Decreto Legislativo
Decreto Legislativo No. 55-2024 — Aprobación del Contrato para la Construcción del Laboratorio Nacional de Vigilancia de la Salud
Congreso Nacional
DECRETO No. 55-2024
EL CONGRESO NACIONAL,
CONSIDERANDO: Que el Artículo 59 de la Constitución
de la República establece que la persona humana es el
fin supremo de la sociedad y del Estado. Todos tienen la
obligación de respetarla y protegerla. La dignidad humana
es inviolable, así mismo el Artículo 145 del mismo alto
cuerpo legal reconoce el derecho a la protección de la salud.
Es deber de todos participar en la promoción y preservación
de la salud personal y de la comunidad.
CONSIDERANDO: Que el sistema de salud en Honduras
está estructurado por varios subsectores distribuidos de la
siguiente manera: i) La Secretaría de Salud (SESAL) a la
cual le corresponde el rol rector, regulador y la prestación
de servicios de salud a toda la población hondureña;
ii) El Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS)
encargado de recaudar, administrar recursos fiscales y los
provenientes de las cotizaciones obligatorias de trabajadores
y empleadores, así como la prestación de servicios y iii) El
subsector privado conformado por instituciones con o sin
fines de lucro.
CONSIDERANDO: Que la deficiente infraestructura y el
escaso equipamiento hospitalario, son de las determinantes
que limitan el acceso de la población hondureña a servicios
de calidad y especializados en salud, repercutiendo en el
tiempo para realizar diagnóstico y hospitalización. En ese
sentido, es necesario realizar esfuerzos para optimizar
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EDIS ANTONIO MONCADA
SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Administración: 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
la inversión física y la gestión hospitalaria con el fin de
disminuir la brecha de atención en salud de la población.
CONSIDERANDO: Que el Código Tributario contenido
en el Decreto No.170-2016 del 15 del mes de Diciembre
del año 2016, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de
fecha 28 de Diciembre de 2016, en su Artículo 11, numeral
2, reconoce el principio de legalidad y la competencia
exclusiva del Congreso Nacional para otorgar exenciones,
exoneraciones, deducciones, liberaciones o cualquier otra
clase de beneficio fiscal; asimismo, en el Artículo 17,
establece que la exoneración, es la dispensa total o parcial
del pago de la obligación tributaria o aduanera aprobada por
el Congreso Nacional, cuya tramitación individualmente
corresponde al Poder Ejecutivo, por conducto de la
Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN).
CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado
en el Despacho de Salud y la Empresa TOKURA
CORPORATION, JAPON suscribieron el 1 de Junio
del año 2023 con vigencia al 30 de Septiembre de 2024
prorrogable a voluntad de las Partes, el Contrato de
PROYECTO PARA LA CONSTRUCCION DEL
LABORATORIO NACIONAL DE VIGILANCIA
DE LA SALUD, por un monto de UN MIL CIENTO
OCHENTA MILLONES DE YENES JAPONESES
(JP¥ 1,180,000,000), mismo que será Financiado con
Fondos de la Donación realizada mediante Acuerdo de
Convenio suscrito el 10 de Octubre del Año 2016, entre
e! Gobierno de la República de Honduras y la Agencia de
Cooperación Internacional del Japón (JICA) y es de urgente
necesidad la Aprobación por el Congreso Nacional.
CONSIDERANDO: Que corresponde al Estado cuidar
la salud del pueblo mediante la regulación, supervisión
y control, por medio de la Salud Pública y Asistencia
Social. Por lo que el Estado de Honduras para conservar
adecuadamente y aumentar estos mecanismos, debe contar
con un efectivo cumplimiento de objetivos de creación para
el Laboratorio Nacional de Vigilancia de la Salud.
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CONSIDERANDO: Que la Ley de Contratación del
Estado en su Artículo 13 establece que los contratos que
contemplen exoneraciones, incentivos o concesiones
fiscales, requerirán aprobación del Congreso Nacional, este
requisito deberá cumplirse especialmente, cuando se trate
de contratos que hayan de producir o prolongar sus efectos
al siguiente período de Gobierno.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo
205, atribuciones 19) y 36) de la Constitución de la
República, es potestad del Congreso Nacional: Aprobar o
improbar los contratos que llevan involucrados exenciones,
incentivos y concesiones fiscales celebrados por el Poder
Ejecutivo, así como los empréstitos.
CONSIDERANDO: Que conforme al Artículo 205,
Atribución 1) de la Constitución de la República, es
potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar,
reformar y derogar las leyes.
POR TANTO,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Aprobar en todas y cada una de las
partes el “CONTRATO PARA
L A C O N S T R U C C I Ó N D E L
LABORATORIO NACIONAL DE
VIGILANCIA DE LA SALUD”,
suscrito el 1 de Junio del año 2023,
entre EL GOBIERNO DE LA
REPÚBLICA DE HONDURAS, en su
condición de Contratante y la Empresa
T O K U R A C O R P O R A T I O N
JAPÓN, en su condición de Contratista,
por un monto de UN MIL CIENTO
OCHENTA MILLONES DE YENES
JAPONESES (JP¥ 1,180,000,000.00),
el cual está verificado por la Agencia
de Cooperación Internacional Japón
(en adelante se denominará “JICA”)
conforme al Acuerdo de Donación
de fecha 10 de Octubre de 2016 entre
JICA y el Gobierno de la República de
Honduras, concerniente a la donación
japonesa para el PROYECTO
D E C O N S T R U C C I Ó N D E L
LABORATORIO NACIONAL DE
VIGILANCIA DE LA SALUD,
mismo que literalmente dice:
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“SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD.
CONTRATO ENTRE LA SECRETARIA DE SALUD REPÚBLICA DE HONDURAS
(THE SECRETARIAT OF HEALTH) Y TOKURA CORPORATION, JAPON, PARA
EL PROYECTO PARA CONTRUCCION DEL LABORATORIO NACIONAL DE
VIGILANCIA DE LA SALUD (The Project for Construction of Nacional
Laboratory of Health Surveillance), ACUERDO CONVENIO ESTE CONTRATO,
hecho y celebrado el día 1 de Junio del año 2023 por y entre la Secretaria de Salud
(THE SECRETARIAT OF HEALTH) de la República de Honduras (en adelante
denominado el “Cliente”) y TOKURA CORPORATION (en adelante denominado el
“Contratista”), DA FE DE QUE: CONSIDERANDO QUE la Agencia de Cooperación
Internacional de Japón (en adelante denominado “JICA”) otorgará una donación al
Gobierno de la República de Honduras en base al Acuerdo de Donación (en
adelante denominado el “A/D”) firmado el día 10 de Octubre del 2016 entre el
Gobierno de la República de Honduras y JICA, referente al PROYECTO PARA LA
CONSTRUCCION DEL LABORATORIO NACIONAL DE VIGILANCIA DE LA
SALUD (The Project for Construction of National Laboratory of Health Surveillance)
(en adelante denominado “Proyecto”); CONSIDERANDO QUE el Cliente, como una
autoridad competente para el Proyecto, requiere que las obras para el Proyecto se
ejecuten por el Contratista, y ha aceptado una oferta por el Contratista para la
ejecución y terminación de estas obras para el Proyecto y la reparación de
cualesquiera defectos de las mismas, POR LO TANTO AHORA, considerando los
convenios mutuos, el Cliente y el Contratista aceptan lo siguiente: 1.- El presente
Convenio, las palabras y expresiones tendrán el mismo significado que se les
atribuya en los documentos de Contrato a que se refieran. 2.- El presente Convenio
y los documentos enumerados a continuación serán considerados como
constitutivos del presente Contrato, y deberá leerse e interpretarse como
integrantes del mismo. El presente Convenio prevalecerá sobre todos los demás
documentos del Contrato. (i) la Carta de la Oferta (ii) las Condiciones Particulares-
Parte A (Datos del Contrato, incluido el Calendario de Pago) (iii) las Condiciones
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Particulares - Parte B (Disposiciones Específicas) (iv) las Condiciones Generales
(incluidos Anexos) (v) las Especificaciones (vi) los Planos (vii) el Reconocimiento de
Cumplimiento de las Directrices de Adquisición para la Donaciones Japonesas
(Tipo1). 3.-Como contrapartida a los pagos que el Cliente ha de hacer al Contratista,
conforme se estipula en el presente Convenio, el Contratista se compromete ante
el Cliente por medio del presente Convenio, a ejecutar las obras para el Proyecto y
a reparar sus defectos de conformidad en todos los aspectos con las disposiciones
del Contrato.4.- El Cliente se compromete por medio del presente a pagar al
Contratista, en compensación por la ejecución y terminación de las obras para el
Proyecto y la reparación de sus defectos, el Precio del Contrato o las otras sumas
que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en el Contrato en el plazo
y la forma estipulados en éste. EN FE DE LO CUAL las partes presentes han
acordado que este Convenio sea firmado en la fecha escrita anteriormente con sus
nombres respectivos, por duplicado, conservando cada Parte una (1) copia del
mismo. El Cliente (firma) Dra. Mitzi Castro Paz, Jefe Laboratorio Nacional de
Vigilancia de Salud Secretaría de Salud República de Honduras, El Contratista
(firma) Osamu OZEKI Gerente General División Internacional TOKURA
CORPORATION. A: TOKURA CORPORATION Está certificado por la presente que
este contrato ha sido debidamente verificado por la Agencia de Cooperación
Internacional del Japón (en adelante se denominará “JICA”) conforme al Acuerdo
de Donación fechada el 10 de octubre de 2016 entre JICA y the Government of the
Republico of Honduras, concerniente a la donación japonesa para the Project for
Construction of National Laboratory of Health Surveillance. Fecha 21 de agosto de
2023 Numero de Verificación/No Objeción 28-VJ-160 (firma) SANJO Akihito,
Director General Departamento de la Gestión de Cooperación Financiera, Agencia
de Cooperación Internacional del Japón.
Sección VI. Condiciones Particulares (CP)
Nota sobre las Condiciones Particulares Las CP complementan las Condiciones
Generales (CG) para especificar datos y requisitos contractuales vinculados a las
circunstancias especiales del País, el Cliente, el Consultor, el Proyecto y las Obras,
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e incluyen modificaciones y adiciones a las CG. En casos de discrepancia, las
presentes disposiciones prevalecerán sobre las que figuran en las CG. La Parte A,
Datos del Contrato, incluye datos que complementan las CG. La Parte B,
Disposiciones Específicas, serán enmiendas y adiciones a las CG. Todas las
disposiciones señaladas en este formulario Parte B, que han sido preparadas por
JICA, serán usadas sin modificación alguna. Además de tales disposiciones, las
Partes proporcionarán cualquier otra disposición estrictamente necesaria para el
Proyecto. El número de Cláusulas de las CP corresponde al de las CG. Todo el
texto que aparece en cursiva y entre corchetes sirve de guía para preparar el
formulario y deberá suprimirse, junto con cualquier corchete, en la versión definitiva.
Condiciones Particulares (CP). Las siguientes Condiciones Particulares
complementarán las Condiciones Generales del Contrato para las Obras de
Construcción (CG). En casos de discrepancia, las presentes disposiciones
prevalecerán sobre las que figuran en las CG. Los elementos señalados con
"(Equipo)" se referirán a la "Sección VII (2) GCC para la Adquisición de Equipos."
Otros elementos se referirán a la "Sección VII (1) GCC para las Obras de
Construcción."
Parte A- Datos del Contrato (DC)
Elementos Sub Cláusula Datos
Directrices Aplicables 1.1(1) Directrices de Adquisición para las Donaciones
Japonesas (TipoI) (enero de 2016)
Fecha límite de presentación
de la Carta de la Oferta
1.1(3) 22 de mayo de 2023
Nombre del Consultor Gerente 1.1 (5) Arq. Koji NAKAMURA
Nombre y dirección del
Consultor
1.1(12) Azusa Sekkei Co., Ltd.
MFIP Haneda 3F, 10-11 Haneda Asahicho, Ota-ku,
Tokio 144-0042, Japón
Nombre(s) del (los) (Lugar (es)
del Proyecto (Equipo)
1.1.(37). Los lugares (es) de entrega: Nuevo Laboratorio
Nacional de Vigilancia de Salud, (Nuevo Laboratorio
Nacional de Vigilancia de Salud, Colonia La Campaña,
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Tegucigalpa, M.D.C., Departamento de Francisco
Morazán, Honduras)
El lugar de ejecución de las Obras de Instalación:
Nuevo Laboratorio Nacional de Vigilancia de Salud
(Nuevo Laboratorio Nacional de Vigilancia de Salud,
Colonia La Campaña, Tegucigalpa, M.D.C.,
Departamento de Francisco Morazán, Honduras) El
lugar de ejecución de la Capacitación de Operación:
Nuevo Laboratorio Nacional de Vigilancia de Salud
(Nuevo Laboratorio Nacional de Vigilancia de Salud,
Colonia La Campaña, Tegucigalpa, M.D.C.,
Departamento de Francisco Morazán, Honduras).
Nombres de Supervisor
Residente.
1.1(46) Arq. Mikihiro MATSUYAMA
Sistema de transmisión
electrónica.
1.3(1)(a) Enviar un archivo PDF por correo electrónico
Dirección del receptor para
fines de comunicaciones.
1.3(1)(b) Las direcciones son:
Cliente: La Secretaría de Salud de la República de
Honduras
(THE SECRETARIAT OF HEALTH)
Atención: Dra. Mitzi Castro Paz
Correo electrónico:
Jefaturalab2020@gmail.com
Contratista: TOKURA CORPORATION
Atención: Sr. Osamu OZEKI
Correo electrónico:
Osama.ozeki@takura.co.jp
Ley Aplicable 1.4(1) Ley de Japón
Idioma 1.4(2) Español
Requisitos de notificaciones,
etc.
1.13(b) N/A
Alcance de las Obras 2.1 Obras de construcción
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● Construcción del Edificio principal Obras de
equipos
● Provisión de equipos de vigilancia
● Instalación de equipo de vigilancia Para los
detalles de la Obra, consulte las
Especificaciones y los Planos.
Alcance de las Obras de
Adquisición (Equipo)
2.2 Adquisición de los equipos para el Laboratorio.
Para los detalles de las Obras de Adquisición, consulte
las Especificaciones.
Alcance de las Obras de
Instalación (Equipo)
2.3(1) Instalación de los equipos para el laboratorio para los
detalles de las Obras de Instalación, consulte las
Especificaciones y los Planos.
Alcance de la Capacitación de la
Operación (Equipo)
2.4 Capacitación para la operación de los equipos de
laboratorio Para los detalles de Capacitación de
Operación, consulte las Especificaciones.
Sección 1.1(47)
2.2
8.3
N/A
Consulte la Tabla-1: Resumen de las Secciones que se
encuentran abajo
Responsabilidades del Cliente 4.2 Consulte el Apéndice 1: una copia del último Calendario
4 (Obligaciones del Receptor) del A/D.
Vez(ces) de acceso al Lugar 4.4(1),(2)
7.1(1)(c)
N/A
Obligaciones y facultades del
consultor
5.1(1) Consulte el Apéndice 2: Alcance de los Servicios bajo el
Acuerdo de Consultoría.
Horas de trabajo 6.1(8)
Anexo
6.1.5
Horas localmente reconocidas de trabajo
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Monto de la Garantía de
Cumplimiento
6.2(1) ciento dieciocho millones de yenes japoneses (JPY
118.000,000) que equivalen al(los) monto(s) de diez
(10) por ciento del Precio del Contrato en yenes
japoneses.
Nombre del Representante del
Contratista
6.3(2) Sr.Katsumi TOKURA
Plazo de Culminación 1.1(55)
7.2
30 de septiembre de 2024 (Se modificará si se modifica
el A/D)
Progreso o hito 7.3(2)(a)(ii) Consulte el Apéndice 3: Calendario de Pagos (3-1 para
las Obras de Construcción y 3-2 para las Obras de los
Equipos).
Empaque de los Equipos
(Equipo)
7.4(1) (1) Los equipos y materiales para las Obras deben estar
sujetos a las inspecciones de fábrica y pre-embarques y
a las operaciones de prueba antes del embarque, y
solamente los que pasen dichas inspecciones podrán
ser enviados.
Las inspecciones de pre-embarques deben prepararse
por el suministrador, de conformidad con lo solicitado
por la agencia de inspección asignada por el Consultor.
(2) Todos los equipos y accesorios deben prepararse
apropiadamente para la exportación. El empaque debe
ser lo suficientemente fuerte para resistir el manejo
brusco y las vibraciones durante el transporte, la
exposición a la lluvia, ambientes salinos, altas
temperaturas, la humedad y otras condiciones naturales
severas. Los accesorios y consumibles deben ser
empaquetados para prevenir perdidas y daños, y
claramente etiquetados de conformidad con las
instrucciones de instalación.
Detalle de Embarque y Entrega
(Equipo)
7.4(2) Se permite el embarque parcial y la entrega parcial.
El(los) lugar(es) de entrega es(son): Nuevo Laboratorio
Nacional de Vigilancia de la Salud
(El lugar de entrega es Nuevo Laboratorio Nacional de
Vigilancia Sanitaria, Colonia la Campaña, Tegucigalpa,
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M.D.C., Departamento de Francisco Morazán,
Honduras.)
(1) Los elementos de los equipos, que requieren
los certificados y/o las licencias de exportación,
deben tener los certificados y/o las licencias
que se necesitan para la exportación, emitidos
por el Gobierno de Japón u otros gobiernos
antes del embarque bajo la responsabilidad del
Suministrador.
(2) El suministrador debe notificar al Comprador y
al Consultor sobre cada embarque lo más
pronto posible.
(3) El equipo adquirido de (Japón y/o nombres de
los terceros países/áreas) debe ser enviado de
(Japón y/o nombres de los terceros
países/áreas del embarque) en o antes del día
1 de septiembre de 2024.
(4) El equipo adquirido en Honduras debe ser
entregado a (Lugar de entrega) por el
Suministrador en o antes del día 30 de
septiembre de 2024. (Se modificará si se
modifica el A/D)
Transporte-Términos
Comerciales y la Excepción
(Equipo)
7.4(4) CIP
(1) El Suministrador debe tener seguro de primera
clase de una empresa japonesa a nombre del
Suministrador ante pérdida, daño o
destrucción del equipo durante el período de
transporte hasta el lugar del Proyecto.
(2) El modo de transporte es marítimo y/o
terrestre.
(3) El suministrador debe organizar todos los
procedimientos para el transporte del equipo,
herramientas, instrumentos y materiales que
se usan para la Obra. Todos los gastos
incurridos para el transporte hasta el lugar de
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Proyecto deben se sufragados por el
Suministrador.
Precio del Contrato 1.1(17)
9.1(3)
mil ciento ochenta millones de yenes japoneses (JPY
1,180.000,000)
Consulte el Apéndice 3: Calendario de Pagos
Calendario de Pagos 1.1(40)
9.1(3)
Consulte el Apéndice 3: Calendario de Pagos.
(3-1 para las Obras de Construcción, y 3-2 para las
Obras de los Equipos)
Progreso o hito de las Obras
para el pago intermedio
(parcial)
1.1(11)
9.4(1)
Consulte el Apéndice 3: Calendario de Pagos.
(3-1 para las Obras de Construcción, y 3-2 para las
Obras de los Equipos)
Búsqueda e Inspección por
parte del Consultor durante el
Plazo de Garantía Equipo
10.2(1) El Consultor llevará a cabo la búsqueda e inspección de
conformidad con la Sub- Clausula 10.2.
Nombre de las autoridades
competentes
13.2(4)(a) N/A
Plazo de presentación de los
documentos del seguro.
16.1(6) 28 días después de la Fecha de Inicio
Monto máximo de deducibles
para el seguro relacionado con
el uso del Cliente y de Fuerza
Mayor.
16.2(4)(d) N/A
Monto mínimo del seguro de
responsabilidad civil (contra
riesgos de terceros).
16.3(2) 1 millón de dólares americanos o 100 millones de yenes
japoneses
Idioma para el Arbitraje. 18.3(5) Inglés
Atención: JICA no revisará el Precio del Contrato que no será cubierto por la
Donación, el desglose y el calendario de pagos de dicho Precio del Contrato.
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Tabla-1: Resumen de las Secciones
Nombre de la Sección/Descripción
(Sub-Cláusula2.2)
Plazo de Culminación
(Sub-Cláusula 7.2)
N/A N/A
N/A N/A
N/A N/A
N/A N/A
N/A N/A
Apéndice 1:
Anexo 4
Obligaciones del Receptor.
De conformidad con las obligaciones del Receptor estipuladas en los E/N, el
Receptor asumirá las obligaciones enumeradas en las tablas siguientes. JICA y el
Receptor podrán acordar de vez en cuando por separado y por escrito los puntos,
plazos y otros asuntos descritos en las tablas siguientes dentro del ámbito de las
obligaciones estipuladas en los E/N.
(1) Obligaciones específicas del Receptor que no serán financiadas con la
Subvención
1) Antes de la Licitación
No. Acciones/Puntos Plazos Encargado Coste Ref.
1 Abrir Cuenta Bancaria (Acuerdo Bancario A/B) En el plazo de
1 mes tras la
firma del
Acuerdo G/A
Banco
Central
Secretaría
de Salud
2 Formar el Comité Directivo del Proyecto En el plazo de
1 mes tras la
firma del
Acuerdo G/A
Secretaría
de Salud
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3 Finalizar el registro de la propiedad o terreno En el plazo de
1 mes tras la
firma del
Acuerdo G/A
Secretaría
de Salud
4 Presentar una solicitud a la Embajada de Japón
mediante una nota verbal para que realice los
trámites necesarios para la eliminación de los
equipos adquiridos anteriormente en el marco de
la subvención japonesa que estén fuera de servicio
y que vayan a renovarse en el Proyecto.
En el plazo de
1 mes tras la
firma del
Acuerdo G/A
Secretaría
de Salud
5 Cambiar la clasificación urbanística de la
propiedad o terreno
Antes de la
notificación de
la licitación
Secretaría
de Salud
6 Obtener un permiso medioambiental Antes de la
notificación de
la licitación
Secretaría
de Salud
7 Asegurar los siguientes terrenos
1) Sitio o lugar del Proyecto
2) Patio temporal de construcción y almacén
dentro/cerca de la zona del Proyecto
3) Espacio de estacionamiento para 18 vehículos
adicionales cerca del sitio del Proyecto.
Antes de la
notificación de
la licitación
Secretaría
de Salud
8 Despejar, nivelar y recuperar el sitio del Proyecto
1) Eliminar los edificios existentes (oficina
existente, cisterna exterior, cisterna alta, parte del
muro perimetral)
2) Reubicar los servicios públicos existentes
(electricidad, agua, teléfono, internet)
3) Retirar el pavimento existente (frente a la caseta
de generación de energía existente)
Antes de la
notificación de
la licitación
Secretaría
de Salud
$22,190
-- 13 of 420 --
4) Eliminar los obstáculos subterráneos (cimientos
de casas antiguas, etc.)
5) Quitar los árboles (un árbol alto en el lado sur
del tanque alto existente)
6) Preparar el sitio del Proyecto
9 Obtener permisos de urbanismo, clasificación
urbana y construcción
1) Obtener permiso de desarrollo y/o planificación
urbanística
2) Obtener permiso de construcción y otros
permisos aplicables para instalaciones
Antes de la
notificación de
la licitación
Secretaría
de Salud
2) Durante la Implementación del Proyecto
No Acciones/Puntos Plazos Encargado Coste Ref
1 Pagar las comisiones que se
indican a continuación a un
banco japonés en función de
B/A
1) Comisiones de
Asesoramiento para A/P
2)Pago de Comisiones para
A/P
En el plazo de 1 mes
tras la firma de los
contratos
En cada pago
Banco Central,
Secretaría de Salud
Banco central,
Secretaría de Salud
$7,402
$451
$6,951
2 Garantizar la rapidez de la
descarga y el despacho
aduanero en el puerto de
desembarque del país
Receptor
1) Exención de impuestos y
despacho aduanero de los
Productos en el puerto de
Durante el Proyecto Secretaría de Salud 0
-- 14 of 420 --
desembarque y transporte
interno desde el puerto de
desembarque hasta el lugar
del Proyecto.
3 Conceder a las personas
físicas japonesas y/o de
terceros países cuyos
servicios puedan ser
requeridos en relación con el
suministro de los Productos
y/o los Servicios las
facilidades que sean
necesarias para su entrada
en el país
Receptor y su estancia en el
mismo durante el desempeño
de su trabajo.
Durante el Proyecto Secretaría de Salud 0
4 Para emitir el permiso de
exención de impuesto.
Inmediatamente
después de la firma
del contrato con los
consultores/contratist
as/proveedores
japoneses.
Secretaría de Salud 0
5 Garantizar que los derechos
de aduana, impuestos
internos y otros gravámenes
fiscales que puedan
imponerse en el país del
destinatario con respecto a la
compra de los Productos y/o
Servicios queden exentos o
corran a cargo de su
autoridad designada sin
utilizar la Subvención.
Durante el Proyecto Secretaría de Salud 0
6 Asumir todos los gastos,
distintos de los que corran a
cargo de la Subvención,
Durante el Proyecto Secretaría de Salud 0
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necesarios para la
construcción de las
instalaciones, así como el
transporte y la instalación de
los equipos.
7 Presentar el Informe de
Seguimiento del Proyecto
(IMP)
Cada mes Secretaría de Salud 0
8 Proporcionar instalaciones
de distribución tal como
electricidad, suministro de
agua, drenaje y otras
instalaciones incidentales
Secretaría de Salud $71,557
1)Electricidad
Línea de distribución al lugar
y suministro de medidores.
Antes de iniciar la
construcción
Secretaría de Salud 0 Por la compañía
eléctrica
2)Suministro de agua
Tubería principal municipal al
Sitio y medidores de
suministro, incluyendo la
tarifa de solicitud
6 meses antes de
finalizar la
construcción
Secretaría de salud $3,992
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3) Alcantarillado.
Alcantarillado principal (para
agua de lluvia, aguas
residuales y otros) al sitio
6 meses antes de
finalizar la
construcción
Secretaría de Salud $2,600
4)Teléfono
Costos principales de
cableado (Instalación de la
línea al sitio y suministro de
MDF por parte de Hondutel)
1 mes antes de
finalizar la
construcción
Secretaría de Salud $24,192
$ 211
Por la compañía
Eléctrica no
será
Instalación de aparatos de
teléfonos y accesorios
1 mes antes de
finalizar la
construcción
Secretaría de Salud $22,302
Instalación de LAN y
accesorios
1 mes antes de
finalizar la
construcción
Secretaría de Salud $1,679
5)Muebles y otros Equipos
Muebles en general
1 mes antes de
finalizar la
construcción
Secretaría de Salud $40,773
9 Trasladar e instalar los
equipos existentes, etc. a los
nuevos edificios
1 mes antes de
finalizar la
construcción
Secretaría de Salud $2,751
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10 Asignación del personal
necesario para la
implementación del
“componente blando”
1 mes antes de
finalizar la
construcción
Secretaría de Salud 0
3) Después del Proyecto
No Acciones/Puntos Plazos Encargado Coste Ref.
1 Mantener y utilizar
adecuadamente y eficazmente
las instalaciones construidas y el
equipo proporcionado bajo la
subvención mediante:
1) Asignar presupuesto
suficiente para operación y
mantenimiento
2) Estructura de operación y
mantenimiento
3) Asignar suficiente personal
con las habilidades y experiencia
adecuadas para la operación y
mantenimiento de las nuevas
instalaciones y equipos
proporcionados
4) Formación del personal de
laboratorio
5) Contratación de servicios
externos para el mantenimiento
de equipos e
Instalaciones
6) Control rutinario/inspección
periódica
Después de
finalizar el
trabajo
Secretaría de
Salud
$1,327,040
(1 año)
$1,500,255
(2 años)
(B/A: Acuerdo Bancario, A/P Autorización de Pago, N/A no aplicable o no procede)
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(2) Otras obligaciones del Receptor financiadas con la Subvención
No Acciones/Puntos Plazos Coste (millones de
yenes)
Ref.
1 Construcción de las instalaciones
1) Garantizar la rapidez de la descarga y
el despacho aduanero en el puerto de
desembarque del país Receptor
a) Transporte aéreo y marítimo de
productos desde Japón al país Receptor
b) Transporte interno desde el puerto de
desembarque hasta el lugar del Proyecto
2) Construir el edificio temporal
3) Proporcionar instalaciones para el
suministro de electricidad, agua,
alcantarillado y otros servicios
incidentales
a) Electricidad
- El disyuntor principal y el
transformador
b) Suministro de agua.
- el sistema de suministro de agua
dentro el sitio (tanques receptores y/o
elevados)
Tanques elevados
c) Alcantarillado
-El sistema de drenaje (para servicios de
alcantarillado, corrientes residuales,
drenaje de aguas pluviales y otros) dentro
del sitio.
Tanque séptico y
tuberías
-- 19 of 420 --
d) Muebles y Equipo
-Equipo para el Proyecto
-Generador
4) Construcción de vallas
2 Adquisición de equipos
1) Garantizar la rapidez de la descarga y el
despacho aduanero en el puerto de
desembarque del país Receptor
a) Transporte interno desde el puerto de
desembarque hasta el lugar del Proyecto
2) Proporcionar la instalación y puesta en
marcha del equipo
3 Realizar el diseño detallado, el apoyo a la
licitación y la supervisión de la
construcción y los servicios para el
componente blando
4 Contingencias
Total 818
(Nota) El progreso de las obligaciones del Receptor podrá ser confirmado y
actualizado periódicamente por escrito entre JICA y el Receptor.
Apéndice 2: Alcance de los Servicios del Consultor.
Apéndice 1: CEA-2.1 Alcance de los Servicios
1. Alcance de los Servicios
Los Servicios deberán consistir en lo siguiente:
(1) Aplicables a todas las fases (generalidades)
1) La “no objeción” de JICA e informes a JICA
-- 20 of 420 --
El Consultor deberá asistir al Cliente para obtener la “no objeción” de JICA, y
proporcionar el informe de avance y el informe final a JICA de acuerdo con el A/D y
las Directrices Aplicables. La asistencia deberá incluir lo siguiente: (a) Preparar o
revisar los documentos requeridos, y el informe de avance de acuerdo con el A/D y
las Directrices Aplicables, (b) Presentar a JICA los documentos requeridos para su
revisión y la “no objeción” o el informe de avance, (c) Responder a la consulta o
aclaración solicitada por JICA, y. (d) El Consultor, en nombre del Cliente, podrá
coordinar con JICA.
2) Compromiso del Cliente
El Consultor deberá supervisar el progreso de compromiso del Cliente estipulado
en el A/D y el Gobierno del País Receptor, y debe tomar las medidas apropiadas
para acelerar el progreso, si es necesario, para la adecuada implementación del
Proyecto.
3) Informe del evento
Informe al Cliente y JICA inmediatamente tras la ocurrencia de cualquier accidente
en relación con el Proyecto.
4) Colaboración con JICA
Colaborar con JICA todo el tiempo sobre cualquier tema que JICA pueda requerir
bajo las directrices pertinentes.
(2) Fase de diseño
1) El Consultor deberá:
(a) Realizar investigación detallada y estudio del diseño.
(b) Llevar a cabo el diseño detallado incluyendo el cálculo del diseño y cuantificación
del volumen de trabajo de las obras,
(c) En nombre del Cliente preparar los documentos de licitación incluyendo;
-- 21 of 420 --
instrucciones a los licitantes, formulario de licitación, condiciones de contrato,
especificaciones, planos, apéndices y otros documentos pertinentes (si los hubiera),
y
(d) Asegurar que todo el diseño este conforme a los estándares acordados a los
estándares internacionales apropiados.
2) El Consultor deberá asegurarse de que el documento de licitación deberá afirmar
claramente los requerimientos de seguridad en cumplimientos a las leyes aplicables
y estándares internacionales pertinentes, y de acuerdo con la “Guía de Gestión de
Seguridad de las Obras de Construcción en los Proyectos de AOD del Japón”
publicada por JICA.
(3) Fase de Licitación
El consultor deberá:
1) Asistir al Cliente en la realización de la precalificación de los solicitantes de la
licitación (si es aplicable),
2) Asistir al Cliente en los procedimientos de licitación y en la evaluación de las
ofertas,
3) Asistir al Cliente en la adjudicación del Contrato al adjudicatario y en la
negociación del Contrato con el licitante, incluyendo elaboración posterior respecto
al programa de construcción y programa del envió del personal,
4) En nombre del Cliente, preparar los documentos de contrato que se firmará por
el Cliente y el Contratista, y
5) Tener bajo su custodia la garantía de pago anticipado y/o la garantía de
cumplimiento presentada por el Contratista.
4) Fases de Construcción, Adquisición, Instalación e Instrucción de Operación
realizada por el Contratista.
-- 22 of 420 --
El Consultor deberá presentar servicios de supervisión para el Proyecto para
asegurar que los trabajos ejecutados por el Contratista en el Proyecto estén de
acuerdo con el contrato entre el Cliente y el Contratista. Los servicios de supervisión
deberán incluir los siguientes trabajos:
1) Para la Construcción
(a) Organizar un equipo de supervisión y elaborar el plan de supervisión para el
Proyecto.
(b) Realizar las inspecciones y pruebas de las obras, los materiales y los equipos
dentro y fuera del sitio, incluyendo inspecciones del fabricante,
(c) Revisar y dar aprobación, consentimiento y comentarios, según proceda,
respecto a los siguientes documentos;
● Programa de construcción y el programa de construcción revisado,
● Plan de construcción (declaración de métodos),
● Documentos de garantía de calidad y control de calidad,
● Documento de gestión de seguridad de la salud y del medio ambiente,
● Plano de taller, muestras de catálogos,
● Otros documentos pertinentes presentados por el Contratista,
(d) Emitir avisos, certificados e instrucciones, en caso necesario,
(e) Realizar estudios e investigaciones, si es necesario, y emitir información y/o
planos, si es necesario,
(f) Interpretar y explicar las ambigüedades y/o discrepancias en los documentos que
constituyen el Contrato y emitir aclaraciones o instrucciones necesarias,
(g) Supervisar al Contratista para su desempeño eficiente y adecuado,
-- 23 of 420 --
(h) Supervisar al Contratista para que desempeñe su trabajo durante todo el tiempo
en condiciones de seguridad e higiene,
(i) Obtener permisos, consentimiento y/o aprobación del Cliente, si se requiere,
(j) En coordinación con el Cliente, obtener permisos, consentimientos y/o
aprobación de las autoridades pertinentes,
(k) Informar al Cliente y/o JICA sobre el avance del Proyecto, documentación
“conforme a obra (as-built)” y manuales como se requieren en el contrato,
(l) Coordinar y organizar las reuniones de gestión entre el Cliente, Contratista y otras
terceras personas pertinentes,
(m) Asistir al Cliente para modificar o enmendar el Contrato [y/o cualquier otro
contrato concerniente al Proyecto, en el cual el Cliente es una parte, excepto el
Acuerdo de Consultoría],
(n) Asistir al Cliente para gestionar y resolver las diferencias o reclamaciones del
Contratista y para resolver controversias entre el Cliente y el Contratista.
(o) Realizar Prueba de Funcionamiento al finalizar el Proyecto.
(p) Realizar la búsqueda de los defectos antes de la expiración del Período de
Notificación de Defectos y llevar a cabo la inspección y/o la confirmación de los
trabajos de reparación realizados por el Contratista durante el Período de
notificación de Defectos, y,
2) Para la Adquisición de los equipos y la Instrucción de Operación realizada por el
Contratista.
(a) Dirigir una inspección previa al embarque de los equipos y materiales adquiridos,
la cual deberá llevarse a cabo por una agencia inspectora designada por el
Consultor.
(b)El Consultor deberá supervisar y confirmar la finalización de la instrucción de
-- 24 of 420 --
operación realizada por el Contratista.
(5) Fase de Asistencia en la puesta en marcha o en la operación y mantenimiento
El Consultor deberá asistir al Cliente para garantizar el buen operación y
mantenimiento del equipo proporcionado y/u operación, manteamiento y gestión del
edificio construido bajo este proyecto.
(a) El Consultor deberá presentar el plan de implementación compatible con el
diseño básico al Cliente para su aprobación.
(b) El Consultor deberá llevar a cabo las actividades de acuerdo con el plan e
informar al Cliente periódicamente sobre el avance de las actividades.
(c) El Consultor deberá presentar el informe final al Cliente.
2. El Alcance de los Servicios prescritos en el Párrafo 1 mencionado anteriormente
deberá limitarse a los siguientes ítems para el Proyecto
(1) Obras de construcción.
- Construcción de Laboratorio Nacional de Vigilancia de Salud.
(2) Adquisición de Equipo.
- Adquisición de equipos del laboratorio.
(3) Instalación del Equipo.
- Instalación de equipos de laboratorio.
(4) Instrucción de operación realizada por Contratista.
- Instrucción de operación realizada por el Laboratorio Nacional de Vigilancia
de Salud.
(5) Asistencia en la puesta en marcha o en la operación y mantenimiento.
- Formación del componente soft para mejorar el funcionamiento de la
-- 25 of 420 --
instalación como se describe en la encuesta de preparación.
3.- El Alcance de los Servicios prescrito en el párrafo 1 no podrá ser modificado sin
el acuerdo por escrito de las Partes.
Apéndice 3-1: Calendario de Pagos (Construcción).
1. Desglose del Precio del Contrato:
1.1 El desglose del Precio del Contrato cubierto por la Donaciones es como lo
siguiente:
- Precio para la construcción (Precio de la Construcción)
mil ciento cuarenta y un millones de yenes japoneses (JP¥ l,141,000,000)
- Precio de la Instrucción para la Operación (Precio de la Instrucción para la
Operación) N/A
1 .2 El [desglose/monto] del Precio del Contrato que no es cubierto por la Donación
es como lo siguiente: N/A
1.3 En caso de que el precio unitario de los materiales especificados, que son barras
de refuerzo, hormigón, cemento, agregados y grava, cambie más allá del rango
acordado en el momento del contacto durante el período de construcción, el precio
puede ajustarse de acuerdo con la fluctuación (aumento/disminución).
2. Calendario de Pagos
[Nota: El tipo de pago parcial (logro o progreso) en la presente deberá ser coherente
con el tipo de pago parcial descrito en el Acuerdo de Consultoría.]
-- 26 of 420 --
(1) Precio para la Construcción
Fase Monto del pago Condiciones de pago Documentos Requeridos para el Pago
Pago Anticipado quinientos setenta millones quinientos mil
yenes japoneses (JPY570,500,000), que
corresponden al cincuenta por ciento
(50%) del Precio para la Construcción
-La “no objeción” de JICA
sobre el Contrato
-Entrega de la garantía de
pago anticipado
-Una fotocopia del certificado la “no
objeción” de JICA sobre el Contrato.
-Un original del certificado del recibo de
la garantía de pago anticipado del
Contrato emitido por el Consultor
Primer Pago
Intermedio
trescientos cuarenta y dos millones
trescientos mil yenes japoneses
(JPY342,300,000), que corresponden al
treinta por ciento (30%) del Precio para la
Construcción
Terminación de los siguientes
trabajos de construcción, que
corresponden al cincuenta por
ciento (50%) o más de los
trabajos de construcción (para
el cálculo de la garantía de
pago anticipado, usar 50%)
-Estructuras de hormigón
El certificado de Confirmación de
Cumplimiento para los trabajos de
construcción pertinentes emitido por el
Consultor
Segundo Pago
Intermedio
ciento catorce millones cien mil yenes
japoneses (JPY114,100,000) que
corresponden al diez por ciento (10%) del
Precio para la Construcción
Terminación de los siguientes
trabajos de construcción, que
corresponden al ochenta y
cinco por ciento (85%) o más
de los trabajos de construcción
(para el cálculo de la garantía
de pago anticipado, usar 85%).
-Obras de techado
El certificado de Confirmación de
Cumplimiento para los trabajos de
construcción pertinentes emitido por el
Consultor.
Pago Final ciento catorce millones cien mil yenes
japoneses (JPY114,100,000) que
corresponde al diez por ciento (10%) del
Precio de Construcción sujeto a
modificaciones de acuerdo a la sub-
Cláusula 10
Terminación de los trabajos de
construcción
El Certificado de Terminación para los
trabajos de construcción emitido por el
Consultor y aprobado por el Cliente
Apéndice 3-2: Calendario de Pagos (Equipo)
1. Desglose del Precio del Contrato:
1.1 El desglose del Precio del Contrato cubierto por la Donación es como lo
siguiente:
-- 27 of 420 --
- Precio para las Obras de Adquisición
treinta y un millones de yenes japoneses (JP¥31,000,000)
- Precio para los trabajos de Instalación
cuatro millones de yenes japoneses (JP¥ 4,000,000)
- Precio para la Instrucción de Operación
cuatro millones de yenes japoneses (JP¥ 4,000,000)
1.2 El [desglose/monto] del Precio del Contrato que no es cubierto por la Donación
es como lo siguiente: N/A
2. Calendario de Pagos
Cualquier pago estará sujeto a la presentación de la Garantía de Cumplimiento bajo
la Sub-Cláusula 6.2 (Garantía de Cumplimiento) de las CG y la Garantía de Pago
Anticipado (si se requiere) de conformidad con la Sub-Cláusula 8.3 (Garantía de
Pago Anticipado) de las CG.
(1) Precios para los Trabajos de Adquisición
Monto del pago Condiciones de Pago Documentos Requeridos para el Pago
Treinta y un millones de yenes japoneses
(JPY31,000,000), que corresponden al cien por
ciento (100%) del Precio de los Equipos para
los Equipos que serán pagados tras la entrega
Terminación de la entrega de
dichos Equipos
-Factura Comercial firmada por triplicado
-Recibo de los Equipos emitido por el
Comprador
(2) Precios para los trabajos de Instalación.
Fase Monto del Pago Condiciones de Pago Documentos requeridos para
el Pago
Cuatro millones de yenes japoneses
(JPY 4,000,000), que corresponden al
cien por ciento (100%) del Precio para
Terminación de los
trabajos de Instalación
El Certificado de Terminación
para la Instrucción de
Operación emitido por el
-- 28 of 420 --
las obras de Instalación Consultor y aprobado por el
Comprador
(3) Precio para la Instrucción de Operación
Fase Monto de Pago Condiciones de Pago Documentos requeridos
para el Pago
Cuatro millones de yenes japoneses
(JPY4,000,000), que corresponden
al cien por ciento (100%) del Precio
de la Instrucción para la Operación
Terminación de la
Instrucción para la
Operación
El Certificado de
Terminación para la
Instrucción de Operación
emitido por el Consultor y
aprobado por el
Comprador.
Carta de la Oferta de Precio
22/ Mayo/ 2023
A: LA SECRETARÍA DE SALUD REPÚBLICA DE HONDURAS
Nosotros, los suscritos, declaramos que:
(a) Hemos examinado, sin tener reservas al respecto, los Documentos de
Licitación, incluidas las adendas emitidas de conformidad con las Instrucciones a
los Licitadores (cláusula 10 de las IAL). [N/A];-
(b) Ofrecemos ejecutar las obras de conformidad con los Documentos de
Licitación y la Oferta Técnica;
(c) El precio total de nuestra Oferta es:
MIL CIENTO OCHENTA MILLONES Yenes Japoneses
(//¥1, I 80,000,000)
-- 29 of 420 --
(d) Nuestra Oferta será válida por un período de sesenta (60) días a partir de la
fecha límite de presentación de las Ofertas de conformidad con los Documentos de
Licitación, y la Oferta será de carácter vinculante para nosotros y podrá ser aceptada
por ustedes en cualquier momento antes de que venza dicho plazo; y
(e) Si nuestra Oferta es aceptada, nosotros nos comprometemos a obtener una
Garantía de Cumplimiento de conformidad con los Documentos de Licitación;
• Nombre del Licitador Katsumi TOKURA
• Nombre de la persona debidamente autorizada a firmar la Oferta en nombre
del Licitador: Osamu OZEKI
TOKURACORPORATON
NAGOYA, JAPAN
• Cargo de la persona que firma la Oferta
Gerente General, División Internacional
TOKURA CORPORATION
• Firma de la persona arriba nombrada
Osamu OZEKI
Fecha de firma: 22/ Mayo/ 2023
-- 30 of 420 --
*: En caso de una Oferta presentada por una empresa conjunta, indicar el nombre
de la Empresa Conjunta como Licitador
**: La persona que firma la Oferta tendrá el poder notarial proporcionado por el
Licitador que se adjunta a la Oferta.
PRECIO DE PRECIO DE LA OFERTA
El Proyecto para la Construcción del Laboratorio Nacional de Vigilancia Sanitaria
en la República de Honduras
Fecha 22/Mayo/2023
1. Construcción
1.1. Costo directo
1.1.1 Trabajo temporal directo ¥ 48,000,000
1.1.2 Trabajo arquitectónico ¥ 501,000,000
1.1.3 Trabajo eléctrico ¥ 58,000,000
1.1.4 Trabajo de fontanería ¥ 36,000,000
1.1.5 Trabajo mecánico ¥ 24,000,000
1.1.6 Otros ¥ 18,000,000
Total de costo directo ¥ 685,000,000
1.2. Costo indirecto
1.2.1 Trabajo temporal común ¥ 72,000,000
1.2.2 Gastos en el sitio ¥ 256,000,000
1.2.3 Gastos generales ¥ 148,000,000
Total del costo indirecto ¥ 476,000,000
Total de Costo de Construcción (1.1+1.2) ¥ 1,161,000,000
2. Costo del equipo
2.1 Precio de adquisición (equipo, flete y seguro) ¥ 19,000,000
-- 31 of 420 --
Total del costo del equipo ¥ 19,000,000 GRAN
PRECIO TOTAL DE LA OFERTA ¥ 1,180,000,000
Osamu OZEKI
División Internacional
FormularioE-7 Lista de Precios del Equipo
Lista de Precios del Equipo
Código
No.
Equipo Fabricante Modelo Cantidad FOB CIP País de
Origen
Unidad Cantidad Unidad Cantidad
1 REFRIGERADOR
BIOMtOICO
Arctiko PR
5 N/A N/A 2,600,000 13,000,000 Dinamarca
2 CONGELADOR
DE ULTRA BAJA
TEMPERATU
Arctiko ULUF
P820
GG
5 N/A N/A 2,540,000 12,700,000 Dinamarca
3 CONGELADOR
BIOMtDICO
Arctiko LF 700 7 N/A N/A 1,900.000 13,300,000 Dinamarca
Precio Total del Equipo: ¥ 39,000,000
______________________________
Osamu OZEKI
Gerente General División Internacional
TOKURA CORPORATION
13-5, Nishiki 3-chome, Naka-ku, Nagoya
460-8615 Japón
TEL: +81-52-971-1010
FAX: 81-52-857-0018
GRAN
-- 32 of 420 --
Carta de la Oferta Técnica
22 de Mayo, 2023
A: LA SECRETARIA DE SALUD REPUBLICA DE HONDURAS
Nosotros, los suscritos, declaramos que:
(a) Hemos examinado, sin tener reservas al respecto, los Documentos de
Licitación, incluidas las adendas emitidas de conformidad con las
Instrucciones a los Licitadores (cláusula 10 de las IAL). [ N/A];
(b) Nosotros, incluyendo los subcontratistas, cumplimos con los requisitos de
elegibilidad de conformidad con la cláusula 4 de las IAL;
(c) Nosotros, incluyendo los subcontratistas, no presentamos ningún conflicto de
intereses de conformidad con la cláusula 4(2) de las IAL;
(d) Ofrecemos ejecutar las obras de conformidad con los Documentos de
Licitación.
(e) Nuestra Oferta será válida por un período de sesenta (60) días a partir de la
fecha límite de presentación de las Ofertas de conformidad con los
Documentos de Licitación, y la Oferta será de carácter vinculante para
nosotros y podrá ser aceptada por ustedes en cualquier momento antes de
que venza dicho plazo;
(f) Nosotros no estamos participando, como Licitador ni como subcontratista, en
más de una Oferta en este proceso de licitación de conformidad con la cláusula
4(2)(c) de las IAL; y
(g) Nosotros, por medio de la presente, certificamos que hemos tomado medidas
para asegurar que ninguna persona que actúa en nuestro nombre o
representación participará en ningún tipo de fraude o corrupción.
-- 33 of 420 --
• Nombre del Licitador
Kastumi TOKURA
• Nombre de la persona debidamente autorizada a firmar la Oferta en nombre
del Licitador:
Osamu OZEKI
• Cargo de la persona que firma la Oferta
Gerente General, División Internacional
TOKURA CORPORATION
• Firma de la persona arriba nombrada
_________________________________
Osamu OZEKI
Fecha de firma: 22 de Mayo 2023
*: En caso de una Oferta presentada por una empresa conjunta, indicar el nombre
de la Empresa Conjunta como Licitador.
**: La persona que firma la Oferta tendrá el poder notarial proporcionado por el
Licitador que se adjunta a la Oferta.
PARTE B - DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
[Las Disposiciones Específicas de las Condiciones Particulares (“CP”) tienen como
objetivo abordar los requisitos específicos del país, proyecto y contrato
-- 34 of 420 --
específicamente que no son cubiertos por las Condiciones Generales (” GC”). La
persona que se encargue de redactar las Disposiciones Específicas deberá estar
plenamente familiarizada con las disposiciones de las CG y cualesquiera requisitos
específicos del Contrato. Es recomendable recurrir a asesoría jurídica para
enmendar o redactar nuevas disposiciones.
Las Disposiciones Específicas Estándares, preparadas por JICA e incluida en esta
Parte B de las CP, deberán usarse sin modificación alguna.]
Sub-Cláusula 1.6 (Efectividad
del Convenio)
El Contrato entra en vigor cuando se
obtiene la “no objeción” de JICA sobre
el Contrato.
Sub-Cláusula 6.4 (3)
(Subcontratistas)
El consentimiento previo bajo la Sub-
Cláusula 6.4(3)(b) no será necesario si
el valor del subcontrato es menos del
5% del monto total del Contrato.
Reemplace “veintiocho (28) días” con
“catorce (14) días” en la Sub-Cláusula
6.4(3)(c).
Suprime la Sub-Cláusula 6.4(3)(d).
Sub-Cláusula 6.21 (1) (Informe
de Avance)
Reemplace “seis (6) copias” con “tres
(3) copias”.
Sub-Cláusula 7.1 (Inicio de las
Obras)
Reemplace “la autorización de pago
(A/P) bajo la Sub-Cláusula 3.1 (3)” de la
Sub-Cláusula 7.1(2) con “el aviso del
-- 35 of 420 --
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO PARA LOS TRABAJOS DE
CONSTRUCCIÓN.
JULIO 2016
AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DEL JAPÓN
(JICA)
Cláusula 1 DISPOSICIONES GENERALES
1.1 Definiciones
En la interpretación del Contrato, los siguientes términos y expresiones
tendrán los significados definidos en el documento, excepto cuando el
contexto indique lo contrario. Los términos que se refieran a personas o
partes incluirán empresas y otras entidades jurídicas, excepto cuando el
contexto requiera algo diferente.
(1) “Directrices Aplicables” significa las Directrices de Adquisición para las
Donaciones Japonesas, incluyendo las directrices referidas en las Directrices de
Adquisición especificadas en los Datos del Contrato.
(2) “Banco” significa un banco en Japón que realizará el convenio bancario con el
Cliente o la autoridad del gobierno del País bajo la Sub-Cláusula 3.1 (3)
(Condiciones Elegibles para la Donación).
inicio de la Obra emitido por el
Consultor”.
-- 36 of 420 --
(3) “Fecha Base” significa la fecha que corresponde a veintiocho (28) días previos
a la fecha límite de presentación de la Carta de la Oferta que se especifica en los
Datos del Contrato.
(4) “Certificado de Terminación” significa el certificado emitido por el
Consultor confirmando la terminación de las Obras bajo la Sub-Cláusula 8.1
(1) [Prueba de Terminación].
(5) “Consultor Gerente” significa el Consultor que está asignado como el
director del proyecto para el Proyecto y nombrado en los Datos de Contrato.
(6) “Cliente” significa la persona nombrada como el cliente que se especifica
en el Convenio.
(7) “Equipos del Cliente” significa los aparatos, maquinaria y vehículos (si los
hubiere) que el Cliente pone a disposición del Contratista para la ejecución
de las Obras, conforme se señala en las Especificaciones; pero no incluyen
los Equipos que no haya recibido el Cliente.
(8) “Personal del Cliente” significa el Consultor, los asistentes referidos en la
Sub-Cláusula 5.2 [Delegación por el Consultor Gerente y el Supervisor
Residente] y el resto del personal, mano de obra y otros empleados del
Cliente; así como cualquier otro personal sobre el cual se notifique al
Contratista, por el Cliente o el Consultor, como Personal del Cliente.
(9) “Fecha de Inicio” significa la fecha determinada bajo la Sub-Cláusula 7.1
(1) [Inicio de las Obras].
-- 37 of 420 --
(10) “(estas) Condiciones” significa estas Condiciones Generales del Contrato
para Construcción, incluyendo Anexos y las Partes A y B de las Condiciones
Particulares.
(11) “Confirmación de Cumplimiento” significa la confirmación de cumplimiento
de cualquier progreso o logro de las Obras para el pago intermedio (parcial)
como lo especificado en los Datos del Contrato, y los procedimientos para
dicha confirmación.
(12) “Consultor” significa la persona nombrada como el consultor especificado en
los Datos del Contrato.
(13) “Acuerdo de Consultoría” significa el acuerdo firmado entre el Cliente y el
Consultor con el objetivo de retener los servicios del Consultor para el Proyecto por
el Cliente.
(14) “Contrato” significa el/los contrato(s) para la construcción y cualquier otro
servicio pertinente que se ha(n) firmado entre el Cliente y el Contratista para
el Proyecto.
(15) “Convenio” significa el convenio firmado por el Cliente y el Contratista para
los Proyectos referidos en la Sub-Cláusula 1.5 (1) (a) [Prioridad de los
Documentos]. Para evitar las dudas, el Convenio no incluye los acuerdos
referidos en la Sub-Cláusula 1.5 (1) (b) a (h).
(16) “Datos del Contrato” significa las páginas completadas por el Cliente titulado
“Datos del Contrato” que constituye la Parte A de las Condiciones
Particulares.
(17) “Precio del Contrato” significa el precio indicado en los Datos del Contrato
que incluye ajustes de acuerdo con la Cláusula 10 [MODIFICACIONES].
-- 38 of 420 --
(18) “Contratista” significa la persona nombrada como el Contratista en el
Convenio.
(19) “Documentos del Contratista” significa los cálculos, programas de
computación y otros programas informáticos, planos, manuales, modelos y
otros documentos de naturaleza técnica (si los hubiere) proporcionados por
el Contratista en virtud del Contrato.
(20) “Equipos del Contratista” significa todos los aparatos, maquinaria,
vehículos y de más elementos necesarios para la ejecución y terminación de
las Obras y para la reparación de cualquier Defecto. Sin embargo, los
Equipos del Contratista excluyen Equipos del Cliente (si los hubiere),
Materiales, Equipos, Obras Temporales y cualquier otro elemento que forme
parte o que esté designado a formar parte de las Obras Permanentes.
(21) “Personal del Contratista” significa el Representante del Contratista y todo
el personal que utilice el Contratista en el Lugar de las Obras, que puede
incluir el personal, la mano de obra y otros empleados del Contratista y de
cada Subcontratista; así como cualquier otro personal que asista al
Contratista en la ejecución de las Obras.
(22) “Representante del Contratista” significa la persona designada por el
Contratista en el Contrato o designada periódicamente con arreglo a la Sub-
Cláusula 6.3 [Representante del Contratista], para que actúe en nombre del
Contratista.
(23) “Costo” significa todos los gastos en que haya incurrido (o incurra)
razonablemente el Contratista, para la implementación del Proyecto, ya sea
en el Lugar de las Obras o fuera de éste.
-- 39 of 420 --
(24) “País” significa el país establecido en el Convenio y estipulado en el A/D
como un país receptor.
(25) “Defecto” significa el incumplimiento de cualquier Obra o Documentos del
Contratista que estén en las condiciones exigidas en el Contrato (a
excepción del uso y desgaste justo).
(26) “Plazo para la Notificación de Defectos” tiene el significado definido en la
Sub-Cláusula 11.1 (2) [Terminación de Reparación de Defectos durante el
Plazo para la Notificación de Defectos].
(27) “Planos” significa los planos de las Obras y cualquier plano adicional y
modificado emitido por el Consultor de acuerdo con el Contrato.
(28) “C/N” significa las notas canjeadas entre el gobierno del País estipulado en
el A/D y el Gobierno del Japón en relación con la Donación del Gobierno del
Japón referente al Proyecto.
(29) “Fuerza Mayor” tiene el significado definido en la Sub-Cláusula 17.1
[Definiciones].
(30) “A/D” tiene el significado definido en el Convenio.
(31) “Bienes” significa los Equipos del Contratista, los Materiales, los Equipos y
las Obras Temporales, o cualquiera de éstos según corresponda.
(32) “Donación” significa el fondo para la implementación del Proyecto, que está
estipulado en el A/D.
(33) “JICA” significa la agencia que fue establecida basándose en la Ley japonesa
-- 40 of 420 --
sobre Institución Administrativa Independiente – la Agencia de Cooperación
Internacional del Japón promulgada en 2002.
(34) “Idioma” tiene el significado definido en la Sub-Cláusula 1.4 (2) [Ley e
Idioma].
(35) “Leyes” significa todas las legislaciones, estatutos, ordenanzas y otras
leyes nacionales (o estatales), y reglamentos y estatutos de cualquier
autoridad pública constituida legalmente.
(36) “Líder” significa, si el Contratista es una empresa conjunta, consorcio u otro
grupo sin personalidad jurídica de dos o más personas, el miembro principal
de dicha empresa conjunta, consorcio u otro grupo sin personalidad jurídica
establecido en el Convenio.
(37) “Carta de la Oferta” significa el documento titulado carta de la oferta, que
elabora el Contratista e incluye la oferta firmada dirigida al Cliente para las
Obras.
(38) “Materiales” significa todo tipo de cosas (aparte de los Equipos) destinadas
a formar o que forman parte de las Obras, incluyendo los materiales solo con
el fin de suministrar (si los hubiere) para ser proporcionados por el Contratista
bajo el Contrato.
(39) “Parte” significa el Cliente o el Contratista, según sea el caso, y “las Partes”
significa ambos.
(40) “Calendario de Pago” significa el calendario de pago del Precio del Contrato
por el Cliente al Contratista como remuneración para las Obras especificadas
en los Datos del Contrato como se describe en la Sub-Cláusula 9.1 [Precio
del Contrato y Pago].
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(41) “Garantía de Cumplimiento” significa la garantía (o garantías, si procede)
bajo la Sub-Cláusula 6.2 [Garantía de Cumplimiento].
(42) “Obras Permanentes” significa las Obras permanentes a ser ejecutadas por
el Contratista bajo el Contrato.
(43) “Equipos” significa los aparatos, maquinaria y vehículos destinados a formar
o que forman parte de las Obras Permanentes y relacionados a la
construcción u operación de las Obras.
(44) “Formulario de Confirmación de Precio” significa el formulario
especificando el precio unitario, confirmado por las Partes, de cada elemento
requerido para el Proyecto de acuerdo con las Directrices Aplicables.
(45) “Proyecto” significa el proyecto especificado en el Convenio de conformidad
con el A/D y que será implementado por el gobierno del País.
(46) “Supervisor Residente” significa el consultor que está asignado como el
supervisor residente para el Proyecto y es designado por el Consultor
nombrado en los Datos del Contrato.
(47) “Sección” significa una parte de las Obras especificadas en los Datos del
Contrato como una Sección (si las hubiere).
(48) “Búsqueda para la Modificación” tiene el significado definido en la Sub-
Cláusula 10.1 (2) [Modificación de las Especificaciones y Planos por
Condiciones Imprevisibles o Diferentes].
(49) “Lugar de las Obras” significa los sitios donde las Obras Permanentes se
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ejecutarán, incluyendo almacenes y áreas de trabajo, y donde deben ser
enviadas los Equipos y Materiales, así como cualquier otro sitio que se defina
en el Contrato como parte del Lugar de las Obras.
(50) “Especificaciones” significa el documento titulado “especificaciones” y
cualquier adición o modificación a las especificaciones de acuerdo con el
Contrato, que especifica las Obras.
(51) “Materiales Específicos” significa los elementos específicos establecidos en
los documentos de licitación para el Proyecto como los materiales
específicos.
(52) “Subcontratista” significa cualquier persona nombrada en el Contrato como
un subcontratista, o cualquier persona designada como un subcontratista,
para una parte de las Obras, y los sucesores legales de cada uno de ellos,
sujetos a la Sub-Cláusula 6.4(3) [Subcontratistas].
(53) “Obras Temporales” significa todas las Obras temporales de todo tipo
(diferentes de los Equipos del Contratista) que se necesitan en el Lugar de
las Obras para la ejecución y terminación de las Obras Permanentes y la
reparación de cualquier Defecto.
(54) “Prueba de Terminación” significa una prueba para confirmar la terminación
de las Obras o cualquier Sección (según requiera el caso) como especifica
en las Especificaciones y Planos, que se realizarán bajo la Sub-Cláusula 8.1
[Prueba de Terminación].
(55) “Plazo de Terminación” significa el plazo para terminar las Obras bajo la
Sub-Cláusula 7.2 [Plazo de Terminación], según consta en los Datos del
Contrato (incluida cualquier prórroga en virtud del Contrato).
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(56) “Imprevisible” significa que no se puede prever razonablemente por un
Contratista con experiencia a la Fecha Base y “Previsible” significa lo
contrario.
(57) “Obras” significa las obras de construcción e instrucción de operación (si es
aplicable) para el Proyecto que se darán por el Contratista bajo el Contrato.
(58) “Programa de la Obra” significa el programa definido en la Cláusula 7.3
[Programa de la Obra].
1.2 Interpretación
(1) En el Contrato:
(a) las palabras indicando un género incluyen todos los géneros;
(b) las palabras en singular también incluyen el plural y viceversa;
(c) las disposiciones que incluyen la palabra “acordar”, “acordado” o
“acuerdo” exigen que el acuerdo se haga constar por escrito;
(d) “escrito” o “por escrito” significa escrito a mano, mecanografiado,
impreso o elaborado de manera electrónica (incluyendo
documentos PDF o facsímil, pero se excluye el simple intercambio
de e-mails u otros mensajes electrónicos), lo cual produce un
registro permanente; y
(e) la palabra “licitación” es sinónimo de “oferta”, y “licitador”, de “postor”
y las palabras “documentos de licitación”, de “pliego de condiciones”.
(2) Las palabras al margen y otros encabezados no deberán ser
considerados para la interpretación de estas Condiciones.
1.3 Comunicaciones
(1) En los casos en que en el Contrato se contemple la entrega o emisión
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de aprobaciones, certificados, consentimientos, decisiones,
notificaciones y solicitudes, estas comunicaciones deberán ser:
(a) por escrito y entregadas personalmente (con acuse de recibo),
enviadas por correo o con servicio de encomienda especial
(courier), o remitidas mediante cualquiera de los sistemas de
transmisión electrónica acordados conforme figura en los Datos
del Contrato; y
(b) entregadas, enviadas o transmitidas a la dirección del receptor
para fines de comunicaciones que figure en los Datos del
Contrato. Sin embargo:
(i) cuando el receptor haga una notificación de cambio de
dirección, de ahí en adelante las comunicaciones se
enviarán a la dirección correspondiente; y
(ii) si el receptor no indicara algo diferente en las solicitudes de
aprobación o consentimiento, las comunicaciones podrán
enviarse a la dirección desde la cual se haya efectuado la
solicitud.
(2) En el caso de las comunicaciones bajo la Sub-Cláusula 1.3 (1) entre
las Partes, la Parte que comunica la información también deberá
enviar una copia al Consultor.
(3) Las aprobaciones, certificados, consentimientos y decisiones no
deberán retenerse ni demorarse sin razones válidas. Cuando se
emita un certificado a una Parte, el emisor enviará una copia a la otra
Parte.
1.4 Ley e Idioma
(1) El Contrato se regirá por e se interpretará conforme a las leyes del
país u otras jurisdicciones especificadas en los Datos del Contrato
como la ley aplicable. Las Partes aceptan dicha opción de ley que sea
apropiada para los propósitos del Contrato.
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(2) Cualquier correspondencia entre las Partes, incluyendo
notificaciones, solicitudes, consentimientos, ofertas y demandas se
harán en el idioma (“Idioma”) establecido en los Datos del Contrato.
Todos los planos, especificaciones, informes, y otros documentos
también deberán serán preparados en el Idioma.
(3) Todos los documentos hechos bajo este Contrato adoptarán el
sistema métrico y calendario Gregoriano.
1.5 Orden de Prioridad de los Documentos
(1) Los documentos que conforme el Contrato deberán considerarse
mutuamente explicativos. Para fines de interpretación, el orden de
prioridad de los documentos se ceñirá a la siguiente secuencia:
(a) el Convenio,
(b) la Carta de la Oferta,
(c) las Condiciones Particulares - Parte A (Datos del Contrato,
incluyendo Calendario de Pago),
(d) las Condiciones Particulares - Parte B (Disposiciones
Específicas),
(e) estas Condiciones Generales (incluyendo Anexos),
(f) las Especificaciones,
(g) los Planos, y
(h) cualquier otro documento que forme parte del Contrato.
(2) Si se encuentra alguna ambigüedad o discrepancia en los
documentos, el Consultor emitirá las aclaraciones o instrucciones
necesarias.
1.6 Entrada en Vigor del Convenio
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Salvo que se mencione algo diferente en las Condiciones
Particulares, el Contrato entrará en vigor cuando las Partes firmen el
Convenio.
1.7 Cesión
Ninguna de las Partes podrá ceder total o parcialmente el Contrato, como así
tampoco ningún otro beneficio o interés en el Contrato o con arreglo al Contrato.
Sin embargo, cualquiera de las Partes:
(a) podrá ceder la totalidad o parte del Contrato con el consentimiento
previo de la otra Parte y enviando notificación previa de dicha cesión
a JICA, dicho acuerdo estando a la sola discreción de dicha otra Parte,
y
(b) podrá, como garantía a favor de un banco o entidad financiera, ceder
su derecho a recibir cualquier pago vencido o adeudado en virtud del
Contrato con el consentimiento previo de la otra Parte y enviando
notificación previa de dicha cesión a JICA y el Banco con el cual el
Cliente concluirá el convenio bancario sujeto a la Sub-Cláusula 3.1 (3)
(Condiciones Elegibles para la Donación).
1.8 Cuidado y Suministro de los Documentos
(1) El Cliente será responsable del cuidado y la custodia de las
Especificaciones y los Planos. Salvo se indique lo diferente en el
Contrato, se suministrarán dos (2) copias del Contrato y de cada
Plano subsiguiente al Contratista, quien podrá hacer o solicitar copias
adicionales, por su propia cuenta.
(2) El Contratista será responsable del cuidado y la custodia de todos
los documentos del Contratista, salvo que se hayan entregado al
Cliente o hasta dicha entrega. Salvo indicación en sentido diferente
en el Contrato, el Contratista proporcionará al Consultor tres (3)
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copias (de no acordarse de otra manera) de cada uno de los
Documentos del Contratista.
(3) El Contratista guardará, en el Lugar de las Obras, una copia del
Contrato, las publicaciones que se señalan en las Especificaciones,
los Documentos del Contratista (si los hubiere), los Planos y cualquier
modificación, así como cualesquier otras comunicaciones que se
realicen en virtud del Contrato. El personal del Cliente tendrá el
derecho de acceder a todos los documentos mencionados en
cualquier horario razonable.
(4) Si una Parte detecta algún error o defecto en un documento elaborado
para la ejecución de las Obras, dicha Parte notificará inmediatamente
a la otra al respecto.
1.9 Demoras de los Planos o Instrucciones
(1) El Contratista deberá notificar al Consultor sobre cualquier posible
demora o interrupción de las Obras en caso de que no se emitan a
dicho Contratista los planos o las instrucciones necesarias en un
determinado plazo, que deberá ser razonable. La notificación incluirá
información detallada sobre los planos o instrucciones que se
necesiten, la razón por la que deban emitirse y el plazo para hacerlo,
así como la naturaleza y el costo del posible retraso o interrupción
que se podría sufrir por la demora en la emisión de tales documentos.
(2) Si el Contratista sufre demoras y/o incurre en algún Costo debido a
que el Consultor no ha emitido el plano o la instrucción señalados en
un plazo razonable y que se especifique en la notificación con
información complementaria bajo la Sub-Cláusula 1.9(1), el
Contratista enviará otra notificación al Consultor y tendrá derecho a
lo siguiente:
(a) una prórroga del Plazo de Terminación por cualquier demora, si la
terminación de las Obras se ha retrasado o se anticipa que se
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retrasará, en virtud de la Sub-Cláusula 10.4 [Prórroga del Plazo
de Terminación], y
(b) ajuste del Precio del Contrato en virtud de la Sub-Cláusula 10.5
[Ajuste del Precio del Contrato].
(3) Sin embargo, si el incumplimiento del Consultor se debe a algún error
o demora del Contratista, incluido un error o demora en la entrega de
cualquiera de los Documentos del Contratista, el Contratista no tendrá
derecho a la prórroga del plazo ni al Costo.
1.10 Uso de los Documentos del Contratista por Parte del Cliente
(1) En lo que se refiere a las Partes, el Contratista retendrá los derechos
de autor y otros derechos de propiedad intelectual respecto de los
Documentos del Contratista y otros documentos de diseño
elaborados por el Contratista (o en su nombre). Si el Contratista forma
una empresa conjunta, consorcio u otro grupo sin personalidad
jurídica, de dos o más personas, el Líder obtendrá con anticipación el
consentimiento de los otros miembros para otorgar, a cualquier
persona relacionada con el Proyecto, el derecho a usar dichos
derechos de propiedad intelectual en cualquier momento por
adelantado.
(2) Se considerará que (con la firma del Convenio) el Contratista otorga
al Cliente una licencia sin plazo determinado, transferible, no
exclusiva y libre de regalías para copiar, usar y transmitir los
Documentos del Contratista, así como para realizar y usar
modificaciones de los mismos. Dicha licencia:
(a) será válida a lo largo de la vida útil real o prevista (lo que sea más
largo) de las partes pertinentes de las Obras,
(b) permitirá que cualquier persona que esté en debida posesión de
la parte pertinente de las Obras y JICA copie, use y transmita los
Documentos del Contratista con el fin de terminar, operar,
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mantener, alterar, ajustar, suspender, reparar y demoler las
Obras, y
(c) en caso de que los Documentos del Contratista estén en forma
de programas de computación y otros programas informáticos,
permitirá el uso de los mismos en cualquier computadora,
incluidos los reemplazos de las computadoras que proporcione el
Contratista, en el Lugar de las Obras y otros sitios, conforme
figure en el Contrato.
(3) El Cliente (ni ninguna otra persona en su nombre) no podrá, sin el
consentimiento previo del Contratista, usar, copiar ni transmitir a
terceros los Documentos del Contratista ni otros documentos de
diseño elaborados por el Contratista (o en nombre del mismo) (si
aplicable) para otros fines que no sean los que se señalan en esta
Sub-Cláusula 1.10.
1.11 Uso de los Documentos y Otros Materiales del Cliente Por Parte del
Contratista
En lo que se refiere a las Partes, el Cliente retendrá todos los derechos de
autor y otros derechos de propiedad intelectual de las Especificaciones, los
Planos y otros documentos elaborados por el Cliente (o en su nombre). El
Cliente permitirá que JICA copie, use y transmita las Especificaciones, los
Planos y otros documentos elaborados por el Cliente (o en su nombre) con
el propósito de terminar, operar, mantener, alterar, ajustar, suspender,
reparar y demoler las Obras. El Contratista podrá, a sus expensas, copiar,
usar y obtener transmisiones de estos documentos para fines del Contrato.
El Contratista no podrá, sin el consentimiento previo del Cliente, copiar, usar
ni transmitir dichos documentos a terceros, salvo en la medida necesaria para
los fines del Contrato.
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1.12 Detalles Confidenciales
(1) El Personal del Contratista y del Cliente divulgarán a la otra Parte o
JICA toda la información confidencial y de otra índole que se solicite
razonablemente para verificar el cumplimiento del Contrato y permitir
su debida ejecución.
(2) Cada Parte y su Personal deberán tratar la información del Contrato
con carácter privado y confidencial, salvo en la medida necesaria para
cumplir las obligaciones contraídas por cada uno de ellos en virtud
del Contrato o para cumplir las leyes pertinentes. Ninguno de ellos
publicará ni divulgará información acerca de las Obras preparada por
la otra Parte sin el consentimiento previo de dicha Parte. Sin
embargo, el Contratista podrá divulgar cualquier información de
dominio público o información que se requiera para demostrar sus
calificaciones para competir en otros proyectos cuanto sea necesario.
1.13 Cumplimiento de la Legislación
En el cumplimiento del Contrato, el Contratista cumplirá las leyes pertinentes.
Salvo indicación en otro sentido en las Condiciones Particulares:
(a) el Cliente deberá haber obtenido (o deberá obtener) los permisos
de planificación, zonificación, edificación o de índole similar para
las Obras, así como cualquier otro permiso que, según se
establezca en las Especificaciones, deba haberse obtenido (o
deba obtenerse) por el Cliente; y el Cliente indemnizará y
amparará al Contratista de las consecuencias que se deriven de
cualquier incumplimiento al respecto; y
(b) A menos que se indique lo contrario en el C/N, el A/D o los Datos
del Contrato, el Contratista dará todas las notificaciones, y
obtendrá todos los permisos, licencias y aprobaciones, como se
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requiere por las Leyes en relación a la ejecución y terminación de
las Obras y la reparación de cualquier Defecto; y el Contratista
indemnizará y amparará al Cliente contra y de todas las
consecuencias que se deriven de cualquier incumplimiento al
respecto, a menos que el Contratista se vea impedido de realizar
estas acciones y muestre evidencia de la diligencia; y
(c) No obstante, la Sub-Cláusula 1.13 (b), al Contratista se le eximirá
de cualquier impuesto, derecho y tasa que pueda imponerse bajo
las Leyes del País en relación a la ejecución y terminación de las
Obras conforme con el C/N, el A/D y las Condiciones Particulares.
1.14 Responsabilidad Conjunta y Solidaria
Si el Contratista establece (bajo las Leyes aplicables) una empresa conjunta,
consorcio u otro grupo sin personalidad jurídica, de dos o más personas:
(a) dichas personas serán consideradas responsables en forma
conjunta y solidaria ante el Cliente por el cumplimiento del
Contrato;
(b) dichas personas notificarán al Cliente el nombre de su Líder,
quien tendrá la autoridad para obligar en forma vinculante al
Contratista y a cada una de esas personas; y
(c) el Contratista no modificará su composición ni su situación
jurídica sin el consentimiento previo del Cliente.
1.15 Acuerdo Entero
Este Contrato constituye el acuerdo entero entre las Partes respecto al tema
contenido aquí y reemplaza y anula todos los otros previos acuerdos,
negociaciones, compromisos y escritos respecto a este Contrato.
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1.16 Enmiendas al Contrato
Cualquier enmienda al Contrato, en caso necesario, podrá ser negociada
entre las Partes y la conformidad será expresada mediante un documento
escrito y firmado por las Partes, que estará sujeto a la “no objection” de JICA
bajo la Sub-Cláusula 3.2(2) [La “No Objeción” para el Contrato]. El Consultor
les asistirá durante el proceso de enmiendas.
Cláusula 2 ALCANCE DE LAS OBRAS
2.1 Alcance de las Obras
Las obras del Contratista bajo este Contrato serán como lo especificado en
los Datos del Contrato.
2.2 Obras en caso de Secciones
Si se estipula en los Datos del Contrato que las Obras están divididas en
Secciones y que cada porción del Precio del Contrato pertinente a cada
Sección será pagada tras la emisión del Certificado de Terminación para la
Sección pertinente, entonces las Cláusulas en estas Condiciones
relacionadas a “Obras”, “Prueba de Terminación”, “Certificado de
Terminación”, “terminación” y “Precio del Contrato” se aplicarán mutatis
mutandis a cada Sección, y con el propósito de dicha aplicación, cada
ocurrencia de las expresiones arriba mencionadas se leerán como aplicando
a la Sección pertinente de las Obras, a menos que la naturaleza y propósito
de la Cláusula requieran que se apliquen a todas las Obras
independientemente de la existencia de las Secciones.
Cláusula 3 RÉGIMEN DE LA DONACIÓN JAPONESA
3.1 Condiciones Elegibles para la Donación
(1) Las Partes se dan por entendidas de que la Donación será otorgada
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de acuerdo con las Leyes de Japón y la Donación deberá ser
desembolsada dentro del límite de las asignaciones presupuestarias
de Japón. Para la implementación del Proyecto, en relación con el
desembolso de la Donación, el Cliente deberá cumplir, en todos los
aspectos, con los términos y condiciones del A/D y las Directrices
Aplicables, y el Contratista deberá tener en cuenta las obligaciones
del Cliente bajo el A/D y las Directrices Aplicables, y deberá cumplir
con las obligaciones del Cliente y los procedimientos practicados en
el régimen para la Donación. Las Partes entienden que JICA no
financia los gastos por los productos y servicios que, en la opinión de
JICA, no se han adquirido de acuerdo con el A/D y las Directrices
Aplicables. Si la Donación cubre el Costo, el pago del Costo se
efectuará de acuerdo con los criterios establecidos por JICA.
(2) Las Partes se dan por entendidas de que la Donación estará
disponible durante el período definido en el A/D, salvo que el período
sea extendido por consentimiento mutuo entre las autoridades
competentes del Gobierno del País y JICA dentro del período
disponible del C/N.
(3) De acuerdo con el A/D y las Directrices Aplicables, el Cliente
realizará, o hará que el gobierno autorizado pertinente del País
realice, un convenio bancario (C/B) con el Banco para autorizar que
el Banco pague el Precio del Contrato con la Donación al Contratista
en los plazos y forma debidos bajo el Contrato. El pago al Contratista
bajo el Contrato que se realice con la Donación deberá efectuarse en
Yenes Japoneses a través del Banco bajo una autorización de pago
(A/P) que será emitida por el Cliente o el gobierno autorizado
pertinente del País al Banco.
3.2 La “no objeción” para el Contrato
(1) Inmediatamente después de firmar el Convenio, el Cliente debe
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presentar el original del Contrato a JICA para su revisión y obtener la
“no objeción” de JICA para que el Contrato sea verificado como
elegible para la Donación de acuerdo con el A/D y las Directrices
Aplicables.
(2) El Cliente debe notificar a JICA de cualquier evento que implique
cualquier enmienda importante al Contrato, como lo establecido en
las Directrices Aplicables inmediatamente después del
acontecimiento de dicho evento o por causa de la terminación del
Contrato. En caso de una enmienda importante, incluyendo una
causada por terminación, inmediatamente después de firmar la
enmienda al Contrato, el Cliente debe presentar el original y otros
documentos necesarios a JICA para su revisión y obtener la “no
objeción” de JICA para que dicha enmienda sea verificada como
elegible para la Donación de acuerdo con el A/D y las Directrices
Aplicables.
(3) El Cliente deberá notificar a JICA cualquier extensión del Plazo de
Terminación de las Obras, presentar documentos declarando las
razones justificando la extensión para la revisión, y obtener la “no
objeción” previa de JICA antes que el Contrato se modifique en caso
de que:
(a) dicha extensión sea más de tres (3) meses; o
(b) el período entre la fecha que ocurra más tarde de
(i) la fecha propuesta extendida para la Terminación de las
Obras, y
(ii) la fecha final del período extendido para la ejecución de
todos los contratos incluyendo el Acuerdo de Consultoría
bajo el Proyecto y la última fecha del plazo de
disponibilidad de la Donación sea de menos de seis (6)
meses, de acuerdo con el A/D y las Directrices Aplicables.
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3.3 La “no objeción” para la Modificación de las Especificaciones y Planos
En caso de una modificación importante a las Especificaciones y Planos como
se establece en las Directrices Aplicables, el Cliente deberá obtener la “no
objeción” previa de JICA antes de la implementación de cualquier obra en
relación a la modificación de las Especificaciones y Planos de acuerdo con el
A/D y las Directrices Aplicables.
3.4 La “no objeción” para la Asignación del Saldo Restante o las Contingencias de
la Donación
En caso de usar el saldo restante o las contingencias de la Donación, el Cliente
deberá obtener la “no objeción” previa de JICA antes de que se tome cualquier
medida en relación al uso del saldo restante o las contingencias de acuerdo
con el A/D y las Directrices Aplicables.
3.5 Referencia a la Donación
Ninguna parte, aparte del Cliente, deberá obtener cualquier derecho del A/D o
reclamar la Donación. La Donación cubrirá solamente una parte del Costo del
Proyecto, y para la porción restante el Cliente deberá tomar medidas
apropiadas para el financiamiento.
3.6 Visita al Lugar de las Obras
El Cliente deberá permitir, o tomar las medidas necesarias para permitir a los
representantes de JICA que visiten cualesquier instalaciones y sitios de
construcción para el Proyecto en el Lugar de las Obras y para examinar los
productos y servicios y cualquier planta, instalación, sitio, obras, edificio,
propiedad, equipos, libros, cuentas, registros y documentos pertinentes al
cumplimiento de las obligaciones del Cliente bajo el A/D. El Cliente y el
Contratista proporcionarán dicha asistencia razonable para permitir dicha visita
al sitio.
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Cláusula 4 EL CLIENTE
4.1 Responsabilidades del Cliente bajo el C/N
El Cliente deberá realizar sus obligaciones como se establece en el C/N y
deberá coordinar con la organización pertinente para realizar las obligaciones
del Cliente bajo el C/N.
4.2 Responsabilidades del Cliente bajo el A/D
El Cliente deberá realizar sus obligaciones como se establece en las
Condiciones Particulares, incluyendo las que se describen en el A/D para su
correcta implementación del Proyecto de acuerdo con el A/D y deberá hacer
su mayor esfuerzo para que le haga a la organización pertinente realizar las
obligaciones de acuerdo con el A/D.
4.3 Responsabilidades del Cliente bajo el Acuerdo de Consultoría
El Cliente ejecutará y amparará en plena vigencia y efecto el Acuerdo de
Consultoría con el Consultor para retener los servicios del Consultor para el
Proyecto. El Acuerdo de Consultoría deberá proporcionar los mismos
derechos y obligaciones del Consultor como se establece en el presente
documento.
4.4 Obligación del Cliente Sobre el Acceso al Lugar de las Obras
(1) El Cliente concederá al Contratista derecho de acceso a, y posesión
de, todas las partes del Lugar de las Obras durante el plazo (o plazos)
señalados en los Datos del Contrato. El derecho de acceso y la
posesión pueden no ser exclusivos del Contratista. Si, en virtud del
Contrato, se exige que el Cliente conceda (al Contratista) la posesión
de cualquier cimiento, estructura, instalación o medio de acceso, el
Cliente lo hará en el plazo y de la manera que se indiquen en las
Especificaciones. Sin embargo, el Cliente podrá retener ese derecho
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o posesión hasta que reciba la Garantía de Cumplimiento.
(2) De no especificarse ese plazo en los Datos del Contrato, el Cliente
concederá al Contratista el derecho de acceso al, y la posesión de, el
Lugar de las Obras en los períodos que sean necesarios para permitir
al Contratista proceder sin interrupción de acuerdo con el Programa
de la Obra presentado con arreglo a la Sub-Cláusula 7.3 [Programa
de la Obra].
(3) Si el Contratista sufre alguna demora y/o incurre en algún Costo
debido a que el Cliente no le ha concedido dicho derecho o posesión
en el plazo establecido bajo la Sub-Cláusula 4.4(2), el Contratista
notificará de ello al Consultor y tendrá derecho a lo siguiente:
(a) una prórroga del Plazo de Terminación por cualquier demora de
esa índole, si se ha retrasado o se retrasa la terminación de las
Obras, bajo la Sub-Cláusula 10.4 [Prórroga del Plazo de
Terminación], y
(b) ajuste del Precio del Contrato bajo la Sub-Cláusula 10.5 [Ajuste
del Precio del Contrato].
(4) El Contratista no tendrá derecho a una prórroga del Plazo de
Terminación ni al Costo bajo esta Sub-Cláusula 4.4, si el
incumplimiento del Cliente se debe a algún error o demora por el
Contratista, incluido un error o demora en la entrega de cualquiera de
los Documentos del Contratista.
(5)
4.5 Permisos, Licencias o Aprobaciones
El Cliente prestará asistencia razonable al Contratista, cuando éste así lo
solicite, para obtener:
(a) copias de las Leyes del País que sean pertinentes para el
Contrato pero que no se encuentren fácilmente disponibles, y
(b) cualesquier permisos, licencias o aprobaciones que exijan las
Leyes del País:
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(i) que el Contratista esté obligado a obtener de conformidad
con la Sub-Cláusula 1.13 [Cumplimiento de la Legislación],
(ii) para la entrega de Bienes, incluido su despacho de
aduana, y
(iii) para la exportación, importación, movilización,
desmovilización y/o cualquier uso de los Equipos del
Contratista.
4.6 Personal del Cliente
El Cliente tendrá la responsabilidad de asegurarse que el Personal del
Cliente y los demás contratistas del Cliente en el Lugar de las Obras:
(a) cooperen con el Contratista de conformidad con la Sub-Cláusula
6.6 [Cooperación], y
(b) tomen medidas análogas a las que debe tomar el Contratista con
arreglo a la Sub-Cláusula 6.8 [Salud, Seguridad y Protección del
Medio Ambiente] y 6.18 [Protección del Medio Ambiente], salvo
indicación diferente en las Condiciones Particulares.
4.7 Arreglos Financieros del Cliente
(1) El Cliente deberá presentar al Contratista, después de la Fecha de
Inicio y dentro de un plazo de veintiocho (28) días a partir de la fecha
en que reciba una solicitud del Contratista, evidencia razonable de
que se han hecho y se mantienen los arreglos financieros que han de
permitir que el Cliente pague el Precio del Contrato que no debe ser
pagado con la Donación (según se calcule en el momento de la
entrega) de conformidad con el Contrato. Antes de hacer cualquier
cambio sustancial a sus arreglos financieros, el Cliente deberá
notificar al Contratista y proporcionar información detallada al
respecto.
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(2) Si JICA notifica al Cliente que JICA ha suspendido el desembolso de
la Donación bajo el A/D, el Cliente notificará de la suspensión al
Contratista con la información detallada, incluida la fecha de la
notificación por JICA, dentro de siete (7) días del recibo por el Cliente
de la notificación de JICA. El Cliente también deberá presentar al
Contratista, dentro de sesenta (60) días después de la fecha de esta
notificación por JICA, evidencia razonable de que se han hecho y se
mantienen los arreglos financieros que han de permitir que el Cliente
pague el Precio del Contrato que no debe ser pagado con la Donación
(según se calcule en el momento de la entrega).
4.8 Coordinación de Otras Obras
El Cliente coordinará, en caso necesario, la ejecución de las Obras con la
ejecución de otras obras estrechamente relacionadas que están encargadas
por el Cliente y ejecutadas por terceros. En este caso, el Contratista cumplirá
con los arreglos coordinados hechos por el Cliente, y el Contratista cooperará
para que las obras ejecutadas por terceros procedan de manera correcta y
ordenada.
Cláusula 5 EL CONSULTOR
5.1 Obligaciones y Facultades del Consultor
(1) El Consultor proporcionará servicios de consultoría establecidos en el
Acuerdo de Consultoría para el Proyecto para asegurar que las obras
ejecutadas por el Contratista bajo el Proyecto estén en cumplimiento
con el Contrato en coordinación con el Cliente. Los servicios de
consultoría incluirán aquellos especificados en los Datos del
Contrato.
(2) El Consultor hará informes necesarios cada cierto tiempo o de
acuerdo a las instrucciones del Cliente sobre la ejecución y progreso
del Proyecto.
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(3) El Consultor llevará a cabo la inspección y supervisión necesaria de
las Obras para cada pago bajo el Calendario de Pagos y emitirá los
certificados necesarios, incluido el certificado de Confirmación de
Cumplimiento y el Certificado de Terminación, al Contratista.
(4) El Consultor tendrá bajo su custodia la Garantía de Cumplimiento y
la garantía de pago anticipado proporcionadas de acuerdo con el
Contrato.
(5) El Consultor deberá asignar ingenieros adecuadamente cualificados
y otros profesionales competentes para cumplir las obligaciones bajo
el Contrato.
(6) El Consultor no tendrá autoridad para modificar el Contrato.
(7) El Consultor podrá ejercer las facultades que se le confieran
explícitamente en el Contrato o se deriven implícitamente del mismo.
Si el Consultor debe obtener la aprobación del Cliente antes de
ejercer una facultad en particular, los requisitos serán los que se
indican en las Condiciones Particulares. El Cliente informará sin
demora al Contratista sobre cualquier cambio en las facultades
conferidas al Consultor. Sin embargo, cuando el Consultor ejerza una
facultad específica que requiera la autorización del Cliente, entonces
(para los fines del Contrato) se considerará que el Cliente ha
concedido su aprobación.
(8) Salvo indicación diferente en el Contrato:
(a) cuando el Consultor cumpla sus obligaciones o ejerza sus
facultades, ya sea que éstas se especifiquen en el Contrato o que
se deriven en forma implícita del mismo, se considerará que actúa
en nombre del Cliente;
(b) el Consultor no tendrá autoridad para eximir a ninguna de las
Partes de cualesquiera deberes, obligaciones o
responsabilidades en virtud del Contrato;
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(c) ninguna aprobación, verificación, certificado, consentimiento,
examen, inspección, instrucción, orden, notificación, propuesta,
solicitud, prueba o acto de esa índole del Consultor (incluida la no
desaprobación) eximirá al Contratista de cualquier
responsabilidad que tenga en virtud del Contrato en cuanto a
errores, omisiones, discrepancias e incumplimientos; y
(d) salvo que se indique algo diferente en forma expresa, cualquier
acto realizado por el Consultor en respuesta a una solicitud del
Contratista deberá ser notificado al Contratista dentro del plazo
de veintiocho (28) días de recibida la solicitud o dentro de otro
período que pueda ser propuesta por el Consultor y aceptado por
el Contratista en caso que el acto del Consultor en respuesta a la
solicitud del Contratista requiera una respuesta de JICA o una
organización pertinente.
(9) El Consultor obtendrá, antes de actuar, la aprobación específica del
Cliente, de la cual se requiere que el Cliente obtenga la “no objeción”
de JICA bajo la Cláusula 3 [RÉGIMEN DE LA DONACIÓN
JAPONESA].
5.2 Delegación de parte del Consultor Gerente y el Supervisor Residente
(1) El Consultor asignará al Consultor Gerente como el representante
que actuará en nombre del Consultor.
(2) El Consultor Gerente podrá ocasionalmente asignar deberes y
delegar autoridad a los asistentes, y también podrá revocarlas. Entre
los asistentes puede incluirse el Supervisor Residente, y/o inspector
independiente designado para examinar y/o probar elementos de los
Equipos y/o los Materiales. La asignación, delegación o revocación
deberán hacerse por escrito y no entrarán en vigor hasta que ambas
Partes hayan recibido copia de la notificación. Sin embargo, salvo que
ambas Partes acuerden otra cosa, el Consultor Gerente no podrá
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delegar la autoridad para resolver cualquier asunto de conformidad
con la Sub-Cláusula 5.5 [Discusión y Decisión] o cualquier asunto que
requiera la aprobación del Cliente bajo el Contrato.
(3) Los asistentes serán personas debidamente calificadas, con
capacidad para llevar a cabo esos deberes del Consultor bajo el
Contrato y ejercer la autoridad delegada bajo la Sub-Cláusula 5.2 (2),
y que tienen pleno dominio del Idioma. Si Los asistentes no dominan
la dicha lengua con soltura, el Consultor pondrá a intérpretes
competentes a su disposición.
(4) Cada asistente a quien se le hayan asignado deberes o en quien se
haya delegado autoridad, estará autorizado únicamente a impartir
instrucciones al Contratista en la medida definida en la delegación.
Cualquier aprobación, verificación, certificado, consentimiento,
examen, inspección, orden, notificación, propuesta, solicitud, prueba
o acto de esa índole por parte de un asistente, efectuado de
conformidad con la delegación, tendrá el mismo efecto que si
proviniera del Consultor.
(5)
Sin embargo:
(a) el hecho de no haber desaprobado una obra, Equipos o
Materiales no constituirá la aprobación de los mismos, por lo que
no afectará el derecho del Consultor a rechazar dichas obras,
Equipos o Materiales; y
(b) si el Contratista cuestiona una decisión (si es aplicable) u orden
de un asistente, el Contratista podrá remitir el asunto al Consultor,
quien con la debida prontitud confirmará, revertirá o modificará la
decisión (es aplicable) u orden.
5.3 Instrucciones del Consultor
(1) El Consultor podrá impartir al Contratista (en cualquier momento)
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instrucciones y proporcionarle los Planos adicionales o modificados
que se necesiten para la ejecución de las Obras y la reparación de
cualquier Defecto, de conformidad con el Contrato. El Contratista
solo responderá a las instrucciones del Consultor, o del asistente en
el que se haya delegado la autoridad pertinente en virtud de esta
Cláusula 5. Para evitar dudas, si estas instrucciones del Consultor
constituyen la modificación de las Especificaciones y Planos bajo la
Sub-Cláusula 10.1 [Modificación de las Especificaciones y Planos
por Condiciones Imprevisibles o Diferentes] o la solicitud del Cliente
de la modificación de las Especificaciones y Planos bajo la Sub-
Cláusula 10.3 [Modificación por parte del Cliente], entonces se
aplicará cada Sub-Cláusula pertinente.
(2) El Contratista cumplirá con las instrucciones que imparta el Consultor
o el asistente en quien se haya delegado dicha autoridad, en relación
con cualquier asunto del Contrato. Siempre que sea posible, las
instrucciones se impartirán por escrito. Si el Consultor o un asistente
autorizado:
(a) da una orden verbal,
(b) recibe del Contratista (o en su nombre) una confirmación escrita
de la orden en un plazo
de dos (2) días laborales a partir de la fecha en que se dio la
instrucción, y
(c) no responde con una negativa y/u orden escrita dentro de dos (2)
días laborales después de recibir la confirmación, entonces la
confirmación pasará a constituir la orden escrita del Consultor o
el asistente en quien se ha delegado dicha autoridad (según
corresponda).
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5.4 Reemplazo del Supervisor Residente
Si el Cliente prevé reemplazar al Supervisor Residente sujeto al Acuerdo de
Consultoría, el Cliente deberá notificar al Contratista y JICA, por lo menos
veintiún (21) días antes de la fecha prevista del reemplazo, el nombre, la
dirección y la experiencia pertinente del potencial Supervisor Residente
sustituto. Si el Contratista considera que el potencial Supervisor Residente
sustituto no es adecuado y que afectará en gran escala a la ejecución de las
Obras, tendrá el derecho a presentar objeciones al nombramiento, mediante
notificación al Cliente, con información que fundamente su posición, y el
Cliente dará plena y justa consideración a dicha objeción.
5.5 Discusión y Decisión
(1) En los casos en que estas Condiciones contemplen que el Consultor
proceda de acuerdo con esta Sub-Cláusula 5.5 (1) para discutir
cualquier asunto, el Consultor tendrá una discusión sobre el asunto
con ambas Partes. El Consultor coordinará y reconciliará sus
opiniones, y responderá con comentarios detallados sobre el asunto
y dará su opinión en la procura de llegar a un acuerdo.
(2) En los casos en que estas Condiciones contemplen que el Consultor
proceda de acuerdo con esta Sub-Cláusula 5.5 (2) para acordar o
resolver algún asunto, el Consultor consultará con cada una de las
Partes con el fin de llegar a un acuerdo. De no lograrse un acuerdo
dentro de un período razonable, el Consultor tomará una decisión
justa de acuerdo con el Contrato, tomando en cuenta todas las
circunstancias pertinentes. El Consultor dará una notificación a
ambas Partes sobre la decisión, con los detalles del caso, dentro de
veintiocho (28) días de haber recibido la correspondiente queja o
solicitud u otro período que se especifique de otra manera en el
Contrato o convenida entre las Partes.
(3) Cada Parte seguirá la decisión bajo la Sub-Cláusula 5.5(2) a menos
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que una Parte notifique su inconformidad de la decisión a la otra
Parte dentro de catorce (14) días desde la fecha de la determinación,
después de la cual las Partes deberán seguir los procedimientos
mencionados en la Sub-Cláusula 18.3(3) [Solución y Arbitraje]. Las
Partes seguirán el acuerdo bajo la Sub-Cláusula 5.5.
Cláusula 6 EL CONTRATISTA
6.1 Obligaciones Generales del Contratista
(1) El Contratista diseñará (en la medida en que se especifique en el
Contrato), ejecutará y terminará las Obras de conformidad con el
Contrato y con las instrucciones del Consultor, y reparará cualquier
Defecto de las Obras.
(2) El Contratista suministrará los Equipos y los Documentos del
Contratista que se especifiquen en el Contrato, así como todo el
Personal del Contratista, los Bienes, los bienes consumibles y otros
bienes y servicios, permanentes o temporales, necesarios para, y en
relación con, el diseño, la ejecución, la terminación de las Obras y la
reparación de sus Defectos bajo la Sub-Cláusula 6.1 (1).
(3) El Contratista será responsable para que todos los equipos,
materiales y servicios que se incorporen en, o se requieran para, las
Obras provengan de cualquier país elegible de conformidad con lo
definido en los documentos de licitación para el Proyecto.
(4) El Contratista velará por el carácter adecuado, la estabilidad y la
seguridad de todas las operaciones y los métodos de construcción en
el Lugar de las Obras. Salvo en la medida en que se especifique en
el Contrato, el Contratista (i) será responsable de todos los
Documentos del Contratista, las Obras Temporales, y el diseño que
pueda ser necesario en relación con cada elemento de los Equipos y
los Materiales para que dicho(s) elemento(s) se ciña(n) al Contrato, y
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(ii) no será responsable del diseño o las especificaciones de las Obras
Permanentes.
(5) El Contratista prepara los planos de construcción, calendarios de
avance de los trabajos y otros documentos técnicos que el Consultor
requiera razonablemente.
(6) El Contratista suministrará, a solicitud del Consultor, la información
sobre los arreglos y los métodos que el Contratista propone adoptar
para la ejecución de las Obras. Dichos arreglos y métodos no podrán
modificarse de manera significativa sin que antes se haya notificado
de ello al Consultor.
(7) En caso de que en el Contrato se especifique que el Contratista
diseñe cualquier parte de las Obras, entonces, salvo indicación
diferente en las Condiciones Particulares:
(a) el Contratista suministrará al Consultor los Documentos del
Contratista correspondientes a dicha parte de conformidad con
los procedimientos que se especifican en el Contrato;
(b) los Documentos del Contratista se ceñirán a las Especificaciones
y los Planos, estarán escritos en el Idioma, e incluirán la
información adicional solicitada por el Consultor para agregar a
los Planos a fin de coordinar los diseños de cada una de las
Partes;
(c) el Contratista será responsable por el diseño de esta parte de las
Obras, la cual, una vez terminadas las Obras, servirá para el
propósito para la que fue concebida de conformidad como se
señala en el Contrato; y
(d) antes de que se inicien las Pruebas de Terminación bajo la Sub-
Cláusula 8.1 (1) [Prueba de Terminación], el Contratista
proporcionará al Consultor la documentación “conforme a obra” y
según corresponda, los manuales de operación y mantenimiento
de conformidad con las Especificaciones y en suficiente detalle
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como para que el Cliente pueda operar, mantener, desmontar,
reensamblar, ajustar y reparar dicha parte de las Obras. Dicha
parte no se considerará terminada para los fines de terminación
de las Obras con arreglo a la Sub-Cláusula 8.2 [Recepción de las
Obras o Secciones] hasta que se hayan proporcionado al
Consultor la documentación y los manuales mencionados.
(8) El Contratista acatará con Anexo 6.1 (Personal y Mano de Obra) y
todas las Leyes laborales aplicables.
6.2 Garantía de Cumplimiento
(1) El Contratista proporcionará al Consultor, dentro de un plazo de
catorce (14) días después de la firma del Convenio, una Garantía de
Cumplimiento por el monto estipulado en los Datos del Contrato
emitida por una institución financiera japonesa, la cual asegure la
adecuada ejecución de todas las obligaciones del Contratista durante
el período que va desde la fecha de la firma del Convenio hasta la
fecha de emisión del Certificado de Terminación de las Obras.
(2) A menos que se indique lo contrario en el Contrato, la Garantía de
Cumplimiento será devuelta dentro de un plazo de veintiún (21) días
después de la emisión del Certificado de Terminación de las Obras
por el Consultor con la aprobación del Cliente, sujeto a la Sub-
Cláusula 8.2 [Recepción de las Obras o Secciones].
(3) El Cliente podrá hacer un reclamo bajo la Garantía de Cumplimiento
por los montos que el Cliente tenga derecho bajo el Contrato.
(4) Sin perjuicio de lo dispuesto en el resto de esta Sub-Cláusula 6.2,
cuando el Precio del Contrato se ajuste de conformidad con la
Cláusula 10 [MODIFICACINOES] y el precio ajustado supere el
veinticinco (25) por ciento del Precio del Contrato, el Contratista, a
solicitud del Consultor, procederá sin demora a aumentar o reducir,
según corresponda, el valor de la Garantía de Cumplimiento en el
mismo porcentaje.
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6.3 Representante del Contratista
(1) El Contratista nombrará al Representante del Contratista y le
conferirá todas las facultades necesarias para que actúe en nombre
del Contratista para los fines del Contrato.
(2) Salvo que el Representante del Contratista esté especificado en los
Datos del Contrato, el Contratista suministrará al Consultor para su
aprobación, antes de la Fecha de Inicio, el nombre y la información
de la persona que propone como Representante del Contratista.
Asimismo, el Contratista suministrará el nombre y la información de
otra persona adecuada para el cargo en cuestión, si
(a) la persona designada no ejerce sus funciones como
Representante del Contratista,
(b) el Consultor no da el consentimiento establecido en esta Sub-
Cláusula 6.3(2) [Representante del Contratista], o
(c) el Consultor posteriormente solicita al Contratista para desistir al
Representante del Contratista de conformidad con la Sub-
Cláusula 6.1.9 [Reemplazo del Personal del Contratista] de
Anexo 6.1 (Personal y Mano de Obra).
(3) El Contratista no podrá revocar el nombramiento del Representante
del Contratista, ni nombrar a un sustituto, sin el consentimiento
previo del Consultor.
(4) El Representante del Contratista se dedicará, durante su tiempo de
actividad laboral, a dirigir el cumplimiento del Contrato por parte del
Contratista. Si el Representante del Contratista debe ausentarse
temporalmente del Lugar de las Obras durante la ejecución de las
Obras, se nombrará a un sustituto adecuado, con el previo
consentimiento del Consultor a quien deberá darse la debida
notificación.
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(5) El Representante del Contratista recibirá en nombre del Contratista
instrucciones de los Consultores.
(6) El Representante del Contratista podrá delegar facultades, funciones,
y poderes en cualquier persona competente entre el Personal del
Contratista, y podrá revocar dicha delegación en cualquier momento.
Las delegaciones o revocaciones no entrarán en vigor sino una vez
que el Consultor haya recibido una notificación previa firmada por el
Representante del Contratista en la que se señale el nombre de la
persona y se especifiquen las facultades, las funciones y los poderes
delegados o revocados.
(7) El Representante del Contratista hablará con fluidez el Idioma. Si los
delegados del Representante del Contratista no hablan con fluidez el
Idioma, el Contratista se asegurará de que haya intérpretes
competentes durante todas las horas de trabajo, en un número que el
Consultor considere suficiente.
6.4 Subcontratistas
(1) El Contratista no subcontrará la totalidad de las Obras.
(2) El Contratista será responsable de las acciones u omisiones de
cualquier Subcontratista, sus agentes o empleados, como si fueran
las suyas propias.
(3) Salvo indicación en contrario en las Condiciones Particulares:
(a) el Contratista no estará obligado a tener aprobación cuando se
trate de proveedores de Materiales únicamente, o para la
contratación de un Subcontratista que esté especificado en el
Contrato;
(b) el Contratista obtendrá el consentimiento previo del Consultor
cuando se trate de la contratación de cualquier subcontratista
incluidos los sucesores legales para Subcontratistas, antes de
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designar o admitir a los subcontratistas propuestos como el
Subcontratista;
(c) el Contratista notificará al Consultor, con al menos veintiocho (28)
días de anticipación, sobre la fecha prevista de inicio del trabajo
de cada Subcontratista, y del comienzo de dicho trabajo en el
Lugar de las Obras; y
(d) cada subcontrato incluirá disposiciones que den al Cliente el
derecho de exigir que se le ceda el subcontrato con arreglo a la
Sub-Cláusula 6.5 [Cesión de Beneficio de Subcontrato]
(conforme proceda) o en el caso de terminación en virtud de la
Sub-Cláusula 13.2 [Terminación por Parte del Cliente].
(4) El Contratista se asegurará de que los requisitos que se le imponen
en la Sub-Cláusula 1.12 [Detalles Confidenciales] se apliquen
igualmente a todos los Subcontratistas.
(5) En la medida de lo posible, el Contratista dará justas y razonables
oportunidades a contratistas del País, para ser nombrados
Subcontratistas.
6.5 Cesión de Beneficio de Subcontrato
Si las obligaciones de un Subcontratista siguen vigentes después de la fecha
de vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos pertinente, el
Contratista deberá ceder al Cliente el beneficio de dichas obligaciones, si el
Consultor así se lo exige antes de esa fecha. Salvo indicación diferente en
la cesión, el Contratista no será responsable ante el Cliente por los trabajos
que realice el Subcontratista después de la entrada en vigor de la cesión.
6.6 Cooperación
(1) El Contratista permitirá, conforme se estipule en el Contrato o indique
el Consultor, la realización en o cerca del Lugar de las Obras de
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cualquier obra no incluida en el Contrato de cualquier personal a
continuación:
(a) el Personal del Cliente,
(b) otros contratistas contratados por el Cliente, y
(c) el personal de cualquier entidad pública legalmente constituida.
(2) Cualquiera de esas instrucciones del Consultor bajo la Sub-Cláusula
6.6(1) estará limitada en la medida en que no obligue al Contratista a
sufrir retrasos y/o a incurrir en un Costo Imprevisto. Los servicios para
ese personal y otros contratistas pueden incluir el uso de Equipos del
Contratista, Obras Temporales o arreglos en material de acceso que
son responsabilidad del Contratista. En caso de que esas
instrucciones hagan que el Contratista sufra retrasos y/o incurra en
un Costo Imprevisto, el Contratista notificará de ello al Consultor junto
con los detalles al respecto. Dentro de un plazo de siete (7) días
después de recibir la notificación, el Consultor anulará, confirmará o
variará la orden.
(3) Si, en virtud del Contrato, se exige que el Cliente conceda al
Contratista la posesión de cualquier cimiento, estructura, instalación
o medio de acceso de conformidad con los Documentos del
Contratista, el Contratista presentará estos documentos al Consultor
en el plazo y de la manera que se indiquen en las Especificaciones.
6.7 Trazado
(1) El Contratista trazará las Obras en función de los puntos originales,
líneas y niveles de referencia especificados en el Contrato o
notificados por el Consultor. El Contratista será responsable del
correcto posicionamiento de todas las partes de las Obras, y
rectificará cualquier error en las posiciones, niveles, dimensiones o
alineamiento de las mismas.
(2) El Cliente será responsable de cualquier error en los parámetros de
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referencia señalados o notificados bajo la Sub-Cláusula 6.7 (1), pero
el Contratista tratará razonablemente de verificar la precisión de
dichos datos antes de que se utilicen.
6.8 Salud, Seguridad y Protección del Medio Ambiente
El Contratista deberá, sin limitaciones, durante la ejecución y terminación de
las Obras:
(a) cumplir con todas las Leyes de seguridad aplicables;
(b) asignar a un miembro apropiado del Personal del Contratista
como un oficial de prevención de accidentes;
(c) tener plenamente en cuenta la seguridad de todas las personas
que tengan derecho a estar en el Lugar de las Obras y mantener
el Lugar de las Obras y las Obras en un estado ordenado y
apropiado para evitar el peligro a estas personas;
(d) proporcionar e imponer el uso de EPP (Equipos de Protección
Personal) incluidos cascos, gafas y arnés de seguridad, y otros
equipos apropiados;
(e) proporcionar y mantener, a sus propias expensas, instalaciones
e instrumentos necesarios incluidos luces, guardias, cercados,
señales de advertencia y vigilancia de seguridad; y
(f) tomar todas las medidas razonables para proteger el medio
ambiente en y fuera del Lugar de las Obras y para evitar daños o
alteraciones que se puedan crear a personas o a las propiedades
del público.
6.9 Adoptando el Sistema de Gestión de Salud, Seguridad y Medio Ambiente
(1) El Contratista preparará un Plan de Gestión de Salud, Seguridad y
Medio Ambiente (en esta Sub-Cláusula 6.9, “PlanGSSMA”) en línea
con “la Guía de Gestión de Seguridad de las Obras de Construcción
en los Proyectos de AOD del Japón” y presentar el esbozo del Plan
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GSSMA al Consultor para obtener su aprobación dentro de veintiocho
(28) días desde la firma del Convenio.
(2) El Plan GSSMA incluirá (i) principios generales de seguridad, (ii)
sistema de protección del medio ambiente y sus procedimientos, y (iii)
sus regulaciones pertinentes, y cualquier otra información, incluidos
por lo menos el objetivo y estrategia GSSMA, organización y
responsabilidades pertinentes, identificación de riesgos, inspección
de seguridad, monitoreo y protección del medio ambiente, respuesta
a la emergencia y red de comunicación de emergencia, inducción de
seguridad y entrenamientos de seguridad, seguridad en el lugar de
las obras, ayuda médica, control de tráfico, e informes de incidentes
y cuasi incidentes.
(3) El Contratista presentará los detalles de cada item del Plan GSSMA
y procedimientos de seguridad pertinente antes del inicio de cualquier
actividad en el Lugar de las Obras con respecto a las Obras para
obtener la aprobación del Consultor.
(4) El Contratista implementará, durante todo el período de
implementación del Proyecto, las actividades para salud, seguridad y
medio ambiente, y tomará todas las medidas razonables para
prevenir incidentes y/o impactos negativos al medio ambiente.
(5) El Contratista establecerá el comité de seguridad transversal con los
miembros del Contratista, Cliente y Consultor para fomentar las
actividades de seguridad.
6.10 Control de Calidad
(1) El Contratista establecerá un sistema de control de calidad para
demostrar el cumplimiento de los requisitos del Contrato. El sistema
se ceñirá a la información que figura en el Contrato. El Consultor
podrá auditar cualquier aspecto del sistema.
(2) El Contratista deberá presentar detalles de todos los procedimientos
y documentos de cumplimiento, como la declaración de método, al
Consultor para su revisión antes del inicio de cada etapa de diseño y
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ejecución. Todos los documentos de naturaleza técnica que se
emitan para el Consultor deberán ostentar comprobante de la
aprobación previa del propio Contratista.
(3) El cumplimiento del sistema de control de calidad no eximirá al
Contratista de ninguno de sus deberes, obligaciones o
responsabilidades en virtud del Contrato.
6.11 Datos del Lugar de las Obras
(1) Antes de la Fecha Base, el Cliente deberá haber proporcionado al
Contratista, para su información, todos los datos pertinentes de los
que disponga sobre las condiciones subterráneas e hidrológicas del
Lugar de las Obras, incluidos aspectos ambientales. A su vez, el
Cliente pondrá a disposición del Contratista todos los datos de esa
índole que obtenga después de la Fecha Base. El Contratista será
responsable de interpretar todos esos datos.
(2) En la medida en que fuera posible (tomando en cuenta el costo y el
tiempo), se considerará que el Contratista ha obtenido toda la
información necesaria acerca de los riesgos, imprevistos y otras
circunstancias que puedan tener influencia o incidencia en la Carta
de la Oferta o las Obras. En la misma medida, se considerará que el
Contratista ha inspeccionado y examinado el Lugar de las Obras, sus
alrededores, los datos mencionados anteriormente y otra información
disponible, y que antes de presentar la Carta de la Oferta estaba
satisfecho con respecto a todos los asuntos pertinentes, incluidos
(mas no de manera exclusiva):(a) la forma y la naturaleza del Lugar
de las Obras, incluidas las condiciones subterráneas, (b) las
condiciones hidrológicas y climáticas, (c) la medida y la naturaleza de
las Obras y los Bienes necesarios para la ejecución y terminación de
las Obras y la reparación de cualesquiera Defectos, (d) la legislación,
los procedimientos y las prácticas laborales del País, y (e) los
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requisitos del Contratista en cuanto a acceso, alojamiento,
dependencias, personal, electricidad, transporte, agua y otros
servicios.
6.12 Suficiencia del Precio del Contrato
(1) Se considerará que el Contratista:
(a) está satisfecho con el Precio del Contrato en términos de su
idoneidad y suficiencia, y
(b) basó el Precio del Contrato en los datos, las interpretaciones, la
información necesaria, las inspecciones, los exámenes y el
cumplimiento de todos los asuntos pertinentes que se especifican
en la Sub-Cláusula 6.11 [Datos del Lugar de las Obras].
(2) Salvo indicación en otro sentido en el Contrato, el Precio del Contrato
cubre todas las obligaciones del Contratista en virtud del Contrato y
todos los aspectos necesarios para ejecutar y terminar
adecuadamente las Obras y reparar cualesquiera Defectos.
6.13 Servidumbre de Paso y Dependencias
Salvo indicación diferente en el Contrato, el cliente deberá proveer acceso
efectivo al, y posesión del, Lugar de las Obras, incluyendo las servidumbres
de paso especiales y/o temporales que puedan ser necesarias para las
Obras. El Contratista obtendrá, a su riesgo y expensas, cualquier
servidumbre de paso o instalaciones adicionales fuera del Lugar de las
Obras que pueda necesitar para fines de las Obras además del acceso al,
y posesión del, Lugar de las Obras, conforme la Sub-Cláusula 4.4
[Obligación del Cliente sobre el Acceso al Lugar de las Obras].
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6.14 No Interferencia
(1) El Contratista no interferirá en forma innecesaria ni inadecuada con:
(a) la comodidad del público, ni
(b) el acceso a y uso y ocupación de todos los caminos y senderos,
independientemente de que sean públicos o estén en posesión
del Cliente o de otros.
(2) El Contratista deberá indemnizar y amparar al Cliente de todos los
daños, perjuicios y gastos (incluidos honorarios y gastos razonables
de abogados) que se generen a raíz de una interferencia innecesaria
o inadecuada de esa índole.
6.15 Ruta de Acceso
(1) Se considerará que el Contratista está satisfecho con la conveniencia
y disponibilidad de las rutas de acceso al Lugar de las Obras el día
de la Fecha Base. El Contratista hará lo razonablemente posible por
evitar los daños que pueda sufrir cualquier camino o puente como
resultado del tráfico del Contratista o su Personal. Ello incluye el uso
adecuado de vehículos y rutas apropiados.
(2) Salvo indicación diferente en las Condiciones:
(a) el Contratista será (al igual que entre las Partes) responsable de
cualquier mantenimiento que sea necesario por el uso que haga
de las rutas de acceso;
(b) el Contratista proporcionará todas las señalizaciones o
instrucciones necesarias a lo largo de las rutas de acceso, y
obtendrá los permisos necesarios de las autoridades pertinentes
para usar dichas rutas, señalizaciones e instrucciones;
(c) el Cliente no será responsable de las reclamaciones que surjan
del uso de cualquier ruta de acceso, ni por otro motivo en relación
con la misma;
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(d) el Cliente no garantiza la idoneidad ni la disponibilidad de ninguna
ruta de acceso en particular; y
(e) los costos que se generen por la falta de idoneidad o
disponibilidad de las rutas de acceso para el uso requerido por el
Contratista, correrán por cuenta de éste.
6.16 Transporte de Bienes
Salvo disposición en sentido diferente en las Condiciones Particulares:
(a) el Contratista notificará al Consultor con al menos veintiún (21)
días de anticipación sobre la fecha de entrega de cualesquier
Equipos u otra parte importante de otros Bienes en el Lugar de
las Obras;
(b) el Contratista será responsable de empacar, cargar, transportar,
recibir, descargar, almacenar y proteger todos los Bienes y
demás elementos necesarios para las Obras; y
(c) el Contratista indemnizará y amparará al Cliente de todos los
daños, perjuicios y gastos (incluidos honorarios y gastos de
abogados y gastos legales razonables) que se generen del
transporte de Bienes, y negociará y pagará todas las
reclamaciones que surjan a raíz del transporte de los mismos.
6.17 Equipos del Contratista
El Contratista será responsable de todos sus Equipos. Una vez que se lleven
al Lugar de las Obras, se considerará que los Equipos del Contratista se
usarán exclusivamente para la ejecución de las Obras. El Contratista no
retirará del Lugar de las Obras ningún elemento importante de sus Equipos
sin el consentimiento previo del Consultor. Sin embargo, dicho
consentimiento no será necesario para vehículos que transporten Bienes o
Personal del Contratista fuera del Lugar de las Obras.
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6.18 Protección del Medio Ambiente
(1) El Contratista tomará todas las medidas razonables para proteger el
medio ambiente (tanto dentro como fuera del Lugar de las Obras) y
para limitar los daños y las alteraciones que se puedan crear a las
personas y las propiedades como consecuencia de la contaminación,
el ruido y otros resultados de sus operaciones.
(2) El Contratista velará por que las emisiones y las descargas
superficiales y efluentes que se produzcan como resultado de sus
actividades no excedan los valores señalados en las Especificaciones
o dispuestas por las Leyes aplicables.
6.19 Electricidad, Agua y Gas
(1) Salvo en los casos que se señalan en la Sub-Cláusula 6.19 (2) y (3),
el Contratista será responsable de suministrar la electricidad, el agua
y los demás servicios que necesite para las actividades de
construcción y, en la medida establecida en las Especificaciones,
para las pruebas incluida la Prueba de Terminación.
(2) El Contratista tendrá derecho a usar para los fines de las Obras los
suministros de electricidad, agua, gas y otros servicios que se
encuentren disponibles en el Lugar de las Obras y cuyos detalles
y precios figuren en las Especificaciones. El Contratista suministrará,
a su riesgo y expensas, los aparatos necesarios para hacer uso de
esos servicios y medir las cantidades consumidas.
(3) El Consultor dará su aprobación, o determinará, las cantidades
consumidas y los montos pagaderos (a los precios establecidos en
la Sub-Cláusula 6.19 (2)) por concepto de dichos servicios, de
conformidad con la Sub-Cláusula 18.1 [Reclamaciones del Cliente].
El Contratista pagará dichos montos al Cliente.
6.20 Equipos del Cliente y Materiales de Libre Disposición
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(1) El Cliente pondrá sus Equipos (si los hubiere) a disposición del
Contratista para la ejecución de las Obras, de conformidad con los
detalles, arreglos y precios señalados en las Especificaciones. Salvo
indicación en sentido diferente en las Especificaciones:
(a) el Cliente será responsable de sus Equipos, salvo que
(b) el Contratista será responsable de cada elemento de los Equipos
del Cliente cuando cualquiera de los miembros del Personal del
Contratista los opere, conduzca, dirija o esté en posesión,
custodia o control de los mismos.
(2) El Consultor acordará o determinará las cantidades adecuadas y los
montos pagaderos (a los precios establecidos en la Sub-Cláusula
6.20 (1)) por el uso de los Equipos del Cliente de conformidad con la
Sub-Cláusula 18.1 [Reclamaciones del Cliente]. El Contratista pagará
dichos montos al Cliente.
(3) El Cliente proporcionará, sin costo alguno, los “materiales de libre
disposición” (si los hubiere) de conformidad con la información que se
señale en las Especificaciones. El Cliente proporcionará, a su riesgo
y expensas, dichos materiales en la fecha y lugar señalados en el
Contrato. El Contratista los inspeccionará visualmente y notificará con
prontitud al Consultor sobre cualquier falta, defecto u omisión al
respecto. A no ser que las Partes acuerden otra cosa, el Cliente
rectificará de inmediato la falta, defecto u omisión que se le haya
notificado.
(4) Tras la inspección visual bajo la Sub-Cláusula 6.20 (3), el Contratista
cuidará, tendrá custodia y control de los materiales de libre
disposición.
(5) Las obligaciones del Contratista con respecto a los materiales de libre
disposición bajo esta Sub-Cláusula 6.20 no eximirán al Cliente de su
responsabilidad por cualquier falta, defecto u omisión no advertida en
una inspección visual bajo la Sub-Cláusula 6.20 (3).
(6)
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6.21 Informes de Avance
(1) Salvo que se exprese otra cosa en las Condiciones Particulares, el
Contratista preparará informes mensuales de avance y presentará
seis (6) copias de ello al Consultor. El primer informe cubrirá el
período desde la Fecha de Inicio hasta el final del primer mes
calendario. De ahí en adelante, se presentarán informes mensuales,
cada uno dentro del plazo de siete (7) días contados a partir del último
día del período en cuestión.
(2) Se presentarán informes hasta que el Contratista haya terminado
todas las Obras.
(3) Cada informe incluirá:
(a) gráficos y descripciones detalladas del avance alcanzado,
incluida cada etapa de diseño (si las hubiere), los Documentos
del Contratista, las adquisiciones, las fabricaciones, las entregas
en el Lugar de las Obras, la construcción, el montaje y las
pruebas;
(b) fotografías que reflejen el correspondiente estado de fabricación
y el avance alcanzado en el Lugar de las Obras;
(c) en cuanto a la fabricación de cada elemento importante de los
componentes de Equipos y Materiales, el nombre del fabricante,
la ubicación de la fábrica, el porcentaje de avance y las fechas
reales o previstas para:
(i) el inicio de la fabricación,
(ii) las inspecciones del Contratista,
(iii) las pruebas, y
(iv) el envío y la llegada al Lugar de las Obras;
(d) la información que se detalla en la Sub-Cláusula 6.1.10 [Registro
del Personal y los Equipos del Contratista] del Anexo 6.1
(Personal y Mano de Obra);
(e) las copias de los documentos de control de calidad, resultados de
-- 81 of 420 --
las pruebas y certificados de Materiales;
(f) la lista de las notificaciones realizadas en virtud de las Sub-
Cláusulas 18.1 [Reclamaciones del Cliente] y 18.2
[Reclamaciones del Contratista];
(g) estadísticas de seguridad, incluidos detalles sobre incidentes
peligrosos y actividades en cuanto a aspectos ambientales y
relaciones públicas; y
(h) comparaciones entre el avance realmente alcanzado y el
previsto, con detalles sobre cualquier hecho o circunstancia que
pueda afectar la terminación de las Obras de conformidad con el
Contrato, y las medidas que se estén tomando (o que se tomarán)
para superar las demoras.
6.22 Seguridad del Lugar de las Obras
Salvo disposición en sentido diferente en las Condiciones Particulares:
(a) el Contratista será responsable de mantener fuera del Lugar de
las Obras a personas no autorizadas, y
(b) las personas autorizadas se limitarán al Personal del Contratista
y del Cliente; y a cualquier otro empleado que el Consultor o el
Cliente notifique al Contratista, como personal autorizado de los
otros contratistas del Cliente en el Lugar de las Obras.
6.23 Operaciones del Contratista en el Lugar de las Obras
(1) El Contratista limitará sus actividades en el Lugar de las Obras y a
cualquier otro sitio adicional que obtenga como zonas adicionales de
trabajo con el acuerdo del Consultor. El Contratista tomará todas las
precauciones necesarias para mantener sus Equipos y su Personal
dentro del Lugar de las Obras y dichas zonas adicionales y
mantenerlos fuera de los terrenos adyacentes.
(2) Durante la ejecución de las Obras, el Contratista mantendrá el Lugar
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de las Obras libre de obstrucciones innecesarias y almacenará, o
dispondrá de, los Equipos del Contratista o los materiales
excedentes. El Contratista despejará el Lugar de las Obras y
eliminará los escombros, la basura y las Obras Temporales que ya no
se necesiten.
(3) Al emitirse el Certificado de Terminación de las Obras por el Consultor
y a la recepción de las Obras al Cliente, el Contratista despejará y
retirará de la parte del Lugar de las Obras y las Obras a que se refiere
dicho Certificado de Terminación de las Obras, todos sus Equipos,
materiales excedentes, desperdicios, basura y Obras Temporales. El
Contratista dejará esa parte del Lugar de las Obras y las Obras
referidas limpias y seguras. Sin embargo, el Contratista podrá retener
en dicho Lugar, durante el Plazo para la Notificación de Defectos, los
Bienes que necesite para cumplir sus obligaciones en virtud del
Contrato.
6.24 Fósiles
(1) Todos los fósiles, monedas, artículos de valor o antigüedad, y
estructuras y otros restos o elementos de interés geológico o
arqueológico que se encuentren en el Lugar de las Obras quedarán
bajo el cuidado y la autoridad del Cliente. El Contratista tomará
precauciones razonables para evitar que su Personal u otras
personas retiren o dañen cualquiera de esos objetos encontrados.
(2) Al descubrirse cualquiera de esos objetos, el Contratista notificará
rápidamente de ello al Consultor, quien le impartirá instrucciones al
respecto.
CLÁUSULA 7 PERÍODO Y MANERA DE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
7.1 Inicio de las Obras
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(1) A menos que se indique otra cosa en las Condiciones Particulares, la
Fecha de Inicio será la fecha en que se hayan cumplido las condiciones
previas que se mencionan a continuación y el Contratista haya recibido
la notificación del Consultor en donde da constancia sobre el acuerdo de
las Partes en que se han cumplido dichas condiciones y para que se
inicien las Obras:
(a) firma del Convenio por ambas partes, y si es requerido, la aprobación
del Contrato por parte de las autoridades correspondientes del País;
(b) conclusión del convenio bancario (C/B) de conformidad con la Sub-
Cláusula 3.1(3) (Condiciones Elegibles para la Donación); y
(c) salvo que se especifique de otra manera en los Datos del Contrato, el
acceso efectivo al, y la posesión del Lugar de las Obras, debe ser
otorgados al Contratista junto con los permisos, tal como se requiere
para el Inicio de las Obras.
(2) El Contratista comenzará las Obras dentro de catorce (14) días desde la
Fecha de Inicio, sujeto a la emisión de la autorización de pago (A/P) bajo
la Sub-Cláusula 3.1 (3).
7.2 Plazo de Terminación
El Contratista terminará las Obras en o antes de la fecha de terminación de
las Obras que se especifican en los Datos del Contrato, incluyendo;
(a)la terminación de todas las obras exigidos en el Contrato para
considerar finalizadas las Obras, a los efectos de la recepción de
obra con arreglo a la Sub-Cláusula 8.2 [Recepción de las Obras
o Secciones], y
(b) ejecutar las Obras para que pasen la Prueba de Terminación de
las Obras.
7.3 Programa de Obra
-- 84 of 420 --
7.4
(1) En cumplimiento con los requerimientos bajo el Contrato, el
Contratista preparará y presentará al Consultor un programa
cronológico detallado (“Programa de Obra”) para su consentimiento
dentro de un plazo de veintiocho (28) días a partir de la Fecha de
Inicio. El Contratista presentará asimismo un Programa de Obra
revisado en los casos en que el Programa de Obra previo no sea
consistente con el progreso real alcanzado o con las obligaciones del
Contratista. El Contratista obtendrá el consentimiento del Consultor
sobre el Programa de Obra, incluidas las versiones revisadas, si las
hubiere. Si el Contratista no recibe ni el consentimiento ni la
desaprobación del Consultor acerca del Programa de Obra dentro de
un plazo de veintiún (21) días tras recibir el Programa de Obra, el
Contratista considerará recibido el consentimiento del Consultor,
siempre que dicho consentimiento no exima al Contratista de
cualquier responsabilidad en virtud del Contrato.
(2) Cada Programa de Obra incluirá:
(a) el orden en que el Contratista tiene previsto llevar a cabo las
Obras, incluido
(i) el calendario previsto de cada etapa de diseño (si procede),
los Documentos del Contratista, adquisiciones, fabricación
del Equipo, entregas en el Lugar de las Obras, construcción,
montajes y pruebas, y
(ii) el tiempo acordado/previsto para la terminación de las obras
que corresponden a cada etapa para las Obras y/o pago
intermedio (parcial) definido como progreso o logro en los
Datos del Contrato,
(b) cada una de estas etapas de trabajo por cada Subcontratista,
(c) la secuencia y el calendario de las inspecciones, pruebas y
Prueba de Terminación que se especifiquen en el Contrato, y
-- 85 of 420 --
(d) un informe de apoyo que incluya:
(i) una descripción general de los métodos que prevé adoptar
el Contratista, y de las etapas principales en la ejecución de
las Obras, incluidos los arreglos generales de las Obras
Temporales, y
(ii) detalles que reflejen el cálculo estimativo razonable del
Contratista en cuanto al número de cada clase de Personal
del Contratista y de cada tipo de Equipos del Contratista que
se requerirán en el Lugar de las Obras para cada etapa
principal.
(3) Tras recibir el consentimiento conforme la Sub-Cláusula 7.3 (1), el
Contratista procederá de acuerdo con lo establecido en el Programa
de Obra, sujeto a sus demás obligaciones en virtud del Contrato. El
Personal del Cliente tendrá derecho a planificar sus actividades en
función del Programa de Obra.
(4) El Contratista notificará sin demora al Consultor acerca de cualquier
posible acontecimiento o circunstancias futuras que puedan afectar
las Obras de manera adversa, aumentar el Costo o demorar la
ejecución de las Obras.
(5) Si, en cualquier momento, el Consultor notifica al Contratista que un
Programa de Obra no cumple (en la medida señalada) con el Contrato
o no coincide con el progreso real alcanzado ni con las intenciones
manifestadas por el Contratista, éste presentará al Consultor un
Programa de Obra revisado de conformidad con la Sub-Cláusula
7.3(1).
(6) El Consultor podrá exigir al Contratista que presente, con arreglo a la
Sub-Cláusula 7.3(1), un Programa de Obra revisado y su informe
complementario en el que se describan los métodos modificados que
el Contratista propone adoptar para acelerar el progreso y terminar
las Obras dentro del Plazo de Terminación, si, en cualquier momento,
los eventos presentados a continuación ocurren, por cualquier razón
-- 86 of 420 --
que no sean de la prórroga del Plazo de Terminación en la Sub-
Cláusula 10.4 [Prórroga del Plazo de Terminación]:
(a) el avance real es muy lento para concluir dentro del Plazo de
Terminación, y/o
(b) el avance se ha rezagado (o se rezagará) con respecto al
Programa de Obra actual objeto de esta Sub-Cláusula 7.3.
(7) Salvo que el Consultor notifique otra cosa, el Contratista adoptará
esos métodos modificados bajo la Sub-Cláusula 7.3 (6), que podrán
requerir aumentos en las horas de trabajo y/o en el número de
miembros del Personal del Contratista y/o de Bienes, bajo el riesgo y
expensas del Contratista.
7.5 Modo de Ejecución y Otras Cuestiones Relacionadas
(1) El Contratista se encargará de la fabricación de los Equipos, la
producción y fabricación de los Materiales y toda otra tarea de
ejecución de las Obras:
(a) de la forma (si la hubiere) que se señale en el Contrato,
(b) de manera profesional y cuidadosa, de conformidad con las
mejores prácticas reconocidas, y
(c) con dependencias debidamente equipadas y Materiales no
peligrosos, salvo especificación diferente en el Contrato.
(2) El Contratista presentará al Consultor, para su aprobación, las
siguientes muestras de Materiales, e información pertinente, antes de
usar los Materiales en o para las Obras y hará que cada muestra se
etiquete según su origen y propósito previsto en las Obras:
(a) muestras estándar de fábrica de Materiales y las muestras que
se especifiquen en el Contrato, todas por cuenta y cargo del
Contratista, y
(b) muestras adicionales encargadas razonablemente por el
Consultor.
-- 87 of 420 --
(3) En toda oportunidad que se considere razonable, el Personal del
Cliente:
(a) tendrá pleno acceso a todas las partes del Lugar de las Obras y
a todos los lugares de donde se están siendo extraídos
Materiales naturales, y
(b) durante la producción, fabricación y construcción (en el Lugar de
las Obras y en otros lugares), tendrá derecho a examinar,
inspeccionar, medir y poner a prueba los materiales y a la calidad
del trabajo de manufactura, así como a verificar el progreso de la
fabricación de los Equipos y de la producción y fabricación de los
Materiales.
(4) El Contratista dará al Personal del Cliente plena oportunidad de llevar
a cabo dichas actividades proporcionadas en la Sub-Cláusula 7.4(3),
incluyendo el acceso, las facilidades, los permisos y el equipo de
seguridad. Ninguna de estas actividades eximirá al Contratista de
ninguna obligación o responsabilidad.
(5) El Contratista notificará al Consultor cuando se haya terminado
cualquier trabajo y antes de cubrirlo, guardarlo o empaquetarlo para
fines de almacenamiento o transporte. El Consultor llevará a cabo el
examen, inspección, medición o prueba sin demoras injustificadas,
en una fecha y hora establecida por el Consultor, tomando en cuenta
cualquier preferencia de horario del Contratista, o notificará
rápidamente al Contratista que no es necesario hacerlo. Si el
Contratista no hiciera la notificación para cumplir sus obligaciones
bajo la Sub-Cláusula 7.4 (4), para cooperar con las actividades del
Consultor en esta Sub-Cláusula 7.4 (5), deberá, a solicitud del
Consultor, y corriendo con los correspondientes gastos, descubrir los
trabajos y posteriormente reponerlos a su estado anterior.
(6) Salvo que se presente de otra manera en el Contrato, y en la medida
-- 88 of 420 --
en que sea consistente con las Leyes del País, todos los Equipos y
Materiales pasarán a ser propiedad del Cliente, libre de todo
gravamen, en el que ocurra primero de los siguientes eventos:
(a) cuando dichos Equipos y Materiales sean incorporados en las
Obras; y
(b) cuando sea pagado al Contratista el valor de los Equipos y
Materiales como se establece en el Calendario de Pago.
(7) Salvo disposición en contrario en las Condiciones Particulares, el
Contratista pagará todas las regalías, rentas y demás pagos
devengados por concepto de:
(a) Materiales naturales obtenidos fuera del Lugar de las Obras, y
(b) la eliminación de materiales provenientes de demoliciones y
excavaciones y otro material excedente (ya sea natural o
artificial), excepto en la medida en que en el Contrato se
contemplen zonas de eliminación de desechos en el Lugar de las
Obras.
7.6 Pruebas
(1) Esta Sub-Cláusula 7.5 se aplicará a todas las pruebas que se señalen
en el Contrato, incluida la prueba o repetición de prueba sujeto a la
Sub-Cláusula 7.6(2) [Rechazo] y la Prueba de Terminación sujeto a
la Sub-Cláusula 8.1 [Prueba de Terminación].
(2) El Contratista llevará a cabo, a sus propias expensas, pruebas que
sean necesarias para implementar las Obras, salvo que se indique de
otra manera en el Contrato o se determine por el Consultor.
(3) El Contratista proporcionará todos los aparatos, asistencia,
documentos e información adicional, electricidad, equipos,
combustible, bienes consumables, instrumentos, mano de obra,
materiales y personal con las debidas calificaciones y experiencia que
sean necesarios para realizar eficientemente las pruebas
-- 89 of 420 --
especificadas.
(4) El Consultor podrá, con arreglo a la Sub-Cláusula 5.3 [Instrucciones
del Consultor], instruir al Contratista que lleve a cabo pruebas o variar
los detalles de pruebas.
(5) El Contratista acordará con el Consultor la hora y el lugar para realizar
las pruebas de cualesquiera Equipos, Materiales y otras partes de las
Obras. El Consultor notificará al Contratista con al menos veinticuatro
(24) horas de anticipación sobre su intención de presenciar las
pruebas. Si el Consultor no se presenta en el lugar y a la hora
acordada, el Contratista podrá proceder a realizar las pruebas, salvo
que el Consultor indique otra cosa, y para los efectos se considerará
que las pruebas se han realizado en presencia del Consultor.
(6) Si el Contratista sufre demoras y/o incurre en algún Costo por el
cumplimiento de las instrucciones del Consultor o como resultado de
una demora ocasionada por el Cliente, respecto a la prueba bajo el
Contrato, el Contratista notificará al Consultor y tendrá derecho a:
(a) una prórroga del Plazo de Cumplimiento por el tiempo de la
demora, si se ha retrasado o se retrasa la terminación de las
Obras, en virtud de la Sub-Cláusula 10.4 [Prórroga del Plazo de
Terminación], y
(b) ajuste del Precio del Contrato en virtud a la Sub-Cláusula 10.5
[Ajuste del Precio del Contrato].
(7) El Contratista enviará sin demora al Consultor informes debidamente
certificados sobre las pruebas. Cuando se haya confirmado la
aprobación de las pruebas, el Consultor refrendará el certificado de
pruebas del Contratista o le emitirá un certificado para tal efecto. Si el
Consultor no presencia las pruebas, se considerará que éste ha
aceptado los valores registrados como precisos.
-- 90 of 420 --
7.7 Rechazo
(1) Si, como resultado de un examen, inspección, medición o prueba,
cualquiera de los Equipos, Materiales o elementos de mano de obra
se consideran defectuosos o de otra forma no ceñidos al Contrato, el
Consultor podrá rechazarlos mediante notificación al Contratista con
la justificación e instrucciones de la reparación. En ese caso, el
Contratista reparará rápidamente el Defecto y se asegurará que el
elemento rechazado se ajuste al Contrato.
(2) Si el Consultor exige al Contratista que se prueben o se vuelvan a
poner a prueba los elementos bajo la Sub-Cláusula 7.6(1), el
Contratista lo llevará a cabo. Si el rechazo y las pruebas adicionales
causan al Cliente a incurrir en costos adicionales, el Contratista
reembolsará dichos costos al Cliente, sujeto a la Sub-Cláusula 18.1
[Reclamaciones del Cliente].
7.8 Medidas Correctivas
(1) Sin perjuicio de cualesquiera pruebas o certificaciones previas, el
Consultor podrá instruir al Contratista que:
(a) retire del Lugar de las Obras y reemplace cualquier Equipo o
Material que no se ajuste al Contrato,
(b) retire y realice nuevamente cualquier trabajo que no se ajuste al
Contrato, y
(c) lleve a cabo cualquier trabajo que se requiera con urgencia para
la seguridad de las Obras, bien sea a causa de un accidente,
una situación Imprevisible u otra cosa.
(2) El Contratista acatará las instrucciones bajo la Sub-Cláusula 7.7 (1)
bien sea en un plazo razonable, que corresponderán (si las hubiere)
al que se especifique en la orden, o de manera inmediata si se señala
al carácter urgente de conformidad con la Sub-Cláusula 7.7 (1) (c).
-- 91 of 420 --
(3) Si el incumplimiento del Contratista con las instrucciones bajo la Sub-
Cláusula 7.7 (1) causa al Cliente a incurrir en costos adicionales,
salvo en la medida en que el Contratista hubiera tenido derecho a
remuneración por el cumplimiento con las instrucciones como se
especifica en el Contrato, el Contratista, sujeto a la Sub-Cláusula 18.1
[Reclamaciones del Cliente], pagará al Cliente todos los costos que
se generen a raíz de esta deficiencia.
Cláusula 8 PRUEBA DE TERMINACIÓN; RECEPCIÓN DE LAS OBRAS
8.1 Prueba de Terminación
(1) Tras la terminación de las Obras o Secciones (según sea el caso)
como se especifica en las Especificaciones y Planos, el Contratista
notificará al Consultor con al menos siete (7) días de anticipación
sobre la fecha a partir de la cual el Contratista llevará a cabo la Prueba
de Terminación de acuerdo con lo dispuesto en la Sub-Cláusula 6.1
(7) (d) [Obligaciones Generales del Contratista] y 7.5. El Consultor
atenderá o supervisará la Prueba de Terminación que se llevará a
cabo por el Contratista, y después tendrá que (i) emitir el Certificado
de Terminación al Contratista o (ii) rechazar la emisión del Certificado
de Terminación con justificación de dicha rechaza, en base al
resultado de la Prueba de Terminación, dentro de un plazo de siete
(7) días después de que el Contratista complete la Prueba de
Terminación.
(2) Si las Obras no pasan la Prueba de Terminación, el Contratista
reparará sin demora cualquier Defecto y otros puntos identificados
por el Consultor en la causa de dicha rechaza con lo dispuesto en la
Sub-Cláusula 8.1 (1) (ii) y solicitará al Consultor que atienda y
supervise una repetición de la prueba en la terminación de las Obras
por el Contratista. Si esta repetición de prueba causa al Cliente
(incluyendo al Consultor) a incurrir en costos adicionales, el
-- 92 of 420 --
Contratista reembolsará dichos costos al Cliente, sujeto a la Sub-
Cláusula 18.1 [Reclamaciones del Cliente].
8.2 Recepción de las Obras o Secciones
(1) A menos que las Obras fracasen pasar la Prueba de Terminación bajo
la Sub-Cláusula 8.1 [Prueba de Terminación], el Cliente recibirá las
Obras cuando (i) las Obras se hayan terminado de conformidad con
el Contrato, sujeto a las Sub-Cláusulas 6.1 (7) (d) [Obligaciones
Generales del Contratista] y 7.2 [Plazo de Terminación] y (ii) el
Consultor haya emitido el Certificado de Terminación de las Obras y
el Cliente lo haya aprobado.
(2) Si las Obras pasan la Prueba de Terminación, pero el Cliente no
aprueba el Certificado de Terminación de las Obras emitido por el
Consultor de conformidad con la Sub-Cláusula 8.1 (1) (i) dentro de un
plazo de veintiocho (28) días después de la solicitud del Consultor de
dicha aprobación, entonces el Contratista podrá solicitar al Consultor
para proceder de conformidad con la Sub-Cláusula 5.5 (2) [Discusión
y Decisión] para aceptar o decidir estos asuntos. Si el Consultor
decide que el Cliente debe aprobar el Certificado de Terminación,
dicho Certificado de Terminación se considerará emitido en la fecha
de decisión del Consultor.
(3) Para evitar dudas, las Obras en esta Sub-Cláusula 8.2 se aplicarán
mutatis mutandis a cada Sección, como se estipula en la Sub-
Cláusula 2.2 [Obras en caso de Secciones].
8.3 Uso de las Obras por Parte del Cliente
(1) El Cliente no podrá usar ninguna parte de las Obras (excepto como
medida temporal definida en el Contrato) salvo y hasta la recepción
de esa parte de las Obras. Sin embargo, tras el consentimiento por el
Contratista en las condiciones de uso, incluida la responsabilidad
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para el cuidado de esa parte de las Obras, sujeto a la Sub-Cláusula
15.2 [Cuidado de las Obras por parte del Contratista], el Cliente podrá
hacer uso temporal de cualquier parte de las Obras antes de la
recepción de dicha parte de las Obras, haciendo lo razonablemente
posible para evitar daños.
(2) Si el Contratista incurre en algún Costo como resultado del uso de la
parte de las Obras por parte del Cliente, aparte de los usos que se
especifiquen en el Contrato o que acuerde el Contratista, el
Contratista (i) notificará al Consultor y (ii) tendrá derecho al ajuste del
Precio del Contrato, sujeto a la Sub-Cláusula 10.5 [Ajuste del Precio
del Contrato].
8.4 Obligaciones no Cumplidas
Incluso después de emitido el Certificado de Terminación, cada una las
Partes seguirá responsable del cumplimiento de cualquier obligación que
quede pendiente en ese momento. A los efectos de la determinación de la
naturaleza y la medida de las obligaciones incumplidas, se considerará que
el Contrato sigue vigente.
Cláusula 9 PAGO
9.1 Precio del Contrato y Pago
(1) El Cliente pagará el Precio del Contrato al Contratista en
consideración a la ejecución y terminación de las Obras y sujeto al
cumplimiento de los requerimientos establecidos en el Calendario de
Pago.
(2) El Precio del Contrato deberá ser un precio alzado fijo, cubriendo
todos los costos y gastos necesarios para completar las Obras y para
reparar el Defecto. El Precio del Contrato podrá ser ajustado
solamente conforme a la Cláusula 10 [MODIFICACIONES].
(3) El monto y su desglose del Precio del Contrato, así como el
-- 94 of 420 --
Calendario de Pago, a ser pagados total o parcialmente con la
Donación, se establecerán en los Datos del Contrato.
(4) El pago del Precio del Contrato con la Donación deberá efectuarse
dentro del límite de las asignaciones presupuestarias anuales del
Gobierno japonés para JICA.
9.2 Garantía de Pago Anticipado
(1) El Contratista proporcionará al Cliente una garantía de pago
anticipado emitida por una institución financiera japonesa, la cual
asegure cualquier cantidad entregada como anticipada por el Cliente.
La garantía de pago anticipado se mantendrá hasta la fecha de
emisión del Certificado de Terminación de las Obras.
(2) La cantidad de la garantía de pago anticipado en cada fase de las
Obras, que corresponderá al momento de emisión de cada certificado
de Confirmación de Cumplimiento o el Certificado de Terminación,
será por lo menos la porción del Precio del Contrato ya pagada por el
Cliente al Contratista, que consistirá en el pago anticipado realizado
a la terminación de esa etapa, después de deducir el monto igual al
monto total del Precio del Contrato multiplicado por el porcentaje de
las Obras ejecutadas a la terminación de cada fase, de conformidad
con el Calendario de Pago. El Contratista podrá reducir la cantidad de
la garantía de pago anticipado hasta el monto igual al monto del pago
anticipado en el momento del cumplimiento de la fase pertinente bajo
la Sub-Cláusula 9.2 (2), después de la emisión del certificado de
Confirmación de Cumplimiento o el Certificado de Terminación.
(3) Antes de solicitar el pago anticipado, el Contratista proporcionará la
garantía de pago anticipado y el Consultor tendrá bajo su custodia la
garantía de pago anticipado. Dicha garantía será devuelta al
Contratista inmediatamente después de la emisión del Certificado de
Terminación de las Obras.
-- 95 of 420 --
(4) Al hacer una reclamación bajo la garantía de pago anticipado, el
Cliente notificará a la institución financiera japonesa que figure en la
Sub-Cláusula 9.2(1), declarando el monto de la reclamación, que será
la porción del Precio del Contrato ya pagada por el Cliente al
Contratista, que consistirá del pago anticipado en el momento de
dicha reclamación después de deducir el monto igual al monto total
del Precio del Contrato multiplicado por el porcentaje de las Obras
ejecutadas en el momento de dicha reclamación, que, en ningún
caso, ni deberá exceder al monto de la garantía de pago anticipado
en el momento de la reclamación.
9.3 Pago Intermedio (Parcial)
Si el Calendario de Pago estipula que el Contratista tiene derecho a
recibir un pago intermedio (parcial) del Precio del Contrato por las
Obras, el Cliente hará un pago intermedio (parcial) al Contratista,
sujeto a la emisión del certificado de Confirmación de Cumplimiento
establecido en la Sub-Cláusula 9.4 [Pago Intermedio (Parcial)].
9.4 Confirmación de Cumplimiento
(1) Tras la terminación del progreso o logro para cada pago intermedio
(parcial) especificado en los Datos del Contrato, el Contratista
notificará al Consultor con al menos siete (7) días de anticipación
antes de la fecha a partir de la cual el Consultor podrá llevar a cabo
la Confirmación de Cumplimiento.
(2) Tras recibir la notificación, sujeto a la Sub-Cláusula 9.4 (1), el
Consultor comenzará con la inspección necesaria para la
Confirmación de Cumplimiento para dicho progreso o logro dentro de
un plazo de siete (7) días desde la fecha en que se especifica en la
notificación del Contratista.
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(3) Después de la terminación de la Confirmación de Cumplimiento bajo
la Sub-Cláusula 9.4(2), el Consultor deberá (i) emitir el certificado de
Confirmación de Cumplimiento para el pago intermedio (parcial) al
Contratista, o (ii) notificar al Contratista de su rechazo para emitir el
certificado de Confirmación de Cumplimiento y las razones para dicho
rechazo, en base al resultado de la Confirmación de Cumplimiento,
dentro de un plazo de siete (7) días después de que el Contratista
complete la Confirmación de Cumplimiento.
Cláusula 10 MODIFICACIONES
10.1 Modificación de las Especificaciones y Planos por Condiciones
Imprevisibles o Diferentes
(1) Si el Contratista encuentra cualquiera de los eventos a continuación
durante la ejecución de las Obras, el Contratista informará
inmediatamente, mediante notificación, al Consultor de estos
eventos.
(a) Las Especificaciones y Planos tienen algún error, omisión, o
expresión ambigua o poco clara.
(b) Las condiciones físicas para la ejecución de las Obras en el
Lugar de las Obras o las Leyes del País son diferentes de
aquellos expresados en las Especificaciones y Planos.
(c) Otros cambios especiales Imprevisibles a las condiciones físicas
o Leyes del País, que tengan un efecto significativo en la
ejecución de las Obras en el Lugar de las Obras, ocurren
Condiciones físicas en esta Sub-Cláusula 10.1 (1) se limitarán a
condiciones naturales, o artificiales, así como otras obstrucciones
o contaminantes físicos en el Lugar de las Obras, que afectan la
ejecución de las Obras, incluida la configuración del terreno,
naturaleza del suelo, agua subterránea, y condiciones
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subterráneas e hidrológicas, pero excluyendo condiciones
climáticas.
(2) Tras recibir la notificación bajo la Sub-Cláusula 10.1 (1), el Consultor
llevará a cabo una búsqueda inmediatamente (“Búsqueda para la
Modificación”) y notificar del inicio al Contratista. El Consultor tendrá
una consulta con el Contratista. El Consultor también tendrá una
consulta con el Cliente, incluida una sobre el arreglo financiero por el
Cliente para la modificación de las Especificaciones y Planos, si es
necesario.
(3) El Consultor notificará sobre el resultado de la Búsqueda para la
Modificación al Cliente y al Contratista dentro de un plazo de catorce
(14) días después de la terminación de la Búsqueda para la
Modificación o dentro de otro período que pueda ser propuesto por el
Consultor y aceptado por el Contratista. El resultado de la Búsqueda
para la Modificación incluirá:
(a) confirmación o no-confirmación de cualquier hecho que el
Contratista informe de conformidad con la Sub-Cláusula 10.1(1),
(b) confirmación o no-confirmación de la necesidad de la
modificación de las Especificaciones y Planos de conformidad
con esta Sub-Cláusula 10.1 y las informaciones para cualquier
medida necesaria,
(c) la necesidad de solicitar la “no objeción” de JICA, sujeta a la
Cláusula 3 [RÉGIMEN DE LA DONACIÓN JAPONESA], y
(d) sí cualquiera de los eventos establecidos en la Sub-Cláusula
10.1(1) no es atribuible al Contratista, necesidad de y propuesta
para:
(i) prórroga del Plazo de Terminación, y
(ii) ajuste del Precio del Contrato.
(4) Si el Contratista notifica al Consultor basado en la razón de que el
Contratista (i) no puede obtener los Bienes requeridos para la
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modificación de las Especificaciones y Planos usando todos los
esfuerzos razonables o (ii) cree que la modificación de las
Especificaciones y Planos causa un cambio sustancial en el monto,
secuencia o progreso de las Obras, entonces el Consultor
reconsiderará el resultado y podrá cancelar, confirmar o variar el
resultado de la Búsqueda para la Modificación.
(5) Si el Consultor decide, basado en la Búsqueda para la Modificación y
sujeto a la notificación dada por el Contratista bajo la Sub-Cláusula
10.1(4), que es necesario hacer una modificación en las
Especificaciones y Planos, entonces el Consultor, sujeto a la
aprobación del Cliente bajo la Sub-Cláusula 5.1(9), modificará las
Especificaciones y Planos, determinará el detalle del período de la
prórroga del Plazo de Terminación y/o el Precio del Contrato ajustado,
y dará instrucciones al Contratista, de conformidad con el resultado
de la Búsqueda para la Modificación.
10.2 Condiciones Imprevisibles o Diferentes sin Modificación de las
Especificaciones y Planos
El Contratista podrá solicitar (i) una prórroga del Plazo de
Terminación si la terminación de las Obras se ha retrasado o se
anticipa que se retrasará, en virtud de la Sub-Cláusula 10.4
[Prórroga del Plazo de Terminación] o (ii) un ajuste del Precio del
Contrato, en virtud de la Sub-Cláusula 10.5 [Ajuste del Precio del
Contrato], si las condiciones a seguir se cumplen:
(a) el Consultor notifica al Contratista que no es necesaria una
modificación de las Especificaciones y Planos en el resultado de
la Búsqueda para la Modificación, en virtud a la Sub-Cláusula
10.1(3) [Modificación de las Especificaciones y Planos por
Condiciones Imprevisibles o Diferentes];
(b) los eventos establecidos en 10.1(1)(b) o (c) ocurren; y
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(c) el Contratista sufre demoras y/o incurre en Costo adicional que
afecte sustancialmente y adversamente el balance económico
entre las Partes bajo el Contrato contemplado en la fecha de la
firma del Contrato como resultado de esto y/o la capacidad del
Contratista para ejecutar el Contrato.
10.3 Modificaciones por Parte del Cliente
(1) El Cliente podrá solicitar una modificación de las Especificaciones y
Planos al Contratista con la consulta con el Consultor solamente si
los requisitos para la modificación establecidas en las Directrices
Aplicables se cumplen.
(2) Inmediatamente después de recibir la solicitud para la modificación,
en virtud de la Sub-Cláusula 10.3(1), el Consultor y Contratista
procederán de conformidad con los procedimientos establecidos en
la Sub-Cláusula 10.1(2) a (5) [Modificación de las Especificaciones y
Planos por Condiciones Imprevisibles o Diferentes].
10.4 Prórroga del Plazo de Terminación
(1) Salvo en los casos de las Sub-Cláusulas 10.1 [Modificación de las
Especificaciones y Planos por Condiciones Imprevisibles o
Diferentes] y 10.3, el Contratista podrá, conforme con el
procedimiento establecido en la Sub-Cláusula 18.2 [Reclamaciones
del Contratista], solicitar al Consultor una prórroga del Plazo de
Terminación, si la terminación de las Obras se ha retrasado por
cualquiera de las siguientes razones, salvo en el caso en que el
retraso sea causado por o atribuible al Contratista:
(a) una causa de demora que dé derecho a una prórroga del plazo
en virtud de estas Condiciones;
(b) condiciones climáticas excepcionalmente adversas,
(c) escasez imprevista de personal o Bienes a raíz de epidemias o
medidas gubernamentales, o
-- 100 of 420 --
(d) cualquier demora, impedimento o prevención que obedezca o
se atribuya al Cliente, el Personal del Cliente u otros
contratistas del Cliente.
(2) De conformidad con el resultado del procedimiento con respecto a la
reclamación por una prórroga del Plazo de Terminación en virtud de
la Sub-Cláusula 18.2, ambas Partes extenderán el Plazo de
Terminación mediante una enmienda del Contrato, salvo que
cualquiera de las Partes notifique su insatisfacción en virtud de la
Sub-Cláusula 5.5 (3) [Discusión y Decisión].
10.5 Ajuste del Precio del Contrato
(1) Salvo en los casos de las Sub-Cláusulas 10.1 [Modificación de las
Especificaciones y Planos por Condiciones Imprevisibles o
Diferentes] y 10.3, el Contratista podrá, de conformidad con los
procedimientos establecidos en la Sub-Cláusula 18.2
[Reclamaciones del Contratista], solicitar al Consultor un ajuste del
Precio del Contrato, si el Contratista incurre en algún Costo adicional
o sufre cualquier pérdida o daño y considera que le corresponde el
ajuste del Precio del Contrato bajo estas Condiciones, excepto
cuando estos costos y gastos o daños sean causados por o
atribuibles al Contratista.
(2) De conformidad con el resultado del procedimiento sobre la
reclamación por el ajuste del Precio del Contrato en virtud a la Sub-
Cláusula 18.2, ambas Partes ajustarán el Precio del Contrato
mediante la enmienda del Contrato.
(3) El ajuste del Precio del Contrato en virtud de esta Cláusula 10 se
basará, si procede, en el precio unitario en el Formulario de
Confirmación de Precio acordado, de conformidad con Anexo
10.5[Procedimientos para Decisión y Ajuste de los Precios Unitarios
e Precios Iniciales].
-- 101 of 420 --
Cláusula 11 RESPONSABILIDAD POR DEFECTOS
11.1 Terminación de la Reparación de Defectos durante el Plazo para la
Notificación de Defectos
(1) En esta Cláusula 11, “Defecto” será atribuible a:
(a) cualquier diseño que sea responsabilidad del Contratista,
(b) Equipos, Materiales o mano de obra que no se ciñan al
Contrato, o
(c) incumplimiento de cualquier otra obligación por parte del
Contratista bajo el Contrato.
(2) Salvo que se prorrogue de conformidad con la Sub-Cláusula 11.4
[Prórroga del Plazo para la Notificación de Defectos], el Contratista
garantizará que las Obras están libres de Defectos por un plazo de
un (1) año desde la fecha de emisión del Certificado de Terminación
final de las Obras o Secciones a los efectos de la recepción de las
Obras o Secciones (el “Plazo para la Notificación de Defectos”).
(3) Durante el Plazo para la Notificación de Defectos, si el Cliente
descubre cualquier hecho o circunstancia que considere que
constituya en algún Defecto, el Cliente notificará al Contratista de tal
hecho o circunstancia.
(4) El Contratista, al recibir la notificación del Cliente en virtud de esta
Sub-cláusula 11.1 (3), ejecutará todas las obras requeridas para
reparar el Defecto sin retrasos, salvo que el Contratista notifique al
Cliente de su desacuerdo del contenido en la notificación.
(5) Al terminar la reparación del Defecto, el Contratista notificará la
terminación de la reparación del Defecto al Cliente y Consultor. El
Contratista también proporcionará al Consultor con registros de la
reparación del Defecto (si procede) y otros documentos necesarios
para la confirmación del Consultor.
-- 102 of 420 --
(6) Al recibir y examinar la notificación del Contratista y los registros de
la reparación del Defecto conforme a la Sub-Cláusula 11.1(5), el
Consultor confirmará provisionalmente al Contratista y al Cliente la
terminación de la reparación del Defecto, sujeto a la búsqueda e
inspección de conformidad con la Sub-Cláusula 11.2 [Búsqueda e
Inspección por parte del Consultor]. Si el Consultor no lleva a cabo
dicha búsqueda e inspección bajo la Sub-Cláusula 11.2 antes de la
expiración del Plazo para la Notificación de Defectos, dicha
confirmación provisional concluirá.
11.2 Búsqueda e Inspección por parte del Consultor
(1) El Consultor llevará a cabo una búsqueda e inspección de cualquier
defecto en las Obras y sus causas, antes de la expiración del Plazo
para la Notificación de Defectos, para determinar si los dichos
defectos se consideran como Defectos o no, y para determinar la
terminación de reparación del Defecto bajo la Sub-Cláusula 11.1 (4)
[Terminación de la Reparación de Defectos durante el Plazo para la
Notificación de Defectos], y para descubrir cualquier Defecto oculto.
(2) El Consultor reportará por escrito e informará en la reunión, el
resultado de la investigación e inspección al Cliente. El Contratista
deberá estar presente en dicha reunión de presentación del informe
por parte del Consultor sobre el resultado de investigación e
inspección al Cliente
(3) Si, como resultado de la búsqueda e inspección establecida en la
Sub-Cláusula 11.2 (1), el Consultor determina que aún existe algún
Defecto, el Consultor notificará al Contratista respectivamente, y el
Contratista reparará el Defecto de acuerdo con la Sub-Cláusula 11.1
(4).
11.3 Costo de la Reparación de Defectos; Decisión del Consultor
-- 103 of 420 --
(1) Todo el trabajo para reparar el Defecto por el Contratista referido en
estas Cláusulas 11 se llevarán a cabo bajo el riesgo y expensas del
Contratista.
(2) (i)Si el Contratista no está de acuerdo con el Cliente o el Consultor de
la existencia o inexistencia de un Defecto y/o responsabilidad del
Contratista para el costo de reparar el Defecto, conforme la Sub-
Cláusula 11.3(1) o el resultado de la búsqueda e inspección del
Consultor en virtud de la Sub-Cláusula 11.2 [Búsqueda e Inspección
por parte del Consultor], o (ii) si el Cliente no está de acuerdo con el
Consultor de la existencia o inexistencia de un Defecto, el Consultor
procederá de conformidad con la Sub-Cláusula 5.5(2) [Discusión y
Decisión] para acordar o decidir estas cuestiones.
11.4 Prórroga del Plazo para la Notificación de Defectos
(1) Sin perjuicio de cualesquiera otros derechos, en virtud del Contrato o
de otra forma, el Cliente tendrá derecho, sujeto a la Sub-cláusula 18.1
[Reclamaciones del Cliente], a una prórroga del Plazo para la
Notificación de Defectos si, y en la medida en que, las Obras, una
Sección o un elemento importante de los Equipos (según
corresponda), después de la recepción, no puedan utilizarse para los
fines que fueron concebidos bajo el Proyecto, debido a algún Defecto
o daño atribuible al Contratista. Sin embargo, el Plazo para la
Notificación de Defectos no podrá prorrogarse por más de dos (2)
años.
(2) La expiración del Plazo para la Notificación de Defectos no eximirá al
Contratista de las responsabilidades con respecto al Defecto bajo el
Contrato o las leyes aplicables.
11.5 Incumplimiento en Cuanto a la Reparación de Defectos
(1) No se considerará que el Contratista ha cumplido todas sus
-- 104 of 420 --
obligaciones cuando o hasta que el Contratista haya reparado todos
los Defectos en virtud de esta Cláusula 11 a satisfacción del
Consultor.
(2) Si el Contratista no repara cualesquiera Defectos por cuenta del
Contratista de conformidad con esta Cláusula 11 dentro de un plazo
razonable, el Cliente podrá (a su opción):
(a) realizar los trabajos por sí mismo o encargárselos a un tercero,
de manera razonable y cargando los gastos al Contratista, pero
este último no tendrá responsabilidad alguna en cuanto a dichos
trabajos; y, sujeto a la Sub-Cláusula 18.1 [Reclamaciones del
Cliente], el Contratista pagará al Cliente los costos en que haya
incurrido razonablemente para reparar el Defecto o daño; o
(b) si el Defecto o daño priva sustancialmente al Cliente de la
totalidad del beneficio de las Obras o de una parte importante de
ellas, terminar el Contrato en su totalidad o la parte importante
que no pueda usarse para el fin previsto. Sin perjuicio de
cualesquiera otros derechos, en virtud del Contrato o de otra
forma, el Cliente tendrá derecho a recuperar todos los montos
pagados por las Obras o dicha parte (según corresponda) y el
costo de desmontarlas, despejar el Lugar de las Obras y devolver
los Equipos y Materiales al Contratista.
11.6 Pruebas Adicionales
Si los trabajos de reparación de cualquier Defecto afectan el funcionamiento
de las Obras, el Consultor podrá exigir que se repita cualquiera de las
pruebas contempladas en el Contrato con una notificación en un plazo de
veintiocho (28) días a partir de la fecha de reparación del Defecto.
Cláusula 12 SUSPENSIÓN
12.1 Suspensión de las Obras por Parte del Consultor
,
-- 105 of 420 --
(1) El Consultor podrá en cualquier momento exigir al Contratista
que suspenda total o parcialmente las Obras para:
(a) prevenir o remediar las consecuencias derivadas de diseños,
mano de obra o materiales defectuosos del Contratista, o al
incumplimiento del Contratista en cuanto a proteger, guardar o
resguardar los Equipos o Materiales contra deterioros, pérdidas o
daños,
(b) mitigar o reducir el riesgo causado por una Fuerza Mayor, o
(c) proteger la seguridad de cualquier miembro del personal del
Contratista o evitar el deterioro, pérdida de los Equipos o Materiales
de cualquier riesgo en circunstancias de emergencia.
Durante dicha suspensión, el Contratista protegerá, guardará y
resguardará los Equipos Materiales contra cualesquier deterioros,
pérdidas o daños.
(2) El Consultor también podrá notificar la causa de suspensión al
Contratista en sus instrucciones, conforme a la Sub-Cláusula 12.1 (1).
(3) Si el Contratista sufre una demora por cumplir las instrucciones
del Consultor en virtud de la Sub-Cláusula 12.1 (1) y/o por reanudar
los trabajos, el Contratista notificará al Consultor y tendrá derecho a
una prórroga del Plazo de Terminación, en virtud de la Sub-Cláusula
10.4 [Prórroga del Plazo de Terminación] siempre que la terminación
de las Obras esté o vayan a estar retrasadas, y la causa para la
suspensión notificada no sea atribuible al Contratista.
12.2 Suspensión de las Obras por Parte del Contratista
(1) El Contratista podrá, con previa notificación al Cliente con una
antelación mínima de veintiún (21) días, suspender los trabajos (o
reducir el ritmo de trabajo) salvo y hasta que el Contratista haya
, ;
-- 106 of 420 --
recibido una respuesta razonable, evidencia, o pago o el Cliente haya
remediado su incumplimiento de realizar los trabajos, conforme
proceda y según se indique en la notificación si:
(a) el Consultor no cumple con la emisión o rechazo del Certificado
de Terminación pertinente, de conformidad con la Sub-Cláusula
8.1(1) [Prueba de Terminación],
(b) el Cliente no cumple con lo dispuesto en la Sub-Cláusula 4.7(1)
[Arreglos Financieros del Cliente],
(c) el Contratista no recibe el monto del Precio del Contrato
adeudado de conformidad con la Sub-Cláusula 9.1 [Precio del
Contrato y Pago] (salvo el monto de deducción de conformidad con
la Sub-Cláusula 18.1 [Reclamaciones del Cliente]) dentro de un plazo
de cincuenta y seis (56) días después de la fecha en la que todas las
condiciones para el pago, establecidas en el Calendario de Pago, se
cumplen, o
(d) el Cliente no cumple sustancialmente sus obligaciones en virtud
del Contrato a tal forma de afectar sustancial y adversamente el
balance económico del Contrato y/o la capacidad del Contratista para
cumplir el Contrato.
(2) Sin perjuicio a la Sub-Cláusula 12.2(1), si JICA ha suspendido
los desembolsos de la Donación o ha suspendido, total o
parcialmente, los derechos del País bajo el A/D del cual se realizan
los pagos al Contratista, total o parcialmente, para la ejecución de las
Obras, y el Cliente no realiza un arreglo financiero conforme se
contempla en la Sub-Cláusula 4.7(2), el Contratista podrá, mediante
notificación, suspender los trabajos o reducir su ritmo en cualquier
momento, pero con un plazo mínimo de siete (7) días contados a
partir de la fecha en que el País haya recibido de JICA la notificación
de suspensión.
(3) La acción del Contratista no perjudicará su derecho de
; ,
-- 107 of 420 --
terminación en virtud de la Sub-Cláusula 14.1 [Terminación por Parte
del Contratista].
(4) Si el Contratista recibe posteriormente dicha prueba o pago
conforme se describa en la Sub-Cláusula 12.2 (1) y la notificación
previamente mencionada antes de hacer una notificación de
terminación, el Contratista reanudará su trabajo normal tan pronto
como sea razonablemente posible.
(5) Si el Contratista sufre una demora y/o incurre en Costo a raíz
de la suspensión de los trabajos (o reducción del ritmo de trabajo) de
conformidad con esta Sub-Cláusula 12.2, el Contratista notificará al
Consultor y tendrá derecho a:
(a) una prórroga del Plazo de Terminación, si se ha retrasado o se
retrasa la terminación de las Obras, en virtud de la Sub-Cláusula 10.4
[Prórroga del Plazo de Terminación], y
(b) ajustes del Precio del Contrato, en virtud de la Sub-Cláusula
10.5 [Ajuste del Precio del Contrato], en que el costo incurrido por
cualquier retraso debido a las causas atribuibles solamente al Cliente.
Cláusula 13 TERMINACIÓN POR PARTE DEL CLIENTE
13.1 Notificación Para Hacer Correcciones
Si el Contratista no cumple con cualquiera de las obligaciones en virtud del
Contrato, el Consultor podrá exigirle, mediante notificación, al Contratista
que remedie la falla y lo haga dentro de un plazo determinado razonable.
13.2 Terminación por Parte del Cliente
(1) Adicionalmente a ser estipulado en el Contrato, el Cliente tendrá
derecho a dar por terminado el Contrato si el Contratista:
; ,
-- 108 of 420 --
(a) no cumple con lo dispuesto en la Sub-Cláusula 6.2 [Garantía de
Cumplimiento] o con las instrucciones del Consultor de conformidad
con la Sub-Cláusula 13.1 [Notificación Para Hacer Correcciones] con
respecto a cualquier obligación material bajo el Contrato,
(b) abandona las Obras o demuestra claramente de otra manera
que no tiene intenciones de continuar cumpliendo sus obligaciones
bajo el Contrato,
(c) sin una excusa razonable:
(i) no procede con o completa las Obras de conformidad con las
Sub-Cláusulas 7.1 [Inicio de las Obras] y 7.2 [Plazo de Terminación],
o
(ii) no cumple con la instrucción emitida de conformidad con la Sub-
Cláusula 7.6 [Rechazo] o 7.7 [Medidas Correctivas],
(d) subcontrata la totalidad de las Obras o cede el Contrato sin el
acuerdo requerido,
(e) quiebra o se vuelve insolvente, entra en liquidación, se dicta en
su contra una orden de administración judicial, entra en concurso de
acreedores, prosigue sus actividades bajo la autoridad de un
administrador judicial, un fiduciario o un administrador en beneficio de
sus acreedores, o si se realiza cualquier acto o se produce cualquier
hecho que (bajo las Leyes pertinentes) tenga un efecto análogo a
cualquiera de los actos o hecho señalados supra, o
(f) da u ofrece dar (directa o indirectamente) a cualquier persona
cualquier soborno, regalo, gratificación, comisión u otra cosa de valor
como incentivo o recompensa:
(i) por hacer o no hacer cualquier acción relacionada con el
Contrato, o
(ii) por mostrar o no mostrar favor u oposición a alguna persona en
relación con el Contrato, o si cualquier miembro del Personal del
Contratista, representante o Subcontratista del Contratista da u
;
,
; ,
, ;
, ;
-- 109 of 420 --
ofrece (directa o indirectamente) a cualquier persona cualquiera de
esos incentivos o recompensas que se describen en esta Sub-
Cláusula 13.2(1)(f) supra. Sin embargo, los incentivos y recompensas
de carácter lícito para el Personal del Contratista no darán lugar a la
terminación del Contrato.
(2) En cualquiera de estos eventos o circunstancias mencionados
en la Sub-Cláusula 13.2 (1), sujeto a la consulta con el Consultor y
notificación inmediata a JICA a través del Consultor, el Cliente podrá,
mediante notificación, solicitar al Contratista que arregle estos
eventos o circunstancias. Si el Contratista no resuelve estos eventos
o circunstancias dentro de un plazo de veintiocho (28) días después
de recibida dicha notificación, el Cliente podrá, mediante notificación
al Contratista, terminar el Contrato y expulsar al Contratista del Lugar
de las Obras. Sin embargo, en el caso de la Sub-Cláusula 13.2 (1)(e)
o (f) anterior, el Cliente no tendrá que notificar al Contratista para
remediar y podrá, mediante notificación, terminar inmediatamente el
Contrato.
(3) La decisión de terminar el Contrato por parte del Cliente no
perjudicará ninguno de sus demás derechos con arreglo al Contrato
o a otra fuente.
(4) Después de la terminación por parte del Cliente:
(a) el Cliente y el Contratista proporcionarán informes sobre la
terminación a JICA; el Consultor informará la terminación a JICA y a
las autoridades competentes del Cliente señaladas en los Datos del
Contrato;
(b) el Contratista abandonará el Lugar de las Obras y entregará al
Cliente cualesquiera Bienes requeridos, todos los Documentos del
Contratista y otros documentos de diseño elaborados por o para el
Contratista para el Proyecto;
,
;
-- 110 of 420 --
(c) el Contratista realizará sus mejores esfuerzos para cumplir
inmediatamente cualquier orden razonable que se incluya en la
notificación para (i) la cesión de cualquier subcontrato, y (ii) la
protección de la vida o la propiedad, o la seguridad de las Obras;
(d) el Cliente podrá terminar las Obras y/o encargárselas a otras
entidades, en cuyo caso el Cliente y dichas entidades podrán usar
cualesquiera Bienes, Documentos del Contratista y otros documentos
de diseño elaborados por el Contratista o en su nombre; y
(e) el Cliente notificará al Contratista que se le entregarán los
Equipos del Contratista y las Obras Temporales en el Lugar de las
Obras o en sus inmediaciones; el Contratista inmediatamente hará
los arreglos necesarios para el retiro de los mismos por su cuenta y
riesgo; sin embargo, si para entonces el Contratista no ha pagado un
monto adeudado al Cliente, este último podrá vender dichos
elementos a fin de recuperar ese monto y luego abonar al Contratista
cualquier saldo remanente.
(5) el Cliente no podrá terminar el Contrato para su propia
conveniencia.
13.3 Valoración en la Fecha de Terminación
Tan pronto como sea posible después de que entre en vigor una
notificación de terminación en virtud de la Sub-Cláusula 13.2
[Terminación por Parte del Cliente], el Consultor procederá de
conformidad con la Sub-Cláusula 5.5 (2) [Discusión y Decisión] a fin
de acordar o establecer el valor de las Obras, los Bienes y los
Documentos de Contratista, así como cualesquiera otros montos
adeudados al Contratista por trabajos ejecutados de conformidad con
el Contrato.
, ;
,
-- 111 of 420 --
13.4 Pagos después de la Terminación
(1) Después de que entre en vigor una notificación de terminación
en virtud de la Sub-Cláusula 13.2 [Terminación por Parte del Cliente],
el Cliente podrá:
(a) proceder de conformidad con la Sub-Cláusula 18.1
[Reclamaciones del Cliente],
(b) retener pagos adicionales al Contratista hasta que se hayan
determinado los costos de ejecución, terminación y reparación de
cualesquiera Defectos, indemnizaciones por demora en la
terminación (si las hubiere) y todos los demás costos en que incurra
el Cliente, y/o
(c) recuperar del Contratista el monto de cualquier pérdida e
indemnización incurridas por el Cliente y cualquier costo adicional
para terminar las Obras, después de considerar cualquier suma
adeudada al Contratista en virtud de la Sub-Cláusula 13.3 [Valoración
en la Fecha de Terminación].
(2) Después de recuperar los montos correspondientes a esas
pérdidas, indemnizaciones y costos adicionales en virtud de la Sub-
Cláusula 13.4 (1) (c), el Cliente pagará cualquier saldo remanente al
Contratista.
13.5 Prácticas Corruptas o Fraudulentas
(1) Si el Cliente determina, en base a evidencias
razonables, que el Contratista ha participado en prácticas
corruptas, fraudulentas, colusorias o coercitivas al
competir por, o en ejecutar el Contrato, el Cliente podrá
terminar el Contrato y expulsar al Contratista del Lugar
de las Obras dándole un preaviso de catorce (14) días.
En tal caso, se aplicarán las provisiones incluidas en esta
-- 112 of 420 --
Cláusula 13 de la misma manera que si se hubiera
aplicado lo indicado en la Sub-Cláusula 13.2
[Terminación por Parte del Cliente].
(2) Si se determina que algún empleado del
Contratista, en base a evidencias razonables, ha
participado en prácticas corruptas, fraudulentas,
colusorias o coercitivas durante la ejecución de la obra,
dicho empleado será reemplazado según lo estipulado en
la Sub-Cláusula 6.1.9 [Reemplazo del Personal del
Contratista] del Anexo 6.1 (Personal y Mano de Obra).
Cláusula 14 TERMINACIÓN POR PARTE DEL CONTRATISTA
14.1 Terminación por Parte del Contratista
(1) El Contratista tendrá derecho a terminar el Contrato si:
(a) no recibe evidencia razonable dentro del plazo de cuarenta y
dos (42) días después de haber dado una notificación con arreglo a
la Sub-Cláusula 12.2(1)(b) o (2) [Suspensión de las Obras por parte
del Contratista] en relación con un incumplimiento de la Sub-Cláusula
4.7 [Arreglos Financieros del Cliente],
(b) el Consultor no emite o rechaza el Certificado de Terminación
correspondiente, dentro del plazo de cincuenta y seis (56) días
después de haber recibido la solicitud del Contratista, en virtud de la
Sub-Cláusula 8.1(1) [Prueba de Terminación],
(c) el Contratista no recibe, debido a causas atribuibles al Cliente,
el monto del Precio del Contrato adeudado de conformidad con la
Sub-Cláusula 9.1 [Precio del Contrato y Pago](salvo en cuanto al
monto de deducción de conformidad con la Sub-Cláusula 18.1
[Reclamaciones del cliente]), dentro de un plazo de noventa y ocho
(98) días contados después de cada fecha de cumplimiento de todas
-- 113 of 420 --
las condiciones para los pagos establecidos en el Calendario de
Pago,
(d) el Contratista no recibe, dentro de un plazo de ciento y ochenta
(180) días después de que las Partes firmen el Convenio, la
notificación de conformidad con la Sub-Cláusula 7.1(1) [Inicio de las
Obras] debido a las causas no atribuibles al Contratista, o
(e) el Cliente no cumple sustancialmente sus obligaciones en virtud
del Contrato a tal forma de afectar sustancial y adversamente el
balance económico del Contrato y/o la capacidad del Contratista para
cumplir el Contrato y no ha reparado el mismo dentro de cuarenta y
dos (42) días.
(2) En cualquiera de estas situaciones o circunstancias
establecidas en la Sub-Cláusula 14.1 (1), el Contratista podrá,
mediante notificación, solicitar al Cliente que remedie estas
situaciones o circunstancias dentro de un plazo de veintiocho (28)
días. Si el Cliente no remedia estas situaciones o circunstancias, el
Contratista podrá, previa notificación al Cliente, terminar el Contrato.
(3) Si JICA suspende los desembolsos de la Donación bajo el A/D
de donde proviene parte o la totalidad de los pagos al Contratista o si
JICA termina el A/D, y si el Contratista no ha recibido el monto del
Precio del Contrato que se le adeudan, de conformidad con la Sub-
Cláusula 9.1 [Precio del Contrato y Pago], el Contratista podrá,
después de darle un preaviso de catorce (14) días, terminar el
Contrato.
(4) La decisión de terminar el Contrato por parte del Contratista no
perjudicará ninguno de sus demás derechos con arreglo al Contrato
o a otra fuente.
14.2 Informes a JICA
(1) El Cliente y Contratista notificarán a JICA de cualquier
, ;
-- 114 of 420 --
notificación proporcionada para terminar el Contrato, en virtud de la
Sub-Cláusula 14.1 [Terminación por parte del Contratista], y
proporcionar informes de la terminación a JICA.
(2) El Consultor notificará a JICA de cualquier recepción de la
notificación por parte del Contratista en virtud de la Sub-Cláusula 14.1
(2), y proporcionará informes de la terminación a JICA.
14.3 Cese de las Obras y Retiro de los Bienes
Después de que entre en vigencia una notificación de terminación con
arreglo a la Sub-Cláusula 14.1 [Terminación por parte del Contratista], el
Contratista deberá, sin demora:
(a) suspender todo trabajo adicional, con excepción del que pueda
haber ordenado el Consultor para la protección de la vida o la
propiedad, o para la seguridad de las Obras,
(b) entregar al Cliente, a través del Consultor, los Documentos del
Contratista, los Equipos, los Materiales y los demás trabajos por los
que haya recibido pago, y
(c) retirar todos los demás Bienes del Lugar de las Obras, salvo los
que sea necesario dejar por razones de seguridad, y abandonar el
Lugar de las Obras.
14.4 Valoración en la Fecha de Terminación
Tan pronto como sea posible después de que entre en vigor una notificación
de terminación en virtud de la Sub-Cláusula 14.1 [Terminación por parte del
Contratista], el Consultor procederá de conformidad con la Sub-Cláusula
5.5(2) [Discusión y Decisión] a fin de acordar o establecer el valor de las
Obras, los Bienes y los Documentos del Contratista, y cualesquiera otros
montos adeudados al Contratista por trabajos ejecutados de conformidad
con el Contrato.
, ;
-- 115 of 420 --
14.5 Pago a la Terminación
(1) Después de que entre en vigencia una notificación de
terminación con arreglo a la Sub-Cláusula 14.1 [Terminación por
parte del Contratista], el Cliente devolverá la Garantía de
Cumplimiento. Tras la terminación de la valoración con arreglo a la
Sub-Cláusula 14.4 [Valoración en la Fecha de Terminación], el
Consultor tomará inmediatamente el procedimiento de conformidad
con la Sub-Cláusula 5.5(1) [Discusión y Decisión] para llegar a un
acuerdo en los siguientes asuntos:
(a) el monto pagadero por el Cliente al Contratista por el valor de
las Obras y cualesquiera otros montos por trabajos ejecutados,
acordados o determinados en virtud de las Sub-Cláusulas 14.4 y
5.5(2), y
(b) el monto pagadero por el Cliente al Contratista por cualquier
pérdida o daño sufrido por el Contratista como consecuencia de esta
terminación.
(2) Si las Partes llegan a un acuerdo en virtud de las Sub-Cláusulas
14.5(1) y 5.5(1), el Cliente pagará al Contratista el monto pagadero
en virtud de las Sub-Cláusulas 14.5(1)(a) y/o (b).
Cláusula 15 INDEMNIZACIONES Y RESPONSABILIDADES
15.1 Indemnizaciones
(1) El Contratista indemnizará y amparará al Cliente, al Personal
del Cliente, y sus respectivos representantes de toda reclamación,
daño, pérdida y gasto (incluidos honorarios y gastos de
abogados razonables) relacionado con:
(a) lesiones corporales, enfermedades o muerte, de cualquier
, ;
-- 116 of 420 --
persona, que se produzcan a raíz o en el curso del diseño del
Contratista (si lo hubiere), la ejecución y la terminación de las Obras
y la reparación de cualesquiera Defectos, salvo que sean atribuibles
a cualquier negligencia, acto deliberado o incumplimiento del
Contrato por parte del Cliente, el Personal del Cliente o cualquiera de
sus respectivos representantes, y
(b) daños a/o pérdida de cualesquiera propiedades, ya sean bienes
raíces o personales (aparte de las Obras), en la medida en que dicho
daño o pérdida se produzca como resultado o en el curso del diseño
del Contratista (si lo hubiere), la ejecución y terminación de las Obras
y la reparación de cualesquiera Defectos, salvo y en la medida en que
dicho daño o pérdida sea atribuible a cualquier negligencia, acto
deliberado o incumplimiento del Contrato por parte del Cliente, el
Personal del Cliente, sus respectivos representantes o cualquier
persona directa o indirectamente empleada por cualquiera de ellos.
(2) El Cliente indemnizará y amparará al Contratista, al Personal
del Contratista y sus respectivos representantes frente a/y de
cualquiera de las reclamaciones, daños, pérdidas y gastos (incluidos
honorarios y gastos de abogados razonables) relacionados con (i)
lesiones corporales, enfermedades o muerte atribuibles a cualquier
negligencia, acto deliberado o incumplimiento del Contrato por parte
del Cliente, el Personal del Cliente o cualquiera de sus respectivos
representantes, y (ii) los asuntos en los que la responsabilidad al
respecto pueda estar excluida de la cobertura de seguros, conforme
se describe en la Sub-Cláusula 16.2(4) [Seguro de las Obras y
Equipos del Contratista].
15.2 Cuidado de las Obras por parte del Contratista
(1) El Contratista asumirá plena responsabilidad por el cuidado de
, ;
, ;
-- 117 of 420 --
las Obras y Bienes a partir de la Fecha de Inicio hasta la recepción
de las Obras de conformidad con la Sub-Cláusula 8.2 [Recepción de
las Obras o Secciones]. Una vez realizada la recepción de las Obras
conforme la Sub-Cláusula 8.2, la responsabilidad por el cuidado de
las Obras pasará al Cliente.
(2) Si las Obras, Bienes o Documentos del Contratista sufren
alguna pérdida o daño durante el período en que estén bajo el
cuidado del Contratista, el Contratista rectificará la pérdida o daño,
por su cuenta riesgo, a fin de que dichas Obras, Bienes y Documentos
del Contratista se ciñan a las disposiciones del Contrato. Esta Sub-
Cláusula 15.2(2) no se aplicará cuando la pérdida o daño ocurre por
(i) una Fuerza Mayor o (ii) un error en el diseño de cualquier parte de
las Obras solamente por el Personal del Cliente u otros que estén
bajo responsabilidad del Cliente y no estén cubiertos por el seguro,
conforme a la Sub-Cláusula 16.2 [Seguro de las Obras y Equipos del
Contratista].
(3) El Contratista será responsable de cualquier pérdida o daño
causado por cualquier acción del Contratista después de la recepción
de las Obras, de conformidad con la Sub-Cláusula 8.2. El Contratista
también será responsable de cualquier pérdida o daño que ocurra o
aparezca después de la recepción bajo la Sub-Cláusula 8.2 y los
mismos se hubieren producido a raíz de algún hecho previo a la
recepción que fuere responsabilidad del Contratista, en virtud de la
Sub-Cláusula 15.2(1).
15.3 Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial
(1) En esta Sub-Cláusula 15.3, “violación” significa una violación (o
pretendida violación) de cualquier patente, diseño registrado,
derecho de autor, marca registrada, marca comercial, secreto
comercial o cualquier otro derecho de propiedad intelectual o
-- 118 of 420 --
industrial relacionado con las Obras; y “reclamación” significa una
reclamación (o proceso judicial de reclamación) en la que se alegue
una violación.
(2) Cuando una de las Partes no notifique a la otra sobre cualquier
reclamación dentro del plazo de veintiocho (28) días después de
recibirla, se considerará que dicha Parte ha renunciado a su derecho
de indemnización en virtud de esta Sub-Cláusula 15.3.
(3) El Cliente indemnizará y amparará al Contratista contra y de
cualquier reclamación en la que se alegue una violación que se
produce o se produjo:
(a) como resultado inevitable del cumplimiento del Contrato por
parte del Contratista, o
(b) como resultado del uso de cualquiera de las Obras por parte del
Cliente:
(i) para fines distintos a los señalados en el Contrato o los que
razonablemente se deduzcan de él, o
(ii) en conjunto con cualquier otra cosa que no haya suministrado
el Contratista, salvo que el uso fuera divulgado al Contratista en los
documentos de licitación para el Proyecto antes de la Fecha Base o
se haya señalado en el Contrato.
(4) El Contratista indemnizará y amparará al Cliente contra y de
cualquier otra reclamación que surja de o en relación con (i) la
fabricación, uso, venta o importación de cualquier Bien, o (ii) cualquier
diseño que sea responsabilidad del Contratista.
(5) Si una de las Partes tiene derecho a ser indemnizada en virtud
de esta Sub-Cláusula 15.3, la Parte a la cual corresponda indemnizar
podrá (a su costo) realizar negociaciones para la transacción de la
reclamación y de cualquier litigio o arbitraje que pudiera surgir de
aquella. La otra Parte ayudará, a solicitud y expensas de la Parte que
indemniza, a impugnar la reclamación. La otra Parte (y el Personal
, ;
, ;
, ;
-- 119 of 420 --
del Contratista o el Personal del Cliente, según corresponda) no hará
ninguna admisión que pueda perjudicar a la Parte que indemniza, a
no ser que ésta no se haya puesto al frente de una negociación, litigio
o arbitraje a pesar de habérselo solicitado la otra Parte.
15.4 Limitación de Responsabilidad
(1) Ninguna de las Partes será responsable ante la otra por la
privación de uso de las Obras, pérdida de ganancia, pérdida de
contratos ni pérdidas o daños indirectos o emergentes que pueda
sufrir la otra Parte en relación con el Contrato, a menos que así sea
dispuesto específicamente con arreglo a estas Condiciones, incluidas
la Sub-Cláusula 11.3 [Costo de la Reparación de Defectos; Decisión
del Consultor], 14.5 [Pago a la Terminación], 15.1 [Indemnizaciones],
y 15.3 [Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial].
(2) La responsabilidad total del Contratista ante el Cliente, en virtud
del Contrato o en relación con éste, salvo por lo dispuesto en las
Sub-Cláusulas 6.19 (3) [Electricidad, Agua y Gas], 6.20 (2) [Equipos
del Cliente y Materiales de Libre Disposición], 15.1 y 15.3, no
excederá el Precio del Contrato.
(3) Esta Sub-Cláusula 15.4 no limitará la responsabilidad en caso
de fraude, incumplimiento
deliberado o mala conducta grave de la Parte que incumple.
Cláusula 16 SEGURO
16.1 Requisitos Generales en Materia de Seguros
(1) En esta Cláusula 16, “Parte aseguradora” significa, para cada
tipo de seguro, la Parte responsable de contratar y mantener el
seguro que se indica en la Sub-Cláusula pertinente.
-- 120 of 420 --
(2) Cuando el Contratista sea la Parte aseguradora, cada seguro
se contratará con aseguradoras bajo los términos aprobados por el
Cliente. Estos términos deberán ser consistentes con los términos
acordados por ambas Partes. Este acuerdo de términos tendrá
precedencia sobre las disposiciones de esta Cláusula 16.
(3) Cuando el Cliente sea la Parte aseguradora, los seguros se
contratarán con aseguradoras y bajo términos aceptables por el
Contratista. Estos términos deberán ser consistentes con los términos
acordados por ambas Partes. Este acuerdo de términos tendrá
precedencia sobre las disposiciones de esta Cláusula 16.
(4) Si se requiere una póliza de seguro colectivo, la cobertura se
aplicará por separado a cada asegurado como si se hubiera emitido
una póliza individual para cada uno de ellos. Si una póliza cubre a
otras partes adicionales, es decir, además de los asegurados que se
señalan en esta Cláusula 16, (i) el Contratista actuará al amparo de
la póliza en nombre de los asegurados colectivos adicionales, salvo
que el Cliente actúe en nombre del Personal del Cliente, (ii) los
asegurados colectivos adicionales no podrán recibir pagos
directamente del asegurador ni tener cualquier otro trato directo con
el asegurador, y (iii) la Parte aseguradora exigirá a todos los
asegurados colectivos adicionales que cumplan las condiciones
establecidas en la póliza.
(5) Toda póliza contra daños y perjuicios dispondrá que los pagos
sean hechos en las monedas requeridas para fines de reparación de
la pérdida o el daño pertinente. Los pagos que se reciban de los
aseguradores se usarán para reparar dicha pérdida o daño.
(6) La Parte aseguradora pertinente presentará a la otra Parte,
dentro de los plazos respectivos que figuren en los Datos del Contrato
(calculados a partir de la Fecha de Inicio):
(a) evidencia de que se han contratado los seguros descritos en
, ;
-- 121 of 420 --
esta Cláusula 16, y
(b) copias de las pólizas de los seguros que se señalan en las Sub-
Cláusulas 16.2 [Seguro de las Obras y Equipos del Contratista] y
16.3.
(7) Cuando se pague cada una de las primas, la Parte aseguradora
suministrará a la otra los comprobantes de pago. Cada vez que se
presenten comprobantes o pólizas, la Parte aseguradora notificará
también al Consultor.
(8) Cada una de las Partes cumplirá las condiciones estipuladas en
cada una de las pólizas de seguro. La Parte aseguradora mantendrá
a las aseguradoras informadas acerca de cualquier cambio relevante
para la ejecución de las Obras y se asegurará que el seguro se
mantenga de conformidad con lo dispuesto en esta Cláusula 16.
(9) Ninguna de las Partes hará modificaciones sustanciales a los
términos de los seguros sin la previa aprobación de la otra Parte. Si
una aseguradora hace (o trata de hacer) cualquier modificación, la
Parte que primero sea notificada por el asegurador notificará sin
demora a la otra.
(10) Si la Parte aseguradora no contrata ni mantiene vigentes los
seguros que deba contratar y mantener en virtud del Contrato, o no
presenta comprobantes satisfactorios ni copias de las pólizas de
conformidad con esta Sub-Cláusula 16.1, la otra Parte podrá (a su
discreción y sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso)
contratar seguros con la cobertura pertinente y pagar las primas
correspondientes. La Parte aseguradora pagará a la otra Parte el
monto de esas primas.
(11) Nada de lo dispuesto en esta Cláusula 16 limita las
obligaciones, responsabilidades o compromisos del Contratista o el
Cliente en virtud de los términos del Contrato o de otra fuente.
, ;
-- 122 of 420 --
Cualquiera de los montos no asegurados o no recuperados de las
aseguradoras será asumidos por el Contratista y/o el Cliente de
conformidad con dichas obligaciones, responsabilidades o
compromisos. Sin embargo, si la Parte aseguradora deja de contratar
y mantener en vigencia un seguro que se encuentre disponible y que
dicha Parte deba contratar y mantener en virtud del Contrato, y la otra
Parte no aprueba la omisión ni contrata el seguro por la cobertura
pertinente a este incumplimiento, la Parte aseguradora pagará
cualquiera de los montos que habrían sido recuperables al amparo
del seguro.
(12) Los pagos en virtud de esta Sub-Cláusula 16.1 que haga una
Parte a la otra estarán sujetos a la Sub-Cláusula 18.1 [Reclamaciones
del Cliente] o 18.2 [Reclamaciones del Contratista], según
corresponda.
(13) El Contratista podrá contratar todos los seguros relacionados
con el Contrato (incluido, pero no de manera exclusiva, el seguro
mencionado en esta Cláusula 16) con aseguradoras provenientes de
cualquier país elegible como se define en los documentos de
licitación para el Proyecto.
16.2 Seguro de las Obras y Equipos del Contratista
(1) La Parte aseguradora asegurará las Obras, los Equipos, los
Materiales y los Documentos del Contratista por un valor igual o
mayor al costo total de reposición, incluidos los costos de demolición,
retiro de escombros y honorarios profesionales y utilidades. Los
seguros obtenidos conformes con esta Sub-Cláusula 16.2 serán
válidos desde la fecha en que se presenten las pruebas con arreglo
a la Sub-Cláusula 16.1 (6) (a) [Requisitos Generales en Materia de
Seguros], hasta la fecha de emisión del Certificado de Terminación
de las Obras.
(2) La Parte aseguradora mantendrá el seguro, bajo la Sub-
-- 123 of 420 --
Cláusula 16.2 (1), a fin de proporcionar cobertura hasta la fecha de
emisión del Certificado de Terminación, por pérdidas o daños
imputables al Contratista a raíz de una causa que ocurra antes de la
emisión del Certificado sobre la recepción de las Obras, y por las
pérdidas o daños causados por el Contratista durante cualquier otra
operación (incluidas las contempladas en la Cláusula 11
[RESPONSABILIDAD POR DEFECTOS]).
(3) La Parte aseguradora asegurará los Equipos del Contratista por
un valor igual o mayor al costo total de reposición, incluida la entrega
en el Lugar de las Obras. En relación con cada uno de los elementos
de los Equipos del Contratista, el seguro estará vigente durante el
transporte del mismo al Lugar de las Obras y hasta que se deje de
necesitar como Equipos del Contratista.
(4) Salvo disposición diferente en las Condiciones Particulares, los
seguros contemplados en esta Sub-Cláusula 16.2:
(a) deberán ser contratados y mantenidos por el Contratista como
Parte aseguradora,
(b) deberán estar a nombre conjunto de las Partes, quienes tendrán
derecho a recibir conjuntamente pagos de las aseguradoras y pagos
retenidos o asignados a la Parte que asuma efectivamente los costos
de rectificación por pérdidas o daños,
(c) deberán cubrir todas las pérdidas y daños que se deban a
cualquier causa, excluyendo (i) las pérdidas o daños a una parte de
las Obras atribuibles al uso o la ocupación de otra parte de las Obras
por parte del Cliente, (ii) las pérdidas o daños debido a una Fuerza
mayor, y (iii) las pérdidas o daños causadas por el error de diseño de
cualquier parte de las Obras solamente por el Personal del Cliente u
otras personas bajo responsabilidad del Cliente.
(d) deberán cubrir, asimismo, hasta donde sea específicamente
requerido en los documentos de licitación del Proyecto, pérdidas o
, ;
-- 124 of 420 --
daños excluidos en la Sub-Cláusula 16.2(4)(c)(i) y (ii) mencionado
arriba, excluidas las pérdidas o daños que no sean asegurables bajo
términos comercialmente razonables, con deducibles por incidente
no mayores al monto señalado en los Datos del Contrato (de no
indicarse un monto, esta Sub-Cláusula 16.2(4)(d) no será aplicable),
y
(e) podrá, sin embargo, excluir la pérdida, los daños y el
reacondicionamiento de:
(i) una parte de las Obras que esté en condiciones defectuosas
debido a un vicio de diseño, materiales o mano de obra (pero la
cobertura incluirá cualesquiera otras partes que se pierdan o dañen
como resultado directo de esta condición defectuosa y no según se
describe en la Sub-Cláusula 16.2(4)(e)(ii)),
(ii) una parte de las Obras que se pierda o dañe por el
reacondicionamiento de cualquier otra parte de las Obras que esté
en condiciones defectuosas debido a un defecto de diseño,
materiales o mano de obra,
(iii) una parte de las Obras que haya sido recibida por el Cliente,
salvo en la medida en que el Contratista sea responsable por la
pérdida o daño, y
(iv) Bienes mientras no estén en el País, sujeto a la Sub-Cláusula
14.3(c) [Cese de las Obras y Retiro de los Bienes].
(5) Si, después de haber transcurrido más de un (1) año a partir de
la Fecha Base, la cobertura descrita en la Sub-Cláusula 16.2 (4) (d)
deja de estar disponible bajo los términos comercialmente
razonables, el Contratista (como Parte aseguradora) notificará al
Cliente, con información complementaria. El Cliente entonces (i) con
sujeción a la Sub-Cláusula 18.1 [Reclamaciones del Cliente] tendrá
derecho a recibir el pago de un monto equivalente a los términos
comercialmente razonables que el Contratista debería haber previsto
,
;
, ;
-- 125 of 420 --
pagar por dicha cobertura, y (ii) salvo que obtenga la cobertura bajo
términos comercialmente razonables, se considerará que ha
aprobado la omisión de conformidad con la Sub-Cláusula 16.1 (11).
16.3 Seguro Contra Lesiones Personales y Daños a la Propiedad
(1) La Parte aseguradora asegurará contra su responsabilidad por
cualquier pérdida, daño, muerte o lesión corporal que pueda ocurrir a
cualquier propiedad física (salvo los elementos asegurados con
arreglo a la Sub-Cláusula 16.2 [Seguro de las Obras y Equipos del
Contratista]), o a cualquier persona (a excepción de personas
aseguradas con arreglo a la Sub-Cláusula 16.4 [Seguro para el
Personal del Contratista]), que surjan a raíz del cumplimiento del
Contrato por parte del Contratista y antes del fin del Plazo para la
Notificación de Defectos.
(2) El seguro obtenido de conformidad con la Sub-Cláusula 16.3 (1)
será por un monto límite, por incidente, no menor al que se señale en
los Datos del Contrato, sin limitar el número de incidentes que puedan
ocurrir. Si en los Datos del Contrato no se señala ningún monto, esta
Sub-Cláusula 16.3 no será aplicable.
(3) Salvo disposición diferente en las Condiciones Particulares, los
seguros especificados en esta Sub-Cláusula 16.3:
(a) deberán ser contratados y mantenidos por el Contratista como
Parte aseguradora,
(b) deberán estar a nombre de ambas Partes,
(c) deberán cubrir la responsabilidad por todas las pérdidas y
daños que sufra la propiedad del Cliente (salvo los elementos
asegurados con arreglo a la Sub-Cláusula 16.2) como consecuencia
del cumplimiento del Contrato por parte del Contratista, y
-- 126 of 420 --
(d) podrán, sin embargo, excluir responsabilidades en la medida en
que surjan de:
(i) el derecho del Cliente a hacer que las Obras Permanentes se
ejecuten en, sobre, debajo o a través de cualquier terreno, y a ocupar
ese terreno para las Obras Permanentes,
(ii) los daños que se produzcan como resultado inevitable de las
obligaciones del Contratista en cuanto a la ejecución de las Obras y
la reparación de cualesquiera Defectos, y
(iii) una causa por una Fuerza Mayor o por Especificaciones y
Planos atribuibles solamente al Cliente o al Consultor, salvo en la
medida en que exista una cobertura bajo términos comercialmente
razonables.
16.4 Seguro para el Personal del Contratista
(1) El Contratista contratará y mantendrá un seguro de
responsabilidad civil contra reclamaciones, daños,
pérdidas y gastos (incluidos honorarios y gastos de
abogados) como resultado de lesiones, enfermedades o
muerte de cualquier persona empleada por el Contratista
o cualquier otro miembro del Personal del Contratista.
(2) El seguro obtenido de conformidad con esta Sub-Cláusula 16.4
cubrirá al Cliente y al Consultor contra responsabilidad por reclamos,
daños, pérdidas y gastos (incluyendo honorarios y gastos de
abogados) que surjan de lesiones, enfermedad o muerte de cualquier
persona empleada por el Contratista o cualquier otro miembro del
Personal del Contratista, salvo que este seguro pueda excluir
pérdidas y reclamaciones en la medida en que sean producto de
cualquier acto o negligencia del Cliente o del Personal del Cliente.
, ;
-- 127 of 420 --
(3) El seguro deberá ser mantenido en plena vigencia y efecto
durante todo el tiempo en que el personal mencionado trabaje en la
ejecución de las Obras. En el caso de los empleados de un
Subcontratista, este último podrá contratar el seguro, pero el
Contratista será responsable de velar por el cumplimiento de esta
Sub-Cláusula 16.4.
Cláusula 17 FUERZA MAYOR
17.1 Definiciones
(1) Ninguna de las Partes será consideradas incumplidas o en
violación de este Contrato si es incapaz de realizar sus obligaciones
bajo este Contrato por razones de Fuerza Mayor. “Fuerza Mayor”
significa un evento o circunstancia excepcional:
(a) que estuviera más allá del control de una Parte,
(b) que dicha Parte no pudiera prevenir razonablemente antes de
firmarse este Contrato,
(c) que, una vez producida, dicha Parte no pudiera,
razonablemente, evitar o superar, y
(d) que no fuera sustancialmente atribuible a la otra Parte.
(2) Fuerza mayor puede incluir, pero no está limitado a, eventos
excepcionales o circunstancias como las que están listadas abajo,
siempre que las condiciones establecidas en esta Sub-Cláusula
17.1(1) se cumplan:
(a) guerra, hostilidades (ya sea que la guerra sea declarada o no),
invasión, actos de enemigos extranjeros,
(b) rebelión, terrorismo, sabotaje por personas aparte del Personal
del Contratista, revolución, insurrección, usurpación del poder o
asunción del poder por los militares, o guerra civil,
, ;
-- 128 of 420 --
(c) disturbio, conmoción, huelga o cierre patronal por personas
distintas al Personal del
Contratista,
(d) municiones de guerra, materiales explosivos, radiación
ionizante o contaminación por radioactividad, excepto cuando sea
atribuible al Contratista el uso de tales municiones, explosivos,
radiación o radioactividad,
(e) catástrofes naturales como terremoto, tsunami, huracán, tifón o
actividad volcánica, y
(f) decisión de evacuación tomada por el Ministerio de Asuntos
Exteriores del Japón o JICA.
17.2 Notificación de Casos de Fuerza Mayor
(1) Si por Fuerza Mayor una de las Partes se ve impedida de
cumplir sus obligaciones sustanciales en virtud del Contrato, ésta
notificará a la otra y al Consultor sobre el evento o circunstancia
constitutiva de la Fuerza Mayor y especificará las obligaciones que
no se puedan cumplir. La notificación se hará dentro del plazo de
catorce (14) días a partir de la fecha en que la Parte tomó, o debió
haber tomado conocimiento, del evento o circunstancia constitutiva
de la Fuerza Mayor.
(2) Una vez que se haga la notificación, la Parte estará eximida del
cumplimiento de sus obligaciones por el tiempo que dicha Fuerza
Mayor le impida cumplirlas.
(3) Sin perjuicio de cualquier otra disposición de esta Cláusula 17,
la Fuerza Mayor no será aplicable a las obligaciones de cualquiera
de las Partes de hacer los pagos a la otra Parte en virtud del Contrato.
, ;
-- 129 of 420 --
17.3 Obligaciones de Reducir las Demoras
(1) Cada una de las Partes hará en todo momento todo lo que esté
a su alcance para reducir al mínimo cualquier demora en el
cumplimiento del Contrato como resultado de un evento o
circunstancia de Fuerza Mayor.
(2) Una Parte notificará a la otra y al Consultor cuando deje de
verse afectada por el evento o circunstancia de Fuerza Mayor.
17.4 Seguridad del Miembro del Personal
Durante el período de imposibilidad para realizar las obligaciones
sustanciales en virtud del Contrato como resultado de un evento o
circunstancia de Fuerza Mayor, el Contratista podrá abandonar todos
los sitios y/u oficinas para el Proyecto situado en el lugar del País,
dando aviso al Cliente cuanto antes en el caso que la Fuerza Mayor
sea un posible peligro contra la seguridad de cualquier personal del
Contratista.
17.5 Consecuencias de la Fuerza Mayor
(1) Si el Contratista se ve impedido de cumplir sus obligaciones
sustanciales en virtud del Contrato por motivo de Fuerza Mayor que
se haya notificado con arreglo a la Sub-Cláusula 17.2 [Notificación de
Casos de Fuerza Mayor], y sufre demoras por dicho motivo, el
Contratista tendrá derecho a una prórroga del Plazo de Terminación
de conformidad con la Sub-Cláusula 10.4 [Prórroga del Plazo de
Terminación], si se ha retrasado o se retrase la terminación de las
Obras, en virtud de la Sub-Cláusula 17.3 [Obligaciones de Reducir
las Demoras].
(2) En el caso de la Sub-Cláusula 17.5(1), si el evento o
circunstancia es del tipo que se describe en la Sub-Cláusula 17.1(2)
[Definiciones] y, en el caso de la Sub-Cláusula 17.1(2)(b) a (f), ocurre
en el País, el Contratista podrá solicitar una discusión, sujeto a la Sub-
-- 130 of 420 --
Cláusula 17.8 [Procedimientos de Discusión respecto al Costo
Causado por Fuerza Mayor] con el Cliente sobre la carga de cualquier
Costo que surja de dicho evento o circunstancia, incluyendo una
solicitud por el Cliente para usar el saldo restante o las contingencias
de la Donación, en la medida en que no esté cubierto por la póliza de
seguro referida en la Sub-Cláusula 16.2 [Seguro de las Obras y
Equipos del Contratista].
17.6 Fuerza Mayor que Afecte a un Subcontratista
Si un Subcontratista tiene derecho, en virtud de cualquier contrato o
acuerdo relacionado con las Obras, a ser exonerado de su
responsabilidad por Fuerza Mayor, bajo términos adicionales o más
amplios que los que se especifican en esta Cláusula 17, dicho evento
o circunstancia adicional o más amplia de fuerza mayor no exonerará
al Contratista del cumplimiento de sus obligaciones ni le darán
derecho a ser exonerado de responsabilidad con arreglo a esta
Cláusula 17.
17.7 Terminación Opcional
(1) Si la ejecución sustancial de todas las Obras en curso es
impedida por un período continuo de ochenta y cuatro (84) días por
algún motivo de Fuerza Mayor que se haya notificado de conformidad
con la Sub-Cláusula 17.2 [Notificación de Casos de Fuerza Mayor], o
por varios períodos que sumen un total de más de ciento y cuarenta
(140) días debido al mismo motivo de Fuerza Mayor que se haya
notificado, cualquiera de las Partes podrá notificar a la otra la
terminación del Contrato. En ese caso, la terminación entrará en
vigencia veintiocho (28) días después de la notificación.
(2) El Cliente o el Contratista notificará a JICA sin demora de
-- 131 of 420 --
cualquier notificación proporcionada para terminar el Contrato de
conformidad con la Sub-Cláusula 17.7 (1), y proporcionar informes de
la terminación a JICA. El Consultor también informará la terminación
a JICA.
(3) Después de que entre en vigor una notificación de terminación
en virtud de la Sub-Cláusula 17.7(1), el Cliente devolverá la Garantía
de Cumplimiento y el Contratista deberá, sin demora:
(a) suspender todos los trabajos adicionales, con excepción de los
que pueda haber ordenado el Consultor para la protección de la vida
o la propiedad, o para la seguridad de las Obras,
(b) entregar los Documentos del Contratista, los Equipos, los
Materiales y los demás trabajos por los que haya recibido el pago, y
(c) retirar todos los demás Bienes del Lugar de las Obras, salvo los
que sea necesario dejar por razones de seguridad, y abandonar el
Lugar de las Obras.
(4) Tras la terminación de conformidad con la Sub-Cláusula
17.7(1), el Consultor (i) procederá de conformidad con la Sub-
Cláusula 5.5(2) [Discusión y Decisión] a fin de acordar o establecer
el valor de las Obras, los Bienes y los Documentos del Contratista y
cualesquiera otros montos adeudados al Contratista por trabajos
ejecutados de conformidad con el Contrato y (ii) establecer los
siguientes elementos que son gastos reales y necesarios efectuados
por el Contratista:
(a) el Costo de los Equipos y Materiales (salvo los que se hayan
acordados o establecidos bajo la Sub-Cláusula 17.7(4)(i)) ordenados
para el trabajo ejecutado, que se hayan entregado al Contratista, o
cuya entrega deba aceptar el Contratista: estos Equipos y Materiales
pasarán a ser propiedad (y estar bajo el riesgo) del Cliente al
momento en que los pague, y el Contratista pondrá los mismos a
disposición del Cliente;
, ;
-- 132 of 420 --
(b) otros Costos en que dentro de las circunstancias haya incurrido
razonable y necesariamente el Contratista con la expectativa de
terminar las Obras;
(c) el Costo de retirar las Obras Temporales y los Equipos del
Contratista del Lugar de las Obras y el de devolverlos a los trabajos
del Contratista en su país (o cualquier otro destino que no suponga
un costo mayor); y
(d) el Costo de repatriar, en la fecha de terminación, al Personal del
Contratista empleado totalmente en relación con las Obras.
(5) Tomando en cuenta el resultado de decisión de conformidad
con la Sub-Cláusula 17.7(4), el Contratista podrá solicitar una
discusión, sujeto a la Sub-Cláusula 17.8 [Procedimientos de
Discusión Respecto al Costo Causado por Fuerza Mayor] con el
Cliente sobre el monto basado en la terminación pagadera al
Contratista y sobre la carga de cualquier Costo que surja del evento
o circunstancia de conformidad con la Sub-Cláusula 17.5(2)
[Consecuencia de la Fuerza Mayor], si las hubiere, incluida la
solicitud por el Cliente para usar el saldo restante o la contingencia
de la Donación.
17.8 Procedimientos de Discusión Respecto al Costo Causado por
Fuerza Mayor
(1) Tras recibir la solicitud por el Contratista para la discusión en
virtud de la Sub-Cláusula 17.5(2) [Consecuencias de la Fuerza
Mayor] o 17.7(5) [Terminación Opcional], el Consultor tomará el
procedimiento de conformidad con la Sub-Cláusula 5.5(1) [Discusión
y Decisión].
(2) El Cliente tendrá una consulta con JICA sobre el arreglo
financiero basado en el progreso de la discusión de conformidad con
la Sub-Cláusula 17.5(2) o 17.7(5), a través del Consultor o
,
-- 133 of 420 --
directamente.
(3) El Cliente y el Consultor inmediatamente informarán del
resultado de la consulta al Contratista. El acuerdo sobre la carga del
Costo se basará en las Directrices Aplicables.
(4) Si las Partes, a través de la discusión de conformidad a la Sub-
Cláusula 17.8(1), llegan a un acuerdo sobre los montos pagaderos
por el Cliente al Contratista, el Cliente pagará los montos pagaderos
al Contratista.
Cláusula 18 CONTROVERSIAS Y ARBITRAJE
18.1 Reclamaciones del Cliente
(1) Si el Cliente considera que tiene derecho a recibir un pago o a
otra reclamación en virtud de cualquier Cláusula de estas
Condiciones o de otra forma vinculada con el Contrato, y/o a cualquier
prórroga del Plazo de Notificación de Defectos, el Cliente, sujeto a
una consulta con el Consultor, notificará detalladamente de dicha
reclamación al Contratista. Sin embargo, no será necesario hacer
notificaciones para pagos adeudados en virtud de la Sub-Cláusula
6.19 (3) [Electricidad, Agua y Gas] y 6.20 (2) [Equipos del Cliente y
Materiales de Libre Disposición], o para otros servicios que solicite el
Contratista.
(2) La notificación, en virtud de la Sub-Cláusula 18.1 (1), deberá
hacerse tan pronto como sea posible y no más de veintiocho (28) días
después de que el Cliente se haya enterado, o debiera haberse
enterado, del evento o circunstancia que originaron la reclamación.
Se enviará una notificación sobre cualquier prórroga del Plazo para
la Notificación de Defectos antes de que venza dicho plazo.
(3) La información detallada, en virtud de la Sub-Cláusula 18.1 (1),
incluirá la Cláusula u otra base de la reclamación, así como pruebas
-- 134 of 420 --
del monto y/o la prórroga que el Cliente considere que le
correspondan en relación con el Contrato. El Consultor procederá de
conformidad con la Sub-Cláusula 5.5 2) [Discusión y Decisión] a fin
de llegar a un acuerdo o decisión respecto de (i) el monto (si procede)
que le corresponda pagar al Contratista a favor del Cliente, y/o (ii) la
prórroga (si procede) del Plazo para la Notificación de Defectos de
conformidad con la Sub-Cláusula 11.4 [Prórroga del Plazo para la
Notificación de Defectos].
(4) El Cliente podrá deducir el monto, en virtud de la Sub-Cláusula
18.1 (3), del Precio del Contrato o solicitar al Contratista que pague
dicho monto directamente al Cliente. El Cliente sólo tendrá derecho a
compensar o deducir de un monto de reclamación contra el
Contratista, de conformidad con esta Sub-Cláusula 18.1, sujeto a una
consulta con el Consultor y JICA sobre los procedimientos y métodos
de deducción o compensa.
18.2 Reclamaciones del Contratista
(1) Salvo que se indique algo diferente en el Contrato, si el
Contratista considera que tiene derecho a (i) cualquier prórroga del
Plazo para la Notificación de Defectos, o (ii) ajuste del Precio del
Contrato, en virtud de estas Condiciones o de otra forma vinculada
con el Contrato, el Contratista enviará una notificación al Consultor
en la que describirá el evento o circunstancia que origina el reclamo,
y el Consultor enviará dicha notificación al Cliente. La notificación del
Contratista se hará tan pronto como sea posible, a más tardar
veintiocho (28) días después de que el Contratista se dé cuenta, o
hubiera debido darse cuenta, de dicho evento o circunstancia que
origina el reclamo.
(2) Si el Contratista no notifica un reclamo dentro del período que
se especifica en la Sub-Cláusula 18.2(1), no se prorrogará el Plazo
-- 135 of 420 --
de Terminación, el Contratista no tendrá derecho a un ajuste del
Precio del Contrato u otro pago o daño adicional (según corresponda
el caso), y el Cliente quedará liberado de cualquier responsabilidad
vinculada con el reclamo. De otra forma, se aplicarán las siguientes
disposiciones de esta Sub-Cláusula 18.2.
(3) El Contratista también enviará cualquier otra notificación
requerida en el Contrato, así como información complementaria sobre
la reclamación, que sea pertinente a dicho evento o circunstancia.
(4) El Contratista mantendrá los registros actualizados que sean
necesarios para fundamentar el reclamo, ya sea en el Lugar de las
Obras o en otro sitio aceptable para el Consultor. Sin admitir la
responsabilidad del Cliente, el Consultor podrá, tras recibir cualquier
notificación con arreglo a esta Sub-Cláusula 18.2(1), seguir de cerca
la contabilidad y/u ordenar al Contratista que mantenga registros
actualizados adicionales. El Contratista permitirá al Consultor
verificar todos esos registros, y (de requerírsele) presentará copias al
Consultor.
(5) Dentro del plazo de cuarenta y dos (42) días contados a partir
del momento en que el Contratista se dé cuenta (o hubiera debido
darse cuenta) del evento o circunstancia que originó el reclamo, o
dentro de cualquier otro plazo que proponga el Contratista y apruebe
el Consultor, el Contratista enviará al Consultor detalles completos
del reclamo, incluyendo toda la información complementaria del
fundamento del reclamo. Si el evento o circunstancia que origina el
reclamo del Contratista tiene un efecto continuo:
(a) dicho reclamo se considerará como temporal;
(b) el Contratista enviará mensualmente reclamos temporales
-- 136 of 420 --
adicionales, en las que especificará la demora acumulada y/o el
monto exigido, además de toda la información adicional que pueda
requerir razonablemente el Consultor; y
(c) el Contratista enviará un reclamo definitivo dentro de veintiocho
(28) días después de que el evento o circunstancia deje de producir
efectos, o dentro de cualquier otro plazo que proponga el Contratista
y apruebe el Consultor.
(6) Dentro del plazo de cuarenta y dos (42) días contados a partir
de la fecha en que reciba los detalles completos del reclamo, sujeto
a la Sub-Cláusula 18.2(5), o dentro de cualquier otro plazo que
proponga el Consultor y apruebe el Contratista, el Consultor
completará el procedimiento de conformidad con (i) la Sub-Cláusula
5.5(1) [Discusión y Decisión], en el caso de un reclamo por el ajuste
del Precio del Contrato, o (ii) la Sub-Cláusula 5.5(2) en el caso de un
reclamo por una prórroga del Plazo de Terminación. El Consultor
también podrá solicitar cualquier información adicional necesaria.
(7) Los requisitos de esta Sub-Cláusula 18.2 son adicionales a los
que se establecen en cualquier otra Sub-Cláusula que se aplique a
un reclamo. Si el Contratista no cumple con esta u otra Sub-Cláusula
en relación con cualquier reclamo, prórroga del Plazo de Terminación
y/o ajuste del Precio del Contrato o el precio unitario, o pago o daño
adicional (según corresponda el caso), tendrá en cuenta la medida (si
la hubiere) en que el incumplimiento haya impedido o perjudicado la
evaluación adecuada del reclamo, salvo que el reclamo sea excluido
con arreglo a esta Sub-Cláusula 18.2(2).
(8) Si el reclamo del Contratista se relaciona a un incumplimiento
del Cliente de conformidad con la Sub-Cláusula 4.1
[Responsabilidades del Cliente bajo el C/N] o 4.2 [Responsabilidades
del Cliente bajo el A/D], el Consultor informará adecuadamente a
JICA del progreso de la discusión y reclamo, de conformidad a esta
,
-- 137 of 420 --
Sub-Cláusula 18.2.
18.3 Solución y Arbitraje
(1) En caso de que se levante cualquier disputa, controversia o
reclamo, o cualquier controversia surge respecto a la interpretación o
cumplimiento del Contrato, dicha cuestión se resolverá en primera
instancia a través de los procedimientos correspondientes que se
establecen en la Sub-Cláusula 5.5 [Discusión y Decisión], 18.1
[Reclamaciones del Cliente] o 18.2 [Reclamaciones del Contratista]
antes de tomar el procedimiento que se establece en esta Sub-
Cláusula 18.3.
(2) Si los procedimientos establecidos en la Sub-Cláusula 5.5, 18.1
o 18.2 no son aplicables a una cuestión controvertida, cualquier Parte
notificará a la otra de la cuestión controvertida dentro de un plazo de
catorce (14) días después de informarse sobre la cuestión, y las
Partes tratarán de resolver la cuestión controvertida a través de una
consulta entre ellos, dando debida consideración a la decisión,
opinión o resultado de la búsqueda o la inspección por parte del
Consultor, conforme al Contrato.
(3) Cualquier Parte podrá solicitar a JICA, a través del Consultor,
para ofrecer su sugerencia con una copia a las otras Partes a más
tardar catorce (14) días después de la notificación de insatisfacción
de conformidad con 5.5(3), o la fecha de la opinión del Consultor para
la resolución bajo 5.5(1). Dentro de un plazo de catorce (14) días
después de recibir dicha solicitud, el Consultor presentará a JICA
informaciones de la controversia en cuestión, su decisión u opinión, y
documentos complementarios pertinentes. JICA podrá, a su única
discreción, realizar audiencia con las Partes o el Consultor, o análisis
-- 138 of 420 --
de los documentos presentados. Dentro de un plazo de catorce (14)
días después de recibir la sugerencia de JICA, cada Parte responderá
a JICA, a través del Consultor, si lo acepta o no. Cualquier sugerencia
de JICA no será admisible como prueba en el arbitraje o cualquier
procedimiento judicial.
(4) Si (i) cualquier Parte informa a la otra de su insatisfacción
conforme a la Sub-Cláusula 5.5(3), (ii) las Partes no resuelven la
cuestión controvertida bajo la Sub-Cláusula 5.5(1) o 18.3(2), o (iii)
cualquier Parte no acepta la sugerencia de JICA bajo la Sub-Cláusula
18.3(3), las Partes resolverán las cuestiones controvertidas restantes
sólo a través del arbitraje. Dicho arbitraje será internacional y
administrado por la Cámara de Comercio Internacional (CCI), y
realizado bajo el Reglamento de Arbitraje de la CCI.
(5) Salvo que se establezca de otra forma en los Datos del
Contrato, el arbitraje se llevará a cabo en Inglés.
(6) El laudo arbitral será definitivo y vinculante a las Partes, y las
Partes acatarán de buena fe con el laudo. La sentencia del laudo
podrá recurrirse en cualquier tribunal de jurisdicción o la aplicación
podrá hacerse en dicho tribunal para aceptación jurídica del laudo u
orden de ejecución, según corresponda el caso.
(7) En cuanto a los costos del arbitraje, cada Parte los asumirá de
conformidad con la decisión hecha por el tribunal arbitral bajo el
Reglamento de Arbitraje de la CCI.
18.4 Cumplimiento de las Obligaciones durante el Procedimiento.
Salvo que el Contrato haya sido terminado de conformidad con el
Contrato, el Contratista continuará desempeñando las Obras de
acuerdo con el Contrato durante el procedimiento, conforme a esta
Cláusula 18.
-- 139 of 420 --
(el resto de esta página se ha dejado en blanco
intencionalmente.)
Anexo 6.1 (Personal y Mano de Obra)
6.1.1 Contratación de Personal y Mano de Obra
(1) Salvo disposición en sentido diferente en las Especificaciones, el Contratista
deberá encargarse de contratar a todo el personal y la mano de obra, de origen
nacional o de otra procedencia, así como de su remuneración, alimentación,
transporte, y cuando corresponda, alojamiento.
(2) Se alentará al Contratista a que, en la medida de lo posible y razonable,
contrate dentro del País personal y mano de obra que cuenten con las calificaciones
y la experiencia adecuadas.
6.1.2 Nivel Salarial y Condiciones de Trabajo
El Contratista deberá pagar niveles salariales y adoptar condiciones de trabajo que
no sean inferiores a los establecidos para la profesión o la industria donde se lleve
a cabo el trabajo. De no haber niveles salariales ni condiciones laborales aplicables,
el Contratista pagará niveles salariales y se ceñirá a condiciones que no resulten
inferiores al nivel general de remuneraciones y condiciones observados localmente
por empresas cuyo negocio o industria sean similares a los del Contratista.
6.1.3 Personas al Servicio del Cliente
El Contratista no contratará, ni tratará de contratar, personal y mano de obra que
forme parte del Personal del Cliente.
6.1.4 Leyes Laborales
(1) El Contratista cumplirá todas las Leyes laborales pertinentes aplicables al
Personal del Contratista, incluidas las Leyes en material de empleo, salud,
-- 140 of 420 --
seguridad, bienestar social, inmigración y emigración, y permitirá que gocen de
todos sus derechos legales.
(2) El Contratista exigirá a sus empleados que obedezcan las leyes aplicables,
incluidas aquellas relacionadas con la seguridad en el lugar de trabajo.
6.1.5 Horas de Trabajo
En el Lugar de las Obras no se trabajará en días localmente reconocidos como de
descanso ni fuera de las horas regulares de trabajo que se establezcan en los Datos
del Contrato, a menos que:
(a) en el Contrato se estipule otra cosa,
(b) el Consultor así lo apruebe, o
(c) el trabajo sea inevitable o necesario para la protección de la vida o la
propiedad, o para la seguridad de las Obras, en cuyo caso el Contratista informará
de ello inmediatamente al Consultor.
6.1.6 Instalaciones para el Personal y la Mano de Obra
(1) Si se requiere en las Especificaciones, el Contratista proporcionará y
mantendrá todas las instalaciones para alojamiento y bienestar social que sean
necesarios para su Personal. El Contratista también proporcionará instalaciones
para el Personal del Cliente conforme se señala en las Especificaciones.
(2) El Contratista no permitirá que ningún integrante de su Personal resida
temporal o permanentemente dentro de las estructuras que conforman las Obras
Permanentes.
6.1.7 Salud y Seguridad
(1) El Contratista tomará, en todo momento, todas las precauciones razonables
para mantener la salud y la seguridad del Personal del Contratista. En colaboración
con las autoridades sanitarias locales, el Contratista se asegurará de que el Lugar
-- 141 of 420 --
de las Obras y cualesquiera lugares de alojamiento para el Personal del Contratista
y el Personal del Cliente estén siempre provistos de personal médico, instalaciones
de primeros auxilios y servicios de enfermería y ambulancia, y de que se tomen
medidas adecuadas para satisfacer todos los requisitos en cuento a bienestar e
higiene, así como para prevenir epidemias.
(2) El Contratista nombrará a un oficial de prevención de accidentes en el Lugar
de las Obras, que se encargará de velar por la seguridad y la protección contra
accidentes. Esa persona estará calificada para asumir dicha responsabilidad y
tendrá autoridad para impartir instrucciones y tomar medidas de protección para
evitar accidentes. Durante la ejecución de las Obras, el Contratista proporcionará
todo lo que dicha persona necesita para ejercer esa responsabilidad y autoridad.
(3) El Contratista enviará al Consultor, a la mayor brevedad posible, información
detallada sobre cualquier accidente que ocurra. El Contratista mantendrá un registro
y hará informes acerca de la salud, la seguridad y el bienestar de las personas, así
como de los daños a la propiedad, según lo solicite razonablemente el Consultor.
(4) El Contratista adoptará medidas de prevención de VIH-SIDA y enfermedades
de transmisión sexual si se estipula en las Condiciones Particulares.
6.1.8 Supervisión del Contratista
(1) Durante la ejecución de las Obras y posteriormente por el tiempo que sea
necesario para cumplir las obligaciones del Contratista, éste proporcionará toda la
supervisión necesaria para planificar, organizar, dirigir, administrar, inspeccionar y
poner a prueba el trabajo.
(2) La labor de supervisión estará a cargo de un número suficiente de personas
que posean conocimientos adecuados del Idioma y de las operaciones que se
llevarán a cabo (incluidos los métodos y técnicas requeridos, los posibles peligros y
-- 142 of 420 --
los métodos de prevención de accidentes), para la ejecución satisfactoria y segura
de las Obras.
6.1.9 Reemplazo del Personal del Contratista
(1) El Personal del Contratista contará con las calificaciones, aptitudes y
experiencia adecuadas en sus respectivos campos de actividad u ocupaciones. El
Consultor podrá exigir al Contratista que despida (o que haga que se despida) a
cualquier persona empleada en el Lugar de las Obras o en las Obras, incluido el
Representante del Contratista si procede, quien:
(a) cometa repetidos actos de mal comportamiento o falta de cuidado,
(b) realice sus labores en forma incompetente o negligente,
(c) no cumpla alguna(s) de las disposiciones establecidas en el Contrato, o
(d) persista en un comportamiento que sea perjudicial para la seguridad, la salud
o la protección del medio ambiente.
(2) Si procede, el Contratista nombrará (o hará que se nombre) en su reemplazo
a otra persona adecuada.
6.1.10 Registro del Personal y los Equipos del Contratista
El Contratista presentará al Consultor detalles sobre el número de cada una de las
clases de miembros de su Personal y de cada tipo de Equipos que tiene en el Lugar
de las Obras. Esos detalles se presentarán cada mes calendario, en la forma que
aprueba el Consultor, hasta que el Contratista termine todos los trabajos que
queden pendientes en la fecha de Certificado de Terminación de las Obras.
6.1.11 Alteración del Orden
El Contratista tomará, en todo momento, todas las precauciones que sean
necesarias para evitar cualquier conducta ilegal, o que altere o perturbe el orden por
-- 143 of 420 --
parte del Personal del Contratista o entre los miembros de dicho Personal, y para
preservar la paz y la protección de las personas y los bienes que se encuentren en
el Lugar de las Obras y los alrededores.
6.1.12 Personal Extranjero
(1) En la medida en que lo permitan las Leyes aplicables, el Contratista podrá
traer al País al personal extranjero que sea necesario para la ejecución de las
Obras. El Contratista se asegurará que esas personas obtengan los visados de
residencia y los permisos de trabajo necesarios. Si el Contratista así lo solicita, el
Cliente hará todo lo posible para ayudarlo rápida y oportunamente a obtener los
permisos locales, estatales, nacionales o gubernamentales que sean necesarios
para traer al País dicho Personal, en la medida en que las obligaciones del Cliente
son proporcionadas en el C/N y/o A/D.
(2) El Contratista será responsable de que esos miembros del personal regresen
a su lugar de contratación o a su domicilio. En el caso de que alguno de esos
empleados o alguno de sus familiares fallezca en el País, el Contratista será
igualmente responsable de hacer los arreglos necesarios para su regreso o entierro.
6.1.13 Suministro de Alimentos
El Contratista se encargará de que se suministre al Personal del Contratista una
cantidad suficiente de alimentos adecuados a precios razonables, conforme se
señale en las Especificaciones, para los fines del Contrato o en relación con éste.
6.1.14 Abastecimiento de Agua
Tomando en cuenta las condiciones locales, el Contratista suministrará en el Lugar
de las Obras una cantidad adecuada de agua potable y de otra clase para el
consumo del Personal del Contratista.
6.1.15 Medidas contra Plagas e Insectos
-- 144 of 420 --
El Contratista tomará, en todo momento, todas las precauciones necesarias para
proteger a su Personal en el Lugar de las Obras contra plagas e insectos, y para
disminuir los consiguientes peligros para la salud. El Contratista cumplirá todas las
normativas de las autoridades sanitarias locales, incluido el uso de insecticidas
adecuados.
6.1.16 Bebidas Alcohólicas y Drogas
Salvo en la medida autorizada por las Leyes del País, el Contratista no importará,
venderá, regalará, hará objeto de trueque ni dará otro destino a bebidas alcohólicas
o drogas, ni tampoco permitirá que su Personal las importe, venda, regale, haga
objeto de trueque o deseche.
6.1.17 Armas y Municiones
El Contratista no regalará, hará objeto de trueque ni dará otro destino a armas o
municiones de ningún tipo, ni tampoco permitirá que su Personal lo haga.
6.1.18 Días Festivos y Costumbres Religiosas
El Contratista respetará los días festivos, los días de descanso y las costumbres
religiosas y de otra índole que se reconozcan en el País.
6.1.19 Preparativos de Sepelio
El Contratista será responsable, en la medida en que lo exija la legislación local, de
hacer los preparativos de sepelio para cualquiera de sus empleados locales que
fallezca mientras trabaja en las Obras.
6.1.20 Trabajo Forzoso
El Contratista no empleará ningún trabajo forzoso, que consista de cualquier trabajo
o servicio, realizado de manera involuntaria, que se obtenga de una persona bajo
-- 145 of 420 --
amenaza de fuerza o sanción, e incluye cualquier tipo de trabajo forzoso u
obligatorio, como trabajo servil, servidumbre laboral o contratos de trabajo similares.
6.1.21 Trabajo Infantil
El Contratista no empleará a niños para que realice un trabajo que tenga
características de explotación económica, o pueda ser peligroso o pueda interferir
en la educación del niño, o sea perjudicial para su salud, o su desarrollo físico,
mental, espiritual, moral o social. Cuando las Leyes laborales pertinentes del País
tengan normas para el empleo de menores, el Contratista seguirá esas Leyes
aplicables al Contratista. Los menores de dieciocho (18) años no serán empleados
en trabajos peligrosos.
6.1.22 Registro de Historia Laboral de los Trabajadores
El Contratista mantendrá un registro completo y preciso sobre el empleo de
trabajadores en el Lugar de las Obras. El registro incluirá los nombres, edades,
sexos, horas trabajadas y salarios de todos los trabajadores. Este registro se
resumirá mensualmente y se enviará al Consultor. Este registro se incluirá en los
informes detallados que debe presentar el Contratista en virtud de la Sub-Cláusula
6.1.10 [Registro del Personal y los Equipos del Contratista] del Anexo 6.1.
6.1.23 Organizaciones de Trabajadores
En países donde la Ley nacional reconozca el derecho de los trabajadores a
establecer y adherirse sin interferencia a organizaciones de su elección, y el
derecho de negociación colectiva, el Contratista cumplirá con la Ley nacional. En
los casos en que la Ley nacional restrinja las organizaciones de trabajadores, el
Contratista se asegurará de que su Personal tenga medios alternativos para
expresar sus quejas y defender sus derechos en relación con las condiciones de
trabajo y los términos de empleo. En cualquier caso, descrito anteriormente y en los
casos en que la Ley nacional no se pronuncie al respecto, el Contratista no
desalentará al Personal del Contratista de formar o unirse a organizaciones de
trabajadores de su elección o de negociación colectiva, y no discriminará ni tomará
-- 146 of 420 --
represalias en contra del Personal que participe, o trate de participar, en dichas
organizaciones y negociaciones colectivas. El Contratista participará con dichos
representantes de trabajadores. Se espera que las organizaciones de trabajadores
representen justamente a los trabajadores en la fuerza laboral.
6.1.24 No Discriminación e Igualdad de Oportunidades
El Contratista no deberá tomar decisiones basándose en características personales
no relacionadas con requisitos inherentes al trabajo. El Contratista deberá basar la
relación laboral en el principio de igualdad de oportunidad y trato justo, y no deberá
discriminar en cuanto a contratación, compensación (incluyendo salarios y
beneficios), condiciones de trabajo y términos de empleo, acceso a entrenamiento,
ascensos, terminación de empleo o retiro y disciplina. El Contratista deberá cumplir
con la ley en los países en los que la discriminación es prohibida. Cuando la Ley
nacional no incluya provisiones en cuanto a la discriminación, el Contratista deberá
cumplir con los requerimientos de esta Sub-Cláusula 6.1.24. No se considerarán
como actos de discriminación las medidas especiales de protección o asistencia
tomadas para remediar discriminación pasada o selección de un trabajo en
particular basado en requerimientos inherentes del trabajo.
[fin.]
Anexo 10.5 (Procedimientos para Decisión y Ajuste de los Precios Unitarios de
Precios Iniciales)
10.5.1 Decisión y Ajuste de Precios Unitarios
(1) El Cliente y el Contratista acordarán y ajustarán el precio unitario en el
Formulario de Confirmación de Precios de conformidad con las Directrices
Aplicables.
(2) El precio unitario en el Formulario de Confirmación de Precios será usado
exclusivamente para los siguientes propósitos:
-- 147 of 420 --
(a) la base del ajuste del Precio del Contrato conforme a la Cláusula 10
[MODIFICACIONES], o
(b) confirmación del progreso de las Obras para un pago intermedio (parcial).
10.5.2 Decisión y Ajuste de Precios Iniciales de Materiales Específicos
El Cliente y el Contratista acordarán y ajustarán los precios iniciales de Materiales
Específicos de conformidad con las Directrices Aplicables.
[fin.]
-- 148 of 420 --
Condiciones Generales del Contrato para la
Adquisición de Equipos
Septiembre 2016
AGENCIA DE COOPERACIÓN
INTERNACIONAL DEL JAPÓN
(JICA)
-- 149 of 420 --
Cláusula 1 DISPOSICIONES GENERALES
1.1 Definiciones
En la interpretación del Contrato, los siguientes términos y expresiones tendrán los
significados definidos en el documento, excepto cuando el contexto indique lo
contrario. Los términos que se refieran a personas o partes incluirán empresas y
otras entidades jurídicas, excepto cuando el contexto requiera algo diferente.
(1) “Directrices Aplicables” significa las Directrices de Adquisición para las
Donaciones Japonesas, incluyendo las directrices referidas en las Directrices de
Adquisición especificadas en los Datos del Contrato.
(2) “Banco” significa un banco en Japón que realizará el convenio bancario con
el Comprador o la autoridad del gobierno del País bajo la Sub-Cláusula 3.1(3)
(Condiciones Elegibles para la Donación).
(3) “Fecha Base” significa la fecha que corresponde a veintiocho (28) días
previos a la fecha límite de presentación de la Carta de la Oferta que se especifica
en los Datos del Contrato.
(4) “Comprador” significa la persona nombrada como el Comprador que se
especifica en el Convenio.
(5) “Personal del Comprador” significa el Consultor, los asistentes referidos en la
Sub-Cláusula 5.2 (Delegación por el Consultor Gerente) y el resto del personal,
mano de obra y otros empleados del Comprador; así como cualquier otro personal
sobre el cual se notifique al Suministrador, por el Comprador o el Consultor, como
Personal del Comprador.
-- 150 of 420 --
(6) “Certificado de Terminación” significa el certificado emitido por el Consultor
confirmando la terminación de los Trabajos de Instalación o la Instrucción de
Operación, si es aplicable.
(7) “Consultor Gerente” significa el Consultor que está asignado como el director
del proyecto para el Proyecto y nombrado en los Datos del Contrato.
(8) “Fecha de Inicio” significa la fecha determinada bajo la Sub-Cláusula 7.1
(Inicio de los Trabajos de Adquisición).
(9) “(estas) Condiciones” significa estas Condiciones Generales del Contrato
para la Adquisición de Equipos y las Partes A y B de las Condiciones Particulares.
(10) “Consultor” significa la persona nombrada como el consultor especificado en
los Datos del Contrato.
(11) “Acuerdo de Consultoría” significa el acuerdo firmado entre el Comprador y
el Consultor con el objetivo de retener los servicios del Consultor para el Proyecto
por el Comprador.
(12) “Contrato” significa el contrato para la adquisición o cualquier otro servicio
pertinente que se ha firmado entre el Comprador y el Suministrador para el
Proyecto.
(13) “Convenio” significa el convenio firmado por el Comprador y el Suministrador
para los Proyectos referidos en la Sub-Cláusula 1.5(1)(i) (Prioridad de los
Documentos). Para evitar dudas, el Convenio no incluye los acuerdos referidos en
la Sub-Cláusula 1.5(1)(ii) a (viii).
(14) “Datos del Contrato” significa las páginas completadas por el Comprador
titulado “Datos del Contrato” que constituye la Parte A de las Condiciones
Particulares.
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(15) “Precio del Contrato” significa el precio indicado en los Datos del Contrato e
incluye ajustes de acuerdo con la Cláusula 9 (MODIFICACIONES).
(16) “Costo” significa todos los gastos en que haya incurrido (o incurra)
razonablemente el Suministrador, para la implementación del Proyecto, ya sea en
el Lugar del Proyecto o fuera de éste.
(17) “País” significa el país establecido en el Convenio y estipulado en el A/D
como un país receptor.
(18) “Defecto” significa el defecto de los Equipos y el incumplimiento de
cualesquier Trabajos para cumplir con el Contrato (a excepción del uso y desgaste
justo).
(19) “C/N” significa las notas canjeadas entre el gobierno del País estipulado en
el A/D y el Gobierno del Japón en relación con la Donación del Gobierno del Japón
referente al Proyecto.
(20) “Equipos” significa todos los equipos y materiales, incluidos, mas no de
manera exclusiva, repuestos y consumibles, que deban adquirirse para el Proyecto,
que se especifican en el Contrato y que se fabricarán, comprarán, equiparán,
instalarán y completarán, según sea el caso, de acuerdo con el Contrato.
(21) “Fuerza Mayor” tiene el significado definido en la Sub-Cláusula 13.1(1)
(Definiciones).
(22) “A/D” tiene el significado definido en el Convenio.
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(23) “Donación” significa el fondo para la implementación del Proyecto, que está
estipulado en el A/D.
(24) “Incoterms” significa reglas internacionales para la interpretación de términos
comerciales publicados por la Cámara de Comercio Internacional (última edición en
relación con la Fecha Base).
(25) “Trabajos de Instalación” tiene el significado definido en la Sub-Cláusula
2.3(1) (Trabajos de Instalación).
(26) “JICA” significa la agencia que fue establecida basándose en la Ley japonesa
sobre Institución Administrativa Independiente – la Agencia de Cooperación
Internacional del Japón promulgada en 2002 (en su forma enmendada).
(27) “Idioma” tiene el significado definido en la Sub-Cláusula 1.4(3) (Ley e Idioma).
(28) “Leyes” significa todas las legislaciones, estatutos, ordenanzas y otras leyes
nacionales (o estatales), y reglamentos y estatutos de cualquier autoridad pública
constituida legalmente.
(29) “Líder” significa, si el Suministrador es una empresa conjunta, consorcio u
otro grupo sin personalidad jurídica de dos o más personas, el miembro principal de
dicha empresa conjunta, consorcio u otro grupo sin personalidad jurídica
establecido en el Convenio.
(30) “Carta de la Oferta” significa el documento titulado carta de la oferta, que
elabora el Suministrador e incluye la oferta firmada dirigida al Comprador para los
Trabajos.
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(31) “Instrucción de Operación” tiene el significado definido en la Sub-Cláusula
2.4(1) (Instrucción de Operación).
(32) “Parte” significa el Comprador o el Suministrador, según sea el caso, y “las
Partes” significa ambos.
(33) “Calendario de Pago” significa el calendario de pago del Precio del Contrato
por el Comprador al Suministrador como remuneración para los Trabajos
especificadas en los Datos del Contrato como se describe en la Sub-Cláusula 8.1
(Precio del Contrato y Pago).
(34) “Garantía de Cumplimiento” significa la garantía (o garantías, si procede) bajo
la Sub-Cláusula 6.2 (Garantía de Cumplimiento).
(35) “Trabajos de Adquisición” tiene el significado definido en la Sub-Cláusula 2.2
(Trabajos de Adquisición).
(36) “Proyecto” significa el proyecto especificado en el Convenio de conformidad
con el A/D y que será implementado por el gobierno del País.
(37) “Lugar del Proyecto” significa el(los) sitio(s) de la entrega de los Equipos
como Trabajos de Adquisición, o ejecución de los Trabajos de Instalación o la
Instrucción de Operación (si es aplicable) especificada como el Lugar del Proyecto
en los Datos del Contrato.
(38) “Especificaciones” significa el documento titulado “especificaciones” y
cualquier adición o modificación a las especificaciones de acuerdo con el Contrato,
que especifica los Trabajos.
(39) “Suministrador” significa la persona nombrada como el Suministrador en el
Convenio.
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(40) “Documentos del Suministrador” significa los cálculos, programas de
computación y otros programas informáticos, planos, manuales, modelos y otros
documentos de naturaleza técnica (si los hubiere) proporcionados por el
Suministrador en virtud del Contrato.
(41) “Personal del Suministrador” significa todo el personal que utilice el
Suministrador, que puede incluir el personal, la mano de obra y otros empleados del
Suministrador y de cada Subcontratista; así como cualquier otro personal que asista
al Suministrador en la ejecución de los Trabajos.
(42) “Subcontratista” significa cualquier persona a quien el Suministrador
subcontrata cualquier parte de los Trabajos, y los sucesores legales de cada uno de
ellos.
(43) “Prueba de Terminación” significa una prueba por el Suministrador para
confirmar la terminación de los Trabajos de Instalación de conformidad con la Sub-
Cláusula 7.9 (Prueba de Terminación).
(44) “Plazo de Terminación” significa el plazo para terminar los Trabajos bajo la
Sub-Cláusula 7.2 (Plazo de Terminación), según consta en los Datos del Contrato
(incluida cualquier prórroga en virtud del Contrato).
(45) “Imprevisible” significa que no se puede prever razonablemente por un
suministrador con experiencia a la Fecha Base y “Previsible” significa lo contrario.
(46) “Plazo de Garantía” tiene el significado definido en la Sub-Cláusula 10.1(3)
(Garantía de los Equipos).
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(47) “Trabajos” significa los Trabajos de Adquisición, los Trabajos de Instalación
y la Instrucción de Operación (si es aplicable) para el Proyecto que se darán por el
Suministrador bajo el Contrato.
1.2 Interpretación
(1) En el Contrato:
(a) las palabras indicando un género incluyen todos los géneros;
(b) las palabras en singular también incluyen el plural y viceversa;
(c) las disposiciones que incluyen la palabra “acordar”, “acordado” o “acuerdo”
exigen que el acuerdo se haga constar por escrito;
(d) “escrito” o “por escrito” significa escrito a mano, mecanografiado, impreso o
elaborado de manera electrónica (incluyendo documentos PDF o facsímil, pero se
excluye el simple intercambio de e-mails u otros mensajes electrónicos), lo cual
produce un registro permanente; y
(e) la palabra “licitación” es sinónimo de “oferta”, y “licitador”, de “postor” y las
palabras “documentos de licitación”, de “pliego de condiciones”.
(2) Incoterms
Los Términos Comerciales incluyendo los términos CIP, CPT, CIF, FCA y otros
términos similares usados en el Contrato se interpretarán de conformidad con
Incoterms. En caso de que cualquier disposición del Contrato no sea coherente con
la interpretación de los términos comerciales de Incoterms, incluidas la Sub-
Cláusula 7.4 (Transporte de los Equipos), 7.8 (Recepción de los Equipos para los
Trabajos de Adquisición) y 7.10 (Recepción de los Equipos para los Trabajos de
Instalación), dichas disposiciones del Contrato prevalecerán.
(3) País de Origen
“Origen” bajo el Contrato significa el lugar donde los bienes o materiales hayan sido
desarrollados, extraídos, cultivados, producidos, fabricados o procesados; o donde,
mediante un proceso de fabricación, procesamiento, o ensamblaje, se obtenga otro
artículo reconocido comercialmente que difiere sustancialmente de sus
componentes en lo que respecta a sus características básicas. Todos los Equipos
que hayan de adquirirse bajo el Contrato tendrán su país de origen en cualquiera
,
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de los países de origen elegibles indicados en los documentos de licitación y
especificados en las Especificaciones.
(4) Divisibilidad del Contrato
Si una disposición o condición del Contrato fuese prohibida o resultase inválida o
inexigible, dicha prohibición, invalidez o inexigibilidad no afectará a la validez o
exigibilidad de las demás disposiciones o condiciones del Contrato. Las palabras al
margen y otros encabezados no deberán ser considerados para la interpretación de
estas Condiciones.
1.3 Comunicaciones
(1) En los casos en que en el Contrato se contemple la entrega o emisión de
aprobaciones, certificados, consentimientos, decisiones, notificaciones y
solicitudes, estas comunicaciones deberán ser:
(a) por escrito y entregadas personalmente (con acuse de recibo), enviadas por
correo o con servicio de encomienda especial (Courier), o remitidas mediante
cualquiera de los sistemas de transmisión electrónica acordados conforme figura en
los Datos del Contrato; y
(b) entregadas, enviadas o transmitidas a la dirección del receptor para fines de
comunicaciones que figure en los Datos del Contrato. Sin embargo:
(i) cuando el receptor haga una notificación de cambio de dirección, de ahí en
adelante las comunicaciones se enviarán a la dirección correspondiente; y
(ii) si el receptor no indicara algo diferente en las solicitudes de aprobación o
consentimiento, las comunicaciones podrán enviarse a la dirección desde la cual se
haya efectuado la solicitud.
(2) En el caso de las comunicaciones bajo la Sub-Cláusula 1.3(1) entre las
Partes, la Parte que comunica la información también deberá enviar una copia al
Consultor.
(3) Las aprobaciones, certificados, consentimientos y decisiones no deberán
retenerse ni demorarse sin razones válidas. Cuando se emita un certificado a una
Parte, el emisor enviará una copia a la otra Parte.
1.4 Ley e Idioma
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(1) El Contrato se regirá por y se interpretará conforme a las leyes del país u
otras jurisdicciones especificadas en los Datos del Contrato como la ley aplicable.
Las Partes aceptan dicha opción de ley que sea apropiada para los propósitos del
Contrato.
(2) La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa
Internacional de Mercaderías (CIM) no será aplicable al Contrato.
(3) Cualquier correspondencia entre las Partes, incluyendo notificaciones,
solicitudes, consentimientos, ofertas y demandas se harán en el idioma (“Idioma”)
establecido en los Datos del Contrato. Todos los planos, especificaciones, informes,
y otros documentos también serán preparados en el Idioma.
(4) Todos los documentos hechos bajo este Contrato adoptarán el sistema
métrico y calendario Gregoriano.
1.5 Orden de Prioridad de los Documentos
(1) Los documentos que conformen el Contrato deberán considerarse
mutuamente explicativos. Para fines de interpretación, el orden de prioridad de los
documentos se ceñirá a la siguiente secuencia:
(i) el Convenio,
(ii) la Carta de la Oferta,
(iii) las Condiciones Particulares - Parte A (Datos del Contrato, incluyendo el
Calendario de Pago),
(iv) las Condiciones Particulares - Parte B (Disposiciones Específicas),
(v) estas Condiciones Generales del Contrato para la Adquisición de Equipos,
(vi) las Especificaciones,
(vii) los Planos (si es aplicable), y
(viii) cualquier otro documento que forme parte del Contrato.
(2) Si se encuentra alguna ambigüedad o discrepancia en los documentos, el
Consultor emitirá las aclaraciones o instrucciones necesarias.
1.6 Entrada en Vigor del Convenio
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Salvo que se mencione algo diferente en las Disposiciones Específicas, el Contrato
entrará en vigor cuando las Partes firmen el Convenio.
1.7 Cesión
Ninguna de las Partes podrá ceder total o parcialmente el Contrato, como así
tampoco ningún otro beneficio o interés en el Contrato o con arreglo al Contrato. Sin
embargo, cualquiera de las Partes:
(a) podrá ceder la totalidad o parte del Contrato con el consentimiento previo de
la otra Parte y enviando notificación previa de dicha cesión a JICA, dicho acuerdo
estando a la sola discreción de dicha otra Parte, y
(b) podrá, como garantía a favor de un banco o entidad financiera, ceder su
derecho a recibir cualquier pago vencido o adeudado en virtud del Contrato con el
consentimiento previo de la otra Parte y enviando notificación previa de dicha cesión
a JICA y al Banco.
1.8 Detalles Confidenciales
(1) El Personal del Suministrador y del Comprador divulgarán a la otra Parte o
JICA toda la información confidencial y de otra índole que se solicite
razonablemente para verificar el cumplimiento del Contrato y permitir su debida
ejecución.
(2) Cada Parte y su Personal deberán tratar la información del Contrato con
carácter privado y confidencial, salvo en la medida necesaria para cumplir las
obligaciones contraídas por cada uno de ellos en virtud del Contrato o para cumplir
las Leyes pertinentes. Ninguno de ellos publicará ni divulgará información acerca de
los Trabajos preparada por la otra Parte sin el consentimiento previo de dicha Parte.
Sin embargo, el Suministrador podrá divulgar cualquier información de dominio
público o información que se requiera para demostrar sus calificaciones para
competir en otros proyectos cuanto sea necesario.
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1.9 Cumplimiento de la Legislación
En el cumplimiento del Contrato, el Suministrador cumplirá las leyes pertinentes.
Salvo indicación en otro sentido en las Disposiciones Específicas:
(a) el Comprador deberá haber obtenido (o deberá obtener) el permiso o
permisos necesarios establecidos en las Especificaciones que deba haberse
obtenido (o deba obtenerse) por el Comprador; y el Comprador indemnizará y
amparará al Suministrador de las consecuencias que se deriven de cualquier
incumplimiento al respecto;
(b) a menos que se indique lo contrario en el C/N, el A/D o los Datos del Contrato,
el Suministrador dará todas las notificaciones, y obtendrá todos los permisos,
licencias y aprobaciones, como se requiere por las Leyes en relación a la ejecución
y terminación de los Trabajos y la reparación de cualquier Defecto; y el
Suministrador indemnizará y amparará al Comprador contra y de todas las
consecuencias que se deriven de cualquier incumplimiento al respecto, a menos
que el Suministrador se vea impedido de realizar estas acciones y muestre
evidencia de la diligencia; y
(c) no obstante, la Sub-Cláusula 1.9(b) (Complimiento de la Legislación), al
Suministrador se le eximirá de cualquier impuesto, derecho y tasa que pueda
imponerse bajo las Leyes del País en relación a la ejecución y terminación de los
Trabajos conforme con el C/N, el A/D y las Disposiciones Específicas.
1.10 Responsabilidad Conjunta y Solidaria
Si el Suministrador establece (bajo las Leyes aplicables) una empresa conjunta,
consorcio u otro grupo sin personalidad jurídica de dos o más personas:
(a) dichas personas serán consideradas responsables en forma conjunta y
solidaria ante el Comprador por el cumplimiento del Contrato;
(b) dichas personas notificarán al Comprador el nombre de su Líder, quien tendrá
la autoridad para obligar en forma vinculante al Suministrador y a cada una de esas
personas; y
(c) el Suministrador no modificará su composición ni su situación jurídica sin el
consentimiento previo del Comprador.
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1.11 Acuerdo Entero
El Contrato constituye el acuerdo entero entre las Partes respecto al tema contenido
aquí y reemplaza y anula todos los otros previos acuerdos, negociaciones,
compromisos y escritos respecto a este Contrato.
1.12 Enmiendas al Contrato
Cualquier enmienda al Contrato, en caso necesario, podrá ser negociada entre las
Partes y la conformidad será expresada mediante un documento escrito y firmado
por las Partes, que estará sujeto a la “no objeción” de JICA bajo la Sub-Cláusula
3.2(2) (La “No Objeción” para el Contrato). El Consultor les asistirá durante el
proceso de enmiendas.
Cláusula 2 ALCANCE DE LOS TRABAJOS
2.1 Alcance de los Trabajos
Los Trabajos bajo el Contrato incluirán los Trabajos de Adquisición, los Trabajos de
Instalación (si es aplicable) y la Instrucción de Operación (si es aplicable).
2.2 Trabajos de Adquisición
El Suministrador adquirirá los Equipos conforme a lo establecido como los Trabajos
(“Trabajos de Adquisición”) en los Datos del Contrato para el Proyecto.
2.3 Trabajos de Instalación
(1) El Suministrador instalará los Equipos conforme a lo establecido como los
Trabajos (“Trabajos de Instalación”) en los Datos del Contrato para el Proyecto si
dichos Trabajos de Instalación se estipulan en los Datos del Contrato. Si en los
Datos del Contrato no se estipula ninguno de los Trabajos de Instalación, las
disposiciones que estipulan los Trabajos de Instalación incluyendo esta Sub-
Cláusula 2.3 no serán aplicables.
(2) Salvo que se especifique algo diferente en las Disposiciones Específicas, el
Suministrador nombrará a un (1) representante residente que tenga la habilidad
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suficiente para ejecutar los Trabajos de Instalación y hará que él lleve a cabo dichos
Trabajos de Instalación en el Lugar del Proyecto. El Suministrador obtendrá el
consentimiento previo del Consultor para el representante residente propuesto.
2.4 Instrucción de Operación
(1) El Suministrador llevará a cabo la instrucción de operación y mantenimiento
de los Equipos y cualquier cosa relacionada con lo mencionado en cumplimiento
con el Contrato como los Trabajos (“Instrucción de Operación”) si dicha Instrucción
de Operación se estipula en los Datos del Contrato. Si en los Datos del Contrato no
se estipula ninguna Instrucción de Operación, las disposiciones que estipulan la
Instrucción de Operación incluyendo esta Sub-Cláusula 2.4 no serán aplicables.
(2) Salvo que se especifique algo diferente en las Disposiciones Específicas, el
Suministrador nombrará a un (1) representante residente que tenga la habilidad
suficiente para ejecutar la Instrucción de Operación y hará que él lleve a cabo dicha
Instrucción de Operación en el Lugar del Proyecto. El Suministrador obtendrá el
consentimiento previo del Consultor para el representante residente propuesto.
Cláusula 3 RÉGIMEN DE LA DONACIÓN JAPONESA
3.1 Condiciones Elegibles para la Donación
(1) Las Partes se dan por entendidas de que la Donación será otorgada de
acuerdo con las Leyes de Japón y la Donación deberá ser desembolsada dentro del
límite de las asignaciones presupuestarias de Japón. Para la implementación del
Proyecto, en relación con el desembolso de la Donación, el Comprador deberá
cumplir, en todos los aspectos, con los términos y condiciones del A/D y las
Directrices Aplicables, y el Suministrador deberá tener en cuenta las obligaciones
del Comprador bajo el A/D y las Directrices Aplicables, y deberá cumplir con las
obligaciones del Comprador y los procedimientos practicados en el régimen para la
Donación. Las Partes entienden que JICA no financia los gastos por los productos
y servicios que, en la opinión de JICA, no se han adquirido de acuerdo con el A/D y
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las Directrices Aplicables. Si la Donación cubre el Costo, el pago del Costo se
efectuará de acuerdo con los criterios establecidos por JICA.
(2) Las Partes se dan por entendidas de que la Donación estará disponible
durante el período definido en el A/D, salvo que el período sea extendido por
consentimiento mutuo entre las autoridades competentes del Gobierno del País y
JICA dentro del período disponible del C/N.
(3) De acuerdo con el A/D y las Directrices Aplicables, el Comprador realizará, o
hará que el gobierno pertinente del País realice, un convenio bancario (C/B) con el
Banco para autorizar que el Banco pague el Precio del Contrato con la Donación al
Suministrador en los plazos y forma debidos bajo el Contrato. El pago al
Suministrador bajo el Contrato que se realice con la Donación deberá efectuarse en
yenes japoneses a través del Banco bajo una autorización de pago (A/P) que será
emitida por el Comprador o el gobierno autorizado pertinente del País al Banco de
conformidad con el A/D.
3.2 La “no objeción” para el Contrato
(1) Inmediatamente después de firmar el Convenio, el Comprador debe
presentar el original del Contrato a JICA para su revisión y obtener la “no objeción”
de JICA para que el Contrato sea verificado como elegible para la Donación de
acuerdo con el A/D y las Directrices Aplicables.
(2) El Comprador debe notificar a JICA de cualquier evento que implique
cualquier enmienda importante al Contrato, como lo establecido en las Directrices
Aplicables inmediatamente después del acontecimiento de dicho evento o por causa
de la terminación del Contrato. En caso de una enmienda importante, incluyendo
una causada por terminación, inmediatamente después de firmar la enmienda al
Contrato, el Comprador debe presentar el original y otros documentos necesarios a
JICA para su revisión y obtener la “no objeción” de JICA para que dicha enmienda
sea verificada como elegible para la Donación de acuerdo con el A/D y las
Directrices Aplicables.
(3) El Comprador deberá notificar a JICA cualquier prórroga del Plazo de
Terminación de los Trabajos, presentar documentos declarando las razones
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justificando la prórroga para la revisión, y obtener la “no objeción” previa de JICA
antes que el Contrato se modifique en caso de que:
(a) dicha prórroga sea más de tres (3) meses; o
(b) el período entre la fecha que ocurra más tarde de
(i) la fecha propuesta extendida para la Terminación de los Trabajos, y
(ii) la fecha final del período extendido para la ejecución de todos los contratos
incluyendo el Acuerdo de Consultoría bajo el Proyecto
y la última fecha del plazo de disponibilidad de la Donación sea de menos de seis
(6) meses, de acuerdo con el A/D y las Directrices Aplicables.
3.3 La “no objeción” para la Modificación de los Trabajos, las Especificaciones y
Planos
En caso de una modificación importante a los Trabajos, las Especificaciones y
Planos como se establece en las Directrices Aplicables, el Comprador deberá
obtener la “no objeción” previa de JICA antes de la implementación de cualquier
trabajo en relación a la modificación de los Trabajos, las Especificaciones y Planos
de acuerdo con el A/D y las Directrices Aplicables.
3.4 La “no objeción” para la Asignación del Saldo Restante o las Contingencias
de la Donación
En caso de usar el saldo restante o las contingencias (si es aplicable) de la
Donación, el Comprador deberá obtener la “no objeción” previa de JICA antes de
que se tome cualquier medida en relación al uso del saldo restante o las
contingencias de acuerdo con el A/D y las Directrices Aplicables.
3.5 Referencia a la Donación
Ninguna parte, aparte del Comprador, deberá obtener cualquier derecho del A/D o
reclamar la Donación. La Donación cubrirá solamente una parte del Costo del
Proyecto, y para la porción restante el Comprador deberá tomar medidas
apropiadas para el financiamiento.
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3.6 Visita al Lugar
El Comprador deberá permitir, o tomar las medidas necesarias para permitir, a los
representantes de JICA que visiten cualesquiera instalaciones y sitios para el
Proyecto y para examinar los productos y servicios de cualquier planta, instalación,
sitio, obras, edificio, propiedad, equipos, libros, cuentas, registros y documentos
pertinentes al cumplimiento de las obligaciones del Comprador bajo el A/D. El
Comprador y el Suministrador proporcionarán dicha asistencia razonable para
permitir dicha visita al sitio.
Cláusula 4 EL COMPRADOR
4.1 Responsabilidades del Comprador bajo el C/N
El Comprador deberá realizar sus obligaciones como se establece en el C/N y
deberá coordinar con la organización pertinente para realizar las obligaciones del
Comprador bajo el C/N.
4.2 Responsabilidades del Comprador bajo el A/D
El Comprador deberá realizar sus obligaciones como se establece en los Datos del
Contrato, incluyendo las que se describen en el A/D para su correcta
implementación del Proyecto de acuerdo con el A/D y deberá hacer su mayor
esfuerzo para que le haga a la organización pertinente realizar las obligaciones de
acuerdo con el A/D.
4.3 Responsabilidades del Comprador bajo el Acuerdo de Consultoría
El Comprador ejecutará y amparará en plena vigencia y efecto el Acuerdo de
Consultoría con el Consultor para retener los servicios del Consultor para el
Proyecto. El Acuerdo de Consultoría deberá proporcionar los mismos derechos y
obligaciones del Consultor como se establece en el presente documento.
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4.4 Permisos, Licencias o Aprobaciones
El Comprador prestará asistencia razonable al Suministrador, cuando éste así lo
solicite, para obtener:
(a) copias de las Leyes del País que sean pertinentes para el Contrato pero que
no se encuentren fácilmente disponibles, y
(b) cualesquier permisos, licencias o aprobaciones que exijan las Leyes del País:
(i) que el Suministrador esté obligado a obtener de conformidad con la Sub-
Cláusula 1.9 (Cumplimiento de la Legislación),
(ii) para la entrega de los Equipos, incluyendo su despacho de aduana, y
(iii) para la exportación, importación, movilización, desmovilización y/o cualquier
uso de los Equipos del Suministrador.
4.5 Cooperación con el Representante Residente
El Comprador cooperará con el representante residente del Suministrador
nombrado bajo la Sub-Cláusula 2.3(2) (Trabajos de Instalación) y 2.4(2) (Instrucción
de Operación) en las negociaciones y trámites con las distintas autoridades
competentes y organizaciones públicas y privadas para la ejecución de los Trabajos.
4.6 Arreglos Financieros
(1) El Comprador deberá presentar al Suministrador, después de la Fecha de
Inicio y dentro de un plazo de veintiocho (28) días a partir de la fecha en que reciba
una solicitud del Suministrador, evidencia razonable de que se han hecho y se
mantienen los arreglos financieros que han de permitir que el Comprador pague el
Precio del Contrato que no debe ser pagado con la Donación (según se calcule en
el momento de la entrega) de conformidad con el Contrato. Antes de hacer cualquier
cambio sustancial a sus arreglos financieros, el Comprador deberá notificar al
Suministrador y proporcionar información detallada al respecto.
(2) Si JICA notifica al Comprador que JICA ha suspendido el desembolso de la
Donación bajo el A/D, el Comprador notificará de la suspensión al Suministrador
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con la información detallada, incluida la fecha de la notificación por JICA, dentro de
siete (7) días del recibo por el Comprador de la notificación de JICA. El Comprador
también deberá presentar al Suministrador, dentro de sesenta (60) días después de
la fecha de esta notificación por JICA, evidencia razonable de que se han hecho y
se mantienen los arreglos financieros que han de permitir que el Comprador pague
el Precio del Contrato que no debe ser pagado con la Donación (según se calcule
en el momento de la entrega).
Cláusula 5 EL CONSULTOR
5.1 Obligaciones y Facultades del Consultor
(1) El Consultor proporcionará servicios de consultoría establecidos en el
Acuerdo de Consultoría para el Proyecto para asegurar que los trabajos ejecutados
por el Suministrador bajo el Proyecto estén en cumplimiento con el Contrato en
coordinación con el Comprador. Los servicios de consultoría incluirán aquellos
especificados en los Datos del Contrato.
(2) El Consultor hará informes necesarios cada cierto tiempo o de acuerdo a las
instrucciones del Comprador sobre la ejecución y progreso del Proyecto.
(3) El Consultor llevará a cabo las inspecciones necesarias incluyendo la
inspección pre-embarque y presenciar las pruebas de conformidad a la Cláusula 7
(EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS).
(4) El Consultor llevará a cabo la Prueba de Terminación necesaria para los
Trabajos de Instalación y emitirá un certificado necesario del recibo de los Equipos
y el Certificado de Terminación al Suministrador bajo el Contrato.
(5) El Consultor tendrá bajo su custodia la Garantía de Cumplimiento y la
garantía de pago anticipado (si es aplicable) bajo la Sub-Cláusula 8.3 (Garantía de
Pago Anticipado) que serán emitidas en relación con el Contrato.
(6) El Consultor deberá asignar ingenieros adecuadamente cualificados y otros
profesionales competentes para cumplir las obligaciones bajo el Contrato.
(7) El Consultor no tendrá autoridad para modificar el Contrato.
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(8) El Consultor podrá ejercer las facultades que se le confieran explícitamente
en el Contrato o se deriven implícitamente del mismo. Si el Consultor debe obtener
la aprobación del Comprador antes de ejercer una facultad en particular, los
requisitos serán los que se indican en las Disposiciones Específicas o notificar
debidamente al Suministrador.
(9) Salvo indicación diferente en el Contrato:
(a) cuando el Consultor cumpla sus obligaciones o ejerza sus facultades, ya sea
que éstas se especifiquen en el Contrato o que se deriven en forma implícita del
mismo, se considerará que actúa en nombre del Comprador;
(b) el Consultor no tendrá autoridad para eximir a ninguna de las Partes de
cualesquier deberes, obligaciones o responsabilidades en virtud del Contrato;
(c) ninguna aprobación, verificación, certificado, consentimiento, examinación,
inspección, instrucción, notificación, propuesta, solicitud, prueba o acto de esa
índole del Consultor (incluida la no desaprobación) eximirá al Suministrador de
cualquier responsabilidad que tenga en virtud del Contrato en cuanto a errores,
omisiones, discrepancias e incumplimientos; y
(d) salvo que se indique algo diferente en forma expresa, cualquier acto realizado
por el Consultor en respuesta a una solicitud del Suministrador deberá ser notificado
dentro del plazo de veintiún (21) días de recibida la solicitud o dentro de otro período
que pueda ser propuesto por el Consultor y aceptado por el Suministrador en caso
que el acto del Consultor en respuesta a la solicitud del Suministrador requiera una
respuesta de JICA o una organización pertinente.
(10) El Consultor obtendrá, antes de actuar, la aprobación específica del
Comprador, de la cual se requiere que el Comprador obtenga la “no objeción” de
JICA bajo la Cláusula 3 (RÉGIMEN DE LA DONACIÓN JAPONESA).
5.2 Delegación por parte del Consultor Gerente
(1) El Consultor asignará al Consultor Gerente como el representante que
actuará en nombre del Consultor.
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(2) El Consultor Gerente podrá ocasionalmente asignar deberes y delegar
autoridad a los asistentes, y también podrá revocarlas. La asignación, delegación o
revocación deberán hacerse por escrito y no entrarán en vigor hasta que ambas
Partes hayan recibido copia de la notificación. Sin embargo, salvo que ambas Partes
acuerden otra cosa, el Consultor Gerente no podrá delegar la autoridad para
resolver cualquier asunto de conformidad con la Sub-Cláusula 5.4 (Discusión y
Decisión) o cualquier asunto que requiera la aprobación del Comprador bajo el
Contrato.
(3) Cada asistente asignado y delegado bajo la Sub-Cláusula 5.2(1) estará
autorizado únicamente a impartir instrucciones al Suministrador en la medida
definida en la delegación y cualquier acto por parte de un asistente, tendrá el mismo
efecto que si proviniera del Consultor.
5.3 Instrucciones del Consultor
El Consultor podrá impartir al Suministrador (en cualquier momento) instrucciones
que se necesiten para la ejecución de los Trabajos y la reparación de cualquier
Defecto, de conformidad con el Contrato. El Suministrador solo responderá a las
instrucciones del Consultor, o del asistente en el que se haya delegado la autoridad
pertinente en virtud de la Sub-Cláusula 5.2 (Delegación por parte del Consultor
Gerente). El Suministrador cumplirá con las instrucciones que impartan el Consultor
o el asistente en quien se haya delegado dicha autoridad, en relación con cualquier
asunto del Contrato. Siempre que sea posible, las instrucciones se impartirán por
escrito.
5.4 Discusión y Decisión
(1) En los casos en que estas Condiciones contemplen que el Consultor proceda
de acuerdo con esta Sub-Cláusula 5.4(1) para discutir cualquier asunto, el Consultor
tendrá una discusión sobre el asunto con ambas Partes. El Consultor coordinará y
reconciliará sus opiniones, y responderá con comentarios detallados sobre el asunto
y dará su opinión en la procura de llegar a un acuerdo.
-- 169 of 420 --
(2) En los casos en que estas Condiciones contemplen que el Consultor proceda
de acuerdo con esta Sub-Cláusula 5.4(2) para acordar o resolver algún asunto, el
Consultor consultará con cada una de las Partes con el fin de llegar a un acuerdo.
De no lograrse un acuerdo dentro de un período razonable, el Consultor tomará una
decisión justa de acuerdo con el Contrato, tomando en cuenta todas las
circunstancias pertinentes. El Consultor dará una notificación a ambas Partes sobre
la decisión, con los detalles del caso, dentro de veintiocho (28) días de haber
recibido la correspondiente queja o solicitud u otro período que se especifique de
otra manera en el Contrato o se convenga entre las Partes.
(3) Cada Parte seguirá la decisión bajo la Sub-Cláusula 5.4(2) a menos que una
Parte notifique su inconformidad de la decisión a la otra Parte dentro de catorce (14)
días desde la fecha de la determinación, después de la cual las Partes deberán
seguir los procedimientos mencionados en la Sub-Cláusula 14.3(3) (Solución y
Arbitraje). Las Partes seguirán el acuerdo bajo esta Sub-Cláusula 5.4.
Cláusula 6 EL SUMINISTRADOR
6.1 Obligaciones Generales del Suministrador
(1) El Suministrador realizará los Trabajos de Adquisición, los Trabajos de
Instalación y/o la Instrucción de Operación y reparar cualquier Defecto de
conformidad con el Contrato.
(2) El Suministrador presentará al Consultor la lista del país/área de origen de
cada elemento de los Equipos.
(3) El Suministrador llevará a cabo los Trabajos:
(a) de la forma (si la hubiere) que se señale en el Contrato,
(b) de manera profesional y cuidadosa, de conformidad con las mejores
prácticas reconocidas, y
(c) con dependencias debidamente equipadas y materiales no peligrosos, salvo
que se indique otra cosa en el Contrato.
-- 170 of 420 --
(4) El Suministrador será responsable de los medios, métodos, técnicas,
secuencias o procedimientos de implementación, y del control de seguridad en
relación con los Trabajos. El Suministrador velará por el carácter adecuado, la
estabilidad y la seguridad de todos los Trabajos en el Lugar del Proyecto.
(5) Salvo que se indique otra cosa en las Disposiciones Específicas, el
Suministrador será responsable del cuidado de los Equipos, incluyendo el
almacenamiento, transporte y prueba, hasta la recepción en virtud de la Sub-
Cláusula 7.8 (Recepción de los Equipos para los Trabajos de Adquisición) o 7.10
(Recepción de los Equipos para los Trabajos de Instalación) y/o la terminación de
la Instrucción de Operación bajo la Sub-Cláusula 7.11 (Terminación de la Instrucción
de Operación).
(6) El Suministrador no se responsabilizará de cualquier diseño, dato, plano,
especificación u otro documento, o cualquier modificación proporcionada o
diseñada principalmente por el Comprador o el representante del Comprador. El
Suministrador, a sus propias expensas, tomará las medidas necesarias de acuerdo
con el Contrato y Leyes pertinentes para evitar daños a los Trabajos, materiales,
bienes, equipos o dependencias en el Lugar del Proyecto, o cualquier tercero, hasta
la terminación de los Trabajos.
(7) El Suministrador llevará a cabo una inspección y prueba necesaria de los
Equipos antes del embarque para asegurar que los Equipos hayan sido fabricados
de conformidad con el Contrato bajo la Sub-Cláusula 7.7.
(8) El Suministrador deberá, si se especifica en las Especificaciones, obtener
garantías de los fabricantes o los suministradores para el Comprador, las cuales
contendrán la declaración de que los bienes consumibles y repuestos de los equipos
principales están en stock y disponibles para proporcionarlos a un costo razonable
durante al menos cinco (5) años u otro período especificado en las Especificaciones
desde la fecha del Certificado de Terminación de los Trabajos finales. Para evitar
dudas, dichas garantías no eximirán al Suministrador de cualquier garantía u otras
obligaciones en virtud del Contrato.
(9) El Suministrador será responsable de los actos u omisiones del
Subcontratista del Suministrador, cualquiera de los agentes o empleados del
-- 171 of 420 --
Suministrador, o cualquier otra persona que realice cualquier parte de los Trabajos
para el Suministrador.
6.2 Garantía de Cumplimiento
(1) El Suministrador proporcionará al Consultor, dentro de un plazo de catorce
(14) días después de la firma del Convenio, una garantía de cumplimiento (“Garantía
de Cumplimiento”) por el monto estipulado en los Datos del Contrato emitida por
una institución financiera japonesa, la cual asegure la adecuada ejecución de todas
las obligaciones del Suministrador durante el período que va desde la fecha de la
firma del Convenio a la fecha que ocurra más tarde de (i) la recepción de los Equipos
bajo la Sub-Cláusula 7.8 (Recepción de los Equipos para los Trabajos de
Adquisición) o 7.10 (Recepción de los Equipos para los Trabajos de Instalación) y
(ii) el Certificado de Terminación de la Instrucción de Operación bajo la Sub-
Cláusula 7.11 (Terminación de la Instrucción de Operación).
(2) A menos que se indique lo contrario en las Disposiciones Específicas, el
Comprador devolverá la Garantía de Cumplimiento dentro de un plazo de veintiún
(21) días después de la terminación de los Trabajos finales bajo el Contrato, lo que
será confirmado por (i) el certificado del recibo de los Equipos para la entrega final
de los Equipos sujeto a la Sub-Cláusula 7.8, (ii) el Certificado de Terminación de los
Trabajos de Instalación sujeto a la Sub-Cláusula 7.10, y (iii) el Certificado de
Terminación de la Instrucción de Operación sujeto a la Sub-Cláusula 7.11.
(3) El Comprador podrá hacer un reclamo bajo la Garantía de Cumplimiento por
los montos que el Comprador tenga derecho bajo el Contrato.
(4) Sin perjuicio de lo dispuesto en el resto de esta Sub-Cláusula 6.2, cuando el
Precio del Contrato se ajuste de conformidad con la Cláusula 9
(MODIFICACIONES) y el precio ajustado supere el veinticinco (25) por ciento del
Precio del Contrato, el Suministrador, a solicitud del Consultor, procederá sin
demora a aumentar o reducir, según corresponda, el valor de la Garantía de
Cumplimiento en el mismo porcentaje.
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6.3 Subcontratación
(1) El Suministrador no puede subcontratar la totalidad de los Trabajos.
(2) El Suministrador será responsable de las acciones u omisiones de cualquier
Subcontratista, sus agentes o empleados, como si fueran las suyas propias.
(3) Salvo indicación en contrario en las Disposiciones Específicas:
(a) el Suministrador no estará obligado a tener aprobación cuando se trate de
suministradores de materiales únicamente para los Trabajos de Instalación, o para
la contratación de un Subcontratista que esté especificado en el Contrato; y
(b) el Suministrador obtendrá el consentimiento previo del Consultor cuando se
trate de la contratación de cualquier subcontratista incluidos los sucesores legales
para los Subcontratistas, antes de designar o admitir a los subcontratistas
propuestos como el Subcontratista.
(4) El Suministrador se asegurará de que los requisitos que se le imponen en la
Sub-Cláusula 1.8 (Detalles Confidenciales) y 11.3 (Prácticas Corruptas y
Fraudulentas) se apliquen igualmente a cada Subcontratista.
6.4 Conformidad con las Especificaciones y Planos
(1) Los Equipos y los Trabajos suministradas bajo este Contrato se ajustarán a
las condiciones incluyendo estándares para los Equipos y los Trabajos
mencionadas en las Especificaciones y los Planos. Si dichos estándares no se
mencionan en las Especificaciones y los Planos, los estándares serán equivalentes
o superiores a los estándares oficiales aplicables en el país de origen de los Equipos
y en el País para los Trabajos.
(2) Si los Equipos o cualquiera de sus materiales especificados en las
Especificaciones y Planos no están disponibles, el Suministrador adquirirá, sujeto a
la aprobación previa por el Consultor, Equipos alternativos y/o materiales, según
corresponda el caso, que serán equivalentes o superiores a los originales, sin el
incremento del Precio del Contrato.
-- 173 of 420 --
6.5 Seguro
(1) El Suministrador asegurará, a sus propias expensas, los Trabajos de
conformidad con la Sub-Cláusula 6.5 (2) a la (4) con aseguradores acreditados.
(2) El Suministrador contratará un seguro para los Trabajos de Adquisición hasta
la emisión del certificado del recibo de los Equipos para la entrega final de los
Equipos sujeto a la Sub-Cláusula 7.8 (Recepción de los Equipos para los Trabajos
de Adquisición). Salvo que se indique otra cosa en los Datos del Contrato, el seguro
para los Trabajos de Adquisición cubrirá todos los riesgos en el transporte de los
Equipos, incluyendo guerra y huelgas, riesgos de disturbios y conmoción civil, y/o
cualesquier otros riesgos como se especifica en los Datos del Contrato.
(3) Salvo que se indique otra cosa en los Datos del Contrato, el Suministrador
asegurará los Trabajos de Instalación y por un valor no inferior al costo total de
restablecimiento, incluidos los costos de demolición, retiro de escombros y
honorarios profesionales hasta la recepción de los Trabajos de Instalación bajo la
Sub-Cláusula 7.10 (Recepción de los Equipos para los Trabajos de Instalación).
(4) Salvo que se indique otra cosa en los Datos del Contrato, el Suministrador
asegurará la Instrucción de Operación hasta la emisión del Certificado de
Terminación de la Instrucción de Operación.
6.6 Conocimiento de las Condiciones Locales
(1) En la medida en que fuera posible (tomando en cuenta el costo y el tiempo),
se considerará que el Suministrador ha obtenido toda la información necesaria
acerca de los riesgos, contingencias y otras circunstancias que puedan influir o
afectar a la Carta de la Oferta o los Trabajos. En la misma medida, se considerará
que el Suministrador ha inspeccionado y examinado el Lugar del Proyecto, sus
alrededores, los documentos y datos pertinentes, y otra información disponible, y
que antes de presentar la Carta de la Oferta se habrá asegurado sobre todos los
asuntos pertinentes.
(2) El Suministrador será responsable de los asuntos que resulten de su
ignorancia o por no tomar en cuenta información requerida en la Sub-Cláusula 6.6(1)
y no podrá hacer ningún reclamo al Consultor, Comprador y/o JICA.
-- 174 of 420 --
6.7 Procedimiento de Seguridad
El Suministrador deberá:
(a) cumplir con todos los reglamentos de seguridad aplicables y “la Guía de
Gestión de Seguridad de las Obras de Construcción en los Proyectos de AOD del
Japón” (si es aplicable);
(b) asegurarse de la seguridad de todas las personas que tengan derecho a estar
en el Lugar del Proyecto, mientras el Suministrador lleva a cabo los Trabajos en el
Lugar del Proyecto; y
(c) hacer esfuerzos razonables para que el Lugar del Proyecto y los Trabajos
estén libres de obstrucciones innecesarias para evitar el peligro.
6.8 Sistema de Control de Calidad
(1) El Suministrador establecerá un sistema de control de calidad para demostrar
el cumplimiento de los requisitos bajo el Contrato. El sistema se ceñirá a la
información que figura en el Contrato. El Consultor podrá auditar cualquier aspecto
del sistema.
(2) El cumplimiento del sistema de control de calidad no eximirá al Suministrador
de ninguno de sus deberes, obligaciones o responsabilidades en virtud del Contrato.
6.9 Protección del Medio Ambiente
El Suministrador tomará todas las medidas necesarias para proteger el medio
ambiente (dentro y fuera del Lugar del Proyecto) y para evitar daños o molestias a
las personas y propiedades públicas como consecuencia de la contaminación, ruido
y otros problemas derivados de sus operaciones.
Cláusula 7 EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
7.1 Inicio de los Trabajos de Adquisición
-- 175 of 420 --
(1) A menos que se indique otra cosa en las Disposiciones Específicas, la Fecha
de Inicio será la fecha en que se hayan cumplido las condiciones previas que se
mencionan a continuación y el Suministrador haya recibido la instrucción del
Consultor para que se inicien los Trabajos de Adquisición:
(a) firma del Convenio por ambas Partes, y si es requerido, la aprobación del
Contrato por parte de las autoridades correspondientes del País; y
(b) conclusión del convenio bancario (C/B) de conformidad con la Sub-Cláusula
3.1(3) (Condiciones Elegibles para la Donación).
(2) El Suministrador comenzará los Trabajos de Adquisición inmediatamente
después de la Fecha de Inicio.
7.2 Plazo de Terminación
El Suministrador terminará los Trabajos en o antes de la fecha de terminación de
los Trabajos que se especifican en los Datos del Contrato, incluyendo;
(a) la terminación de todas los Trabajos exigidos en el Contrato para considerar
finalizados los Trabajos, a los efectos de la recepción de los trabajos con arreglo a
la Sub-Cláusula 7.8 (Recepción de los Equipos para los Trabajos de Adquisición) o
7.10 (Recepción de los Equipos para los Trabajos de Instalación), y
(b) ejecutar los Trabajos para que pasen la Prueba de Terminación de los
Trabajos (si la hubiere).
7.3 Programa de Trabajos
El Suministrador presentará al Consultor un calendario cronológico detallado para
todos los Trabajos, incluyendo el programa de embarque y entrega, y obtendrá el
consentimiento del Consultor dentro de un plazo de catorce (14) días después de la
Fecha de Inicio. El Suministrador también obtendrá el consentimiento del Consultor
sobre la revisión, si la hubiere. Para evitar dudas, cualquier consentimiento bajo esta
Sub-Cláusula 7.3 no eximirá al Suministrador de cualquier responsabilidad en virtud
del Contrato.
-- 176 of 420 --
7.4 Transporte de los Equipos
(1) El Suministrador empacará de forma segura los Equipos de acuerdo con los
Datos del Contrato para evitar daños durante el transporte.
(2) El Suministrador embarcará o entregará los Equipos de acuerdo con los
Datos del Contrato sujeto a la emisión de la autorización de pago (A/P) bajo la Sub-
Cláusula 3.1(3) (Condiciones Elegibles para la Donación).
(3) Sin perjuicio de cualesquier términos de comercio de Incoterms que se
especifican en los Datos del Contrato, el Suministrador será responsable del
transporte de los Equipos desde el(los) lugar(es) de adquisición al (a los) lugar(es)
designado(s) para la entrega o, si se incluyen los Trabajos de Instalación, al (a los)
lugar(es) de instalación de conformidad con la Sub-Cláusula 7.4(2).
(4) Para el propósito de pago y arreglo del transporte, a menos que se indique
otra cosa en los Datos del Contrato, la responsabilidad del Suministrador para el
arreglo del transporte de los Equipos será de acuerdo con los términos de comercio
de Incoterms que se especifican en los Datos del Contrato.
7.5 Acceso por parte del Personal del Comprador
(1) En toda oportunidad que se considere razonable, el Personal del Comprador:
(a) tendrá pleno acceso a todas las partes de los Trabajos, y
(b) tendrá derecho a examinar, inspeccionar, medir y poner a prueba los
materiales y a la calidad del trabajo de manufactura, así como a verificar el progreso
de los Trabajos, incluyendo la producción y fabricación de los Equipos y sus
materiales.
(2) El Suministrador dará al Personal del Comprador plena oportunidad de llevar
a cabo las actividades proporcionadas en la Sub-Cláusula 7.5(1), incluyendo el
acceso, las facilidades, los permisos y los equipos de seguridad. Ninguna de estas
actividades eximirá al Suministrador de ninguna obligación o responsabilidad.
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7.6 Inspección por parte del Consultor
(1) El Consultor llevará a cabo cualquier inspección de pre-embarque de los
Equipos y materiales a través de una agencia de inspección asignada por el
Consultor antes del embarque desde el puerto o lugar de carga que se especifica
en el programa bajo la Sub-Cláusula 7.3 (Programa de Trabajos). El Suministrador
asistirá a la agencia en la inspección previa al embarque. Si los Equipos no pasan
la inspección previa al embarque, el Consultor llevará a cabo una inspección
adicional por cuenta del Suministrador.
(2) El Suministrador notificará al Consultor cuando se haya terminado cualquiera
de los Trabajos y antes de cubrirlo, guardarlo o empaquetarlo para fines de
almacenamiento o transporte. El Consultor llevará a cabo el examen, inspección,
medición o prueba sin demoras injustificadas, o notificará rápidamente al
Suministrador que no es necesario hacerlo. Si el Suministrador no hiciera la
notificación, deberá, a solicitud del Consultor, y corriendo con los correspondientes
gastos, descubrir el trabajo y posteriormente reponerlo a su estado anterior.
(3) Si cualquiera de los Trabajos no pasa la inspección bajo la Sub-Cláusula
7.6(2), el Suministrador reparará inmediatamente cualquier punto identificado por el
Consultor y solicitará al Consultor que atienda y supervise una repetición de la
prueba en la terminación de los Trabajos. Si esta repetición de prueba causa al
Comprador (incluyendo al Consultor) a incurrir en costos adicionales, el
Suministrador reembolsará dichos costos al Comprador, sujeto a la Sub-Cláusula
14.2 (Reclamaciones del Suministrador).
7.7 Pruebas e Inspecciones por parte del Suministrador
(1) El Suministrador llevará a cabo, a sus propias expensas, todas las pruebas
y/o inspecciones (en esta Sub-Cláusula 7.7, “Pruebas del Suministrador”) de los
Equipos y la terminación de los Trabajos de Instalación de acuerdo con los detalles
(incluido, mas no de manera exclusive, el método y el lugar de la Prueba del
Suministrador) que se especifican en las Especificaciones.
(2) El Suministrador podrá llevar a cabo las Pruebas del Suministrador en los
establecimientos del Suministrador o su Subcontratista, en el lugar de la entrega de
-- 178 of 420 --
los Equipos, o en otro lugar, ya sea en el Lugar del Proyecto o fuera de éste, como
se especifica en las Especificaciones.
(3) El Comprador o su representante designado, incluyendo al Consultor, podrán
asistir a las Pruebas del Suministrador a sus propias expensas, y en ese caso, el
Suministrador proporcionará todas las facilidades y apoyo razonables, incluyendo
el acceso a los planos y datos de producción, a la asistencia.
(4) Cuando el Suministrador esté en condición de realizar cualquier Prueba del
Suministrador, deberá dar una notificación con la debida antelación al Consultor
indicándole el lugar y la hora de su realización. El Suministrador obtendrá de
cualquier tercero o fabricante pertinente, cualquier permiso o consentimiento
necesario para permitir que el Comprador o su representante designado asistan a
la Prueba del Suministrador.
(5) El Suministrador proporcionará al Consultor un informe de los resultados de
cualesquiera Pruebas del Suministrador.
(6) El Consultor podrá rechazar cualesquier Trabajos o cualquier parte que no
pasen las Pruebas del Suministrador o no cumplan con las Especificaciones y
Planos (si los hubiere). El Suministrador rectificará o reemplazará dichos Trabajos
o partes de ellos rechazados o hará las modificaciones necesarias para que
cumplan con las Especificaciones y Planos, y repetirá la Prueba del Suministrador,
sin ajuste del Precio del Contrato, con una previa notificación con arreglo a la Sub-
Cláusula 7.7(4).
(7) El Suministrador está de acuerdo en que ni la ejecución de una Prueba del
Suministrador de los Trabajos o cualquier parte del mismo, ni la asistencia bajo la
Sub-Cláusula 7.7(3), ni la presentación de cualquier informe con arreglo a la Sub-
Cláusula 7.7(5), eximirán al Suministrador de cualesquiera garantías u otras
obligaciones bajo el Contrato.
7.8 Recepción de los Equipos para los Trabajos de Adquisición
(1) El Suministrador enviará los Equipos a(los) lugar(es) designados para la
entrega de conformidad con la Sub-Cláusula 7.4 (Transporte de los Equipos).
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(2) El Comprador llevará a cabo una inspección y una prueba (si la hubiere) de
los Equipos una vez recibidos como se especifica en las Especificaciones.
(3) El Comprador emitirá o hará que el Consultor emita el certificado del recibo
de los Equipos después de que los Equipos hayan pasado la inspección conforme
a la Sub-Cláusula 7.8(2). Si el Comprador no emite el certificado del recibo de los
Equipos dentro de un plazo de siete (7) días después de que los Equipos hayan
pasado la inspección, el certificado del recibo de los Equipos se considerará emitido
en la fecha en que los Equipos pasaron la inspección del Comprador. El resultado
positivo de la inspección no eximirá al Suministrador de sus obligaciones bajo el
Contrato.
(4) Sin perjuicio de cualesquiera términos comerciales de Incoterms que se
especifican en los Datos del Contrato, la recepción del Comprador de los Equipos
enviados por el Suministrador se considerará ocurrida en la fecha del certificado del
recibo de los Equipos, en caso de que los Trabajos de Instalación no se realicen.
(5) La propiedad y el riesgo de los Equipos, por los cuales los Trabajos de
Adquisición se llevan a cabo, se transferirán del Suministrador al Comprador en el
momento de la recepción conforme a la Sub-Cláusula 7.8(4).
7.9 Prueba de Terminación para los Trabajos de Instalación
(1) En caso de que los Trabajos de Instalación se lleven a cabo bajo el Contrato,
el Suministrador solicitará la Prueba de Terminación y el Certificado de Terminación
para los Trabajos de Instalación por lo menos catorce (14) días de la fecha después
de la cual el Suministrador estará listo para llevar a cabo la Prueba de Terminación.
(2) El Consultor deberá, dentro de un plazo de siete (7) días después del recibo
de la solicitud, notificar al Suministrador la fecha de la Prueba de Terminación.
(3) El Suministrador llevará a cabo la Prueba de Terminación. El Consultor,
luego, supervisará la Prueba de Terminación para los Trabajos de Instalación que
se llevará a cabo por el Suministrador de conformidad con la Sub-Cláusula 7.7
(Pruebas e Inspección), después de la presentación de los documentos “conforme
-- 180 of 420 --
a obra” y el manual de operación y mantenimiento por el Suministrador de acuerdo
con las Especificaciones, si es aplicable.
(4) El Consultor emitirá, sujeto a la aprobación por el Comprador, el Certificado
de Terminación de los Trabajos de Instalación al Suministrador o rechazará su
emisión a través de la notificación al Suministrador del resultado de la Prueba de
Terminación bajo la Sub-Cláusula 7.9(3) dentro de un plazo de siete (7) días
después de terminar la Prueba de Terminación.
(5) Si los Trabajos de Instalación pasan la Prueba de Terminación, pero el
Comprador no aprueba el Certificado de Terminación para los Trabajos de
Instalación emitido por el Consultor conforme a la Sub-Cláusula 7.9(4) dentro de un
plazo de veintiocho (28) días después de la solicitud del Consultor de dicha
aprobación, el Suministrador podrá solicitar al Consultor para que proceda de
acuerdo con la Sub-Cláusula 5.4(2) (Discusión y Decisión) para llegar a un acuerdo
o decidir estos asuntos. Si el Consultor decide que el Comprador debe aprobar el
Certificado de Terminación, dicho certificado se considerará aprobado en la fecha
de decisión del Consultor.
7.10 Recepción de los Equipos para los Trabajos de Instalación
(1) Sin perjuicio de cualesquiera términos comerciales de Incoterms que se
especifican en los Datos del Contrato, salvo que se indique otra cosa en las
Disposiciones Específicas, la recepción de los Equipos por el cual se realizarán los
Trabajos de Instalación, así como otros objetos de los Trabajos de Instalación, si los
hubiere, se considerará ocurrida cuando la totalidad de los Trabajos de Instalación
termine y el Certificado de Terminación de los Trabajos de Instalación se emita
conforme a la Sub-Cláusula 7.9(4) (Prueba de Terminación).
(2) La propiedad y el riesgo de los Equipos, por los cuales los Trabajos de
Instalación se completan, así como otros objetos de los Trabajos de Instalación, si
los hubiere, se transferirán del Suministrador al Comprador en el momento de la
recepción de los Equipos conforme a la Sub-Cláusula 7.10(1).
7.11 Terminación de la Instrucción de Operación
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(1) Después de la terminación de la Instrucción de Operación, el Suministrador
notificará al Consultor de esto.
(2) Si el Consultor confirma con el Comprador de dicha terminación de la
Instrucción de Operación, el Consultor emitirá, sujeto a la aprobación del
Comprador, el Certificado de Terminación de la Instrucción de Operación al
Suministrador o rechazará la emisión de éste dentro de un plazo de catorce (14)
días después de que el Consultor reciba la notificación de parte del Suministrador.
(3) Si se confirma la terminación de la Instrucción de Operación, pero el
Comprador no aprueba el Certificado de Terminación de la Instrucción de Operación
emitido por el Consultor conforme a la Sub-Cláusula 7.11(2) dentro de un plazo de
veintiocho (28) días después de la solicitud del Consultor de dicha aprobación, el
Suministrador podrá solicitar al Consultor para que proceda de acuerdo con la Sub-
Cláusula 5.4(2) (Discusión y Decisión) para llegar a un acuerdo o decidir estos
asuntos. Si el Consultor decide que el Comprador debe aprobar el Certificado de
Terminación, dicho certificado se considerará aprobado en la fecha de decisión del
Consultor.
Cláusula 8 PAGO
8.1 Precio del Contrato y Pago
(1) El Comprador pagará el Precio del Contrato al Suministrador en
consideración a la terminación de los Trabajos de Adquisición, los Trabajos de
Instalación y/o la Instrucción de Operación, sujeto al cumplimiento de los
requerimientos establecidos en el Calendario de Pago.
(2) El Precio del Contrato deberá ser un precio alzado fijo, cubriendo todos los
costos y gastos necesarios para completar los Trabajos y para reparar los Defectos.
El Precio del Contrato podrá ser ajustado solamente conforme a la Cláusula 9
(MODIFICACIONES).
(3) El monto y su desglose del Precio del Contrato, y el Calendario de Pago, a
ser pagados total o parciamente con la Donación, se establecerán en los Datos del
Contrato.
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(4) El pago del Precio del Contrato con la Donación deberá efectuarse dentro del
límite de las asignaciones presupuestarias anuales del Gobierno japonés para JICA.
8.2 Suficiencia del Precio del Contrato
(1) Se considerará que el Suministrador:
(a) está satisfecho con el Precio del Contrato en términos de su idoneidad y
suficiencia, y
(b) basó el Precio del Contrato en los datos, las interpretaciones, la información
necesaria, las inspecciones, los exámenes y el cumplimiento de todos los asuntos
pertinentes que se especifican en la Sub-Cláusula 6.6 (Conocimiento de las
Condiciones Locales).
(2) Salvo indicación en otro sentido en el Contrato, el Precio del Contrato cubre
todas las obligaciones del Suministrador en virtud del Contrato y todos los aspectos
necesarios para ejecutar y terminar adecuadamente los Trabajos y reparar
cualesquiera Defectos.
8.3 Garantía de Pago Anticipado
La necesidad y los detalles de la garantía de pago anticipado se indicarán en las
Disposiciones Específicas.
Cláusula 9 MODIFICACIONES
9.1 Modificación de los Trabajos
(1) El Comprador podrá, con la consulta con el Consultor, solicitar al
Suministrador mediante notificación a través del Consultor para hacer
modificaciones a uno o más de los siguientes dentro del alcance de los Trabajos
bajo la Cláusula 2 solamente si los requerimientos para la modificación establecidos
en las Directrices Aplicables se cumplen:
(a) el método de embarque o empaque;
(b) el lugar de la entrega; y
-- 183 of 420 --
(c) las Especificaciones o los Planos de los Equipos y/o los Trabajos.
(2) Tras recibir la notificación en virtud de la Sub-Cláusula 9.1(1), el
Suministrador presentará su propuesta sobre la modificación de los Trabajos
incluyendo la prórroga del Plazo de Terminación y ajuste del Precio del Contrato, si
los hubiere, al Consultor dentro de un período razonable. El Consultor acordará,
modificará o rechazará la propuesta dentro de un plazo de veintiocho (28) días u
otro período acordado por ambas Partes después de recibir esta propuesta, y el
Consultor procederá rápidamente de conformidad con la Sub-Cláusula 5.4(1)
(Discusión y Decisión) para llegar a un acuerdo sobre la modificación de los
Trabajos.
9.2 Prórroga del Plazo de Terminación para los Trabajos
(1) Salvo en los casos de la Sub-Cláusula 9.1 (Modificación de los Trabajos), el
Suministrador podrá, conforme con el procedimiento establecido en la Sub-Cláusula
14.2 (Reclamaciones del Suministrador), solicitar al Consultor una prórroga del
Plazo de Terminación, si la terminación de los Trabajos se ha retrasado por
cualquiera de las siguientes razones, salvo en el caso en que el retraso sea causado
por o atribuible al Suministrador:
(a) una causa de demora que dé derecho a una prórroga del Plazo de
Terminación en virtud de estas Condiciones, o
(b) cualquier demora, impedimento o prevención que obedezca o se atribuya al
Comprador, el Personal del Comprador u otros suministradores del Comprador.
(2) De conformidad con el resultado del procedimiento con respecto a la
reclamación por una prórroga del Plazo de Terminación en virtud de la Sub-Cláusula
14.2, ambas Partes extenderán el Plazo de Terminación mediante una enmienda
del Contrato, salvo que cualquiera de las Partes notifique su insatisfacción en virtud
de la Sub-Cláusula 5.4(3) (Discusión y Decisión).
9.3 Ajuste del Precio del Contrato
Salvo en los casos de la Sub-Cláusula 9.1 (Modificación de los Trabajos), el
Suministrador podrá, de conformidad con el procedimiento establecido en la Sub-
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Cláusula 14.2 (Reclamaciones del Suministrador), solicitar al Consultor un ajuste
del Precio del Contrato, si el Suministrador incurre en algún Costo adicional o sufre
cualquier pérdida o daño y considera que le corresponde el ajuste del Precio del
Contrato bajo estas Condiciones, excepto cuando estos costos y gastos o daños
sean causados por o atribuibles al Suministrador.
Cláusula 10 GARANTÍA
10.1 Garantía de los Equipos
(1) El Suministrador garantiza que todos los Equipos son nuevos, no usados, y
de los modelos más recientes o actuales, y que incorporan todas las recientes
mejoras en su diseño y materiales, salvo disposición en contrario del Contrato.
(2) Sujeto a la Sub-Cláusula 6.4 (Conformidad con las Especificaciones y
Planos), el Suministrador además garantiza que los Equipos y los Trabajos de
Instalación estarán libres de Defectos que surjan de cualquier acto u omisión de
parte del Suministrador o del diseño, materiales o mano de obra, durante el uso
normal en las condiciones imperantes en el país donde se encuentra el Lugar del
Proyecto.
(3) Salvo que se indique otra cosa en las Disposiciones Específicas, la garantía
bajo esta Sub-Cláusula 10.1 seguirá válida por doce (12) meses (“Plazo de
Garantía”) después de la fecha de la recepción de cada Equipo conforme a la Sub-
Cláusula 7.8 (Recepción de los Equipos para los Trabajos de Adquisición) o 7.10
(Recepción de los Equipos para los Trabajos de Instalación).
(4) Cuando se encuentre cualquier Defecto, el Comprador o el Consultor
notificará al Suministrador declarando la naturaleza de dicho Defecto junto con toda
la evidencia disponible, inmediatamente tras el descubrimiento de éste. El
Comprador otorgará facilidades razonables al Suministrador para que inspeccione
dicho Defecto.
(5) Tan pronto reciba el Suministrador la notificación conforme a la Sub-Cláusula
10.1(4), reparará el Defecto o daño mediante las reparaciones o los reemplazos
necesarios, dentro de un período razonable sin ajustes del Precio del Contrato. Si
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el Defecto es causado por una operación o mantenimiento inadecuado por parte del
Comprador, o por desgaste normal, el Suministrador no se responsabilizará por el
Defecto.
(6) Tras la terminación de la reparación de los Defectos, el Suministrador
notificará por escrito la terminación de la reparación de los Defectos al Comprador
y al Consultor. El Suministrador también proporcionará al Consultor los registros de
la reparación de los Defectos (si es aplicable) y otros documentos necesarios para
la confirmación del Consultor.
(7) Si el Suministrador, después de haber sido notificado, no repara los Defectos
dentro de un período razonable, el Comprador podrá proceder a tomar las medidas
necesarias para remediar la situación por cuenta y riesgo del Suministrador, y sin
perjuicio de cualquier otro derecho que el Comprador pueda tener contra el
Suministrador bajo el Contrato.
10.2 Búsqueda e Inspección por parte del Consultor durante el Plazo de Garantía
(1) Cuando se especifique en los Datos del Contrato, el Consultor llevará a cabo
una búsqueda e inspección de cualquier defecto en los Trabajos y sus causas, antes
de la expiración del Plazo de Garantía, para determinar la terminación de la
reparación del Defecto y para descubrir y determinar cualquier Defecto no
encontrado.
(2) El Consultor reportará por escrito e informará en la reunión el resultado de la
búsqueda e inspección al Comprador.
(3) Si, como resultado de la búsqueda e inspección establecida en la Sub-
Cláusula 10.2(1), el Consultor determina que aún existe algún Defecto, el Consultor
notificará al Suministrador respectivamente, y el Suministrador reparará el Defecto
de acuerdo con la Sub-Cláusula 10.1(5) (Garantía de los Equipos).
10.3 Costo de la Reparación de Defectos; Decisión del Consultor
(1) Todos los trabajos para reparar el Defecto por el Suministrador referido en
esta Cláusula 10 se llevarán a cabo bajo el riesgo y expensas del Suministrador.
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(2) (i) Si el Suministrador no está de acuerdo con el Comprador o el Consultor
de la existencia o inexistencia del defecto y/o responsabilidad del Suministrador
(incluyendo la operación o mantenimiento inadecuado por parte del Comprador)
para el costo de reparar los Defectos, o (ii) si el Comprador no está de acuerdo con
el Consultor de la existencia o inexistencia de un Defecto, el Consultor procederá
de conformidad con la Sub-Cláusula 5.4(2) (Discusión y Decisión) para acordar o
decidir estas cuestiones.
10.4 Prórroga del Plazo de Garantía
(1) Sin perjuicio de cualesquiera otros derechos, en virtud del Contrato o de otra
forma, el Comprador tendrá derecho, sujeto a la Sub-Cláusula 14.1 (Reclamaciones
del Comprador), a una prórroga del Plazo de Garantía si, y en la medida en que,
cualesquier Equipos, después de la recepción, no puedan utilizarse para los fines
que fueron concebidos bajo el Proyecto debido a algún Defecto o daño atribuible al
Suministrador. Sin embargo, el Plazo de Garantía no podrá prorrogarse por más de
dos (2) años.
(2) La expiración del Plazo de Garantía no eximirá al Suministrador de las
responsabilidades con respecto al Defecto o daño bajo el Contrato o las leyes
aplicables.
Cláusula 11 TERMINACIÓN
11.1 Notificación para Hacer Correcciones
Si el Suministrador no cumple con cualquiera de las obligaciones en virtud del
Contrato, el Consultor podrá exigirle, mediante notificación, al Suministrador que
remedie la falla dentro de un plazo determinado razonable.
11.2 Terminación por Parte del Comprador
(1) El Comprador tendrá derecho a dar por terminado total o parcialmente el
Contrato si el Suministrador:
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(a) sin una excusa razonable, no procede con o completa los Trabajos de
conformidad con la Sub-Cláusula 7.2 (Plazo de Terminación), o no cumple con
cualesquier otras obligaciones materiales bajo el Contrato, o con la instrucción
emitida por el Consultor de conformidad con la Sub-Cláusula 11.1 (Notificación para
Hacer Correcciones) con respecto a dichas obligaciones,
(b) subcontrata la totalidad de los Trabajos o cede el Contrato sin el acuerdo
requerido,
(c) quiebra o se vuelve insolvente, entra en liquidación, se dicta en su contra una
orden de administración judicial, entra en concurso de acreedores, prosigue sus
actividades bajo la autoridad de un administrador judicial, un fiduciario o un
administrador en beneficio de sus acreedores, o si se realiza cualquier acto o se
produce cualquier hecho que (bajo las Leyes pertinentes) tenga un efecto análogo
a cualquiera de los actos o hechos señalados, o
(d) da u ofrece dar (directa o indirectamente) a cualquier persona cualquier
soborno, regalo, gratificación, comisión u otra cosa de valor como incentivo o
recompense:
(i) por hacer o no hacer cualquier acción relacionada con el Contrato, o
(ii) por mostrar o no mostrar favor u oposición a alguna persona en relación con
el Contrato, o si cualquier miembro del Personal del Suministrador, representantes
o Subcontratistas del Suministrador da u ofrece dar (directa o indirectamente) a
cualquier persona cualquiera de esos incentivos o recompensas que se describen
en esta Sub-Cláusula 11.2(1)(d). Sin embargo, los incentivos y recompensas de
carácter lícito para el Personal del Suministrador no darán lugar a la terminación del
Contrato.
(2) En cualquiera de los eventos o circunstancias mencionadas en la Sub-
Cláusula 11.2(1), sujeto a la consulta con el Consultor y notificación inmediata a
JICA a través del Consultor, el Comprador podrá, mediante notificación, solicitar al
Suministrador que arregle estos eventos o circunstancias. Si el Suministrador no
resuelve estos eventos o circunstancias dentro de un plazo de veintiocho (28) días
después de recibida dicha notificación, el Comprador podrá, mediante notificación
al Suministrador, terminar el Contrato y expulsar al Suministrador del Lugar del
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Proyecto. Sin embargo, en el caso de la Sub-Cláusula 11.2(1)(c) o (d), el Comprador
no tendrá que notificar al Suministrador para remediar y podrá, mediante
notificación, terminar el Contrato inmediatamente.
(3) La decisión de terminar el Contrato por parte del Comprador no perjudicará
ninguno
de sus demás derechos con arreglo al Contrato o a otra fuente.
(4) Después de la terminación por parte del Comprador, el Comprador y el
Suministrador proporcionarán informes sobre la terminación a JICA. El Consultor
informará la terminación a JICA y a las autoridades competentes del Comprador
señaladas en los Datos del Contrato.
(5) El Comprador no podrá terminar el Contrato para su propia conveniencia.
11.3 Prácticas Corruptas o Fraudulentas
(1) Si el Comprador determina, en base a evidencias razonables, que el
Suministrador ha participado en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias o
coercitivas al competir por, o en ejecutar el Contrato, el Comprador podrá terminar
el Contrato y expulsar al Suministrador del Lugar del Proyecto dándole un preaviso
de catorce (14) días. En tal caso, se aplicarán las disposiciones incluidas en la
Cláusula 11 de la misma manera que si se hubiera aplicado lo indicado en la Sub-
Cláusula 11.2 (Terminación por Parte del Comprador).
(2) Si se determina que algún empleado del Suministrador, en base a evidencias
razonables, ha participado en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias o
coercitivas durante la ejecución del trabajo, dicho empleado será reemplazado.
11.4 Consecuencias de Terminación por Parte del Comprador
(1) Después de que entre en vigor la notificación de terminación en virtud de la
Sub-Cláusula 11.2 (Terminación por Parte del Comprador), el Comprador pagará la
porción del Precio del Contrato para los Trabajos, en los cuales la recepción de los
Equipos ha ocurrido conforme a la Sub-Cláusula 7.8(4) (Recepción de los Trabajos
de Instalación) o 7.10(1) (Recepción de los Equipos para los Trabajos de
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Instalación) y en los cuales la Instrucción de Operación ha sido terminada conforme
a la Sub-Cláusula 7.11 (Terminación de la Instrucción de Operación), sujeto al pago
del Suministrador bajo la Sub-Cláusula 11.4(5). Incluso después de la terminación
del Contrato en virtud de la Sub-Cláusula 11.2, las disposiciones del Contrato se
aplicarán a dichos Trabajos.
(2) Si los Equipos no fueron recibidos, pero ya fueron embarcados y/o
entregados, el Comprador podrá, a su discreción, sin demora después de enviar la
notificación de terminación conforme a la Sub-Cláusula 11.2 (Terminación por Parte
del Comprador), solicitar al Suministrador, mediante notificación, que continúe los
Trabajos para dichos Equipos incluyendo el procedimiento para la recepción.
(3) Tras la notificación de conformidad con la Sub-Cláusula 11.4(2), el
Suministrador continuará dichos Trabajos de acuerdo con el Contrato y las
disposiciones del Contrato se aplicarán a dichos Trabajos.
(4) Salvo que el Suministrador reciba la notificación de conformidad con la Sub-
Clausula 11.4(2), el Suministrador deberá (i) reembolsar el Precio del Contrato que
el Suministrador ya ha recibido para los Trabajos en los cuales la recepción de los
Equipos no ha ocurrido, (ii) recoger dichos Equipos, y/o (iii) reembolsar el Precio del
Contrato que el Suministrador ya ha recibido para la Instrucción de Operación que
no se ha completado. Después del recibo del reembolso y la terminación de la
recogida de los Equipos conforme a esta Sub-Cláusula 11.4(4), el Comprador
devolverá la Garantía de Cumplimiento al Suministrador.
(5) El Suministrador, de acuerdo con la instrucción emitida por el Consultor bajo
la Sub-Cláusula 11.4(6), pagará el costo (incluyendo el costo para el reembolso y la
recogida conforme a la Sub-Cláusula 11.4(4)), cualquier pérdida o daño incurrido
por el Comprador que resulte de, o en relación con, la terminación conforme a la
Sub-Cláusula 11.2.
(6) El Consultor dará instrucciones al Suministrador sobre las cuestiones con
respecto a la terminación bajo esta Sub-Cláusula 11.4.
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11.5 Terminación por Parte del Suministrador
(1) El Suministrador tendrá derecho a terminar el Contrato si:
(a) ni el Comprador ni el Consultor no emite o rechaza (i) el Certificado de
Terminación de los Trabajos de Instalación en virtud de la Sub-Cláusula 7.9(4)
(Prueba de Terminación) o (ii) el Certificado de Terminación de la Instrucción de
Operación en virtud de la Sub-Cláusula 7.11(2) (Terminación de la Instrucción de
Operación), dentro del plazo de cincuenta y seis (56) días después de haber recibido
la solicitud del Suministrador,
(b) el Suministrador no recibe, debido a causas atribuibles al Comprador, el
monto del Precio del Contrato adeudado de conformidad con la Sub-Cláusula 8.1(1)
(Precio del Contrato y Pago) salvo en cuanto al monto de deducción de conformidad
con la Sub-Cláusula 14.1 (Reclamaciones del Comprador) dentro de un plazo de
noventa y ocho (98) días después de cada fecha de cumplimiento de las condiciones
para el pago, o
(c) el Comprador no cumple sustancialmente sus obligaciones en virtud del
Contrato a tal forma de afectar sustancial y adversamente el balance económico del
Contrato y/o la capacidad del Suministrador para cumplir el Contrato y no ha
reparado el mismo dentro de cuarenta y dos (42) días.
(2) En cualquiera de estas situaciones o circunstancias establecidas en la Sub-
Cláusula 11.5(1), el Suministrador podrá, mediante notificación, solicitar al
Comprador que remedie estas situaciones o circunstancias dentro de un plazo de
veintiocho (28) días. Si el Comprador no remedia estas situaciones o circunstancias,
el Suministrador podrá, previa notificación al Comprador, terminar el Contrato.
(3) Si JICA suspende los desembolsos de la Donación bajo el A/D de donde
proviene parte o la totalidad de los pagos al Suministrador o si JICA termina el A/D,
y si el Suministrador no ha recibido el monto del Precio del Contrato que se le
adeudan, de conformidad con la Sub-Cláusula 8.1 (Precio del Contrato y Pago), el
Suministrador podrá, después de dar un preaviso de catorce (14) días al
Comprador, terminar el Contrato.
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(4) La decisión de terminar el Contrato por parte del Suministrador no perjudicará
ninguno de sus demás derechos con arreglo al Contrato o a otra fuente.
(5) El Comprador y el Suministrador notificarán a JICA de la notificación para
terminar el Contrato de conformidad con la Sub-Cláusula 11.5(2) y proporcionar
informes sobre la terminación a JICA.
(6) El Consultor notificará a JICA de cualquier recepción de la notificación por
parte del Suministrador conforme a la Sub-Cláusula 11.5(2) y proporcionará
informes sobre la terminación a JICA.
11.6 Consecuencias de Terminación por Parte del Suministrador
(1) Dentro de catorce (14) días después de que entre en vigor la notificación de
terminación en virtud de la Sub-Cláusula 11.5 (Terminación por Parte del
Suministrador), el Comprador deberá
(i) pagar la porción del Precio del Contrato para los Trabajos en los cuales la
recepción de los Equipos ha ocurrido conforme a la Sub-Cláusula 7.8(4) (Recepción
de los Trabajos de Instalación) o 7.10(1) (Recepción de los Equipos para los
Trabajos de Instalación) y en los cuales la Instrucción de Operación ha sido
terminado conforme a la Sub-Cláusula 7.11 (Terminación de la Instrucción de
Operación), y (ii) devolver la Garantía de Cumplimiento al Suministrador. Incluso
después de la terminación del Contrato en virtud de la Sub-Cláusula 11.5, las
disposiciones del Contrato se aplicarán a dichos Trabajos.
(2) Si los Equipos no fueron recibidos pero ya fueron embarcados y/o
entregados, el Suministrador podrá, a su discreción, sin demora después de enviar
la notificación de terminación conforme a la Sub-Cláusula 11.5 (Terminación por
Parte del Suministrador), notificar al Comprador de su decisión de continuar los
Trabajos para dichos Equipos incluyendo el procedimiento para la recepción.
(3) Tras la notificación de conformidad con la Sub-Cláusula 11.6(2), el
Comprador pagará la porción del Precio del Contrato para los Trabajos de dichos
Equipos de acuerdo con el Contrato sin retraso, y las disposiciones del Contrato se
aplicarán a dichos Trabajos.
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(4) Salvo que el Suministrador notifique en virtud de la Sub-Cláusula 11.6(2), el
Suministrador deberá (i) reembolsar el Precio del Contrato que el Suministrador ya
ha recibido para los Trabajos en los cuales la recepción de los Equipos no ha
ocurrido, (ii) recoger dichos Equipos, y/o (iii) reembolsar el Precio del Contrato que
el Suministrador ya ha recibido para la Instrucción de Operación que no se ha
completado.
(5) El Comprador, de acuerdo con la instrucción emitida por el Consultor bajo la
Sub-Cláusula 11.6(6), pagará el costo (incluyendo el costo para el reembolso y
recogida conforme a la Sub-Cláusula 11.6(4)), cualquier pérdida o daño incurrido
por el Suministrador que resulte de, o en relación con, la terminación conforme a la
Sub-Cláusula 11.5.
(6) El Consultor dará instrucciones al Suministrador y al Comprador sobre las
cuestiones con respecto a la terminación bajo esta Sub-Cláusula 11.6
Cláusula 12 INDEMNIZACIONES Y RESPONSABILIDADES
12.1 Indemnizaciones
(1) El Suministrador indemnizará y amparará al Comprador, al Personal del
Comprador, y sus respectivos representantes de toda reclamación, daño, pérdida y
gasto (incluidos honorarios y gastos de abogados razonables) relacionado con:
(a) lesiones corporales, enfermedades o muerte, de cualquier persona, que se
produzcan a raíz o en el curso del diseño del Suministrador (si lo hubiere), la
ejecución y la terminación de los Trabajos y la reparación de cualesquiera Defectos,
salvo que sean atribuibles a cualquier negligencia, acto deliberado o incumplimiento
del Contrato por parte del Comprador, el Personal del Comprador o cualquiera de
sus respectivos representantes, y
(b) daños a o pérdida de cualesquiera propiedades, ya sean bienes raíces o
personales (aparte de los Trabajos), en la medida en que dicho daño o pérdida se
produzca como resultado o en el curso del diseño del Suministrador (si lo hubiere),
la ejecución y la terminación de los Trabajos y la reparación de cualesquiera
Defectos, salvo y en la medida en que dicho daño o pérdida sea atribuible a
-- 193 of 420 --
cualquier negligencia, acto deliberado o incumplimiento del Contrato por parte del
Comprador, el Personal del Comprador, sus respectivos representantes o cualquier
persona directa o indirectamente empleada por cualquiera de ellos.
(2) El Comprador indemnizará y amparará al Suministrador, al Personal del
Suministrador y sus respectivos representantes, frente a y de cualquiera de las
reclamaciones, daños, pérdidas y gastos (incluidos honorarios y gastos de
abogados razonables) relacionados con
(a) lesiones corporales, enfermedades o muerte atribuibles a cualquier
negligencia, acto deliberado o incumplimiento del Contrato por parte del Comprador,
el Personal del Comprador o cualquiera de sus respectivos representantes, y
(b) daños a o pérdida de cualesquiera propiedades, ya sean bienes raíces o
personales (aparte de los Trabajos), en la medida en que dicho daño o pérdida se
produzca como resultado o en el curso de o por cualquier cumplimiento de las
obligaciones materiales del Comprador bajo el Contrato, salvo y en la medida en
que dicho daño o pérdida sea atribuible a cualquier negligencia, acto deliberado o
incumplimiento del Contrato por parte del Suministrador, el Personal del
Suministrador, sus respectivos representantes o cualquier persona directa o
indirectamente empleada por cualquiera de ellos.
12.2 Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial
(1) En esta Sub-Cláusula 12.2, “violación” significa una violación (o pretendida
violación) de cualquier patente, diseño registrado, derecho de autor, marca
registrada, marca comercial, secreto comercial u otro derecho de propiedad
intelectual o industrial relacionado con los Trabajos; y “reclamación” significa una
reclamación (o proceso judicial de reclamación) en la que se alegue una violación.
(2) Cuando una de las Partes no notifique a la otra sobre cualquier reclamación
dentro del plazo de veintiocho (28) días después de recibirla, se considerará que
dicha Parte ha renunciado a su derecho de indemnización en virtud de esta Sub-
Cláusula 12.2.
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(3) El Comprador indemnizará y amparará al Suministrador contra y de cualquier
reclamación en la que se alegue una violación que se produce o se produjo:
(a) como resultado inevitable del cumplimiento del Contrato por parte del
Suministrador, o
(b) como resultado del uso de cualquiera de los Trabajos por parte del
Comprador:
(i) para fines distintos a los señalados en el Contrato o los que razonablemente
se deduzcan de él, o
(ii) en conjunto con cualquier otra cosa que no haya suministrado el
Suministrador, salvo que el uso fuera divulgado al Suministrador en los documentos
de licitación para el Proyecto antes de la Fecha Base o se haya señalado en el
Contrato.
(4) El Suministrador indemnizará y amparará al Comprador contra y de cualquier
otra reclamación que surja de o en relación con (i) la fabricación, uso, venta o
importación de cualquier Equipo, o (ii) cualquier diseño que sea responsabilidad del
Suministrador.
(5) Si una de las Partes tiene derecho a ser indemnizada en virtud de esta Sub-
Cláusula 12.2, la Parte a la cual corresponda indemnizar podrá (a su costo) realizar
negociaciones para la transacción de la reclamación y de cualquier litigio o arbitraje
que pudiera surgir de aquella. La otra Parte ayudará, a solicitud y expensas de la
Parte que indemniza, a impugnar la reclamación. La otra Parte (y el Personal del
Suministrador o el Personal del Comprador, según corresponda) no hará ninguna
admisión que pueda perjudicar a la Parte que indemniza, a no ser que ésta no se
haya puesto al frente una negociación, litigio o arbitraje a pesar de habérselo
solicitado la otra Parte.
12.3 Limitación de Responsabilidad
(1) Ninguna de las Partes será responsable ante la otra por la privación de uso
de los Trabajos, pérdida de ganancia, pérdida de cualquier Contrato ni pérdidas o
daños indirectos o emergentes que pueda sufrir la otra Parte en relación con el
-- 195 of 420 --
Contrato, a menos que así sea dispuesto específicamente con arreglo a estas
Condiciones, incluidas la Sub-Cláusula 10.3 (Costo de la Reparación de Defecto;
Decisión del Consultor), 11.4 (Consecuencias de Terminación por Parte del
Comprador), 11.6 (Consecuencias de Terminación por Parte del Suministrador),
12.1 (Indemnizaciones) y 12.2 (Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial).
(2) La responsabilidad total del Suministrador ante el Comprador, en virtud del
Contrato o en relación con éste, salvo por lo dispuesto en las Sub-Cláusulas 12.1 y
12.2, no excederá el Precio del Contrato.
(3) Esta Sub-Cláusula 12.3 no limitará la responsabilidad en caso de fraude,
incumplimiento deliberado o mala conducta grave de la Parte que incumple.
Cláusula 13 FUERZA MAYOR
13.1 Definiciones
(1) Ninguna de las Partes será considerada incumplida o en violación del
Contrato si es incapaz de realizar sus obligaciones bajo el Contrato por razones de
Fuerza Mayor. “Fuerza Mayor” significa un evento o circunstancia excepcional:
(a) que estuviera más allá del control de una Parte,
(b) que dicha Parte no pudiera prevenir razonablemente antes de firmarse el
Contrato,
(c) que, una vez producida, dicha Parte no pudiera, razonablemente, evitar o
superar, y
(d) que no fuera sustancialmente atribuible a la otra Parte.
(2) Fuerza Mayor puede incluir, pero no está limitado a, eventos excepcionales
o circunstancias como las que están listadas abajo, siempre que las condiciones
establecidas en la Sub-Cláusula 13.1(1) se cumplan:
(a) guerra, hostilidades (ya sea que la guerra sea declarada o no), invasión,
actos de enemigos extranjeros,
(b) rebelión, terrorismo, sabotaje por personas aparte del Personal del
Suministrador, revolución, insurrección, usurpación del poder o asunción del poder
por los militares, o guerra civil,
-- 196 of 420 --
(c) disturbio, conmoción, huelga o cierre patronal por personas distintas al
Personal del Suministrador,
(d) municiones de guerra, materiales explosivos, radiación ionizante o
contaminación por radioactividad, excepto cuando sea atribuible al Suministrador el
uso de tales municiones, explosivos, radiación o radioactividad,
(e) catástrofes naturales como terremoto, tsunami, huracán, tifón o actividad
volcánica, y
(f) decisión de evacuación tomada por el Ministerio de Asuntos Exteriores del
Japón o JICA.
13.2 Notificación de Casos de Fuerza Mayor
(1) Si por Fuerza Mayor una de las Partes se ve impedida de cumplir sus
obligaciones sustanciales en virtud del Contrato, ésta notificará a la otra y al
Consultor sobre el evento o circunstancia constitutiva de la Fuerza Mayor y
especificará las obligaciones que no se puedan cumplir. La notificación se hará
dentro del plazo de catorce (14) días a partir de la fecha en que la Parte tomó, o
debió haber tomado conocimiento, del evento o circunstancia pertinente constitutiva
de la Fuerza Mayor.
(2) Una vez que se haga la notificación, la Parte estará eximida del cumplimiento
de sus obligaciones por el tiempo que dicha Fuerza Mayor le impida cumplirlas.
(3) Sin perjuicio de cualquier otra disposición de esta Cláusula 13, la Fuerza
Mayor no será aplicable a las obligaciones de cualquiera de las Partes de hacer los
pagos a la otra Parte en virtud del Contrato.
13.3 Obligaciones de Reducir las Demoras
(1) Cada una de las Partes hará en todo momento todo lo que esté a su alcance
para reducir al mínimo cualquier demora en el cumplimiento del Contrato como
resultado de un evento o circunstancia de Fuerza Mayor.
(2) Una Parte notificará a la otra y al Consultor cuando deje de verse afectada
por el evento o circunstancia de Fuerza Mayor.
-- 197 of 420 --
13.4 Seguridad del Miembro del Personal
Durante el período de imposibilidad para realizar las obligaciones sustanciales en
virtud del Contrato como resultado de un evento o circunstancia de Fuerza Mayor,
el Suministrador podrá abandonar todos los sitios y/u oficinas para el Proyecto
situados en el lugar del País, dando aviso al Comprador cuanto antes en el caso
que la Fuerza Mayor sea un posible peligro contra la seguridad de cualquier
personal del Suministrador.
13.5 Consecuencias de la Fuerza Mayor
(1) Si el Suministrador se ve impedido de cumplir sus obligaciones sustanciales
en virtud del Contrato por motivo de Fuerza Mayor que se haya notificado con
arreglo a la Sub-Cláusula 13.2 (Notificación de Casos de Fuerza Mayor), y sufre
demoras por dicho motivo, el Suministrador tendrá derecho a una prórroga del Plazo
de Terminación de conformidad con la Sub-Cláusula 9.2 (Prórroga del Plazo de
Terminación para los Trabajos), si se ha retrasado o se retrasa la terminación de los
Trabajos, en virtud de la Sub-Cláusula 13.3 (Obligaciones de Reducir las Demoras).
(2) En el caso de la Sub-Cláusula 13.5(1), si el evento o circunstancia es del tipo
que se describe en la Sub-Cláusula 13.1(2) (Definiciones) y, en el caso de la Sub-
Cláusula 13.1(2)(b) a (f), ocurre en el País, el Suministrador podrá solicitar una
discusión, sujeto a la Sub-Cláusula 13.8 (Procedimientos de Discusión Respecto al
Costo Causado por Fuerza Mayor) con el Comprador sobre la carga de cualquier
Costo para los Trabajos de Instalación y/o la Instrucción de Operación que surja de
dicho evento o circunstancia, incluyendo una solicitud por el Comprador para usar
el saldo restante o las contingencias de la Donación, en la medida en que no esté
cubierto por la póliza de seguro referida en la Sub-Cláusula 6.5 (Seguro). Para evitar
dudas, en tal caso, el Suministrador no podrá solicitar la discusión mencionada
anteriormente bajo esta Sub-Cláusula 13.5(2) para los Trabajos de Adquisición y
asumirá el costo arriba mencionado sin ajuste del Precio del Contrato.
-- 198 of 420 --
13.6 Fuerza Mayor que Afecte a un Subcontratista
Si cualquier Subcontratista tiene derecho, en virtud de cualquier contrato o acuerdo
relacionado con los Trabajos, a ser exonerado de su responsabilidad por fuerza
mayor, bajo términos adicionales o más amplios que los que se especifican en esta
Cláusula 13, dicho evento o circunstancia adicional o más amplia de fuerza mayor
no exonerará al Suministrador del cumplimiento de sus obligaciones ni le darán
derecho a ser exonerado de responsabilidad con arreglo a esta Cláusula 13.
13.7 Terminación Opcional
(1) Si la ejecución sustancial de todos los Trabajos de Adquisición, los Trabajos
de Instalación o la Instrucción de Operación en curso es impedida por un período
continuo de ochenta y cuatro (84) días por algún motivo de Fuerza Mayor que se
haya notificado de conformidad con la Sub-Cláusula 13.2 (Notificación de Casos de
Fuerza Mayor), o por varios períodos que sumen un total de más de ciento y
cuarenta (140) días debido al mismo motivo de Fuerza Mayor que se haya
notificado, cualquiera de las Partes podrá notificar a la otra la terminación del
Contrato. En ese caso, la terminación entrará en vigencia veintiocho (28) días
después de la notificación.
(2) El Comprador y el Suministrador notificarán a JICA sin demora de cualquier
notificación proporcionada para terminar el Contrato de conformidad a la Sub-
Cláusula 13.7(1), y proporcionará informes de la terminación a JICA. El Consultor
también informará la terminación a JICA.
(3) Después de que entre en vigor una notificación de terminación en virtud de
la Sub-Cláusula 13.7(1), el Comprador (i) devolverá la Garantía de Seguridad, y (ii)
pagará el Precio del Contrato relevante para los Trabajos en los cuales la recepción
de los Equipos haya ocurrido de conformidad a la Sub-Cláusula 7.8(4) (Recepción
de los Trabajos de Instalación) o 7.10(1) (Recepción de los Equipos para los
Trabajos de Instalación) y en los cuales la Instrucción de Operación se completó de
conformidad a la Sub-Cláusula 7.11 (Terminación de la Instrucción de Operación).
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(4) El Consultor procederá, de acuerdo con la Sub-Cláusula 5.4(2) (Discusión y
Decisión), a fin de acordar o establecer el valor de los Trabajos y los Equipos que
no hayan sido recibidos pero ya hayan sido embarcados y/o entregados, y
cualesquiera otros montos adeudados al Suministrador por trabajos ejecutados de
conformidad con el Contrato.
(5) Tomando en cuenta el resultado de decisión de conformidad con la Sub-
Cláusula 13.7(4), el Suministrador podrá solicitar una discusión, sujeto a la Sub-
Cláusula 13.8 (Procedimientos de Discusión Respecto al Costo Causado por Fuerza
Mayor) con el Comprador sobre el monto basado en la terminación pagadero al
Suministrador (salvo el monto pagadero de conformidad con la Sub-Cláusula
13.7(3)) y sobre la carga de cualquier Costo que surja del evento o circunstancia de
conformidad con la Sub-Cláusula 13.5(2) (Consecuencias de la Fuerza Mayor), si
las hubiere, incluida la solicitud por el Comprador para usar el saldo restante o las
contingencias de la Donación.
13.8 Procedimientos de Discusión Respecto al Costo Causado por Fuerza Mayor
(1) Tras recibir la solicitud por el Suministrador para la discusión en virtud de la
Sub-Cláusula 13.5(2) (Consecuencias de la Fuerza Mayor) o 13.7(5) (Terminación
Opcional), el Consultor procederá de conformidad con la Sub-Cláusula 5.4(1)
(Discusión y Decisión).
(2) El Comprador tendrá una consulta con JICA sobre el arreglo financiero
basado en el progreso de la discusión de conformidad con la Sub-Cláusula 13.5(2)
o 13.7(5), a través del Consultor o directamente.
(3) El Comprador y el Consultor inmediatamente informarán del resultado de la
consulta al Suministrador. El acuerdo sobre la carga de Costo se basará en las
Directrices Aplicables.
(4) Si las Partes, a través de la discusión de conformidad con la Sub-Cláusula
13.8(1), llegan a un acuerdo sobre los montos pagaderos por el Comprador al
Suministrador, el Comprador pagará los montos pagaderos al Suministrador.
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Cláusula 14 CONTROVERSIAS Y ARBITRAJE
14.1 Reclamaciones del Comprador
(1) Si el Comprador considera que tiene derecho a recibir un pago o a otra
reclamación en virtud de cualquier Cláusula de estas Condiciones o de otra forma
vinculada con el Contrato, y/o a cualquier prórroga del Plazo de Garantía, el
Comprador, sujeto a una consulta con el Suministrador, notificará detalladamente
de dicha reclamación al Suministrador.
(2) La notificación, en virtud de la Sub-Cláusula 14.1(1), deberá hacerse tan
pronto como sea posible y no más de veintiocho (28) días después de que el
Comprador se haya enterado, o debiera haberse enterado, del evento o
circunstancia que originaron la reclamación. Se enviará una notificación sobre
cualquier prórroga del Plazo de Garantía antes de que venza dicho plazo.
(3) La información detallada, en virtud de la Sub-Cláusula 14.1(1), incluirá la
Cláusula u otra base de la reclamación, así como pruebas del monto y/o la prórroga
que el Comprador considere que le correspondan en relación con el Contrato. El
Consultor procederá de conformidad con la Sub-Cláusula 5.4(2) (Discusión y
Decisión) a fin de llegar a un acuerdo o decisión respecto de
(i) el monto (si procede) que le corresponda pagar al Suministrador a favor del
Comprador, y/o
(ii) la prórroga (si procede) del Plazo de Garantía de conformidad con la Sub-
Cláusula 10.4 (Prórroga del Plazo de Garantía).
(4) El Comprador podrá deducir el monto, en virtud de la Sub-Cláusula 14.1(3),
o solicitar al Suministrador que pague dicho monto directamente al Comprador. El
Comprador solo tendrá derecho a compensar o deducir de un monto de reclamación
contra el Suministrador, de conformidad con esta Sub-Cláusula 14.1, sujeto a una
consulta con el Consultor y JICA sobre los procedimientos y métodos de deducción
o compensa.
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14.2 Reclamaciones del Suministrador
(1) Salvo que se indique algo diferente en el Contrato, si el Suministrador
considera que tiene derecho a (i) cualquier prórroga del Plazo de Terminación, o (ii)
ajuste del Precio del Contrato, en virtud de estas Condiciones o de otra forma
vinculada con el Contrato, el Suministrador enviará una notificación al Consultor en
la que describirá el evento o circunstancia que origina el reclamo, y el Consultor
enviará dicha notificación al Comprador. La notificación del Suministrador se hará a
más tardar catorce (14) días después de que el Suministrador se dé cuenta, o
hubiera debido darse cuenta, de dicho evento o circunstancia que origina el reclamo.
(2) Si el Suministrador no notifica un reclamo dentro del período que se
especifica en la Sub-Cláusula 14.2(1), no se prorrogará el Plazo de Terminación, el
Suministrador no tendrá derecho a un ajuste del Precio del Contrato u otro pago o
daño adicional (según corresponda el caso), y el Comprador quedará liberado de
cualquier responsabilidad vinculada con el reclamo. De otra forma, se aplicarán las
siguientes disposiciones de esta Sub-Cláusula 14.2.
(3) Dentro del plazo de cuarenta y dos (42) días después de que el Suministrador
se dé cuenta (o hubiera debido darse cuenta) del evento o circunstancia que originó
el reclamo, el Suministrador enviará al Consultor detalles completos del reclamo,
incluyendo toda la información complementaria del fundamento del reclamo.
(4) Dentro del plazo de cuarenta y dos (42) días después de recibir los detalles
completos del reclamo, sujeto a la Sub-Cláusula 14.2(3), el Consultor procederá de
conformidad con la Sub-Cláusula 5.4(2) (Discusión y Decisión) para llegar a un
acuerdo o decidir cualquier cuestión en relación al reclamo.
(5) Los requisitos de esta Sub-Cláusula 14.2 son adicionales a los que se
establecen en cualquier otra Sub-Cláusula que se aplique a un reclamo.
(6) Si el reclamo del Suministrador se relaciona a un incumplimiento del
Comprador de conformidad con la Sub-Cláusula 4.1 (Responsabilidades del
Comprador bajo el C/N) o 4.2 (Responsabilidades del Comprador bajo el A/D), el
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Consultor informará adecuadamente a JICA del progreso de la discusión y reclamo,
de conformidad a esta Sub-Cláusula 14.2.
14.3 Solución y Arbitraje
(1) En caso de que se levante cualquier disputa, controversia o reclamo, o
cualquier controversia surja respecto a la interpretación o cumplimiento del
Contrato, dicha cuestión se resolverá en primera instancia a través de los
procedimientos correspondientes que se establecen en la Sub-Cláusula 5.4
(Discusión y Decisión), 14.1 (Reclamaciones del Comprador) o 14.2
(Reclamaciones del Suministrador) antes de tomar el procedimiento que se
establece en esta Sub-Cláusula 14.3.
(2) Si los procedimientos establecidos en la Sub-Cláusula 5.4, 14.1 o 14.2 no
son aplicables a una cuestión controvertida, cualquier Parte notificará a la otra de la
cuestión dentro de un plazo de catorce (14) días después de informarse sobre la
cuestión, y las Partes tratarán de resolver la cuestión controvertida a través de una
consulta entre ellos, dando debida consideración a la decisión, opinión o resultado
de la búsqueda o la inspección por parte del Consultor, conforme al Contrato.
(3) Cualquier Parte podrá solicitar a JICA, a través del Consultor, para ofrecer su
sugerencia con una copia a las otras Partes a más tardar catorce (14) días después
de la notificación de insatisfacción de conformidad con la Sub-Cláusula 5.4(3), o la
fecha de la opinión del Consultor para la resolución bajo la Sub-Cláusula 5.4(1).
Dentro de un plazo de catorce (14) días después de recibir la sugerencia de JICA,
cada Parte responderá a JICA, a través del Consultor, si lo acepta o no. Cualquier
sugerencia de JICA no será admisible como prueba en el arbitraje o cualquier
procedimiento judicial.
(4) Si (i) cualquier Parte informa a la otra de su insatisfacción conforme a la Sub-
Cláusula 5.4(3),
(ii) las Partes no resuelven la cuestión controvertida bajo la Sub-Cláusula 5.4(1) o
14.3(2), o (iii) cualquier Parte no acepta la sugerencia de JICA bajo la Sub-Cláusula
14.3(3), las Partes resolverán las cuestiones controvertidas restantes sólo a través
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del arbitraje. Dicho arbitraje será internacional y administrado por la Cámara de
Comercio Internacional (CCI), y realizado bajo el Reglamento de Arbitraje de la CCI.
(5) Salvo que se establezca de otra forma en los Datos del Contrato, el arbitraje
se llevará a cabo en inglés.
(6) El laudo arbitral será definitivo y vinculante a las Partes, y las Partes acatarán
de buena fe con el laudo. La sentencia del laudo podrá recurrirse en cualquier
tribunal de jurisdicción o la aplicación podrá hacerse en dicho tribunal para
aceptación jurídica del laudo u orden de ejecución, según corresponda el caso.
(7) En cuanto a los costos del arbitraje, cada Parte los asumirá de conformidad
con la decisión hecha por el tribunal arbitral bajo el Reglamento de Arbitraje de la
CCI.
14.4 Cumplimiento de las Obligaciones durante el Procedimiento.
Salvo que el Contrato haya sido terminado de conformidad con el Contrato, el
Suministrador continuará desempeñando los Trabajos de acuerdo con el Contrato
durante el procedimiento, conforme a esta Cláusula 14.
[El resto de esta página se ha dejado en blanco intencionalmente.]
El Cliente El Contratista
Dra. Mitzi Castro Paz
Jefe Laboratorio Nacional de Vigilancia de Salud Secretaría de Salud
República de Honduras
Osamu OZEKI Gerente General División Internacional
TOKURA CORPORATION
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o similar.
2. Sistema de Pintado - Pintura de Alto Rendimiento (Para
ubicaciones de Contacto directo con agua o lluvia):
Elementos de metal que requieran revestimiento de pintura
de alto rendimiento deberán limpiarse según “SSPC-SP6-89
Comercial Blast Cleaning”.
a. Base: Base inhibidora de óxido, mínimo 3.0 mils DTF.
I. Tnemec: Series 90-97 Tnemec-Zinc o similar.
b. Mano intermedia: Mínimo 3.0 Mils DFT.
I. Tnemec: Series 66-1255 o similar.
c. Mano Final: Mínimo 30 Mils DTF-.
I. Tnemec: Series 1077 Enduralume o similar.
D. Metal Galvanizado:
1. Sistema de Pintado - Látex Acrílico: 2 manos de acabado
sobre la base.
a. Base: Base para metal galvanizado
I. KH: 5800 100% based acrílica o similar
II. Moore: Fresh Start #023 o similar
III. S-W: DTM Primer Finish B66W1o similar
b. Primera y Segunda Mano: Esmalte Acrílico
I. KH: 3200 Acrylic Látex Semi-Gloss o similar
II. Moore: Moorcraft Super Spec o similar
III. S-W: A-100 Látex House and Trim Paint A82 Series
o similar
2. Sistema de Pintado - Pintura de Alto Rendimiento (Para
Sección “A-2”
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soporte de Louver exterior)
a. Base: Base inhibidor de óxido, mínimo 3.0 mils DTF.
I. Tnemec: Series 90-97 Tnemec-Zinc o similar
b. Mano Intermedia: Mínimo 3.0 Mils DTF
I. Tnemec: Series 66-1255 o similar
c. Mano Final: Mínimo 3.0 Mils
I. Tnemec: Series 1077
Enduralume o similar 9B.3.05 SISTEMAS DE PINTADO
PARA INTERIOR
A. Pisos de Concreto:
1. Sistema de pintado- Sellador Claro: Regular Clear Water
Repellent; Rain Guard ó similar.
B. Superficies verticales de concreto y unidades de mampostería:
1. Sistema de Pintado- Sellador Claro: Regular Clear Water
Repellent; Rain Guard ó similar.
2. Sistema de Pintado- Emulsión Acrílica
a. Base (Relleno de bloque): Series 180 ó 181 W.B.
Tneme-Crete (2.0 a 3.0 Mils) ó similar.
b. Acabado Final: Series 180 ó 181 W.B. Tneme-Crete
(6.0mils) ó similar.
C. Metal Ferroso: La base de tienda deberá ser compatible con
sistemas de pintura especificadas a continuación:
1. Sistema de pintado: 2 manos sobre la base
a. Based: Primer sintético inhibidor de óxido
I. KH: 9210 Rust Inhibiting Metal Primer o similar.
II. Moore: Alkyd Metal Primer M06 o similar.
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III. S-W: Kem Kromik Metal Primer B50N2/B50W1 o
similar.
b. Primera y Segunda Mano: Látex Acrílico
I. KH: 3200 Acrylic Látex Semi-Gloss o similar.
II. Moore: Moorcraft Super Spec Látex House &
Trim #170 o similar.
III. S-W: A-100 Látex House and Trim Paint A82 Series
o similar.
D. Metal Galvanizado:
1. Sistema de Pintado - Látex Acrílico: 2 manos de acabado
sobre la base.
a. Base: Base para metal galvanizado
I. KH: 5800 100% based acrílica o similar
II. Moore: Fresh Start #023 o similar
III. S-W: DTM Primer Finish B66W1o similar
b. Primera y Segunda Mano: Esmalte Acrílico
I. KH: 3200 Acrylic Látex Semi-Gloss o similar
II. Moore: Moorcraft Super Spec Látex House &
Trim #170 o similar
III. S-W: A-100 Látex House and Trim Paint A82 Series
o similar
E. Sistemas de Tabla Yeso
1. Sistemas de Pintado - Acabado de Emulsión de Látex Mate: 2
manos
a. Base: Base blanca interior a based de latex.
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I. KH: 0890 Sandable Drywall Primer o similar.
II. Moore: Moorcraft Super Spec Látex Flat #2750 o
similar
III. S-W: ProMar 200 Látex Flat B30W 200 o similar
b. Acabado Final: Pintura a base de latex , interior mate.
I. KH: 1511 Accu-Tone Látex Flat o similar
II. Moore: Moorcraft Super Spec Látex Flat #275 o
similar
III. S-W: ProMar 200 Látex Flat B30W200 o similar
2. Sistemas de Pintado - Esmalte de Látex Acrílico Cáscara de
huevo: 2 manos de acabado sobre una base totalmente seca
no menos de 3.5 Mils.
a. Base:
I. KH: 0890 sandable drywall primer o similar
II. Moore: Moorcraft Super Spec Látex Enamel
Undercoater and Primer Sealer #253 o similar
III. S-W: PrepRite 200 Látex Wall Primer B28W 200 o
similar
b. Primera y Segunda Mano:
I. KH: 1903 Accu-Pro Eggshell o similar
II. Moore: Moorcraft Super Spec Látex Eggshell
Enamel #274 o similar.
III. S-W: ProMar 200 Látex Eggshell B20W200
3. Sistema de Pintado - Acabado Esmaltado Semi Brillante de
bajo Olor: 3 manos con un recubrimiento total en seco no
menor a 2.5 Mils.
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a. Base: Interior, Blanco, base de látex
I. KH: 0890 sandable drywall primer o similar
II. Moore: Moorcraft Super Spec Látex Enamel
Undercoater and Primer Sealer #253 o similar
III. S-W: ProMar 200 Alkyd Semi Gloss B34W200
4. Sistema de Pintado - Sistema de Revestimiento Epoxico
Poliamida de alto rendimiento (para el interior del Lab.
BSL2+): Proveer 2 manos con un total de revestimiento
terminado no menor 4 Mils.
a. Base: Base recomendada por el fabricante
I. ICI: Ultra-Hide 3210 Aquacrylic Gripper o similar
II. KH: 0890 sandable drywall primer o similar
III. Moore: Moorcraft Super Spec Látex Enamel
Undercoater and Primer Sealer #253 o similar.
IV. S-W: PropRite 200 Látex Wall Primer o similar
V. Tnemec: 51-792 PVA Sealer o similar
b. Primera y Segunda Mano: Revestimiento Epoxico
Poliamida de Alto Rendimiento.
I. ICI: True Glaze 4508 Chemical Resistant Epoxy o
similar
II. KH: 9100 Epoxy Enamel o similar
III. Moore: Polyamide Epoxy Gloss Coating
M36/M37 o similar
IV. Tnemec: Series 66 o similar
F. Obras de Madera Barnizada:
1. Sistema de Pintado - Acabado de Barniz Frotado: 3 manos
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de acabado final sobre un relleno de tinte en madera de fibra
abierta. Limpiar el relleno antes de aplicar la primera mano
de barniz.
a. Tinte: tipo oleoso para teñir madera
I. KH: 8709 Semi-Transparent Stain o similar
II. Moore: Benwood Penetratin Stain #234 o similar
III. S-W: Wood Classics Oil Stain A48-200 Series o
similar
b. Primera Mano: Sellador
I. KH: Woodkraft Sealer 4048 o similar
II. Moore: Moorcraft Super Spec Sanding Sealer
#267 o similar
III. S-W: Wood Classics Fast Dry Sealer B26V43 o
similar
c. Mano de Relleno: Pasta de relleno para madera para
madera de fibra abierta
I. KH: Old Master’s Paste Wood Filler o similar
II. Moore: Benwood Wood Grain Filler #238 o similar
III. S-W: Sher-Wood Fast Dry Filler o similar
d. Segunda y Tercera Mano: Frote de Barniz de aceite
I. KH: Woodkraft Satin Varnish o similar
II. Moore: Benwood Satin Finish Varnish #404 o similar
III. S-W: Wood Classics Varnish G1 A66-300 Series o
similar
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G. Acabado Natural Para Obras de Madera
1. Sistema de Pintado - Acabado de barniz frotado: 2 manos
sobre un tinte y relleno en madera de fibra abierta.
a. Primera Mano: Sellador
I. KH: Woodkraft Sealer 4048 o similar
II. Moore: Moorcraft Super Spec Sanding Sealer
# 413 o similar
III. S-W: Wood Classics Fast Dry Sealer B26V43 o
similar
b. Mano de Relleno: Pasta de Relleno de Madera de Fibra
Abierta
I. KH: Old Master’s Paste Wood Filler o similar
II. Moore: Benwood Paste Wood Filler #238 o similar
c. Segunda y Tercera mano: Frotado de Barniz de aceite
I. KH: WoodKraft Satin Varnish o similar
II. Moore: Benwood Satin Finish Varnish #404 o similar
III. S-W: Wood Classics Varnish Gloss A66-300 Series
o similar
SECCIÓN 9C REPELLO
PARTE - 1 GENERAL
9C.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
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Los trabajos que se realizarán bajo esta Sección de las Especificaciones
consistirán en suministrar todos los trabajos, materiales, equipo,
herramientas y accesorios y realizar todas las operaciones requeridas para
completar las Obras de Repello incluyendo pero no limitado a lo siguiente:
A. Evaluación y aceptación de las condiciones de trabajo en el Sitio
B. Mortero de cemento para paredes, cielo y pisos
C. Mortero de cemento para pisos
D. Mortero de cemento para bloques de concreto y cerámicos
E. Planos de taller
F. Limpieza y protección
9C.1.02 OBRAS RELACIONADAS CON OTRAS SECCIONES
A. Concreto - Sección 3D
B. Bloque de Concreto -Sección 4B
C. Impermeabilización - Sección 7B
D. Pintado - Sección 9B
E. Azulejos - Sección 9D
F. Obras Mecánicas y Eléctricas - Sección 15 and 16
9C.1.03 ENTREGAS
A. Presentar los datos del fabricante, las especificaciones, las
recomendaciones y las aplicaciones del agente impermeabilizante
al consultor para su aprobación.
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B. Presentar los planos de taller mostrando el diseño, los acabados
superficiales y otros detalles al Consultor para su aprobación.
PARTE - 2 PRODUCTOS
9C.2.01 MATERIALES
A. Cemento
Cemento portland regular y cemento blanco en conformidad con
la normativa local, ASTM o equivalente.
B. Cal
De conformidad con la normativa local, ASTM o equivalente.
C. Agregados Finos
Finos agregados normales deberán ser arenas producidas
localmente o aprobados por el Consultor.
D. Agua
Deberá ser fresca, limpia y libre de cantidades perjudiciales
de ácido, álcalis y otras sustancias nocivas.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
9C.3.01 PREPARACIÓN
A. Proporcionar una ventilación adecuada para el trabajo de repello
seco correctamente durante y después de la aplicación. En edificios,
mantenga las ventanas y / o puertas abiertas para proporcionar
suficiente circulación de aire.
B. Limpie las superficies de hormigón o mampostería donde el trabajo
de repello está programado. Quite todo el polvo, partículas sueltas,
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aceite, grasa y cualquier otro material extraño.
C. Cepille las superficies de hormigón donde el trabajo de repello está
programado con escobas rígidas para quitar la lechada y dar
superficies rugosas antes de que el hormigón se haya endurecido
completamente.
9C.3.02 MIXING
A. Primera Capa
Aplicar mortero de casi 10 mm de espesor sobre las superficies
de mampostería y hormigón. Rascar en líneas cruzadas a fondo y
mantener al menos 48 horas en estado húmedo antes de aplicar la
segunda capa.
B. Segunda Capa
Aplicar mortero de al menos 6 mm de espesor y mantener
casi 48 horas en condiciones húmedas antes de aplicar la siguiente
capa. Raspe y cepille la superficie ligeramente.
C. Capa Final
Aplicar mortero de al menos 3 mm de espesor no antes de
14 días después de aplicar la segunda capa.
D. Limpieza
Retire la caída de los pisos inmediatamente y limpie todas las
superficies expuestas de las capas de revestimiento de materiales
de repello para proporcionar superficies limpias para la pintura
después de la terminación diaria del trabajo de enlucido. Al terminar
el trabajo en un área, retire con prontitud escombros, materiales
sobrantes, basura, andamios, equipos y herramientas de la zona
lista para pintar.
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SECCIÒN 9D CERÁMICA
PARTE - 1 GENERAL
9D.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
Los trabajos que se realizarán bajo esta Sección de las Especificaciones
consistirán en suministrar todos los trabajos, materiales, equipo,
herramientas y accesorios y realizar todas las operaciones requeridas para
completar las Obras de Cerámica incluyendo pero no limitado a lo
siguiente:
A. Evaluación y aceptación de las condiciones de trabajo en el Sitio
B. Obras de cerámica en interiores
C. Planos de taller, muestras y datos del fabricante
D. Coordinación con otras labores y oficios
E. Limpieza y protección
9D.1.02 OBRAS RELACIONADAS CON OTRAS SECCIONES
A. Encofrado de Concreto - Sección 3C
B. Obras de Concreto - Sección 3E
C. Mampostería - División 4
D. Impermeabilización - Sección 7B
E. Repello - Sección 9C
F. Obras Mecánicas y Eléctricas - División 15 and 16
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9D.1.03 ENTREGAS
A. Presentar las muestras junto con las especificaciones del fabricante
y las instrucciones de las solicitudes de cada material y tipo para el
consultor para su aprobación.
B. Presentar los planos de taller al Consultor para su aprobación.
PARTE - 2 PRODUCTOS
9D.2.01 MATERIALES
A. Baldosas
Todas las baldosas deberán cumplir con los estándares
locales, ASTM o equivalente e incluir los tipos listados a
continuación:
1. Baldosa Cerámica:
Piso: 25x25 (como dictan los planos), 25x25
(antiderrapante) Pared: 200x100 mm
Zócalo: H=100 mm (Contínuo con la pared)
2. Baldosa de Mármol:
Piso: 600x600 mm (como dictan los planos)
Zócalo: H=100 mm (mismo tipo del piso)
B. Adhesivo para Baldosa
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Polímero fortificado en polvo de cemento fortificado en polvo
para ser mezclado con agua para instalar baldosas cerámicas y
piedras naturales, de acuerdo con las normas locales, ANSI A118.4
y A118.11 o equivalente.
C. Agua
Fresca, limpia y libre de cantidades nocivas de ácidos, álcalis u
otras sustancias nocivas.
D. Impermeabilizante para instalación de piezas gruesas de baldosas
a. General: Proveer productos que cumplan con ASTM D 4068
en la descripción de ese artículo.
b. Polietileno clorado no plastificado (CPE) enlistado por
IAPMO (UPC #4036)
i. Permeabilidad de agua vaporizada: ASTM E96/E96M,
Procedimiento A, 73° 50% humedad, máximo 0.070
perms (5.2 ng/Pa*s*m²).
ii. Elongación: al menos 350% por ASTM D412
c. Productos disponibles: sujetos de conformidad con los
requerimientos, productos que pueden ser incorporados en
las Obras incluidas pero no se limitan a lo siguiente:
i. Membrana impermeabilizante de polietileno
1. Chloraloy; Noble
Company o similar
PARTE - 3
EJECUCIÓN
9D.3.01 PREPARACIÓN
A. Conforme a la Sección 9C.3.01, A, B, C.
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B. Inmediatamente antes de comenzar, el suelo deberá estar limpio y
mojado.
9D.3.02 MÉTODO DE MONTAJE
A. Todas las superficies deben estar entre 40 ° F (4 ° C) y 32 ° C (90 °
F) y estructuralmente sanas, limpias y libres de suciedad, aceite,
grasa, pintura, selladores de concreto o compuestos de curado.
B. Las superficies de hormigón rugosas o desiguales se deben hacer
lisas con la base de cemento de látex Portland para proporcionar un
acabado de madera flotante (o mejor).
C. Losas de cemento secas, polvorientas o mampostería deben ser
humedecidas y el exceso de agua eliminado. La instalación puede
realizarse sobre una superficie húmeda.
D. Las nuevas losas de concreto deberán ser curadas en húmedo y
28 días antes de la aplicación. Todas las losas deben ser
aplomadas y fieles a 6 mm en 3 m.
E. Las juntas de expansión se proveerán a través de labores de las
baldosas de todas las juntas de construcción o de expansión en el
sustrato. Siga la especificación ANSI A108.01-3.7.
F. No cubra las juntas de dilatación con mortero.
G. Coloque el agua potable limpia en un cubo limpio. Utilice
aproximadamente 5,2 L de agua para 22,7 kg de polvo. Añada el
polvo y mezcle a mano o con un mezclador de baja velocidad a una
consistencia lisa y maleable. Deje que el mortero se endurezca
durante 5 a 10 minutos. Remover sin agregar más agua o polvo.
Durante el uso, revuelva ocasionalmente para mantener la mezcla
suave. No suavizar con agua.
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H. Los rincones y esquinas y otras partes importantes deberán ser
cuidadosamente preparados y terminados; Y la alineación de la
junta longitudinal y a lo ancho se hará en orden recto; luego de
esto la superficie será limpiada.
I. El recorte del mortero en las juntas debe hacerse suavemente para
no causar vibraciones a las piezas; luego se debe limpiar la
superficie de las juntas. En el llenado de juntas con mortero, dicho
mortero se frotará con una paleta de pintura y un flotador de madera;
Y se presionará con una lana apuntadora sin desniveles ni
irregularidades; Entonces el mortero sobrante se removerá y se
limpiará.
J. El material que rejunte el azulejo de la pared debe ser
mortero blanco pegajoso mezclado con agua.
SECCIÓN 9E PIEDRA NATURAL
PARTE - 1 GENERAL
9E.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
Los trabajos que se realizarán bajo esta Sección de las Especificaciones
consistirán en suministrar todos los trabajos, materiales, equipo,
herramientas y accesorios y realizar todas las operaciones requeridas para
completar las Obras de Cerámica incluyendo pero no limitado a lo
siguiente:
A. Evaluación y aceptación de las condiciones de trabajo en el Sitio
B. Obras de piedra natural en interiores
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C. Obras de piedra natural en exteriores
D. Planos de taller, muestras y datos del fabricante
E. Coordinación con otras labores y oficios
F. Limpieza y protección
9E.1.02 OBRAS RELACIONADAS CON OTRAS SECCIONES
A. Encofrado de Concreto - Sección 3C
B. Obras de Concreto - Sección 3E
C. Mampostería - División 4
D. Impermeabilización - Sección 7B
E. Repello - Sección 9C
F. Obras Mecánicas y Eléctricas -
División 15 and 16 9E.1.03 ENTREGAS
A. Presentar las muestras junto con las especificaciones del fabricante y
las
instrucciones de las solicitudes de cada material y tipo para el
consultor para su aprobación.
B. Presentar los planos de taller al Consultor para su aprobación.
PARTE - 2 PRODUCTOS
9E.2.01 MATERIALES
A. Piedra natural
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Todas las piedras naturales deberán cumplir con los
estándares locales, ASTM o equivalente e incluir los tipos
listados a continuación:
1. Lisa:
Pared: 600x600 mm aproximadamente
2. Texturizada:
Pared: de forma irregular y piezas con
mucha textura aprobadas por el
Consultor
B. Anclajes
Sistema puntual de anclaje en acero inoxidable (304) para
piedra natural sustentada mediante pasador. La junta horizontal
mínima es de 3mm y la longitud el diámetro del corrugado dependen
del tamaño de la piedra y de la cámara necesaria. El pasador será
asegurado al interior del muro con Resina con base epóxica para
anclaje químico.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
9E.3.01 PREPARACIÓN
Inmediatamente antes de comenzar, la superficie deberá estar
limpia y seca. 9E.3.02 MÉTODO DE MONTAJE
A. Para cada obra y a la vista del proyecto arquitectónico, se realizará un
proyecto técnico de la fachada de piedra en el que se calcularán y
determinarán los elementos a utilizar y su disposición
B. La secuencia de las operaciones de puesta en obra debe ser la
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siguiente:
a. Replanteo.
b. Colocación de ménsulas de sustentación y retención.
c. Colocación de perfiles verticales.
d. Colocación del aislante si procede.
e. Colocación de los perfiles horizontales en la franja inferior
de la fachada.
f. Colocación sucesiva de los perfiles horizontales y las placas
de piedra natural, de abajo hacia arriba, y establecimiento
de juntas.
SECCIÓN 9F VINILO PARA PISO
PARTE - 1 GENERAL
9F.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
Los trabajos que se realizarán bajo esta Sección de las Especificaciones
consistirán en suministrar todos los trabajos, materiales, equipo,
herramientas y accesorios y realizar todas las operaciones requeridas para
completar las Obras de Vinilo para Piso incluyendo pero no limitado a lo
siguiente:
A. Evaluación y aceptación de las condiciones de trabajo en el Sitio
B. Piso de vinilo para piso y rodapié (de alto tráfico)
C. Planos de taller y muestras
D. Coordinación con obras de otras Secciones y Divisiones
E. Limpieza y Protección
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9F.1.02 OBRAS RELACIONADAS CON OTRAS SECCIONES
A. Concreto - División 3
B. Mampostería - División 4
C. Carpintería - División 6
D. Repello - Sección 9C
E. Instalaciones Eléctricas y Mecánicas -
Divisiones 15 and 16 9F.1.03 ENTREGAS
A. Presentar los planos de taller indicando el patrón de disposición y
muestras al
Consultor para su aprobación.
B. Presentar las especificaciones y recomendaciones generales del
fabricante para cada material y tipo de aplicación al Consultor para
su aprobación.
9F.1.04 ALMACENAJE
Todas las láminas y losetas se almacenarán en un almacén mantenido a una
temperatura de 20 ° C o más y el adhesivo se conservará en menos de 30 ° C.
PARTE - 2 PRODUCTOS
9F.2.01 MATERIALES
A. Las láminas de vinilo deben ser de cloruro de polivinilo conforme a
las normas locales, ASTM o equivalente y tienen 2,0 mm y más de
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espesor con el patrón de rayas como tipo de carga preventiva.
B. Aplique el adhesivo adecuado al material de suelo elástico de
acuerdo con las instrucciones y recomendaciones del fabricante.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
9F.3.01 EJECUCIÓN
A. La superficie del lecho del piso debe estar acabado con mortero de
cemento suavemente con lana de acero de la manera descrita en la
Sección 9C.
B. Aplicar el adhesivo uniformemente sobre el lecho del piso y colocar
los materiales sobre el lecho adherente directamente. Se deberá
prestar especial atención a que no se produzcan irregularidades o
desniveles en la colocación. Después de la colocación, limpie el
adhesivo excesivo y presione el material del suelo con rodillos o por
otros medios para eliminar el aire contenido entre el suelo y el
adhesivo.
9F.3.02 CURADO
A. Después de la terminación de los materiales de pavimentación, el
área no aceptará ninguna otra obra hasta que el adhesivo esté
completamente endurecido de acuerdo con las instrucciones del
Consultor.
B. Al finalizar el Trabajo, las superficies del suelo elástico deben ser
pulidas con cera.
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SECCIÓN 9G PANEL ACÚSTICO (FIBRA MINERAL)
PARTE - 1 GENERAL
9G.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
Los trabajos que se realizarán bajo esta Sección de las Especificaciones
consistirán en suministrar todos los trabajos, materiales, equipo,
herramientas y accesorios y realizar todas las operaciones requeridas para
completar las Obras de Panel Acústico de Fibra Mineral, incluyendo pero
no limitado a lo siguiente:
A. Evaluación y aceptación de las condiciones de trabajo en el Sitio
B. Panel Acústico (Fibra Mineral) para cielo
C. Sistema de suspensión
D. Planos de taller y muestras
E. Coordinación con obras de otras Secciones y Divisiones
F. Limpieza y Protección
9G.1.02 OBRAS RELACIONADAS CON OTRAS SECCIONES
A. Concreto - División 3
B. Mampostería - División 4
C. Metal - División 5
D. Carpintería - División 6
E. Pared de Tabla Yeso y otros - Sección 9H
F. Instalación Mecánica y Eléctrica -
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División 15 and 16 9G.1.03 ENTREGAS
A. Presentar los planos de taller y muestras al Consultor para su
aprobación
B. Presentar las especificaciones y recomendaciones generales del
fabricante para cada tipo de material de aplicación al Consultor
para su aprobación.
PARTE - 2 PRODUCTOS
9G.2.01 MATERIALES
El panel acústico (fibra mineral) se ajustará a las normas locales, ASTM o
equivalente, incluyendo dispositivos de fijación y tendrá 600 x 600 mm y
15 mm o más de grosor como estándar.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
9G.3.01 EJECUCIÓN
A. Se tomarán precauciones para no causar huecos, desniveles y daños.
B. El panel acústico de fibra mineral se colocará de acuerdo con los
planos de taller y/o las instrucciones del Consultor.
C. Ocultar la junta
SECCIÓN 9H TABLERO DE FIBROCEMENTO
PART - 1 GENERAL
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9H.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
Los trabajos que se realizarán bajo esta Sección de las Especificaciones
consistirán en suministrar todos los trabajos, materiales, equipo,
herramientas y accesorios y realizar todas las operaciones requeridas para
completar las Obras de Tablero de Fibrocemento, incluyendo pero no
limitado a lo siguiente:
A. Evaluación y aceptación de las condiciones de trabajo en el Sitio
B. Tablero de fibrocemento para cielo y pared
C. Muestras y planos de taller
D. Coordinación con obras de otras Divisiones
E. Limpieza y protección
9H.1.02 OBRAS RELACIONADAS CON OTRAS SECCIONES
A. Concreto - División 3
B. Metal - División 4
C. Carpintería - División 5
D. Pintado - Sección 9B
E. Instalación Mecánica y Eléctrica -
División 15 and16 9H.1.03 ENTREGAS
A. Presentar los planos de taller y muestras al Consultor para su
aprobación
B. Presentar las especificaciones y recomendaciones generales del
fabricante para cada material y tipo de aplicación al Consultor para
su aprobación.
9H.1.04 CONTROL DE CALIDAD
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El Contratista establecerá y mantendrá control de calidad para esta
Sección para asegurar el cumplimiento de los requisitos del Contrato y
mantendrá registros de control de calidad para todas las operaciones.
PARTE - 2 PRODUCTOS
9H.2.01 MATERIALES
Tablero de fibrocemento: incoloro y conforme a las normas locales,
ASTM o equivalente, incluyendo dispositivos de fijación.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
9H.3.01 EJECUCIÓN
A. Se debe tener cuidado de no causar huecos o desniveles.
B. El tablero de fibrocemento se colocará de acuerdo con los planos
y/o la instrucción del Consultor.
SECCIÓN 9I TABLA YESO
PARTE - 1 GENERAL
9I.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
Los trabajos que se realizarán bajo esta Sección de las Especificaciones
consistirán en suministrar todos los trabajos, materiales, equipo,
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herramientas y accesorios y realizar todas las operaciones requeridas para
completar las Obras de Tablero de Fibrocemento, incluyendo pero no
limitado a lo siguiente:
A. Evaluación y aceptación de las condiciones de trabajo en el sitio
B. Coberturas de tabla yeso y paredes divisorias
C. Muestras y planos de taller
D. Coordinación con otras labores
E. Limpieza y protección
9I.1.02 OBRAS RELACIONADAS CON OTRAS SECCIONES
A. Concreto - División 3
B. Metal - División 5
C. Carpintería - División 6
D. Protección Térmica y de Humedad - División 7
E. Pintado - Sección 9B
F. Instalación Mecánica y Eléctrica -
División 15 and 16 9I.1.03 ENTREGAS
Envíe los dibujos y muestras de la tienda al Consultor para su aprobación.
PARTE - 2 MATERIALES
9I.2.01 COMPONENTES DE PERFILERÍA DE ACERO PARA CIELOS
SUSPENDIDOS FORRADOS
A. General: Proveer elementos que cumplan con ASTM C 754 para las
condiciones indicadas.
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B. Anclajes fundidos en sitio o post instalados en Concreto: Anclajes
del tipo mencionado abajo, fabricados de materiales resistentes a la
corrosión, con agujeros o anillos para sujetar alambres, y con
capacidad para sostener, sin falla, una carga igual a 5 veces la
impuesta por la construcción del cielo, tal como se determina en la
evaluación de ASTM E 488 conducida por una agencia
independiente de evaluación calificada.
1. Del tipo fundido en sitio, diseñado para sujetarse a
elementos de concreto.
2. Anclaje químico.
3. Anclaje de Expansión
C. Sujetadores en concreto accionado en polvo (Referirse a los Planos
Estructurales): Sistema de anclaje del tipo adecuado para la
aplicación indicada, fabricado de materiales resistentes a la
corrosión, con clips u otros accesorios para sujetar colgadores del
tipo indicado, y con capacidad para sostener, sin lugar a falla, una
carga igual a 10 veces la impuesta por la construcción del cielo, tal
como se determine por la evaluación ASTM E 1190 realizado por
una agencia independiente de evaluación calificada.
D. Anclajes de Expansión Post instalados: Proveer anclajes de
expansión con
capacidad de sujetar sin falla.
E. Alambre de Amarre: ASTM A 641 (ASTM A 641 M), Revestimiento
de zinc clase 1, recocido suave, 0.62 pulgadas (1.6mm) de espesor.
F. Ganchos de Alambre: ASTM A 641 (ASTM A 641 M) Revestimiento
de zinc clase 1, recocido suave, 0.162 pulgadas (4.1mm) de
diámetro.
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G. Barras de Colgadores: Acero templado con revestimiento de zinc o
protegido con pintura inhibidora de óxido.
H. Colgadores Planos: Acero templado con revestimiento de zinc o
protegido con pintura inhibidora de óxido.
I. Colgadores de Ángulo: Ángulos con patas de no menos de ⅞” (22.2
mm) de ancho, formados de una gruesa hoja de acero galvanizado
de 0.0635” (1.6 mm) cumpliendo con la designación de
revestimiento ASTM A 653, G 90 (ASTM A 653 M, Z 180), con
conexiones atornilladas y tornillos de 9 mm de diámetro.
J. Perfiles o Canales: Acero laminado en frío, de 0.0598” (1.5 mm) de
espesor mínimo de base metálica sin revestimiento y pestañas de
7/16” (11.1 mm) de ancho, y de la manera siguiente:
1. Canaleta de Carga: 1 ½” (38.1 mm) de profundidad, de acero
laminado en frío calibre 16, pintura asfáltica negra, a menos
que se indique lo contrario.
2. Paral/Stud: Poste metálico calibre 25 USG No. 358CR25 (3
⅝”). Proveer perfiles metálicos para acomodar perfiles de
otros tamaños cuando requerido.
3. Canal Listón: 1 ½”, calibre 16 laminado en frío, pintura negra
asfáltica.
4. Canal Furring: USG DWC025 (calibre 25) canal furring
metálico o igual de otro fabricante aceptable.
5. Canal Resistente: canal resistente USG RC-1o igual al de
otro fabricante aceptable.
6. Acabado:
a. Pintura inhibidora de óxido, a menos que se indique lo
contrario.
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b. ASTM A 653, G 60 (ASTM A 635 M, Z 180)
revestimiento galvanizado en inmersión caliente para
perfilería en sofitos exteriores y donde se indique.
K. Parales de acero para Canales Furring: ASTM C 645, con orillas
pestañadas de parales doblados 90 grados hacia atrás y sobre
doblados para formar un labio de retorno de 3/19” (5 mm), y
cumpliendo con los siguientes requerimientos para espesor máximo
de la base metálica (sin revestimiento) y la profundidad:
1. Espesor: 0.0329 pulgadas (84 mm) a menos que se indique lo
contrario.
2. Profundidad: Como se indique.
3. Revestimiento Protector:
a. Revestimiento resistente a la corrosión según
estándar del fabricante.
b. ASTM A 653, G 40 (ASTM A 653 M, Z 90) galvanizado
de inmersión caliente para perfilería en sofitos
exteriores y para elementos de suspensión de cielos
en áreas entre los 10 pies (3 exteriores,
L. Canal Furring de Acero Rígido: ASTM C 645, forma de sombrero
(HAT), con profundidad de ⅞” (22.2 mm), y espesor mínimo de base
metálica (sin revestimiento) como la siguiente:
1. Espesor: 0.0329 pulgadas (84 mm) a menos que se indique lo
contrario.
2. Revestimiento Protector:
a. Revestimiento resistente a la corrosión según
m) de paredes
y como se indique en los planos.
estándar del fabricante.
b. ASTM A 653, G 40 (ASTM A 653 M, Z 90) galvanizado
de inmersión caliente para perfilería en sofitos
exteriores y para elementos de suspensión de cielos
en áreas entre los 10 pies (3
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estándar del fabricante.
b. ASTM A 653, G 40 (ASTM A 653 M, Z 90) galvanizado
de inmersión caliente para perfilería en sofitos
exteriores y para elementos de suspensión de cielos
en áreas entre los 10 pies (3
m) de paredes exteriores, y como se indique en los
planos.
M. Canal Furring de Acero Resistente: Producto según el estándar del
fabricante diseñado para reducir la transmisión de sonido, fabricado
de placa de acero sujeto a ASTM A 653 (ASTM A 635 M) o ASTM
A 568 (ASTM A 568 M) para formar un canal con profundidad de ½”
(12.7 mm) de la siguiente configuración:
1. Configuración de una pata: Canal de forma asimétrica, con la
cara conectada a una de las pestañas pon una pata ranurada
(entramado).
2. Configuración doble pata: Canal en forma de sombrero con
una cara de 1 ½” (38.1 mm) de ancho conectado a las
pestañas por un canal doble ranurado o patas metálicas
expandidas (entramado).
3. Configuración de simple o doble pata: Canal de forma
asimétrica con cara conectada a una pestaña simple por una
pata ranurada (entramado) o un canal forma de sombrero con
una cara de 1 ½” (38.1 mm) de ancho conectada a las
pestañas por un pata doble ranurada o pata de metal
expandido (entramado).
N. Sistema de Cuadrícula de Suspensión para Cielos Interiores: ASTM
C 645, Sistema de cuadrícula de suspensión de colgado directo
según estándar de fabricante, compuesto de vigas principales y
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elementos de canal furring transversales que se conectan para
formar una red de soporte modular.
9I.2.02 PERFILERÍA DE ACERO PARA PAREDES Y PARTICIONES
A. General: Proveer elementos de perfilería de acero que cumplan con
los siguientes requerimientos:
1. Revestimiento de Protección:
a. Revestimiento resistente a la corrosión según
estándar de fabricante.
b. ASTM A 653, G 40 (ASTM A 653 M, Z 90) galvanizado
de inmersión caliente para perfilería en sofitos
exteriores y para elementos de suspensión de cielos
en áreas entre los 10 pies (3 m) de paredes exteriores,
planos.
2. Parales y Postes de Acero: USG grado 25 No. 358ST25 (3 ⅝
pulgadas). Proveer parales y postes para acomodar los
anchos de otros postes como se indique en los planos.
Utilizar postes calibre 20 No. 358ST20 con ambos lados de
marco metálico ranurado (doble poste) detrás de la pared con
muebles o gabinetes empotrados en pared o detrás de la
pared con televisores o monitores empotrados (doble
postes).
B. Canaleta: canales superiores según estándar de fabricante
diseñados para prevenir resquebrajamiento del tablayeso
ensamblado en particiones interiores como resultado de la deflexión
de la estructura superior, fabricado de lámina de acero que cumple
con ASTM A 653 (ASTM A 653 M) o ASTM A 568 (ASTM A 568 M).
y como se indique en los
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El espesor será como lo indique los postes o parales y el ancho
deberá ser tal que pueda alojar la profundidad del poste y será de
las siguientes configuraciones:
1. Canaleta Superior con Pestañas comprimibles: 2 ½ pulgadas
(63.5 mm) de pestañas profundas con forma de “V” que no
se comprimen cuando se les aplica presión de la
construcción desde arriba.
2. Canaleta Superior con Pestañas Ranuradas: 2 ½ pulgadas
(63.5 mm) de pestañas con ranuras de 1 pulgada (25.4 mm).
3. Canaleta Superior de 2 ½ pulgadas (63.5 mm) de pestañas
profundas con forma de “V” que se comprimen cuando se les
aplica presión de la construcción desde arriba o que tienen
pestañas con ranuras de 1 pulgada (25.4 mm) que permiten
a los sujetadores que pasen los tornillos a través de las
ranuras para acomodar un movimiento estructural por
deslizamiento.
4. Productos: sujetos a cumplir con los requerimientos, proveer
productos de la menos uno de los siguiente:
a. Superior Flex Track System (SFT); Delta Star, Inc.
b. SLP-TRK; Metal-Lite, Inc.
C. Canal Furring de Acero Rígido: ASTM C 645, forma de sombrero
(HAT), con profundidad y espesor mínimo de base metálica (sin
revestimiento) como la siguiente:
1. Espesor: 0.0179 pulgadas (0.45 mm), a menos que se
indique lo contrario.
2. Profundidad: Como sí indique.
D. Sujetador Furring: del tipo brazo dentado, ajustable, fabricado de
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acero resistente a la corrosión cumpliendo con ASTM C 645,
espesor mínimo de base metálica (sin revestimiento) de 0.0329
pulgadas (0.84 mm), diseñado para unión con tornillos a postes de
acero y canales furring de acero rígido utilizado en la perfilería.
E. Canales Furring de Acero Resistente: Producto según el estándar
del fabricante diseñado para reducir la transmisión de sonido,
fabricado de placa de acero sujeto a ASTM A 653 (ASTM A 635
M) o ASTM A 568 (ASTM A
568 M) para formar un canal con profundidad de ½” (12.7 mm) de
la siguiente configuración:
1. Configuración de una pata: Canal de forma asimétrica, con la
cara conectada a una de las pestañas pon una pata ranurada
(entramado).
2. Configuración doble pata: Canal en forma de sombrero con
una cara de 1 ½” (38.1 mm) de ancho conectado a las
pestañas por un canal doble ranurado o patas metálicas
expandidas (entramado).
3. Configuración de simple o doble pata: Canal de forma
asimétrica con cara conectada a una pestaña simple por una
pata ranurada (entramado) o un canal forma de sombrero con
una cara de 1 ½” (38.1 mm) de ancho conectada a las
pestañas por un pata doble ranurada o pata de metal
expandido (entramado).
F. Elementos Furring-Z: Según estándar del fabricante, elemento
furring en forma Z red ranurada o no ranurada, fabricado de lámina
de acero que cumple con ASTM A 653 (ASTM A 653 M) o ASTM A
568 (ASTM A 568 M); con espesor mínimo de base metálica (sin
revestimiento) de 0.0179 pulgadas (0.45 mm), pestaña de cara 1 ¼”
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(31.8 mm), pestaña sujetable a la pared de ⅞” (22.2 mm) y de
profundidad necesaria para adaptar aislante del espesor indicado.
G. Canal de Acero de Acoplamiento: Acero laminado en frío, espesor
mínimo de base metálica (sin revestimiento) de 0.0598 pulgadas
(1.5 mm) y pestañas de 7/16” (11.1 mm) de ancho, 1 ½” (38.1 mm)
de profundidad, 475 lb/1000 pies (45 kg/100 m), a menos que sí
indique lo contrario.
H. Correa plana de acero y placa de apoyo: lámina de acero para
bloqueo y refuerzo que cumpla con ASTM A 653 (ASTM A 653 M) o
ASTM A 568 (ASTM A 568 M) con largo y ancho como sea indicado
y con espesor mínimo de base metálica (sin revestimiento) como se
indique a continuación:
1. Espesor: 0.0329 pulgadas (0.84 mm) donde se indique.
I. Sujetadores para Perfilería Metálica: Proveer sujetadores del tipo,
material, tamaño, resistente a la corrosión, capacidad de sujeción,
y otras propiedades necesarias para sujetar perfilería de acero y
elementos de furring de forma segura a los sustratos involucrados;
cumpliendo con las recomendaciones del fabricante de tablayeso
para las aplicaciones indicadas.
1. proveer tornillos para tablayeso USG Tipo S o Tipo S-12,
utilizar el calibre apropiado para cada tipo de poste.
9I.2.03 PRODUCTOS DE TABLAYESO
A. General: Proveer material de tablayeso de los tipos indicados, de
los anchos máximos disponibles que puedan disminuir juntas de
tope de extremo a extremo en cada área indicada a recibir
aplicaciones de tablayeso.
1. Anchos: Proveer tableros de tablayeso de 48 pulgadas (1219
mm).
B. Tablayeso: Del ASTM C 36 y lo siguiente:
1. Tipos:
a. Tipo X donde se requiera para ensamble de
clasificación resistente al fuego.
2. Orillas: afiladas
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mm).
B. Tablayeso: Del ASTM C 36 y lo siguiente:
1. Tipos:
a. Tipo X donde se requiera para ensamble de
clasificación resistente al fuego.
2. Orillas: afiladas
3. Espesor: ⅝ pulgadas
4. Ancho: 48 pulgadas de ancho
5. Producto: USG Sheetrock Firecode
C. Tablayeso resistente al agua: Del ASTM C 630 y lo siguiente:
1. Tipos:
a. Tipo X donde se requiera para ensamble de
clasificación resistente al fuego.
2. Orillas: afiladas
3. Espesor: ⅝ pulgadas
4. Ancho: 48 pulgadas de ancho
5. Producto: USG Sheetrock Firecode
D. Tablayeso resistente al moho, humedad y hongos: del tipo ASTM
C 630, ASTM D 3273 y ASTM C 1177
1. Producto Disponible: Sujeto a cumplir con los
requerimientos, productos que pueden ser
incorporados en las obras pero no se limitan a:
a. DensArmor Plus Interior Guard, fabricado por G-P
Gypsum Corp.
2. Núcleo: ⅝ de pulgada (15.9 mm), Tipo X, a menos que
se indique lo contrario.
E. Tablayeso Exterior para Sofito: Del tipo ASTM C 931, con orillas
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según estándar del fabricante, del tipo y espesor indicado abajo:
1. Tipo: Regular, del Tipo X donde se requiera para
ensamble de clasificación resistente al fuego.
2. Espesor: ⅝” (15.9 mm) para el Tipo X y ½” (12.7 mm), a
menos que se indique lo contrario.
F. Unidades de Soporte Cementicio: ANSI A118.9
1. Proveer unidades de soportes cementicio que cumplan
con ANSI A118.9, de ancho y espesor indicado abajo, y
de los largos máximos disponibles para minimizar la junta
de extremo a extremo:
a. Espesor: Espesor estándar del fabricante, a
menos que se indique lo contrario.
2. Producto Disponible: Sujeto a cumplir con los
requerimientos, productos que puedan ser incorporados en
las obras incluyen pero no se limitan a los siguientes:
a. DomCrete Cementitious Tile-Backer Board; Domtar
Gypsum
b. Hardibacker Square Edge; James Hardie Building
Products
c. Util-A-Crete Concrete Backer Board, FinPan, Inc.
d. DUROCK Cement Board, United States Gypsum Co.
9I.2.04 ACCESORIOS DE CORTE
A. Accesorios para Instalación Interior: perfil de contorno, juntas de
control, y esquinero metálico de conformidad con ASTM C 1047 y
los requerimientos que se indican a continuación:
1. Material: Metal formado, de metal que cumpla con los
siguientes requerimientos:
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a. lámina de acero con revestimiento de zinc con
proceso de inmersión caliente o electrolítico; lámina
de acero revestido de laminado de aluminio o zinc.
b. Formas indicadas abajo por referencia de la figura 1
en ASTM C 1047:
i. esquinera metálica en las esquinas hacia
afuera, a menos que se indique lo contrario.
ii. esquinera metálica LC con ambos, cara y
pestañas; el lado de la cara formada para
recibir la junta compuesta. usar la esquinera
metálica LC para corte de orillas, a menos que
se indique lo contrario.
iii. esquinera metálica en L solo con pestaña, la
pestaña recibirá la junta compuesta, utilizar la
esquinera en L donde se requiere.
iv. Esquinera en forma de U con una cara y dos
pestañas. la cara creada para no tener contacto
con la junta compuesta, utilizar la esquinera
donde sea requerido.
v. junta de control de una sola pieza en forma de
“V” con tira removible para cubrir ranuras.
B. Moldura Metálica: Proveer moldura USG No. 200-B de acero en “L”.
C. Moldura Descubierta: Aluminio extruido de aleación 6063 T5, con
revestimiento de conversión química.
1. Productos Disponibles: Sujetos de conformidad con los
requerimientos, productos que pueden ser incorporados en
la obra pero que no se limitan a los siguientes:
a. Fry Reglet Z Reveal Molding DRM snap in 375, Fly
Reglet Corp. o similar.
D. Moldura Perimetral:
1. Productos Disponibles: Sujetos de conformidad con los
requerimientos, productos que pueden ser incorporados en
la obra pero que no se limitan a los siguientes:
a. Axiom Custom Perimeter Trim; Armstrong World
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Reglet Corp. o similar.
D. Moldura Perimetral:
1. Productos Disponibles: Sujetos de conformidad con los
requerimientos, productos que pueden ser incorporados en
la obra pero que no se limitan a los siguientes:
a. Axiom Custom Perimeter Trim; Armstrong World
Industries, Inc. o similar.
2. Componentes: sistema de moldura esquinera para sistemas
de cielo suspendido, de aluminio extruido aleación 6063
moldura canal, perfiles rectos o curvos de 10 pies a un radio
interno externo máximo de 24” para aplicaciones acústicas o
de tablayeso; sumado a eso, con esquinas acabadas y
soldadas en fábrica con patas de 12”. La sujeción al sistema
reticular es provisto por pinzas conectores en T de Axiom
especialmente diseñadas (AXSPLICE) o pinzas colgadores
(AXHGC), que se cierran con piezas especialmente
diseñadas en el perfil de moldura Axiom y se sujetan
atornillandose a los elementos de la retícula del sistema
Armstrong que se intercepta. Secciones de moldura son
unidas usando la junta de empalme Axiom (AXSPLICE). La
interface del tablayeso, bajo moldura esquinera Axiom, se
logra con la moldura inferior de tablayeso Axiom.
3. Moldura Canal Axiom: Cara de 6” de ancho con brazos
horizontales de ¾”, con secciones especiales rectas o curvas
con partes creadas para la sujetar el clip de conexión T Axiom
o clip colgante; aluminio extruido de calidad comercial, con
acabado de fábrica en pintura de poliéster (Aplicada en
fábrica para combinar con el sistema Armstrong) color Tech
Black.
4. Placa de empalme Axiom (AXSPLICE): Acabado de acero
galvanizado, creado para encajar en patrones especiales y
fijados en el sitio con tornillos instalados en fábrica.
5. Clip de Conexión T Axiom (AXTBC): Aluminio de calidad
comercial, con acabado que combine la moldura, creado para
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Black.
4. Placa de empalme Axiom (AXSPLICE): Acabado de acero
galvanizado, creado para encajar en patrones especiales y
fijados en el sitio con tornillos instalados en fábrica.
5. Clip de Conexión T Axiom (AXTBC): Aluminio de calidad
comercial, con acabado que combine la moldura, creado para
encajar en patrones especiales y asegurado en el sitio con
tornillos instalados en fábrica sujetado al Armstrong (Prelude)
Tech Black.
6. Clip Colgante Axiom (AXHGC): aluminio sin acabado de
calidad comercial, que combine con la moldura canal, creado
para encajar en patrones especiales y sujeto a los
componentes del sistema de suspensión Armstrong
(Prelude).
7. Moldura Inferior de Tablayeso Axiom: Aluminio extruido de
calidad comercial, con secciones rectas o curvas con
acabado de conversión química y creados para combinar con
los perfiles de la moldura canal Axiom y proveer una pestaña
a presión integrada para el acabado de tablayeso de ⅝”.
E. Accesorios para Instalación Exterior: perfil de contorno, juntas de
control, y esquinero metálico de conformidad con ASTM C 1047,
formas indicadas abajo por referencia de la figura 1 en ASTM C
1047:
1. esquinera metálica en las esquinas hacia afuera, a menos
que se indique lo contrario.
2. esquinera metálica LC con ambos, cara y pestañas; el lado
de la cara formada para recibir la junta compuesta, a menos
que se indique lo contrario.
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3. junta de control de una sola pieza en forma de “V” con tira
removible para cubrir ranuras.
9I.2.05 MATERIAL PARA EL TRATAMIENTO DE JUNTAS
B. General: Proveer material para tratamiento de juntas que cumpla
con ASTM C 475 y las recomendaciones de la hoja del producto y
del fabricante y para cada uno de los materiales para tratamiento de
juntas según su aplicación.
C. Proveer lo siguiente:
1. Tratamiento de juntas: cinta para juntas de tablayeso USG,
cinta de refuerzo de papel de fibra, compuesto mixto
premezclado para juntas de tablayeso.
2. Adhesivo: Ohio sealant, Inc. Formula #38 Adhesivo o similar.
3. Juntas de Control: USG No. 093 o similar.
4. Junta Esquinera: USG No. 103 o similar.
5. Junta Esquinera Radial: No permitida.
6. Empaque Comprimible: Norton #V-780 cinta de espuma de
⅛” o similar.
D. Cinta para juntas de tablayeso: cinta de papel de refuerzo, a menos
que se indique lo contrario.
1. Utilizar del sensible a la presión o adherido con grapa, de
tejido abierto, cinta de refuerzo de fibra de vidrio compatible
con la junta compuesta donde sea recomendado por el
fabricante de tablayeso y otros materiales para tratamiento
de juntas donde se indique su aplicación.
E. Compuesto del tipo ajustables para juntas de Tablayeso: empacado
de fábrica, multi tarea, producto de polvo endurecible químicamente
formulado para usos indicados.
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1. Donde se indique el uso de compuestos del tipo ajustable
como adhesión compuesta o para presión y relleno
solamente, utilizar una fórmula compatible con otros
compuestos para juntas que se apliquen sobre él.
2. para el pre-llenado de juntas de tablayeso, utilizar la fórmula
recomendada por el fabricante de tablayeso.
3. Para relleno de juntas y tratamiento de sujetadores para
tablayeso resistente al agua detrás de la base para montar
baldosas de cerámica, utilizar la fórmula recomendada por el
fabricante de tablayeso.
4. Para compuestos de cobertura, usar una formula arenable.
F. Compuestos del tipo de secado para juntas de Tablayeso:
Productos a base de vinilo empacados de fábrica, de conformidad
con los siguientes requerimientos para la fórmula del uso deseado.
1. Formula lista para mezcla: Producto mezclado en fábrica.
2. Formula de compuesto grabado para embeber la cinta y
como primer recubrimiento sobre los sujetadores y las
pestañas de los accesorios esquineros.
3. Fórmula para cobertura formulada para relleno (segunda
mano) y acabado final (tercera mano).
4. Compuesto para multi uso formulado para ambos, compues
para grabado y cobertura.
G. Compuesto para Juntas de Unidades de Soporte Cementicio:
Material recomendado por el fabricante de la unidad de soporte
cementicio.
9I.2.06 SELLADOR ACÚSTICO
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A. Sellador Acústico para juntas expuestas y ocultas: con estándar de
fabricante, que no escurra, pintable, sellador de látex que no
manche cumpliendo con ASTM C 834 y los siguientes
requerimientos:
1. El producto debe ser efectivo reduciendo la transmisión del
sonido por aire a través de las juntas perimetrales y aberturas
en la construcción del edificio como ya sea demostrado a
través de pruebas a ensayos de acuerdo a ASTM E 90.
B. Sellador Acústico para juntas ocultas: con estándar de fabricante,
que no escurra, no endurecible, no desgastable, aplicable con
pistola, sellador de goma sintética, recomendado para sellar juntas
interiores ocultas para reducir la transmisión de sonido que viaja en
el aire.
C. Productos: sujetos a cumplir con los requerimientos, proveer
selladores acústicos por alguno de los siguientes:
1. Sellador Acústico para Juntas Ocultas y Expuestas:
a. PL Acoustical Sealant, ChemRex, Inc. Contech Brands o
similar
b. AC-20 FTR Acoustical and Insulation Sealant; Pecora
Corp o similar
c. SHEETROCK Acoustical Sealant; United States
Gypsum Co. o similar
2. Sellador Acústico para Juntas Ocultas:
a. BA-98; Pecora Corp. o similar
b. Tremco Acoustical Sealant, Tremco, Inc. o similar
9I.2.07 MATERIALES MISCELANEOS
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A. General: proveer materiales auxiliares para la construcción con
tablayeso que cumplan en referencia con los estándares y
recomendaciones del fabricante de tablayeso.
B. Adhesivo Plastificado: adhesivo especial o compuesto
para
C. Lechada de punto: ASTM C 475, compuesto de junta del tipo
ajustable para lechada de punto en huecos que existan con los
marcos de las puertas.
D. Adhesivo sujetador para madera: ASTM C 557
E. Adhesivo sujetador para metal: adhesivo especial
recomendado para paneles de tablayeso laminado con
perfilería de acero.
F. Tornillos de acero de taladro que cumplan con ASTM C
1002 para las siguientes aplicaciones:
1. Fijar el tablayeso con los elementos de perfilería de acero
menores de 0.033” (0.84 mm) de espesor.
2. Fijar paneles de tablayeso con otros paneles de
G. Tornillos de taladro de acero que cumplan con ASTM C 954
para sujetar el tablayeso a elementos de perfilería de acero de
.033” a 0.112” (0.84 a 2.84 mm) de espesor.
H. Tornillos de taladro de acero del tamaño y tipo recomendado por
unidad de fabricante, para sujetar las unidades de soporte
cementicio.
I. Clavos para tablayeso: ASTM C 514
J. Fieltro orgánico de saturamiento asfaltico: ASTM D 226, Tipo 1
(No. 15 fieltro asfaltico) no perforado.
juntas recomendado para laminado de paneles detablayeso.
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K. Empaque de Espuma: Espuma de vinilo de célula cerrada con
tiras adhesivas traseras que permitan penetración de los
sujetadores sin moverse,
⅛” (3.20 mm) de espesor, y de un ancho adecuado del poste metálico.
L. Frazadas atenuadoras de sonido: aislamiento producido por
frazada de fibra mineral no descubierta, combinando la frazada de
fibra mineral del tipo descrito abajo con resinas termo ajustable
que cumpla con ASTM C 665 para tipo I (Frazadas de fibra con
membrana oculta).
1. Tipo de fibra de vidrio: Fibras hecha de vidrio
2. Espesores: 3 pulgadas para que cubran el espacio de los postes.
M. Aislamiento Térmico: Material según lo indicado abajo, y con
anchos que rellene los vacíos formados por los componentes de
canal furring z:
1. Aislante de manta descubierta de fibra mineral: aislamiento
con manta descubierta de fibra mineral producido por la
combinación de fibras minerales del tipo descrito abajo con
resina termo ajustable que cumpla con ASTM C 665 para el
tipo I (manta sin membrana cubierta)
a. Tipo de Fibra Mineral: fibras fabricadas de lana de vidrio
2. Aislamiento de Panel Extruido de Poliestireno: Rigido,
celular, poliestireno, aislamiento térmico formado a través de
una base de resina con un proceso de extrusión usando
hidroclorofluorocarbonos
como el agente catalizador para cumplir con ASTM C 578
para tipo IV y con las siguientes características de superficie
incendiable:
a. Desarrollo de humo y de llama en rangos de 450 y 75
respectivamente de acuerdo con ASTM E 84.
N. Retardante de Vapor de Polietileno: ASTM D 4397 y con espesor de
6Mils.
O. Cinta retardante de vapor: Sensible a la presión del tipo
recomendado por el fabricante de retardantes de vapor para sellado
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respectivamente de acuerdo con ASTM E 84.
N. Retardante de Vapor de Polietileno: ASTM D 4397 y con espesor de
6Mils.
O. Cinta retardante de vapor: Sensible a la presión del tipo
recomendado por el fabricante de retardantes de vapor para sellado
de juntas y penetraciones de retardantes de vapor.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
9I.3.01 EJECUCIÓN
A. A menos que se especifique lo contrario, todas las planchas deben
ser aplicadas cuidadosamente en tiras de furring con tornillos de
acero inoxidable o clavos para no causar lagunas o irregularidades.
B. El tablero flexible y el tablero del cemento de la fibra se aplicarán
con la junta de la ranura.
SECTION 9J PARTES DE REPUESTO
PARTE - 1 GENERAL
9J.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
Suministre, entregue y guarde todas las piezas de repuesto que se
enumeran en esta sección, "Lista de repuestos".
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9J.1.02 ENTREGAS
Presentar una “Lista de Repuestos” incluyendo lo siguiente:
A. Nombre y cantidad de materiales y dispositivos
B. Secciones relacionadas de estas especificaciones
C. Nombre, dirección y número de teléfono del fabricante
PARTE - 2 PRODUCTOS
9J.2.01 GENERAL
All equipment, devices and/or materials to be supplied as spare parts
shall comply the requirements specified in the respective Sections.
9J.2.02 LISTADO DE REPUESTOS
Pintura
Baldosas
Vinilo
Panel Acústico Fibra Mineral
Tablero de fibrocemento
Tablero de tabla yeso
5 L in en cada tipo, colour
3 m2 en cada tipo
3 m2 en cada tipo
5 m2en cada tipo
3 m2 en cada tipo
3 m2 en cada tipo
SECCIÓN 9K ALFOMBRA MODULAR
PARTE - 1 GENERAL
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9K.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
Los trabajos que se realizarán bajo esta Sección de las Especificaciones
consistirán en suministrar todos los trabajos, materiales, equipo,
herramientas y accesorios y realizar todas las operaciones requeridas para
completar las Obras de Alfombra Modular incluyendo, pero no limitado a lo
siguiente:
A. Evaluación y aceptación de las condiciones de trabajo en el Sitio
B. Alfombra modular para piso
C. Planos de taller y muestras
D. Coordinación con obras de otras Secciones y Divisiones
E. Limpieza y Protección
9K.1.02 OBRAS RELACIONADAS CON OTRAS SECCIONES
A. Concreto - División 3
B. Mampostería - División 4
C. Carpintería - División 6
D. Repello - Sección 9C
E. Instalaciones Eléctricas y Mecánicas -
Divisiones 15 y 16
9K.1.03 ENTREGAS
A. Presentar los planos de taller indicando el patrón de disposición y
muestras al Consultor para su aprobación.
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B. Presentar las especificaciones y recomendaciones generales del
fabricante para cada material y tipo de aplicación al Consultor para
su aprobación.
9K.1.04 ALMACENAJE
Todas las láminas y losetas se almacenarán en un almacén mantenido a una
temperatura de 20 ° C o más y el adhesivo se conservará en menos de 30 ° C.
PARTE - 2 PRODUCTOS
9K.2.01 MATERIALES
A. Las láminas de alfombrado modular deben ser de fibra de nylon
conforme a las normas locales, ASTM o equivalente y tener 6,0 mm
o más de espesor con el patrón aprobado por el Consultor.
B. Aplique el adhesivo adecuado al material de suelo elástico de
acuerdo con las instrucciones y recomendaciones del fabricante.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
9K.3.01 CONDICIONES DEL SITIO
A. Las siguientes condiciones deberán mantenerse en el Sitio durante
24 horas previo, durante y después de la instalación:
a. Temperatura
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El sitio, la alfombra y el adhesivo deberán estar entre
19ªC y 35ªC. Nunca comenzar la obra de instalación
si el sustrato del suelo está por debajo de los 10ªC.
b. Humedad
La humedad relativa en el ambiente del Sitio no deberá
exceder el 65%. Llevar a cabo pruebas de humedad relativa.
Los resultados deberán ser por debajo de 85% (ASTM F-
2170).
c. Alcalinidad
Llevar a cabo pruebas de pH en diferentes
ubicaciones del suelo. Una lectura por debajo de 5.0 o arriba
de 9.0 (ASTM F-710) deberán tener acciones correctivas.
No comenzar la instalación bajo niveles de humedad inaceptables
encontrados. Sí se presentan casos de humedad excesiva,
consultar con el fabricante sobre alternativas para instalación bajo
aprobación ejecutiva del Consultor.
9K.3.02 PREPARACIÓN DEL PISO
El sustrato debe estar limpio, a plomo, nivelado y seco. El sustrato debe
estar libre de polvo, sucio, grasa, aceite, pintura, agentes de curado,
selladores de concreto, partículas sueltas de otras sustancias o cualquier
otra condición que pueda afectar o reducir la adhesión.
A. Desempolvando el concreto
Aplicar una base a la superficie de pintura de látex con
rodillo según el tipo que recomiende el fabricante.
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B. BVC (Baldosas de Vinilo Compuesto)
Todas las baldosas deberán asegurarse al sustrato. Eliminar
cualquier tipo de cera de la superficie.
C. Accesos de piso elevado
Todos los paneles deberán estar uniformes, nivelados,
asegurados y libres de cualquier material que pueda afectar la unión
adhesiva. Las separaciones entre los paneles no deberán exceder
1.6mm.
9K.3.03 TRAZADO EN EL SITIO
A. Comenzar la instalación modular tan cerca del centro de la
habitación como sea posible y posicionarlo para usar el perímetro
total de panel sin aplicar cortes.
B. Trazar una línea recta con tiza paralela desde la pared de mayor
distancia bisecando el punto de inicio en el centro. Puede ser
necesario mover la línea de tiza central para asegurar que el
perímetro de los módulos sea al menos de la mitad de los mismos.
C. Trazar una segunda línea de tiza desde el punto inicial a 90 grados
de la primera línea. Utilizar triángulos de 3-4-5, 6-8-10 o mayor
dependiendo del tamaño de la habitación. Metros o pies pueden ser
utilizados para hacer el trazado de estas proporciones.
9K.3.04 SELECCIÓN DEL ADHESIVO
A. Utilizar adhesivo grado premium sensible a la presión
B. Para protección antibacterial, utilizar adhesivos bajo la
recomendación del fabricante y autorizado por el Consultor.
C. Para la humedad excesiva, utilizar adhesivos bajo la
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recomendación del fabricante y autorizado por el Consultor.
9K.3.05 APLICACIÓN DEL ADHESIVO
Utilizar una mezcla completa de adhesivo. El adhesivo deberá secarse
antes de completar la instalación del alfombrado. Hacer la instalación sin
permitir el secado del adhesivo puede resultar en adhesión permanente de
la pieza o causar burbujas en el alfombrado.
9K.3.06 INSTALACIÓN DE LA ALFOMBRA
Instalar un paquete a la vez y en el tono completo antes de comenzar otro
para minimizar la variación de producto. Cada pieza tiene flechas
direccionales en la parte de atrás. Estas flechas permiten crear una
instalación unidireccional o multidireccional. Algunos estilos son de escala
más grande o linear en su diseño y requieren disposición especial con
respecto a giros.
A. Comenzar la instalación en la intersección de ambas líneas de tiza.
Continuar hasta completar un cuadrante. Seguir con el cuadrante
adyacente hasta completar los 4 cuadrantes. Áreas más grandes
pueden requerir líneas de tiza bisecando en los cuatro cuadrantes
originales.
B. Instalar los módulos utilizando la técnica de pirámide. Esto permite
múltiples inspecciones de alineación. Sí las orillas no están
alineadas y el descuadre incrementa a medida avanza la
instalación, buscar y corregir el origen del error.
C. Los módulos deberán encajar de forma exacta sin llegar a presionar
entre sí. Aplicar presión a toda la superficie del módulo para
asegurar la adhesión.
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D. Aplicar un rodillo con peso a toda la instalación de al menos 75 lbs
o mayor para asegurar la adhesión apropiada al sustrato.
9K.3.07 CORTE DE LOS MÓDULOS
Medir y cortar la baldosa desde la parte de atrás utilizando una
esquina recta. Asegurarse que las flechas estén direccionadas
correctamente.
9K.3.08 PROTECCIÓN Y MANTENIMIENTO
A. Ubicar plywood sobre la alfombra cuando se muevan objetos
pesados sobre la misma luego de 24 horas pasadas de la
instalación.
B. Utilizar tapetes protectores bajo sillas con ruedas. Esto previene el
desgaste excesivo en la cara de la alfombra y posible transferencia
del adhesivo sensible a la presión a la parte de atrás de la alfombra.
C. Colocar algún material de papel anti manchas sobre la superficie de
la alfombra para protegerla cuando se lleven a cabo labores
adicionales de construcción o instalación. No utilizar plástico ya que
puede almacenar humedad.
FIN DE LA DIVISIÓN 9
DIVISIÓN 10 ESPECIALIDADES
SECCIÓN 10A REQUISITOS GENERALES
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10A.1.0 GENERALIDADES
A. Cumplir con todas las disposiciones del Volumen I como parte de
esta División.
B. Examinar todas las demás Divisiones de las Especificaciones para
los requisitos que afectan a las obras de esta División,
independientemente de que tales trabajos se mencionan o no
específicamente en esta División.
C. Coordinar el trabajo con todas las demás labores que afecten o
afecten las obras de esta División.
SECCIÓN 10B DIVISIONES
PARTE 1 GENERAL
10B.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
Las obras que se realizarán en virtud de esta sección de las especificaciones
consistirán en suministrar todos los trabajos, materiales, equipo, herramientas y
accesorios y realizar todas las operaciones necesarias para completar el Trabajo
de las Divisiones de Baño, incluyendo, pero no limitado a lo siguiente.
A. Examinar y aceptar las condiciones de trabajo en el Sitio
B. Suministro e instalación de tabiques de retrete
C. Provisión e instalación de obras diversas y accesorios necesarios para
completar la obra.
D. Planos y muestras de taller.
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E. Protección y limpieza
10B.1.02 TRABAJOS RELACIONADOS CON OTRAS SECCIONES
A. Concreto - División 3
B. Bloques de Concreto - División 4
C. Metal - División 5
D. Pintado - Sección 9B
E. Baldosas - Sección 9D
F. Mecánico - División 15 10B.1.03 ENTREGAS
Enviar planos y vista previa del producto final de las divisiones y una muestra de
los materiales a utilizar al Consultor para su aprobación.
PARTE 2 PRODUCTOS
10B.2.01 MATERIALES
A. Paneles: Aglomerado marino, laminado en alta presión color gris oscuro.
B. Panels: Marine agglomerate, Laminate in high pressure, dark gray color.
C. Puertas: Puertas abatibles de aglomerado marino LPAP color gris oscuro,
con detalle decorativo de dos listones laminados de Aluminio de ½ pulgada cada
uno y una separación de 1 pulgada entre ellos.
D. Pilastras: Aglomerado marino, laminado en alta presión color gris oscuro,
con un zócalo decorativo de altura de 10cm de material laminado
E. Cerrajería: acero inoxidable, cromado. Los pernos son tipos machos y
hembras los cuales se unen dentro de plancha del baño, entregando una mayor
firmeza y mayor durabilidad.
F. Bisagras: acero inoxidable, acabado cromado.
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G. Las dimensiones y los materiales de las divisiones se ajustarán a los
planos entregados. PARTE 3 EJECUCIÓN
10B.3.01 INSTALACIÓN
A. Revisar paredes y pisos para evitar cualquier desperfecto o
descuadre ya que en las divisiones se verán reflejadas por ser
elaboradas en ángulo de 90 grados.
B. Revise los planos de taller.
C. Establecer y marcar la línea central de las pilastras desde la pared
posterior.
D. Establezca y marque las líneas centrales de cada panel para los
soportes de pared.
E. Establecer ubicaciones de soporte de piso de pilastras desde la
pared lateral de acuerdo con los planos de taller.
F. Marque los orificios de los soportes de pared utilizando los
soportes como plantillas.
G. Hacer las perforaciones con el taladro para todos los soportes de pared
H. Introduzca los dispositivos de anclaje en pared y asegure los mismos.
I. Coloque los paneles sobre un soporte, 25 cm por encima del piso
J. Coloqué los soportes de pared, pero no sujete el panel en este
momento.
K. Hacer la preparación de las pilastras:
a. Alinear los soportes en “U” en la posición de las pilastras,
asegurarse que esté alineado con los soportes de pared.
Consulte los planos de taller.
b. Sujete los soportes en “U” a la pilastra con una placa metálica
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y tornillos de metal.
c. Las pilastras en la pared no requieren abrazaderas en “U”,
pero debe ser preparada para la fijación de la pared y del
piso. Según lo requerido por el diseño.
L. Instalar pilastras:
a. Deslice el zócalo de 10cm de alto con cuidado sobre el
extremo de montaje de la pilastra y deje aproximadamente 5
"por encima del extremo.
b. Sujete las tuercas de soporte y las arandelas de montaje
sobre el anclaje de cuña para soportar la barra de montaje
de pilastras
c. Coloque el soporte y la barra de montaje en el anclaje
roscado y fíjelos ligeramente con arandela plana cuadrada,
arandela de seguridad y tuerca de bloqueo.
d. Nivele cada pilastra ajustando las dos tuercas de soporte a
la posición deseada.
e. Montar cada pilastra y sujetar la pilastra al panel usando
pernos de paso o tornillos de chapa.
f. Establecer las aperturas de las puertas mediante el montaje
de pilastras
g. Apriete las tuercas de bloqueo en la parte superior de la
barra de montaje de pilastras.
h. Deslice el zócalo de aluminio hasta el suelo, firmemente
i. Fijar el panel a los soportes de pared usando tornillos pasantes.
j. Retire el dispositivo de soporte del panel.
k. Montar cada pilastra y sujetar la pilastra al panel usando
pernos de paso o tornillos de chapa.
l. Establecer las aperturas de puertas mediante el montaje de
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pilastras.
m. Fijar las pilastras al cielo con platina metálica
n. Fijar los paneles a los soportes de pared usando tornillos
pasantes.
M. Hacer el ensamblado de la puerta con todas las bisagras
(inferiores y superiores) y cerrajería completa.
N. Agregar puerta a pilastras ya fijas en paneles.
FIN DE LA DIVISIÓN 10
DIVISIÓN 12 MOBILIARIO
SECCIÓN 12A REQUERIMIENTOS GENERALES
A. Cumplir con todas las disposiciones del Volumen I como parte de
esta División.
B. Examinar todas las demás Divisiones de las Especificaciones para
los requisitos que afectan a las obras de esta División,
independientemente de que tal trabajo se menciona
específicamente en esta División.
C. Coordinar trabajo con todos los demás oficios que afectan o afectan
las obras de esta División
SECTION 12B MUEBLES INCORPORADOS
PARTE - 1 GENERAL
12B.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
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Las obras que se realizarán bajo esta Sección de las Especificaciones
consistirán en suministrar todos los trabajos, materiales, equipo,
herramientas y accesorios para realizar todas las operaciones requeridas
para completar el trabajo de Trabajo de mobiliario interior incluyendo pero
no limitado a lo siguiente:
A. Examinación y aceptación de condiciones laborales en el Sitio
B. Provisión e instalación de cabinas modulares de baños
C. Provisión e instalación de ventanilla de recepción
D. Provisión e instalación de mueble de recepción de muestras
E. Provisión e instalación de mesa fija de trabajo en
laboratorio de adiestramiento
F. Provisión e instalación de mueble de trabajo empotrado en laboratorio
G. Provisión e instalación de lavabo de servicio
H. Provisión e instalación de lavabo de mueble decorativo en baños
I. Provisión e instalación de mueble de calzado #1
J. Provisión e instalación de mueble de calzado #2
K. Provisión e instalación de almacenamiento
L. Provisión e instalación de repisa en duchas
M. Provisión e instalación de caja de cortina
N. Provisión e instalación de mueble barra en área de comedor
O. Provisión e instalación de pizarra blanca
P. Provisión e instalación de pantalla de proyección
Q. Provisión e instalación de mueble fijo de recepción lobby
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12B.1.02 TRABAJOS RELACIONADOS EN OTRAS SECCIONES
A. Carpintería - Sección 6B
B. Equipo para Acabados - Sección 8E
C. Acabados
- División 9
12B.1.03
ENTREGAS
Proporcionar los dibujos de la tienda y muestras al consultor para su
aprobación.
PARTE - 2 PRODUCTOS
12B.2.01 MATERIALES
A. Cabinas modulares de baños: Tamaño y construcción como se
muestra en los planos.
a. Cabinas de aglomerado marino LPAP color gris
b. Llamadores plateados
c. Laminado metálico
B. Ventanilla de recepción: Tamaño y construcción como se
muestra en los planos.
a. Vidrio Fijo con agujeros
b. Puerta de vidrio
c. Manija para halar
d. Guía deslizante
e. Marco de aluminio
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f. Fijadores y accesorios como se muestra en los planos
C. Mueble de recepción de muestras: tamaño y construcción como se
muestra en los planos.
a. Centro de MDF con laminado decorativo postforma
b. Gaveta
c. Fijadores y accesorios como se muestra en los planos
D. Mesa fija de trabajo en laboratorio de adiestramiento:
tamaño y construcción como se muestra en los
planos.
a. Superficie laminado de alta presión
b. Mueble fijo de melamina decorativa
c. Gaveta
d. Lavabo
e. Acabado en pintura de resina de poliuretano
f. Fijadores y accesorios como se muestra en los planos
E. Mueble de trabajo empotrado en laboratorio: tamaño y
construcción como se muestra en los planos.
a. Superficie laminado de alta presión
b. Mueble fijo de melamina decorativa
c. Gavetas
d. Lavabo
e. Acabado en pintura de resina de uretano
f. Fijadores y accesorios como se muestra en los planos
F. Lavabo de servicio: tamaño y construcción como se muestra en los
planos.
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a. Lavabo de aluminio galvanizado
G. Lavabo de mueble decorativo en baños: tamaño y construcción
como se muestra en los planos.
a. Mueble fijo de melanina decorativo
b. Top con salpicadero laminado postformado
c. Detalle laminado metálico
d. Lavabo
e. Fijadores y accesorios como se muestra en los planos
H. Mueble de calzado #1: tamaño y construcción como se
muestra en los planos.
a. Mueble fijo de melanina decorativo
I. Mueble de calzado #2: tamaño y construcción como se
muestra en los planos.
a. Mueble fijo de melanina decorativo
J. Mueble de almacenamiento: tamaño y construcción como se
muestra en los planos.
a. Superficie de MDF/melamina laminado
b. Mueble fijo de melanina decorativo
c. Manijas de aluminio
d. Puertas de melamina con vidrio
e. Fijadores y accesorios como se muestra en los planos
K. Repisa en duchas: tamaño y construcción como se muestra en los
planos.
a. Tabla de madera
b. Angulo metálico
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c. Gancho
L. Caja de cortina: tamaño y construcción como se muestra en los planos.
a. Caja de MDF
b. Fijadores y accesorios como se muestra en los planos.
M. Mueble barra en área de comedor: tamaño y construcción
como se muestra en los planos.
a. Tablero de MDF laminado de formica
b. Fijadores y accesorios como se muestra en los planos
N. Mueble fijo de recepción lobby: tamaño y construcción como se muestra
en los planos.
a. Mueble fijo de melanina decorativo
b. Superficie de melamina con laminado decorativo
c. Fijadores y accesorios como se muestra en los planos
PARTE 3 EJECUCIÓN
12B.3.01 INSTALACIÓN
A. Los muebles y los accesorios serán construidos e instalados de
acuerdo con estándares normalmente aceptables para trabajo de
alta calidad, a los detalles indicados en los dibujos y los planos de
la tienda, todo a la aprobación del Consultor.
B. Cada unidad del artículo se ensamblará firmemente y se asegurará
rígidamente en el lugar libre de movimiento innecesario; Y libre de
defectos o daños.
C. La instalación debe estar libre de sujetadores expuestos, cortes
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innecesarios o agujeros.
D. Las superficies expuestas deben estar limpias y libres de arañazos,
abolladuras, deformaciones, ondulación, pandeo, juntas mal
alineadas o inadecuadas, u otros defectos o daños.
E. Todos los muebles y los accesorios, deben ser lisos y de buena
apariencia de la alta calidad.
FIN DE LA DIVISIÓN 12
DIVISIÓN 13 CONSTRUCCIÓN ESPECIAL
SECCIÓN 13A REQUERIMIENTOS GENERALES
13A.1 GENERAL
A. Cumplir con todas las disposiciones del Volumen I como parte de
esta División.
B. Examinar todas las demás Divisiones de las Especificaciones para
los requisitos que afectan a las obras de esta División,
independientemente de que tal trabajo se menciona
específicamente o no en esta División.
C. Coordinar obras con todas las demás labores que afectan o son
afectadas por las obras de esta División.
SECCIÓN 13B SEÑALIZACIÓN
PARTE - 1 GENERAL
13B.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
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Los trabajos que se realizarán bajo esta Sección de las Especificaciones
consistirán en suministrar todos los trabajos, materiales, equipo,
herramientas y accesorios y realizar todas las operaciones requeridas para
completar las Obras de Señalización, incluyendo pero no limitado a lo
siguiente:
A. Evaluación y aceptación de las condiciones de trabajo en el Sitio
B. Señalética con y sin marco
C. Señalética con letras a la medida
D. Señalización con acabado de fábrica, unidades y elementos de soporte
E. Letras adhesivas, placas de nombre de espacios, placa de señal,
señal suspendida, señal de restricción, placa memorial y cualquier
otra indicada en los planos.
F. Pruebas y puesta en servicio
G. Planos de taller y muestras
H. Protección y limpieza
13B.1.02 OBRAS RELACIONADAS CON OTRAS SECCIONES
A. Concreto - División 3
B. Mampostería - División 4
C. Metal - División 5
D. Carpintería - División 6
13B.1.03 ENTREGAS
A. Envíe los planos de taller y muestras al Consultor para su aprobación.
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B. Los planos de taller también contendrán detalles de soporte,
conexiones eléctricas y letreros, incluyendo:
a. Todos los detalles, conexiones e información relacionada.
b. Un conjunto completo de diseños para todas las letras,
números y gráficos requeridos para todos los tamaños
requeridos.
c. Una disposición de cada unidad en detalle suficientemente
grande para representar con precisión proporciones y
apariencia, con todas las unidades dibujadas al mismo
tamaño y cada unidad con todas las dimensiones de detalle.
C. Un plan de construcción detallado que incluya los métodos
propuestos, las secuencias, las normas, etc., que se adoptarán,
para la aprobación del Consultor.
D. Muestras de todos los materiales y accesorios de esta Sección,
según lo requiera el Consultor.
PARTE - 2 PRODUCTOS
13B.2.01 MATERIALES
A. El estilo y tamaño de las letras o pictogramas para los Signos serán
dirigidos por el Consultor.
B. Todas las placas y letreros deben estar en español.
C. Los componentes y accesorios de todo tipo de señales deberán ser
adecuados para su uso y exposición a diversas condiciones de sol,
viento y clima.
D. Los materiales de cada señal serán los siguientes y se especificarán
más detalles en los planos:
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a. Letras Adhesivas
Película adhesiva con letras en puertas o paredes de
vidrio
b. Pictograma (Tipo Abrazadera y Tipo Pared),
Placa
Nombre habitación, Señal, Placa de Señal:
Silk screen letters between acrylic boards.
c. Señal Suspendida
Ambos lados con letras adhesivas en panel acrílico
con marco de aluminio, suspensión de aluminio y base
suspendida del cielo.
d. Memorial Plate
Piedra de granito grabada unida a la pared.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
13B.3.01 INSTALACIÓN
A. Fabricar e instalar todas las señales, componentes, accesorios y
fijaciones de acuerdo con las instrucciones del fabricante y los
planos de taller, todo bajo la previa aprobación del Consultor.
B. Finalización de la obra de la forma siguiente:
a. Retoque y reparación de la galvanización desgastada o dañada.
b. Retoque y repare las superficies dañadas preacabadas de
acuerdo con las instrucciones del fabricante y con la
aprobación del Consultor.
C. Cuando Completado:
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a. Las superficies expuestas deberán estar limpias y libres de
polvo, suciedad, arañazos, abolladuras, partes o unidades
rotas, astillas, grietas, juntas desalineadas o mal ajustadas,
manchas, decoloración u otros defectos o daños.
b. Las instalaciones deberán estar libres de cortes, agujeros o
chapas en blanco expuestos e innecesarios, etiquetas
publicitarias, distintas de las especificadas, especificadas o
aprobadas.
c. Cada unidad se debe ensamblar firmemente, aplomar,
nivelar, colocarse exactamente y espaciado en las
localizaciones requeridas, adyacente como las unidades
alineadas exactamente.
FIN DE LA DIVISIÓN 13
DIVISIÓN 14 SISTEMA TRANSPORTADOR
SECCIÓN 14A REQUERIMIENTOS GENERALES
14A.1.01 GENERAL
A. Cumplir con todas las disposiciones del Volumen I como parte de
esta División.
B. Examinar todas las demás Divisiones de las Especificaciones para
los requisitos que afectan a las obras de esta División,
independientemente de que tal trabajo se menciona
específicamente o no en esta División.
C. Coordinar obras con todas las demás labores que afectan o son
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afectadas por las obras de esta División.
SECTION 14B ELEVADOR
PARTE - 1 GENERAL
14B.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
Los trabajos que se realizarán bajo esta Sección de las Especificaciones
consistirán en suministrar todos los trabajos, materiales, equipo,
herramientas y accesorios y realizar todas las operaciones requeridas para
completar las Obras de Elevador, incluyendo pero no limitado a lo
siguiente:
A. Evaluación y aceptación de las condiciones de trabajo en el Sitio
B. Unidad de Sistema de Elevador Eléctrico para uso de pasajeros en
el Edificio de Laboratorio.
C. Los sentidos de alzamiento legales debidamente enmarcados y
cerrados; mamparo en el eje; pozos de profundidad adecuada;
proteger y resguardar el hueco durante la instalación del equipo.
D. Sala de máquinas iluminada y ventilada, incluyendo pisos de
concreto, puertas de acceso, escaleras y guardias según sea
necesario.
E. Soportes como se muestra para el sujetador del barandal, las
máquinas de ascensor, las vigas de polea, los bastidores de entrada
de las gradas, incluyendo la lechada debajo de los bastidores de la
entrada del hueco y detrás de los marcos de la entrada del hueco.
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F. Alambres eléctricos de alimentación a los terminales del panel de
control del ascensor, incluidos los interruptores principales,
interruptores o fusibles necesarios; Tomacorrientes para luces de
cabina; Salidas de salas de máquinas para equipos de señalización
de ascensores; Y salidas en salas de máquinas para iluminación y
teléfonos.
G. Corte de paredes, pisos o tabiques, junto con las reparaciones
requeridas, si es necesario.
H. Escaleras a pozos de ascensor.
I. Potencia temporal necesaria para la iluminación de las zonas de
trabajo de los ascensores, para el funcionamiento de las
herramientas y equipos necesarios para el trabajo del ascensor y
para la puesta en marcha, la prueba y el ajuste del ascensor.
14B.1.02 OBRAS RELACIONADAS CON OTRAS SECCIONES
A. Concreto - División 3
B. Metal - División 5
C. Impermeabilización - Sección 7B
D. Mecánico y Eléctrico -
División 15 & 16 14B.1.03
REQUISITOS
A. Producción regular de sistemas de elevadores de tipos requeridos; Por
no
menos de 10 años antes de la fecha de cierre de la oferta.
B. Mantener la plena responsabilidad de todos los requisitos bajo
esta Sección 14B.1.01 excepto durante el uso temporal por otros
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como se especifica.
C. Requisitos aquí justificados por una documentación
suficientemente completa que acompaña a la propuesta
del Licitante.
14B.1.03 ENTREGAS
A. Lista de materiales; para todos los artículos requeridos; incluyendo
también;
a. Códigos y estándares locales por requerimiento especificado.
b. Lista de todos los códigos y estándares que tengan alguna
relación con el Trabajo requerido aquí, incluyendo aquellos
de los organismos gubernamentales que tienen jurisdicción
en la localidad de este Proyecto.
c. Catálogo completo de datos y especificaciones del
fabricante, información descriptiva e ilustraciones pictóricas
de accesorios.
B. Planos de taller; Completo para todo el trabajo requerido;
Incluyendo también:
a. Disposiciones generales y disposiciones, tamaños y
dimensiones de todos los equipos.
b. Cargas muertas y vivas, incluyendo sísmica, puntos de
carga y otros datos que afectan las consideraciones
estructurales.
c. Ubicaciones de todas y cada una de las conexiones a
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estructuras,
penetración a través de estructuras y puntos de conexión de
servicio eléctrico.
d. Cálculos estructurales que indiquen diseños que cumplan
con requisitos estructurales especificados.
C. Muestras de Material / Color; incluyendo:
a. Color y textura para cada tipo de acabado metálico o aplicado.
b. Muestras de tamaño completo de elementos accesorios;
Cuando lo solicite el Consultor.
c. Ejemplos de proveedores de tipo y carácter de diversos tipos
de signos y otras identificaciones requeridas para este
trabajo.
D. Certificación de Materiales; del fabricante que indique el
cumplimiento de los requisitos especificados aquí para los
materiales estructurales de carga.
E. Instrucciones de funcionamiento - Escrito; Para uso general y
operación de equipos de ascensor instalados.
F. Instrucciones de funcionamiento - Verbal; como se indica:
a. Tiempo requerido: No menos de un (1) día hombre.
G. Manuales de servicio; Como se especificó; Incluyendo también:
a. Lista completa de repuestos y listas de precios.
b. Lista de piezas especialmente críticas recomendadas por el
fabricante que deben ser mantenidas por el Propietario en la
ubicación del Proyecto, incluyendo las listas de precios
correspondientes.
c. Diagramas esquemáticos completos para el motor, el control,
el operador de la puerta y el cableado del sistema de señal
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exactamente como se instala. Además, proporcione un
conjunto de ascensores respectivos: permanentemente
montar bajo vidrio transparente o plástico en el marco de
metal en las salas de la máquina como se indica.
H. Materiales Extra; incluyendo lo siguiente:
a. Fusibles; que consisten de un juego completo para todos los
tipos, clases y tamaños usados en y requeridos para el
sistema del elevador.
b. Herramientas de lubricación; Como se especificó.
PARTE - 2 PRODUCTOS
14B.2.01 GENERAL
A. Tipo y Cantidad : Cabina, 1 unidad
B. Modelo :AC-VVVF cables de acero
C. Capacidad :1,600 Kg
D. Velocidad :1.0 m/s
E. Paradas y Entradas :3 paradas con 3 puertas (1,2,3 del
mismo lado del hueco de ascensor)
F. Altura de Recorrido : 12.6 m
G. Dimensiones de Cabina : 1,100 mm (W) x 1,400mm (D) x 2,200 mm
(H)
H. Dimensiones de Puerta : 900 mm (W) x 2110 mm (H) (one side
opening)
I. Dimensión del eje : 1850 mm (W) x
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1900 mm (D)
14B.2.02 PANELES OPERATIVOS E
INDICADORES DE CABINA
A. Panel de control de la cabina
1 juego del panel de mando de cabina con pulsador Braille por ascensor
y el panel de la placa frontal es de acero inoxidable.
1. Tablero principal
a. Indicador de posición del carro matricial digital
b. Indicador de dirección hacia arriba y hacia abajo
c. Botones de piso con luz registradora
d. Botón de apertura de la puerta
e. Botón de cierre de puerta
f. Intercomunicador / pulsador de alarma (llamada de emergencia)
g. Luz de emergencia
h. Señal de sobrecarga
2. La caja del interruptor que consiste en lo siguiente:
a. Interruptor de encendido / apagado de iluminación
b. Interruptor de encendido / apagado del ventilador
c. Reserva
d. Detener / Ejecutar
B. Panel de control para discapacitados
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Panel de control para discapacitados será incluido como a continuación y
el panel de la placa frontal es de acero inoxidable
1. Panel para discapacitados
a. Botones de piso con luz de registro
b. Botón de apertura de la puerta
c. Botón de cierre de puerta
14B.2.03 ACABADOS ARQUITECTÓNICOS PARA CABINAS Y ENTRADAS
A. Cabina
1. Tipo de cable
a. Retorno Frontal : Acero Inoxidable fino
b. Panel lateral : Acero Inoxidable fino
c. Panel Posterior : Acero Inoxidable fino
d. Puerta : Acero Inoxidable fino
e. Cielo : Acero Inoxidable fino
f. Piso : Granito Artificial Negro
g. Rodapié : Aluminio
h. Umbrales : Aluminio
2. Marco de Puerta de aterrizaje
a. Primer nivel : Jamba estrecha en acero
inoxidable fino
b. Demás niveles : Jamba estrecha en acero
inoxidable fino
3. Panel en puerta de aterrizaje
a. Primer nivel : Acero Inoxidable fino
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b. Demás niveles : Acero
Inoxidable fino
14B.2.04 SISTEMA DE MÁQUINA Y CONDUCCIÓN
Sistema de tracción de voltaje variable y frecuencia variable, AC VVVF
(Variable
Voltage Variable Frequency drive system por sus siglas en inglés).
El suministro de corriente alterna trifásica se rectifica a CC, se suaviza y
se convierte nuevamente en una frecuencia variable de frecuencia variable
AC para proporcionar un control preciso del motor del ascensor. La
corriente de accionamiento de CA se genera a partir de la CC mediante un
circuito de astillado con la última tecnología Módulos de Potencia
Inteligentes Integrados (IIPMs), en los que los Transistores Bipolares de
Puerta Aislada (IGBTs) han sido optimizados para proporcionar potencia
más rápida y con menos disipación.
Fuente de alimentación: trifásica, 5 hilos, 380 V, + 5 / -10, 50 Hz para
alimentación y 1 fase, 220 V, 50 Hz para circuito de iluminación.
14B.2.05 CONTROL
A. Control de sobrecarga
Evita que el coche sobrecargado comience un viaje. Si el automóvil
está sobrecargado, la señal de "sobrecarga" en el panel de control
del vehículo se ilumina.
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B. By-pass de carga completa
Cuando el coche está lleno proporciona sólo llamadas de coche, e
ignora las llamadas de la sala. Si el ascensor forma parte de un
grupo, el control de carga total asigna las llamadas a los otros
ascensores del grupo.
C. Alarma de elevación
Cuando un pasajero presione el botón de alarma en el coche, suena
la alarma en el hueco.
D. Ventilador y luz automáticos apagados
El ventilador y la luz del coche se desconectan automáticamente
después de un tiempo transcurrido en el que el coche permanece
vacío o no se registró ninguna llamada.
E. Ventilador de coche cambiado manualmente
El ventilador del coche se puede encender y apagar manualmente
mediante un interruptor en él durante funcionamiento.
F. Luz de emergencia en el panel de control del coche
En caso de fallo de alimentación, se enciende un elemento de
iluminación de emergencia en el panel de mando del coche.
G. Puerta mantenida selectivamente abierta o permitida para cerrar
El tiempo de apertura de la puerta se puede extender hasta 15
minutos para los coches estacionados y esperando para hacer un
viaje.
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H. Control de reserva
Las llamadas a la sala se ignoran y solo se notificará la última
llamada registrada. El coche está reservado para uso exclusivo.
I. Anti-molestias
Para evitar un funcionamiento inadecuado del elevador. Si hay
llamadas de coche pero no hay pasajeros en el ascensor, el
ascensor sirve las siguientes dos llamadas de coche y cancela todas
las demás llamadas después.
J. Iluminación de emergencia
En caso de fallas de alimentación normales en el sistema, una luz
de emergencia en el coche se iluminará automáticamente con la
batería. Además, esta batería también suministra a la alarma y la
energía del sistema de intercomunicación.
K. Control del bombero
Cuando el interruptor del bombero está activado todas las llamadas serán
canceladas y el ascensor regresa al piso de recuperación de incendios y
permanece bloqueado con las puertas abiertas. Solamente el elevador
designado como elevador del bombero es encendido por el interruptor de
la llave del bombero y puesto nuevamente en servicio.
L. Control de energía de emergencia
En el caso de una falla de energía, los coches son evacuados
secuencialmente al siguiente piso más bajo o a un piso predefinido
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utilizando la energía de un generador de emergencia proporcionado
por otros.
14B.2.06 BÚFERES/AMORTIGUADORES
Los amortiguadores son de tipo aceite para velocidades superiores a 60
mpm y son de tipo resorte para velocidades de 60 mpm e inferiores.
14B.2.07 GUIA RIEL Y CALZAS
A. Carriles guía
Carriles de acero de grueso calibre
B. Calzas guía
Las calzas guía son de tipo rodillo para el coche y el contrapeso
para velocidades superiores a 150 mpm y son de tipo deslizante
para una velocidad no superior a 150 mpm.
14B.2.08 GOBERNADOR DE
SOBREACELERACIÓN
En caso de que la velocidad de desplazamiento en dirección ascendente o
descendente se eleve por encima de la tolerancia permitida, el sistema
accionará el interruptor de seguridad o activará el engranaje de seguridad.
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14B.2.09 EQUIPO DE SEGURIDAD
Equipo de seguridad del coche se proporcionará para evitar la caída del
coche o la velocidad excesiva del coche en el viaje hacia abajo.
El equipo de seguridad estará en la posición de ralentizar y frenar el coche
y sujetarlo a los carriles de guía en el disparo a la velocidad de disparo del
regulador de velocidad excesiva o en caída libre.
14B.2.10 PUERTA DEL COCHE & PROTECCIÓN DE LA PUERTA
A. Completo con enclavamientos electromecánicos y dispositivo de
sensor eléctrico.
B. "Cortina de luz infrarroja"
"Cortina de luz infrarroja" es la cortina intangible de múltiples rayos
de luz, que atraviesan los pasajeros y los bienes entre las puertas
del coche y los protege de ser tocados por la puerta de cierre. El
sistema genera rayos de luz invisibles en el espectro infrarrojo. Esta
cortina de luz opera entre puertas de aterrizaje y puertas de
automóviles.
14B.2.11 SALIDA DE EMERGENCIA
Proporcionar en el techo de tamaño 350
x 500 mm. 14B.2.12 ANTI-ÓXIDO
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Todas las partes del equipo de acero se aplicarán con imprimación
antioxidante
antes del pintado.
14B.2.13 CARACTERÍSTICAS DE SEGURIDAD
Las características de seguridad consisten en las siguientes:
A. Protección contra cortocircuitos
B. Fase-falla y protección reversa de fase
C. Protección contra sobrecarga del motor
D. Protección contra sobrecalentamiento del motor
E. Equipo de seguridad con abrazadera de guía flexible para una
velocidad de desplazamiento excesiva y / o rotura en el cable de
acero.
F. Sistema de enclavamiento de la puerta de aterrizaje para evitar la
operación de elevación si el espacio entre los dos paneles es
superior a 3 mm.
G. Sensor de sobrecarga
H. Interruptores limitados de parada arriba / abajo
I. Disposición para sistema de enclavamiento de alarma contra incendios
FIN DE LA DIVISIÓN 14
DIVISIÓN 15.1 – SISTEMA MECÁNICO
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SECCIÓN 15.1A REQUERIMIENTOS GENERALES
PARTE - 1 GENERAL
15.1 A.1.01 GENERAL
A. Examine todas las demás Divisiones de los las Especificaciones
para verificar los requisitos que pueden afectar el trabajo de esta
División, aunque tal trabajo sea específicamente nombrado o no en
esta División.
B. Coordinar los trabajos con todas las disciplinas que afecten o sean
afectado por los trabajos de esta sección.
C. La disposición general será como se indica en los planos. La salida
propuesta, debido a condiciones de campo reales u otras causas,
deben ser aprobadas por el Consultor.
D. El sistema eléctrico aplicado para los tableros en este trabajo será
el siguiente: Voltaje: AC 3 fases, 4 hilos, 120V / 208V
15.1 A.1.02 ALCANCE DE LA OBRA
El trabajo que se realizará bajo esta sección de las Especificaciones
consistirá en suministrar todos los trabajos, materiales, equipo,
herramientas y accesorios y realizar todas las operaciones necesarias para
completar las Obras Mecánicas, incluyendo, pero no limitado a lo siguiente:
A. Requisito general
B. Tuberías
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C. Sistema de drenaje
D. Aislamiento
E. Aislamiento de las vibraciones
F. Aire acondicionado y sistema de
ventilación
15.1A.1.03 ENTREGAS
Salvo que se especifique en las Condiciones Generales, se requerirá de cada
presentación a continuación.
A. Presentación del equipo
Antes de comenzar el trabajo, presentar para revisión la literatura
certificada que muestre las calificaciones y las dimensiones del
equipo, indicando el fabricante y el modelo de accesorios y recortes,
o una lista indicando todos los materiales y artículos que son de un
fabricante o modelo diferente de los especificados.
B. Planos de Taller
Después de revisar el equipo, someter, para su revisión, los planos
dimensionados de Taller a escala mostrando detalles donde los
requisitos de espacio presentan problemas, la propuesta de salida
de los Documentos del Contrato debido a condiciones de campo y
requisitos para el trabajo de hormigón, panel de acceso, insertos en
losas y aberturas en estructura.
C. Planos de lo Construido
Proporcionar y mantener en el sitio un conjunto completo de dibujo
con el propósito de registrar la información "como construido". Una
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vez terminado el trabajo, haga los dibujos como se basan en lo
anterior y envíe impresiones al Consultor.
D. Muestras y catálogos
a. Las muestras y / o catálogos deberán ser preparados y
presentados de acuerdo con la solicitud del Consultor.
b. Las muestras y / o catálogos deberán ser aprobados por el
Consultor.
E. Manuales de operación y mantenimiento
Suministre manuales de operación y mantenimiento en inglés,
empastado, de todo el equipo. Incluya para todos los equipos el
nombre de la fabricación y el número de serie, el manual de
operación y mantenimiento, incluyendo los diagramas de control y
la fuente de servicio y las piezas de repuesto. Al utilizar manuales
publicados que cubren varios artículos de equipo o varias opciones
de modelo, identifique qué datos e instrucciones se aplican al equipo
proporcionado para este proyecto. Envíe el manual completo para
su revisión antes de la inspección final.
F. Datos del fabricante
Proporcione los datos del fabricante de los materiales y equipos
requeridos por el Consultor. Los datos de la fabricación incluirán la
literatura descriptiva del fabricante, las fotografías, los dibujos, los
diagramas, las gráficas, el rendimiento y las curvas características.
Identifique los datos con el nombre de la fabricación, nombre
comercial, número de catálogo o modelo, placa de identificación,
tamaño de la capacidad y dimensiones de la disposición.
G. Lista de equipos
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Proporcionar al consultor dentro de los 5 días siguientes a la
notificación una lista descriptiva completa del equipo fabricado
propuesto para el trabajo. Las listas incluirán todos los equipos
mostrados en los dibujos o especificados en este documento.
15.1 A.1.04 CONTROL DE CALIDAD
El Contratista establecerá y mantendrá control de calidad para esta sección
para asegurar el cumplimiento de los requisitos del contrato y mantener
registros de control de calidad para todas las operaciones, incluyendo pero
no limitado a los elementos enumerados a continuación:
A. Asegúrese de que todos los materiales y equipos cumplan con los
requisitos
B. Todos los ensayos de equipo que se deben realizar.
C. Realizar pruebas de la manera aprobada por el Consultor antes de
enviarlo y presentar el informe al Consultor para su aprobación.
15.1 A.1.05 NORMAS
Las normas aplicables son las siguientes y el equivalente aprobado por
adelantado por el Consultor:
A. ANSI / ASHRAE / ASHE Standad 170-2008, Ventilación de los
establecimientos de salud.
B. Norma ANSI / ASHRAE 62.1-2016
C. Norma ANSI / ASHRAE 111-1988.
D. Asociación Nacional de Proveedores de Láminas de
metal y Aire Acondicionado, Inc. (SMACNA).
E. Código Nacional de
Plomería (NPC) 15.1A.1.06
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GARANTÍA
A. Los materiales y equipos a utilizar serán nuevos y estarán libres de
imperfecciones, defectos de manufacturas y de productos recientes.
B. Se entregarán materiales y equipos de larga duración y de
acuerdo a las características del lugar donde se instalarán.
C. A partir del arranque del equipo se otorgará un año de garantía.
D. El Equipo y materiales a utilizar serán totalmente nuevos, de no
ser así, el contratista hará la sustitución de éstos por los
especificados anteriormente.
E. Se incluirá en la oferta presentada el valor del contrato de
mantenimiento preventivo para el tiempo previamente mencionado.
F. La garantía estará libre de los siguientes daños y perjuicios
ocasionados al equipo: Ya sea para incendios, fenómenos
naturales, uso incorrecto de los mismos, o cualquier otro daño que
sea externo al funcionamiento normal del equipo.
G. El Contratista garantizará que todos los elementos de los sistemas
son de capacidad suficiente para cumplir con los requisitos de
desempeño especificados como se establece en este documento o
como se indica.
H. Al recibir la notificación del Propietario de la falla de cualquier parte
del sistema o equipo durante el período de garantía, la parte o
partes afectadas serán reemplazadas por el Contratista.
I. Materiales y / o equipos cuya contabilidad efectiva de la garantía a
partir de la fecha de fabricación expirará y no será capaz de cubrir
un período de garantía especificado después de la terminación del
proyecto, se asegurará que el Contratista tendrá plena
responsabilidad en nombre del fabricante, Satisfacer el plazo de
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garantía requerido según lo especificado contractualmente.
15.1A.1.07 MANEJO Y ALMACENAMIENTO
Los materiales, equipos y todos los productos deberán ser manipulados y
almacenados cuidadosamente para asegurar instalaciones completas sin
ningún defecto. La descarga, el apilamiento, el movimiento y el
almacenamiento del material deberán estar de acuerdo con los requisitos
del Fabricante.
Antes de la instalación, todos los materiales deben ser inspeccionados por
el contratista por defectos. Los materiales que se encuentren defectuosos
antes o después de la instalación serán reparados a satisfacción del
Consultor o serán reemplazados con material de reposición sin gastos
adicionales para el Propietario.
15.1A.1.08 PIEZAS DE REPUESTO
Suministro de repuestos indicados en esta Especificación para el correcto
funcionamiento y mantenimiento de los sistemas. Lista de recambios
recomendados por la fabricación de todos los sistemas, con nombres de
artículo, cantidad o porcentaje.
PARTE - 2 PRODUCTOS
15.1 A.2.01 GENERAL
Todos los productos, materiales y equipos deberán ser aprobados por el
Consultor.
A. Materiales y equipos
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a. Los materiales y equipos deberán ser los especificados en
el Dibujo y / o en las Especificaciones y adecuados para los
servicios previstos.
b. Los materiales y equipos serán bienes no utilizados,
excepto los destinados a la prueba.
c. El equipo que se utilizará deberá estar respaldado con
suficiente servicio en el sitio de trabajo y con actividades de
servicio eficaces.
B. Productos estándar
a. Los materiales y equipos deberán ser de uso general y
productos estándar.
b. Los materiales y equipos deberán tener un funcionamiento
satisfactorio en uso durante al menos 3 años antes de la
Fecha de la Oferta y serán los productos que el fabricante
continúe produciendo.
C. Capacidad del equipo no deberá ser inferior a la indicada en los
dibujos y / o especificada en las especificaciones. Sin embargo, la
capacidad del equipo puede ser revisada en base a las condiciones
locales, después de que se ajuste.
D. Conformidad con los requisitos del laboratorio de pruebas
independientes aprobado por el Consultor.
E. En lugar de un certificado formal para equipo y / o materiales por
parte del laboratorio de pruebas, se aplicarán los siguientes
documentos:
a. Catálogo del fabricante
b. Datos técnicos
c. Prueba de fabricación de los papeles de rendimiento
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d. Estos deberán ser capaces de solicitar la aprobación del
Consultor bajo la responsabilidad de los fabricantes.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
15.1 A.3.01 TRABAJO DE TALLER
A. Toda la obra provista en esta Especificación será construida y
completada en todos los aspectos de una manera precisa en el
Taller. No se pretende que los Planos muestren todas las tuberías,
los acabados, instalación y suministro de todos los componentes
necesarios para completar el sistema deben hacerse de acorde a
las mejores prácticas y a satisfacción del Consultor.
B. Coordinar con todos los demás oficios con respecto a la forma,
tamaño y posición de todas las aberturas requeridas para los
aparatos antes del trabajo de modo que toda la abertura se pueda
construir por adelantado. Montar e instalar todos los manguitos,
soportes, etc. que se especifican o requieren a continuación.
C. Obtener información detallada de los fabricantes de aparatos para
el método adecuado de instalación y conexión de los mismos.
Obtener toda la información de otros oficios que puedan ser
necesarios para facilitar el trabajo y la terminación de todo el
proyecto.
15.1 A.3.02 PINTURA
A. Salvo que se especifique lo contrario, todos los equipos y materiales
suministrados bajo esta División tendrán un acabado estándar
aplicado en fábrica. Se tomarán todas las precauciones prácticas
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para evitar cicatrices, arañazos y daños durante el transporte,
almacenamiento y construcción. Cuando sea necesario, se
proporcionará retoque para reparar las cicatrices y arañazos.
B. Todas las placas de identificación que contengan datos descriptivos
y todas las superficies no ferrosas del material y equipo
suministrados de conformidad con esta Sección deberán dejarse sin
pintar y estar limpias.
15.1 A.3.03 AJUSTE DEL EQUIPO
A. El establecimiento del equipo deberá ser cuidadosamente
coordinado con el trabajo y los requisitos de los otros oficios
involucrados para asegurar la compatibilidad y evitar conflictos.
B. El equipo cuya base está montada sobre bloques de hormigón o de
mampostería, u otro, no deberá ser fijado de ninguna manera,
excepto en el soporte terminado y permanente.
15.1 A.3.04 PRUEBAS E INSPECCIONES
A. El Contratista llevará a cabo las siguientes pruebas e inspecciones
en cada fase de la construcción para confirmar que los requisitos de
calidad, capacidad, rendimiento y otros elementos indicados en los
Planos y especificados en este documento con respecto a los
materiales, bienes y mano de obra son satisfactorios. El Contratista
registrará los resultados de cada prueba e inspección y los enviará
al Consultor.
a. Antes de la instalación
i. Materiales: Comprobación de normas y resultados de
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ensayos de materiales y muestras
ii. Equipo: Comprobación de dibujos de talleres,
instrucciones del fabricante y muestras
iii. Instalación: Comprobación de planos y muestras de
instalación
b. Durante la instalación
i. Materiales: Inspecciones de materiales entregados
ii. Equipo: Inspecciones en la tienda del fabricante, si
es necesario y en el sitio del proyecto.
iii. Instalación: Pruebas e inspecciones durante la instalación.
c. Al completarse
i. Pruebas e inspecciones de la apariencia, función y
rendimiento y Prueba
Las pruebas del 15A.3.04 de la mesa y las Inspecciones
Sistemas de tuberías La Experimentación
mínima de la presión
El mínimo
Duración
La tubería de refrigerante
para el aire acondicionado
de paquete
4.15MPa 24 horas
B. Si como resultado de tales pruebas e inspecciones, los materiales,
equipos y mano de obra son juzgados insatisfactorios o
inaceptables, se harán a satisfacción del Consultor.
C. El Contratista deberá consultar previamente al Consultor en cuanto
al programa, horario y elementos de las pruebas e inspecciones
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para cumplir con las instrucciones del Consultor.
15.1A.3.05 APERTURA
Toda apertura en tabiques, paredes o losas requeridos para las obras de
esta División, sujeto a la aprobación del Consultor.
15.1A.3.06 CORTE Y AJUSTE
Realizar todos los cortes y ajustes incidentales y necesarios para la
correcta instalación del trabajo que se realizará bajo esta División. Ningún
miembro estructural será cortado sin la aprobación específica del
Consultor.
15.1 A.3.07 HIERRO Y ACERO DIVERSOS
A. Mueva e instale todos los soportes y perchas de acero como se
muestra en los dibujos o como se requiera para soportar tuberías,
equipos y materiales. Los dibujos de la obra propuesta se
presentarán según el requisito de los consultores.
B. Todo el trabajo deberá ser cortado, montado, soldado y terminado
por mecánicos expertos. Las soldaduras deben estar lisas. Los
soportes y los bastidores deben tener un tamaño adecuado y estar
bien construidos.
C. Todos los trabajos de hierro y acero fabricados en taller se limpiarán
y secarán y se les dará una capa de pintura anticorrosiva sobre
todas las superficies y en todas las aberturas y grietas.
15.1 A.3.08 SOLDADURA
A. Todas las soldaduras realizadas bajo esta División serán realizadas
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por soldadores experimentados de manera limpia y correcta.
B. Antes de soldar, limpie la superficie para que quede libre de óxido y
polvo, incrustaciones, suciedad, grasa u otra sustancia extraña.
C. Se tomarán todas las precauciones necesarias para evitar el fuego
u otro daño que se produzca en las operaciones de soldadura.
D. Asegurarse de hacer pasar gas nitrógeno para extraer el aire en el
tubo de soldar y de esta manera evitar que se produzca una
cantidad de capa de óxido debido a los gases de combustión y que
tengan lugar al momento de la soldadura que Obstruir la válvula
electromagnética, el tubo capilar, la apertura de retorno de aceite
del acumulador y la entrada de aceite del compresor causando así
daño al equipo.
15.1 A.3.09 LIMPIEZA Y PROTECCIÓN
A. El equipo y las tuberías deben ser limpiados de materiales extraños,
aunque sean conexiones temporales cuando sea necesario, antes
de que el sistema sea puesto en servicio. Se deben tomar
precauciones para evitar la entrada de material extraño en el equipo,
tuberías y conductos durante la construcción.
B. Protección del acabado: Proteja completamente todas las partes
finales de los materiales y equipos contra daños por cualquier causa
durante el progreso de la obra y hasta su aceptación final. Cubra los
materiales y el equipo en el almacenamiento y durante la
construcción para proteger las superficies terminadas de daños o
estropear y mantener todas las partes móviles perfectas limpias y
secas.
C. Las superficies del equipo y de las tuberías deberán estar limpias al
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terminar el trabajo.
15.1 A.3.10 AJUSTE, BALANCEO Y PRUEBA DE SISTEMA
A. Antes de que el trabajo realizado bajo esta División sea ofrecido
para inspección final, se ajustará y hará funcionar como se pretende.
B. Todo el equipo e instrumentos necesarios para realizar estos
ajustes se proporcionarán y serán de los tipos aprobados por el
Consultor
C. Además del trabajo que se solicita bajo el título de prueba antes de
que el trabajo se ofrezca para su aceptación final, todo el equipo
deberá ser sometido a una prueba para demostrar que ha sido
ajustado para cumplir con los requisitos de los Planos y
Especificaciones.
D. Al finalizar los procedimientos de ajuste, equilibrio y prueba,
presentar al Consultor la lectura de los datos de los ensayos
durante las operaciones de ajuste y equilibrado, indicando la lectura
requerida o especificada, la primera lectura y la lectura del balance
final de los elementos siguientes, pero No se limitan a lo siguiente:
a. Motores:
i. Designación
ii. Placa de características HP, voltaje y amperios de
carga completa
iii. RPM
iv. Corriente y tensión del motor bajo
condiciones de funcionamiento
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b. Aire acondicionado:
i. Designación
ii. Capacidad de refrigeración, KW
iii. Potencia
c. Ventilador:
i. Designación
ii. Placa de características HP, voltaje y amperios de
carga completa
iii. CMH
iv. Presión estática, en w.g
SECCIÓN 15.1B TUBERÍA
PARTE 1- GENERAL
15.1 B.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
A. Incluye Documentos Generales Volumen I y Sección 15.1A
Requerimientos Generales para obras Mecánicas como parte de
esta Sección.
B. Instalación de obras misceláneas accesorios mostrados y/o
requeridos para completar las obras de tuberías.
PARTE - 2 PRODUCTOS
15.1B.2.01 TERMÓMETROS
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Las unidades de aire acondicionado tipo Split-up se controlará con un
termostato independiente a una altura de 1,60 m del nivel del suelo. El
termostato debe ser de 1 etapa y digital.
Los termostatos deben ajustarse de tal manera que cuando el equipo haya
alcanzado bajar la temperatura hasta el punto establecido en el termostato,
los compresores se apagan, pero el ventilador que impulsa el aire de los
conductos (soplador) debe continuar encendido hasta que el termostato se
apague manualmente.
Lo mencionado anteriormente se debe hacer de esa manera para lograr
que el equipo recicle el aire y mantenga una temperatura homogénea en
todas las áreas acondicionadas, aun cuando los compresores se han
parado por temperatura.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
15.1 B.3.01 TRABAJO DE TUBERÍA
A. Dibujos de tuberías son esquemáticos por naturaleza, en campo se
debe verificar toda la trayectoria y coordinar con todos los demás
oficios.
B. Ninguna tubería podrá recorrer directamente una zona de 1.05 m
por debajo, frente a o por encima de los paneles eléctricos, deben
desplazarse según sea necesario.
C. Instalar todos los equipos con suficiente holgura para el
mantenimiento según las recomendaciones del fabricante.
D. Instalación de tuberías mecánicas debe hacerse por encima de
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conductos y equipos, excepto donde se muestre.
E. Verificar en Campo todas las ubicaciones del equipo.
15.1B.3.02 COLGANTES Y SOPORTES
Todas las tuberías deben soportarse adecuadamente para resistir el peso
y las tensiones. Dichos soportes deberán estar provistos de tal manera que
no afecten negativamente a la expansión y contracción de las tuberías
debido a fluctuaciones de temperatura.
Las tuberías horizontales, en general, se apoyarán en paredes, vigas,
columnas y las losas; utilizando colgantes adecuados y / o soportes
apropiados tales como abrazaderas de viga, soportes de viga lateral.
Soportes de pared, ángulos de acero estructural, insertos u otros
dispositivos aprobados para adaptarse a las condiciones de instalación.
El espaciamiento máximo de la suspensión de las tuberías horizontales no
debe exceder las recomendaciones del fabricante de la tubería y los
siguientes:
Tabla 15B.3.02 Colgantes y Soportes
El Material Tamaño de tubería (mm)
20φ y menor 20φ-40φ 50φ-80φ 100φ 125φ-200φ 250φ y
mayor
Tubería de
Acero
2.0m 3.0m
Tubería de PVC 1.0m 2.0m
Tubería de
Cobre
1.0m 2.0m
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Tubería vertical: Deberá estar apoyada adecuadamente desde la
estructura del edificio donde sea necesario por medio de abrazaderas
maleables de hierro o acero de tamaño adecuado, bien atornilladas o
soldadas a la tubería y soportadas en la losa del piso. Proporcionar
aisladores de goma para las abrazaderas cuando sea necesario para la
eliminación de la vibración y ruido de la estructura.
15.1 B.3.03 MANGUERAS DE TUBO
A. Montar e instalar mangas para todas las tuberías que pasan por las
cimentaciones y las paredes. Losas de piso, tabiques y otras
estructuras de edificios, y establecidos en su lugar. Coordinar el
trabajo para asegurar que los manguitos y los insertos están
colocados con precisión junto con otros elementos incorporados,
antes de que se produzca el vertido del hormigón y antes de erigir
paredes, tabiques y techos, para reducir al mínimo la necesidad de
cortar o hacer remiendos en una etapa posterior. El Contratista será
responsable de su ubicación adecuada y permanente.
B. Los manguitos deben estar terminados acabados similares en las
paredes, tabiques, techos y losas, excepto en las zonas inacabadas.
SECCIÓN 15.1C SISTEMA DE DRENAJE
PARTE - 1 GENERAL
15.1 C.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
A. Conexión de tuberías a:
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a. Plomería
b. Equipos necesarios como se muestra en los planos
c. Tubería exterior como se muestra en los dibujos
B. Instalación de trabajos varios y accesorios que se muestren y / o
requieran para completar el sistema de drenaje.
PARTE - 2 PRODUCTOS
15.1C.2.01 TRAMPAS
Instalar una trampa de aceite exactamente a la entrada de la unidad
interior, cada 15 pies, si la diferencia entre los ejes de ésta y la unidad
externa es superior a esta distancia vertical.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
15.1 C.3.01 DRENAJE
A. Deje una pendiente inclinada de un grado hacia la unidad exterior
en la línea de gas.
B. No se permitirán trampas dobles.
SECCIÓN 15.1D AISLAMIENTO
PARTE - 1 GENERAL
15.1 D.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
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A. Requisito general para obras mecánicas como parte de esta sección.
B. Tubo de drenaje de condensado, tubo de refrigerante
C. Instalación de trabajos varios y accesorios que se muestran y / o
requeridos para completar el trabajo de aislamiento.
PARTE - 2 PRODUCTOS
15.1D.2.01 MATERIAL
Aislamiento Térmico para Tubería de Refrigeración y Drenaje:
Aislamiento Elastómero elástico térmico de grado 3 y del
tipo 1 según la norma ASTM C 534.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
15.1 D.3.01 GENERALIDADES
A. Todas las superficies a aislar deben estar limpias, secas y libres de
óxido y de incrustaciones cuando se aplica aislamiento. El
aislamiento debe estar seco en el momento de la instalación y antes
y durante el proceso de aplicación del acabado.
B. El aislamiento no debe aplicarse antes de que las tuberías hayan
sido probadas a las presiones de prueba especificadas.
C. Las superficies de aislamiento deben ser lisas, uniformes,
alineadas, estiradas y suavemente aseguradas. Los pedazos de
aislamiento no se utilizarán cuando una sección de longitud
completa encaje.
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15.1 D.3.02 TABLA DE AISLAMIENTO PARA TUBERÍAS
A. Tubo de drenaje de condensado:
Espesor del aislamiento sobre tuberías por
encima del suelo. Tubo de drenaje del
condensado:
Todas las dimensiones de las tuberías: 25,4 mm de espesor
de aislamiento
a. Interior expuesto:
i. Aislamiento de goma en forma de tubo
ii. Cinta de vinilo
b. Interior oculto
i. Aislamiento de goma en forma de tubo
ii. Cinta de vinilo
c. Exterior expuesto:
i. Aislamiento de goma en forma de tubo
ii. Chaqueta de PVC
B. Tubería de refrigerante
Grosor de aislamiento en todas las tuberías
Las tuberías de 15,9 mm o menos deberán tener un
aislamiento de 19,1 mm de espesor. La tubería de 19,1 mm y más
será de 25,4 mm de espesor de aislamiento.
a. Interior expuesto:
i. Aislamiento de goma en forma de tubo
ii. Vinilos
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b. Interior oculto:
i. Aislamiento de goma en forma de tubo
ii. Vinilos
c. Exterior expuesto
i. Aislamiento de goma en forma de tubo
ii. Alambres
iii. Chaqueta de PVC
SECCIÓN 15.1E AISLAMIENTO DE VIBRACIONES
PARTE - 1 GENERAL
15.1 E.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
A. Requisito general para obras mecánicas como parte de esta sección.
B. Ventiladores para Ventilación y Acondicionadores de Aire
C. Instalación de trabajos y accesorios diversos mostrados y / o
respired para completar el trabajo de aislamiento de vibraciones.
PARTE - 2 PRODUCTOS
15.1E.2.01 MATERIALES
Para grandes extractores e inyectores volumétricos, utilice aisladores de
neopreno colgantes o aisladores de resorte colgantes para absorber las
vibraciones mecánicas producidas durante el funcionamiento.
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PARTE - 3 EJECUCIÓN
15.1 E.3.01 INSTALACIÓN
A. Los aisladores de goma se instalarán como se muestra en los
dibujos y se especifican.
B. Al finalizar la instalación de todos los materiales de aislamiento y
antes de arrancar el equipo aislado, todos los desechos serán
despejados de las áreas circundantes y debajo de todo el equipo
aislado.
SECCIÓN 15.1F SISTEMA DE AIRE ACONDICIONADO Y VENTILADOR
PARTE - 1 GENERAL
15.1 F.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
A. Incluya los Documentos Generales para Trabajos Mecánicos como
parte de esta Sección.
B. Aire acondicionado paquete con condensadores.
C. Sistema de ventilación
D. Conducto galvanizado de chapa metálica
E. Tubería de refrigerante
F. Tubería de drenaje de condensación
G. Instalación de trabajos y accesorios diversos mostrados y / o
requeridos para completar el trabajo del equipo de aire
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acondicionado y ventilación.
15.1 F.1.02 DATOS AMBIENTALES DE DISEÑO
A. Temperatura del aire exterior 33.6 ℃ DB
B. Humedad relativa del aire exterior 67.5%
C. Temperatura de diseño interior:
a. Administrative edificio 24.0 ℃ DB
b. Edificio de laboratorio. 24.0 ℃ DB
D. Humedad Relativa de diseño interior:
a. Administrative edificio 50%
b. Edificio de laboratorio. 60%
PARTE - 2 PRODUCTOS
15.1 F.2.01 EQUIPO
A. Aire acondicionado unidades paquete
a. El acondicionador de aire partido refrigerado por aire debe
ser de tipo cassette de techo, con ventilador de tipo
centrífugo. Cada acondicionador de aire dividido debe ser
independiente, encerrado en una carcasa metálica adecuada
que sea estándar con el fabricante y aprobada por el
Consultor. Las capacidades de los acondicionadores de aire
divididos que se muestran en el Plano serán revisadas,
basándose en las condiciones de operación especificadas y
en los productos locales comprados, después de que pueda
ser ajustada.
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Los acondicionadores de aire partidos deben estar
silenciosos en funcionamiento. El ventilador debe conectarse
directamente a motores con características de corriente
adecuadas y potencia suficiente para su aplicación.
b. El acondicionador de aire de algunas habitaciones debe ser
de pared. Cada acondicionador de aire de la habitación debe
ser autónomo, encerrado en una cubierta metálica adecuada
que es estándar con el fabricante y aprobado por el consultor.
Las capacidades de los acondicionadores de aire de las
habitaciones mostradas en el Dibujo serán revisadas,
basándose en las condiciones de operación especificadas y
en los productos locales comprados, después de que puedan
ser ajustados. Los acondicionadores de aire de las
habitaciones deben funcionar silenciosamente. El ventilador
debe conectarse directamente a motores con características
de corriente adecuadas y potencia suficiente para su
aplicación.
B. Sistema de ventilación
Los extractores y los inyectores para los laboratorios serán del tipo
y tamaño adecuado para poder montarlos en cielo falso, cada
extractor de los laboratorios debe ser autónomo, encerrado en una
cubierta de metal conveniente de fábrica, deberá tener VFD para
Presurizar dicho entorno, será revisado en base a las condiciones
de operación especificadas y el producto adquirido localmente.
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Las compuertas para la regulación de bajas tasas de flujo en las
tuberías serán fabricadas con chapa galvanizada de puertas de
fábrica, dichos flujos deberán ser balaceados por el contratista quien
deberá garantizar su funcionamiento.
15.1 F.2.02 DUCTO DE CHAPA GALVANIZADA
A. Según la norma ASTM A 653 / 924, G 60 como mínimo
B. o equivalente
15.1F.2.03 TUBERÍA REFRIGERANTE
Serán tubos de cobre según las normas ASTM B 280 o ASTM B 88 Tubo
de cobre tipo "ACR" o Tipo "L" respectivamente, así como los accesorios
de cobre según norma ASME B 16.22.
Tubo de cobre rígido deshidratado, tratamiento con nitrógeno para evitar
la oxidación, con tapones de plástico al final para evitar la contaminación
interna de las tuberías.
15.1F.2.04 TUBERÍA DE DRENAJE DE CONDENSADO
Serán tubos de cloruro de polivinilo.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
15.1F.3.01 INSTALACIÓN DEL EQUIPO
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Instale el equipo en el espacio asignado con espacio suficiente para el
correcto funcionamiento y mantenimiento. Cuando el equipo difiere en la
disposición o conexiones de los mostrados, proporcione todos los cambios
requeridos en la tubería, los soportes y los accesorios, Proporcione los
accesorios del equipo necesarios para el funcionamiento y la ayuda
apropiados.
15.1 F.3.02 CONDUCTO METÁLICO DE HOJA GALVANIZADA
A. Indicador de metal de acero (Referencia)
El espesor estándar local puede ser aplicable con la aprobación
del Consultor.
Tabla 15.1F.3.02 Chapa o Lámina Galvanizada
Calibre (el
milimol)
Elevar al cuadrado espesor del
conducto de lado más grande
(el milimol)
Alrededor del diámetro del ducto
(el milimol)
0.5 450 y más pequeño 450 y más pequeño
0.6 451-750 451-750
0.8 750-1500 751-1000
1.0 1500-2200 más grande que 1000
1.2 más grande que 2200 ---
B. Colgadores y Soportes
Espaciado máximo de suspensión: Menos de 3,0 m
C. Amortiguador de volumen
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El amortiguador de volumen consistirá en bastidor, paletas
móviles y operadores.
FIN DE LA DIVISIÓN 15.1
DIVISIÓN 15.2 INSTALACIONES HIDROSANITARIAS
SECCIÓN 15.2A REQUERIMIENTOS GENERALES
PARTE – 1 GENERAL
15.2 A.1.01 GENERAL
A. Incluya Documentos Generales y Volumen I como parte de esta
División.
B. Examine todas las demás Divisiones de las Especificaciones para
verificar los requisitos que pueden afectar el trabajo de esta División,
aunque tal trabajo sea específicamente nombrado o no en esta
División.
C. Coordinar los trabajos con todas las disciplinas que afecten o sean
afectado por los trabajos de esta sección.
D. La disposición general será como se indica en los planos. La salida
propuesta debido a condiciones de campo reales u otras causas
deben ser aprobadas por el Consultor.
15.2 A.1.02 ALCANCE DE LA OBRA
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El trabajo que se realizará bajo esta sección de la Especificación consistirá
en suministrar todos los trabajos, materiales, equipo, herramientas y
accesorios y realizar todas las operaciones necesarias para completar las
Obras de Instalaciones Hidrosanitarias incluyendo, pero no limitado a lo
siguiente:
A. Requerimientos Generales
B. Tuberías
C. Sistema de abastecimiento de agua
D. Sistema de Drenaje
E. Accesorios de Plomería
F. Sistema contra incendios
G. Partes de Repuesto
H. Planos de taller
I. Muestras
J. Reportes y pruebas del fabricante
K. Pruebas e inspecciones
L. Limpieza y protección
M. Misceláneos, incluyendo hangar, soporte, mangas y otros
accesorios necesarios para completar la instalación.
N. Otros
a. Obras de excavación para esta División
b. Obras de concreto y otras para esta División
15.2 A.1.03 OBRAS RELACIONADAS CON OTRAS SECCIONES
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A. Excavación - División 2 (para obras arquitectónicas)
B. Concreto - División 3
C. Mampostería - División 4
D. Puertas y Ventanas - División 8
E. Acabados - División 9
F. Eléctrico
- División 16
15.2A.1.04
ENTREGAS
Salvo que se especifique en las Condiciones Generales, cada entrega a
continuación deberá ser presentada:
A. Entrega de Equipo
Antes de comenzar el trabajo, presentar para revisión la literatura
certificada que muestre la valoración y las dimensiones del equipo,
indicando el fabricante y el modelo de accesorios y ajustes, o una
lista indicando todos los materiales y artículos que son de un
fabricante o modelo diferente de los especificados.
B. Planos de taller
Después de revisar el equipo, someter, para su revisión, los planos
dimensionados de taller para instalación a escala mostrando
detalles donde los requisitos de espacio presentan problemas, la
propuesta de salida de los Documentos del Contrato debido a
condiciones de campo y requisitos para el trabajo de concreto, panel
de acceso, insertos en losas y aberturas En estructura.
C. Planos de lo construido
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Proporcionar y mantener en el sitio un conjunto completo de planos
con el propósito de registrar la información "como construido". Una
vez finalizado el trabajo, haga los dibujos como se basan en lo
anterior y envíe impresiones al Consultor.
D. Muestras y Catálogos
a. Las muestras y/o catálogos deberán ser preparados y
presentados de acuerdo con la solicitud del Consultor.
b. Las muestras y/o catálogos serán aprobados por el Consultor.
E. Manuales de operación y mantenimiento
Suministre manuales de operación y mantenimiento en español
encuadernado en pasta dura para todos los equipos. Incluya en
todos los equipos el nombre del fabricante y el número de serie, el
manual de operación y mantenimiento, incluidos los diagramas de
control y la fuente de servicio y las piezas de repuesto. Al utilizar
manuales publicados que cubren varios artículos de equipo o varias
opciones de modelo, identifique qué datos e instrucciones se aplican
al equipo proporcionado para este proyecto. Envíe el manual
completo para su revisión antes de la inspección final.
F. Reporte de pruebas
Los reportes sobre el agua, el ruido, el control automático y las
pruebas de equipo se presentarán para su aceptación de
conformidad con los planos contractuales y los requisitos de
especificación dentro de los 21 días siguientes a cada prueba.
G. Datos del Fabricante
Proporcione los datos del fabricante de los materiales y equipos
requeridos por el Consultor.
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Los datos del fabricante incluirán la literatura descriptiva del
fabricante, las fotografías, los planos, los diagramas, las gráficas,
las curvas de rendimiento y las características. Identifique los datos
con el nombre de la fabricación, nombre comercial, número de
catálogo o modelo, placa de identificación, tamaño de la capacidad
y dimensiones de la disposición.
H. Informe de puesta en marcha
Después de terminar todas las obras, el contratista presentará
informe de puesta en marcha que se incluye la temperatura, la
humedad, tanto en verano e invierno y el nivel de ruido.
I. Listado de equipo
a. Presentar al Consultor dentro de 5 días luego de notificar
una lista descriptiva completa del equipo fabricado
propuesto para la obra.
b. El listado debe incluir todo el equipo mostrado en los planos
y especificado en esta sección.
15.2 A.1.05 CONTROL DE CALIDAD
El Contratista deberá establecer y mantener un control de calidad para esta
sección y asegurar que se cumpla con los requerimientos del contrato y
mantener registros del control de calidad para todas las operaciones
incluyendo pero no limitado a los ítems en listados a continuación:
A. Asegurar que todos los materiales y equipo cumplan con todos los
requerimientos.
B. Realizar pruebas para el sistema de abastecimiento de agua,
sistema de drenaje y sistema contra incendios.
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C. Todos los ensayos de equipos que se llevarán a cabo.
D. Realice pruebas de la manera aprobada por el Consultor antes de
enviarlo y envíe el informe al Consultor para su aprobación.
15.2 A.1.06 NORMATIVAS
Las normas aplicables son las siguientes y el equivalente aprobado por
adelantado por el Consultor:
A. International Plumbing Code IPC 2009
B. National Fire Protection Association (NFPA)
C. National Plumbing Code (NPC)
D. International Organization for Standardization (ISO)
E. Códigos y
15.2A.1.07 GARANTÍA
A. Se prestará atención a las disposiciones de los Volúmenes I, II y III
sobre las
fianzas y garantías de las obras objeto del presente Contrato.
B. Los fabricantes deberán proporcionar sus garantías de calidad para
obras bajo esta División. Sin embargo, dichas garantías serán
complementarias y no sustituirán a todas las demás
responsabilidades que la fabricación y el Contratista deben
satisfacer.
C. El Contratista garantizará que todos los elementos de los sistemas
normativas locales
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son de capacidad suficiente para cumplir con los requisitos de
desempeño especificados como se establece en este documento o
como se indique.
D. Al recibir la notificación del Cliente de la falla de cualquier parte del
sistema o equipo durante el período de garantía, la parte o partes
afectadas serán reemplazadas por el Contratista.
E. Los materiales y/o equipos cuya contabilidad efectiva de la garantía
a partir de la fecha de fabricación expirará y no sean capaces de
cubrir un período de garantía especificado después de la
terminación del proyecto, se asegurará que el Contratista tendrá
plena responsabilidad en nombre del fabricante para satisfacer los
requisitos garantía que se especifica en las especificaciones con la
carta del Contratista.
15.2A.1.08 MANEJO Y ALMACENAMIENTO
Los materiales, equipos y todos los productos deberán ser manipulados
y almacenados cuidadosamente para asegurar instalaciones completas
sin ningún defecto. La descarga, el apilamiento, el movimiento y el
almacenamiento del material deberán estar de acuerdo con los requisitos
del fabricante.
Antes de la instalación, todos los materiales deben ser inspeccionados
por el contratista por defectos. Los materiales que se encuentren
defectuosos antes o después de la instalación serán reparados a
satisfacción del Consultor o serán reemplazados con material no
defectuoso sin gastos adicionales para el Cliente.
15.2A.1.09 PARTES DE REPUESTO
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Suministre repuestos indicados en esta Especificación para el correcto
funcionamiento y mantenimiento de los sistemas. Liste los repuestos
recomendados por los fabricantes para todos los sistemas, con los
nombres de los artículos, la cantidad o el porcentaje.
PARTE - 2 PRODUCTOS
15.2 A.2.01 GENERAL
Todos los productos, materiales y equipos deberán ser aprobados por el
Consultor.
A. Materiales y Equipo
a. Los materiales y equipos deberán ser los especificados en
el Planos y/o en las Especificaciones y adecuados para los
servicios previstos.
b. Los materiales y equipos deberán ser bienes no utilizados,
excepto aquellos para ensayos.
c. El equipo que se utilizará se respaldará con suficiente
servicio en el sitio de trabajo y con actividades de servicio
efectivas.
B. Producto de Calidad
a. Los materiales y equipos serán de uso general y productos
calificados.
b. Los materiales y equipos deberán tener un funcionamiento
satisfactorio en uso durante al menos 3 años antes de la
Fecha de la Oferta y serán los productos que el fabricante
continúa produciendo.
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C. Capacidad
La capacidad del equipo no será menor que la indicada en los planos
y/o especificada en este documento.
Sin embargo, la capacidad del equipo puede ser revisada en base a las
condiciones locales, después de que se ajuste.
D. Conformidad con los requisitos de pruebas de laboratorio
independiente aprobado por el Consultor.
E. En lugar de un certificado formal para el equipo y/o materiales por
parte del laboratorio de pruebas, se aplicarán los siguientes
documentos.
a. Imágenes de Catálogo
b. Datos Técnicos
c. Informes de pruebas de desempeño por el fabricante
Estos deberán ser capaces de solicitar la aprobación del Consultor bajo
la responsabilidad de los fabricantes.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
15.2 A.3.01 MANO DE OBRA
A. Todo el trabajo previsto en esta Especificación se construirá y se
completará en todos los aspectos de una manera práctica y
sustancial. No se pretende que los Planos muestren todas las
tuberías, suministros e instalación de todas las piezas que sean
necesarias para completar los sistemas de acuerdo con las mejores
prácticas comerciales y a satisfacción del Consultor.
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B. Coordinar con todos los demás oficios con respecto a la forma, el
tamaño y la posición de todas las aberturas requeridas para los
aparatos antes del trabajo de modo que toda la abertura se pueda
construir por adelantado. Montar e instalar todos los manguitos,
soportes, etc. que se especifican o requieren a continuación.
C. Obtener información detallada de los fabricantes de aparatos para
el método adecuado de instalación y conexión de los mismos.
Obtener toda la información de otros oficios que puedan ser
necesarios para facilitar el trabajo y la terminación de todo el
proyecto.
15.2 A.3.02 PINTADO
A. Salvo que se especifique lo contrario, todos los equipos y materiales
suministrados bajo esta División tendrán un acabado estándar
aplicado en fábrica. Se tomarán todas las precauciones y prácticas
para evitar marcas, raspaduras y daños durante el transporte,
almacenamiento y construcción. Cuando sea necesario, se
proporcionará retoque para reparar las marcas y raspaduras.
B. Todas las placas de identificación que contengan datos descriptivos
y todas las superficies no ferrosas del material y equipo
suministrados en virtud de esta sección se dejarán sin pintar y
estarán limpias.
C. Toda pintura bajo esta División deberá cumplir con los requisitos de
control de calidad aplicables establecidos bajo la Sección 9B
Pintura.
15.2 A.3.03 AJUSTE DEL EQUIPO
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A. El ajuste del equipo deberá ser cuidadosamente coordinado con el
trabajo y los requerimientos de los otros oficios involucrados para
asegurar la compatibilidad y evitar conflictos.
B. Los equipos cuya base está montada sobre bloques de hormigón o
de mampostería, zapatas y muelles, o montados sobre soportes,
rejillas, plataformas u otros, no deberán fijarse de ninguna manera,
excepto en el soporte terminado y permanente.
15.2 A.3.04 PRUEBAS E INSPECCIONES
A. El Contratista llevará a cabo las siguientes pruebas e inspecciones
en cada fase de construcción para confirmar que los requisitos de
calidad, capacidad, rendimiento y otros elementos indicados en los
Planos y especificados en este documento con respecto a los
materiales, bienes y mano de obra sean satisfactorios. El Contratista
registrará los resultados de cada prueba e inspección y los enviará
al Consultor.
1. Antes de la Instalación
a. Materiales: Revisión de normativas y resultados de ensayos
de materiales y muestras
b. Equipo: Comprobación de planos de taller,
instrucciones del fabricante y muestras
c. Instalación: Comprobación de planos y muestras de instalación
2. Durante la Instalación:
a. Materiales: Inspecciones de materiales entregados
b. Equipo: Inspecciones en el taller del fabricante, si es
necesario y en el sitio del proyecto
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c. Instalación: Las pruebas e inspecciones durante la
instalación. Las pruebas incluirán, pero no se limitarán a lo
siguiente:
3. Al finalizar:
a. Pruebas e inspecciones de la apariencia, función y
rendimiento y ejecución del ensayo.
Tabla 15A.3.04 Pruebas e Inspección
Tubería Pruebas mínimas de Presión Duración
Mínima
Tubería de suministro de
agua
Dos veces más que la
presión de funcionamiento
1 hora
Tubería de drenaje &
Tubería de aguas
residuales
Prueba de llenado de agua 1 hora
B. Si como resultado de tales pruebas e inspecciones, los materiales,
equipo y mano de obra son juzgados insatisfactorios o inaceptables,
se harán a satisfacción del Consultor.
C. El Contratista consultará previamente al Consultor en cuanto al
programa,
cumplir con las instrucciones del Consultor.
15.2A.3.05 BOQUETES
horario y elementos de las pruebas e inspecciones para
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Todo boquete en tabiques, paredes o losas requeridos para las obras de
esta División, está sujeto a la aprobación del Consultor. El boquete se
realizará de conformidad con los requisitos de las Divisiones 6 y 9 conexas.
15.2 A.3.06 CORTE Y PARCHADO
A. Realizar todos los cortes y parches incidentales y necesarios para
la correcta instalación del trabajo que se realizará bajo esta División.
Ningún miembro estructural será cortado sin la aprobación
específica del Consultor.
B. Todos los parches se realizarán de acuerdo con aquellas divisiones
y secciones que se apliquen a los diversos comercios, materiales,
métodos, mano de obra y acabados que intervienen en el parcheo
y restaurarán las superficies dañadas a su condición original o
mejor.
15.2 A.3.07 HIERRO Y ACERO MISCELÁNEO
A. Mueva e instale todos los soportes y perchas de acero como se
muestra en los planos o como se requiera para soportar tuberías,
equipos y materiales. Los dibujos de la obra propuesta se
presentarán a petición del Consultor.
B. Todo el trabajo será cortado, montado, soldado y terminado por
mecánicos expertos. Las soldaduras deben estar lisas. Los soportes
y los bastidores deben tener un tamaño adecuado y estar bien
construidos.
C. Todos los elementos de hierro y acero hechos en fábrica se
limpiarán y secarán y se les dará una capa de pintura anticorrosiva
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sobre todas las superficies y en todas las aberturas y grietas cuando
no sean galvanizados de fábrica.
15.2 A.3.08 SOLDADURA
A. Toda soldadura realizada bajo esta División deberá ser realizada
por soldadores experimentados de manera limpia y sustancial. Toda
soldadura en tuberías, recipientes a presión y acero estructural
deberá ser realizada solamente por soldadores que deben tener una
calificación similar a A-2H de JIS E3801 o equivalente, aprobada por
el consultor a través de pruebas de campo.
B. Antes de soldar, limpie la superficie libre de óxido rosa,
incrustaciones, suciedad, grasa u otra sustancia extraña. Se debe
tener cuidado para evitar la aparición de metal de soldadura
saliente en la tubería. Todas las soldaduras deben ser de metal
sano libre de vueltas, cierre en frío, bolsa de gas, inclusiones de
óxido y defectos similares.
C. Se tomarán todas las precauciones necesarias para evitar incendios
u otros daños que se produzcan en las operaciones de soldadura.
15.2 A.3.09 ANCLAJE Y EXPANSIÓN
A. Suministrar e instalar todos los arreglos necesarios para controlar la
expansión, contracción y movimiento de tuberías y equipos
instalados bajo esta sección.
B. Los anclajes deberán tener un diseño aprobado, fijadas al edificio
de manera aprobada y suficientemente sólidas como para superar
la fuerza de expansión del sistema de tuberías.
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C. Los anclajes se localizarán de manera que se aprovechen al
máximo de todos los puntos en los que se pueda absorber la
expansión y la contracción.
D. Las juntas de expansión deben ser como se especifica y/o se
pueden mostrar en los Dibujos.
15.2 A.3.10 LIMPIEZA Y PROTECCIÓN
A. El equipo y las tuberías deberán limpiarse de materiales extraños,
aunque sean temporales, cuando sea necesario, antes de que el
sistema se ponga en servicio. Se deben usar precauciones para
evitar la entrada de materiales extraños en el equipo, tuberías y
ductos durante la construcción.
B. Protección del acabado: Proteja completamente todas las partes
acabadas de los materiales y equipos contra daños de cualquier tipo
durante el progreso de la obra y hasta su aceptación final. Cubra los
materiales, el equipo y el equipo en almacenamiento durante la
construcción para proteger las superficies de daños y mantener
todas las partes móviles perfectas limpias y secas.
C. Las superficies de los equipos y de las tuberías deberán estar
limpias al finalizar el trabajo.
D. Los filtros de tubería se limpiarán inmediatamente antes de ser
entregados al Propietario para su aceptación.
15.2A.3.11 PROTECCIÓN DE TUBERÍAS SUBTERRÁNEAS
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Cuando exista una condición especial, como la necesidad de un refuerzo
para tuberías y similares para permitir que los vehículos pasen por la
tubería (menos de 1.200 mm bajo el nivel del suelo), el Contratista propor-
obras de refuerzo en dicha área.
15.2 A.3.12 IDENTIFICACIÓN DE TUBERÍAS Y EQUIPO
A. Todas las tuberías aisladas y no aisladas, instaladas bajo esta
Sección serán identificadas.
B. Cuando estén disponibles para revisión y mantenimiento. La
identificación se realizará mediante plantillas, con códigos
alfabéticos y de color.
C. Identificar el servicio y la dirección del flujo en los sistemas de
tuberías mediante la colocación de plantillas cerca de cada válvula
y a intervalos de 2m o menos si es necesario para mayor claridad
en las áreas congestionadas y a intervalos de 12 m o menos en
largos recorridos abiertos. Las plantillas se aplicarán únicamente en
el lado del tubo que pueda observarse con mayor facilidad. Utilice
colores que contrasten con el color de la tubería según lo aprobado
por el Consultor.
D. Para las rotulaciones se utilizarán plantillas y las dimensiones de las
flechas direccionales deberán ser proporcionales a las aprobadas
por el Consultor.
E. Todos los elementos principales del equipo, tales como las bombas,
se identificarán por plantillas.
F. Los códigos alfabéticos se utilizarán para identificar los distintos
sistemas de tuberías.
cionará e instalará
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G. Proporcione una tabla que indique el color y la identificación
alfabética del código para los diversos sistemas de tuberías
instalados.
H. Especialmente tubería de agua no potable debe ser identificar la
leyenda "AGUA NO POTABLE" cada 2m de longitud para expuestos
y también ocultos.
15.2 A 3.13 INDICADORES DE VÁLVULA
A. Elaborar e instalar etiquetas de identificación en las válvulas
principales instaladas bajo esta División.
B. Las etiquetas serán placas de aluminio o de plástico con un orificio
de cadena, respectivamente.
C. Las etiquetas deberán asegurarse a las válvulas con cadenas de
cuentas no ferrosas.
15.2 A.3.14 AJUSTE, BALANCEO Y PRUEBA DE SISTEMA
A. Antes de que el trabajo realizado bajo esta División sea sometido a
inspección final, se ajustará y hará funcionar como se pretende.
B. Se proporcionarán todos los equipos e instrumentos necesarios
para efectuar estos ajustes y serán de los tipos aprobados por el
Consultor.
C. Revise cuidadosamente los Planos y Especificaciones de los
diferentes sistemas, anotando todas las instalaciones incorporadas
en el diseño con el propósito de ajustar y balancear. En caso de
que el Consultor considere necesario proporcionar válvulas u otros
dispositivos adicionales que le ayuden en el ajuste y balanceo
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requeridos, deberá proporcionarse. El hecho de no proporcionar
medios adicionales de ajuste y balanceo no eximirá al Contratista
de la responsabilidad de ajustar y balancear adecuadamente los
diversos sistemas según lo previsto.
D. Ajustar todos los sistemas y equipos, incluyendo válvulas, bombas,
grifos, etc., para funcionar correctamente a sus respectivas
presiones, temperaturas y cantidades de flujo.
E. Además del trabajo que se solicita bajo la partida de las pruebas
antes de que el trabajo se ofrezca para su aceptación final, todo el
equipo deberá ser sometido a una prueba para demostrar que ha
sido ajustado para cumplir con los requisitos de los Planos y
Especificaciones.
F. Al finalizar los procedimientos de ajuste, balanceo y prueba,
presentar al Consultor los esquemas mecanografiados de la lectura
de los datos de las pruebas durante las operaciones de ajuste y
equilibrado, indicando la lectura requerida o especificada, la primera
lectura y la lectura del balance final de los siguientes ítems, Pero no
limitado a lo siguiente:
a. Bombas:
i. Denominación del tipo
ii. Placa de características HP, voltaje y amperios de
carga completa
iii. Lectura del manómetro, succión y descarga, kg / cm2
iv. Cantidades de flujo, Lit./min.
b. Motores:
i. Denominación del tipo
ii. Placa de características HP, voltaje y amperios de
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carga completa
iii. RPM
iv. Corriente y tensión del motor en condiciones de
funcionamiento
SECCIÓN 15.2B TUBERÍAS
PARTE - 1 GENERAL
15.2 B.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
Incluye Documentos Generales del Volumen I y Requerimientos
Generales de la Sección 15 para obras de Tuberías como parte de esta
sección:
A. Tuberías
B. Accesorios
C. Mangas
D. Juntas flexibles
E. Válvulas
F. Soporte de tubería y perchas
G. Instalación de trabajos y accesorios diversos mostrados y / o
requeridos para completar el Trabajo de Tubería.
PARTE - 2 PRODUCTOS
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※ General: Las siguientes normativas ASTM son sólo para referencia,
pueden aplicarse otras normas equivalentes, especialmente normas
ISO o locales.
15.2 B.2.01 TUBERÍA
Todas las tuberías utilizadas para la obra serán las siguientes:
A. Tubería de Acero
Cumplir con ASTM A53/A53M -12 “Galvanized steel pipes for
water services” SCH-4
B. Tuberías de Policloruro de vinilo
Cumplir con ASTM 2846 “Chlorinated Polyvinyl Chloride (CPVC)
pipes for hot water”
Cumplir con ASTM 2241 “Polyvinyl Chloride (PVC) pipes for
cold water” 15.2B.2.02 ACCESORIOS
A. Accesorios de Hierro y Acero
Cumplir con ASTM A589 “Screwed type steel pipe fittings” o
equivalente.
B. Accesorios de PVC
Cumplir con ASTM 2241, SDR-26 “polyvinyl chloride pipes fittings
for water works” o equivalente.
Cumplir con ASTM F-949 “polyvinyl chloride pipe and fittings for
storm drainage” o equivalente.
Cumplir con ASTM D3034 polyvinyl chloride (CPVC) pipe fittings
for sewer drainage” o equivalente.
15.2B.2.03 VÁLVULAS
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Las válvulas para las tuberías de agua serán del tipo de compuerta en
general y serán de la siguiente manera:
Las válvulas de compuerta de 50 mm a 75 mm de diámetro deberán ser
de bronce y aplicarse de la misma forma o de forma equivalente.
5kgf/cm2- 10kgf/cm2
ASTM B61 15.2B.2.04
COLADOR
Filtro tipo y en rosca. 50 mm y mínimo 5 kgf / cm2, pantalla de latón.
Casquillo de bronce con abertura roscada del soplado.
15.2 B.2.05 CONJUNTO FLEXIBLE (TIPO DE TUBOS)
A. Las juntas flexibles de acero inoxidable serán de tipo pestaña de
longitud requerida.
a. 25 mm y más pequeño: más de 300 mm
b. De 32 mm a 50 mm y menor: más de 500 mm
c. 65 mm y menor de 100 mm: más de 750 mm
B. La junta flexible de goma debe estar moldeada en neopreno o teflón
con junta de brida.
15.2 B.2.06 JUNTA FLEXIBLE (DE TIPO CAUCHO)
A. Las juntas flexibles de caucho deben ser de tipo manga tejida con
juntas de brida de longitud recomendada por el fabricante.
B. La junta flexible de goma debe ser neopreno moldeado o teflón con
junta de brida.
C. Se deberán proveer juntas flexibles de goma en las conexiones de
tubería a las bombas como se muestra en los Planos o en el lugar
donde sea necesario.
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PARTE - 3 EJECUCIÓN
15.2 B.3.01 OBRAS DE TUBERÍA
A. Los Planos deberán cumplirse al estar definidos y siempre que tal
procedimiento no cause condiciones objetables o no entre en
conflicto con otras labores, leyes, reglamentos o recomendaciones
de los fabricantes de equipos. Los Planos están destinados a indicar
el tamaño de las conexiones de tubería y, si se omite o no está claro
el tamaño, obtenga información adicional antes de proceder.
B. Todas las tuberías deben estar en alineadas, generalmente,
paralelas o perpendiculares a paredes, pisos y techos adyacentes
del edificio. Y con clasificación y espaciamiento uniforme para
presentar una apariencia limpia y profesional.
C. Se prestará atención a la ubicación exacta de todas las tuberías y
equipos con respecto a los equipos, ductos, conductos, losas, vigas,
accesorios de iluminación, columnas, sistema de suspensión del
techo, etc., para proporcionar el máximo acceso a todos los equipos
mecánicos y eléctricos en el edificio. Se deberá ejercer una estrecha
coordinación y cooperación con otros oficios para localizar las
tuberías y el equipo en el mejor interés del Cliente. Los Planos y
Especificaciones que cubren otros trabajos que se van a realizar en
el edificio deben ser cuidadosamente estudiados y realizar los
arreglos necesarios para evitar conflictos.
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D. Todos los equipos que requieran conexiones por obras de esta
Sección serán desmontados. Los datos necesarios sobre las
ubicaciones exactas, los tamaños, las conexiones, los accesorios y
las disposiciones necesarias se obtendrán de los planos de taller o
del fabricante para asegurar la correcta instalación de este equipo
antes del desbaste de los mismos.
E. No todas las ramas de tubería y las rutas exactas se indican en los
planos debido a la pequeña escala. Se deberán estudiar los
diferentes tramos de tuberías a instalar y realizar los ajustes
necesarios en las rutas exactas que se requieran para la correcta
instalación de todos los accesorios, equipos y equipos especiales
indicados en los Planos Hidrosanitarios y Arquitectónicos. Realice
todos los ajustes necesarios en la tubería según se requiera al
cambiar.
F. Los extremos de todas las tuberías deben ser rectificados y todos
los tubos deben enderezarse antes del montaje. Todas las tuberías
deben estar limpias en el interior antes del montaje, y se tomarán
medidas para preservar esta limpieza después del montaje.
G. Determine la ruta de la tubería e instalarla en la sección tan
rápidamente como lo permita la situación del trabajo en la
construcción. Todas las tuberías en cuestión deberán someterse a
una prueba de presión de ejercicio dentro de la sección de tubería
realizada antes de la ejecución de trabajos de hormigón y acabado
tales como suelos, paredes, techo y tabiques.
H. La inclinación de la tubería, a menos que se indique lo contrario en
los dibujos, debe ser en general la siguiente:
a. La pendiente mínima de tubería de drenaje de agua
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doméstica y de drenaje múltiple no será inferior al 0,5%.
b. Las tuberías de alcantarillado sanitario y de aguas pluviales,
con una pendiente mínima no inferior al 1,0%.
I. Todas las tuberías de agua que se alimenten hacia abajo deberán
tomarse de la red o ramal de la red. Para toda el agua, la
alimentación de las tuberías se tomará de las partes superiores de
la red o de la red.
J. La tubería de las bombas debe estar a una distancia de la línea más
cercana posible a las conexiones de la bomba. Válvulas de
cierre de la bomba. Los coladores y las conexiones flexibles (si se
usan) deben ser de tamaño de línea. Proporcione un reductor
excéntrico, plano en la parte superior, a la succión de la bomba para
reducir el tamaño de la línea al tamaño de la conexión de succión
de la bomba. Proporcione incrementador concéntrico: en la
descarga de la bomba para aumentar desde la conexión de
descarga de la bomba hasta el tamaño de la línea.
K. La tubería de los equipos deberá tener el tamaño de la línea de cierre lo
más cerca posible de las conexiones de los equipos. Las válvulas de
cierre del equipo, los filtros y las juntas flexibles (si se usan) deben ser
de tamaño de línea. Proporcione uniones o bridas como se especifica
en otro lugar para facilitar el reemplazo o el mantenimiento del equipo.
15.2B.3.02 JUNTAS
A. Tubo de Acero
1. Atornillado
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Roscas a ser cortadas con nuevos dados Dean. Las roscas de la tubería solo
deben tener un compuesto aplicado para juntas, las conexiones no deben estar
recubiertas.
2. Rebordeado
Se usará un empaque de caucho para trabajos de agua y aire con un diámetro
adecuado para las bridas.
3. Soldadura
Como se señala en la Disposición general para trabajos mecánicos.
B. Tubería de PVC
Se unirá con los accesorios que se ajusten de manera similar a JIS K 6743
"Conexiones de tuberías de cloruro de polivinilo no plastificadas para trabajos en
agua" o equivalentes, a temperatura ambiente mediante el recubrimiento de
adhesivos como piezas de unión.
15.2 B.3.03 COLGADORES Y SOPORTES
A. Todas las tuberías deben estar respaldadas apropiadamente para
soportar el peso, las tensiones y las fuerzas externas debido a los
vientos. Dichos soportes deberán estar provistos de tal manera que no
afecten negativamente a la expansión y contracción de las tuberías
debido a fluctuaciones de temperatura.
B. Tubería horizontal. En general, deberán estar soportados desde muros,
vigas, columnas y losas utilizando soportes y/o sujetadores apropiados
tales como abrazaderas de viga, soportes de viga lateral. Soportes de
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pared, ángulos de acero estructural, insertos u otros dispositivos
aprobados para adaptarse a las condiciones de instalación. El
espaciamiento máximo de la suspensión de las tuberías horizontales no
debe exceder las recomendaciones del fabricante de la tubería y los
siguientes:
Tabla 15B.3.03 Colgadores y Soportes
Material Tamaño de las tuberías (mm)
20φ y
menos
20φ-40φ 50φ-80φ 100φ 125φ-200φ 250φ o más
Tubería de
acero
2.0m 3.0m
Tubería de
PVC
1.0m 2.0m
Tubería de
Cobre
1.0m 2.0m
C. Tuberías verticales: Deberán estar apoyadas adecuadamente
desde la estructura del edificio donde sea necesario por medio de
abrazaderas maleables de hierro o acero de tamaño amplio, bien
atornilladas o soldadas a la tubería y apoyadas en la losa del piso.
Proporcionar aisladores de goma para las abrazaderas cuando sea
necesario para la eliminación de la vibración y el sonido de la
estructura.
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15.2 B.3.05 MANGA DE TUBERÍA
A. Suministre e instale mangas para todas las tuberías que pasen a
través de cimentaciones, paredes, placas de suelo, tabiques y otras
estructuras de edificios, y que estén firmemente colocadas en su
lugar. Coordinar el trabajo para asegurar que los manguitos y los
insertos estén colocados con precisión junto con otros elementos
incorporados, antes de que se produzca el vertido del hormigón y
antes de erigir paredes, tabiques y techos o techos, para reducir al
mínimo la necesidad de cortar o parchar en una etapa posterior. El
Contratista será responsable de su ubicación adecuada y
permanente.
B. Las mangas se terminarán con escudo o similares en las paredes,
tabiques, techos y losas, excepto en las áreas inacabadas.
SECCIÓN 15.2C SISTEMA DE SUMINISTRO DE AGUA
PARTE - 1 GENERAL
15.2 C.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
A. Incluya Documentos Generales Volumen I y Sección 15A Requisito
General para el Sistema de Suministro de Agua Funciona como
parte de esta Sección.
B. Sistema de suministro de agua potable
a. Llevar el agua del tanque receptor de agua potable al tanque
elevado del agua potable por la bomba de la elevación de
agua potable.
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b. Suministre agua potable desde el tanque de agua potable
elevado a baño, grifo de lavabo, ducha y equipo que tienen
consumo de agua por gravedad.
15.2 C.1.02 EXCEPCIÓN
Las siguientes obras serán excluidas del alcance de obra en el Contrato:
A. Cualquier otra renovación, reanudación de obras de modificación
existentes que no sean los mostrados en los Planos.
B. Cualquier otro trabajo exterior de tuberías que no sea el indicado en
los Planos, especialmente relacionadas a las tuberías existentes.
PARTE - 2 PRODUCTOS
15.2 C.2.01 TUBERÍAS Y ACCESORIOS
Tubería para agua
A. Entrada de agua del de la reserva acuífera pública de la ciudad.
a. El tubo de la toma de agua entre la tubería de agua pública
de la ciudad y este alcance se refiere a la asignación del
abastecedor público del agua de la ciudad.
b. Para todos los tamaños: Tubos de cloruro de polivinilo para
obras con agua - ASTM 2241, SDR-26
c. Accesorios: accesorios de cloruro de polivinilo -- ASTM 2467
d. O equivalente
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B. Levantar la tubería desde el tanque receptor de agua potable
hasta el tanque de agua potable elevada
a. Idem
C. Tubería de suministro desde el tanque elevado de agua potable a
cada accesorio.
a. Idem
15.2C.2.02 VÁLVULAS
A. Como se especifica en la Sección de 15B.2.03 Válvulas y grifos.
B. Para la línea de agua de la transferencia y la línea de agua de la
elevación se instalarán la válvula de 10 kgf / cm2.
C. Se instalará una válvula para tubería de suministro de agua por
gravedad de 10 kgf / cm2.
15.2 C.2.03 EQUIPO
A. Tanque de reserva
a. El tanque de agua debe ser de panel de acero inoxidable.
B. Tanque de agua elevado
a. El tanque del depósito de agua debe ser HDPE.
b. El tanque debe tener base de acero galvanizado, boca de
inspección, escalera, base de poste de electrodo, tubo de
ventilación con colador y pernos de anclaje.
C. Pump
a. La bomba consta de carcasa, ala, eje, cojinete, motor y base
común.
b. El material de la carcasa será de hierro fundido. El material
del ala debe ser aleación de cobre o acero inoxidable. El
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material del eje es de acero inoxidable (SUS304 o 403).
c. El motor debe tener un eje de acoplamiento.
d. La bomba debe tener un manómetro y juntas flexibles de caucho.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
15.2 C.3.01 SUMINISTRO DE AGUA
A. Como mínimo, el tubo se instalará de acuerdo con las recomendaciones
del fabricante, a menos que los requisitos especificados en este
documento o mostrados en los Planos sean más estrictos. En ese caso,
los requisitos indicados o especificados se aplicarán al fabricante.
B. El interior de la tubería y los accesorios se limpiarán a fondo de
materias extraños y se mantendrán limpios durante las operaciones de
colocación por taponamiento u otros métodos aprobados. Antes de la
instalación se debe inspeccionar la tubería en busca de defectos. El
material que se encuentre defectuoso antes o después de la colocación
será reemplazado por material de apropiado. Los empaques de goma
que no se instalen inmediatamente deben ser almacenadas en un lugar
fresco y oscuro. Siempre que sea necesario, debido a las condiciones del
terreno, la tubería se almacenará en traviesas de madera, espaciadas
adecuadamente y de tal anchura que no permita la deformación de la
tubería en el punto de contacto con la traviesa o entre soportes. Se
prestará especial atención a los extremos de cada sección de tubería de
modo que la redondez exterior de la tubería permanezca prácticamente
sin cambios.
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SECCIÓN 15.2D SISTEMA DE DRENAJE
PARTE - 1 GENERAL
15.2 D.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
A. Incluya Documentos Generales Volumen I y Sección 15A Requisito
General para el Sistema de Suministro de Agua Funciona como
parte de esta Sección.
B. Sistema de drenaje de aguas negras
C. Sistema de drenaje de agua
condensada 15.2D.1.02 EXCEPCIÓN
Las siguientes obras serán excluidas del alcance de obra en el Contrato:
A. Cualquier otra renovación, reanudación de obras de modificación
existentes que no sean los mostrados en los Planos.
B. Cualquier otro trabajo exterior de tuberías que no sea el indicado en
el Planos, especialmente relacionadas a las tuberías existentes.
C. El sistema de tanque séptico provisto por el arquitectónico excepto
bomba de drenaje y tubería posterior.
PARTE - 2 PRODUCTOS
15.2D.2.01 TUBERÍAS Y ACCESORIOS
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Tuberías de drenaje generales, tuberías de ventila, tuberías
de drenaje desbordamiento. Tuberías de policloruro de vinilo
ASTM D3034 o equivalente.
15.2D.2.02 TRAMPAS
Cada aparato y todos los equipos que requieran conexión de drenaje
deberán estar equipados con una bandeja de la misma dimensión,
colocada lo más cerca posible del accesorio.
15.2D.2.03 TAPÓN DE LIMPIEZA
Los tapones de limpieza del piso deben ser de tipo roscado y de tipo a
prueba de agua, cuando estén instaladas en un suelo impermeable.
15.2 D.2.04 CAJAS DE REGISTRO
A. Las Cajas
a. Las cajas de registro serán construidas de hormigón de
acuerdo con los planos;
b. El concreto de invertida será instalado al fondo de la caja.
c. La caja deberá tener pasos hasta los 1200 mm de
profundidad o mayor.
B. Ensamblaje y repello
Las juntas cementadas deben estar completamente llenas y deben
ser lisas y libres de mortero sobrante en el interior de la boca de
inspección.
C. Tapaderas
a. Se utilizarán tapaderas hechas en fábrica o tapaderas de
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hormigón. Las cubiertas para suelo se deben usar a prueba
de olores.
b. La tapa debe ser lo suficientemente fuerte contra el peso de
un vehículo.
15.2D.2.05 FLOOR DRAIN
Las trampas de desagüe del piso deberán ser de hierro fundido a prueba de
agua, excepto en la planta baja.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
15.2 D.3.01 DRENAJE
A. Pendiente de tubería horizontal de drenaje de 65 mm y menos, 2
cm por metro (1/50) excepto se indique lo contrario.
B. Pendiente de tubería horizontal de drenaje sanitario. 75 mm y más,
1 cm por metro (1/100) excepto se indique lo contrario.
C. Pendiente de tubería horizontal de drenaje sanitario de 200 mm y
más. 0,5 cm por metro (1/200) excepto como se indica.
D. Se instalarán tapones de limpieza al final de cada drenaje horizontal en
dirección a cada conexión de ramificación como se muestra en los
planos.
E. No se permitirán trampas dobles
SECTION 15.2E ACCESORIOS SANITARIOS
PARTE - 1 GENERAL
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15.2 E.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
A. Incluya Documentos Generales Volumen I y Sección 15A Requisito
General para el Sistema de Suministro de Agua Funciona como
parte de esta Sección.
B. Sanitario de válvula de descarga y modelo de tanque bajo
C. Urinario
D. Lavabo
E. Sanitario para discapacitados
F. Lavabo de servicio
G. Regadera
H. Grifería
I. Lavamanos para discapacitados
J. Instalación de obras y accesorios diversos mostrados y/o
requeridos para completar las instalaciones de fontanería.
15.2 E.1.02 EXCEPCIÓN
Las siguientes obras serán excluidas del alcance de obra en el Contrato:
A. Barandillas de apoyo para los discapacitados por la parte de
arquitectura.
B. Los espejos para cada baño serán suministrados e instalados por
la parte arquitectónica.
C. Pequeños espejos para cada lavabo son suministrados e
instalados por esta obra.
PARTE - 2 PRODUCTOS
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15.2 E.2.01 SANITARIO
Sanitario tipo occidental. Será de porcelana vítrea.
A. Color blanco
B. Sifón
C. Tanque bajo y accesorios o Válvula de descarga y accesorios
D. Aerosol de mano, soporte de papel, cubierta de asiento y
accesorios necesarios
15.2 E.2.02 URINARIO
Urinarios, Tipo colgado en la pared, serán de porcelana vítrea.
A. Color Blanco
B. Válvula de descarga y
accesorios 15.2E.2.03
C. LAVABO
Lavabo debe ser del tipo colgada de pared y porcelana vítrea.
A. Color Blanco
B. Grifo simple y accesorios
necesarios 15.2E2.04
SANITARIO PARA
DISCAPACITADOS
Sanitario tipo occidental para discapacitados. Será de porcelana vítrea.
A. Color blanco
B. Sifón
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C. Tanque bajo y accesorios o Válvula de descarga y accesorios
D. Aerosol de mano, soporte de papel, cubierta de asiento y
accesorios necesarios
15.2 E.2.05 LAVABO DE SERVICIO
Debe ser tipo montado en el piso y porcelana vítrea.
A. Grifo de pared simple y todos los accesorios necesarios
B. Color blanco
C. Válvula de descarga
D. Base de
extensión 15.2E.2.06
JUEGO DE
REGADERA
Accesorios
necesarios
15.2E.2.07
GRIFERÍA
Como se muestra en los planos:
A. Grifo de pared
B. Válvula de manguera de jardín
C. Grifo del fregadero: Grifo
giratorio 15.2E.2.08 LAVABO
PARA DISCAPACITADOS
Todos los accesorios
necesarios
PARTE - 3 EJECUCIÓN
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15.2 E.3.01 INSTALACIÓN
A. Durante el periodo de construcción:
a. Cubrir los accesorios con carcasas protectoras
B. Todos los accesorios de plomería se colgarán o se apoyarán con
pernos de latón de longitud suficiente para asegurar firmemente el
accesorio al respaldo.
15.2 E.3.02 ESQUEMA DE CONEXIÓN DE ACCESORIOS
A. Sanitarios
a. Drenaje: 100 mm
b. Suministro: 13 mm (tanque bajo)
25 mm (válvula de descarga)
B. Urinario
a. Drenaje: 50 mm
b. Suministro: 13 mm
C. Lavabo
a. Drenaje: 32 mm
b. Suministro: 13 mm
D. Lavabo de Servicio
a. Drenaje: 100 mm
b. Suministro: 13mm (Grifo para lavabo)
25mm (válvula de descarga)
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E. Regadera
a. Drenaje: 50mm
b. Suministro: 13 mm
SECTION 15.2F SISTEMA CONTRA INCENDIOS
PARTE - 1 GENERAL
15.2 F.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
A. Incluya Documentos Generales Volumen I y Sección 15A Requisito
General para el Sistema de Suministro de Agua Funciona como
parte de esta Sección.
B. Sistema de tubo vertical
a. Mantenga agua en el tanque del depósito de agua contra
fuego en la fosa.
b. Cuando se produce el incendio, miembros del personal
empujan el interruptor de alarma en la caja del hidrante.
c. Levante la boquilla y la manguera de la caja del hidrante.
d. Abra la válvula en la caja del hidrante y descargue el agua al
fuego.
C. Extinguidor
a. Instale el extintor en cada caja o percha.
b. Todos los puntos de este laboratorio deberán estar
cubiertos dentro de una traza de 20m desde un extintor de
incendios.
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PARTE - 2 PRODUCTOS
15.2 F.2.01 TUBERÍAS Y ACCESORIOS
A. Tuberías para hidrante
a. Todos los tamaños: ll tamaño: Tubo de acero al carbono
galvanizado - - A 589
b. Accesorios: Accesorio de carbono galvanizado -- A 589
c. o equivalente
15.2F.2.02
VÁLVULAS
A. Como se especifica en la Sección de 13B.2.03 válvulas y grifos.
B. Toda la línea de suministro de agua se instalará válvula de 10kgf / cm2.
15.2 F.2.03 EQUIPO
A. Tanque de reserva
a. El tanque de reserva de agua debe ser una cisterna de concreto.
b. El tanque debe tener acceso de inspección, escalera y tubo
de ventilación con colador.
B. Bomba de incendio
a. La bomba consta de bomba, panel de control, tanque de
cebado y base.
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b. La carcasa debe ser de hierro fundido. El ala será de
bronce. El eje debe estar hecho por SUS403 o 304.
c. La bomba debe tener válvula de pie, válvula de compuerta,
válvula de retención, junta flexible, tubo de derivación de
alivio, manómetro y válvula de drenaje.
C. Hidrante
a. Consta de válvula, manguera, boquilla, colgador de
manguera e interruptor de alarma.
b. Se instalarán dos mangueras en la caja. Una manguera
tendrá una longitud de 15m.
D. Extinguidor
ABC polvo seco 3.0kg
PARTE - 3 EJECUCIÓN
15.2 F.3.01 INSTALACIÓN
A. Como mínimo, el tubo se instalará de acuerdo con las
recomendaciones del fabricante, a menos que los requisitos
especificados en este documento o mostrados en los planos sean
más estrictos. En ese caso, los requisitos indicados o especificados
se aplicarán al fabricante.
B. Todo el sistema de extinción de incendios debe ser aprobado por el
Cuerpo de Bomberos de Honduras.
15.2 F.3.02 ENTREGAS
Presentar una lista de piezas de repuesto detallada para la aprobación
del Consultor.
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FIN DE LA DIVISION 15.2
DIVISIÓN 16 INSTALACIONES ELÉCTRICAS
SECCIÓN 16A REQUERIMIENTOS GENERALES
PARTE - 1 GENERAL
16A.1.01 GENERAL
A. Incluya planos e información técnica para los dispositivos, cables y
equipos a utilizar.
B. Examinar todas las demás Divisiones de las Especificaciones
para requerimientos que puedan afectar obras de esta División.
C. Coordinar obras con todas las demás labores que afectan o son
afectadas por labores de esta sección.
D. Las disposiciones generales deberán ser tal y como se indica en los
Planos. Las salidas propuestas debido a condiciones de campo
reales u otras causas serán aprobadas por el Consultor. El
Contratista examinará cuidadosamente los Planos y será
responsable de la correcta instalación de materiales y equipos en
cada edificio y sitio de construcción, sin alteración sustancial.
E. Los sistemas de telefonía y LAN incluyen la instalación y prueba de
recipientes, alambres, conductos y paneles de conexión.
F. La entrada principal de servicio para la electricidad, es
de Secretaría de Salud.
G. El sistema eléctrico aplicado para esta obra será el siguiente:
responsab dad ili-
lidad
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a. Baja tensión: AC trifásico, 4 cables,
60Hz, 208V/120 V 16A.1.02 ALCANCE DE LA OBRA
El trabajo que se realizará bajo esta sección de las Especificaciones consistirá
en suministrar todos los trabajos, materiales, equipo, herramientas y accesorios
y realizar todas las operaciones necesarias para completar las Obras Eléctricas,
incluyendo, pero no limitado a lo siguiente:
A. Evaluación y aceptación de las condiciones de trabajo en el sitio
B. Requerimientos Generales
C. Conductos
D. Alambrado y Cableado
E. Dispositivos eléctricos
F. Generador
G. Panel de control y cajas eléctricas.
H. Tableros de distribución
I. Panel de control del motor.
J. Iluminación
K. Sistema de puesta a tierra (Grounding system)
L. Sistema de Telefonía
M. Sistema LAN
N. Sistema de Alarma contra incendio
O. Planos de Taller
P. Muestras
Q. Pruebas e informes del Contratista
R. Evaluaciones e Inspecciones
S. Protección y limpieza
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Varios, incluyendo soportes, manguitos y accesorios necesarios para un
aislamiento completo.
Otros:
1. Obras de excavación para esta División
2. Obras de concreto y otros para esta División.
16A.1.03 OBRAS RELACIONADAS CON OTRAS DIVISIONES
A. Excavación - División 2
B. Concreto - División 3
C. Mampostería - División 4
D. Carpintería - División 6
E. Acabados - División 12
F. Hidrosanitario -
División 15.2 16A.1.04
ENTREGAS
A menos que se especifique en las Condiciones Generales, envíe cada
entrega requerida a continuación:
A. Presentación del Equipo
Antes de comenzar el trabajo, presentar para revisión la literatura
certificada que muestra las calificaciones, las dimensiones, el
nombre del fabricante y el modelo del equipo.
B. Planos de Taller
Después de la aprobación del equipo, presentar los Planos de taller
para mostrar los detalles de espacios y sus dimensiones cuando sea
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necesario, de los requisitos para obras de hormigón, paneles de
acceso, insertos y aberturas.
C. Planos de lo construido
Proporcionar y mantener en el sitio un conjunto completo de planos
con el propósito de registrar la información "como construida". Una
vez terminado el trabajo, haga los planos como se basan en lo
anterior y envíe impresiones al Consultor.
D. Muestras y Catálogos
a. Las muestras o catálogos se presentarán de acuerdo con la
solicitud del Consultor.
b. Las muestras o catálogos deberán ser aprobados por el
Consultor.
E. Manuales de Operación y Mantenimiento
Envíe el juego completo de manual de operación y mantenimiento
en español. Incluya para todos los equipos el nombre del fabricante,
el modelo y el número de serie, el manual de operación y
mantenimiento, incluidos los diagramas de control y la fuente de
servicio y las piezas de repuesto. Al usar manuales publicados que
cubren varios artículos de equipo u opciones de modelos, identifique
los datos e instrucciones que se aplican al equipo para este
proyecto.
F. Informe de prueba
Entregar los informes de nivel de iluminación, valor de resistencia
de aislamiento, valor de resistencia de puesta a tierra y pruebas de
equipo para su aceptación de acuerdo con los Planos de Contrato y
los requisitos de Especificación con 21 días después de cada
prueba.
G. Datos del Fabricante
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Proporcione los datos del fabricante de los materiales y equipos
requeridos por el Consultor. Los datos del fabricante incluirán la
literatura descriptiva del fabricante, las fotografías, los dibujos, las
gráficas, las curvas de rendimiento y características y la placa de
características, la capacidad, el tamaño y las dimensiones de la
disposición.
H. Listado del Equipo
a. Entregar al Consultor dentro de los 5 días posteriores a la
notificación una lista descriptiva completa del equipo
fabricado propuesto para el trabajo.
b. Las listas incluirán todos los equipos mostrados en los
Planos o especificados en este documento.
16A.1.05 CONTROL DE CALIDAD
El Contratista establecerá y mantendrá el control de calidad de esta
sección para asegurar el cumplimiento de los requisitos del contrato y
mantener registros de control de calidad para todas las operaciones,
incluyendo pero no limitado a los elementos enumerados a continuación.
A. Asegurar que todos los materiales y equipos cumplan con los requisitos.
B. Proporcione todas las labores, materiales, equipos, herramientas e
incidentes para probar y operar el equipo sin daños y para ser
recuperado después de las pruebas. Cualquier defecto y daño
encontrado o como resultado de esta prueba será subsanado a
satisfacción del Consultor.
16A.1.06 NORMATIVAS
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Las normas aplicables son las siguientes y el equivalente aprobado por
adelantado por el Consultor:
A. American National Standards Institute (ANSI).
B. National Electrical Code (NEC).
C. International Electromechanical Commission (IEC).
D. International Organization for Standardization (ISO).
E. UL Standards (UL).
F. National Fire Protection Association (NFPA).
G. National Electrical Manufacturers Association (NEMA).
H. Códigos y
Normativas Locales
16A.1.07 GARANTÍAS
A. La atención se dirigirá a las disposiciones del Volumen I, relativas a
las garantías y fianzas para el trabajo bajo este Contrato.
B. Los fabricantes deberán proporcionar sus garantías estándar para
el trabajo bajo esta División. Sin embargo, dichas garantías serán
complementarias y no sustituirán a todas las demás
responsabilidades que la fabricación y el Contratista deben
satisfacer.
C. El Contratista garantizará que todos los elementos de los sistemas
son de capacidad suficiente para cumplir con los requisitos de
desempeño especificados, como se establecen en el presente o
como se indica.
D. Al recibir el aviso de fallo de cualquier parte del sistema o equipo
durante el período de garantía, la parte o partes afectadas serán
reemplazadas por el Contratista.
E. Para materiales y/o equipo del cual el periodo de garantía efectiva
contando desde la fecha de fabricación, está por expirar y no será
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capaz de cubrir por medio de un periodo específico de garantía
luego de haber completado el Proyecto, deberá asegurarse que el
Contratista será completamente responsable en representación del
fabricante, de satisfacer el periodo de garantía como se especifique
en las Especificaciones con carta del Contratista.
16A.1.08 MANEJO Y ALMACENAMIENTO
Los materiales, equipos y todos los productos deben ser manipulados y
almacenados cuidadosamente para asegurar la instalación completa sin
ningún defecto. La descarga, el apilamiento, el movimiento y el
almacenamiento del material deberán estar estrictamente de acuerdo con
los requisitos y/o recomendaciones del fabricante. Antes de la instalación
de todos los materiales deben ser inspeccionados por el Contratista por
defecto. Los materiales que se encuentren defectuosos antes o después
de la instalación serán reparados o reemplazados a satisfacción del
Consultor sin gastos adicionales para el Propietario.
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PARTE - 2 PRODUCTOS
16A.2.01 GENERAL
Todos los productos, materiales y equipo deberán ser aprobados por el
Consultor.
A. Materiales y Equipo
a. Los materiales y equipos deberán ser los especificados en los
planos y/o en las especificaciones y adecuados para el
servicio previsto.
b. Los materiales y equipos deberán ser bienes no utilizados,
excepto aquellos para ensayos.
c. El equipo a ser usado será respaldado para un servicio
suficiente en el sitio de trabajo y cuidado con actividades de
servicio eficaces.
B. Productos Estándar
a. Los materiales y equipos serán de uso general y productos
estándar.
b. Los materiales y equipos deberán tener una operación
satisfactoria en uso durante al menos 5 años antes de la
Fecha de la Oferta y serán productos que el fabricante
continúa produciendo.
C. Capacidad
La capacidad del equipo no deberá ser menor que la indicada en los
Planos y/o especificada en las Especificaciones. Sin embargo, la
capacidad del equipo puede ser revisada en base a la condición
local, después de ser ajustada.
D. Cumplir con los requisitos del laboratorio de pruebas aprobado por
el Consultor.
E. En lugar del certificado formal para el equipo y/o materiales por el
laboratorio de pruebas, serán aplicables a presentar los siguientes
documentos como alternativa:
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a. Catálogo
b. Ficha Técnica
c. Datos de pruebas de desempeño del fabricante
Estos deberán ser capaces de solicitar la aprobación del Consultor bajo la
responsabilidad del fabricante.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
16A.3.01 MANO DE OBRA
A. Todo el trabajo proporcionado en esta Especificación se construirá y
terminará en todos los aspectos de una manera profesional y
sustanciosa. No se pretende que los Planos muestren todos los
tubos, accesorios y aparatos, pero el Contratista proporcionará e
instalará las partes que sean necesarias para completar el sistema
de acuerdo con las mejores prácticas comerciales y ha
satisfacción del Consultor.
B. Coordine con todos los demás oficios con respecto a la forma, el
tamaño y la posición de todas las aberturas requeridas para los
aparatos antes de instalarlos, de modo que todas las aberturas se
puedan construir por adelantado. Montar e instalar todos los
manguitos, soportes, etc. que se especifican o requieren a
continuación.
C. Obtenga información detallada de los fabricantes de aparatos en
cuanto al método adecuado de instalación y conexión. Obtener toda
la información de otros oficios que puedan ser necesarios para
facilitar el trabajo y la realización de todo el proyecto.
16A.3.02 PINTADO
A. Salvo que se especifique lo contrario, todo el equipo y materiales
suministrados bajo esta División serán tomados para prevenir
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marcas, arañazos y daños durante el embarque, almacenamiento y
construcción. Cuando sea necesario, se proporcionará retoque para
reparar las marcas y arañazos.
B. Todas las placas de identificación que contengan datos descriptivos
y todas las superficies no ferrosas de los materiales y equipos
previstos en esta sección se dejarán sin pintar y estarán limpias.
C. Todas las superficies de hierro descubierto de los equipos,
materiales, colgadores y soportes instalados bajo esta División serán
pintados con una capa de imprimación y pintura de acabado
aprobada y resistente al óxido como parte del trabajo de esta
División. No se necesita pintura para tubería en área oculta y para
tubería aislada expuesta con cubierta de servicio de aluminio o
cubierta de chapa de aluminio y tubería de PVC expuesta.
D. Toda pintura y tamaño que se realice bajo esta División deberá
cumplir con los requisitos de control de calidad aplicables
establecidos bajo la Sección 9B de Pintado.
16A.3.03 COLOCACIÓN DEL EQUIPO
A. La colocación del equipo deberá ser cuidadosamente coordinado
con el trabajo y los requisitos de otros oficios involucrados para
asegurar la compatibilidad y evitar conflictos.
B. Los equipos cuya base está montada sobre bloques de hormigón o
de mampostería, zapatas y muelles, o montados sobre soportes,
rejillas, plataformas u otros, no deberán fijarse de ninguna manera,
excepto en el soporte terminado y permanente.
16A.3.04 ENSAYOS E INSPECCIÓN
A. El Contratista llevará a cabo las siguientes pruebas e inspecciones
en cada fase de construcción para confirmar que los requisitos de
calidad, capacidad, rendimiento y otros elementos indicados en los
Planos y especificados en este documento con respecto al material,
los bienes y la ejecución sean satisfactorios. El Contratista deberá
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registrar los resultados de cada prueba e inspección, y entregarlos
al Consultor.
a. Antes de la Instalación
i. Materiales: Verificación de normas y resultados de
pruebas o materiales y muestras.
ii. Equipo: Comprobación de planos de taller e
instrucciones del fabricante.
iii. Instalación: Comprobación de planos de montaje y/o
muestras.
b. Durante la Instalación
i. Materiales: Inspección de materiales entregados.
ii. Equipo: Inspección en la tienda del fabricante y en el
sitio del proyecto.
iii. Instalación: Los ensayos y la inspección se realizarán
como se describe a continuación.
c. Al completarse
i. Pruebas e inspecciones de la apariencia, función,
rendimiento y ejecución del ensayo.
B. Si como resultado de tales pruebas e inspecciones, los materiales,
equipo y mano de obra son juzgados insatisfactorios o inaceptables,
serán subsanados a satisfacción del Consultor.
C. El Contratista consultará con anticipación al Consultor en cuanto al
programa, horario y elementos de las pruebas e inspecciones para
cumplir con las instrucciones del Consultor.
16A.3.05 BOQUETES
Todos los boquetes en tabiques, paredes o placas requeridos para el trabajo
de esta División, sujetos a la aprobación del Consultor. La apertura deberá
ser terminada de acuerdo con los requisitos de las Divisiones 3,4 y 9.
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16A.3.06 CORTES Y REPARACIONES
A. Realizar todos los cortes y reparaciones incidentales y necesarias
para la correcta instalación del trabajo que se realizará bajo esta
División. Ningún miembro estructural será cortado sin la aprobación
específica del Consultor.
B. Todas las reparaciones deben hacerse de acuerdo con las divisiones
y secciones que se aplican a los diversos oficios, materiales,
métodos, mano de obra y acabados involucrados con la reparación
para poder restaurar las superficies dañadas a su condición original
o mejor.
16A.3.07 HIERRO Y ACERO DIVERSOS
A. Proporcionar e instalar todos los soportes y colgadores de acero
como se muestra en los Planos o se requiera para soportar tuberías,
equipos y materiales. Se presentarán planos de propuesta para la
obra.
B. Todo trabajo será cortado, montado, soldado y terminado por
trabajadores calificados. Las soldaduras deberán estar lisas, los
soportes y los armazones deben estar adecuadamente
dimensionados y construidos con firmeza.
C. Todos los trabajos de hierro y acero fabricados en fábrica se
limpiarán y secarán y se les dará una capa de pintura anticorrosiva en
todas las superficies y en todas las aberturas y grietas.
16A.3.08 SOLDADURA
A. Toda soldadura realizada bajo esta División deberá ser realizada por
soldadores experimentados de manera limpia y sustancial. Toda la
soldadura en tubería y material de acero deberá ser realizada
solamente por soldadores que serán aprobados por el Consultor.
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B. Antes de la soldadura, limpie la superficie de óxido libre,
incrustaciones, suciedad, grasa u otra sustancia extraña. Se debe
ejercer cuidado para evitar la aparición de metal de soldadura
sobresaliente en el tubo. Todas las soldaduras deben ser de metal
sano, libre de vueltas, cierres fríos, bolsas de gas, inclusiones de
óxidos y defectos similares.
C. Se tomarán todas las precauciones necesarias para evitar el fuego
u otros daños que se produzcan como resultado de las operaciones
de soldadura.
16A.3.09 ANCLAJE
A. Suministrar e instalar todos los arreglos necesarios para controlar la
expansión, contracción y movimiento de tuberías y equipos
instalados bajo esta Sección.
B. Los anclajes deberán tener un diseño aprobado, fijados al edificio de
manera aprobada y suficientemente considerable como para superar
la fuerza de expansión de los sistemas de tuberías.
16A.3.10 LIMPIEZA Y PROTECCIÓN
El equipo, la tubería y el cableado deben limpiarse de objetos extraños, a través
de conexiones temporales cuando sea necesario antes de que el sistema se
ponga en servicio. Se deben tomar precauciones para evitar que objetos
extraños entren en el equipo y tuberías durante la construcción.
A. Protección del acabado: Proteja completamente todas las partes
acabadas de los materiales y equipos contra daños por causa
cualquiera durante el progreso de la obra y hasta su aceptación final.
Cubra todos los materiales y equipos en el almacenamiento o la
construcción para proteger las superficies terminadas de daños y
mantener todas las partes móviles perfectamente limpias y secas.
Las superficies de todos los equipos y accesorios deberán estar
limpias al finalizar el Trabajo.
B. Las superficies de todo el equipo y cableado deberán estar limpias
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al finalizar el trabajo.
16A.3.11 PROTECCIÓN DE CABLEADO SUBTERRÁNEO
Cuando exista una condición especial, tal como el paso del vehículo sobre la
tubería y/o el cableado, el Contratista terminará e instalará los trabajos
apropiados en dicha área.
16A.3.12 COLGADORES Y SOPORTES
A. Todos los colgadores, soportes, abrazaderas, manguitos, etc.
requeridos para la instalación del trabajo eléctrico se incluyen como
parte de los trabajos de esta Sección.
B. Todos los tramos horizontales del cajón de conductos y cables deben
colgarse apropiadamente a los colgadores, abrazadera y correas
correctas de los conductos, etc. Las ubicaciones de colgadores y
soporte deben ser coordinadas con el trabajo de otros oficios para
evitar conflictos. Los colgadores y soportes deben colocarse a
intervalos de acuerdo con los requisitos de JEAC 8001 o
equivalente. Las varillas de soporte deben ser roscadas solamente
en los extremos, que permita el ajuste, o todas roscadas.
C. No se permitirán colgadores de alambre y correa. El conducto y los
accesorios deben ser asegurados por los clips o las correas de metal
en la mampostería y los tornillos en la carpintería. Cuando estén
sujetas a juntas de barras, bombillas y/o vigas de brida, utilice
colgadores de cuña o clips de grifo excepto para accesorios de
iluminación en el techo.
D. Las guardas en conductos verticales y en la bandeja de cables
deben ser soportados de forma e intervalos de acuerdo con los
requisitos de JEAC 8001 o equivalente.
16A.3.13 CABLEADO Y DIAGRAMAS ELEMENTALES
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El cableado y los diagramas elementales para el equipo como se muestra
en los planos están basados en el producto del fabricante del equipo
especificado y se muestra por conveniencia para ayudar a estimar la
extensión del trabajo involucrado. El equipo instalado deberá estar
cableado y conectado de acuerdo con las recomendaciones del fabricante
del equipo y deberá ajustarse a los detalles en los diagramas de cableado
aprobados que serán suministrados por la fabricación del equipo. Todo el
equipo así conectado deberá realizar la operación de manera segura,
apropiada y eficiente.
16A.3.14 DESIGNACIÓN DE EQUIPOS Y CABLEADO
Las placas de identificación aprobadas se utilizarán en las superficies
exteriores de todos los aparatos eléctricos, incluido el cuadro eléctrico, las
placas de panel, las cajas de distribución, los gabinetes telefónicos y otros
equipos, según se indique. La línea de alimentación y los cables de línea de
comunicación deben estar instalados.
Esas placas de identificación deben mencionar el tipo de cable, tamaño del cable,
nombre del circuito, fecha y constructores. Las placas de identificación deberán
estar instaladas en la cabeza del cable, en el extremo y en los puntos adecuados.
SECCIÓN 16B CONDUCTOS
PARTE - 1 GENERAL
16B.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
A. Incluya documentos generales y planos.
B. Canales completos con cajas, equipamiento y accesorios.
C. Instalación de trabajos varios y accesorios que se muestran y/o requeridos
para completar el trabajo de alambrado y cableado.
PARTE - 2 PRODUCTOS
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16B.2.01 CONDUCTOS NO METÁLICOS
Conductos y accesorios de PVC
Cumplir con CSA C22.2, Código canadiense, UL 50, UL 514B, UL 514C, UL 651,
NEMA TC3, WC-1095A, CE-3030: 01 o las ordenanzas y/o reglamentos locales.
16B.2.02 CONDUCTOS Y ACCESORIOS METÁLICOS
A. Conducto y accesorios EMT
Cumplir con UL 797, ANSI C80.3, reglamentos locales o reglamentos para
conductos de metal.
B. Conducto y accesorios IMC
Cumplir con UL 1242 y cumple con ANSI C80.6, las ordenanzas locales o las
regulaciones para conductos de metal.
16B.2.03 CONDUCTOS METÁLICOS FLEXIBLES
Conduits Flexibles y accesorios
Cumplir con NEMA RV 3-2014, UL, ordenanzas locales o regulaciones para
conductos flexibles de metal.
16B.2.04 ESCALERA DE RACK
A. Rack
a. Material: Acabado antioxidante, chapa de acero de un grosor mínimo de 1,6
mm
b. Tamaño: Como se indica o se requiere para el cableado
B. Equipamiento y Accesorios
a. Codos, secciones en T, secciones transversales, conectores de curvas,
adaptadores de suspensión, etc., adecuados para sistemas de escalera de
rack.
b. Producido o designado por un fabricante.
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16B.2.05 CAJAS
A. Cajas de salida
Excepto cuando sea requerido por la construcción, dispositivos o
cableado.
a. Materiales: Acero galvanizado o chapa de acero con pintura.
b. Ubicación al aire libre: Resistente a la intemperie
c. Sin accesorios ni dispositivo: Placa de cubierta en blanco
B. Cajas de tiro
a. Material: Chapa de acero
b. Cubiertas: Atornillado, excepto cuando se indica, acabado de
pintura
C. Cajas de Registro
a. Limpie el interior antes de activar el cable
b. Cubierta: Concreto
c. Entradas de conductos: De acuerdo a los planos
d. Aberturas de conducto: Todas las aberturas de los conductos
en las cajas de registro deben estar cubiertas por tapaderas
de materiales apropiados para evitar ingreso de lodo y grava.
16B.2.06 INDICACIÓN DEL CABLEADO SUBTERRÁNEO
A. El indicador se instalará en el suelo sobre el cableado subterráneo.
B. El indicador deberá estar hecho por un poste de hormigón y el
tamaño del indicador será de aproximadamente 150 mm x 150 mm
x 500 mm (H). La tachuela metálica se utilizará en el pavimento
asfáltico.
C. La cinta indicadora subterránea se colocará en el cableado
subterráneo siguiente: Cable de baja presión y cable de
comunicación.
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PARTE - 3 EJECUCIÓN
16B.3.01 CONDUCTOS
A. Proporcione alambre de tracción de acero recubierto de PVC de 1,2
mm mínimo para conductos vacíos.
B. Subterráneo más allá del edificio
Mínimum: Cubierta superior de 800mm desde la superficie del suelo
(área del pavimento) Cubierta superior de 600mm desde la superficie
del suelo (área no pavimentada)
C. Pintura
Se proveerán 2 capas de pintura de acabado a tuberías expuestas
excepto tubos de PVC. (Sala de máquinas y eje de tubería incluidos)
D. Cajas de salida
La altura de montaje de las cajas de salida para el interruptor y la
toma de corriente será la siguiente, a menos que una distinta sea
aprobada por el consultor.
a. Interruptor: 1,300 mm desde el suelo
b. Toma de corriente: 300 mm desde el nivel del suelo
c. Toda la parte metálica del conducto debe estar conectada a
tierra de acuerdo con los requisitos de NEC, NEMA, UL o
normativas locales.
16B.3.02 MARCADOR DE CABLEADO SUBTERRÁNEO
A. Proporcione los marcadores en el grado terminado sobre los
conductos subterráneos o el cable eléctrico subterráneo.
B. Proporcionar los marcadores en el punto de flexión de los
conductos y / o cables.
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16B.3.03 ARREGLO IMPERMEABLE
A. Tome la disposición impermeable necesaria para parar el agua que
se filtra en los edificios.
B. Suministre los arreglos necesarios tales como la parada de agua o
el drenaje para que el agua no se amontone en la boca de
inspección.
16B.3.04 PRUEBAS
Realizar la prueba necesaria según lo solicitado por el Consultor.
SECCIÓN 16C ALAMBRADO Y CABLEADO
PARTE - 1 GENERAL
16C.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
A. Incluya documentos generales y planos.
B. Alambrado y cableado completo con accesorios.
C. Cableado especial del sistema individual, ver sistemas respectivos.
D. Instalación de trabajos y accesorios diversos mostrados y / o
requeridos para completar las obras de alambrado y cableado.
PARTE - 2 PRODUCTOS
16C.2.01 CONDUCTOR
Cumplir con IEC, NEC, UL o regulación y normativa local.
16C.2.02 13.800V CABLE DE CLORURO DE POLIVINILO ISOLADO DE
POLIETILENO CROSS-LINKED (XLPE)
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Cumplir con el Código Eléctrico Nacional (NEC por sus siglas en inglés),
ICEA S-95- 658/NEMA WC70, “PARA USO CT” en 1/0 AWG y mayor de
acuerdo con el NEC, UL 44 Tipo RHH/RHW-2, UL Archivo # E90494, UL
854 Tipo USE-2, UL Archivo # E90499, UL 1581
VW-1, EPA 40 CFR, Parte 261 Para el plomo lixiviable.
16C.2.03 ALAMBRE TERMOPLÁSTICOS AISLADOS A CALOR (THHN)
Que cumpla con ASTM B3 y B8, UL Estándar 83, UL Estándar 1063 para
alambre de herramienta para máquina (MTW), ICEA S-95-658/NEMA
WC70, NEC® Artículo 310, RoHS, c(UL) – T90 Nylon, UL 2556 VW-1, UL
2556 CT USE.
16C.2.04 CABLE DE ALARMA DE FUEGO, Conductor múltiple, Blindado,
No Pleno Tipo NEC FPLR y CL3R, Tipo NEC / CEC CMR
Que cumpla con NEC Artículo 760 Tipo FPLR (UL: 75°C, 300 V), NEC
Artículo 725 Tipo CL3R (UL: 75°C, 300 V), NEC Artículo 800 Tipo CMR (UL:
75°C, 300V), RoHS Directiva de conformidad 2011/65/EU, designado a
cumplir UL 1666 Prueba de llamas o normativa y regulaciones locales.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
16C.3.01 CODIFICACIÓN DE COLORES
La codificación de color del alambre debe estar de acuerdo con los requisitos
de UL, NEMA, NEC o equivalente. Todos los extremos de los cables deben
estar marcados en color.
16C.3.02 ACCESORIOS
A. Soportes de cables en subida
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a. Dispositivo de sujeción con cuñas aislantes o empuñaduras
B. Conductores de cobre
a. Con tipo de compresión o conectores de resorte con muelle y
cubierta aislada de nylon.
16C.3.03 ALAMBRADO
A. El interior de los conductos se debe limpiar minuciosamente antes
de que los cables funcionen.
B. Los alambres y los cables se conectarán mediante conectores
adecuados.
C. No se debe realizar ninguna conexión en longitudes de cable
situadas en conductos, en escaleras de cables o en asideros, excepto
cables de conexión a tierra.
16C.3.04 PRUEBAS
A. Asegurar la continuidad de una prueba de aislamiento para el cable
de alimentación antes de conectar el equipo junto con la presencia
de representantes autorizados.
B. Pruebas de continuidad y aislamiento.
1. Línea de alta tensión: 1.000 V Megger 100 por ciento de los
alimentadores, no menos de 3MΩ
2. Línea 208V: 500V Megger 100 por ciento de los
alimentadores, no inferior a 0,4MΩ
3. Línea 120V: 500V Megger 100 por ciento de los
alimentadores, no inferior a 0,4MΩ
4. Línea de Comunicación: Recomendación del fabricante
SECCIÓN 16D DISPOSITIVOS DE CABLEADO
PARTE - 1 GENERAL
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16D.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
A. Incluya Documentos Generales y planos como parte de esta Sección.
B. Complete los materiales como se indica.
C. Instalación de trabajos diversos y accesorios mostrados y / o
requeridos para completar los dispositivos de cableado.
PARTE - 2 PRODUCTOS
16D.2.01 INTERRUPTORES DE PARED
Cumplir con NEC, UL u ordenanzas o
regulaciones locales
16D.2.02 TOMA CORRIENTES
A. Cumplir con NEC, NEMA, UL u ordenanzas o regulaciones locales.
B. Tipo: Según el plano o aprobado por el Consultor.
C. Tanto el tipo A como los enchufes de tipo C deben poder conectarse.
16D.2.03 PLACAS DE PARED
Material: Nylon, termo endurecido.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
16D.3.01 PRUEBAS
Pruebe el funcionamiento y/o las funciones de todos los dispositivos de
cableado bajo carga.
16D.3.02 INTERRUPTOR, SALIDA Y PLACA DE PARED, DESCRIPCIÓN
ESPECIFICACIONES DEL PRODUCTO
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A. Unipolar
● 15A
● 120V
● Blanco
● Similar a 7601 W de COOPER
B. Bipolar
● 20A
● 120V
● Blanco
● Similar a 7622W de COOPER
C. Placas de pared
● 1 Banda
● Blanco
● Nylon
● Similar a 5151 W
de COOPER 16D.3.03
TOMACORRIENTES
A. Receptáculos Dúplex
● 15A
● 120V
● 2 Polos
● Conexión a tierra de 3 hilos
● NEMA 5
● Similar a BR15W de EATON
B. GFCI
● 15A
● 120V
● 2 Polos
● Conexión a tierra de 3 hilos
● NEMA 5
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● Relación de corriente de cortocircuito de 10 kA
● Similar a SGF 15 FW-
PSOL de EATON 16D.3.04 PLACA DE
PARED PARA TOMACORRIENTES
A. Uso Interior
● 1 Banda
● Blanco
● Termo Endurecido
● Similar a 2031W de EATON
B. A prueba de Agua
● 1 Banda
● Gris
● Resistente plástico de construcción resistente a impactos y luces
de sol
● Similar a S1951GY de EATON.
SECCIÓN 16E GENERADOR
PARTE - 1 GENERAL
16E.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
A. Observe que todos los artículos cumplen con todas las disposiciones
del Volumen I y de la Sección 16A como parte de esta Sección.
B. Instale el grupo electrógeno, las conexiones y todo el equipo y los
dispositivos necesarios como se especifica en estas
Especificaciones y se muestra en los Planos.
C. Completar el trabajo del generador incluyendo pero no limitado a lo
siguiente:
1. Motor diésel
2. Generador
3. Panel de Control
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4. Batería
5. Silenciador
6. Aisladores de vibraciones
7. Conexiones flexibles
8. Partes de repuesto
9. Sistemas de enfriamiento y escape
10. Tanque de almacenamiento de aceite durante 10 horas con
cubierta de clima y bomba de relleno de mano.
11. Pernos de anclaje
12. Instalación de diversos trabajos y accesorios para completar
el grupo electrógeno.
13. Pruebas
16E.1.02 NORMATIVAS
AS1359, CSA C22.2 No100-04, UL142, UL489, UL869, UL2200, NFPA 37,
NFPA 70, NFPA 99, NFPA 110, IBC, IEC 60034-1, ISO 3046, ISO 8528, NEMA
MG1-22, NEMA MG1-33,
72/23/EEC, 98/37/EC, 2004/108/EC o normativas y regulaciones locales.
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16E.1.03 ENTREGAS
A. Planos de taller
B. Disposición de equipos dimensionados
C. Planos del equipo
D. Catálogo
E. Diseño de tuberías
F. Presentar manuales de operación y manuales de mantenimiento.
PARTE - 2 PRODUCTOS
16E.2.01 REQUISITOS DEL SISTEMA
A. General
El diseño y la construcción del conjunto eléctrico debe ser prolijo y ordenado,
y los ajustes normales y el mantenimiento deben realizarse fácilmente sin el
uso de herramientas especiales. El motor, el generador y todos los
elementos principales del equipo auxiliar se montarán y probarán en la
misma fábrica.
B. Salida kVA
La unidad tendrá una capacidad continua de 165 kVA y una frecuencia de 60
Hz. La forma de onda de la velocidad relativa debe ser la misma que la de la
fábrica y resistir la corriente de cortocircuito bajo la operación de carga
nominal.
C. Capacidad (voltaje, frecuencia y volatilidad) Clasificaciones eléctricas
El voltaje de salida del generador será 208Volts, 3 fases, 4 cables, 60 Hz, AC.
La volatilidad del voltaje bajo factor de potencia nominal será la relación
máxima de variación de tensión entre carga en vacío y carga completa, y
será ± 3.5% de la tensión nominal. En este caso particular, la variación
momentánea de la velocidad del motor deberá ser inferior al 5% y la
volatilidad de la frecuencia deberá estar dentro de ± 3,0%.
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16E.2.02 GENERADOR
El generador debe dimensionarse para proporcionar la salida específica bajo
condiciones de obra y debe cumplir con NFPA, UL, NEMA o equivalente.
16E.2.03 RADIADOR
A. El radiador debe tener una calidad de seguridad y funcionamiento continuo
bajo temperaturas de hasta 40 grados Celsius.
B. El sistema de refrigeración del radiador será el ventilador y estará
directamente conectado al cigüeñal.
16E.2.04 INTERRUPTOR DEL GENERADOR
El interruptor automático / manual y el interruptor de arranque / parada del
generador se controlarán en el panel.
16E.2.05 PANEL DE CONTROL DEL GENERADOR
A. Sistema de control de máquina
El fabricante del motor proporcionará un sistema automático de arranque y
control del motor y se instalará en el panel de control del generador.
B. Sistema de Control del Generador
El sistema de control del generador debe ser montado por el sistema de la
unidad principal y el sistema de asignación.
C. Alarma
El sistema de alarma será del tipo de indicador incorporado en el panel de
control y los elementos incluidos, pero no limitado a lo siguiente:
1. Escasez de presión hidráulica
2. Temperatura anormal del agua
3. Sobre velocidad
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4. Fallo de arranque
5. Sobre corriente
6. Parada de emergencia
D. Sistema de Control
El tiempo de arranque será de 40
segundos. 16E.2.06 TANQUE DE
ALMACENAMIENTO DE ACEITE
Según lo previsto por el
fabricante 16E.2.07
SILENCIADOR
El silenciador será un producto estándar por el fabricante.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
16E.3.01 SET DEL GENERADOR
Instale el conjunto del generador, panel de control, accesorios y alambrado como
se muestra en los planos y detallado en las especificaciones, como se solicite del
fabricante y aprobado por el Consultor.
16E.3.02 TUBERÍA
La tubería y la conexión se realizarán de la manera especificada en la División 15A
Mecánica.
16E.3.02 PRUEBAS E INFORMES
A. Aparato de funcionamiento automático
El fabricante presentará los resultados de las pruebas normales y los datos
de la prueba realizadas en un laboratorio al consultor para recibir su
aprobación.
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B. Equipo del Generador
1. El equipo deberá tener operaciones normales desde la no carga hasta
la carga completa.
2. El informe de la prueba deberá llenarse de los elementos necesarios,
tales como la potencia de arrastre, la potencia, la tensión, la frecuencia
y etc., con un certificado formal y se presentará al Consultor.
3. Estas pruebas e informes serán pagados por el Contratista.
16E.3.03 SET DEL GENERADOR, DESCRIPCIÓN Y ESPECIFICACIONES DEL
PRODUCTO
1. Potencia: 132 kW/165 kVA
2. Frecuencia: 60 Hz
3. Velocidad: 1800 rpm
4. Voltaje: 208 Volts
5. Disyuntor Principal: 500A
6. Polos: 3
7. Excitación: Auto Excitación
8. Paso: 0.6667
9. Número de Polos: 4
10. Número de Soportes: Soporte Sencillo
11. Número de direcciones: 12
12. Aislante: UL 1446 Clase H
13. Rango IP: IP23
14. Alineación: Eje piloto
15. Capacidad de Sobrevelocidad (%): 125
16. Desviación de forma de onda (%): 2
17. Regulador de Voltaje: Detección trifásica
18. Regulación de Voltaje: +/- 0.25% (estado inmovel)
19. Agujero: 112.00 mm (4.41 in)
20. Golpe: 149.00 mm (5.87 in)
21. Desplazamiento: 8.80 L (537.01 in3)
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22. Radio de Compresión: 16.1:1
23. Aspiración: Aire-a-aire después del enfriamiento
24. Sistema de Combustión: Inyección de la unidad hidráulica
electrónica
Similar a generador diésel Caterpillar/ STANDBY 130 ekW 162.5 kVA 60 Hz 1800
rpm 208 Volts.
16E.3.04 ATS
1. Corriente: 500A
2. Frecuencia: 60 Hz
3. Voltaje: 208 Volts
4. Polos: 3
5. Cerramiento: NEMA 1
6. Sobre suelo
7. Listado UL 1008
8. Certificado CSA C22.2 No. 178
9. IBC 2006, CBC 2007 y OSHPD
10. Similar a CAT ATC 600+ de CATERPILLAR
SECCIÓN 16F PANELES DE CONTROL Y CAJAS DE INTERRUPTORES
PARTE - 1 GENERAL
16F.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
A. Incluya Documentos Generales y planos como parte de esta Sección.
B. Los tableros y las cajas de interruptores para la iluminación y la energía
según lo indicado en los planos y según lo programado.
C. Instalación de accesorios diversos de trabajos mostrados y/o requeridos
para completar los tableros y cajas de interruptores.
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PARTE - 2 PRODUCTOS
16F.2.01 REQUERIMIENTOS GENERALES
Los tableros y las cajas de interruptores deben ser de construcción delantera muerta
(tapadera aislante) y todos los disyuntores / interruptores deben ser adecuados para
la aplicación prevista, según la tensión, la fase, la frecuencia y el servicio. Los
tableros contarán con interruptores automáticos y de todos los accesorios según se
indique y requiera. Todas las características se mostrarán en los planos.
16F.2.02 PANELES Y CAJAS DE CONEXIÓN
A. Los gabinetes se fabricarán de chapa de acero de no menos de 1,6 mm.
B. Los frentes de las placas de panel y de las cajas de interruptores deberán
ser de acero laminado en frío de acuerdo con los calibres requeridos por el
código y el espesor de la chapa no será inferior a 1,6 mm. La llave del panel
se proporcionará en cada panel. Todos los circuitos se identificarán como se
especifica aquí.
16F.2.03 INTERRUPTORES DE CIRCUITOS DE CAJA MOLDEADA (MCCB)
Cumplir con UL, NEMA, NEC u ordenanzas locales y / o
regulación. 16F.2.04 ACCESORIOS, ETC.
A. Todos los tableros y cajas de interruptores deberán ser provistos de material
natural sólido. Además, polos a tierra deberán ser provistos en todos los
tableros. Otros factores especiales deberán ser provistos como sea indicado
o requerido.
B. El color de la pintura se seleccionará a partir del color estándar del fabricante
por el Consultor.
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PARTE - 3 EJECUCIÓN
16F.3.01 INSTALACIÓN
La altura de montaje se considerará para adaptarla a la condición del
sitio. 16F.3.02 PRUEBAS
A. Prueba de funcionamiento del interruptor automático bajo carga
B. Prueba de funcionamiento del sistema auxiliar bajo carga
SECTION 16G PANEL DE CONTROL
PARTE - 1 GENERAL
16G.1.01 ALCANCE DE OBRA
A. Incluya Documentos Generales y dibujos como parte de esta Sección.
B. Suministre, entregue e instale todos los cuadros de distribución necesarios y
todas las interconexiones de cableado y alambrado, tal como se muestra en
los planos que acompañan a esta Especificación.
C. Todo el equipo y los dispositivos deberán estar provistos de controles,
indicadores, terminales, cableado interno, bases, etc. según corresponda y
requeridos para instalaciones completas y de trabajo.
D. Suministre, instale y conecte el cableado externo necesario y las
conducciones / conductos.
E. Suministro de herramientas de mantenimiento, según las recomendaciones
del fabricante, si es necesario.
F. Instalación de trabajos misceláneos y accesorios mostrados y / o requeridos
para completar los tableros.
PARTE - 2 PRODUCTOS
16G.2.01 REQUERIMIENTOS GENERALES
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A. Los cuadros de distribución deben estar montados en el suelo o en la pared,
de tipos frontales muertos, rígidamente fabricados en chapa de acero y
capaces de soportar todo el equipo y accesorios durante el funcionamiento
e inspeccionar la prueba.
B. Se proveerán cubiertas extraíbles en la parte posterior.
16G.2.02 EQUIPO Y DISPOSITIVO
Todos los equipos y dispositivos deben cumplir con IEC, JIS,
TIS, UL. 16G.2.03 ACCESSORIOS
Se proveerán pernos de anclaje, tuercas y canales de piso.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
16G.3.01 INSTALACIÓN
A. Montar el tablero de distribución en los canales del suelo que se fijarán en
una alfombra de concreto.
B. Todas las conexiones atornilladas deben ser apretadas antes de energizar.
16G.3.02 PRUEBAS
Realizar la prueba necesaria según lo solicitado por el Consultor.
SECTION 16H PANEL, DESCRIPCIÓN Y ESPECIFICACIONES DEL PRODUCTO
PARTE -1 GENERAL
16H.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
A. Incluya los Documentos Generales, Volumen I y Sección 16A Requisito
General de Obras Eléctricas como parte de esta Sección.
B. Los tableros y las cajas de interruptores para la iluminación y la energía
según lo indicado en los planos y según lo programado.
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C. Instalación de trabajos varios y accesorios que se muestran y / o requeridos
para completar el tablero de control del motor.
PARTE - 2 PRODUCTOS
16H.2.01 PB 2, 3, 4, and AA 1, 2, 3 4
A. Centro de carga principal.
B. 225A.
C. 42 circuitos.
D. Superficie.
E. 240V.
F. 3 polos.
G. Similar a YS2048 + LT2048S de EATON.
16H.2.02 PB 5
A. Centro de carga principal.
B. 100A.
C. 42 circuitos.
D. Superficie.
E. 240V.
F. 3 polos.
G. Similar a YS2048 + LT2048S de EATON.
16H.2.03 CM 1
A. Centro de carga principal.
B. 100A.
C. 18 circuitos.
D. Superficie.
E. 240V.
F. 3 polos.
G. Similar a YS2036 + LT2036S de EATON.
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16H.2.04 MAIN BREAKER
A. Interruptor Principal 1600A, Caja moldeada.
B. 12 dispositivos de alimentación hasta 225A.
C. Superficie.
D. 240V.
E. 3 polos.
F. Similar a Pow-R-Line i Switchboard de EATON.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
16H.3.01 INSTALACIÓN
La altura de montaje se considerará para adaptarla a la condición del sitio.
SECCIÓN 16I PANEL DE CONTROL DEL MOTOR
PARTE - 1 GENERAL
16I.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
A. Incluya Documentos Generales y planos como parte de esta Sección.
B. Tableros de Control de Motor, con controles, indicadores, terminales,
cableado interno, armarios, etc. según sea aplicable y requeridos para una
instalación completa de trabajo.
C. Todos los controles auxiliares con los accesorios necesarios.
D. Suministre, instale y conecte el cableado y el conducto externos necesarios
para sistemas de potencia y control.
E. Instalación de trabajos varios y accesorios mostrados y / o requeridos para
completar el tablero de control del motor.
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PARTE - 2 PRODUCTOS
16I.2.01 TABLEROS DE CONTROL DEL MOTOR
A. Los gabinetes se fabricarán de chapa de acero de no menos de 1,6 mm.
B. Los tableros deben ser de acero laminado en frío de acuerdo con los calibres
requeridos por el código y el grosor de la chapa no debe ser inferior a 1,6 mm.
La llave del panel se proporcionará en cada panel. Todos los circuitos se
identificarán como se especifica.
C. El tablero de control del motor constará de tableros de distribución que
incorporarán los tesoros del MCB, los contratistas, los relés de sobrecarga
térmica, los interruptores selectores, los pulsadores start-stop, los
contadores, los contactos de repuesto, las luces indicadoras, las
protecciones y los accesorios asociados con el sistema de control del motor
mostrado en los planos.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
16I.3.01 INSTALACIÓN
A. Tablero se instalará rígidamente en el suelo o en la pared.
B. Todas las conexiones atornilladas deben ser apretadas antes de energizar.
16I.3.02 PRUEBAS
A. El contratista deberá presentar un informe de ensayo certificado que indique
los detalles de todas las pruebas de rutina aplicadas durante la fabricación al
Panel de control del motor y sus componentes individuales.
B. Después de que el equipo se haya instalado en el sitio y antes de las conexiones
finales, la presencia y la satisfacción del Consultor realizarán todos los ajustes y /
o ensayos necesarios para demostrar que el equipo cumple con los requisitos de
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esta Especificación. Tales incluirán:
1. Demostración de que todos los equipos están instalados y todo el cableado
conectado, de manera que las funciones según sea necesario y de
conexión a tierra neutral.
2. Corrientes para todos los equipos.
3. Las copias de las hojas de prueba que muestran los resultados de todas
las pruebas realizadas en accidente con esta Sección de la Especificación,
deberán presentarse 2 duplicados al Consultor.
SECCIÓN 16J TRANSFORMADOR
PARTE - 1 GENERAL
16J.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
A. El transformador será provisto por la Secretaría de Salud y también por la entrada
de servicio principal.
B. El contratista instalará el alimentador que viene del secundario del transformador al
ATS.
SECCIÓN 16K LUMINARIAS
PARTE - 1 GENERAL
16K.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
A. Incluya Documentos Generales y planos como parte de esta Sección.
B. Suministre, monte, acople y conecte todos los accesorios de iluminación para las
salidas mostradas en los planos. Los accesorios serán como en los planos.
C. Todos los accesorios se suministrarán con tomas, lámparas, cableado interno,
cables, molduras, colgadores, soportes, marcos, balastos etc., según corresponda y
requeridos para una instalación y trabajo completo.
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D. Todos los accesorios se suministrarán con lámparas como se muestra en
los planos.
E. Instalación de diversos trabajos y accesorios mostrados y / o requeridos para
completar la luminaria.
PARTE - 2 PRODUCTOS
16K.2.01 ACCESORIOS DE ILUMINACIÓN
Los accesorios de iluminación deberán cumplir con los requisitos especificados en esta
Sección y como se muestra en los planos.
PART - 3 EXECUTION
16K.3.01 COLGADORES Y SOPORTES
Cumpla con el requisito como se describe en esta especificación.
16K.3.02 TIPOS DE CIELOS
Verificar con el Contratista el tipo de cielo que se utilizará en los distintos espacios antes de
ordenar los accesorios, para asegurar la compatibilidad con los tipos de cielo a ser instalados
realmente, incluyendo el ajuste y los accesorios.
16K.3.03 ALTURAS DE MONTAJE
Las alturas de montaje de los accesorios se referirán a los planos o a la programación.
Cuando las condiciones de trabajo requieran alturas de montaje diferentes de las indicadas
o especificadas para anular equipo, características estructurales, etc., dichos cambios en
las alturas de montaje se confirmarán con el consultor.
16K.3.04 LÁMPARAS, DESCRIPCIÓN Y ESPECIFICACIONES DEL PRODUCTO
A. Fluorescente 3 x 32W
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1. Especificaciones:
a) Carcasa para-contorneada profunda, medidor de código formado, acero laminado
en frío de primera calidad.
b) La carcasa con relleno en matriz tiene unos refuerzos moldeados de longitud
completa para una mayor resistencia. Balastro "V" profundo / cubierta wireway,
fácilmente removible sin herramientas.
c) El soporte de portalámparas cautivo moldeado completamente incluye el cableado
de la lámpara que permite el reemplazo fácil de la lámpara.
d) Las placas terminales de calibre pesado están fijadas de forma segura con
lengüetas y tornillos de enclavamiento que aseguran una longitud de fila precisa
sin acumulación.
e) Abundante KOs para el cableado continúo de la fila.
f) Balastos CBM / ETL Clase "P", 3 x 32 W, 4100K
g) T8 Inicio electrónico instantáneo, distorsión armónica total <10%
h) Lámparas de bloqueo de presión. Listado UL / CUL.
i) 120 V
j) 2’ x 4’
k) Similar a: 2GCAML-332W613P-UNV-EB81 de COOPER LIGHTING.
B. Marcos de yeso, Kits de bridas
1. Los kits de bridas son bastidores de aluminio extruido que actúan como bastidores
de T-Barras de fijación individuales para soportar el peso de cualquier accesorio
de empotramiento de compensación G (rejilla) en techos de tabla yeso o
fibrocemento.
2. Los kits se ajustan sin el uso de herramientas (se proporcionan clips de esquina
galvanizados de calibre 18) y se cuelgan mediante alambre de unión (por otros)
de la estructura de soporte del techo.
3. Los bastidores de yeso son rieles de acero galvanizado utilizados para recortar
aberturas de techo principalmente en aplicaciones de yeso húmedo.
4. Se instalan durante la construcción del techo y ayudan a mantener las
dimensiones de apertura correctas para la instalación de bridas recortadas.
5. Dimensiones: 2’ x 4’
6. Similar a: FK24, 2' × 4' de COLUMBIA LIGHTIN
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C. Fluorescente 2 x 32W
a. Especificaciones:
a) Canal de acero laminado en frío con numerosos KO para
facilitar la instalación.
b) Ranura para colgadero Tong (Tong Hanger).
c) La placa final se convierte rápidamente en un conector
de canal a presión para la alineación de filas continuas.
d) El soporte de la lámpara fijado en su lugar.
e) Cubierta de canal / canaleta asegurada con
sujetadores de cuarto de vuelta.
f) Balastos CBM / ETL Clase "P", 2 x 32 W, 4100K.
g) T8 Inicio instantáneo electrónico, distorsión armónica total
<10%
h) Listado UL / CUL.
i) 120 V.
j) 2’ x 4’.
k) Similar a: SSF-232-UNV-EB81-U de COOPER LIGHTING.
D. Iluminación de emergencia, señal SALIDA
a. Características:
a) 3.6V, .78W DC de larga duración y cabezas LED.
b) Combo de alta potencia capaz de ejecutar dos
cabezales remotos LED adicionales.
c) Doble voltaje de entrada 120/277 VAC, 60Hz.
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d) Batería de níquel cadmio sellado.
e) Patrón de montaje universal de la caja J.
f) Rango de temperatura de funcionamiento de 10 °C a 40 °C.
g) Desconexión de baja tensión.
h) Enganche en línea.
i) Circuito apagado.
j) Durante 15 minutos.
k) Similar a: APC7R de COOPER LIGHTING.
E. Iluminación de emergencia
a. Características:
a) 3.6V, .78W DC de larga duración y cabezas LED.
b) Doble entrada de voltaje 120/277 VAC, 60 Hz.
c) Batería de níquel cadmio sellado.
d) Patrón de montaje universal de la caja J.
e) Rango de temperatura de funcionamiento de 10 °C a 40 °C.
f) Los componentes están moldeados por inyección,
termoplástico de alto impacto.
g) Desconexión de baja tensión
h) Enganche en línea.
i) Circuito apagado
j) Durante 15 minutos
k) Similar a: APEL de COOPER LIGHTING.
F. Lámpara Decorativa
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a. Características:
a. 100-127V
b.10W,
LED. c.
1250 Lm.
d. 3000K.
e. Similar a CTLLED-110/10W/30 de TECNO LITE.
G. Lámpara Exterior
a. Características:
a. 100-240V
b. 35W, LED.
c. 1900 Lm.
d. 4000K.
e. Similar a ES-LED/35W/40 de TECNO LITE.
SECCIÓN 16L SISTEMA DE CONEXIÓN A TIERRA
PARTE - 1 GENERAL
16L.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
A. Incluya Documentos Generales y planos como parte de esta Sección.
B. Varillas principales de puesta a tierra y conductores de puesta a tierra
C. Conductores de puesta a tierra en todos los circuitos de iluminación y
de salida y en todos los circuitos de derivación utilizando cualquier
conducto no metálico, indicado o no.
D. Equipamiento y Accesorios
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E. Instalación de diversos trabajos y accesorios mostrados y / o
requeridos para completar el sistema de puesta a tierra.
PARTE - 2 PRODUCTOS
16L.2.01 CONDUCTORES
Los conductores de puesta a tierra para motores, paneles, dispositivos
deben ser provistos por el cable THHN según sea necesario.
PARTE - 3 EJECUCIÓN
16L.3.01 INSTALACIÓN
Los conductores, conexiones, accesorios, etc., no deberán instalarse en
cenizas llenas o cubiertas con tierra que contenga cenizas u otros
materiales.
16L.3.02 PRUEBAS
A. Medir la resistencia de puesta a tierra de cada barra de tierra
mediante el probador de resistencia de puesta a tierra.
B. Los valores de la resistencia de puesta a tierra deben cumplir con
los reglamentos.
SECCIÓN 16M SISTEMA LAN Y DE TELEFONÍA
PARTE - 1 GENERAL
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16M.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
A. Incluya Documentos Generales y planos como parte de esta Sección.
B. Suministre, entregue e instale todo el equipo necesario que consta de
sistemas y dispositivos de cableado de telefonía y LAN y todas las
interconexiones de cableado, tal como se muestra o implícita en los
dibujos que acompañan a esta Especificación.
PARTE - 2 PRODUCTOS
16M.2.01 REQUERIMIENTOS DEL SISTEMA
El sistema de teléfono y LAN consta de las partes siguientes:
Puertos, cable, conducto y panel de conexiones
PARTE - 3 EJECUCIÓN
16M.3.01 INSTALACIÓN
Instalación de alambres, conductos y accesorios de acuerdo con
los planos. 16M.3.02 PRUEBAS
A. Prueba de funcionamiento para todo el sistema de acuerdo con los
requisitos del Consultor.
B. Realizar bajo la supervisión del Consultor.
16M.3.03 LAN Y TELEFONÍA, DESCRIPCIÓN Y ESPECIFICACIONES DEL
PRODUCTO
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A. Conector
a. Cat 6.
b. UTP.
c. Paquete simple.
d. Similar a RV6MJKUXX-S1 de BELDEN.
B. Conector
a. 1 banda.
b. 1 puerto.
c. Descarga
d. Similar a AX103922 de BELDEN.
C. Panel de conexiones
a. CAT6.
b. 48 puertos.
c. 2U.
d. Negro
e. Similar a AX103255 de BELDEN.
D. Cable UTP
a. CAT6.
b. 350MHz.
c. 4 pares.
d. 23 AWG solido
e. Similar a 2413 Multi-Conductor de BELDEN.
SECCIÓN 16N SISTEMA DE ALARMA CONTRA INCENDIOS
PARTE - 1 GENERAL
16N.1.01 ALCANCE DE LA OBRA
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A. Incluya Documentos Generales y planos como parte de esta Sección.
B. Suministre todo el equipo e instale el sistema de alarma
operado electrónicamente como se indica en los planos y como se
especifica.
C. Instalación de trabajos diversos y accesorios que se muestran y/o
requeridos para completar el sistema de alarma.
PARTE - 2 PRODUCTOS
16N.2.01 REQUERIMIENTOS DEL SISTEMA
A. Los sistemas deben ser 24V DC, sistema supervisado
eléctricamente, cumplir con IEC, JIS, UL o equivalente.
B. Cumplir con NFPA o equivalente.
16N.2.02 FUNCIONES DEL SISTEMA
Las funciones, controles e indicadores del sistema serán los siguientes,
pero no se limitarán a:
A. Campana para notificar en caso de emergencia.
B. La boca contra incendios debe ser puesta en marcha por el
interruptor de botón proporcionado en cada caja de la boca contra
incendios interior.
16N.2.03 PANEL DE CONTROL DE ALARMA CONTRA INCENDIOS
Se instalará el número de zona del panel de control de alarma contra
incendios.
16N.2.04 CAJAS DE COMBINACIÓN
Los siguientes dispositivos se instalarán en la caja de la boca de incendios.
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A. Alarma de emergencia
B. Interruptor de emergencia
C. Lámpara de ubicación
PARTE - 3 EJECUCIÓN
16N.3.01 INSTALACIÓN
Instale de acuerdo con la recomendación del fabricante y los requisitos del
consultor.
16N.3.02 PRUEBAS
A. Prueba de funcionamiento para todo el sistema de acuerdo con los
requisitos del Consultor.
B. Realizar las pruebas bajo la supervisión del Consultor.
16N.3.03 SISTEMA DE ALARMA CONTRA INCENDIOS,
DESCRIPCIÓN Y ESPECIFICACIONES DEL PRODUCTO
A. Caja de Combinación
a. Mapa de localización
b. Manual caja contra incendios
c. Alarma contra incendios
d. Montaje superficial en interiores.
e. Temperatura ambiente -10 a 40 oC.
f. Tensión nominal 24 Vdc.
g. Corriente nominal 25 mA
h. Similar a: FWLN007-R-P1 + ZBPNOO7-P1 + ZBRJ003A-T
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de NOHMI, caja de combinación FWLN.
B. Cable de Alarma contra incendios
1. Conductor:
a. 18 AWG completamente recocido de cobre desnudo
según ASTM B3
2. Aislamiento:
a. PVC S-R de calidad superior, con código de colores
b. Códigos de color: Ver tabla
3. Escudo:
a. Laminado de aluminio con soporte de poliéster Flexifoil®
b. Hilo de drenaje de cobre estañado trenzado
4. Chaqueta:
a. PVC de calidad superior, rojo
b. Rango de temperaturas: -20 ° C a + 75 ° C
c. Marcas secuenciales para facilitar la instalación
5. Aplicaciones:
a. Potencia recomendada: 300 voltios
6. Conformidades:
a. NEC Artículo 760 Tipo FPLR (UL: 75°C, 300 V)
b. NEC Artículo 725 Tipo CL3R (UL: 75°C, 300 V)
c. NEC Artículo 800 Tipo CMR (UL: 75°C, 300 V)
d. RoHS Conformidad Directiva 2011/65/EU
e. Diseñado para cumplir prueba de llamas UL 1666.
FIN DE LA DIVISIÓN 1
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2. Especificaciones del equipo
Equipos de suministro de refrigeradores y congeladores.
1. Equipo de suministro y tabla de países de origen elegibles
No. del equipo Cantidad Condados de origen elegibles
1 Refrigerador con dos puertas 5 Japón, EE. UU., Brasil, Singapur
2 Congelador de -80 ℃ 5 Japón, EE. UU., Brasil, Singapur
3 Congelador de -30 ℃ 7 7 Japón, EE. UU., Brasil, Singapur
2. Documentos de presentación de Ofertas
El Proponente deberá presentar los siguientes documentos adicionales para
equipos (formato libre).
- Catálogos/Folletos de equipos (es aceptable español o inglés)
- Hojas de especificaciones para equipos.
- Lista de agentes locales para equipos
- Lista de países de origen de los equipos
3. Estado del equipo
(1)Todos los equipos y materiales del Proyecto deberán ser nuevos y libres de
defectos.
(2) El Proveedor suministrará al equipo todos los accesorios y consumibles
necesarios para su funcionamiento normal.
4. Marca de la bandera de Japón
El Equipo se proporcionará con una etiqueta autoadhesiva de papel de
aluminio con la marca japonesa.
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5. Normas
Todos los equipos deberán estar registrados en o deberán estar
autorizados según estándares internacionales, o estándares
internacionalmente aceptados.
6. Manuales
(1) Los manuales básicamente significan incluir instrucciones para la
operación, solución de problemas, mantenimiento preventivo y otras
informaciones.
(2) Los manuales deberán estar escritos en español en principio.
(3) Los manuales se distribuirán de la siguiente manera
・Un (1) juego con cada equipo
・Un (1) juego en la habitación del director del proyecto
7. Tabla de asignación de equipos
Consulte la tabla de distribución de equipos
(Sin embargo, existe la posibilidad de que cambie el lugar de asignación).
8. Hojas de especificaciones para equipos
Consulte las hojas de especificaciones del equipo
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Tabla de asignación de Equipos
Có
digo
No.
Nombre de equipo
Unidad
Cantidad
Desglose de números
①
Tuberc
ul osis
②
Malaria
③
Enferm
e dad
Transm
i sible
Sexual
④
Bacterio
l ogía
⑤
Parasit
ol ogía
⑥
Chaga
s/
Leishm
a
niasis
⑦
Citolog
í a
⑧
Meningi
t
is/Neu
m onía
⑨
Entomol
ogía
⑩
Biología
Molecul
ar
⑪
Almace
n
amiento
de
refriger
a ción y
congela
c ión
⑫
Lavado
y
esteriliz
a ción
⑬
Prepar
ac ión
de
medios
de
cultivo
y
reactivo
s
⑭
Sala
de
equipo
s de
agua
pura
⑮
Capacita
ción
Refrigerador con
dos
puertas
Unidad
Congelador de
-
80℃
Unidad
Congelador de
-
30℃
Unidad
Total
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Hoja de especificaciones
Núm. de equipo:1 Nombre de equipo:Refrigerador con dos puertas Cantidad:5
Núm. de componente del equipo: Nombre de componente del equipo: Cantidad:
Objetivo de uso, etc
Para guardar y conservar los productos químicos, etc
Composición del equipo
1. Cuerpo principal del equipo :1 unidad
Especificaciones
1. Cuerpo principal del equipo
(1) Establecimiento de temperatura permitida
(2) Capacidad interna
(3) Material interno
(4) Puerta
(5) Vidrio
(6) Fuente de energía eléctrica
:Rango más amplio que +2℃ - +8℃
:Más de 950 litros
:Acero inoxidable
:Dos puertas corredizas de vidrio
:Vidrio cubierto de filmina reflejante de calor
:110 - 120V monofásico 60Hz
Repuestos
Ninguno
Material de consumo
Ninguno
Otras notas
Coordinar las especificaciones de la fuente de alimentación con la instalación.
Garantía
3 año de fábrica
Instalación
El técnico de instalación verifica los equipos y accesorios entregados, y explica sobre los mísmos así como orienta la operación inicial.
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Hoja de especificaciones
Núm. de equipo:2 Nombre de equipo:Congelador de -80℃ Cantidad:5
Núm. de componente del equipo: Nombre de componente del equipo: Cantidad:
Objetivo de uso, etc.
Para el almacenamiento a largo plazo de muestras, productos químicos, etc.
Composición del equipo
1. Cuerpo principal del equipo :1 unidad
Especificaciones
1. Cuerpo principal del equipo :Congelador vertical
(1) Temperatura de congelación :Rango más amplio que -50℃ 〜 -80℃
(2) Temperatura límite de congelación :Menos de -85℃
(3) Capacidad de congelación :Más de 700 litros
(4) Alarma :Con alarma de temperatura alta・alarma de energía eléctrica
(5) Indicador de temperatura :Digital
(6) Refrigerante :Sin freón
(7) Cerradura :2 cerraduras
(8) Fuente de energía eléctrica :110-120V monofásico60Hz
O 220-240V trifásico 60Hz
Repuestos
Ninguno
Material de consumo
Ninguno
Otras notas
Coordinar las especificaciones de la fuente de alimentación con la instalación.
Garantía
3 año de fábrica
Instalación
El técnico de instalación verifica los equipos y accesorios entregados, y explica sobre los mismos así como orienta la operación inicial.
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Hojas de especificaciones
Núm. de equipo:3 Nombre de equipo:Congelador de -30℃ Cantidad:7
Núm. de componente del equipo: Nombre de componente del equipo: Cantidad:
Objetivo de uso, etc.
Almacenar productos químicos durante mucho tiempo.
Composición del equipo
1. Cuerpo principal del equipo :1 unidad
Especificaciones
1. Cuerpo principal del equipo :Congelador vertical
(1) Temperatura de congelación :Rango más amplio que -20℃ 〜 -30℃
(2) Temperatura límite de congelación :Menos de -30℃
(3) Capacidad de congelación :Más de 500 litros
(4) Alarma :Con alarma de temperatura alta・alarma de energía eléctrica
(5) Indicador de temperatura :Digital
(6) Refrigerante :Sin freón
(7) Cerradura :2 cerraduras
(8) Fuente de energía eléctrica :110 - 120V monofásico 60Hz
O 220 - 240V trifásico 60Hz
Repuestos
Ninguno
Material de consumo
Ninguno
Otras notas
Coordinar las especificaciones de la fuente de alimentación con la instalación.
Garantía
3 año de fábrica
Instalación
El técnico de instalación verifica los equipos y accesorios entregados, y explica sobre los mismos así como orienta la operación inicial.
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PLANOS.
el Reconocimiento de Cumplimiento de las Directrices de
Adquisición para las Donaciones Japonesas (Tipo I).
Reconocimiento de Cumplimiento de las Directrices de
Adquisición para las Donaciones Japonesas (Tipo I)
A) Yo, [indicar nombre y cargo del signatario autorizado] estando debidamente
autorizado por [indicar nombre del Licitador/integrantes de la empresa conjunta
(“EC”)] (en adelante denominado(s) el “Licitador”) para efectuar este
Reconocimiento de Cumplimiento de las Directrices de Adquisición para las
Donaciones Japonesas (Tipo I), por la presente certifico en nombre del Licitador
y el mío propio que toda la información proporcionada en la Oferta presentada
por el Licitador para [indicar el nombre del Proyecto] es verdadera, correcta y
precisa, a mi leal saber y entender y al Licitador. Yo además certifico, en
nombre del Licitador, que:
(i) la Oferta ha sido preparada y presentada en pleno
cumplimiento de los términos y condiciones establecidos en
las Directrices de Adquisición para las Donaciones
Japonesas (Tipo I) (en adelante denominadas las
“Directrices”); y
(ii) el Licitador no ha tomado parte, directa o indirectamente,
en ninguna acción que sea o constituya un acto o práctica
corrupta, fraudulenta, colusoria o coercitiva en violación de
las Directrices, y que no está sujeto a ningún conflicto de
intereses, como se estipula en la sección correspondiente
de las Directrices.
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C) Yo certifico, en nombre del Licitador, que si fuera seleccionado para prestar los
servicios relacionados con el Contrato, el Licitador ejecutará tales servicios en
continuo cumplimiento con los términos y condiciones de las Directrices.
D) Yo además certifico, en nombre del Licitador, que si se solicitara al Licitador,
directa o indirectamente, que participara en cualquier acción corrupta o
fraudulenta bajo cualquier ley aplicable, tales como el pago de un reembolso,
en cualquier momento durante un proceso de contratación pública,
negociaciones, ejecución o implementación del contrato (incluyendo sus
enmiendas), el Licitador informará oportunamente de todos los hechos
pertinentes respecto a tal solicitud a la sección correspondiente de JICA (cuyos
datos se especifican a continuación).
Oficina de consultas de JICA sobre fraude y corrupción
(Se puede hacer un informe a cualquier oficina de las dos siguientes.)
(1) Sede de JICA: División de Asuntos Jurídicos,
Departamento de Asuntos Generales
URL: https://www2.jica.go.jp/en/odainfo/index.php
Tel: +81 (0) 3 5226 8850
(2) Oficina de
JICA en XX
Tel:
El Licitador reconoce y acepta que la obligación de información
mencionada anteriormente NO afectará en modo alguno a las
responsabilidades, obligaciones o derechos del Licitador, bajo
las leyes, reglamentos, contratos, directrices o similares
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pertinentes, de revelar o reportar tal solicitud u otra información
a cualquier otra persona o de tomar cualquier otra acción,
requerida o permitida, que tome el Licitador. El Licitador
además reconoce y acepta que JICA no participa ni es
responsable del proceso de selección de ninguna forma.
E) Si cualquiera de las declaraciones hechas en este documento se
demuestra posteriormente que es falsa o incorrecta sobre la base de los
hechos posteriormente determinados, o si alguna de las garantías o
acuerdos realizados en este documento no se cumple, el Licitador
aceptará, acatará, y no objetará ninguna medida adoptada por el Cliente y
ninguna de las sanciones impuestas o acciones tomadas por JICA.
Signatario Autorizado [Indicar el nombre del signatario; cargo]
Por y en nombre del [Indicar el nombre del Licitador; cargo]
Fecha:
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ARTÍCULO 2.- BENEFICIOS FISCALES; Se concede
a la Sociedad Tokura Corporation Japón,
en su condición del Contratista los
siguientes beneficios fiscales:
1. Exoneración del pago de los dere-
chos arancelarios, derechos consula-
res, la tasa del cinco por ciento (5%)
de servicio administrativo aduanero.
2. Exoneración del pago del Impuesto
sobre Ventas en la importación y
compras locales de bienes y servi-
cios requeridos para el desarrollo
del proyecto.
3. Exoneración del Impuesto sobre la
Renta, sobre los beneficios conce-
didos en el desarrollo del proyecto.
4. Exoneración del pago de los im-
puestos conexos al Impuesto sobre
la Renta sobre los beneficios conce-
didos en el desarrollo del proyecto.
5. Exoneración del pago del Tri-
buto denominado Aporte para la
Atención a Programas Sociales y
Conservación del Patrimonio Vial,
sobre las actuaciones requeridas en
el desarrollo del proyecto.
6. Exoneración del pago de Impuestos,
municipales requeridos en el desa-
rrollo del proyecto.
7. Exoneración del pago de Impuesto,
tasa de servicios turísticos y migra-
torios sobre el personal extranjero
requerido en el desarrollo del pro-
yecto.
ARTÍCULO 3.- El presente Decreto entrará en vigencia
a partir del día de su publicación en el
Diario Oficial “La Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito
Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los
Veintiuno días del mes de Mayo de Dos Mil Veinticuatro.
LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO
PRESIDENTE
LUZ ANGÉLICA SMITH MEJÍA
SECRETARIA
JOSUÉ FABRICIO CARBAJAL SANDOVAL
SECRETARIO
Al Poder Ejecutivo
Por Tanto: Ejecútese.
Tegucigalpa, M.D.C., 29 de mayo de 2024.
IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE SALUD.
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Sección A Acuerdos y L eyes
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A D E H O N D U R AS - T E G U C I G ALPA, M . D . C . , 22 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,567
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