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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

28 junio 2024Edición No. 36,572

Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 408-2024 — Reforma al Reglamento de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República Año Fiscal 2024

Poder Ejecutivo

ACUERDO EJECUTIVO No. 408-2024 Tegucigalpa, M.D.C. 28 de junio de 2024 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO (1): Que de conformidad al artículo 245 de la Constitución de la República, corresponde a la Presidenta de la República entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado y emitir acuerdos y decretos, expedir reglamentos y resoluciones conforme a la ley. CONSIDERANDO (2): Que de acuerdo con el artículo 41 de la Ley de Procedimiento Administrativo corresponde al Poder Ejecutivo expedir los Reglamentos de la Administración Pública, salvo disposición contraria de la Ley. CONSIDERANDO (3): Que mediante Decreto No. 62-2023 se aprobó el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2024 y mediante Acuerdo Ejecutivo No. 266-2024 se aprueba su Reglamento. CONSIDERANDO (4): Que en las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2024, en su artículo No. 47 establece que las personas que presten sus servicios en las instituciones de la Administración Descentralizada o Entes Desconcentrados, bajo cualquier modalidad, deben percibir o devengar salarios acordes a los empleados y funcionarios de igual categoría y jerarquía en la Administración Central. Igual medida se debe aplicar a los nuevos puestos de trabajo en cualquier institución pública. CONSIDERANDO (5): Que en las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2024, se estableció en su artículo No. 64 que cuando se creen plazas o se realice cualquier acción de personal administrativo de la Administración Central y Desconcentrada, debe seguirse el procedimiento a través del Sistema de Administración de Recursos Humanos (SIARH). En caso del personal docente del Despacho de Educación debe hacerse a través del Sistema de Administración de Recursos Humanos Docentes (SIARHD). Previo a iniciar el proceso se debe contar con la estructura de puestos y el presupuesto -- 1 of 44 -- EDIS ANTONIO MONCADA SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL asignado, que deben ser confirmados por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) a través de la Dirección General de Presupuesto. La estructura de puestos será generada por el órgano competente en materia de recursos humanos de los empleados bajo el régimen de Servicio Civil según corresponda y previo a la creación de nuevos puestos en el Anexo Desglosado de Sueldos y Salarios Básicos, el órgano competente en materia de recursos humanos de los empleados bajo el régimen de Servicio Civil debe proceder a la clasificación de los puestos. CONSIDERANDO (6): Que en las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2024, en su artículo No. 68 instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), para que en coordinación con la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia y a través del órgano competente en materia de recursos humanos, regule la organización y administración del recurso humano y su efecto presupuestario, en atención a los lineamientos establecidos en la Política Presupuestaria para el presente ejercicio fiscal. CONSIDERANDO (7): Que en las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2024, en su artículo No. 85 establece que las contrataciones podrán ser suscritas cuando las labores asignadas no puedan ser realizadas por el personal regular o de carrera (permanente) y no deben exceder los doscientos (200) días al año, para evitar problemas de financiamiento a la institución. CONSIDERANDO (8): Que en las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2024, en su artículo No. 245 establece que las modificaciones a la estructura de puestos en las instituciones de la Administración Central y Desconcentradas dictaminadas por el órgano competente en materia de recursos humanos u otras regidas por Leyes Especiales, deben ser autorizadas mediante Resolución Interna de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), estas modificaciones deben ser financiadas con el presupuesto aprobado a cada Institución. CONSIDERANDO (9): Que en las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2024, en su artículo No. 249 establece que las modificaciones de la Administración Centralizada, Desconcentrada y Descentralizada que sean autorizadas, deben actualizarse en el Anexo Desglosado de Sueldos y Salarios o su equivalente. Si se encuentra en proceso cualquier modificación de estructura de personal relacionada con plazas vigentes o por crear, en tanto no se haya finalizado y aplicado en el Anexo Desglosado de Sueldos y Salarios de la Institución, no se podrán ocupar las plazas, por lo que la efectividad del nombramiento se producirá con fecha posterior a la finalización del proceso… La contravención de este artículo se sancionará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la presente ley. CONSIDERANDO (10): Que el Reglamento de la Ley de Servicio Civil aprobado mediante Decreto Legislativo No. 126-1968 establece en su artículo No. 20, que para la fijación de sueldos se tomarán en cuenta, dentro de las posibilidades financieras del Estado, las modalidades de cada trabajo, los sueldos que prevalezcan en las actividades privadas en los puestos análogos y los demás factores que tengan relación -- 2 of 44 -- directa con una retribución justa, que permita al servidor subvenir a sus necesidades normales y las de su familia en el orden material, moral y cultural. CONSIDERANDO (11): Que el Reglamento de la Ley de Servicio Civil aprobado mediante Decreto Legislativo No. 126-1968 establece en su artículo No. 39, la Dirección General de Servicio Civil desarrollará el sistema de clasificación de cargos para las Secretarias de Estado y efectuará la valoración de todos los puestos que conforman el Régimen de Servicio Civil en coordinación con la Secretaría de Finanzas (SEFIN); Asimismo, prestará asistencia técnica a los órganos desconcentrados para la preparación de sus propios sistemas y en la valoración de los puestos y preparación de las escalas salariales las que una vez preparadas deberán ser aprobadas por la Dirección General de Servicio Civil para las demás dependencias del Gobierno Central, el desarrollo del sistema de clasificación, valoración y ordenamiento de puestos, será competencia y responsabilidad de la Dirección General de Servicios Civil. CONSIDERANDO (12): Que el Reglamento de la Ley de Servicio Civil aprobado mediante Decreto Legislativo No. 126-1968 en su artículo No. 49, establece que las políticas de remuneración de los servidores públicos serán determinadas en coordinación con la Secretaría de Finanzas (SEFIN) CONSIDERANDO (13): Que el Reglamento de la Ley de Servicio Civil aprobado mediante Decreto Legislativo No. 126-1968 establece en su artículo No. 53, para los fines de la política de remuneraciones, la Dirección General de Servicio Civil, definirá los grupos y niveles de contenido organizativo de las dependencias del Gobierno Central, debiendo contar para ello con la debida colaboración y apoyo de cada una de las entidades por medio de las Sub-Gerencias de Recursos Humanos. CONSIDERANDO (14): Que el Decreto Ejecutivo No. PCM-039-2023 de fecha 08 de septiembre del año 2023 en su artículo 1 decreta: “Suprimir la Dirección General de Servicio Civil y crear la Administración Nacional de Servicio Civil (ANSEC), como un ente desconcentrado de la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia, con independencia funcional, técnica y administrativa y con personalidad jurídica propia. La Administración Nacional de Servicio Civil, (ANSEC) asumirá todas las facultades y competencias que correspondían a la Dirección General de Servicio Civil, y será la responsable de la aplicación de la Ley de Servicio Civil y su Reglamento”. CONSIDERANDO (15): Que mediante el artículo 5 del Decreto Ejecutivo 39-2023, se establecen las atribuciones del Secretario Ejecutivo de la Administración Nacional de Servicio Civil: 1) “Regular el ejercicio de la función pública y la relación laboral entre el Estado y los servidores públicos sujetos al Régimen de Servicio Civil, contribuyendo a la modernización permanente del Estado a través de políticas de gestión y desarrollo del capital humano que se desempeña en la Administración Pública, en aplicación de la Ley de Servicio Civil. 2) Garantizar una administración y gestión del capital humano en las dependencias de la Administración Pública, basada en la meritocracia, la igualdad de oportunidades y la transparencia entre otros 4) Prestar asesoría en materia de manejo de personal, a las instituciones que se encuentren bajo el Régimen de Servicio Civil, así como a otras instituciones estatales sujetas a Regímenes Especiales”. POR TANTO: En uso de las facultades que establecen los artículos 245, numerales 1 y 11 de la Constitución de la República; 116, 117 y 118 de la Ley General de la Administración Pública; 41 de la Ley de Procedimiento Administrativo y; las Disposiciones Generales del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2024 contenidas en el Decreto No.62-2023; Reglamento de las Disposiciones Generales del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio -- 3 of 44 -- Fiscal 2024, contentivo en el Acuerdo Ejecutivo No. 266-2024 y Ley de Servicio Civil y su Reglamento. A C U E R D A: APROBAR LA REFORMA AL REGLAMENTO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES DEL PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA REPÚBLICA AÑO FISCAL 2024 ARTÍCULO 1.- Reformar por adición el Acuerdo No.266- 2024 contentivo del Reglamento de las Disposiciones Generales del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la República 2024, capítulo 4 Ejecución Presupuestaria de los Egresos, al cual se le adicionará el artículo 17-A, 17-B y 17-C los cuales se leerán así: Artículo 17-A. – De conformidad con lo establecido en el artículo No. 85 de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2024, en el que se prohíben las ampliaciones por modificaciones presupuestarias para el subgrupo 12000 personal no permanente, debiendo limitarse todas las instituciones, a las asignaciones y montos aprobados en su presupuesto por lo que las contrataciones podrán ser suscritas cuando las labores asignadas no pueden ser realizadas por el personal regular o de carrera (permanente) y no deben exceder los doscientos (200) días al año para evitar problemas de financiamiento a las instituciones. Para lo cual las instituciones del Sector Público deberán cumplir con los siguientes lineamientos: 1. El personal contratado bajo el subgrupo de gasto 12000, únicamente podrá estarlo por un período no mayor a doscientos (200) días. 2. En los casos que las instituciones del Sector Público que requieran que el personal contratado continúe prestando sus servicios a la institución para su normal funcionamiento y que cumplan con los requisitos establecidos con base en las competencias, habilidades, destrezas, méritos académicos, probidad e idoneidad, para ser nombrado en un puesto de forma permanente deberán realizar las siguientes acciones: a) Revisar en su Anexo Desglosado de Sueldos los puestos vacantes para que el personal por contrato pase a la modalidad de personal permanente. b) En el caso que los puestos vacantes no estén acordes a las funciones y responsabilidades que va a desempeñar el personal por contrato a nombrar, estos puestos deberán someterse previamente ante esta Secretaría de Estado a una gestión de modificación de estructura de puesto (Reasignación) o en su defecto se podrá realizar creación de puestos por fusión de dos o más puestos vacantes y tendrán que generar al menos un ahorro del 30%. S e e x c e p t ú a n , a l a s i n s t i t u c i o n e s descentralizadas en la reasignación de funciones y renombramiento de plazas que no impliquen cambios en el monto de la plaza. c) De requerir la creación de puestos para el nombramiento del personal que está por contrato, la institución deberá solicitar ante esta Secretaría de Estado las creaciones de puestos permanentes con base a la disponibilidad presupuestaria que acredite la sostenibilidad del financiamiento en el tiempo. 3. Las modificaciones de estructura de puestos deben ser financiadas en su totalidad con el presupuesto aprobado a cada institución. 4. En la realización de las gestiones administrativas descritas en el numeral 2 del presente Reglamento, la -- 4 of 44 -- institución deberá darle cumplimiento a lo establecido en los artículos 46, 47, 49, 50, 52, 54, 55, 64, 245, 247, 248, 249 y 250 de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2024. 5. Para el trámite de las modificaciones de estructura de puestos (Reasignaciones y creaciones) descritas en el presente Reglamento, deberá adjuntar a la solicitud la siguiente documentación de respaldo: a) Disponibilidad financiera y presupuestaria propuesta para financiar la creación de los puestos en el presente ejercicio fiscal. b) Se debe acreditar la sostenibilidad del financiamiento de las creaciones de los puestos en el tiempo (Siguiente año). c) Dictamen emitido por la Administración Nacional de Servicio Civil (ANSEC), en los casos que corresponda. d) Presentar en formato Excel y en físico el detalle de los puestos a crear, fecha de efectividad (Día hábil), salario mensual, impacto presupuestario mensual y anual para el presente ejercicio fiscal en el que se debe tomar como referencia la fecha de efectividad, desglosado por objeto del gasto (Sueldos, colaterales y aportes patronales), según el Régimen Especial que corresponda. e) El Anexo Desglosado de Sueldos 2024 de la Institución aprobado a la fecha. f) El descriptor completo de los perfiles de puestos a crear (Información de las responsabilidades, requisitos para optar al puesto y ubicación en el organigrama). g) Estructura presupuestaria donde serán ubicados los puestos en formato Excel que incluya el sueldo mensual. h) FMP-04 en el que se detallan las estructuras presupuestarias a incrementar y disminuir. Debe contener montos enteros (Sin decimales), firmado por la Máxima Autoridad de la institución, Gerente Administrativo, Subgerente de Presupuesto y Subgerente de Recursos Humanos o sus equivalentes. i) P a r a e l c a s o d e l a s I n s t i t u c i o n e s Descentralizadas, se solicita adjuntar la Certificación del Acta o Resolución emitida por la Junta Directiva o su equivalente. 6. Todo personal que desempeñe funciones administrativas o técnicas y que su pago salarial sea imputado en el objeto del gasto 12200 – Jornales, se les debe crear el puesto tomando en consideración lo siguiente: a) Competencias, habilidades, destrezas, méritos académicos, probidad e idoneidad, para nombrarlo bajo la modalidad de permanente. b) Que sus labores sean contratadas de enero a diciembre y que se requiere que continúen para los años siguientes. 7. La creación de puestos permanentes no aplica para: a) Los jubilados que estén contratados bajo cualquier modalidad. b) Los servidores públicos que como consecuencia de su cancelación o cesantía hayan demandado judicialmente al Estado, a través de cualquiera de sus instituciones y que laboren bajo la modalidad de contrato en cualquier institución -- 5 of 44 -- del Sector Público. Solamente en caso de que retiren la demanda en contra del Estado. c) Los servidores públicos que tengan interpuesto un reclamo administrativo o hayan demandado judicialmente al Estado a través de cualquiera de sus instituciones y que laboren bajo la modalidad de contrato en la institución donde interpuso el reclamo. d) Personal que es contratado por el objeto del gasto 12910 – Contratos Especiales, cuyo servicio no debe ser mayor a 90 días y que fueron contratados para cubrir licencia por enfermedad, maternidad, becas, licencias remuneradas, así como casos especiales para cubrir declaratorias de emergencia, levantamiento de encuestas y otros casos que de acuerdo con el tipo de operatividad de la institución sea necesaria su contratación en un período no mayor al que estipula esta modalidad de contratación. e) Personal que está bajo la modalidad de jornales (Objeto del Gasto 12200) que no se requiera que preste sus servicios de enero a diciembre, aunque sus servicios sean requeridos en los siguientes años (Contrataciones por temporadas). f) Personal que realiza labores de jornal y que sus labores se requieran durante todo el ejercicio fiscal, las cuales no se consideran administrativas y técnicas. g) Personal que está contratado y el financiamiento de su salario se encuentra bajo una categoría programática de proyectos, independientemente de la fuente de financiamiento. h) Personal que está contratado y su salario es financiado con fuentes externas y crédito y donaciones internas (Fuente 13 y 14). i) Personal que es contratado y pagado con los recursos que se perciben mediante las cuotas que pagan las empresas acogidas al Sistema de Regímenes Especiales (Aduanas). j) Personal que para optar a una plaza previamente se requiere que pase por un proceso de concurso (Estatutos), en vista que deben cumplir con el debido proceso. k) La institución que evidencie que no cuenta con la disponibilidad presupuestaria necesaria para cubrir el financiamiento de las cuotas patronales, vacaciones para los siguientes ejercicios fiscales y la sostenibilidad en el tiempo, dado que de crear los puestos pondría en precariedad el normal funcionamiento y cumplimiento de la prestación de sus servicios. Siempre y cuando haya creado los puestos estrictamente necesarios según su estructura orgánica, para el cumplimiento de las funciones de su mandato. l) El personal del Programa Hondureño de Educación Comunitaria (PROHECO), en vista que se encuentran en un proceso progresivo de creación de puestos y nombramientos. m) Personal que esté con licencia no remunerada de una institución del Sector Público y que está laborando en otra institución del Estado, a menos que renuncie a la plaza que tiene en propiedad. -- 6 of 44 -- n) Personal que labora en el Servicio Exterior en las Embajadas y Consulados como contrato local. Artículo 17-B. Quedan exentos de lo establecido en el artículo 17-A del presente Reglamento, el personal que labora bajo la modalidad de contrato y que son pagados por el Subgrupo 12000 (Personal No Permanente), los que podrán ser contratados por un período mayor a 200 días, los siguientes: a) Los que trabajan en programas o proyectos que no son de carácter permanente, es decir los que trabajan por tiempo determinado, por ejemplo: el Programa Nacional de Reducción de Pérdidas (PNRP/ENEE), el Programa de Reforestación Padre Andrés Tamayo, Comisiones Interventoras, personal encuestador y otros de similar condición. b) Los empleados jubilados de cualquier institución del Estado, que se encuentran contratados con fondos nacionales o externos a través del subgrupo 24000 para realizar consultorías o subgrupo de gasto 12000. c) Personal no permanente que realizó y aprobó pruebas de confianza, como requisito ineludible para desempeñar sus labores. d) Personal que esté con licencia no remunerada y que está laborando en otra institución del Estado. e) Personal que labora bajo la modalidad de contrato local en el Servicio Exterior. Estos lineamientos servirán de referencia de aplicación en las instituciones del Sector Público que tienen rango constitucional de acuerdo con su disponibilidad presupuestaria. De requerir asistencia técnica para la realización de las gestiones vinculantes a la creación de los puestos o de tener consultas sobre los lineamientos indicados en la presente Reglamento, se recomienda avocarse a la Dirección General de Presupuesto (DGP) o Administración Nacional de Servicio Civil (ANSEC) según sea el caso. Artículo 17-C. Se ordena a todas las instituciones del Sector Público, gestionar las creaciones o reasignación de los puestos de sus instituciones las cuales deberán estar creadas en el término de los 200 días del inicio de cada contrato, para lo cual deberán realizar las siguientes acciones: 1. Gestionar el dictamen de creación de puestos ante la Administración Nacional de Servicio Civil (ANSEC), para los puestos bajo el Régimen de Servicio Civil. 2. Presentar ante la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, la solicitud de autorización de creación o reasignación de puestos, para lo cual deberán presentar la siguiente documentación: a. Dictamen emitido por la ANSEC, para los puestos que están bajo el Régimen de Servicio Civil. b. Para las Instituciones del Sector Descentralizado se solicita adjuntar la Certificación del Acta de aprobación de creación de puestos emitida por la Junta Directiva. c. Disponibilidad financiera y presupuestaria para financiar plazas creadas. -- 7 of 44 -- d. Proyección de la sostenibilidad del financiamiento de las creaciones de los puestos para el siguiente año. e. Presentar en formato Excel y en físico el detalle de los puestos a crear o reasignar, fecha de efectividad (Día hábil), salario mensual, impacto presupuestario mensual y anual para el presente ejercicio fiscal en el que se debe tomar como referencia la fecha de efectividad, desglosado por objeto del gasto (Sueldos, colaterales y aportes patronales), según el régimen especial que corresponda. f. Anexo Desglosado de Sueldos vigente del año 2024 de la Institución aprobado a la fecha. g. Descriptor completo de los perfiles de puestos a crear (Información de las responsabilidades, requisitos para optar al puesto y ubicación en el organigrama). Solamente aplican para los puestos fuera del Régimen de Servicio Civil. h. Estructura presupuestaria en digital donde serán ubicados los puestos en formato Excel que incluya el sueldo mensual. i. FMP-04 en el que se detallan las estructuras presupuestarias a incrementar y disminuir. Debe contener montos enteros (Sin decimales), firmado por la Máxima Autoridad de la institución, Gerente Administrativo, Subgerente de Presupuesto y Subgerente de Recursos Humanos o sus equivalentes. ARTÍCULO 2.- La presente reforma entrará en vigor el día de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA MARLON DAVID OCHOA MARTÍNEZ SECRETARIO DE ESTADO ________ Empresa Nacional de Artes Gráficas FE DE ERRATA En la edición del Diario Oficial La Gaceta número 36,554 de fecha siete 07 de junio del año dos mil veinticuatro (2024), fue publicado EL ACUERDO NÚMERO 175-SEP-2024, de fecha 27 de mayo del año dos mil veinticuatro (2024), por un error involuntario en la página A.3 en el ordinal primero se escribió el nombre del ciudadano, FRANCISCO JAVIER VARETA SALGADO siendo lo correcto FRANCISCO JAVIER VARELA SALGADO. LA GERENCIA -- 8 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Sección “B” Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) Licitación Pública Nacional Nº LPN-001-2024 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ESTUDIO DE IMAGEN POR RESONANCIA MAGNÉTICA PARA PACIENTES DEL HOSPITAL REGIONAL DEL NORTE DEL INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL (IHSS). El Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), invita a participar en la Licitación Pública Nacional Nº. LPN- 001-2024, a presentar ofertas selladas a las empresas para la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ESTUDIO DE IMAGEN POR RESONANCIA MAGNÉTICA PARA PACIENTES DEL HOSPITAL REGIONAL DEL NORTE DEL INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL (IHSS). El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fonlos propios del IHSS. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional No. LPN-001-2024 establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados deberán adquirir los documentos de la presente licitación en la Subgerencia de Suministros, Materiales y Compras, ubicada en el Sexto piso del Edificio Administrativo del Instituto Hondureño de Seguridad Social, Barrio Abajo, Tegucigalpa, M.D.C. de 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m. a partir del día viernes 14 de junio de 2024, previo a la presentación de Comprobante de pago por la cantidad de Trescientos Lempiras Exactos (L.300.00), cantidad no reembolsable, mismos que deberán ser cancelados a través de la cuenta del IHSS No. Banco Credomatic, cuenta N.730440861. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras "Honducompras", (www.honducompras.gob.hn) y en el portal de Transparencia del IHSS (www.portalunico.iaip.gob.hn). Para preguntas, consultas, aclaraciones o información dirigirse por escrito a la Subgerencia de Suministros Materiales y Compras por lo menos 20 días calendario antes de la fecha límite para la presentación de las ofertas. Las ofertas deberán ser presentadas en Salón de Sesiones del Régimen de Invalidez Vejez y Muerte (IVM), Tercer piso, Barrio Abajo. Tegucigalpa, M.D.C.. Honduras C.A. La hora límite de presentación de oferta será hasta 10:00 a.m. del día miércoles 24 de julio de 2024, acto seguido se procederá a la apertura de los sobres que contengan las ofertas a las (10:15 a.m.) de la mañana. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el 2% del monto de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., junio de 2024. Toda oferta presentada fuera de tiempo, será rechazada. DRA. YADIRA YAMILETH ALVAREZ MORENO Directora Ejectiva, por ley Instituto Hondureño de Seguridad Social 28 J. 2024 -- 9 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Instituto de la Propiedad C E R T I F I C A C I O N

Resolución

Resolución No. 2024/290 — Resolución de nulidad de marca de fábrica DOTERRA

Poder Judicial

El infrascrito, Registrador del Departamento Legal de Propiedad Intelectual, CERTIFICA la Resolución No.2024/287 de fecha 15 de marzo de 2024, la que en su parte contundente dice: DIRECCION GENERAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL OFICINA DE REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL DEPARTAMENTO LEGAL.- Tegucigalpa, M.D.C., 15 de marzo de 2024. VISTA: Para resolver la acción de nulidad No. 2022-000539, presentada en fecha 01 de junio del año 2022, por la abogada GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES, en su condición de Apoderada Legal de la sociedad mercantil. denominada DŌTERRA HOLDING LLC, contra el registro No.6637 del nombre comercial denominado DOTERRA. Propiedad de la señora SANDRA PAOLA GIANNINI ESPINAL. RESULTA PRIMERO.... RESULTA SEGUNDO .... RESULTA TERCERO.... RESULTA CUARTO.... RESULTA QUINTO .... RESULTA SEXTO.... RESULTA SEPTIMO.... CONSIDERANDO PRIMERO.... CONSIDERANDO SEGUNDO.... CONSIDERANDO TERCERO.... CONSIDERANDO CUARTO.... CONSIDERANDO QUINTO.... CONSI- DERANDO SEXTO.... CONSIDERANDO SEPTIMO.... CONSIDERANDO OCTAVO.... POR TANTO.... RESUELVE PRIMERO: declarar CON LUGAR la solicitud de nulidad No. 2022-000539, presentada en fecha 01 de junio de 2022, por la SARAHI CRUZ RAUDALES, actuando en su condición de Apoderada Legal de la sociedad mercantil denominada DŌTERRA HOLDING LLC, contra el registro No.6637 del Nombre Comercial denominado DOTERRA, propiedad de la señora SANDRA PAOLA GIANNINI ESPINAL. En virtud que en ninguna de las etapas del proceso compareció la seíiora SANDRA PAOLA GIANNINI ESPINAL y de esa manera poder desvirtuar lo manifestado por parte del solicitante y siendo que el registro de una marca se concede bajo la responsabilidad del solicitante, sin perjuicio de derechos de terceros y en el presente caso al no comparecer la titular del derecho protegido y al haber elementos fidedignos que vinculan a la señora SANDRA PAOLA GIANNINI ESPINAL, en una relación comercial con la sociedad mercantil DŌTERRA HOLDING LLC, para la comercialización de los de la sociedad mercantil DOTERRA HOLDING LLC, esta Oficina de Registro considera como cierto todo lo manifestado por parte solicitante, ya que en toda relación contractual y comercial debe actuarse de manera correcta, honesta respetuosa y de buena fe basándose en los principios éticos y morales, pudiendo de esta manera entenderse que la señora SANDRA PAOLA GIANNINI ESPINAL, actuó de mala fe, al registrar el nombre comercial DOTERRA, ya que tenía conocimiento que el signo que registró a su favor pertenecía a otra persona, aprovechándose de una relación comercial (contractual) con la sociedad mercantil DŌTERRA HOLDING LLC. SEGUNDO: Previo a extender la certificación correspondiente de la presente Resolución el interesado deberá cancelar la tasa correspondiente. TERCERO: Una vez firme la presente resolución. mándese a publicar por cuenta del interesado en un diario de mayor circulación del país y en el Diario Oficial La Gaceta, una vez cumplidos estos requisitos procédase a anular el registro No.6637 del Nombre Comercial DOTERRA. La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio del Recurso de Reposición ante el órgano que la hubiera dictado dentro de los diez días siguientes a la notificación de la resolución, el Recurso de apelación que deberá de interponerse y formalizarse ante el órgano que dictó la resolución, dentro de los tres días siguientes a la notificación de la misma remitiéndose a la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad al día siguiente de dicha formalización.- NOTIFIQUESE. FIRMA Y SELLA ABOGADO FlDEL ANTONIO MEDINA, REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL 28 J. 2024 -- 10 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 23 de enero del 2023, compareció a este Juzgado el Abogado Wilson Omar Díaz Flores, en su condición de representante procesal de la ciudadana Vivian Nicole Mora González, para la VÍA DEL PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad del Acto Administrativo impugnado consistente en el ACUERDO No. 840-SRH-2022 de fecha 19 de diciembre del 2022, emitido por actuaciones de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional. Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No.0801-2023-00139. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 28 J. 2024 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha seis de mayo del 2024, compareció a este Juzgado el ciudadano Carlos Esteban Henríquez Servellón, para la VÍA DEL PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad del Acto Administrativo impugnado consistente en el ACUERDO No. 1865-2023, de fecha 24 de octubre del 2023, emitido por actuaciones de la Secretaría de Estado en los Despachos de Seguridad. Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2024-00362. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 28 J. 2024 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 17 de enero del 2023, compareció a este Juzgado el Abogado Wilson Omar Díaz Flores, en su condición de representante procesal de la ciudadana Arianna Julihsa Montenegro Sosa, para la VÍA DEL PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad del Acto Administrativo impugnado consistente en el ACUERDO No. 759-SRH-2022 de fecha 19 de diciembre del 2022, emitido por actuaciones de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional. Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2023-00098. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 28 J. 2024 -- 11 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante o Apoderado Legal: Oscar Enrique Almendares Torres Actuando en representación de la empresa CASA DEL GANADERO, S.A. (CADELGA, S.A.) Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: IMPONENTE ONE 75 WG Compuesto por los elementos: 75.0% Hexazinone Grupo al que pertenece: Triazina Clasificación Toxicológica: Estado Físico: Sólido Tipo de Formulación: Gránulos dispersables (WG) Formulador y País de Origen: ZHEJIANG XINAN CHEMICAL INDUSTRIAL GROUP CO., LTD / CHINA Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA: 549-2021 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., lunes 1 de abril de 2024. Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 28 J. 2024 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE RENOVACIÓN DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: Que en dependencia se ha presentado la solicitud de RENOVACIÓN El representante Legal: Raúl Rene Romero Actuando en representación de la empresa INGENIERIA INDUSTRIAL, S.A. DE C.V. Tendiente a que autorice la RENOVACIÓN De nombre Comercial: OXICOB 85 WP Compuesto por los elementos: 85% Copper Oxychloride Grupo al que pertenece: Inorgánico Clasificación Toxicológica: Estado Físico: Sólido Tipo de Formulación: Polvo mojable (WP) Formulador y País de Origen: INGENIERÍA INDUSTRIAL, S.A. DE C.V. / MÉXICO Tipo de Uso: Fungicida EXPSENASA: 2302-0287 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., miércoles 17 de abril de 2024. Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 28 J. 2024 -- 12 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Anuncio Específico de Adquisiciones Solicitud de Ofertas Obras Menores (Proceso de licitación de un solo sobre) Proyecto: Mejoramiento de la Calidad en la Educación Prebásica en Honduras Título del contrato: Contratación de Contratistas para la Ejecución de Obras de Infraestructura Escolar en los departamentos de Gracias a Dios y Yoro. País: Honduras Credito No.: CR-6560-HN SDO No. : HN-SE-403388-CW-RFB Publicada el : 07 de junio de 2024. 1. El Gobierno de Honduras a través de la Secretaría de Educación ha recibido financiamiento del Banco Mundial para sufragar el costo del Proyecto Mejoramiento de la Calidad en la Educación Prebásica en Honduras y se propone destinar parte de los fondos a la cancelación de pagos previstos en el contrato para la “Contratación de Contratistas para la Ejecución de Obras de Infraestructura Escolar en los departamentos de Gracias a Dios y Yoro. 2. La Secretaría de Educación, a través de la Unidad Coordinadora del Proyecto Mejoramiento de la Calidad en la Educación Prebásica en Honduras, invita ahora a los Licitantes elegibles a presentar Ofertas en sobre cerrado para la ejecución de las obras siguientes: Construcción de aulas nuevas y/o Reparación de aulas existentes en los centros educativos / proyectos, siguientes: -- 13 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 -- 14 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 El plazo para la ejecución de las obras será de 4 meses para cada lote, contados a partir de la notificación de la orden de inicio. 3. La contratación se realizará mediante una competencia nacional utilizando la Solicitud de Ofertas (SDO) obras menores, que se especifica en las “Regulaciones de Adquisiciones para los Prestatarios de Financiamiento para Proyectos de Inversión: Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión del Banco Mundial de Julio de 2016, revisada noviembre 2017 y agosto 2018 (“Regulaciones de Adquisiciones”), y estará abierta a todos los Licitantes, como se define en las Regulaciones de Adquisiciones. 4. Los Licitantes elegibles interesados pueden solicitar más información a la Secretaría de Educación a través del Coordinador General del Proyecto Mejoramiento de la Calidad de la Educación Prebásica en Honduras a la dirección electrónica siguiente: adquisiciones. ucp@se.gob.hn y revisar el documento de licitación durante el horario de trabajo de 8:00 a.m., a 4:00 p.m., en el domicilio consignado más debajo de este anuncio o en el sitio web indicado al final del presente anuncio. 5. Los Licitantes elegibles interesados pueden adquirir el documento de licitación en español previa presentación de una solicitud por escrito en el domicilio consignado más abajo de forma gratuita. El documento se enviará vía correo electrónico. 6. Las Ofertas se deben enviar al domicilio consignado más abajo a más tardar el día 09 de julio de 2024 a las 10:00 a.m. hora oficial de la República de Honduras. No se permitirá presentar Ofertas en forma electrónica. No se aceptarán ofertas tardías. Las Ofertas se abrirán públicamente, en presencia de los representantes designados de los Licitantes y de cualquier persona que decida asistir, en el domicilio consignado más abajo el día 09 de julio 2024 a las 10:15 a.m., hora oficial de la República de Honduras. 7. Todas las Ofertas deben ir acompañadas por una Declaración de Mantenimiento de la Oferta para los lotes ofertados. 8. Se llama la atención sobre las Regulaciones de Adquisiciones que requieren que el Prestatario divulgue información sobre la propiedad efectiva del adjudicatario, como parte de la Notificación de Adjudicación de Contrato, utilizando el Formulario de Divulgación de la Propiedad Efectiva incluido en el documento de licitación. 9. El domicilio mencionado más arriba es: Coordinación General de la Unidad Coordinadora del Proyecto Mejoramiento de la Calidad en la Educación Prebásica en Honduras, atención: Adrián Gustavo Rozengardt, Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle, Blvd. Juan Pablo Segundo, edificio Cuerpo Bajo B, Secretaría de Educación, tercer nivel, Tegucigalpa, MDC, Honduras, C.A. E-mail: adquisiciones.ucp@se.gob.hn. PROFESOR JAIME ATILIO RODRIGUEZ Secretario de Estado en el Despacho de Educación, por Ley 28 J. 024 -- 15 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Instituto de la Propiedad CERTIFICACION PARA EFECTOS DE PUBLICACION El infrascrito, Registrador del Departamento Legal dependiente de la Dirección General de Propiedad Intelectual CERTIFICA: Extracto de la Resolución 2024/134 en Tegucigalpa, M.D.C., ocho (08) de febrero del dos mil veinticuatro (2024). VISTA: RESULTA PRIMERO: CONSIDERANDO PRIMERO: CONSIDERANDO SEGUNDO: POR TANTO: RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la solicitud de Cancelación Voluntaria 2006-33603 con entrada No. 2024-000155, presentado por la Abogada GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES en su condición de Apoderada Legal de la sociedad PUMA ENERGY HONDURAS S.A. DE C.V. en la acción de Cancelación Voluntaria contra el registro No. 100332 de la marca de fábrica denominada "DIPSA Y LOGOTIPO" en clase internacional (4) inscrita a favor de la sociedad mercantil denominada PUMA ENERGY HONDURAS S.A. DE C.V., en virtud de haber sido solicitada por su titular. SEGUNDO: Una vez firme la presente Resolución, el/los interesados deberán cancelar la tasa correspondiente. Mándese a publicar por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta y por lo menos en un diario de mayor circulación en el país, cumplidos estos requisitos hacer las anotaciones marginales respectivas en el libro de registro y en la base de datos correspondiente. TERCERO: La presente Resolución no pone fin a la vía Administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio del Recurso de Reposición que deberá presentarse ante el órgano que dictó la Resolución, dentro de los diez días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, el Recurso de Apelación que deberá interponerse ante la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad, en el plazo de tres días hábiles siguientes de la notificación del Recurso de Reposición. NOTIFIQUESE. Tegucigalpa, M.D.C., catorce (14) de junio del dos mil veinticuatro (2024). ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA. Registrador Legal 28 J. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha tres (03) de mayo del año dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado el Abogado JOSÉ ARMANDO ESPINAL, quien actúa en su condición de Apoderado Legal del señor MARCOS JOEL ESPINOZA GÓMEZ, incoando demanda en materia de personal con orden de ingreso número 0801-2024-00360, contra el Estado de Honduras a través de LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD.- Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación número 659-2024, de fecha cinco (05) de abril del año dos mil veinticuatro (2024) y notificado en fecha once (11) de abril del dos mil veinticuatro (2024), emitida por la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD, infringiendo el ordenamiento jurídico establecido en la Ley de la Carrera Policial.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fue objeto mi representado.- Y como medida para el pleno restablecimiento de sus derechos que se ordene mediante sentencia definitiva se le reintegre a su antiguo puesto de trabajo y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir con todos sus aumentos, pago de vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes, desde la fecha de su ilegal cancelación hasta la ejecución de la sentencia.- Se alega prescripción de parte de la autoridad nominadora para sancionar a mi representado con la cancelación.- Se alega mala notificación.- Se acompañan documentos.- Costas del Juicio.- Poder. VIKY MARIEL MONTOYA RUIZ SECRETARIA, POR LEY 28 J. 2024 -- 16 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCION TECNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE RENOVACION/MODIFICACION DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol RENOVACION/ MODIFICACION DE PLAGUICIDA El representante o apoderado legal: Raúl René Romero Actuando en representación de la empresa: ADAMA CROP SOLUTIONS ACC S.A. Tendiente a que autorice la RENOVACION/MODIFICA- CION DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: MOLTO 49 EC Compuesto por los elementos: 40.00% Prochloraz, 9.00% Propiconazole Grupo al que pertenece: Imidazol, Triazol Clasificación toxicológica: "5" Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Concentrado emulsionable (EC) Formulador y País de Origen: ADAMA ANDINA B.V. SUCURSAL COLOMBIA/ COLOMBIA Tipo de Uso: Fungicida EXPSENASA: 2301-0165 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/ o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. "ESTE A VISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Tegucigalpa, M.D.C., miércoles 17 de abril de 2024 lng. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 28 J. 2024 REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCION TECNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante o apoderado legal: Raul Rene Romero Actuando en representación de la empresa: ORIUS BIOTECH LLC Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: FUNGIO 60 WP Compuesto por los elementos: 20.00% Paecilomyces lilacinus, 20.00% Metarhizium anisopliae, 20.00% Beauveria bassiana Grupo al que pertenece: Microbiológico Clasificación toxicológica: IV Estado Físico: Sólido Tipo de formulación: Polvo mojable (WP) Formulador y País de Origen: ORIUS BIOTECH S.A.S. / COLOMBIA Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA: 2306-1988 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/ o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. "ESTE A VISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Tegucigalpa, M.D.C., viernes 19 de abril de 2024 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 28 J. 2024 -- 17 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Instituto de la Propiedad CERTIFICACIÓN El infrascrito, registrador del Departamento Legal de Propiedad Intelectual, CERTIFICA la Resolución No.2024/387 de fecha 15 de abril de 2024, la que en su parte contundente dice: DIRECCION GENERAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL OFICINA DE REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL DEPAR- TAMENTO LEGAL.- Tegucigalpa, M.D.C., 15 de abril de 2024. VISTA: Para resolver la Solicitud de Cancelación por no uso N°.2023-001297, presentada en fecha 06 de noviembre de 2023, por la Abogada GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES, en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil denominada DŌTERRA HOLDINGS, LLC; contra el registro número 87267 de la marca de Fábrica denominada TERRA clase internacional 09., propiedad de la Sociedad Mercantil denominada TELEFONICA, S.A. RESULTA PRIMERO .... RESULTA SEGUNDO .... RESULTA TERCERO.... RESULTA CUARTO .... RESULTA QUINTO .... RESULTA SEXTO .... RESULTA SEPTIMO ... RESULTA OCTAVO ... RESULTA NOVENO ... CONSIDERANDO PRIMERO .... CONSIDERANDO SEGUNDO ... CONSIDERANDO TERCERO.... CONSIDERANDO CUARTO.... CONSIDERANDO QUINTO .... CONSIDERANDO SEXTO.... POR TANTO.... RESUELVE PRIMERO: Declarar CON LUGAR la Solicitud de Cancelación por no uso No.2023-001297 de fecha 06 de noviembre de 2023, presentada por la Abogada GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES, en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad Mercantil DŌTERRA HOLDINGS, LLC, contra el registro No.87267 de la marca de Fábrica denominada TERRA clase internacional 09. En virtud que el fin de registrar una marca es para ponerla en el comercio a disposición de los consumidores y la carga de la prueba de uso y comercialización de una marca protegida, corresponde al titular del derecho protegido y en el presente caso la Sociedad Mercantil TELEFONICA S.A., propietaria del registro No.87267 de la marca de Fábrica TERRA clase 09, no se pronunció sobre la solicitud presentada y no acreditó ningún medio de prueba que acreditara el uso y la comercialización de la marca TERRA en Honduras. Por lo que esta Oficina de registro considera que la Sociedad Mercantil TELEFONICA S.A., no está usando la marca TERRA y comercializando los productos que tiene protegidos con la misma y en virtud que el fin de registrar una marca es para poner en el comercio los productos o servicios bajo la marca registrada y no obstaculizar el comercio. Por lo tanto, téngase cancelado por no uso el registro No. 87267 correspondiente a la marca de Fábrica TERRA clase internacional 09, propiedad de la Sociedad Mercantil TELEFONICA S.A. SEGUNDO: Previo a extender la certificación correspondiente de la presente Resolución el/ los interesados deberán cancelar la tasa correspondiente. TERCERO: Una vez firme la presente resolución, mándese a publicar por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta y en un Diario de mayor circulación del país y pagar la tasa correspondiente cumplidos estos requisitos, hacer las anotaciones marginales respectivas en el libro de registro y en la base de datos correspondiente. La presente Resolución no pone fin a la vía Administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio el Recurso de Reposición que deberá presentarse ante el órgano que dictó la Resolución, dentro de los diez días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, el Recurso de Apelación que deberá interponerse ante la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad, en el plazo de tres días hábiles siguientes de la notificación del Recurso de Reposición. NOTIFIQUESE FIRMA y SELLA ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA, REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL 28 J. 2024 -- 18 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 AVISO DE CONCURSO PÚBLICO NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS CPN-IP-003-2024 "SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA EL DISEÑO DE CAMPAÑA, ASESORÍA, CONTRATACIÓN Y GESTIÓN EN PLANIFICACIÓN DE MEDIOS, ASÍ COMO LA PRODUCCIÓN DE PIEZAS PUBLICITARIAS PARA LA CAMPAÑA DE PAGO DE LA TASA ANUAL VEHICULAR (TAV) AÑQ 2024". 1. El INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, invita a las empresas interesadas en participar en el CONCURSO PÚBLICO NACIONAL No. CPN-IP-003-2024 a presentar ofertas selladas para el "SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA EL DISEÑO DE CAMPAÑA, ASESORÍA, CONTRATACIÓN Y GESTIÓN EN PLANIFICACIÓN DE MEDIOS, ASÍ COMO LA PRODUCCIÓN DE PIEZAS PUBLICITARIAS PARA LA CAMPAÑA DE PAGO DE LA TASA ANUAL VEHICULAR (TAV) AÑO 2024". 2. El financiamiento para la realización del proceso proviene de Fondos Nacionales y cualquier otra fuente de financiamiento disponible. 3. El Concurso se efectuará conforme a los procedimientos de Concurso Público Nacional (CPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos del presente Concurso, a partir del jueves veintisiete (27) de junio del año 2024, en un horario comprendido de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., sin ningún costo, mediante solicitud enviada al correo de adquisiciones@ip.gob.hn o de forma escrita (física) presentada en el Departamento de Adquisiciones, Instituto de la Propiedad, segundo nivel, Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán. De igual manera, podrán ser examinados en la página web www.honducompras.gob.hn del Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (HonduCompras). 5. Se hará un registro de las solicitudes recibidas en forma escrita (física), a fin de dejar constancia de los datos de la persona a quien deberá ir dirigido todo documento del presente proceso, como ser enmienda(s) y/o aclaración(es), entre otros, que surjan del mismo y no se enviarán enmiendas o aclaraciones a ningún oferente que no esté inscrito en el registro oficial de participantes. 6. Las ofertas deberán presentarse de manera física en sobres separados, cerrados, firmados y sellados, adjuntando la documentación obligatoria legal- técnica y la oferta económica a más tardar el martes 16 de julio del dos mil veinticuatro (2024) a las dos de la tarde (2:00 p.m.) en el salón de reuniones del séptimo nivel, Edificio Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán; y su apertura el mismo martes 16 de julio del dos mil veinticuatro (2024) a las dos de la tarde (2:00 p.m.), en el salón de reuniones del séptimo nivel, Edificio Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección citada. Tegucigalpa, M.D.C., 27 de junio del 2024 ESDRAS RAFAEL GUTIÉRREZ OCHOA PRESIDENTE COMISIÓN INTERVENTORA DEL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD 28 J. 2024 -- 19 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 LICITACIÓN PÚBLICA No.13/2024 ADDENDUM No.1 El Banco Central de Honduras (BCH) comunica a las empresas que retiraron el Pliego de Condiciones de la Licitación Pública No.13/2024 para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para cuatro (4) soluciones de almacenamiento en red "Storage Area Network" (SAN) marca Hitachi, modelo VSP G350, ubicadas: Dos (2) en el edificio principal del Banco Central de Honduras en el Bulevar Fuerzas Armadas en la capital de la República y dos (2) en la sucursal de San Pedro Sula, Cortés, por el período comprendido del 24 de octubre de 2024 al 23 de octubre de 2026; que la fecha de recepción de documentos y apertura de ofertas económicas ha sido reprogramada; por lo que, deben considerar en el pliego de condiciones, los aspectos siguientes: IAO 20.1 de los Datos de la licitación: Las ofertas deberán tener una validez mínima de ciento veinte (120) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la documentación y apertura de la oferta económica indicadas en el aviso y/o invitación a licitar, es decir del 2 de julio de 2024 al 24 de diciembre de 2024. En los casos en que fuere estrictamente necesario, el BCH podrá solicitar a los oferentes la ampliación del plazo antes mencionado. IAO 21.1 La vigencia de la Garantía de Mantenimiento de oferta será del 2 de julio de 2024 al 24 de diciembre de 2024. IAO 24.1 y 27.1: La recepción y apertura de las ofertas económicas se realizará el 2 de julio de 2024, a las 10:00 a.m., hora local. Sección IX. Formatos. Numeral 4. Formato Aviso de Licitación Los sobres que contengan las ofertas se recibirán en el Edificio del BCH ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas, en la capital de la República, hasta el 2 de julio de 2024, a las 10:00 a.m. hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH, dependencias del BCH y de los oferentes o de sus representantes que asistan al acto, siguiendo para ello, las medidas de bioseguridad establecidas por el BCH. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, MDC, 14 de junio de 2024. EDWIN ROLANDO ALFARO CELARIE GERENCIA 28 J. 2024 -- 20 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA RITA LPuN-03-AMSR-0524 Proyecto: BOULEVAR LA AMISTAD 1. La Alcaldía Municipal de Santa Rita, Yoro, hace un llamado a las empresas Constructoras Nacionales, legalmente autorizadas para operar en Honduras, a presentar ofertas en sobre sellado para la ejecución del proyecto arriba mencionado. 2. El financiamiento para la realización del presente proyecto proviene de FONDOS MUNICIPALES y se efectuará conforme a los procedimientos establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 3. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación a partir del día viernes 21 de junio del 2024, mediante solicitud de participación a la Alcaldía de Santa Rita, Yoro, con atención a: Jorge A. Membreño, Edificio Municipal de la A.M.S.R., barrio El Centro, frente al parque Central, Santa Rita, Yoro, Teléfono No.2667-6163, de forma escrita en horario de oficina de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. de lunes a viernes o enviándola al Correo Electrónico: munisantarita_yoro@yahoo.es en ambos casos se debe adjuntar el recibo de pago por la cantidad no reembolsable de SEIS MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.6,000.00) que deberán ser cancelados en la oficina de Tributación en el edificio Municipal de la Alcaldía de Santa Rita, Yoro; dicha solicitud deberá contener información de teléfonos, correo electrónico y dirección de él o (los) contacto(s) donde desean que se les haga llegar la información concerniente al proceso, los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn). 4. La visita de socialización del proyecto queda establecida para el día jueves 27 de junio del 2024 a las 09:00 a.m., punto de reunión Alcaldía Municipal de Santa Rita, Yoro, oficina de ingeniería con el Ing. Jorge Membreño. Esta visita es un requisito obligatorio para que las empresas sean incluidas en el listado oficial de participantes. 5. Se hará un registro de las solicitudes recibidas en forma escrita o por correo electrónico que servirá para enviar los documentos de esta licitación o la(s) enmiendas(s) y/o aclaración(es) que surjan del proceso hasta la fecha 10 de julio del 2024 en horario de oficina. Para aclaraciones y consultas se pone a disposición el siguiente correo electrónico boulevardsantarita2024@gmail.com, por medio del cual se estarán evacuando dichas solicitudes. No se considerará ningún documento de licitación que no haya sido obtenido directamente de la Alcaldía Municipal de Santa Rita, Yoro y no se enviarán enmiendas o aclaraciones a ninguna empresa que no esté inscrita en el registro oficial de participantes. 6. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Unidad Técnica Municipal, ubicado en: primer piso, del Edificio Municipal de Santa Rita, Yoro, a más tardar el día: lunes 22 de julio del 2024, hasta las 09:00 a.m. hora oficial de la República de Honduras. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas y se devolverán sin abrir. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:00 a.m. del día lunes 22 de julio del 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta de por lo menos el 2% del valor de su Oferta y una declaración jurada de la institución bancaria que emita la Garantía de acuerdo a la forma establecida en los documentos de la licitación, copia de escritura, copia de DNI de representante o apoderado legal de la empresa, Copia de RTN, Constancia de estar inscrito en la ONCAE, constancia de estar sujeto al régimen de pagos a cuentas, Constancia de Solvencia de la SAR, constancia de no tener cuentas pendientes con el Estado por parte de la Procuraduría General de la República. Santa Rita, Yoro, 28 de mayo del 2024. Lic. Mario Alexi Caballero H. Alcalde Municipal 28 J. 2024 -- 21 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN "REPARACIONES Y MEJORAS AL INSTITUTO CENTRAL VICENTE CACERES, UBICADO EN COLONIA TILOARQUE, MUNICIPIO DEL D.C., DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN". LPN-SE-OBRA-DIGECEBI-003-2024 l. La Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, invita a las empresas interesadas a participar en Licitación Pública Nacional LPN-SE- OBRA-DIGECEBI-003-2024 a presentar ofertas selladas para REPARAClONES Y MEJORAS AL INSTITUTO CENTRAL VICENTE CACERES, UBICADO EN COLONIA TILOARQUE, MUNICIPIO DEL D.C., DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN. 2. El financiamiento para realización del presente, proceso proviene de los Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita ante la Dirección de General de Construcciones Escolares y Bienes Inmuebles (DIGECEBI), en atención al Ing. Juan Carlos Coello Diaz, Director General de Construcciones Escolares y Bienes Inmuebles, Teléfono 2220-5583, Ext. 1332. Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, Dirección General de Construcciones Escolares y Bienes Inmuebles, 3er. nivel del Edificio Cuerpo Bajo B, del Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., en un horario de 9:00 a.m. a 5:00 p.m. a partir del día 3 de junio del 2024, o mediante solicitud por correo electrónico a adquicisiones.digecebi@se.gob.hn. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", www.honducompras.gob.hn. 5. La fecha límite para recibir ofertas será a las 1:30 p.m. del 22 de julio del 2024 en las instalaciones de la Secretaría de Educación, en las oficinas de la Dirección General Construcciones Escolares y Bienes Inmuebles, 3er. piso del Edificio Cuerpo Bajo B del Centro Cívico Gubernamental, las ofertas fuera del plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en audiencia pública en presencia de oferentes o representantes que deseen asistir en la dirección indicada el 22 de julio del 2024 a la 1:45 p.m. La oferta deberá estar acompañada de una Garantía de Mantenimiento de Oferta original a nombre de la SECRETARIA DE EDUCACION, con una vigencia de treinta (30) días calendarios después de la expiración de la fecha de la oferta, contados a partir del día de la fecha de apertura de la oferta y por un monto equivalente a por lo menos del dos por ciento (2%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., jueves 13 de junio del 2024 ING. JUAN CARLOS COELLO DIAZ Director General Construcciones Escolares y Bienes Inmuebles

Acuerdo Ministerial

Acuerdo Ministerial No. 0551-SE-2024 — Licitación Pública Nacional para Reparaciones y Mejoras al Instituto Gubernamental España Jesús Milla Selva

Poder Judicial

Secretaría de Estado en el Despacho de Educación Acuerdo N°. 0551-SE-2024 28 J. 2024 -- 22 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Aviso de Licitación Pública REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN OBRA “PRIMERA ETAPA DE CONSTRUCCION DE EDIFICIO # 1, CENTRO DE CULTURA POPULAR EN EL DEPARTAMENTO DE EL PARAISO” LPN-001-SE-DGME-DGA-OBRA-2024 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-001-SE-DGME- DGA-OBRA-2024 a presentar ofertas selladas para el proceso de Obra “PRIMERA ETAPA DE CONSTRUCCION DE EDIFICIO #1, CENTRO DE CULTURA POPULAR EN EL DEPARTAMENTO DE EL PARAISO”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Dirección General de Adquisiciones; Abogado Jam Cirus Majano Claros, Director General de Adquisiciones, y teléfonos 2220-5583, 2222-1225, Ext. 1124. En la dirección indicada al final de este Llamado, 1er. Piso del Edificio Cuerpo Bajo B, Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C. de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación de 9:00 am a 5:00 pm., o mediante correo electrónico a la dirección: dirección.adquisiciones@se.gob.hn. A partir de la Publicación el día lunes 24 de junio de 2024. Los documentos de la Licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras “Honducompras”, (www.honducompras.gob.hn) en la misma fecha antes indicada. 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Secretaría de Educación, Centro Cívico Gubernamental, Blv. Juan Pablo II, primer nivel, Edificio Cuerpo Bajo B, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar a las 2:00 pm del día jueves 25 de julio de 2024. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:15 pm del día jueves 25 de julio de 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la oferta por el valor y forma tal y como se establece en el artículo 99 de la Ley de Contratación del Estado. Tegucigalpa, M.D.C., 24 de Junio de 2024. PROFESOR DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELASQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACION 28 J. 2024 -- 23 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 AVISO DE CONCURSO PÚBLICO NACIONAL ENP-CPN-GA-UI-02-2024 “SUPERVISION DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION DE LA AMPLIACION DE LA TERMINAL MARITIMA DE GRANELES LIQUIDOS DE PUERTO CORTESˮ 1. La Empresa Nacional Portuaria, que en adelante será denominada como "La ENP", invita a las "Empresa Diseñadoras, Consultoras y Supervisoras de Obras Públicas de la Empresa Nacional Portuaria", precalificadas en Obras Logísticas que a continuación se detallan: Consultores en Ingeniería S.A. de C.V. (CINSA), Saybe y Asociados S. de R.L., Consultoría, Diseño y Supervisión S.A. de C.V. (CDS), Ingeniería Orvipe S.A. de C.V., Asociación de Profesionales S.A. de C.V. (ASP), Técnica de Ingeniería S.A. (TECNISA), Asociación de Consultores en Ingeniería S. de R.L. (ACI), Consultores Asociados Metropolitanos S.A. de C.V. (CAM), Diseño Construcción y Medio Ambiente (DICOMA) S. de R.L., Consultores Asociados de Honduras S. de R.L. de C.V. (CONASH), Gabinete Técnico S.A. de C.V. (GATESA), a presentar oferta Técnica y Económica conforme los Términos de Referencia del Concurso Público Nacional ENP-CPN-GA-UI-02-2024 para la "Supervisión del Proyecto de Construcción de la Ampliación de la Terminal Marítima de Gráneles Líquidos de Puerto Cortés". 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios de la ENP. 3. El concurso se efectuará conforme a los procedimientos de Concurso Público Nacional (CPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos del presente concurso, a partir del 17 de junio de 2024, mediante solicitud escrita en la Unidad de Adquisiciones, ubicada en el Edificio Administrativo No.1 de la Empresa Nacional Portuaria en Puerto Cortés o en la Oficina de Enlace ubicada en el Centro Cívico Gubernamental, Torre 2, noveno piso, Boulevard Juan Pablo II, Tegucigalpa M.D.C., a partir de la fecha en horario de 7:00 a.m. a 4:00 p.m., de lunes a jueves y viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m., previo al pago de L.200.00 (DOSCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS), no reembolsables. Los documentos del Concurso también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Honducompras", (www.honducompras.gob.hn). 5. La documentación Legal así como las ofertas técnicas y económicas, deberán presentarse en la siguiente dirección: Sala de Juntas de Licitaciones de la Empresa Nacional Portuaria, ubicada en el tercer piso edificio Tamec, en Puerto Cortés, departamento de Cortés, a más tardar el 16 de julio de 2024 a las 10:00 a.m., hora oficial de la República de Honduras, las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Seguidamente se levantará el Acta de recepción de recibidos los sobres sellados de las ofertas Técnicas, legales y económicas, con los participantes que deseen asistir en la dirección indicada. 6. Únicamente se aceptarán las ofertas de las Empresas que hayan adquirido el documento del presente concurso. Puerto Cortés, departamento de Cortés, 03 de julio de 2024 DR. CARLOS ARTURO BUESO CHINCHILLA MINISTRO GERENTE GENERAL 28 J. 2024 -- 24 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL República de Honduras EMPRESA NACIONAL PORTUARIA "PROYECTO DE AMPLIACIÓN DE LA TERMINAL MARÍTIMA DE GRÁNELES LÍQUIDOS DE PUERTO CORTÉS" ENP-LPN-GA-UI-02-2024 1. La Empresa Nacional Portuaria que en adelante será denominada como "La ENP", invita a las "Empresas Constructoras, Consorcios y Contratistas Individuales, de Obras Publicas de la Empresa Nacional Portuaria", Precalificadas en Obras Logísticas que a continuación se detallan : Empresa Productora de agregados y derivados del Concreto, S.A. (CONSA PAYHSA, S.A), Servicios de Mantenimiento y Construcción, S.A. de C.V. (SERMACO), Empresa de Construcción y Transporte, S.A de C.V. (ETERNA), Concreto Preesforzado de Centroamérica, S.A de C.V. (COPRECA), Profesionales de la Construcción S.A. de C.V (PRODECON), Estudios y Desarrollos Arquitectónicos y de Ingeniería Sierra (JOSE ALBERTO SIERRA), Salvador Gracia y Asociados, Constructora Sato, S. de R.L. de C.V., Constructora SERPIC., a presentar oferta sellada para la Licitación Publica Nacional ENP-LPN-GA-UI-02-2024, para el "Proyecto de Ampliación de la Terminal Marítima de Gráneles Líquidos de Puerto Cortés". 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios de la ENP. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación a partir del 17 de junio de 2024, mediante solicitud escrita a la Lic. Lucila Del Cid López, Directora de la Unidad de Adquisiciones, en las oficinas de la Unidad de Adquisiciones, ubicada en el Edificio Administrativo No. 1 de la Empresa Nacional Portuaria en Puerto Cortés, ó en la Oficina de Enlace de Tegucigalpa, ubicada en el Centro Cívico Gubernamental Torre II, noveno piso, boulevard Juan Pablo II, a partir de la fecha y en horario de 7:00 a.m., a 4:00 p.m., de lunes a jueves y el día viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m., previo pago de L.200.00 (DOSCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS), no reembolsables. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Honducompras", (www.honducompras.gob.hn), cualquier consulta realizarla al correo electrónico licitaciones@enp.hn. 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Sala de Juntas de Licitaciones de la Empresa Nacional Portuaria, ubicada en el tercer piso edificio Tamec, en Puerto Cortés, Departamento de Cortés, a más tardar el 16 de julio de 2024, a las 02:00 p.m., hora oficial de la República de Honduras, las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Seguidamente las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que desean asistir en la dirección, fecha y hora arriba indicada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un porcentaje igual o mayor al 2% de la oferta económica presentada. 6.Únicamente se aceptarán ofertas de los interesados que hayan adquirido el documento de la presente licitación, siguiendo las instrucciones del numeral cuatro (4) del presente aviso. Puerto Cortés, Departamento de Cortés, 03 de julio de 2024. DR. CARLOS ARTURO BUESO CHINCHILLA MINISTRO GERENTE GENERAL 28 J. 2024 -- 25 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Instituto de la Propiedad CERTIFICACIÓN El infrascrito, Registrador del Departamento Legal de Propiedad Intelectual. CERTIFICA la Resolución No.2024/290 de fecha 15 de marzo de 2024, la que en su parte contundente dice: DIRECCION GENERAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL OFICINA DE REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL DEPARTAMENTO LEGAL.-Tegucigalpa, M.D.C. 15 de marzo de 2024. VISTA: Para resolver la acción de nulidad No.2022-000555, presentada en fecha 07 de junio del año 2022, por la Abogada GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES en su condición de Apoderada Legal de la sociedad mercantil denominada DŌTERRA HOLDING LLC, contra el registro No.153806 de la marca fábrica denominada DOTERRA, clase internacional 03, propiedad de la señora SANDRA PAOLA GIANNINI ESPINAL. RESULTA PRIMERO.... RESULTA SEGUNDO.... RESULTA TERCERO.... RESULTA CUARTO.... RESULTA QUINTO.... RESULTA SEXTO.... RESULTA SEPTIMO.... CONSIDERANDO PRIMERO.... CONSIDERANDO SEGUNDO.... CONSIDERANDO TERCERO.... CONSIDERANDO CUARTO.... CONSIDERANDO QUINTO.... CONSIDERANDO SEXTO.... CONSIDERANDO SEPTIMO.... CONSIDERANDO OCTAVO.... POR TANTO.... RESUELVE PRIMERO: Declarar CON LUGAR la solicitud de nulidad No.2022-000555 presentada en fecha 07 de junio de 2022, por la Abogada GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES, actuando en su condición de Apoderada Legal de la sociedad mercantil denominada DŌTERRA HOLDING LLC, contra el registro No.153806 de la marca de fábrica denominada DOTERRA clase internacional 03, propiedad de la señora SANDRA PAOLA GIANNINI ESPINAL. En virtud que en ninguna de las etapas del proceso compareció la señora SANDRA PAOLA GIANNINI ESPINAL y de esa manera poder desvirtuar lo manifestado por parte solicitante y siendo que el registro de una marca se concede bajo la responsabilidad del solicitante, sin perjuicio de derechos de terceros y en el presente caso al no comparecer la titular del derecho protegido y al haber elementos fidedignos que vinculan a la señora SANDRA PAOLA GIANNINI ESPINAL, en una relación comercial con la sociedad mercantil DŌTERRA HOLDING LLC, para la comercialización de productos de la clase internacional 03, esta Oficina de Registro considera como cierto todo lo manifestado por parte solicitante, ya que en toda relación contractual y comercial debe actuarse de manera correcta, honesta, respetuosa y de buena fe, basándose en los principios éticos y morales, pudiendo de esta manera entenderse que la señora SANDRA PAOLA GIANNINI ESPINAL, actuó de mala fe, al registrar la marca DOTERRA en la clase internacional 03, ya que tenía conocimiento que la marca que registró a su favor pertenecía a otra persona, provechándose de una relación comercial (contractual) con la sociedad mercantil DOTERRA HOLDING LLC. SEGUNDO: Previo a extender la certificación correspondiente de la presente Resolución el interesado deberá cancelar la tasa correspondiente. TERCERO: Una vez firme la presente resolución, mándese a publicar por cuanta del interesado en un diario de mayor circulación del país y en el Diario Oficial La Gaceta una vez cumplidos estos requisitos procédase a anular el registro No.153806 de la marca de fábrica DOTERRA, clase internacional 03. La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio del Recurso de Reposición ante el órgano que la hubiera dictado dentro de los diez días siguientes a la notificación de la resolución, el Recurso de Apelación que deberá de interponerse y formalizarse ante el órgano que dictó la resolución, dentro de los tres días siguientes a la notificación de la misma remitiéndose a la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad al día siguiente de dicha formalización.-NOTIFIQUESE. FIRMA Y SELLA. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA, REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL 28 J. 2024 -- 26 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN “REPARACIONES Y MEJORAS AL INSTITUTO GUBERNAMENTAL ESPAÑA JESUS MILLA SELVA, UBICADO EN COLONIA KENNEDY, MUNICIPIO DEL D.C, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZANˮ. LPN-SE-OBRA-DIGECEBI-002-2024 1. La Secretaria de Estado en el Despacho de Educación invita a las empresas interesadas a participar en Licitación Pública Nacional LPN-SE-OBRA-DIGECEBI-002-2024 a presentar ofertas selladas para REPARACIONES Y MEJORAS AL INSTITUTO GUBERNAMENTAL ESPAÑA JESUS MILLA SELVA, UBICADO EN COLONIA KENNEDY, MUNICIPIO DEL D.C, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN. 2. El financiamiento para realización del presente proceso proviene de los Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita ante la Dirección de General de Construcciones Escolares y Bienes Inmuebles (DIGECEBI) en atención al Ing. Juan Carlos Coello Diaz, Director General de Construcciones Escolares y Bienes Inmuebles, Teléfono 2220-5583, Ext. 1332. Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, Dirección General de Construcciones Escolares y Bienes Inmuebles, 3er nivel del Edificio Cuerpo Bajo B, del Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., en un horario de 9:00 a.m. a 5:00 p.m. a partir del día 3 de junio del 2024 o mediante solicitud por correo electrónico a adquisiciones.digecebi@se.gob.hn Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", www.honducompras.gob.hn. 5. La fecha límite para recibir ofertas será a las 3:00 p.m. del 12 de julio del 2024 en las instalaciones de la Secretaría de Educación, en las oficinas de la Dirección General Construcciones Escolares y Bienes Inmuebles, 3er piso del Edificio Cuerpo Bajo B, del Centro Cívico Gubernamental, las ofertas fuera del plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en audiencia pública en presencia de oferentes o representantes que deseen asistir en la dirección indicada el 12 de julio del 2024 a la 3:15 p.m. La oferta deberá estar acompañada de una Garantía de Mantenimiento de Oferta original a nombre de la SECRETARIA DE EDUCACIÓN, con una vigencia de treinta (30) días calendarios después de la expiración de la fecha de la oferta, contados a partir del día de la fecha de apertura de la oferta y por un monto equivalente a por lo menos del dos por ciento (2%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., lunes 03 de junio del 2024 ING. JUAN CARLOS COELLO DIAZ Director General Contrucciones Escolares y Bienes Inmuebles Secretaría de Estado en el Despacho de Educación Acuerdo N°0551-SE-2024 28 J. 2024 -- 27 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de febrero del año dos mil veinticuatro (2024), interpuso demanda ante este Juzgado el Abogado JOSE LUIS HERNANDEZ BARAHONA, Representante Procesal de los señores Carlos Roberto Colindres Álvarez, Cornelio Agustín Aguirre Romero, José Manuel Núñez Ramírez, José Antonio Gallo Laínez, José Miguel Fuentes Esquivel, Juan Pablo Wanwright Borjas, con orden de ingreso número 0801-2024-00179, contra el Instituto Hondureño de Transporte Terrestre, incoando demanda personal para que se declare la nulidad de actos administrativos de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada de los titulares de derechos que se reclaman y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos, se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro a los puestos de trabajo en el Instituto Hondureño de Transporte Terrestre (IHTT), a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal, hasta el momento en que quede firme la sentencia definitiva condenatoria, vacaciones pendientes, pago de jornadas extraordinarias, incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fueron cancelados ilegalmente durante la secuencia del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como, décimo tercer y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de bonificaciones por concepto de vacaciones, quinquenios, pago de tiempo compensatorio. — Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia. — Habilitación de días y horas para efectuar cualquier actuación judicial. — Poder cotejo y devolución. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 28 J. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha ocho (08) de agosto del año dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado los señores EVELIN WALESKA CACERES ZUNIGA y CARLOS ENRIQUE RODRIGUEZ, REPRESENTADOS en juicio por el Abogado EDMOND GABRIEL MADRID ROMERO, interponiendo demanda especial en materia Personal, con número de ingreso 0801-2023-00882, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACION, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACION., para que se declare que no es conforme a derecho un acto particular de la administración pública por infracción del ordenamiento jurídico. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por haber lesionado derechos de los administrados y para su pleno restablecimiento se ordene el reintegro a sus puestos de trabajo más el pago de los salarios dejados de percibir que en derecho correspondan y demás derechos y beneficios que se otorguen durante la sustanciación del juicio. Poder. - Costas. - Manifiesta su intención de cumplir con los requisitos que manda la Ley. En relación a los Acuerdos No. 524-2023 y 522-2023 ambos de fecha 29 de junio del año 2023 y notificado el 06 de julio del mismo año. ABG. TANNIA R. CASTILLO SECRETARIA, POR LEY 28 J. 2024 -- 28 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante o Apoderado Legal: Oscar Enrique Almendares Torres Actuando en representación de la empresa: CASA DEL GANADERO S.A. (CADELGA) Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: BARREDOR ONE 20 SL Compuesto por los elementos: 20.0% Diquat Grupo al que pertenece: Bipiridilo Clasificación toxicológica: Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Concentrado soluble (SL) Formulador y País de Origen: ZHEJIANG XINAN CHEMICAL INDUSTRIAL GROUP CO., LTD./CHINA Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA: 546-2021 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y / o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHAˮ Tegucigalpa, M.D.C., martes 9 de abril de 2024 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 28 J. 2024 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y publico en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la soli REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante o Apoderado Legal: Oscar Enrique Almendares Torres Actuando en representación de la empresa: CASA DEL GANADERO (CADELGA S.A.) Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: ARRAZADOR 36 SL Compuesto por los elementos: 36% Glyphosate Grupo al que pertenece: Fosfónico Clasificación toxicológica: Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Concentrado soluble (SL) Formulador y País de Origen: ZHEJIANG XINAN CHEMICAL INDUSTRIAL GROUP CO., LTD./CHINA Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA: 2111-2021 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y / o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHAˮ Tegucigalpa, M.D.C., lunes 1 de abril de 2024 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 28 J. 2024 -- 29 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCION JUDICIAL DE CHOLUTECA Exp. 0601-2024.00180 AVISO DE TITULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que la Abogada MARIANN ANDREA MACHADO PINEL, actuando en su condición de representante procesal del señor TOMAS ALCIDES HERRERA ORTIZ, mayor de edad, casado, Ingeniero Agrónomo, hondureño, con Documento Nacional de Identificación número No. 0615-1955-00337, con domicilio en el Municipio de San Marcos de Colón, Departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado solicitud de Título Supletorio de un bien inmueble ubicado en la Aldea de San Francisco, Municipio de San Marcos de Colón, Departamento de Choluteca, Mapa Final: KD-32, extensión del predio 00 HAS, 09 AS, 22.51 CAS, el predio está ubicado en el Sitio SAN FRANCISCO de Naturaleza Jurídica PRIVADO, COLINDANCIAS.- Según la información digital proporcionada por la Oficina Central. COLINDANCIAS:- NORTE, calle de por medio con; Carlos Méndez; SUR, Balto Ríos; AL ESTE, José Gutiérrez, Herederos Herrera; OESTE, calle de por medio con Carlos Ríos y Dilia Ríos, Jesica Ríos. Dicho lote lo ha poseído desde hace más de diez años de manera quieta, pacífica y no interrumpida no existiendo otros poseedores pro-indivisos. Choluteca, 13 de mayo del año 2024 ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA SECRETARIA ADJUNTA 28 M., 28 J. y 29 J. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCION JUDICIAL DE SANTA ROSA DE COPAN AVISO DE TITULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en la solicitud de Título Supletorio promovida por el señor OSCAR ROLANDO MORENO TABORA, quien es mayor de edad, agricultor, hondureño con domicilio en La Unión, departamento de Copán, con número de Identidad 0412-1972-00135, es dueño de un lote de terreno, ubicado en el sitio general denominado Erapuca, jurisdicción del municipio de La Unión, departamento de Copán, constante con un área de DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS PUNTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (277,786.75 MTS 2), equivalente a TREINTA Y NUEVE PUNTO OCHENTA Y CUATRO MANZANAS (39.84 MZ), de extensión superficial, con las colindancias siguiente: AL NORTE, colinda con Río Cacao, por medio con propiedad del señor Elmo Obdulio Pérez Villeda y el señor Walter Alfredo López Flores; AL SUR, colinda con calle pública; AL ESTE, colinda con propiedad de Herederos Escolástica Ramírez y Luis Gerardo López Alvarado; AL OESTE, colinda con propiedad de los señores Luis Gerardo López Alvarado, Erick José Alvarado y con propiedad del señor Ubense Rodríguez. Representa Abg. JULIA MARIA MELGAR HERNANDEZ.- Santa Rosa de Copán, 23 de mayo del 2024.- ABG. GABRIELA JISSEL DUBON ALVARADO SECRETARIA 31 M., 28 J. y 31 J. 2024 _______ _______ -- 30 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Número de Solicitud: 2023-1643 Fecha de presentación: 2023-03-20 Fecha de emisión: 15 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HD HYUNDAI INFRACORE CO., LTD Domicilio: 489, Injung-ro, Dong-Gu Incheon, Republic of Korea, República de Corea B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°7020221315 de fecha 30/09/2022 de República de Corea C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DEVELON G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se considera tipo de signo denominativo. I.- Reivindicaciones: Tipografía especial J.- Para Distinguir y Proteger: Filtros de combustible para motores de vehículos, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 J. y 15 J. 2024 ___________ Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2023-1633 Fecha de presentación: 2023-03-20 Fecha de emisión: 15 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HD HYUNDAI INFRACORE CO., LTD Domicilio: 489, Injung-ro, Dong-Gu, Incheon, Republic of Korea, República de Corea B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°402022177839 de fecha 27/09/2022 de República de Corea C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Rodrigo Jose Cano Bonilla E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DEVELON G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se considera tipo de signo denominativo. I.- Reivindicaciones: Tipografía especial J.- Para Distinguir y Proteger: Motores diésel para vehículos terrestres; motores de gasolina para vehículos terrestres; motores de gasolina para vehículos de construcción; motores de gas para vehículos de construcción; motores diésel para vehículos de construcción; motores eléctricos para vehículos de construcción; motores de gas natural para vehículos de construcción; motores eléctricos para automóviles; motores de corriente alterna (CA) para vehículos terrestres; motores de aceleración para vehículos terrestres; motores para vehículos terrestres; unidades de motor de aceleración para vehículos terrestres; motores eléctricos para vehículos terrestres; motores de corriente continua (CC) para vehículos terrestres; camiones de basura; ascensores sin motor, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 J. y 15 J. 2024 Número de Solicitud: 2023-1634 Fecha de presentación: 2023-03-20 Fecha de emisión: 14 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: HD HYUNDAI INFRACORE CO., LTD Domicilio: 489, Injung-ro, Dong-Gu, Incheon, Republic of Korea, República de Corea B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°402022177839 de fecha 27/09/2022 de República de Corea C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DEVELON G.- H.- Reservas/Limitaciones: La marca "DEVELON", se considera bajo el tipo de signo denominativo. I.- Reivindicaciones: Tipografía especial J.- Para Distinguir y Proteger: Reparación de ascensores; reparación o mantenimiento de excavadoras; reparación o mantenimiento de máquinas y aparatos de construcción; reconstrucción de motores desgastados o parcialmente destruidos; reparación o mantenimiento de equipos de construcción; mantenimiento de GPS; reparación y mantenimiento de máquinas mineras; mantenimiento y reparación de camiones grandes; servicios de reparación de averías de vehículos; instalación y reparación de aparatos de control remoto para simuladores de dirección y control de vehículos; instalación y mantenimiento de maquinaria de transporte; reparación de máquinas para ingeniería civil y construcción; mantenimiento de aparatos de carga y descarga; reparación de aparatos de carga y descarga, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 J. y 15 J. 2024 ___________ Número de Solicitud: 2023-3470 Fecha de presentación: 2023-05-31 Fecha de emisión: 19 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: DIVECO, SOCIEDAD ANONIMA Domicilio: Ciudad de Guatemala, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL KENIA YAMILETH SARMIENTO OLIVA E.- CLASE INTERNACIONAL (20) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ¡A LA RURU TODOS! G.- H.- Reservas/Limitaciones: Señal de propaganda dirigida a la marca de fábrica con denominación: OLYMPIA.- Clase Niza 20.-Con No. solicitud: 2021-004491 y No. de registro: 0163468. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Camas; colchones; juegos de sala; comedores; muebles; espejos; marcos; productos no comprendidos en otras clases de madera, corcho, caña, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar; sucedáneos de todas estas materias o de materias plásticas, de la clase 20. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 J. y 15 J. 2024 -- 31 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Número de Solicitud: 2023-5398 Fecha de presentación: 2023-08-23 Fecha de emisión: 15 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SKY INTERNATIONAL AG Domicilio: Stockerhof, Dreikönigstrasse No. 31a, Zürich, CH-8002, Suiza B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SKY BUSINESS G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de la palabra "BUSINESS" por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales; producción de televisión; programas de entretenimiento por televisión; espectáculos por televisión vía satélite; sindicación de programas de televisión [redifusión]; servicios de estudios de grabación para televisión; servicios de presentadores de radio y televisión; servicios de guías de programas de televisión; suministro de películas y programas de televisión no descargables mediante canales de televisión de pago; organización de entregas de premios relacionadas con la televisión; clasificación por edades del contenido emitido por televisión, películas, música, vídeo y videojuegos; servicios de videojuegos; alquiler de grabaciones de sonido y vídeo; provisión de vídeos en línea no descargables; suministro de información en materia de servicios de entretenimiento; suministro de vídeos descargables para uso temporal sin conexión; publicaciones electrónicas (no descargables); organzación de competiciones deportivas; suministro de información sobre actividades deportivas, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 ___________ Número de Solicitud: 2023-5374 Fecha de presentación: 2023-08-23 Fecha de emisión: 10 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SKY INTERNATIONAL AG Domicilio: Stockerhof, Dreikönigstrasse No. 31a, Zürich, CH-8002, Suiza B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SKY BUSINESS G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de la palabra "BUSINESS" por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; gestión, organización y administración de negocios comerciales; trabajos de oficina; producción de anuncios publicitarios para televisión; publicidad por medio de la televisión y el internet; servicios de abono a una cadena de televisión; subastas por teléfono y televisión; publicidad de servicios de telecomunicaciones; publicidad de servicios de televisión de paga; suscripción a servicios de telecomunicaciones para terceros; recopilación, en beneficio de terceros, de una variedad de servicios de telecomunicaciones que permite a los consumidores comparar y comprar comodamente esos servicios, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 ___________ Número de Solicitud: 2023-5392 Fecha de presentación: 2023-08-23 Fecha de emisión: 15 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SKY INTERNATIONAL AG Domicilio: Stockerhof, Dreikönigstrasse No. 31a, Zürich, CH-8002, Suiza B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SKY BUSINESS G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de la palabra "BUSINESS" por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales; producción de televisión; programas de entretenimiento por televisión; espectáculos por televisión vía satélite; sindicación de programas de televisión [redifusión]; servicios de estudios de grabación para televisión; servicios de presentadores de radio y televisión; servicios de guías de programas de televisión; suministro de películas y programas de televisión no descargables mediante canales de televisión de pago; organización de entregas de premios relacionadas con la televisión; clasificación por edades del contenido emitido por televisión, películas, música, vídeo y videojuegos; servicios de videojuegos; alquiler de grabaciones de sonido y vídeo; provisión de vídeos en línea no descargables; suministro de información en materia de servicios de entretenimiento; suministro de vídeos descargables para uso temporal sin conexión; publicaciones electrónicas (no descargables); organización de competiciones deportivas; suministro de información sobre actividades deportivas, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 -- 32 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Número de Solicitud: 2023-3595 Fecha de presentación: 2023-06-05 Fecha de emisión: 23 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Roma Prince, S.A. Domicilio: Alajuela, Cantón 1, Alajuela, Distrito 1, 300m al Oeste y 150m al Sur del Supermercado Los Periféricos, Costa Rica. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ROMA G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "ROMA" y la apariencia de la etiqueta los demás elementos denominativos que aparecen en la misma no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carnes frescas y congeladas, pescado de agua dulce y pescado de mar, carnes de aves de corral y carne de caza incluyendo, pero no limitado a carne de venado, ovejo, conejo y liebre; extractos de carne, frutas en conserva, congeladas, secas y cocidas, envasadas; verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas, semipreparadas y/o sazonadas; jaleas de frutas, confituras de frutas, compotas de vegetales; huevos de ave de corral; productos lácteos, específicamente leche, quesos, mantequilla y yogur con o sin saborizar; aceites y grasas vegetales, aceites y grasas animales, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 ___________ Número de Solicitud: 2023-3596 Fecha de presentación: 2023-06-05 Fecha de emisión: 23 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Roma Prince, S.A. Domicilio: Alajuela, Cantón 1, Alajuela, Distrito 1, 300m al Oeste y 150m al Sur del Supermercado Los Periféricos, Costa Rica. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ROMA G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "ROMA" y la apariencia de la etiqueta los demás elementos denominativos que aparecen en la misma no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café, té, cacao y sus sustitutos; arroz, pastas alimenticias y fideos, simples, saborizados o sazonados; tapioca y sagú saborizada o simple; harinas y preparaciones a base de cereales simples o preparadas tipo mixes; preparación de pan, productos de pastelería y confitería; chocolate amargo, semidulce y dulce, con o sin leche; helados cremosos, sorbetes y otros helados; azúcar, miel, jarabe de melaza y sustitutos del azúcar/ edulcorantes; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbas en conserva y hiervas secas trituradas; vinagre, salsas y otros condimentos; hielo, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 Número de Solicitud: 2023-3598 Fecha de presentación: 2023-06-05 Fecha de emisión: 23 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Roma Prince, S.A. Domicilio: Alajuela, Cantón 1, Alajuela, Distrito 1, 300m al Oeste y 150m al Sur del Supermercado Los Periféricos, Costa Rica. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ROMA G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "ROMA" y la apariencia de la etiqueta los demás elementos denominativos que aparecen en la misma no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tomates crudos; tomates frescos; tomates no procesados; tomates pera frescos; tomates uva frescos; cebollas; cebollas crudas; cebollas frescas; cebollas sin elaborar; ajo sin elaborar; ajoporros frescos; ajopuerros frescos; ajos frescos; ajos verdes; tallos de ajos frescos; maíz crudo; maíz fresco; maíz sin elaborar; trigo; trigo crudo; trigo fresco; trigo sin elaborar, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 ___________ Número de Solicitud: 2023-1418 Fecha de presentación: 2023-03-08 Fecha de emisión: 13 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: COMERCIAL IMAGEN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN IMAGEN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege únicamente la denominación "IMAGEN" y la apariencia de la etiqueta, los demás elementos denominativos, que aparecen en la misma no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de tratamientos de higiene y de belleza para personas, de la clase 44 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 -- 33 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Número de Solicitud: 2023-3602 Fecha de presentación: 2023-06-05 Fecha de emisión: 21 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Roma Prince, S.A. Domicilio: Alajuela, Cantón 1, Alajuela, Distrito 1, 300m al Oeste y 150m al Sur del Supermercado Los periféricos, Costa Rica B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PRINCE G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege únicamente la marca "PRINCE" y la apariencia de la etiqueta, los demás elementos denominativos que aparecen en la misma no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carnes frescas y congeladas, pescado de agua dulce y pescado de mar, carne de aves de corral y carne de caza incluyendo, pero no limitado a carne de venado, ovejo, conejo y liebre; extractos de carne, frutas en conserva, congeladas, secas y cocidas, envasadas; verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas, semipreparadas y/o sazonadas; jaleas de frutas, confituras de frutas, compotas de vegetales; huevos de ave de corral; productos lácteos, específicamente leche, quesos, mantequilla y yogur con o sin saborizar; aceites y grasas vegetales, aceites y grasas animales, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 ___________ Número de Solicitud: 2020-20043 Fecha de presentación: 2020-07-14 Fecha de emisión: 6 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES Domicilio: Lomas del Guijarro, Edificio Orion, Local 105-106, Tegucigalpa, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones a base de café, preparaciones a base de cacao, productos de pastelería y confitería, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 PANUECA Número de Solicitud: 2023-3603 Fecha de presentación: 2023-06-05 Fecha de emisión: 21 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Roma Prince, S.A. Domicilio: Alajuela, Cantón 1, Alajuela, Distrito 1, 300m al Oeste y 150m al Sur del Supermercado Los periféricos, Costa Rica B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PRINCE G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege únicamente la marca "PRINCE" y la apariencia de la etiqueta, los demás elementos denominativos que aparecen en la misma no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café, té, cacao y sus sustitutos, arroz, pastas, alimenticias y fideos, simples, saborizados o sazonados; tapioca y sagú saborizada o simple; harinas y preparaciones a base de cereales simples o preparadas, tipo mixes; preparación de pan, productos de pastelería y confitería; chocolate amargo, semidulce y dulce con o sin leche; helados, cremosos, sorbetes y otros helados; azúcar, miel, jarabe de melaza y sustitutos del azúcar/ edulcorantes, levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbas en conserva y hierbas secas trituradas; vinagre, salsas y otros condimentos; hielo de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 ___________ Número de Solicitud: 2023-1510 Fecha de presentación: 2023-03-13 Fecha de emisión: 8 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LOVELAND PRODUCTS, INC Domicilio: 3005, Rocky Mountain Avenue, Loveland, Colorado 80538, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tensioactivos penetrantes para uso en plaguicidas, de la clase 1 . Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 LI 700 -- 34 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Número de Solicitud: 2023-4321 Fecha de presentación: 2023-07-05 Fecha de emisión: 12 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MINAYA UNITRADE CORP Domicilio: Provincia de Colón, Distrito de Colón, Urbanización Colón Zona Libre, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARIA GABRIELA DÁVILA FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos cosméticos; preparaciones de tocador no medicinales para la protección de bebés y niños en general; toallas impregnadas de lociones cosméticas, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 J. y 15 J. 2024 ________ CORALITOS Número de Solicitud: 2023-4322 Fecha de presentación: 2023-07-05 Fecha de emisión: 12 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MINAYA UNITRADE CORP Domicilio: Provincia de Colón, Distrito de Colón, Urbanización Colón Zona Libre, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARIA GABRIELA DÁVILA FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico; alimentos para bebés; productos de higiene personal que no sean de tocador; pañales para bebés; champús; jabones, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 J. y 15 J. 2024 CORALITOS Número de Solicitud: 2023-4323 Fecha de presentación: 2023-07-05 Fecha de emisión: 12 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MINAYA UNITRADE CORP Domicilio: Provincia de Colón, Distrito de Colón, Urbanización Colón Zona Libre, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARIA GABRIELA DÁVILA FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (10) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Biberones; cierres de biberones; tetinas de biberones; chupetes, alimentadores para bebés; chupetes para bebés; masajeadores de encías para bebés, de la clase 10. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 J. y 15 J. 2024 ________ CORALITOS Número de Solicitud: 2023-4343 Fecha de presentación: 2023-07-05 Fecha de emisión: 9 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MINAYA UNITRADE CORP Domicilio: Provincia de Colón, Distrito de Colón, Urbanización Colón Zona Libre, Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARIA GABRIELA DÁVILA FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Prendas de vestir; calzado; artículos de sombrerería para niños y bebés; ajuares de ropa de bebé; baberos que no sean de papel, pañuelos de bolsillo; bandas (pañuelos para el cuello), de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 J. y 15 J. 2024 CORALITOS -- 35 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Número de Solicitud: 2023-4247 Fecha de presentación: 2023-06-30 Fecha de emisión: 7 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR S olicitante: Empresa de Servicios Múltiples Producción y Procesos de Café (EPROCAO). Domicilio: Barrio El Calvario, salida a Agua Caliente, municipio de Sinuapa, departamento de Ocotepeque, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MARIA JOSE PINTO CHINCHILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Cafe Trifinio G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se da protección al término “CAFE”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cafe, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 J., y 15 J. 2024 _______ Número de Solicitud: 2023-3408 Fecha de presentación: 2023-05-29 Fecha de emisión: 27 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: JAIME ANDARA FLORES. Domicilio: COLONIA SAN CARLOS, AL COSTADO DE ESCUELA GUADALUPE ULLUOA, CP 12101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JAIME ARMANDO ANDARA ARGUETA E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CEDRELA G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de hotel, reservación de hotel, servicio en línea para reservación de hotel, servicio relacionado a hotelería y hospedaje temporal, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 J., y 15 J. 2024 Número de Solicitud: 2022-3536 Fecha de presentación: 2022-06-20 Fecha de emisión: 15 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR S olicitante: DISTRIBUIDORA RIMET HONDURAS S.A. Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL AIDA GUILLERMINA LAZARUS WILLS E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GOLERO G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Botas de fútbol, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 J., y 15 J. 2024 _______ Número de Solicitud: 2022-7418 Fecha de presentación: 2022-12-06 Fecha de emisión: 14 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR S olicitante: DROGUERIA CAFI, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: COLONIA PALMIRA, AVENIDA JUAN LINDO, EDIFICIO MATAMOROS, SEGUNDO NIVEL, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL IRINA MARIBEL URBINA AGUILAR E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CAFI G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación CAFI, los demás elementos denominativos, que aparecen en la etiqueta no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Comercialización de productos, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 J., y 15 J. 2024 -- 36 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Número de Solicitud: 2023-2658 Fecha de presentación: 2023-04-28 Fecha de emisión: 22 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Comercializadora de Lácteos y Derivados, S.A. de C.V. Domicilio: Calzada Lázaro Cardenas #185, Col. Parque Industrial Lagunero, C.P. 35077, Gomez Palacio, Durango México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “VITA POR LALA”, en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Leche de almendras (bebida), leche de coco (bebida), leche de nueces (bebida), leche de arroz (bebida), leche de amaranto (bebida), yoghurt a base de leche de almendras, leche de coco, leche de nueces, leche de arroz, leche de amaranto, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 VITA POR LALA _______ Número de Solicitud: 2023-2659 Fecha de presentación: 2023-04-28 Fecha de emisión: 7 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Comercializadora de Lácteos y Derivados, S.A. de C.V. Domicilio: Calzada Lázaro Cardenas #185, Col. Parque Industrial Lagunero, C.P. 35077, Gomez Palacio, Durango México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “VITA POR LALA”, en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebida a base de almendra (bebidas que no sean sucedáneos a la leche), bebida a base de coco (bebida que no sean sucedáneos a la leche), bebida a base de nueces (bebidas que no sean sucedáneos a la leche), bebida a base de arroz (bebidas que no sean sucedáneos a la leche), bebida a base de amaranto (bebidas que no sean sucedáneos a la leche), de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 VITA POR LALA Número de Solicitud: 2023-5224 Fecha de presentación: 2023-08-16 Fecha de emisión: 26 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR S olicitante: CRISDU MODA INTIMA LTDA. Domicilio: Rua Nanito Carlos Kehl, 55, Bairro Centro, ciudad: Ingrejinha, rs/Brasil, Brasil. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ROMANCE G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Accesorios para la cabeza; pañuelos; bandanas [pañuelos para el cuello]; pantalones bombachos; blazers [ropa]; gorros; fulares; zapatos; calzado; bragas; pantalones cortos de baño; bañadores; camisas; camisolines; abrigos; chaquetas; sombreros; zapatillas; zapatillas de baño; fajas [ropa interior]; cinturones [prendas de vestir]; chalecos; sandalias de baño; calzoncillos boxer; mallas [leggins ]; lencería femenina; guantes [ropa femenina]; mitones; monos de vestir; prendas de punto; calcetines; leotardos; pijamas; calentadores de piernas; ropa íntima; ropa de gimnasia; bañadores; ropa de cuero; ropa de imitación de cuero; ropa de playa; albornoces; faldas; sandalias; gabanes; sueteres; bañadores; sujetadores; trajes [disfrasces]; uniformes; ropa; camisetas deportivas; baby-doll; pantalones cortos de deporte; bikini; gorra; shorts de baño; camiseta; canga; bufanda; jerséis sin manga; pantalones largos, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 _______ Número de Solicitud: 2020-20042 Fecha de presentación: 2020-07-14 Fecha de emisión: 3 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR S olicitante:GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES. Domicilio: Lomas del Guijarro, edificio Orion, Local 105-106, Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Jaleas, mermeladas, conservas de frutas, frutas deshidratadas, compotas de frutas, grasas comestibles, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 PIKARAMAYA -- 37 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Número de Solicitud: 2023-5165 Fecha de presentación: 2023-08-14 Fecha de emisión: 10 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR S olicitante: ACAVA LIMITED. Domicilio: 167 Merchants Street, Valleta LVT 1174, Malta. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AJE CIELO G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “EJE CIELO”, y la apariencia de su etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aguas minerales y bebidas sin alcohol, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 _____ Número de Solicitud: 2023-5086 Fecha de presentación: 2023-08-09 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR S olicitante: GRUPO EMBOTELLADOR ATIC, S.A. Domicilio: Av. de la Vega 1, edificio 2, planta 5. Localidad de Alcobendas, Provincia de Madrid, España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Señal de Propaganda asociada a la marca D’GUSSTO CHOCOCOA bajo Solicitud 2021-006086. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; atún; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas, jaleas, confituras, compotas; huevos; leche, quesos, mantequilla, yogur y leche en polvo, alimentos y bebidas a base de leche, tales como: budines, cremas, postres, batidos, malteadas, aceites y grasas para uso alimenticio; preparaciones para hacer sopas; sopas; sopas/consomés; sopas julianas/ sopas vegetales, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 D’ GUSSTO Familia que da gusto Número de Solicitud: 2023-5088 Fecha de presentación: 2023-08-09 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR S olicitante: GRUPO EMBOTELLADOR ATIC, S.A. Domicilio: Av. de la Vega 1, edificio 2, planta 5. Localidad de Alcobendas, Provincia de Madrid, España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Señal de Propaganda asociada a la marca D’GUSSTO CHOCOCOA bajo Solicitud 2021-006087. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café, té, cocao y sucedáneos del cafe, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 D’ GUSSTO Familia que da gusto _____ Número de Solicitud: 2022-7716 Fecha de presentación: 2022-12-22 Fecha de emisión: 4 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR S olicitante: Six Continents Limited. Domicilio: Broadwater Park, Denham, Buckinghamshire, UB9 5HR, Reino Unido. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de administración de hoteles y complejos turísticos; servicios de franquicias de hoteles y complejos turísticos; servicios de asesoramiento y consultoría de negocios relacionados con la gestión, operaciones y franquicias de hoteles y complejos turísticos; gestión comercial de hoteles y complejos turísticos; servicios de mercadeo de hoteles, complejos turísticos e inmobiliarios; explotación de programas de incentivos y fidelización de clientes; servicios promocionales del tipo de programas de incentivos y fidelización de clientes; servicios relacionados con la gestión comercial y franquicias de spa, balnearios de salud; servicios de gestión de ventas de bienes inmuebles con condominios residenciales; servicios publicitarios o promocionalcs en relación con la venta o arrendamiento de condominios residenciales, de la clase 35 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 VIGNETTE -- 38 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Número de Solicitud: 2023-5391 Fecha de presentación: 2023-08-23 Fecha de emisión: 15 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR S olicitante: SKY INTERNATIONAL AG. Domicilio: Stockerhof, Dreikönisgstrasse No. 31a, Zürich, CH-8002, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SKY BUSINESS G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de la palabra “BUSINESS”, por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Telecomunicaciones; difusión de vídeo; difusión vía satélite; difusión de música; difusión de audio; difusión de programas de televisión; servicios de proveedor de internet; suministro de acceso a internet; transmisión digital de datos por internet; comunicaciones telemáticas y acceso a internet; televisión por cable y por satélite; emisiones de televisión; emisión de televisión en internet; operación de transmisores de televisión tierra -satélite; transmisión de guías de programas de televisión interactivas; difusión de programas de televisión mediante servicios de vídeo bajo demanda y servicios de televisión a la carta; facilitación de acceso a televisión a través de aparatos de descodificación; servicios de telefonía y telefonía inalámbrica; servicios de telefonía por internet; servicios de comunicación por telefonía móvil, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDRAY Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 _____ Número de Solicitud: 2023-5394 Fecha de presentación: 2023-08-23 Fecha de emisión: 15 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR S olicitante: SKY INTERNATIONAL AG. Domicilio: Stockerhof, Dreikönisgstrasse No. 31a, Zürich, CH-8002, Suiza, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SKY BUSINESS G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de la palabra “BUSINESS”, por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Papel, cartón; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería y oficina, excepto muebles; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; materiales de dibujo y materiales para artistas; pinceles; material de instrucción o de enseñanza (excepto aparatos); hojas, películas y bolsas de materias plásticas para embalar y empaquetar; caracteres de imprenta; clichés de imprenta; revistas impresas, boletines impresos, guías impresas y productos de imprenta todos con contenidos en el campo de la televisión, el entretenimiento y los servicios de telecomunicaciones, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 _____ Número de Solicitud: 2023-5383 Fecha de presentación: 2023-08-23 Fecha de emisión: 12 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR S olicitante: SKY INTERNATIONAL AG. Domicilio: Stockerhof, Dreikönisgstrasse No. 31a, Zürich, CH-8002, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SKY BUSINESS G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de la palabra “BUSINESS”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Telecomunicaciones; difusión de vídeo; difusión vía satélite; difusión de música; difusión de audio; difusión de programas de televisión; servicios de proveedor de internet; suministro de acceso a internet; transmisión digital de datos por internet; comunicaciones telemáticas y acceso a internet; televisión por cable y por satélite; emisiones de televisión; emisión de televisión en internet; operación de transmisores de televisión tierra-satélite; transmisión de guías de programas de televisión interactivas; difusión de programas de televisión mediante servicios de vídeo bajo demanda y servicios de televisión a la carta; facilitación de acceso a televisión a través de aparatos de descodificación; servicios de telefonía y telefonía inalámbrica; servicios de telefonía por internet; servicios de comunicación por telefonía móvil, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 J., 15 y 30 J. 2024 -- 39 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Número de Solicitud: 2023-1642 Fecha de presentación: 2023-03-20 Fecha de emisión: 15 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HD HYUNDAI INFRACORE CO., LTD Domicilio: 489, Injung-ro, Dong-Gu, Incheon, Republic of Korea, República de Corea. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N.° 7020221315 de fecha 30/09/2022 de República de Corea. C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (4) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DEVELON G.- H.-Reservas/Limitaciones: Se considera tipo de signo denominativo. I.- Reivindicaciones: Tipografía especial. J.- Para Distinguir y Proteger: Aceites de motor; aceites para engranajes; grasa lubricante, de la clase 4. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 J. y 15 J. 2024 _______ Número de Solicitud: 2023-1631 Fecha de presentación: 2023-03-20 Fecha de emisión: 14 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HD HYUNDAI INFRACORE CO., LTD Domicilio: 489, Injung-ro, Dong-Gu, Incheon, Republic of Korea, República de Corea. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N.° 402022177839 de fecha 27/09/2022 de República de Corea. C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DEVELON G.- H.-Reservas/Limitaciones: Se considera tipo de signo denominativo. I.- Reivindicaciones: Tipografía especial J.- Para Distinguir y Proteger: Máquinas excavadoras: piezas de excavadora; cargadores frontales; cargadores [máquinas para movimiento de tierras]; pala cargadora; cargadores de dirección deslizante; cargadores útiles; retroexcavadoras; excavadoras; bombas como partes de máquinas, motores; máquinas agrícolas; máquinas para trabajar la madera; máquinas de minería; maquinaria de ingeniería civil; frenos para máquinas industriales; generadores de corriente continua; generadores de corriente alternativa alternadores]; motores de corriente continua que no sean para vehículos; motores de corriente continua para barcos o aviones; motores de corriente alternativa para barcos o aviones; motores de diésel (que no sean para vehículos); motores de gasolina (que no sean para vehículos); motores de diésel que no sean para vehículos terrestres; motores generadores, de aspersión de gas; motores para embarcaciones marinas; motores, no para vehículos terrestres; sistemas de tratamiento de gases de escape para motores diésel; válvulas de escape (partes de motores); escapes para motores; escapes para carretillas elevadoras; escapes para motores y locomotores; grúas; accesorios para excavadoras, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 J. y 15 J. 2024 Número de Solicitud: 2023-1641 Fecha de presentación: 2023-03-20 Fecha de emisión: 14 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HD HYUNDAI INFRACORE CO., LTD Domicilio: 489, Injung-ro, Dong-Gu, Incheon, Republic of Korea, República de Corea. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N.° 7020221315 de fecha 30/09/2022 de República de Corea C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DEVELON G.- H.-Reservas/Limitaciones: La marca "DEVELON", se considera bajo el tipo de signo denominativo. I.- Reivindicaciones: Tipografía especial. J.- Para Distinguir y Proteger: Aceites hidráulicos: líquidos anticongelantes, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 J. y 15 J. 2024 _______ Número de Solicitud: 2023-1628 Fecha de presentación: 2023-03-20 Fecha de emisión: 14 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HD HYUNDAI INFRACORE CO., LTD Domicilio: 489, Injung-ro, Dong-Gu, Incheon, Republic of Korea, República de Corea. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N.° 7020221315 de fecha 30/09/2022 de República de Corea. C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DEVELON G.- H.-Reservas/Limitaciones: Se considera tipo de signo denominativo. I.- Reivindicaciones: Tipografía especial. J.- Para Distinguir y Proteger: Carros empujadores para minería; aparatos de antirrobo para vehículos; amortiguadores vehiculares; aparatos de freno para vehículos; portaequipajes para vehículos; máquinas de fuerza motriz para vehículos terrestres; automóviles; aparatos de advertencia antirrobo para automóviles, motores de automóviles; piezas y accesorios para automóviles; montacargas; piezas y accesorios para vehículos ferroviarios; volquetes; transportadores móviles de vagones, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 J. y 15 J. 2024 -- 40 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Número de Solicitud: 2023-5393 Fecha de presentación: 2023-08-23 Fecha de emisión: 15 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SKY INTERNATIONAL AG Domicilio: Stockerhof, Dreikönigstrasse No. 31ᵃ, Zürich, CH-8002, Suiza B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SKY BUSINESS G.- H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de la palabra "BUSINESS" por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos científicos, de investigación, de navegación, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, audiovisuales, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de detección, de control (inspección), de inspección, de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la distribuci