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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

13 septiembre 2022Edición No. 36,027

Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 197-2022 — Nombramiento de Director General del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA)

LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA En uso de sus atribuciones y en aplicación de los artículos 235 y 245, numerales 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 12, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar al ciudadano Angel Emilio Aguilar Mejia, en el cargo de Director General del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA). SEGUNDO: El ciudadano Aguilar Mejía Tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de la República: “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”. El ingreso a la función pública, obliga al servidor público a conocer y cumplir fielmente el Código de Conducta Ética del Servidor Público. La Declaración Jurada de Bienes deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Cuentas dentro del plazo de 45 días calendario, contados a partir de la fecha. La permanencia en el cargo está sujeta a la evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República, debiendo cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y con el combate directo contra la corrupción, durante el tiempo que dure su gestión. TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 17 días del mes de marzo del año 2022. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN -- 1 of 56 -- EDIS ANTONIO MONCADA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL ACUERDO EJECUTIVO No. 196-A-2022
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Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 196-A-2022 — Cancelación de Director General del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA)

EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN En uso de las facultades de que fue investido por la Presidenta de la República, mediante Acuerdo Ejecutivo No. 46-2022, de fecha 28 de enero 2022, y en aplicaciones de los artículos 235, 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 116, 118, 119, 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar al ciudadano JUAN RAMÓN VELÁSQUEZ PAGOADA, del cargo de Director General del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), a quien se le agradece por los servicios prestados. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir de la fecha y deberá ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. TERCERO: Hacer las transcripciones de Ley. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 16 días del mes de marzo del año dos mil veintidós 2022. TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CELSO DONADIN ALVARADO HERNÁNDEZ SECRETARIO GENERAL SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Presidencia de la República de Honduras -- 2 of 56 -- Banco Central de Honduras Sesión No.3988 (Extraordinaria) del 7 de septiembre de 2022.-
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Resolución

Resolución No. 14-2022 — Modificación de límites de venta de divisas y posturas de compra en el Mercado Interbancario de Divisas

Poder Judicial

EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, CONSIDERANDO: Q u e s e g ú n l o d i s p u e s t o e n l a Constitución de la República y en la Ley del Banco Central de Honduras (BCH), corresponde a esta Institución formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país. CONSIDERANDO: Que para las operaciones de compra y venta de divisas que realice el BCH y sus agentes cambiarios, así como las que efectúe el sector público, se aplicará el Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas; asimismo, la Normativa Complementaria a dicho Reglamento, a fin de facilitar su cumplimiento y aplicación. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No.07/2021 del 3 de junio de 2021, se aprobó la Normativa Complementaria del Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas, la cual fue reformada mediante acuerdos No.17/2021, No.03/2022, N o . 0 5 / 2 0 2 2 , N o . 1 0 / 2 0 2 2 y No.11/2022, del 9 de diciembre de 2021, 3 y 31 de marzo, 2 de junio y 28 de julio de 2022, respectivamente, todos emitidos por el Directorio del Banco Central de Honduras. CONSIDERANDO: Que producto de situaciones como la reactivación económica y el incremento en los precios de la mayoría de productos importados, entre otros, se ha registrado un incremento en la demanda de divisas, que ha provocado que ciertos sectores económicos como la pequeña y mediana empresa, hayan sentido restringido su acceso a las mismas, producto que los Agentes Cambiarios (AC), se orientan en la atención a sus grandes clientes. CONSIDERANDO: Que de acuerdo al análisis realizado mediante opinión emitida por el Departamento de Operaciones Cambiarias referente a los límites máximos autorizados para la venta de divisas que realizan diariamente los agentes cambiarios a sus clientes del sector privado, se determinó que con base en el comportamiento observado en el mercado y con el ACUERDO No. 14/2022 -- 3 of 56 -- fin de mejorar la asignación de las divisas, es factible reducir el monto límite de US$1.5 millones a US$1.2 millones. CONSIDERANDO: Que con base en el mismo análisis, con el objetivo de complementar la medida anterior y además dinamizar e impulsar las negociaciones en el MID, para que un mayor número de agentes cambiarios puedan obtener divisas en dicho mercado, se propone reducir de US$1.0 millón a US$500.0 mil, las posturas para la compra de divisas que pueden presentar los agentes cambiarios en cada evento de negociación. CONSIDERANDO: Que conforme con la propuesta presentada por el Departamento de Operaciones Cambiarias de esta Institución al Comité de Divisas en la Sesión Extraordinaria No.16/2022 del 7 de septiembre de 2022, acordó someter a consideración del Directorio la modificación al monto diario autorizado para la venta de divisas de los agentes cambiarios a sus clientes del sector privado, de un millón quinientos mil dólares (US$1,500,00.00) que se permite en la actualidad a un millón doscientos mil dólares (US$1,200,000.00); así como, reducir de un millón de dólares (US$1,000,000.00) a quinientos mil dólares (US$500,000.00), las posturas para la compra de divisas que pueden presentar los agentes cambiarios en cada evento de negociación POR TANTO: Con fundamento en los artículos 342 de la Constitución de la República; 54 y 118 de la Ley General de la Administración Pública; 2, 6, 16, incisos a), f) y n), 29 y 32 de la Ley del Banco Central de Honduras; 46, numerales 11 y 12 de la Ley del Sistema Financiero; 3 de la Ley Monetaria y en las Normas Generales del Comité de Divisas del Banco Central de Honduras, contenidas en la Resolución No.206-4/2021 del 29 de abril de 2021, A C U E R D A: I. Modificar los numerales 1.2 literal b), 3.1 literal b), 3.4 párrafo quinto, 4.1 literal b) y numeral 7.2 literal c) párrafo segundo de la Normativa Complementaria al Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas, contenida en el Acuerdo -- 4 of 56 -- No.11/2022, emitido por el Directorio del BCH el 28 de julio de 2022, que en lo sucesivo se leerá así: “1.2 Las divisas compradas por los agentes cambiarios a sus clientes del sector privado de acuerdo con el numeral anterior, deberán utilizarse para los fines detallados a continuación: a) …. b) Ventas diarias a los clientes del sector privado por montos menores o iguales a un millón doscientos mil dólares de los EUA (US$1,200,000.00). c)…” “3.1. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 12 del Reglamento, los eventos de negociación en el MID se efectuarán para la compra y venta de dólares de los EUA exclusivamente, bajo el esquema de primeras entradas - primeras salidas y serán realizados en los días señalados por el BCH. Las divisas compradas por los agentes cambiarios en el MID deberán utilizarse para lo siguiente: a) Erogaciones propias. b) Ventas por cliente del sector privado por montos menores o iguales a un millón doscientos mil dólares de los EUA (US$1,200,000.00) diariamente. c)…” “3.4. … … … Los agentes cambiarios y el BCH podrán presentar ofertas de compra y venta de divisas por un monto mínimo de diez mil dólares de los EUA (US$10,000.00) y en múltiplos íntegros de diez dólares de los EUA (US$10.00) para montos superiores. El monto máximo por cada oferta de compra de divisas será de quinientos mil dólares de los EUA (US$500,000.00) cada una. ….” “4.1. El ingreso de divisas por actividades no cambiarias de los agentes cambiarios y por movimientos de capital y financieros del sector bancario, registrados en la tenencia de divisas por agente cambiario podrá ser utilizado para lo siguiente: a)… b) Venta por cliente del sector privado por montos menores o iguales a un millón doscientos mil dólares de los EUA (US$1,200,000.00) diariamente. c)…” -- 5 of 56 -- “7.2. En las cuentas antes descritas solamente se deberán incluir las divisas originadas de las fuentes siguientes: a)… b)… c)… Las divisas de los incisos anteriores podrán utilizarse para erogaciones propias, venta por cliente del sector privado por montos menores o iguales a un millón doscientos mil dólares de los EUA (US$1,200,000.00), el cual representa el monto máximo diario de venta por cliente el cual representa el monto máximo diario de venta por cliente y venta en el MID en el caso de los agentes cambiarios. …” II. Como consecuencia de lo anterior, en lo sucesivo el texto íntegro de la Normativa Complementaria al Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas, incluidas las reformas, se leerá así: “NORMATIVA COMPLEMENTARIA AL REGLAMENTO PARA LA NEGOCIACIÓN EN EL MERCADO ORGANIZADO DE DIVISAS 1. COMPRA DE DIVISAS Para efectos de lo dispuesto en los artículos 4 y 6 del Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas, en adelante denominado Reglamento, se establece que: 1.1. Las compras de divisas realizadas por los agentes cambiarios a sus clientes del sector privado deberán realizarse mediante los diferentes medios de pagos existentes y bajo su propia cuenta y riesgo. Asimismo, las compras de divisas diferentes al dólar de los EUA realizadas por los agentes cambiarios a sus clientes del sector privado se harán bajo su propia cuenta y riesgo y no formarán parte de la tenencia de divisas. 1.2. Las divisas compradas por los agentes cambiarios a sus clientes del sector privado de acuerdo con el numeral anterior, deberán utilizarse para los fines detallados a continuación: a) Erogaciones propias. b) Ventas diarias a los clientes del sector privado por montos menores o iguales a un millón doscientos mil dólares de los EUA (US$1,200,000.00). c) Para la venta en el Mercado Interbancario de Divisas (MID). Las divisas no utilizadas en los conceptos anteriores formarán parte de la tenencia de divisas, sin exceder el límite autorizado por el Directorio del BCH. -- 6 of 56 -- Cuando no se realicen eventos de negociación en el MID, los agentes cambiarios podrán acumular los ingresos de divisas en las cuentas de la tenencia de divisas, sin considerarse para el cálculo de la misma; estas divisas deberán ser negociadas en el evento inmediato posterior del MID. Las transacciones realizadas por los agentes cambiarios para los destinos antes descritos deberán reportarse detalladamente en los archivos electrónicos de compra y venta de divisas de acuerdo con lo establecido en la boleta correspondiente. 2. PRECIO BASE 2.1. Para efectos de lo dispuesto en el Artículo 9 del Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas, se considerarán para el cálculo del Precio Base las siguientes variables: a) Diferencial de Inflación Interna y Externa: Se entenderá como Tasa de Inflación Externa el promedio ponderado de las tasas de inflación estimadas de los principales socios comerciales de Honduras y la inflación interna se medirá por el Índice de Precios al Consumidor (IPC). El diferencial de inflación se determinará comparando la variación interanual del IPC registrada en el último mes con la inflación externa, ponderada con la estructura de comercio exterior, misma que se revisará periódicamente. b) Índice de Tipo de Cambio Efectivo Nominal: Mide la evolución de los tipos de cambio de los principales socios comerciales respecto al dólar de los EUA. c) Cobertura de Reservas Internacionales: Número de meses de importación que cubre el saldo de los Activos de Reservas Oficiales del BCH. 2.2. El Precio Base se calculará cada cinco (5) eventos del MID, tomando en consideración las variables descritas en el numeral anterior. 3. N E G O C I A C I Ó N E N E L M E R C A D O INTERBANCARIO DE DIVISAS (MID) 3.1. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 12 del Reglamento, los eventos de negociación en el MID se efectuarán para la compra y venta de dólares de los EUA exclusivamente, bajo el esquema de primeras entradas - primeras salidas y serán realizados en los días señalados por el BCH. Las divisas compradas por los agentes cambiarios en el MID deberán utilizarse para lo siguiente: a) Erogaciones propias. b) Ventas por cliente del sector privado por montos menores o iguales a un millón doscientos -- 7 of 56 -- mil dólares de los EUA (US$1,200,000.00) diariamente. c) Venta a sus clientes del sector privado para la conversión de recursos en moneda local provenientes del servicio y negociación de deuda interna emitida por la Secretaría de Finanzas (SEFIN) y colocada a inversionistas no residentes. Las divisas compradas en el MID deberán venderse a los clientes al Tipo de Cambio de Referencia (TCR) del día de la venta, más la comisión cambiaria. Las divisas adquiridas por los agentes cambiarios autorizados en el MID y no utilizadas en los conceptos anteriores formarán parte de su tenencia de divisas. 3.2. Conforme a lo dispuesto en el Artículo 13 del Reglamento, la duración y los horarios habituales de la negociación en el MID serán informados por la Gerencia del BCH mediante circular dirigida a los agentes cambiarios; no obstante, los horarios específicos diarios y demás información relevante concerniente a dichos eventos serán suministrados en el aviso de convocatoria a los eventos de negociación de dicho mercado. 3.3. Acorde con lo dispuesto en el Artículo 14 del Reglamento, las funciones del Comité de Negociación en el Mercado Interbancario de Divisas son las siguientes: a) Convocar al evento de negociación en el MID e informar los resultados del evento anterior. b) Dar seguimiento a las transacciones en el MID. c) Aplicar los lineamientos establecidos por el Directorio del BCH para participar en el MID. d) Levantar y suscribir diariamente el acta sobre los resultados de cada negociación en el MID. e) Informar mensualmente al Comité de Divisas sobre la evolución del MID. f) Solicitar información adicional a los agentes cambiarios, cuando sea necesario. 3.4. De conformidad a lo dispuesto en el Artículo 15 del Reglamento, los precios de las ofertas de compra y venta de divisas presentadas en el MID deberán estar comprendidos en una banda cambiaria de uno por ciento (1%) por encima y por debajo del centro de la banda cambiaria, el que estará conformado como un promedio ponderado entre el promedio del precio base y el tipo de cambio promedio ponderado del MID, calculado de la siguiente forma: Centro de la Banda Cambiaria= Promedio de siete (7) días previos del Precio Base x 80% + Promedio de siete (7) días previos del tipo de cambio promedio ponderado del MID x 20%. -- 8 of 56 -- No se aceptarán solicitudes de compra y venta de divisas cuyos precios ofrecidos sean superiores al techo o inferiores al piso de la banda. Los agentes cambiarios y el BCH podrán presentar ofertas de compra y venta de divisas por un monto mínimo de diez mil dólares de los EUA (US$10,000.00) y en múltiplos íntegros de diez dólares de los EUA (US$10.00) para montos superiores. El monto máximo por cada oferta de compra de divisas será de quinientos mil dólares de los EUA (US$500,000.00) cada una. Si un participante en el MID ingresa una oferta de compra o venta de divisas, no podrá ingresar una nueva oferta mientras la anterior este pendiente de calce. 4. INGRESOS DE DIVISAS POR ACTIVIDADES NO CAMBIARIAS Y POR MOVIMIENTO D E C A P I TA L Y F I N A N C I E R O S D E L SECTOR BANCARIO De conformidad a lo dispuesto en el Artículo 19 del Reglamento, se establece lo siguiente: 4.1. El ingreso de divisas por actividades no cambiarias de los agentes cambiarios y por movimientos de capital y financieros del sector bancario, registrados en la tenencia de divisas por agente cambiario podrá ser utilizado para lo siguiente: a) Erogaciones propias. b) Venta por cliente del sector privado por montos menores o iguales a un millón doscientos mil dólares de los EUA (US$1,200,000.00) diariamente. c) Venta en el MID. Las divisas no utilizadas en los conceptos descritos en este numeral formarán parte de la tenencia de divisas. 5. (Derogado) 5.1 (Derogado) 5.2 (Derogado) 5.3 (Derogado) 6. COMISIONES CAMBIARIAS Las comisiones cambiarias, conforme a lo dispuesto en los artículos del Reglamento, serán las siguientes: 6.1. El BCH: a) Pagará una comisión cambiaria por la compra de divisas en el MID de cero punto tres por ciento (0.3%). b) No pagará comisión cambiaria por la compra directa de divisas efectuada al sector público y a las personas naturales y jurídicas. -- 9 of 56 -- c) Cobrará una comisión cambiaria por venta de divisas en el MID de cero punto tres por ciento (0.3%). d) Cobrará una comisión cambiaria de cero punto dos por ciento (0.2%) a los agentes cambiarios sobre el monto de divisas utilizadas para erogaciones propias y para la venta a sus clientes del sector privado, se exceptúan de este cobro todas aquellas divisas que los agentes cambiarios hayan adquirido por compra a través de su participación en el MID. e) Cobrará una comisión cambiaria por venta directa de divisas a las instituciones del sector público de cero punto cinco por ciento (0.5%). f) (Derogado) g) Cobrará una comisión cambiaria por venta directa de divisas a otras personas naturales o jurídicas del sector privado, diferentes a los agentes cambiarios, de cero punto cinco por ciento (0.5%). 6.2. Los agentes cambiarios autorizados: a) Cobrarán a sus clientes del sector privado una comisión cambiaria por la venta de divisas, misma que no podrá exceder del cero punto cinco por ciento (0.5%). b) Cobrarán una comisión cambiaria de cero punto tres por ciento (0.3%) por las divisas vendidas en el MID. c) No cobrarán comisión por la compra de divisas realizadas a sus clientes del sector privado. 7. TENENCIA DE DIVISAS 7.1. Para efectos de lo dispuesto en los artículos 22, 23 y 24 del Reglamento, el agente cambiario deberá mantenerse dentro de su límite máximo diario de tenencia de divisas establecido por el BCH. Únicamente a la CNBS le será comunicado el detalle del límite de tenencia establecido para cada uno de los agentes cambiarios. El límite de tenencia de divisas que le corresponda a cada agente cambiario le será notificado por el BCH en forma individual. La tenencia diaria de divisas de los agentes cambiarios estará integrada por la suma de saldos que presenten las cuentas en moneda extranjera del balance analítico de los agentes cambiarios, así: Para instituciones del sector bancario: • 111.0103 “Caja, Caja Movimiento Diario, Divisas del Sistema de Subastas”. • 111.0202 “Caja, Caja de Reserva, Divisas del Sistema de Subastas”. • 113.01 “Depósitos en Bancos del Interior, Depósitos en Moneda Extranjera”. • 116.01 “Depósitos en Bancos del Exterior, Depósitos a la Vista”. Para las casas de cambio: • 100.02 “Caja-Moneda Extranjera”. • 101.02 “Depósitos en Bancos Nacionales- Moneda Extranjera”. -- 10 of 56 -- • 102 “Depósitos en Bancos del Exterior- Moneda Extranjera”. • 104.06 “Cuentas Por Cobrar-Banco Central de Honduras-Subasta”. 7.2. En las cuentas antes descritas solamente se deberán incluir las divisas originadas de las fuentes siguientes: a) Las divisas compradas a sus clientes del sector privado acorde con lo dispuesto en el numeral 1. b) Las divisas compradas en el MID. c) Los ingresos de divisas recibidos por actividades no cambiarias de los agentes cambiarios y movimientos de capital y financiero del sector bancario que los agentes cambiarios determinen integrar en las cuentas de tenencia de divisas. Las divisas de los incisos anteriores podrán utilizarse para erogaciones propias, venta por cliente del sector privado por montos menores o iguales a un millón doscientos mil dólares de los EUA (US$1,200,000.00), el cual representa el monto máximo diario de venta por cliente y venta en el MID en el caso de los agentes cambiarios. 7.3. Los agentes cambiarios que al cierre de sus operaciones diarias registren excesos del límite de tenencia de divisas establecido, deberán transferir dichos excesos al BCH a más tardar el siguiente día hábil al del registro del excedente al TCR vigente de la fecha en que ocurrió el exceso. El BCH no pagará comisión cambiaria por los montos transferidos por este concepto. Los agentes cambiarios que incumplan en el traslado de estas divisas, en los términos antes descritos, serán reportados a la CNBS y sancionados acorde a lo establecido en la normativa vigente. Dichos excedentes deberán reportarse en los archivos electrónicos de compra y venta de divisas acorde a lo establecido en el instructivo dispuesto para tal fin en la página web del BCH. 7.4. Los agentes cambiarios podrán solicitar ajustes por errores en sus operaciones que hayan generado excedentes en su tenencia de divisas, como resultado de las revisiones en las operaciones reportadas inicialmente, los que deberán ser debidamente documentados y remitidos al BCH para su descargo cuando éstos correspondan; caso contrario, se notificará al agente cambiario que se mantiene el nivel de tenencia de divisas registrado. En todo caso, los ajustes que resulten de tales revisiones se liquidarán a los precios de compra de las transacciones originales. 7.5. Los límites máximos de tenencia de divisas que se establecen para las nuevas instituciones que sean autorizadas a partir de la vigencia de esta resolución serán de ochocientos mil dólares de los EUA (US$800,000.00) para los bancos -- 11 of 56 -- y de cuatrocientos mil dólares de los EUA (US$400,000.00) para las casas de cambio. 8. REPORTES E INFORMACIÓN ADICIONAL Acorde con lo dispuesto en los artículos 7 y 20 del Reglamento, se establece lo siguiente: 8.1. Para los efectos de los reportes solicitados por el BCH a los agentes cambiarios, el dólar de EUA será la unidad de cuenta que se utilizará para expresar todas las divisas negociadas por los agentes cambiarios. 8.2. (Derogado) 8.3 Los agentes cambiarios deberán enviar de forma electrónica a través del sistema de Balanza Cambiaria, a más tardar a las 9:00 a.m. del siguiente día hábil de la realización de las operaciones, el reporte diario de las transacciones cambiarias realizadas. 8.4. Los agentes cambiarios enviarán las Declaraciones de Ingreso de Divisas Provenientes de las Exportaciones al BCH a más tardar el segundo día hábil a la recepción de las mismas. 8.5. Los agentes cambiarios deberán asegurarse de reportar las transacciones de sus clientes en forma individual, acorde con el instructivo del archivo electrónico de compra y venta de divisas disponible para tal fin en la página web del BCH. No se aceptará el envío de archivos con registros acumulados o la presentación de los datos en forma incompleta o incorrecta. 8.6. Los agentes cambiarios deberán remitir diariamente a más tardar a las 10:00 a.m. del siguiente día hábil al de la realización de las operaciones y por los medios indicados por el BCH, el dato de los saldos contables de las cuentas del balance analítico que conforman la tenencia de divisas. 8.7 Los agentes cambiarios deberán asegurarse que toda la información remitida al BCH esté correcta, sea fidedigna y de conformidad con lo solicitado; no obstante, el BCH podrá solicitar a la CNBS la verificación de la misma.” III. Instruir a la Secretaría del Directorio para que comunique este acuerdo a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, a los agentes cambiarios, a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y a la Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias (Ahiba) para los fines pertinentes. IV. El presente acuerdo entrará en vigencia a partir del 7 de septiembre de 2022 y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. GUSTAVO ADOLFO FONSECA DUBÓN Secretario -- 12 of 56 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 13 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,027 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) CONCURSO PÚBLICO NACIONAL CPN-SIT-001-2022 El Gobierno de la República de Honduras por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en aplicación de los Artículos No. 38, 61 y 62 de la Ley de Contratación del Estado y 106, 107, 158 y 159 de su reglamento de aplicación, INVITA: A las Empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Categoría IV Obras Viales Clasificación A, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas Técnicas y Económicas para el Proyecto: “SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO DEL TRAMO CARRETERO PORTILLO DEL LOBO-REITOCA-CURAREN, ETAPA 1, UBICACIÓN EN EL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN Y CHOLUTECA” Podrán participar en el presente proceso de Concurso Pública Nacional, todas las Empresas precalificadas en Categoría IV Obras Viales Clasificación A, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Supervisión. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Concurso podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día 19 de agosto 2022. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Concurso por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Concurso, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 07 septiembre del 2022, hasta las 09:00 A.M., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida se realizará el acto recepción pública de las ofertas Técnicas y Económicas por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha audiencia pública. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas y la formulación de la recomendación de adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 19 de agosto del 2022 MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) GOBIERNO DE XIOMARA CASTRO 13 S. 2022 Sección “B” -- 13 of 56 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 13 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,027 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) CONCURSO PÚBLICO NACIONAL CPN-SIT-005-2022 El Gobierno de la República de Honduras por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en aplicación de los Artículos No. 38, 61 y 62 de la Ley de Contratación del Estado y 106, 107, 158 y 159 de su reglamento de aplicación, INVITA: A las Empresas Consultoras debidamente Precalificadas en Categoría IV Obras Viales Clasificación A, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas Técnicas y Económicas para el Proyecto: “SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE LA REHABILITACIÓN SOBRE LA CARPETA ASFALTICA EXISTENTE DEL TRAMO CARRETERO: SIGUATEPEQUE-JESUS DE OTORO, UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA E INTIBUCA, HONDURAS, C.A.” Podrán participar en el presente proceso de Concurso Público Nacional, todas las Empresas precalificadas en Categoría IV Obras Viales Clasificación A, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Supervisión. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Concurso podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día 19 de agosto 2022. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Concurso por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Concurso, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 07 septiembre del 2022, hasta las 09:15 A.M., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida se realizará el acto recepción pública de las ofertas Técnicas y Económicas por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha audiencia pública. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas y la formulación de la recomendación de adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 19 de agosto del 2022 MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) GOBIERNO DE XIOMARA CASTRO 13 S. 2022 -- 14 of 56 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 13 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,027 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) CONCURSO PÚBLICO NACIONAL CPN-SIT-006-2022 El Gobierno de la República de Honduras por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en aplicación de los Artículos No. 38, 61 y 62 de la Ley de Contratación del Estado y 106, 107, 158 y 159 de su reglamento de aplicación, INVITA: A las Empresas Consultoras debidamente Precalificadas en Categoría IV Obras Viales Clasificación A, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas Técnicas y Económicas para el Proyecto: “SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN SOBRE LA CARPETA ASFÁLTICA EXISTENTE DEL TRAMO CARRETERO: JESÚS DE OTORO- LA ESPERANZA, UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE INTIBUCÁ, HONDURAS, C.A.” Podrán participar en el presente proceso de Concurso Público Nacional, todas las Empresas precalificadas en Categoría IV Obras Viales Clasificación A, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Supervisión. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Concurso podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día 19 de agosto 2022. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Concurso por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Concurso, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado, dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 07 septiembre del 2022, hasta las 09:30 A.M., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida se realizará el acto recepción pública de las ofertas Técnicas y Económicas por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha audiencia pública. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas y la formulación de la recomendación de adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 19 de agosto del 2022 MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) GOBIERNO DE XIOMARA CASTRO 13 S. 2022 -- 15 of 56 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 13 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,027 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha seis (06) de junio del año dos mil veintidós compareció la señora REINA ISABEL PALMA GUTIERREZ, en representación legal del ciudadano GERARDO ALBERTO SIMON YERRES, incoando demanda contenciosa administrativa vía procedimiento especial en materia personal en contra del Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, para la declaración de no ser conforme a derecho y su ilegalidad consecuentemente la nulidad total de un acto administrativo de carácter particular. Todo en virtud de infringir el ordenamiento jurídico; por haber sido dictado el acto administrativo impugnado prescindiendo del procedimiento establecido, emitido por evidente exceso y desviación de poder por haber ejercido potestades administrativas para fines distintos de los fijados por la ley; por haber sido dictado el acto administrativo impugnado contrariando en el artículo 8 de la Ley General de la Administración Pública (LGAP). Se ejerce la acción de plena jurisdicción en el sentido que se reconozca una situación jurídica individualizada por cancelación ilegal e injusta del acuerdo de nombramiento. Adopción de medidas para su pleno restablecimiento consistente en el pago de prestaciones e indemnizaciones correspondientes, sueldos dejados de percibir en moneda de curso legal desde la fecha de la cancelación ilegal e injusta, más el pago de las asignaciones mensuales de complejidad y de desarraigo en dólares americanos a partir de la fecha de la cancelación hasta la ejecución del fallo que declare procedente la acción. Más la cantidad de dinero que resulte del dictamen actuarial correspondiente por perito oficial designado por el tribunal que determine la indemnización por daño morales a la imagen, el honor, la intimidad, por habérsele afectado el nombre, prestigio del demandante. Se acompañan documentos. Anexos. Poder. Admisión. Publicaciones. Emplazamiento. Audiencia Preliminar. Pruebas. Conclusiones. Se señala el expediente administrativo como el lugar en donde obran los originales. Costas. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 13 S. 2022 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha uno de marzo del 2022, compareció ante este juzgado el Abogado Luis Fernando Sauceda Godoy, en su condición de apoderado legal de la Abogada Katy Mabel Bustillo Hernandez, incoando demanda, VÍA PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA ORDINARIA, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en la RESOLUCIÓN de fecha 15 de diciembre del 2021, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), que se reconozca una situación jurídica individualizada y como medida para su pleno restablecimiento como ser: A) Se reconozca y otorgue el pago de una nivelación salarial de manera retroactiva desde el uno de junio de 2018, conforme al salario que devengan otros profesionales del derecho que realizan las mismas funciones, mismas que debe ser aplicada al décimo tercer y décimo cuarto mes de salario, así como también a las vacaciones, todo ello al tenor del contenido del artículo 128 numeral 3 de la Constitución de la República; B) Pago intereses legales causados desde el mes de junio de 2018 hasta que se efectúe total y satisfactoria el pago adeudado. Se confiere poder; contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República; quedando registrada en esta judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2022-00112.- Asimismo se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. Abg. KENIA MARITZA CASTRO MARTÍNEZ SECRETARIA ADJUNTA 13 S. 2022 -- 16 of 56 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 13 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,027 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) CONCURSO PÚBLICO NACIONAL CPN-SIT-013-2022 El Gobierno de la República de Honduras, por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en aplicación de los Artículos No. 38, 61 y 62 de la Ley de Contratación del Estado y 106, 107, 158 y 159 de su reglamento de aplicación, INVITA: A las Empresas Consultoras debidamente Precalificadas en Categoría IV Obras Viales, Clasificación A, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas Técnicas y Económicas para el Proyecto: “SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CARRETERA CENTRAL: MARALE - EMPALME CARRETERA YORO, SUB-TRAMO A: MARALE - SULACO, UBICADA EN EL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN Y YORO” Podrán participar en el presente proceso de Concurso Público Nacional, todas las Empresas precalificadas en Categoría IV Obras Viales Clasificación A, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Supervisión. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Concurso podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día 19 de Agosto 2022. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Concurso por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos estable- cidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Concurso, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado), notoriamente identificado a más tardar el día 07 Septiembre del 2022, hasta las 10:00 a.m., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida se realizará el acto recepción pública de las Ofertas Técnicas y Económicas por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha audiencia pública. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas y la formulación de la recomendación de adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 19 de agosto del 2022. MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) GOBIERNO DE XIOMARA CASTRO 13 S. 2022. -- 17 of 56 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 13 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,027 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) CONCURSO PÚBLICO NACIONAL CPN-SIT-014-2022 El Gobierno de la República de Honduras, por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en aplicación de los Artículos No. 38, 61 y 62 de la Ley de Contratación del Estado y 106, 107, 158 y 159 de su reglamento de aplicación, INVITA: A las Empresas Consultoras debidamente Precalificadas en CATEGORIA VII. OTROS TIPOS DE PROYECTOS, CLASIFICACIÓN: A, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas Técnicas y Económicas para el Proyecto: “SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE OBRAS DE MITIGACIÓN PARA EL CONTROL DE RIESGOS GEOTÉCNICOS Y GEOLÓGICOS, CARRETERA CA-5 SUR, TRAMO “LA MORAMULCA, FASE 1” Podrán participar en el presente proceso de Concurso Público Nacional, todas las Empresas precalificadas en CATEGORIA VII. OTROS TIPOS DE PROYECTOS, CLASIFICACIÓN: A, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Supervisión. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Concurso podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día 19 de Agosto 2022. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Concurso por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos estable- cidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Concurso, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 07 Septiembre del 2022, hasta las 10:30 a.m., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida se realizará el acto recepción pública de las Ofertas Técnicas y Económicas por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto, y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha audiencia pública. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas y la formulación de la recomendación de adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 19 de agosto del 2022. MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) GOBIERNO DE XIOMARA CASTRO 13 S. 2022. -- 18 of 56 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 13 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,027 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) CONCURSO PÚBLICO NACIONAL CPN-SIT-015-2022 El Gobierno de la República de Honduras, por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en aplicación de los Artículos No. 38, 61 y 62 de la Ley de Contratación del Estado y 106, 107, 158 y 159 de su reglamento de aplicación, INVITA: A las Empresas Consultoras debidamente Precalificadas en Categoría IV Obras Viales, Clasificación A, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas Técnicas y Económicas para el Proyecto: “SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y PAVIMENTACIÓN DEL TRAMO CARRETERO: LA ENA - SAN JOSÉ DE RÍO TINTO - DULCE NOMBRE DE CULMÍ, SUB- TRAMO: PUENTE RÍO EL PATASTE-DULCE NOMBRE DE CULMÍ, RUTA N-83 (15.33KM), UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE OLANCHO, HONDURAS, C.A.” Podrán participar en el presente proceso de Concurso Público Nacional, todas las Empresas precalificadas en Categoría IV Obras Viales Clasificación A, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Supervisión. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Concurso podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día 19 de Agosto 2022. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Concurso por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Concurso, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 07 Septiembre del 2022, hasta las 11:00 a.m., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida se realizará el acto recepción pública de las Ofertas Técnicas y Económicas por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto, y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha audiencia pública. La Secretaría de Infraestrutura y Transporte (SIT), nombrará una comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas y la formulación de la recomendación de adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 19 de agosto del 2022 MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) GOBIERNO DE XIOMARA CASTRO 13 S. 2022. -- 19 of 56 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 13 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,027 LICITACION PUBLICA NACIONAL No. LPN-SE-USINIEH-DGA-004-2022 República de Honduras SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN “ADQUISICIÓN DE LICENCIAS (RENOVACIÓN CHECK POIN SECURITY GATEWAY 5600 Y ANTIVIRUS ENDPOINT)” LPN-SE-USINIEH-DGA-004-2022 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-SE-USINIEH- DGA-004-2022, a presentar ofertas selladas para la ADQUISICIÓN DE UNA (1) “LICENCIAS (RENOVACIÓN CHECKPOINT SECURITY GATEWAY 5600 Y UN MIL DOSCIENTOS (1,200) UNIDADES DE ANTIVIRUS ENDPOINT)” para la Secretaría de Estado en los Despachos de Educación. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de la Fuente 11 (Fondos Nacionales). 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a [Dirección Nacional de Adquisiciones, Abogada Milady Yamileth Flores Sabillon, Directora General de Adquisiciones, Teléfono 2220-5583 Et. 1121, en la dirección indicada al final de este Llamado, 1er. piso del Edificio Cuerpo Bajo B, Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa M.D.C., de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, de 9:00 a.m. a 5:00 p.m., o mediante solicitud por correo electrónico a la dirección direccionadquisiciones.seduc@gmail.com. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: 1er. piso del Edificio Cuerpo Bajo B, Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa M.D.C., de la Secretaría de Educación, a más tardar a las 2:00 p.m. del día lunes 24 de octubre de 2022. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:15 p.m. del día lunes 24 de octubre de 2022. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, M. D. C. 13 de septiembre del 2022 PROFESOR DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELASQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACION 13 S. 2022 -- 20 of 56 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 13 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,027 Tegucigalpa, Honduras C.A. Agosto-2022 HOSPITAL ESCUELA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL (LPN) N. 19-2022-HE-AEV El Hospital Escuela en aplicación de los Artículos 26, 32, 38 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, por este medio invita a presentar ofertas para el suministro de: “ADQUISICIÓN DE ESTERILIZADOR A VAPOR PARA EL ÁREA DE CENTRAL DE EQUIPOS DEL HOSPITAL ESCUELA”. Esta compra será financiada con fondos Nacionales. El Pliego de Condiciones estará disponible a partir del día miércoles 10 de Agosto del 2022, en el horario de Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m. en la siguiente dirección: Dirección de Gestión Administrativa y Financiera, primer piso del Edificio Bloque Materno Infantil, Hospital Escuela, Boulevard Suyapa, calle “La Salud”, Tegucigalpa, M.D.C., FM., Los Pliegos de esta Licitacion poseen un valor no reembolsable de QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L 500.00), que deberán ser depositados a nombre del Hospital Escuela en Banco LAFISE S.A. en cuenta de cheques Nº. 104503000209. El Pliego de Condiciones deberá ser solicitado mediante nota que indique su interés en participar en el proceso de Licitación Pública, acompañada del comprobante de pago, números de teléfono y dirección de correo electrónico. La recepción de la oferta deberá presentarse en sobre cerrado en la Dirección de Gestión Administrativa y Financiera desde el día miércoles 10 de Agosto del 2022, hasta la fecha de la apertura, misma que se efectuará en un acto público en el Auditorio Dr. Enrique Aguilar Paz, ubicado en el primer piso del Hospital Escuela, Boulevard Suyapa, Calle “La Salud”, Tegucigalpa, M.D.C., el día MARTES 20 DE SEPTIEMBRE 2022, la hora límite de recepción de ofertas será a las nueve y cuarenta y cinco de la mañana (9:45 a.m.), hora oficial ele la Republica de Honduras, acto seguido se procederá a la apertura de los sobres que contengan las ofertas a las diez de la mañana en punto (10:00 a.m.). La oferta deberá estar acompañada de una Garantía de Mantenimiento de Oferta en Original a nombre del HOSPITAL ESCUELA, con una vigencia de ciento veinte (120) días calendario contados a partir del día de la apertura de la oferta y por un monto equivalente al dos por ciento (2%), del valor total de la oferta expresada en Lempiras. El acto de apertura se efectuará en presencia de representantes del Hospital Escuela, de Oferentes o sus Representantes Veedores Sociales. Consultas: Para consultas o información dirigirse a la Dirección de Gestión Administrativa y Financiera hasta diez (10) días antes de la presentación de la oferta mediante nota en físico y/o correo Electrónico martha.rodriguez@hospitalescuela.edu.hn con copia a licitaciones@hospitalescuela.edu.hn DR CARLOS ROBERTO SANCHEZ DIRECTOR GENERAL, POR LEY HOSPITAL ESCUELA 13 S. 2022 -- 21 of 56 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 13 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,027 REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General del Registro Nacional de las Personas, CERTIFICA: El punto de Acta de la Sesión Ordinaria No. CPRNP-044-2022, celebrada por la Comisión Permanente del Registro Nacional de las Personas el día viernes diecinueve del mes de agosto del año dos mil veintidós, que literalmente dice: PUNTO DE AGENDA NÚMERO DIEZ: “DISCUTIR EL OFICIO No. SGPGR-88-2022 DE FECHA NUEVE (9) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS (2022), MEDIANTE EL CUAL LA SECRETARIA GENERAL POR LEY, DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ABOGADA KAREN ROSIBEL FÚNEZ FLORES, SE DIRIGE AL COMISIONADO PRESIDENTE, OSCAR PORFIRIO RIVERA INESTROZA, REMITIENDO CERTIFICACIÓN EMITIDA EN EL EXPEDIENTE CON REGISTRO No PGR-0989-2022 REFERENTE A REFORMAR EL ARTÍCULO 23 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS”.- EL Comisionado Roberto Brevé Reyes, quien hace las funciones de Secretario de Actas para la presente sesión de la Comisión Permanente, procedió a la lectura del punto de agenda número diez de la sesión No. CPRNP-044-2022 en la cual dice: "Discutir el Oficio Nº SGPGR-88-2022 de fecha nueve (9) de agosto del año dos mil veintidós (2022), mediante el cual la Secretaria General por Ley de la Procuraduría General de la República, abogada Karen Rosibel Fúnez Flores se dirige al Comisionado Presidente, Oscar Porfirio Rivera lnestroza, remitiendo certificación emitida en el expediente con registro Nº PGR- 0989-2022 referente a reformar el artículo 23 del Reglamento de la Ley del Registro Nacional de las Personas".- El que fue sujeto a votación, el que de manera unánime y consensuada RESUELVE: 1) TENER POR RECIBIDA la certificación de la Opinión Legal Nº. PGR-DNC-039- 2022 emitida por la Dirección Nacional de Consultoría de la Procuraduría General de la República en el expediente Nº PGR-0989-2022 en relación a reformar el artículo 23 del Reglamento de la Ley del Registro Nacional de las Personas, en cuya parte conducente literalmente cita: "Se colige que el objeto de reforma pretendida al artículo 23 del Reglamento de la Ley del RNP, no contraría los límites de lo preceptuado por su Ley, ya que esta última se limita en definir la conceptualización y actuar de los registradores civiles, siendo su cuantificación municipal, desarrollada por vía reglamento, por lo que esta Dirección Nacional de Consultoría; considera, que no existiría impedimento de naturaleza legislativa para que dicha disposición reglamentaria pueda ser sometida al procedimiento de reforma, que en congruencia con lo aquí expuesto, corresponde a la Comisión Permanente del RNP una vez recibida dicha propuesta, aprobar la misma, ordenando a la publicación”. - 2) APROBAR la Reforma del artículo 23 del Reglamento de la Ley del Registro Nacional de las Personas el cual se leerá así: "Artículo 23.-En cada cabecera municipal habrá un Registro Civil Municipal a cargo de un Registrador, salvo en el Municipio del Distrito Central y la ciudad de San Pedro Sula, pudiendo haber más de un Registrador Civil Municipal, nombrados por la Comisión Permanente del RNP, en cuyo caso la titularidad la podrán ejercer más de un Registrador Civil Municipal de manera conjunta, con una rotación por el período de seis (6) meses la cual consistirá solamente en el cambio de espacio físico dentro de la jurisdicción Municipal en el cual fue nombrado, donde ejercerán sus funciones siendo los responsables del normal funcionamiento del Registro Civil Municipal y se deberá distribuir equitativamente el trabajo entre los demás titulares conforme lo que establezca este Reglamento”.- 3) Que la Secretaría General notifique la presente resolución mediante la respectiva certificación al Departamento de Recursos Humanos, Departamento de Registros Civiles, Departamento de Administración para que se proceda a dar estricto cumplimiento sin mayor dilación. Comunicar la presente resolución a través de la Secretaría General, a los señores, Miembros de la Comisión Permanente del RNP, Oscar Porfirio Rivera lnestroza, Comisionado Presidente, Roberto Brevé Reyes, Comisionado Propietario, Rolando Enrique Kattan Bojórquez Comisionado Propietario y al Departamento de Recursos Humanos, Departamento de Registros Civiles, Departamento de Administración .- CUMPLASE. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los 29 días del mes de agosto del año dos mil veintidós ABG. MARIO FLORES URRUTIA Secretario General 13 S. 2022 -- 22 of 56 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 13 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,027 Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL DE COPAN RUINAS, DEPARTAMENTO DE COPAN. Extracto de Solicitud de Título Supletorio AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de Copán, Ruinas del departamento de Copán, al público en general y para los efectos de Ley; HACE SABER: Que la señora MARITZA MALDONADO GUERRA, ha solicitado Título Supletorio del inmueble siguiente: Ubicado en la Aldea Las Flores, municipio Copán Ruinas, departamento de Copán, con una extensión superficial de CINCUENTA Y CUATRO PUNTO TREINTA Y OCHO MANZANAS (54.38MZS), cuyas colindancias son las siguientes AL NORTE, colinda con Beti Leticia Maldonado Guerra; AL SUR, colinda con Maritza Maldonado Guerra, Juan López, Saúl Pinto, Arnulfo Pinto, Alvino Martínez, Bernardina Salguero, Carlos Sagastume, camino de por medio, Hugo Ramón Maldonado Guerra, camino de por medio, Emilia Aguirre, calle por medio, Valeria Velásquez y Donila Moreno; AL ESTE, Hugo Ramón Maldonado Guerra y Maritza Maldonado Guerra; AL OESTE, colinda con Irma Monrroy e Irma Delia Maldonado Guerra.- Copán Ruinas, 30 de junio del año 2022. ABOGADA LILLIE STEPHANIE VELASQUEZ MORENO.- SRIA.- JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL DE COPAN RUINAS. 13 J. 13 A. 13 S. 2022 _______ Poder Judicial Honduras AVISO DE TITULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de la ciudad de La Entrada, Nueva Arcadia, departamento de Copán, al público en general HACE SABER: Que con fecha ocho de abril del año dos mil veintidós, el señor FAUSTINO MAYORGA GUERRA, a través de su apoderado legal el Abogado SALVADOR VILLACORTA ESPAÑA, presentó ante este despacho solicitud de TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO, sobre un lote un lote de terreno que se describe de la forma siguiente: Lote de terreno ubicado en la Aldea Hacienda Grande, jurisdicción de Copán Ruinas, Copán, con un área superficial de 37.84 manzanas, con las siguientes colindancias: AL NORTE, colinda con HIPOLITO MAYORGA, callejón de por medio, MARCO TULIO GUERRA, GUILLERMO DUARTE CONTRERAS; AL SUR, colinda con JORGE PINTO, MAXIMO CALDERON, NELY CABRERA, carretera por medio; AL ESTE, colinda con GREGORIO BORJAS, ALBERTO RECINOS, ALEXIS MARTINEZ; Y, AL OESTE, Colinda con ALEGORIO CENTÉ, JORGE ARTURO GUERRAS, SUYAPA GUERRA Y ROBERTO GUERRA MAYORGA, CARRETERA POR MEDIO.- EI cual lo hubo por compra que hiciera a la señora VIRGINIA GUERRA LEON, y que posee en forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente por más de diez años, según información testifical. La Entrada, Copán, 12 de mayo del año 2022. SRA. ELDA MARITZA CALLES SECRETARIA, POR LEY 13 J. 13 A. 13 S. 2022 _______ Poder Judicial Honduras AVISO DE TITULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de esta ciudad, al público en general HACE SABER: Que con fecha veinticinco de marzo del año dos mil veintidós, el señor MARCO ANTONIO ROQUE GUERRA, a través de su apoderado legal el Abogado SALVADOR VILLACORTA ESPAÑA, compareció, presentando ante este despacho solicitud de TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO, de un lote de terreno ubicado en la Comunidad de Llano Grande, jurisdicción del municipio de Copán Ruinas, Copán, el cual tiene una extensión superficial de ONCE PUNTO TREINTA Y OCHO MANZANAS (11.38 Mzs), cuyas colindancias son las siguientes: AL NORTE, colinda con César Vidal Monrroy; AL SUR, colinda con Florentino Roque, Marco Antonio Roque y Juan Carlos Roque; AL ESTE, colinda con Lisandro Cantillano Flores; y, AL OESTE, colinda con Salvador Roldan Monroy.- Lote de terreno que lo posee quieta, pacífica e ininterrumpidamente desde hace más de diez años y lo obtuvo mediante compraventa que le hiciera al señor EFRAIN MENENDEZ LEON, en fecha diez de enero del año 2012. La Entrada, Copán, 07 de abril del 2022. ABG. ZABDI ESTHER CONTRERAS SECRETARIA ADJUNTA 13 J. 13 A. 13 S. 2022 -- 23 of 56 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 13 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,027 Número de Solicitud: 2022-1633 Fecha de presentación: 2022-03-31 Fecha de emisión: 10 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: EMMA SARAHÍ VARGAD RODRÍGUEZ Domicilio: Danlí, El Paraíso, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL SAMUEL FLORENTINO SALGADO E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AROMA DE ORIENTE G.- H.- Reservas/Limitaciones: Sólo podrá usarla en su forma conjunta “AROMA DE ORIENTE” sin dar exclusividad de uso de las palabras de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café en grano y molido, así como mezclas de café, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A. 13 S. 2022 _______ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL DE COPAN RUINAS Extracto de Solicitud de Título Supletorio AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de Copán Ruinas del departamento de Copán, al público en general y para los efectos de Ley; HACE SABER: Que el señor HUGO RAMON MALDONADO GUERRA, ha solicitado Título Supletorio del inmueble siguiente: Ubicado en la comunidad de Las Flores, jurisdicción del municipio de Copán Ruinas, departamento de Copán, con una extensión superficial de VEINTISEIS PUNTO OCHENTA Y DOS MANZANAS (26.82 Mzs) cuyas colindancias son las siguientes: AL NORTE, colinda con Beti Leticia Maldonado Guerra; AL SUR, colinda con Maritza Maldonado Guerra; AL ESTE, colinda con Hugo Ramón Maldonado Guerra; y, AL OESTE, colinda con Maritza Maldonado Guerra. Y en virtud de tener más de diez años de posesión de dicho terreno hace dicha solicitud de Título Supletorio el cual obtuvo por compra que hizo al señor Jesús Hernan Maldonado Guerra. Representante Legal del señor HUGO RAMON MALDONADO GUERRA, en la presente solicitud el Abogado SALVADOR VILLACORTA ESPAÑA. Copán Ruinas 30, de junio del año 2022 ABOGADA. LILLIE STEPHANIE VELASQUEZ MORENO SRIA. JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL DE COPÁN RUINAS 13 J., 13 A. y 13 S. 2022. ______ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS No es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito. Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCION JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TITULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley HACE SABER: Que el Abogado JORGE HUMBERTO BAQUEDANO, quien actúa en su condición de representante procesal del señor GILDEL GIOVANY MONDRAGON BAQUEDANO, mayor de edad, soltero, Agricultor, hondureño, con Tarjeta de Identidad número 0605-1971-00550, con domicilio en municipio de El Corpus, Departamento de Choluteca, de tránsito por esta ciudad de Choluteca, Departamento de Choluteca, presento a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio sobre un lote de terreno ubicado en el conocido como Cerco de Piedra, Aldea Cerco de Piedra, municipio de Santa Ana de Yusguare, departamento de Choluteca. Mapa Final JD-22, Extensión del predio 3 Ha, 15 as, 86.34 Cas, Naturaleza Jurídica y Sitio Privado.-Tapay o Tapaire con las colindancias siguientes: AL NORTE: Colinda con JUAN CARLOS BETANCO, FUENTE DE AGUA COMUNAL, HEREDEROS AGUIRRE; AL SUR: Con CALLEJON DE ACCESO, HEREDEROS FUNEZ; AL ESTE: Con GILDEL GIOVANY MONDRAGON BAQUEDANO; Y, AL OESTE: Con HEREDEROS FUNEZ, WILSON FLORES, JUAN CARLOS BETANCO, el presente inmueble antes descrito está dividido en dos partes, debido a que el mismo cae en dos municipios, el que pertenece a esta constancia de Naturaleza Jurídica está en el municipio de Santa Ana de Yusguare y el otro se encuentra en el Municipio de El Corpus, lo obtuvo por compra que le hizo al señor SATURNINO MONDRAGON, de forma quieta, pacífica y no interrumpida, no existiendo otros poseedores pro-indivisos y tiene más de veinte años de poseerlo. Choluteca, 26 de Mayo del año 2022 ABG. AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA SECRETARIA 13 S., 13 O. y 14 N. 2022 _______ -- 24 of 56 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 13 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,027 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) CONCURSO PÚBLICO NACIONAL CPN-SIT-016-2022 El Gobierno de la República de Honduras por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en aplicación de los Artículos No. 38, 61 y 62 de la Ley de Contratación del Estado y 106, 107, 158 y 159 de su reglamento de aplicación, INVITA: A las Empresas Consultoras debidamente Precalificadas en Categoría IV Obras Viales Clasificación A, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas Técnicas y Económicas para el Proyecto: “SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN SOBRE LA CARPETA ASFÁLTICA EXISTENTE DEL TRAMO CARRETERO: TEGUCIGALPA- EL GUANABANO (RN15), LONGUITUD: 7.22 KM, (SALIDA A OLANCHO), ETAPA I, UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN, HONDURAS C.A.” Podrán participar en el presente proceso de Concurso Público Nacional, todas las Empresas precalificadas en Categoría IV Obras Viales Clasificación A, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Supervisión. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Concurso podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día 19 de Agosto 2022. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Concurso por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Concurso, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado, dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 07 Septiembre del 2022, hasta las 11:30 a.m., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida se realizará el acto recepción pública de las Ofertas Técnicas y Económicas por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto, y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha audiencia pública. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas y formulación de la recomendación de adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 19 de agosto del 2022 MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) GOBIERNO DE XIOMARA CASTRO 13 S. 2022 -- 25 of 56 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 13 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,027 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-SIT-033-2022 El Gobierno de la República de Honduras, por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Obras Viales Categoría-1, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el Proyecto: “REHABILITACIÓN SOBRE LA CARPETA ASFALTICA EX
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