaluará
y acreditará a los solicitantes como beneficiarios
25DEFEBRERODEL2025 No.
se establecerá una comunicación directa para gestionar las
medidas de reparación correspondientes.
ARTÍCULO
ser
a la gestión de las medidas
disponibilidad presupuestaria
de los siguientes requisitos:
1. Documentos obligatorios:
o Copia del Documento Nacional de Identidad
del solicitante.
o Acta de Nacimiento original del solicitante.
o Copia del camé que acredita la condición de
titular de derechos.
correspondiente.
AR E S. Una vez
casos serán remitidos desde
la hos Humanos a la Secretaría de
¡ Copia del certificado de acreditación como
titular de reparación, emitido por la Secretaría
de Derechos Humanos (SEDH).
o Acta de Defunción, constancia de cementerio
o cualquier otro documento que acredite la
muerte de la víctima directa.
,
a)
beca
o Constancia de estudios o matrícula vigente y/o
o Boleta de calificaciones o historial académico
b) Mejoras a vivienda: Los solicitantes deberán
presentar:
medidas de reparación.
mediante la emisión de una
La acreditación se
Sccción ,\ .\cucrdos r Lcvcs
Desarollo Social. A través de la Unidad de Atención Social,
En atención a las necesidades expresadas por las familias
lempiras
-- 7 of 9 --
DEHONDURAS.
o Fotografias de la vivienda actual y del área a
mejorar.
o Cotización de los materiales y/o artículos
domésticos necesarios para la mejora de las
condiciones habitacionales.
3. Prestacién de servicios de salud y atención
Si no se pudiere inscribir a los del
del Instituto Hondureño
de estos de
de un proceso
los procedin.rientos
que acredite la enfermedad o
de salud; y/o,
o Comprobante de compra de medicamentos o
comprobante de citas médicas.
b) Atención psicológica:
o Solicitud de
la atención
de forma gratuita por los
25 DE FEBRERO DEL2025 No.
CAPÍTULO V
DEL PROCESO DE LIQUIDACIÓN
ARTICULO
V 5
con la Gerencia
de realizar el proceso de
fondos asignados para las medidas de
dirigidas a los familiares de las víctimas. Para ello,
se deberá cumplir con el siguiente procedimiento:
1. Gestión y solicitud de transferencia de fondos:
La Unidad de Atención Social en coordinación
con la
» La
de
los fondos del programa
a las familias de los mártires de la
hondureña, asegurándose de cumplir con
los procedimientos establecidos por la normativa
intema.
2. Firma y recepción de actas de entrega: Una vez
adjudicados los se a la firma y
las
las medidas de
acta de compromiso por los beneficiarios:
Cuando los fondos sean asignados para un propósito
específico, como becas de estudio, mejoras en
vivienda, atención psicológica o servicios de
salud, los beneficiarios deberán firmar un acta de
compromiso en la que se comprometan a utilizar los
recursos exclusivamente para los fines previstos.
La Gaccta
Srccir'¡n .\ .\cucrrlos I Ltrcr
Social.
mental de la Unidad de Atención
Si no se cuenta con un proveedor contratado y con la
debida autorización de las autoridades competentes,
se podrá asignar directamente a las lamilias los fondos
necesarios a manera de subsidio para cubrirestos servicios.
En ese caso, los solicitantes deberán presentar la siguiente
documentación:
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Sccció¡t ,\ Acuerdos ¡ Leves
DEHONDURAS -
4. Elaboración y presentación del informe de
liquidación: Al finalizar el proceso de entrega,
la Unidad de Atención Social deberá elaborar y
presentar un informe detallado de liquidación ante la
Gerencia Administrativa. Este informe deberá incluir
un desglose de los fondos utilizados y
de respaldo.
ARTÍC . VIGENCIA: El presente Acuerdo
Ministerial entrará en vigencia inmediata a partir de su firma
y deberá ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta.
PUBLÍQUESE.
LIC. JOSÉ CARLOS
Secretario de el
ANKY ESPINAL
Admini s tr ac ió n A duo;ne r a
de Honduras
25 DE FEBRERO DEL 775
HONDURAS
ERANDO: Que mediante Decreto Legislativo
16 que contiene el Código Tributario, se creó la
Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS),
como una entidad desconcentrada de la Presidencia de la
República, con autonomía funcional, técnica, administrativa
y de seguridad nacional, con personalidad jurídica propia,
responsable del control, verificac ión, fiscalización y
de los tributos aduaneros, con autoridad y
nivel nacional y con domicilio en la capital
de Honduras; y, que estará a cargo de un (a)
(a) Ejecutivo (a) con rango Ministerial nombrado
por el Presidente de la República.
CONSIDERANDO: Que el Decreto supra indicado señala
y ejecutar la políticas, estrategias, planes y
programas administrativos y operativos, metas y resultados.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Ley
General de la Administración Pública y el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder
ABG.
Secretario General
SANCHEZ
CAPÍTULO VI
DISPOSICIONES FINALES
\-
\
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central a los veintiún (21) dlas del mes de octubre del dos
r.nil veinticuatr o (2024).
ACUERDO ADUANAS-DE.O7 4-2024
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