Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 0550-2024 — Delega funciones de liquidador de Inversión Estratégica/MCC-Honduras a Oficial Jurídico
Poder Ejecutivo
ACUERDO MINISTERIAL No. 0550-2024
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT)
CONSIDERANDO: Que de conformidad al artículo doscientos
cuarenta y siete (247) de la Constitución de la República de
Honduras, los Secretarios de Estado son colaboradores del
Presidente de la República en la orientación, coordinación,
dirección y supervisión de los órganos y entidades de la
administración pública nacional, en el área de su competencia.
CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo establecido en
el artículo trece (13) de la Ley General de la Administración
Pública, el Presidente de la República puede crear comisiones
integradas por funcionarios públicos (...).
CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo establecido
en el artículo treinta y seis (36) de la Ley General de la
Administración Pública, en el numeral ocho (8), los Secretarios
de Estado tienen las atribuciones y deberes comunes de emitir
los acuerdos y resoluciones de los asuntos de su competencia
y aquellos que le delegue el Presidente de la República y
cuidar de su ejecución. La firma de los Secretarios de Estado
en estos actos, será autorizada por los respectivos Secretarios
Generales.
CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo dispuesto en
el artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el
órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones
en determinada materia al órgano inmediatamente inferior.
-- 1 of 5 --
EDIS ANTONIO MONCADA
SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Administración: 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
CONSIDERANDO: Que, en el Decreto Ejecutivo PCM-05-
2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en su edición
No. 35,892 de fecha seis (06) de abril de dos mil veintidós
(2022), en su Artículo siete (7), se crea la Secretaría de Estado
en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT),
con la finalidad de desarrollar los proyectos y programas de
infraestructura. Esta Secretaría contará con dos Subsecretarías:
1) Subsecretaría de Obras Públicas y, 2) Subsecretaría de
Transporte. Y, además, se le otorgan las atribuciones y
competencias de la Inversión Estratégica/MCC-Honduras
(INVEST-H), así como, los programas y proyectos pasarán
a formar parte de esta Secretaría de Estado, con excepción de
lo relacionado al sector salud y el sector agro.
CONSIDERANDO: Que en el artículo ocho (8) del Decreto
Ejecutivo PCM-05-2022, se establece que, la Secretaría de
Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT),
deberá designar a un liquidador para el programa de Inversión
Estratégica/MCC-Honduras (INVEST-H) con amplios poderes
de decisión para cancelar las obligaciones derivadas de las
funciones administrativas y de personal que haya suscrito
de la Inversión Estratégica/MCC-Honduras (INVEST-H)
respetando los objetivos y alcances de los convenios de
crédito y donaciones internacionales. Al finalizar el proceso
deberá presentar el correspondiente informe financiero a la
Secretaría de Finanzas. El Inventario de Compras relativas
a Salud que realizó a través de INVEST-H, deberá ser
trasladado a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud.
Las obligaciones derivadas de las acciones de INVEST-H
que no puedan ser liquidadas por problemas legales, después
de realizado su análisis, se notificará al Ministerio Público.
CONSIDERANDO: Que en el Artículo veintiuno
(21) numeral doce (12) del Decreto Ejecutivo PCM-
05-2022, se establece, Suprimir a la Inversión
E s t r a t é g i c a / M C C - H o n d u r a s ( I N V E S T - H ) .
CONSIDERANDO: Que en el artículo 5 del Decreto
Ejecutivo No. PCM 11-2022 publicado en el Diario Oficial
“La Gaceta” en su edición No. 35,913 de fecha tres (03) de
mayo del dos mil veintidós (2022), se establece Trasladar el
inventario de los suministros y bienes materiales existentes en
las Secretarías de Estado, Programas, Gabinetes Especiales,
Gabinetes Sectoriales e Institutos y Direcciones que han sido
suprimidas a la Dirección Nacional de Bienes del Estado
(DNBE), de igual forma los bienes muebles e inmuebles y
archivos de documentos en físico y digitales. Se instruye a la
DNBE para que proceda a realizar las operaciones necesarias
del descargo y registro de los inventarios de los bienes
muebles e inmuebles, suministros bienes materiales y tomar
las medidas necesarias para su aseguramiento, conservación
y finalmente reasignar los activos a las entidades que los
-- 2 of 5 --
requieran. En el caso de aquellas Instituciones Públicas que
se suprimen y se crean otras que absorben como parte de
sus funciones y responsabilidades la prestación de servicios
públicos similares a satisfacer, deberá la DNBE asignarlos
a la nueva Institución que corresponda, los bienes muebles
e inmuebles y archivos de documentos en físico y digitales.
CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.
11-2024 de fecha tres de enero del año dos mil veinticuatro,
publicado en Diario Oficial La Gaceta el día 16 de enero
del año 2024, se nombró al Ingeniero OCTAVIO JOSÉ
PINEDA PAREDES, en el Cargo de Secretario de Estado
en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT).
CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ministerial
No. 0401-2024 de fecha veintinueve de julio del año dos mil
veinticuatro fue nombrado el Abogado JOSUE DANIEL
VILLASEÑOR PADILLA en el Cargo de Oficial Jurídico I
de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a partir
del primero (01) de julio del año dos mil veinticuatro (2024).
POR TANTO:
En uso de las facultades de que esta investido y en aplicación
de los artículos 247 de la Constitución de la República,
Artículos 13, 33, 36, numeral 8, 116 y 118 numeral 2 de la
Ley General de la Administración Pública, artículo 7, 8 y 21
de Decreto Ejecutivo No. PCM-05-2022 de fecha 06 de abril
del año 2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en
fecha 06 de abril del 2022 y artículos 4,5,6,7,8 del Decreto
Ejecutivo No. PCM 11-2022 publicado en el Diario Oficial
“La Gaceta” en fecha 03 de mayo del 2022.
ACUERDA:
PRIMERO: Delegar al Abogado JOSUE DANIEL
VILLASEÑOR PADILLA Oficial Jurídico I de la Secretaría
de Infraestructura y Transporte (SIT), para que a partir del día
dos (02) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024),
se desempeñe como liquidador de Inversión Estratégica/
MCC-Honduras (INVEST-H); quien, tendrá las facultades
administrativas y de dirección delegadas en el presente
Acuerdo Ejecutivo de conformidad a los establecido en el
Decreto Ejecutivo No. PCM 05-2022 y el Decreto Ejecutivo
No. PCM 11-2022, bajo los principios de legalidad,
responsabilidad, eficiencia, racionalización, coordinación y
simplificación, con amplios poderes de decisión para cancelar
las obligaciones derivadas de las funciones administrativas
y de personal que haya suscrito Inversión Estratégica/MCC-
Honduras (INVEST-H), respetando los objetivos y alcances
de los convenios de crédito y donaciones internacionales.
SEGUNDO: El liquidador, tendrá las siguientes atribuciones:
1. Proponer al Secretario de Estado en los Despachos de
Infraestructura y Transporte (SIT), a la Secretaría de Agricultura
y Ganadería (SAG) y a la Secretaría de Gobernación, Justicia
y Descentralización para su consideración y aprobación, el
plan de liquidación y cierre definitivo de Inversión Estratégica/
MCC-Honduras (INVEST-H).
2. Dirigir las actividades legales, técnicas y administrativas
de INVEST-H, incluyendo la distribución de tareas y la
-- 3 of 5 --
asignación de responsabilidades al personal a su cargo,
encaminadas a la liquidación de Inversión Estratégica/MCC-
Honduras (INVEST-H);
3. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar los programas y
proyectos que se encuentren en ejecución y, presentar ante
el Secretario de Estado en los Despachos de Infraestructura
y Transporte (SIT), a la Secretaría de Agricultura y
Ganadería (SAG) y a la Secretaría de Gobernación, Justicia y
Descentralización los correspondientes informes, para llevar a
cabo el traslado administrativo y legal de todos los programas
y proyectos así como las obligaciones contractuales a las
Secretarías de Estado antes relacionadas.
4. Girar instrucciones de pago y demás acciones que sean
necesarias para cumplir con la liquidación de Inversión
Estratégica/MCC-Honduras (INVEST-H).
5. Ejecutar las disposiciones contenidas en los Decretos
Ejecutivos Nos. PCM 05-2022 y PCM 11-2022 y las demás
que establezcan las leyes o reglamentos especiales, o las que en
el uso de sus atribuciones le asigne o le delegue el Secretario
de Estado de Infraestructura y Transporte (SIT).
Al Finalizar el proceso de liquidación de la Inversión
Estratégica/MCC-Honduras (INVEST-H) el Liquidador
deberá presentar el correspondiente Informe Financiero a
la Secretaría de Finanzas, quien asumirá las obligaciones
financieras que pudieren generar en instancia administrativa
o judicial de los actos realizados en todas sus modalidades
por la institución liquidada y, los cuales, no hayan podido ser
liquidados o finalizados durante el periodo de liquidación de
Inversión Estratégica/MCC-Honduras (INVEST-H).
TERCERO: Se conformará una comisión de apoyo para el
proceso de liquidación integrada por un representante de las
siguientes Secretarías de Estado: Secretaría de Estado en los
Despachos de Salud, Secretaría de Estado en los Despachos
de Agricultura y Ganadería, Secretaría de Estado en los
Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización y
Secretaría de Estado en los Despachos de Transparencia y
Lucha Contra la Corrupción.
CUARTO: Se faculta al liquidador, para que, integre un
equipo técnico multidisciplinario para la revisión, verificación
y aprobación de todos los procesos pendientes que mantenga
Inversión Estratégica/MCC-Honduras (INVEST-H) a la
fecha, quien a su vez, bajo la dirección y coordinación de la
liquidadora, serán los encargados de colaborar en los procesos
de cancelación de las obligaciones derivadas de las funciones
administrativas y de personal que haya suscrito Inversión
Estratégica/MCC-Honduras (INVEST-H); la cancelación de
los contratos se deberá realizar de conformidad a la causal
estipulada en el artículo ciento once (111) numeral nueve (9)
del Código de Trabajo, por ende, se procederá al pago a favor
de los trabajadores, todos los derechos laborales inherentes
a sus contratos de trabajo y ratificados por el Estado de
Honduras en los Convenios Internacionales en los cuales es
signatario.
QUINTO: La liquidadora procederá a trasladar el inventario
de los suministros y bienes materiales, así como los bienes
muebles e inmuebles y los archivos de documentos físicos y
digitales existentes de Inversión Estratégica/MCC-Honduras
(INVEST-H) a la Dirección Nacional de Bienes del Estado
-- 4 of 5 --
(DNBE), quien a su vez deberá de asignarlos a la Secretaría de
Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT),
a la Secretaría de Agricultura y a la Secretaría de Gobernación
Justicia y Descentralización además, se procederá al traslado
definitivo del inventario de compras relativas a salud que se
realizó a través de la Inversión Estratégica/MCC-Honduras
(INVEST-H), el cual, deberá ser traslado a la Secretaría de
Estado en el Despacho de Salud (SESAL), solicitando para
tal efecto, el acompañamiento de la Dirección Nacional de
Bienes del Estado (DNBE).
SEXTO: Una vez finalizada la liquidación, el liquidador
procederá a transferir las atribuciones y competencias, así
como los programas y proyectos de Inversión Estratégica/
MCC-Honduras (INVEST-H) a la Secretaría de Estado
en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT);
con excepción de los programas y proyectos relacionados
al sector salud que serán transferidos a la Secretaría de
Estado en el Despacho de Salud (SESAL); los programas y
proyectos relacionados al sector agro, incluidos los proyectos
productivos, que serán transferidos a la Secretaría de Estado
en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG); y el
Proyecto de Fortalecimiento del Abastecimiento de Agua
Urbana que será transferido a la Secretaría de Gobernación,
Justicia y Descentralización.
SÉPTIMO: Las obligaciones derivadas de las acciones de
Inversión Estratégica/MCC-Honduras (INVEST-H), que
no puedan ser liquidadas por problemas legales, después de
realizado su análisis, se deberán ser notificadas al Ministerio
Público.
OCTAVO: Dejar sin valor y efecto el Acuerdo Ministerial
No. 0297-2024, de fecha once de julio del año dos mil
veinticuatro, emitido por esta Secretaría de Estado.
NOVENO: El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir
del 02 de septiembre del año dos mil veinticuatro y deberá
publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la Ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito
Central, a los dos (02) días del mes de septiembre del año dos
mil veinticuatro (2024).
COMUNÍQUESE:
M.S.C. ING. OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT)
ABG. IRIS MARIEL BUDDE GARCÍA
SECRETARIA GENERAL
-- 5 of 5 --