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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

24 enero 2024Edición No. 36,442

Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 001-2024 — Autorizar contratación de préstamo con JICA para Programa de Transparencia e Integridad

Poder Ejecutivo

LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA En uso de sus atribuciones y en aplicación de los artículos: 235 y 245 numerales 5, 11 y 30 de la Constitución de la República; 11, 12, 28, 29, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 42 y 45 de la Ley para la Promoción y Protección de las Inversiones. ACUERDA PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Dessiré Flores Dubón, como Miembro Suplente de la Junta Directiva Ad honorem, en Representación del Sector Público ante el Consejo Nacional de Inversiones (CNI). SEGUNDO: La ciudadana Flores Dubón, tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de la República: “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”. El ingreso a la función pública, obliga al servidor público a conocer y cumplir fielmente el Código de Conducta Ética del Servidor Público. La Declaración Jurada de Bienes deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Cuentas dentro del plazo de 30 días calendario, contados a partir de la fecha. La permanencia en el cargo está sujeta a la evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República, debiendo cumplir con la Ley de Transparencia -- 1 of 24 -- EDIS ANTONIO MONCADA ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL y Acceso a la Información Pública y con el combate directo contra la corrupción, durante el tiempo que dure su gestión. TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los catorce (14) días del mes de septiembre del año dos mil veintitrés (2023). IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Poder Ejecutivo ACUERDO EJECUTIVO No. 226-2023 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA En uso de sus atribuciones y en aplicación de los artículos: 235 y 245 numerales 5, 11 y 30 de la Constitución de la República; 11, 12, 28, 29, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 42 y 45 de la Ley para la Promoción y Protección de las Inversiones. ACUERDA PRIMERO: Nombrar al ciudadano Melvin Enrique Redondo, como Miembro Suplente de la Junta Directiva Ad honorem, en Representación del Sector Público ante el Consejo Nacional de Inversiones (CNI). SEGUNDO: El ciudadano Melvin Enrique Redondo, tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de la República: “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”. -- 2 of 24 -- El ingreso a la función pública, obliga al servidor público a conocer y cumplir fielmente el Código de Conducta Ética del Servidor Público. La Declaración Jurada de Bienes deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Cuentas dentro del plazo de 30 días calendario, contados a partir de la fecha. La permanencia en el cargo está sujeta a la evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República, debiendo cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y con el combate directo contra la corrupción, durante el tiempo que dure su gestión. TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los catorce (14) días del mes de septiembre del año dos mil veintitrés (2023). IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Poder Ejecutivo ACUERDO EJECUTIVO No. 247-2023 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Constitución de la República, la Presidenta de la República tiene a su cargo la administración general del Estado, por lo que tiene dentro de sus atribuciones la facultad de emitir Acuerdos y Decretos Ejecutivos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a Ley. CONSIDERANDO: Que el Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Honduras, es una Entidad desconcentrada del Poder Ejecutivo, adscrito a la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, siendo una institución técnica de derecho público, apolítica, profesional, especializada y permanente, cuya misión institucional es la de ejercer las funciones de Bomberos estatales de manera exclusiva, en todo el territorio nacional y como actor participante de la seguridad pública. CONSIDERANDO: Que los cargos dentro del Cuerpo de Bomberos son de carácter técnico especializado, por consiguiente, los ascensos dentro de la escala jerárquica son el justo reconocimiento que se otorga a los miembros que se han distinguido por su antigüedad, capacidad, servicios prestados, disciplina, identificación con la Organización y demás requisitos establecidos por la Ley y sus Reglamentos. CONSIDERANDO: Que en Asamblea del Nivel de Supervisión y Control General del Cuerpo de Bomberos de Honduras, celebrada en fecha treinta y uno (31) de marzo -- 3 of 24 -- del dos mil veintidós (2022), se aprobó en Punto de Acta Número Ocho (8) la propuesta de ascensos para Oficiales de Bomberos al grado inmediato superior, con el objetivo de que se establezca el orden jerárquico dentro de la institución de conformidad a lo señalado en el artículo 67 inciso (b) del Reglamento Interno, Acuerdo 012-98 y de conformidad a lo establecido en el artículo 79 párrafo segundo de la Ley del Cuerpo de Bomberos Decreto 56-2019, el que taxativamente establece que las Disposiciones Reglamentarias se deben mantener vigentes en tanto no se emitan los nuevos reglamentos. CONSIDERANDO: Con base al principio de Idoneidad y Disposiciones Legales supra relacionadas para este caso administrativo, es PROCEDENTE el reconocimiento a sus especiales méritos (Honoris Causa) y reconocidos, el Ascenso del Mayor Ángel Romelio Fúnez Juárez, de Mayor de Bomberos a Teniente Coronel de Bomberos, de acuerdo a los grados y rangos indicados, aprobados por el Nivel de Supervisión y Control General según acta de fecha 31 de marzo del 2022. POR TANTO: La Presidenta Constitucional de la República en uso de sus facultades y en aplicación a lo establecido en los artículos 245 atribución 11 de la Constitución de la República; 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 7 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo; Capítulo I y II, artículos 1, 4 y 5 inciso a; 61, 62, 63, 64, 65, 66 y 67 incisos b y e del Reglamento Interno del Cuerpo de Bomberos (Acuerdo 012-98); capítulo II artículos 51, 52 y 53 Decreto Ejecutivo No.56-2019, contentivo de la Ley del Cuerpo de Bomberos de la República publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 20 de febrero, 2020. ACUERDA PRIMERO: Otorgar ascenso al grado inmediato superior al personal del Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República así: De Teniente Coronel de Bomberos a Coronel de Bomberos. ÁNGEL ROMELIO FUNEZ JUAREZ SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del tres (03) de noviembre del año dos mil veintitrés (2023) y deberá publicarse en La Gaceta, Diario Oficial de la República de Honduras. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres (3) días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés (2023). IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS TOMAS EDUARDO VAQUERO MORRIS Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización -- 4 of 24 -- Poder Ejecutivo ACUERDO EJECUTIVO No. 01-2024 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA En uso de sus atribuciones y en aplicación de los artículos 235 y 245 numerales 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 12, 28, 29, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA PRIMERO: Nombrar al ciudadano José Jorge Fortín Aguilar, en el cargo de Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional. SEGUNDO: El ciudadano Fortín Aguilar, tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de la República: “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”. El ingreso a la función pública, obliga al servidor público a conocer y cumplir fielmente el Código de Conducta Ética del Servidor Público. La Declaración Jurada de Bienes deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Cuentas dentro del plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha. La permanencia en el cargo está sujeta a la evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República, debiendo cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y con el combate directo contra la corrupción, durante el tiempo que dure su gestión. TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos (2) días del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024). IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN -- 5 of 24 -- Poder Ejecutivo ACUERDO EJECUTIVO No. 10-2024 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA En uso de sus atribuciones y en aplicación de los artículos 235 y 245 numerales 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 12, 28, 29, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA PRIMERO: Nombrar al ciudadano Marlon David Ochoa Martínez, en el cargo de Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas. SEGUNDO: El ciudadano Ochoa Martínez, tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de la República: “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”. El ingreso a la función pública, obliga al servidor público a conocer y cumplir fielmente el Código de Conducta Ética del Servidor Público. La Declaración Jurada de Bienes deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Cuentas dentro del plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha. La permanencia en el cargo está sujeta a la evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República, debiendo cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y con el combate directo contra la corrupción, durante el tiempo que dure su gestión. TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres (3) días del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024). IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN -- 6 of 24 -- Poder Ejecutivo ACUERDO EJECUTIVO No. 12-2024 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA En uso de sus atribuciones y en aplicación de los artículos 235 y 245 numerales 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 12, 28, 29, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Carla Marina Paredes Reyes, en el cargo de Secretaria de Estado en el Despacho de Salud. SEGUNDO: La ciudadana Paredes Reyes, tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de la República: “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”. El ingreso a la función pública, obliga al servidor público a conocer y cumplir fielmente el Código de Conducta Ética del Servidor Público. La Declaración Jurada de Bienes deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Cuentas dentro del plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha. La permanencia en el cargo está sujeta a la evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República, debiendo cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y con el combate directo contra la corrupción, durante el tiempo que dure su gestión. TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres (3) días del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024). IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN -- 7 of 24 -- Poder Ejecutivo ACUERDO EJECUTIVO No. 13-2024 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA En uso de sus atribuciones y en aplicación de los artículos 235 y 245 numerales 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 12, 28, 29, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA PRIMERO: Nombrar al ciudadano Warren Ildefonso Ochoa Orellana, en el cargo de Director del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), con rango de Secretario de Estado, quien de manera Interina también asumirá la titularidad de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS). SEGUNDO: El ciudadano Ochoa Orellana, tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de la República: “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”. El ingreso a la función pública, obliga al servidor público a conocer y cumplir fielmente el Código de Conducta Ética del Servidor Público. La Declaración Jurada de Bienes deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Cuentas dentro del plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha. La permanencia en el cargo está sujeta a la evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República, debiendo cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y con el combate directo contra la corrupción, durante el tiempo que dure su gestión. TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres (3) días del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024). IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN -- 8 of 24 -- Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO EJECUTIVO No. 253-2023

Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 16-2024 — Cancelar a Mauricio Antonio Ramos Suazo del cargo de Secretario de Infraestructura y Transporte

Poder Judicial

EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN En uso de las facultades de que fue investido por la Presidenta de la República, mediante Acuerdo Ejecutivo No. 46-2022, delegación de fecha 28 de enero 2022 y en aplicaciones de los artículos 235, 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República 11, 35, 116, 118, 119, 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar al ciudadano Elías Antonio Melgar Urbina, del cargo de Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a quien se le agradece por los servicios prestados. SEGUNDO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir del 31 de diciembre del año 2023 y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. TERCERO: Hacer las transcripciones de Ley. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciocho (18) días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés (2023). TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CELSO DONADÍN ALVARADO HERNÁNDEZ SECRETARIO GENERAL SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN _______ Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO EJECUTIVO No. 02-2024 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN En uso de las facultades de que fue investido por la Presidenta de la República, mediante Acuerdo Ejecutivo No. 46-2022, delegación de fecha 28 de enero 2022 y en aplicaciones de los artículos 235, 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República 11, 35, 116, 118, 119, 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar por Renuncia Irrevocable a la ciudadana Rixi Ramona Moncada Godoy, del cargo de Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas, a quien se le agradece por los servicios prestados. -- 9 of 24 -- SEGUNDO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. TERCERO: Hacer las transcripciones de Ley. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos (2) días del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024). TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CELSO DONADÍN ALVARADO HERNÁNDEZ SECRETARIO GENERAL SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN ________ Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO EJECUTIVO No. 04-2024 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN En uso de las facultades de que fue investido por la Presidenta de la República, mediante Acuerdo Ejecutivo No. 46-2022, delegación de fecha 28 de enero 2022 y en aplicaciones de los artículos 235, 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República 11, 35, 116, 118, 119, 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar al ciudadano José Manuel Matheu Amaya, del cargo de Secretario de Estado en el Despacho de Salud, a quien se le agradece por los servicios prestados. SEGUNDO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. TERCERO: Hacer las transcripciones de Ley. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos (2) días del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024). TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CELSO DONADÍN ALVARADO HERNÁNDEZ SECRETARIO GENERAL SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN -- 10 of 24 -- Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO EJECUTIVO No. 05-2024 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN En uso de las facultades de que fue investido por la Presidenta de la República, mediante Acuerdo Ejecutivo No. 46-2022, delegación de fecha 28 de enero 2022 y en aplicaciones de los artículos 235, 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República 11, 35, 116, 118, 119, 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar al ciudadano Marlon David Ochoa Martínez, del cargo de Director Ejecutivo del Servicio de Administración de Rentas (SAR), con Rango de Secretario de Estado, a quien se le agradece por los servicios prestados. SEGUNDO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. TERCERO: Hacer las transcripciones de Ley. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos (2) días del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024). TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CELSO DONADÍN ALVARADO HERNÁNDEZ SECRETARIO GENERAL SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN _______ Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO EJECUTIVO No. 07-2024 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN En uso de las facultades de que fue investido por la Presidenta de la República, mediante Acuerdo Ejecutivo No. 46-2022, delegación de fecha 28 de enero 2022 y en aplicaciones de los artículos 235, 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 35, 116, 118, 119, 122 de la Ley General de la Administración Pública; Decreto Ejecutivo Número PCM-41-2023, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 13 de octubre, 2023 (Edición No. 36,357). ACUERDA: PRIMERO: Cancelar a la ciudadana Lizeth Armandina Coello Gómez, del cargo de Directora Ejecutiva de la Dirección de la Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), a quien se le agradece por los servicios prestados. -- 11 of 24 -- SEGUNDO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. TERCERO: Hacer las transcripciones de Ley. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos (2) días del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024). TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CELSO DONADÍN ALVARADO HERNÁNDEZ SECRETARIO GENERAL SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN ______ Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO EJECUTIVO No. 08-2024 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN En uso de las facultades de que fue investido por la Presidenta de la República, mediante Acuerdo Ejecutivo No. 46-2022, delegación de fecha 28 de enero 2022 y en aplicaciones de los artículos 235, 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 35, 116, 118, 119, 122 de la Ley General de la Administración Pública; Decreto Ejecutivo Número PCM-41-2023, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 13 de octubre, 2023 (Edición No. 36,357). ACUERDA: PRIMERO: Cancelar al ciudadano Héctor Isaac Alvarado Mejía, del cargo de Secretario General de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), a quien se le agradece por los servicios prestados. SEGUNDO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. TERCERO: Hacer las transcripciones de Ley. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos (2) días del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024). TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CELSO DONADÍN ALVARADO HERNÁNDEZ SECRETARIO GENERAL SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN -- 12 of 24 -- Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO EJECUTIVO No. 16-2024 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN En uso de las facultades de que fue investido por la Presidenta de la República, mediante Acuerdo Ejecutivo No. 46-2022, delegación de fecha 28 de enero 2022 y en aplicaciones de los artículos 235, 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República 11, 35, 116, 118, 119, 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar al ciudadano Mauricio Antonio Ramos Suazo, del cargo de Secretario de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), a quien se le agradece por los servicios prestados. SEGUNDO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. TERCERO: Hacer las transcripciones de Ley. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres (3) días del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024). TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CELSO DONADÍN ALVARADO HERNÁNDEZ SECRETARIO GENERAL SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas ACUERDO EJECUTIVO NÚMERO 001-2024 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que la Presidenta de la República, tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la administración pública centralizada y descentralizada y en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros. A ese efecto, el artículo 116 de la Ley General de la Administración Pública, establece que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias. CONSIDERANDO: Que el artículo 248 de la Constitución de la República en su párrafo primero establece, que los Decretos, Reglamentos, Acuerdos, órdenes y providencias de la Presidenta de la República, deberán ser autorizadas por los Secretarios de Estado en sus respectivos ramos o por los -- 13 of 24 -- Subsecretarios en su caso. Sin estos requisitos no tendrá fuerza legal. CONSIDERANDO: Que el Decreto No.83-2004 que contiene la Ley Orgánica del Presupuesto, en su artículo 73 establece que la negociación de los empréstitos del Sector Público corresponderá a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, por medio de la Dirección General de Crédito Público, de conformidad a los lineamientos contenidos en esta Ley y demás leyes aplicables. En la negociación se definirán las condiciones contractuales, como ser: Destino del financiamiento, plazos de amortización, período de gracia, tasas máximas de interés y moneda para el pago, sin perjuicio de las demás condiciones que son propias en esta clase de negociación. Esta negociación y la posterior formalización estarán determinadas por las prioridades del Programa de Inversión Pública, en consonancia con el Marco Macroeconómico y Programa Financiero de Mediano y Largo Plazo que defina el Gobierno de la República. CONSIDERANDO: Que la lucha contra la corrupción es un imperativo moral y una prioridad fundamental para el Gobierno de Honduras, en consonancia con los principios de transparencia, legalidad y justicia, por lo cual es esencial promover la rendición de cuentas y la transparencia en la gestión pública tomando en cuenta que las estadísticas revelan que la corrupción ha socavado la eficacia de las instituciones gubernamentales, debilitando la confianza de la ciudadanía en el sistema de justicia, la administración pública y otras entidades fundamentales para la gobernanza. CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Ejecutivo PCM 05-2022 se creó la Secretaría de Estado en los Despachos de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción (STLCC), con la finalidad de prevenir y combatir el flagelo de la corrupción en el ejercicio de la función pública y privada en apego a las directrices de la Presidencia de la República, en su agenda gubernamental. El diseño, promoción, coordinación, -- 14 of 24 -- supervisión y evaluación de las políticas, estrategias y programas anticorrupción deberán fomentar la transparencia y las prácticas del buen Gobierno. CONSIDERANDO: Que los bajos niveles de transparencia están asociados a: (i) existencia de información atomizada e incompleta sobre el gasto, de difícil acceso a ciudadanos, sector privado y otros organismos de control para conocer en qué, cómo y quiénes ejecutan los recursos públicos; y, (ii) deficiencias en la gestión de los riesgos fiscales, con subregistro de pasivos contingentes en los estados financieros y un enfoque reactivo en la gestión de riesgos. A su vez, la plataforma de datos abiertos tiene 75 conjuntos de datos pertenecientes únicamente a siete instituciones, reflejando el estado embrionario de la iniciativa Alianza para el Gobierno Abierto (AGA) en el país. A nivel sectorial, el de agua potable y saneamiento se destaca debido a que la falta de transparencia impone sobrecostos a las familias y a las finanzas públicas, limitando las posibilidades de acceso de los hogares al servicio y encareciendo el desarrollo de la infraestructura. CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, ha convenido suscribir un Contrato de Préstamo con la Agencia de Cooperación Internacional de Japón (JICA) para la ejecución del Préstamo del Programa para Mejorar la Transparencia y la Integridad para el Desarrollo S o s t e n i b l e , c o m o p a r t e d e l financiamiento del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el ejercicio fiscal 2024. CONSIDERANDO: Que el objetivo del Préstamo del Programa para Mejorar la Transparencia y la Integridad para el Desarrollo Sostenible es aumentar la transparencia y fortalecer la credibilidad del gobierno a través de una gobernanza que promueva la estabilización del país y contribuya a su desarrollo económico. -- 15 of 24 -- CONSIDERANDO: Que el Decreto No.17-2010 que contiene la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público en su artículo 68 establece que, la contratación de cada nuevo endeudamiento externo se debe realizar, cuando las condiciones f i n a n c i e r a s o f r e c i d a s e n e l mercado permitan un elemento de concesionalidad mínimo de treinta y cinco por ciento (35%), como ocurre en este caso. POR TANTO: En uso de las facultades de que está investido y en aplicación de los artículos 245 numeral 11, 247, 248, 255 de la Constitución de la República, 33, 36 numerales 1, 2 y 8, 116, 118 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: ARTÍCULO 1.- Autorizar a el Licenciado MARLON OCHOA, en su condición de Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Honduras pueda suscribir un Contrato de Préstamo con la Agencia de Cooperación Internacional de Japón (JICA), hasta por un monto de Trece Mil Trescientos Noventa Millones de Yenes (¥13,390,000,000.00), recursos destinados para la ejecución del Préstamo del Programa para Mejorar la Transparencia y la Integridad para el Desarrollo Sostenible, como parte del financiamiento del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el ejercicio fiscal 2024. ARTÍCULO 2.- El presente Acuerdo es de ejecución inmediata a partir de su aprobación y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres (03) días del mes de enero del año dos mil veinticuatro. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO Presidenta de la República de Honduras ELIZABETH RIVERA Subsecretaria de Finanzas y Presupuesto -- 16 of 24 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 24 D E E N E R O D E L 2024 N o . 36,442 Sección “B” PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete (27) de julio de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado la señora DELMY LURDEZ PERDOMO LAÍNEZ, quien confirió poder al abogado JORGE SAMUEL SANTOS GONZÁLEZ, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-00826, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD. Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el acuerdo de cancelación No. SE- IP-247-2023, de fecha 29 de junio del 2023, emitido por el Instituto de la Propiedad. Por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en Ley, que se reconozca una situación jurídica individualizada del titular de derecho que se reclama y se adopte como medida necesaria para el pleno restablecimiento de las mismas a el reintegro de Oficial Legal en la unidad de Asesoría Legal del Instituto de la Propiedad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, salarios dejados de percibir desde la fecha de mi cancelación, hasta el momento en que quede firme la sentencia definitiva condenatoria, incrementos salariales que en su caso tuviese el puesto del cual fui cancelada ilegalmente durante la secuencia del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como décimo tercero mes, décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones, quinquenios, el pago de salarios dejados de percibir en concepto de indemnización de daños y perjuicios, al pago de daños morales ocasionados a mi persona, y demás beneficios laborales que se otorguen, especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio en primera instancia, habilitación de días y horas inhábiles para efectos de cualquier actuación judicial. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 24 E. 2024 SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CONSTANCIA La infrascrita, Directora General de Sectores productivos, dependencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, HACE CONSTAR: Que en esta fecha se ha procedido a la inscripción en el Libro de Registro conforme al Régimen Especial de Representantes, Distribuidores y Agentes del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (RD-CAFTA), Tomo III, que al efecto lleva esta Dirección General, el cual literalmente dice: LICENCIA DE DISTRIBUIDOR N° 467-2023, Nombre del Solicitante (Concesionario): PRODUCTIVE BUSINESS SOLUTIONS HONDURAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE (PBS HONDURAS, S.A. DE C.V.); Domicilio: Boulevard Morazán, Torre Agalta, piso 21, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras; Vigencia: Por tiempo definido, hasta el nueve de agosto del 2025; Jurisdicción de la Distribución: En todo el Territorio de la República de Honduras; Productos que Distribuirá: La unidad XIS 6040, accesorios y servicios comercializados para dicha unidad por la empresa concedente; Distribuidor Exclusivo: NO; Fecha del Contrato o Carta: Nueve de agosto del 2023; Nombre del Concedente: ASTROPHYSICS INC., Domicilio y Nacionalidad: 21481 Ferrero Parkway, City of lndustry, CA 91789, USA; estadounidense; Dictamen Legal Nº. 956- 2023, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés. Licencia inscrita el 29 de noviembre del 2023. Para los fines que al interesado convengan, extiendo la presente en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veintinueve días del mes de noviembre del dos mil veintitrés. PATRICIA MOYA Directora General de Sectores Productivos Acuerdo 115-2023 24 E. 2024 -- 17 of 24 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 24 D E E N E R O D E L 2024 N o . 36,442 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El Infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintitrés (23) de enero de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado la Abogada DARLYN LIZZETH BARAHONA VALLADARES, quien actúa en causa propia, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-00149, contra el Estado de Honduras a través del SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR). Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación SAR-417-2022 de fecha nueve (09) de diciembre de dos mil veintidós (2022), emitido por el Servicio de Administración de Rentas. Que se declare su ilegalidad y nulidad por infracción de Ley, procedimientos de formalidades esenciales. Se reconozca una situación jurídica individualizada, que se adopten medidas necesarias para su pleno restablecimiento, daños y perjuicios, intereses, costas del juicio, petición, se acompañan documentos. ABG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 24 E. 2024 _____ Número de Solicitud: 2023-3500 Fecha de presentación: 2023-06-01 Fecha de emisión: 13 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PLASTICOS BOAZA, S.A. Domicilio: Colonia Villa Ernestina, 32 calle, sector El Polvorín, San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Cinthia Jackeline Bacca Zelaya E.- CLASE INTERNACIONAL (19) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TUBOTEC G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “TUBOTEC” en su forma conjunta y la apariencia de la etiqueta sin dar protección a los demás elementos denominativos contenidos en la misma. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tubos de hormigón; tubos de cemento; tubos no metálicos; tubos rígidos de materias plásticas, de la clase 19. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 24 E., 8 y 23 F. 2024 _______ -- 18 of 24 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 24 D E E N E R O D E L 2024 N o . 36,442 Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2022-6412 Fecha de presentación: 2022-10-31 Fecha de emisión: 16 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BEIQI FOTON MOTOR CO, LTD. Domicilio: Laoniuwan Village North Shayang Road, Shahe Town, Changping District, Beijing 102206, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FORLAND G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Capotas de automóvil; camiones; vehículos eléctricos; camiones de aspersión; furgonetas (vehículos refrigerados; carros de inclinación vehículos mezcladores de concreto; motonieves; carros robóticos; grúas; grúas para transporte; camiones de basura; camiones con función de grúa incorporada; chasis de automóvil; carrocerías para vehículos; carros de autoconducción; tapicería para vehículos; neumáticos para llantas de vehículos; bombas de aire (accesorios de vehículos); automóviles, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 E y 8 F. 2024 _______ Número de Solicitud: 2022-7408 Fecha de presentación: 2022-12-06 Fecha de emisión: 17 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SGG Lisco LLC. Domicilio: One Fruit of the Loom Drive, Bowling Green, Kentucky 42103, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (18) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TF G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bolsos de deporte, bolsos mensajeros, mochilas, bolsos de deporte para todo propósito, bolsos deportivos, bolsos de gimnasio, de la clase 18. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 E y 8 F. 2024 Número de Solicitud: 2022-7409 Fecha de presentación: 2022-12-06 Fecha de emisión: 18 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: SGG Lisco LLC. Domicilio: One Fruit of the Loom Drive, Bowling Green, Kentucky 42103, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (18) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MADE FOR THE GAME G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se usará con la marca SPALDING Y DISEÑO Reg. No. 131547. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bolsos deportivos, bolsos de mensajería, mochilas, bolsos deportivos para todo propósito, bolsos para atletismo, bolsos para gimnasio, de la clase 18. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 E y 8 F. 2024 _______ Número de Solicitud: 2022-6272 Fecha de presentación: 2022-10-24 Fecha de emisión: 25 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Little Caesar Enterprises Inc. Domicilio: 2211 Woodward Avenue, Detroit, Michigan 48201-3400, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HOT-N-READY G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “HOT-N- READY”; sin dar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pizza, pasta, masa para pizza, emparedados, rollos, bollos, meriendas, productos de panadería, pasteles, bizcochos, pies, tartas, flanes, wafles, donas, comidas preparadas, helados; harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería; miel, melaza; levadura, polvo para hornear; sal, mostaza; vinagre, salsas y condimentos, salsa y salsas para mojar; especias; hielo y helados; café, té, cocoa, azúcar, arroz, tapioca, sagú, café artificial, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 E y 8 F. 2024 -- 19 of 24 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 24 D E E N E R O D E L 2024 N o . 36,442 Número de Solicitud: 2022-6870 Fecha de presentación: 2022-11-17 Fecha de emisión: 21 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LUMINOVA PHARMA CORPORATION GmbH. Domicilio: Dr. J. Bollag & Cie. AG, Unter Altstadt 10, 6302 Zug, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DANIEL ROLANDO MATUTE E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MERLIX PLUS G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta “MERLIX PLUS” sin otorgar exclusividad sobre la palabra “PLUS”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para uso humano, a saber, analgésico, antiinflamatorio y antipirético, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 D. 2023, 9 y 24 E. 2024 _______ Número de Solicitud: 2022-6380 Fecha de presentación: 2022-10-28 Fecha de emisión: 28 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LUMINOVA PHARMA CORPORATION GmbH. Domicilio: Dr. J. Bollag & Cie. AG, Unter Altstadt 10, 6302 Zug, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DANIEL ROLANDO MATUTE E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN OMIPRE H G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para uso humano para el tratamiento de la hipertensión arterial con antagonistas de angiotensina II, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 21 D. 2023, 9 y 24 E. 2024 Número de Solicitud: 2022-6381 Fecha de presentación: 2022-10-28 Fecha de emisión: 28 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LUMINOVA PHARMA CORPORATION GmbH. Domicilio: Dr. J. Bollag & Cie. AG, Unter Altstadt 10, 6302 Zug, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DANIEL ROLANDO MATUTE E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PERIECA G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para uso humano para el tratamiento de la hipertensión arterial, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 21 D. 2023, 9 y 24 E. 2024 _______ Número de Solicitud: 2022-3841 Fecha de presentación: 2022-06-29 Fecha de emisión: 19 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LUMINOVA PHARMA CORPORATION GmbH. Domicilio: Dr. J. Bollag & Cie. AG, Unter Altstadt 10, 6302 Zug, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DANIEL ROLANDO MATUTE MATUTE E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TELAG G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos y médicos anticoagulantes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 21 D. 2023, 9 y 24 E. 2024 -- 20 of 24 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 24 D E E N E R O D E L 2024 N o . 36,442 Número de Solicitud: 2022-4706 Fecha de presentación: 2022-08-10 Fecha de emisión: 26 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: RETAIL BRANDS AMERICAS, INC. Domicilio: Torre BICSA Financial Center, piso 4, Avenida Balboa y calle Aquiulino de la Guardia, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL DANIEL ROLANDO MATUTE E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PRONTO CC G.- H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA ETIQUETA PRESENTADA SIN DARLE EXCLUSIVIDAD A “COFFEE CLUB”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas frías y calientes; café concentrado macciato; bebida preparada a base de café y leche; bebida preparada a base de café y leche al vapor (latte); bebida preparada a base de vainilla y leche al vapor (vainilla latte); bebida preparada a base de caramelo y leche (caramel macciatto); bebida preparada a base de café y leche vaporizada (café mocha blanco); café americano; café helado; té verde; té de manzanilla; té negro; té inglés; té chai; té chai latte; chocolate caliente; bebida preparada a base de café con hielo y crema batida; bebida preparada a base de café y caramelo con hielo y crema batida; bebida preparada a base de vainilla y/o caramelo con hielo y crema batida; bebida preparada a base de café y leche vaporizada (mocha helado); café y chispas de chocolate helado; bebida preparada a base de té verde con hielo y crema batida; bebida preparada a base de vainilla con hielo y crema batida; bebida preparada a base de fresas con hielo y crema batida; bebida preparada a base de maracuyá con hielo y crema batida; bebida preparada a base de mora con hielo y crema batida; bebida preparada a base de café y leche vaporizada; café concentrado helado; bebida preparada a base de café y leche con lavanda; granizado de limón (frozen); granizado de café (frozen); bebida preparada a base de dulce de leche con hielo y crema batida; chocolate blanco caliente; té frío; bebida preparada a base de café y leche vaporizada (mocha blanco); bebida preparada a base de café y leche vaporizada; bebida preparada a base de café con hielo y crema batida; bebida preparada a base de café y leche al vapor (chai latte frío); bebida preparada a base de café y leche al vapor (chai latte caliente); bagel con queso crema; bagel jamón y queso; repostería y alimentos salados; panini de jamón; panini de tres queso; croissant de jamón; croissant de jamón con huevo; corissant de tocino con huevo; panini de pavo; panini de pollo; panini de pavo; panini de jamón con huevo; panini de tocino con huevo; rollo de canela; pan de zanahoria; pastel de chocolate; pastel de limón; muffin de banano; muffin de blueberry; muffin de chocolate; palito de queso; emapanada de chocolate; croissant de almendra; croissant de guayaba; croissant de guayaba y queso crema; croissant de mantequilla; barra de cereal de frutos rojos; barra de cereal de manzana canela; galleta de chocolate con chips; galleta de avena; galleta de doble chocolate; galleta de frutos secos; avena preparada; yogurs con frutos rojos; pastel de limón (pie de limón); pastel de nueces (pie de nuces); tres leches; tiramissú; tarta de queso (chesse cake); tarta de maracuyá (cheesecake de maracuyá); tarta de lavanda (cheesecake de lavanda); tarta de chocolate (cheesecake de chocolate); tarta de mango (cheesecake de mango); donas; mini donas, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 D. 2023, 9 y 24 E. 2024 _______ Número de Solicitud: 2022-6876 Fecha de presentación: 2022-11-17 Fecha de emisión: 21 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LUMINOVA PHARMA CORPORATION GmbH. Domicilio: Dr. J. Bollag & Cie. AG, Unter Altstadt 10, 6302 Zug, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DANIEL ROLANDO MATUTE E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MEDOX FOLATO G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta “MEDOX FOLATO” sin otorgar exclusividad sobre la palabra “FOLATO”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para uso humano para producir células nuevas en base a preparaciones de vitaminas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 21 D. 2023, 9 y 24 E. 2024 Número de Solicitud: 2022-6868 Fecha de presentación: 2022-11-17 Fecha de emisión: 21 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LUMINOVA PHARMA CORPORATION GmbH. Domicilio: Dr. J. Bollag & Cie. AG, Unter Altstadt 10, 6302 Zug, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DANIEL ROLANDO MATUTE E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MEDOX CRANBERRY G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta “MEDOX CRANBERRY” sin dar exclusividad de la palabra “CRANBERRY”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para uso humano, preparaciones de vitaminas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 D. 2023, 9 y 24 E. 2024 _______ Número de Solicitud: 2022-6875 Fecha de presentación: 2022-11-17 Fecha de emisión: 21 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LUMINOVA PHARMA CORPORATION GmbH. Domicilio: Dr. J. Bollag & Cie. AG, Unter Altstadt 10, 6302 Zug, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DANIEL ROLANDO MATUTE E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CIRPRIL AM G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta “CIRPRIL AM” sin otorgar exclusividad sobre el término “AM”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para uso humano, a saber, tratamiento de la hipertensión, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 21 D. 2023, 9 y 24 E. 2024 -- 21 of 24 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 24 D E E N E R O D E L 2024 N o . 36,442 Número de Solicitud: 2022-6828 Fecha de presentación: 2022-11-16 Fecha de emisión: 11 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: The Federated Group, Inc. Domicilio: 3025 West Salt Creek Lane Arlington Heights, IL 60005, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURÓN LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta “Life Everyday” sin otorgar exclusividad de los términos de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cereales; mezcla para panqueques; sirope de chocolate; aderezos para ensaladas; cereales calientes, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 E. y 8 F. 2024 ____________ Life Everyday Número de Solicitud: 2022-6355 Fecha de presentación: 2022-10-27 Fecha de emisión: 22 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SEIDOR LOGISTICS, S.L. Domicilio: EIX ONZE DE SETEMBRE 41-43 BAIXOS, 08500 VIC, BARCELONA, España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURÓN LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SEIDOR G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño conexo; servicios de ingeniería de aplicaciones en sistemas informáticos grandes y medianos; consultoría y servicios relacionados con programas informáticos; estudios de análisis comparativo de la eficiencia de sistemas informáticos; elaboración, instalación, mantenimiento y reparación de software informático; investigación, desarrollo, diseño y actualización de software informático; diseño y desarrollo de programas informáticos para terceros; mantenimiento de software informático; diseño y desarrollo de soluciones de aplicaciones de software; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP); servicios de diseño y creación de sitios web; evaluación del rendimiento de sistemas informáticos frente a referencias de evaluación comparativa; servicios de consultoría e información sobre integración de sistemas informáticos; servicios de consultoría en materia de seguridad informática; servicios de almacenamiento en la nube de datos electrónicos; servicios de consultoría en ofimática y automatización del lugar de trabajo; conversión de datos o documentos de un soporte físico a un soporte electrónico; pruebas, análisis y evaluación de productos y servicios de terceros para certificación; pruebas, autenticaciones y control de calidad, de la clase 42 . Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 E. y 8 F. 2024 Número de Solicitud: 2022-5707 Fecha de presentación: 2022-09-26 Fecha de emisión: 4 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CAN Technologies, Inc. Domicilio: 15407 McGinty Road West, Wayzata, MN 55391, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURÓN LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suplementos alimenticios para animales; aditivos para alimentos; alimentos medicados, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 E. y 8 F. 2024 ____________ OMOLENE Número de Solicitud: 2022-5474 Fecha de presentación: 2022-09-14 Fecha de emisión: 28 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Hyundai Motor Company Domicilio: 12, Heolleung-ro, Seocho-gu, Seoul 06797, República de Corea. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 4020220091082 de fecha 17/05/2022 de República de Corea. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURÓN LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (10) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HYUNDAI G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Robots quirúrgicos; nanorobots para uso médico; trajes de exoesqueleto robótico para uso médico; aparatos de rehabilitación corporal para uso médico; electroencefalógrafos; dispositivos de medición de pulso; aparatos para la localización de nervios; extremidades artificiales; articulaciones artificiales; instrumentos médicos; aparatos e instrumentos médicos; miembros, ojos y dientes artificiales; aparatos de masaje para uso personal; biberones para bebés; ropa médica; guantes para uso médico, de la clase 10. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 E. y 8 F. 2024 -- 22 of 24 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 24 D E E N E R O D E L 2024 N o . 36,442 Número de Solicitud: 2023-4638 Fecha de presentación: 2023-07-21 Fecha de emisión: 21 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: LACOLADA CA S. DE R.L. Domicilio: Barrio Pueblo Nuevo, Centro Morazán, torre 1, nivel 16, local 11602, Tegucigalpa, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MALCOLM BIRMAK LAMBURG HERNÁNDEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LACOLADA G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “LACOLADA” y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de lavandería y el planchado de prendas de vestir, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 D. 2023, 9 y 24 E. 2024 _____________ Número de Solicitud: 2023-113 Fecha de presentación: 2023-01-05 Fecha de emisión: 21 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Liliana Cardona Lara Domicilio: Municipio Marcala, departamento de La Paz , Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL KARLA MERCEDES VIJIL E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ROJO CAFFÉ G.- H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA DENOMINACION “ROJO CAFFÉ” EN SU FORMA CONJUNTA SIN DAR EXCLUSIVIDAD A LA PALABRA “CAFFÉ’’. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café, café molido, café en grano y demás sucedáneos del café, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 D. 2023, 9 y 24 E. 2024 Número de Solicitud: 2023-2165 Fecha de presentación: 2023-04-13 Fecha de emisión: 22 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MATUTE ROBELO S.A. DE C.V. Domicilio: ZONA DEL PALENQUE, 2 da. AVE, 50 MTS. AL SUR DEL INSTITUTO SANTO TOMAS, SAN PEDRO SULA, SALIDA A PUERTO CORTÉS, CP 504, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANIBAL LARDIZABAL NAVARRO E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ZONE MASTERS G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “ZONE MASTERS” en su forma conjunta y la apariencia de la etiqueta. I.- Reivindicaciones: Se reivindican los colores Azul oscuro, Rojo, Blanco y Gris dispuestos en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Refrigerantes para radiadores de vehículos, refrigerantes para motores de vehículos, líquido de frenos, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 D. 2023, 9 y 24 E. 2024 _____________ Número de Solicitud: 2023-2164 Fecha de presentación: 2023-04-13 Fecha de emisión: 12 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MATUTE ROBELO S.A. DE C.V. Domicilio: ZONA DEL PALENQUE, Segunda Avenida, 50 MTS AL SUR DEL INSTITUTO SANTO TOMAS, SAN PEDRO SULA, SALIDA A PUERTO CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANIBAL LARDIZABAL NAVARRO E.- CLASE INTERNACIONAL (4) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ZONE MASTERS G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “ZONE MASTERS” en su forma conjunta y la apariencia de la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Compuestos para absorver el polvo de vehículos, grasas de uso industrial, aceite de motor, aceites lubricantes, grasas lubricantes, combustibles (incluyendo gasolina) de la clase 4. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 D. 2023, 9 y 24 E. 2024 -- 23 of 24 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 24 D E E N E R O D E L 2024 N o . 36,442 Número de Solicitud: 2023-6413 Fecha de presentación: 2023-10-09 Fecha de emisión: 7 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: AGUA ENVASADA DE LA POSTA S. DE R.L. Domicilio: CHOLUTECA, BARRIO VALLE, SALIDA A SAN MARCOS DE COLON, UNA CUADRA AL SUR DE ESCUELA VIDA ABUNDANTE, CHOLUTECA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSE SEBASTIAN BERRIOS E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DE LA POSTA G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “DE LA POSTA” y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: AGUA ENVASADA, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 E. y 8 F. 2024 ____________________ Número de Solicitud: 2023-1721 Fecha de presentación: 2023-03-22 Fecha de emisión: 29 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ANPHAR, S.A. DE C.V. Domicilio: Complejo Confecciones El Baron, segunda calle, salida vieja a La Lima, edificio 8, local 5, San Pedro Sula. CP 504, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANGELICA MARIA LAGOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GRYFLU G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “GRYFLU” tal cual es presentada según su ejemplar de etiqueta, no se protege la palabra Antigripal. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento Antigripal de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 E. y 8 F. 2024 Número de Solicitud: 2023-3559 Fecha de presentación: 2023-06-05 Fecha de emisión: 29 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES ARGIUS S.A. DE C.V. Domicilio: Edificio Yude Canahuati, 7 y 8 Calle, 3 y 4 Avenidas, Barrio Lempira, San Pedro Sula, Cortes, CP 21104, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSE AUGUSTO SANDOVAL MALDONADO E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DMP G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas a base de frutas y zumos de frutas de la clase 32 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 E. y 8 F. 2024 ____________________ Número de Solicitud: 2022-7190 Fecha de presentación: 2022-11-29 Fecha de emisión: 26 de julio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: RDM PHARMA S. DE R.L. Domicilio: COLONIA TEPEYAC, CALLE FROYLAN TURCIOS, AVENIDA GRACIAS A DIOS, TEGUCIGALPA. Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL BELKY GEORGINA ORDOÑEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TRIAMTEREN PLUS G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico (diurético), de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 D. 2023, 9 y 24 E. 2024 -- 24 of 24 --