Resolución
Resolución No. 14-2022 — Modificación de límites de venta de divisas y posturas de compra en el Mercado Interbancario de Divisas
Poder Judicial
EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DE
HONDURAS,
CONSIDERANDO: Q u e s e g ú n l o d i s p u e s t o e n l a
Constitución de la República y
en la Ley del Banco Central de
Honduras (BCH), corresponde a
esta Institución formular, desarrollar
y ejecutar la política monetaria,
crediticia y cambiaria del país.
CONSIDERANDO: Que para las operaciones de compra
y venta de divisas que realice el
BCH y sus agentes cambiarios,
así como las que efectúe el sector
público, se aplicará el Reglamento
para la Negociación en el Mercado
Organizado de Divisas; asimismo,
la Normativa Complementaria a
dicho Reglamento, a fin de facilitar
su cumplimiento y aplicación.
CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No.07/2021
del 3 de junio de 2021, se aprobó
la Normativa Complementaria del
Reglamento para la Negociación en
el Mercado Organizado de Divisas,
la cual fue reformada mediante
acuerdos No.17/2021, No.03/2022,
N o . 0 5 / 2 0 2 2 , N o . 1 0 / 2 0 2 2 y
No.11/2022, del 9 de diciembre de
2021, 3 y 31 de marzo, 2 de junio y
28 de julio de 2022, respectivamente,
todos emitidos por el Directorio del
Banco Central de Honduras.
CONSIDERANDO: Que producto de situaciones como
la reactivación económica y el
incremento en los precios de la
mayoría de productos importados,
entre otros, se ha registrado un
incremento en la demanda de divisas,
que ha provocado que ciertos sectores
económicos como la pequeña y
mediana empresa, hayan sentido
restringido su acceso a las mismas,
producto que los Agentes Cambiarios
(AC), se orientan en la atención a sus
grandes clientes.
CONSIDERANDO: Que de acuerdo al análisis realizado
mediante opinión emitida por el
Departamento de Operaciones
Cambiarias referente a los límites
máximos autorizados para la venta
de divisas que realizan diariamente
los agentes cambiarios a sus clientes
del sector privado, se determinó
que con base en el comportamiento
observado en el mercado y con el
ACUERDO No. 14/2022
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fin de mejorar la asignación de las
divisas, es factible reducir el monto
límite de US$1.5 millones a US$1.2
millones.
CONSIDERANDO: Que con base en el mismo análisis,
con el objetivo de complementar la
medida anterior y además dinamizar
e impulsar las negociaciones en el
MID, para que un mayor número de
agentes cambiarios puedan obtener
divisas en dicho mercado, se propone
reducir de US$1.0 millón a US$500.0
mil, las posturas para la compra de
divisas que pueden presentar los
agentes cambiarios en cada evento
de negociación.
CONSIDERANDO: Que conforme con la propuesta
presentada por el Departamento de
Operaciones Cambiarias de esta
Institución al Comité de Divisas en
la Sesión Extraordinaria No.16/2022
del 7 de septiembre de 2022,
acordó someter a consideración del
Directorio la modificación al monto
diario autorizado para la venta de
divisas de los agentes cambiarios a
sus clientes del sector privado, de
un millón quinientos mil dólares
(US$1,500,00.00) que se permite en
la actualidad a un millón doscientos
mil dólares (US$1,200,000.00); así
como, reducir de un millón de dólares
(US$1,000,000.00) a quinientos
mil dólares (US$500,000.00), las
posturas para la compra de divisas
que pueden presentar los agentes
cambiarios en cada evento de
negociación
POR TANTO: Con fundamento en los artículos 342
de la Constitución de la República;
54 y 118 de la Ley General de la
Administración Pública; 2, 6, 16,
incisos a), f) y n), 29 y 32 de la Ley
del Banco Central de Honduras;
46, numerales 11 y 12 de la Ley
del Sistema Financiero; 3 de la Ley
Monetaria y en las Normas Generales
del Comité de Divisas del Banco
Central de Honduras, contenidas en
la Resolución No.206-4/2021 del 29
de abril de 2021,
A C U E R D A:
I. Modificar los numerales 1.2 literal b), 3.1 literal b),
3.4 párrafo quinto, 4.1 literal b) y numeral 7.2 literal
c) párrafo segundo de la Normativa Complementaria
al Reglamento para la Negociación en el Mercado
Organizado de Divisas, contenida en el Acuerdo
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No.11/2022, emitido por el Directorio del BCH el
28 de julio de 2022, que en lo sucesivo se leerá así:
“1.2 Las divisas compradas por los agentes cambiarios
a sus clientes del sector privado de acuerdo con
el numeral anterior, deberán utilizarse para los
fines detallados a continuación:
a) ….
b) Ventas diarias a los clientes del sector
privado por montos menores o iguales a un
millón doscientos mil dólares de los EUA
(US$1,200,000.00).
c)…”
“3.1. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo
12 del Reglamento, los eventos de negociación
en el MID se efectuarán para la compra y venta
de dólares de los EUA exclusivamente, bajo el
esquema de primeras entradas - primeras salidas
y serán realizados en los días señalados por el
BCH.
Las divisas compradas por los agentes cambiarios
en el MID deberán utilizarse para lo siguiente:
a) Erogaciones propias.
b) Ventas por cliente del sector privado por montos
menores o iguales a un millón doscientos
mil dólares de los EUA (US$1,200,000.00)
diariamente.
c)…”
“3.4. …
…
…
Los agentes cambiarios y el BCH podrán
presentar ofertas de compra y venta de divisas
por un monto mínimo de diez mil dólares de los
EUA (US$10,000.00) y en múltiplos íntegros
de diez dólares de los EUA (US$10.00) para
montos superiores.
El monto máximo por cada oferta de compra
de divisas será de quinientos mil dólares de los
EUA (US$500,000.00) cada una.
….”
“4.1. El ingreso de divisas por actividades no
cambiarias de los agentes cambiarios y por
movimientos de capital y financieros del sector
bancario, registrados en la tenencia de divisas
por agente cambiario podrá ser utilizado para lo
siguiente:
a)…
b) Venta por cliente del sector privado por
montos menores o iguales a un millón doscientos
mil dólares de los EUA (US$1,200,000.00)
diariamente.
c)…”
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“7.2. En las cuentas antes descritas solamente se
deberán incluir las divisas originadas de las fuentes
siguientes:
a)…
b)…
c)…
Las divisas de los incisos anteriores podrán
utilizarse para erogaciones propias, venta por
cliente del sector privado por montos menores
o iguales a un millón doscientos mil dólares de
los EUA (US$1,200,000.00), el cual representa
el monto máximo diario de venta por cliente el
cual representa el monto máximo diario de venta
por cliente y venta en el MID en el caso de los
agentes cambiarios.
…”
II. Como consecuencia de lo anterior, en lo sucesivo
el texto íntegro de la Normativa Complementaria
al Reglamento para la Negociación en el Mercado
Organizado de Divisas, incluidas las reformas, se
leerá así:
“NORMATIVA COMPLEMENTARIA AL
REGLAMENTO PARA LA NEGOCIACIÓN EN
EL MERCADO ORGANIZADO DE DIVISAS
1. COMPRA DE DIVISAS
Para efectos de lo dispuesto en los artículos 4 y 6
del Reglamento para la Negociación en el Mercado
Organizado de Divisas, en adelante denominado
Reglamento, se establece que:
1.1. Las compras de divisas realizadas por los agentes
cambiarios a sus clientes del sector privado
deberán realizarse mediante los diferentes medios
de pagos existentes y bajo su propia cuenta
y riesgo. Asimismo, las compras de divisas
diferentes al dólar de los EUA realizadas por
los agentes cambiarios a sus clientes del sector
privado se harán bajo su propia cuenta y riesgo
y no formarán parte de la tenencia de divisas.
1.2. Las divisas compradas por los agentes cambiarios
a sus clientes del sector privado de acuerdo con
el numeral anterior, deberán utilizarse para los
fines detallados a continuación:
a) Erogaciones propias.
b) Ventas diarias a los clientes del sector
privado por montos menores o iguales a un
millón doscientos mil dólares de los EUA
(US$1,200,000.00).
c) Para la venta en el Mercado Interbancario de
Divisas (MID).
Las divisas no utilizadas en los conceptos
anteriores formarán parte de la tenencia de
divisas, sin exceder el límite autorizado por el
Directorio del BCH.
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Cuando no se realicen eventos de negociación
en el MID, los agentes cambiarios podrán
acumular los ingresos de divisas en las cuentas
de la tenencia de divisas, sin considerarse para
el cálculo de la misma; estas divisas deberán ser
negociadas en el evento inmediato posterior del
MID.
Las transacciones realizadas por los agentes
cambiarios para los destinos antes descritos
deberán reportarse detalladamente en los
archivos electrónicos de compra y venta de
divisas de acuerdo con lo establecido en la boleta
correspondiente.
2. PRECIO BASE
2.1. Para efectos de lo dispuesto en el Artículo 9 del
Reglamento para la Negociación en el Mercado
Organizado de Divisas, se considerarán para el
cálculo del Precio Base las siguientes variables:
a) Diferencial de Inflación Interna y Externa:
Se entenderá como Tasa de Inflación Externa
el promedio ponderado de las tasas de
inflación estimadas de los principales socios
comerciales de Honduras y la inflación
interna se medirá por el Índice de Precios al
Consumidor (IPC). El diferencial de inflación
se determinará comparando la variación
interanual del IPC registrada en el último
mes con la inflación externa, ponderada con
la estructura de comercio exterior, misma que
se revisará periódicamente.
b) Índice de Tipo de Cambio Efectivo Nominal:
Mide la evolución de los tipos de cambio de
los principales socios comerciales respecto al
dólar de los EUA.
c) Cobertura de Reservas Internacionales:
Número de meses de importación que cubre
el saldo de los Activos de Reservas Oficiales
del BCH.
2.2. El Precio Base se calculará cada cinco (5) eventos
del MID, tomando en consideración las variables
descritas en el numeral anterior.
3. N E G O C I A C I Ó N E N E L M E R C A D O
INTERBANCARIO DE DIVISAS (MID)
3.1. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo
12 del Reglamento, los eventos de negociación
en el MID se efectuarán para la compra y venta
de dólares de los EUA exclusivamente, bajo el
esquema de primeras entradas - primeras salidas
y serán realizados en los días señalados por el
BCH.
Las divisas compradas por los agentes cambiarios
en el MID deberán utilizarse para lo siguiente:
a) Erogaciones propias.
b) Ventas por cliente del sector privado por montos
menores o iguales a un millón doscientos
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mil dólares de los EUA (US$1,200,000.00)
diariamente.
c) Venta a sus clientes del sector privado para
la conversión de recursos en moneda local
provenientes del servicio y negociación de
deuda interna emitida por la Secretaría de
Finanzas (SEFIN) y colocada a inversionistas
no residentes.
Las divisas compradas en el MID deberán
venderse a los clientes al Tipo de Cambio de
Referencia (TCR) del día de la venta, más la
comisión cambiaria.
Las divisas adquiridas por los agentes cambiarios
autorizados en el MID y no utilizadas en los
conceptos anteriores formarán parte de su
tenencia de divisas.
3.2. Conforme a lo dispuesto en el Artículo 13 del
Reglamento, la duración y los horarios habituales
de la negociación en el MID serán informados
por la Gerencia del BCH mediante circular
dirigida a los agentes cambiarios; no obstante, los
horarios específicos diarios y demás información
relevante concerniente a dichos eventos serán
suministrados en el aviso de convocatoria a los
eventos de negociación de dicho mercado.
3.3. Acorde con lo dispuesto en el Artículo 14
del Reglamento, las funciones del Comité de
Negociación en el Mercado Interbancario de
Divisas son las siguientes:
a) Convocar al evento de negociación en el MID
e informar los resultados del evento anterior.
b) Dar seguimiento a las transacciones en el
MID.
c) Aplicar los lineamientos establecidos por el
Directorio del BCH para participar en el MID.
d) Levantar y suscribir diariamente el acta sobre
los resultados de cada negociación en el MID.
e) Informar mensualmente al Comité de Divisas
sobre la evolución del MID.
f) Solicitar información adicional a los agentes
cambiarios, cuando sea necesario.
3.4. De conformidad a lo dispuesto en el Artículo
15 del Reglamento, los precios de las ofertas
de compra y venta de divisas presentadas en el
MID deberán estar comprendidos en una banda
cambiaria de uno por ciento (1%) por encima
y por debajo del centro de la banda cambiaria,
el que estará conformado como un promedio
ponderado entre el promedio del precio base y
el tipo de cambio promedio ponderado del MID,
calculado de la siguiente forma:
Centro de la Banda Cambiaria= Promedio de
siete (7) días previos del Precio Base x 80% +
Promedio de siete (7) días previos del tipo de
cambio promedio ponderado del MID x 20%.
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No se aceptarán solicitudes de compra y venta de
divisas cuyos precios ofrecidos sean superiores
al techo o inferiores al piso de la banda.
Los agentes cambiarios y el BCH podrán
presentar ofertas de compra y venta de divisas
por un monto mínimo de diez mil dólares de los
EUA (US$10,000.00) y en múltiplos íntegros de
diez dólares de los EUA (US$10.00) para montos
superiores.
El monto máximo por cada oferta de compra de
divisas será de quinientos mil dólares de los EUA
(US$500,000.00) cada una.
Si un participante en el MID ingresa una oferta de
compra o venta de divisas, no podrá ingresar una
nueva oferta mientras la anterior este pendiente
de calce.
4. INGRESOS DE DIVISAS POR ACTIVIDADES
NO CAMBIARIAS Y POR MOVIMIENTO
D E C A P I TA L Y F I N A N C I E R O S D E L
SECTOR BANCARIO
De conformidad a lo dispuesto en el Artículo 19 del
Reglamento, se establece lo siguiente:
4.1. El ingreso de divisas por actividades no
cambiarias de los agentes cambiarios y por
movimientos de capital y financieros del sector
bancario, registrados en la tenencia de divisas
por agente cambiario podrá ser utilizado para lo
siguiente:
a) Erogaciones propias.
b) Venta por cliente del sector privado por montos
menores o iguales a un millón doscientos
mil dólares de los EUA (US$1,200,000.00)
diariamente.
c) Venta en el MID.
Las divisas no utilizadas en los conceptos
descritos en este numeral formarán parte de la
tenencia de divisas.
5. (Derogado)
5.1 (Derogado)
5.2 (Derogado)
5.3 (Derogado)
6. COMISIONES CAMBIARIAS
Las comisiones cambiarias, conforme a lo dispuesto
en los artículos del Reglamento, serán las siguientes:
6.1. El BCH:
a) Pagará una comisión cambiaria por la compra
de divisas en el MID de cero punto tres por
ciento (0.3%).
b) No pagará comisión cambiaria por la compra
directa de divisas efectuada al sector público
y a las personas naturales y jurídicas.
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c) Cobrará una comisión cambiaria por venta de
divisas en el MID de cero punto tres por ciento
(0.3%).
d) Cobrará una comisión cambiaria de cero punto
dos por ciento (0.2%) a los agentes cambiarios
sobre el monto de divisas utilizadas para
erogaciones propias y para la venta a sus
clientes del sector privado, se exceptúan de
este cobro todas aquellas divisas que los
agentes cambiarios hayan adquirido por
compra a través de su participación en el MID.
e) Cobrará una comisión cambiaria por venta
directa de divisas a las instituciones del sector
público de cero punto cinco por ciento (0.5%).
f) (Derogado)
g) Cobrará una comisión cambiaria por venta
directa de divisas a otras personas naturales
o jurídicas del sector privado, diferentes a los
agentes cambiarios, de cero punto cinco por
ciento (0.5%).
6.2. Los agentes cambiarios autorizados:
a) Cobrarán a sus clientes del sector privado una
comisión cambiaria por la venta de divisas,
misma que no podrá exceder del cero punto
cinco por ciento (0.5%).
b) Cobrarán una comisión cambiaria de cero
punto tres por ciento (0.3%) por las divisas
vendidas en el MID.
c) No cobrarán comisión por la compra de divisas
realizadas a sus clientes del sector privado.
7. TENENCIA DE DIVISAS
7.1. Para efectos de lo dispuesto en los artículos 22,
23 y 24 del Reglamento, el agente cambiario
deberá mantenerse dentro de su límite máximo
diario de tenencia de divisas establecido por el
BCH. Únicamente a la CNBS le será comunicado
el detalle del límite de tenencia establecido para
cada uno de los agentes cambiarios.
El límite de tenencia de divisas que le corresponda
a cada agente cambiario le será notificado por el
BCH en forma individual.
La tenencia diaria de divisas de los agentes
cambiarios estará integrada por la suma de saldos
que presenten las cuentas en moneda extranjera
del balance analítico de los agentes cambiarios,
así:
Para instituciones del sector bancario:
• 111.0103 “Caja, Caja Movimiento Diario,
Divisas del Sistema de Subastas”.
• 111.0202 “Caja, Caja de Reserva, Divisas del
Sistema de Subastas”.
• 113.01 “Depósitos en Bancos del Interior,
Depósitos en Moneda Extranjera”.
• 116.01 “Depósitos en Bancos del Exterior,
Depósitos a la Vista”.
Para las casas de cambio:
• 100.02 “Caja-Moneda Extranjera”.
• 101.02 “Depósitos en Bancos Nacionales-
Moneda Extranjera”.
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• 102 “Depósitos en Bancos del Exterior-
Moneda Extranjera”.
• 104.06 “Cuentas Por Cobrar-Banco Central
de Honduras-Subasta”.
7.2. En las cuentas antes descritas solamente se
deberán incluir las divisas originadas de las
fuentes siguientes:
a) Las divisas compradas a sus clientes del sector
privado acorde con lo dispuesto en el numeral 1.
b) Las divisas compradas en el MID.
c) Los ingresos de divisas recibidos por
actividades no cambiarias de los agentes
cambiarios y movimientos de capital y
financiero del sector bancario que los agentes
cambiarios determinen integrar en las cuentas
de tenencia de divisas.
Las divisas de los incisos anteriores podrán
utilizarse para erogaciones propias, venta por
cliente del sector privado por montos menores
o iguales a un millón doscientos mil dólares de
los EUA (US$1,200,000.00), el cual representa el
monto máximo diario de venta por cliente y venta
en el MID en el caso de los agentes cambiarios.
7.3. Los agentes cambiarios que al cierre de sus
operaciones diarias registren excesos del límite
de tenencia de divisas establecido, deberán
transferir dichos excesos al BCH a más tardar el
siguiente día hábil al del registro del excedente al
TCR vigente de la fecha en que ocurrió el exceso.
El BCH no pagará comisión cambiaria por los
montos transferidos por este concepto. Los
agentes cambiarios que incumplan en el traslado
de estas divisas, en los términos antes descritos,
serán reportados a la CNBS y sancionados acorde
a lo establecido en la normativa vigente. Dichos
excedentes deberán reportarse en los archivos
electrónicos de compra y venta de divisas acorde
a lo establecido en el instructivo dispuesto para
tal fin en la página web del BCH.
7.4. Los agentes cambiarios podrán solicitar ajustes
por errores en sus operaciones que hayan generado
excedentes en su tenencia de divisas, como
resultado de las revisiones en las operaciones
reportadas inicialmente, los que deberán ser
debidamente documentados y remitidos al BCH
para su descargo cuando éstos correspondan;
caso contrario, se notificará al agente cambiario
que se mantiene el nivel de tenencia de divisas
registrado. En todo caso, los ajustes que resulten
de tales revisiones se liquidarán a los precios de
compra de las transacciones originales.
7.5. Los límites máximos de tenencia de divisas que
se establecen para las nuevas instituciones que
sean autorizadas a partir de la vigencia de esta
resolución serán de ochocientos mil dólares
de los EUA (US$800,000.00) para los bancos
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y de cuatrocientos mil dólares de los EUA
(US$400,000.00) para las casas de cambio.
8. REPORTES E INFORMACIÓN ADICIONAL
Acorde con lo dispuesto en los artículos 7 y 20 del
Reglamento, se establece lo siguiente:
8.1. Para los efectos de los reportes solicitados por el
BCH a los agentes cambiarios, el dólar de EUA
será la unidad de cuenta que se utilizará para
expresar todas las divisas negociadas por los
agentes cambiarios.
8.2. (Derogado)
8.3 Los agentes cambiarios deberán enviar de forma
electrónica a través del sistema de Balanza
Cambiaria, a más tardar a las 9:00 a.m. del
siguiente día hábil de la realización de las
operaciones, el reporte diario de las transacciones
cambiarias realizadas.
8.4. Los agentes cambiarios enviarán las Declaraciones
de Ingreso de Divisas Provenientes de las
Exportaciones al BCH a más tardar el segundo
día hábil a la recepción de las mismas.
8.5. Los agentes cambiarios deberán asegurarse de
reportar las transacciones de sus clientes en
forma individual, acorde con el instructivo del
archivo electrónico de compra y venta de divisas
disponible para tal fin en la página web del BCH.
No se aceptará el envío de archivos con registros
acumulados o la presentación de los datos en
forma incompleta o incorrecta.
8.6. Los agentes cambiarios deberán remitir
diariamente a más tardar a las 10:00 a.m. del
siguiente día hábil al de la realización de las
operaciones y por los medios indicados por
el BCH, el dato de los saldos contables de las
cuentas del balance analítico que conforman la
tenencia de divisas.
8.7 Los agentes cambiarios deberán asegurarse
que toda la información remitida al BCH esté
correcta, sea fidedigna y de conformidad con lo
solicitado; no obstante, el BCH podrá solicitar a
la CNBS la verificación de la misma.”
III. Instruir a la Secretaría del Directorio para que
comunique este acuerdo a la Comisión Nacional
de Bancos y Seguros, a los agentes cambiarios, a la
Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y a
la Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias
(Ahiba) para los fines pertinentes.
IV. El presente acuerdo entrará en vigencia a partir del
7 de septiembre de 2022 y deberá publicarse en el
Diario Oficial La Gaceta.
GUSTAVO ADOLFO FONSECA DUBÓN
Secretario
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
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E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 13 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,027
REPÚBLICA DE HONDURAS
Secretaría de Infraestructura y Transporte
(SIT)
CONCURSO PÚBLICO NACIONAL CPN-SIT-001-2022
El Gobierno de la República de Honduras por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en aplicación de los
Artículos No. 38, 61 y 62 de la Ley de Contratación del Estado y 106, 107, 158 y 159 de su reglamento de aplicación, INVITA:
A las Empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Categoría IV Obras Viales Clasificación A, por la Secretaría de
Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas Técnicas y Económicas para el Proyecto:
“SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO
DEL TRAMO CARRETERO PORTILLO DEL LOBO-REITOCA-CURAREN, ETAPA 1, UBICACIÓN EN EL
DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN Y CHOLUTECA”
Podrán participar en el presente proceso de Concurso Pública Nacional, todas las Empresas precalificadas en Categoría IV Obras
Viales Clasificación A, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar
este tipo de Supervisión.
Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva
la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado.
El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales.
Los documentos de Concurso podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del
Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día 19 de agosto 2022. Cualquier aclaración
o consulta a los Documentos de Concurso por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico:
redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación.
La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Concurso, deberá presentarse
en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable
(lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 07 septiembre del 2022, hasta las 09:00 A.M., hora oficial de la República
de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida se realizará el acto recepción pública de las ofertas Técnicas y
Económicas por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto y de los funcionarios designados
por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado.
De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha
audiencia pública.
La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una comisión que será integrada por los funcionarios que designe,
quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas y la formulación de la recomendación de adjudicación correspondiente.
Comayagüela, M.D.C., 19 de agosto del 2022
MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE
(SIT)
GOBIERNO DE XIOMARA CASTRO
13 S. 2022
Sección “B”
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 13 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,027
REPÚBLICA DE HONDURAS
Secretaría de Infraestructura y Transporte
(SIT)
CONCURSO PÚBLICO NACIONAL CPN-SIT-005-2022
El Gobierno de la República de Honduras por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en aplicación de los
Artículos No. 38, 61 y 62 de la Ley de Contratación del Estado y 106, 107, 158 y 159 de su reglamento de aplicación, INVITA:
A las Empresas Consultoras debidamente Precalificadas en Categoría IV Obras Viales Clasificación A, por la Secretaría de
Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas Técnicas y Económicas para el Proyecto:
“SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE LA REHABILITACIÓN SOBRE LA CARPETA ASFALTICA EXISTENTE DEL
TRAMO CARRETERO: SIGUATEPEQUE-JESUS DE OTORO, UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA
E INTIBUCA, HONDURAS, C.A.”
Podrán participar en el presente proceso de Concurso Público Nacional, todas las Empresas precalificadas en Categoría IV Obras
Viales Clasificación A, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar
este tipo de Supervisión.
Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva
la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado.
El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales.
Los documentos de Concurso podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del
Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día 19 de agosto 2022. Cualquier aclaración
o consulta a los Documentos de Concurso por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico:
redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación.
La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Concurso, deberá presentarse
en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable
(lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 07 septiembre del 2022, hasta las 09:15 A.M., hora oficial de la República
de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida se realizará el acto recepción pública de las ofertas Técnicas y
Económicas por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto y de los funcionarios designados
por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado.
De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha
audiencia pública.
La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una comisión que será integrada por los funcionarios que designe,
quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas y la formulación de la recomendación de adjudicación correspondiente.
Comayagüela, M.D.C., 19 de agosto del 2022
MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE
(SIT)
GOBIERNO DE XIOMARA CASTRO
13 S. 2022
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
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REPÚBLICA DE HONDURAS
Secretaría de Infraestructura y Transporte
(SIT)
CONCURSO PÚBLICO NACIONAL CPN-SIT-006-2022
El Gobierno de la República de Honduras por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en aplicación de los
Artículos No. 38, 61 y 62 de la Ley de Contratación del Estado y 106, 107, 158 y 159 de su reglamento de aplicación, INVITA:
A las Empresas Consultoras debidamente Precalificadas en Categoría IV Obras Viales Clasificación A, por la Secretaría de
Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas Técnicas y Económicas para el Proyecto:
“SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN SOBRE LA CARPETA ASFÁLTICA EXISTENTE DEL
TRAMO CARRETERO: JESÚS DE OTORO- LA ESPERANZA, UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE INTIBUCÁ,
HONDURAS, C.A.”
Podrán participar en el presente proceso de Concurso Público Nacional, todas las Empresas precalificadas en Categoría IV Obras
Viales Clasificación A, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar
este tipo de Supervisión.
Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva
la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado.
El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales.
Los documentos de Concurso podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del
Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día 19 de agosto 2022. Cualquier aclaración
o consulta a los Documentos de Concurso por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico:
redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación.
La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Concurso, deberá presentarse
en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado, dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable
(lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 07 septiembre del 2022, hasta las 09:30 A.M., hora oficial de la República
de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida se realizará el acto recepción pública de las ofertas Técnicas y
Económicas por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto y de los funcionarios designados
por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado.
De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha
audiencia pública.
La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una comisión que será integrada por los funcionarios que designe,
quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas y la formulación de la recomendación de adjudicación correspondiente.
Comayagüela, M.D.C., 19 de agosto del 2022
MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE
(SIT)
GOBIERNO DE XIOMARA CASTRO
13 S. 2022
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
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JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
A V I S O
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha seis (06) de junio del año
dos mil veintidós compareció la señora REINA ISABEL
PALMA GUTIERREZ, en representación legal del ciudadano
GERARDO ALBERTO SIMON YERRES, incoando
demanda contenciosa administrativa vía procedimiento especial
en materia personal en contra del Estado de Honduras a través
de la SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN
INTERNACIONAL, para la declaración de no ser conforme
a derecho y su ilegalidad consecuentemente la nulidad total de
un acto administrativo de carácter particular. Todo en virtud de
infringir el ordenamiento jurídico; por haber sido dictado el acto
administrativo impugnado prescindiendo del procedimiento
establecido, emitido por evidente exceso y desviación de
poder por haber ejercido potestades administrativas para fines
distintos de los fijados por la ley; por haber sido dictado el acto
administrativo impugnado contrariando en el artículo 8 de la
Ley General de la Administración Pública (LGAP). Se ejerce
la acción de plena jurisdicción en el sentido que se reconozca
una situación jurídica individualizada por cancelación ilegal e
injusta del acuerdo de nombramiento. Adopción de medidas para
su pleno restablecimiento consistente en el pago de prestaciones
e indemnizaciones correspondientes, sueldos dejados de percibir
en moneda de curso legal desde la fecha de la cancelación
ilegal e injusta, más el pago de las asignaciones mensuales de
complejidad y de desarraigo en dólares americanos a partir de la
fecha de la cancelación hasta la ejecución del fallo que declare
procedente la acción. Más la cantidad de dinero que resulte del
dictamen actuarial correspondiente por perito oficial designado
por el tribunal que determine la indemnización por daño morales
a la imagen, el honor, la intimidad, por habérsele afectado el
nombre, prestigio del demandante. Se acompañan documentos.
Anexos. Poder. Admisión. Publicaciones. Emplazamiento.
Audiencia Preliminar. Pruebas. Conclusiones. Se señala el
expediente administrativo como el lugar en donde obran los
originales. Costas.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
13 S. 2022
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
A V I S O
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha uno
de marzo del 2022, compareció ante este juzgado el Abogado
Luis Fernando Sauceda Godoy, en su condición de apoderado
legal de la Abogada Katy Mabel Bustillo Hernandez, incoando
demanda, VÍA PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA
ORDINARIA, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto
administrativo impugnado consistente en la RESOLUCIÓN de
fecha 15 de diciembre del 2021, emitido por la Secretaría de Estado
en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP),
que se reconozca una situación jurídica individualizada y como
medida para su pleno restablecimiento como ser: A) Se reconozca
y otorgue el pago de una nivelación salarial de manera retroactiva
desde el uno de junio de 2018, conforme al salario que devengan
otros profesionales del derecho que realizan las mismas funciones,
mismas que debe ser aplicada al décimo tercer y décimo cuarto
mes de salario, así como también a las vacaciones, todo ello al
tenor del contenido del artículo 128 numeral 3 de la Constitución
de la República; B) Pago intereses legales causados desde el mes
de junio de 2018 hasta que se efectúe total y satisfactoria el pago
adeudado. Se confiere poder; contra el Estado de Honduras a través
de la Procuraduría General de la República; quedando registrada
en esta judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2022-00112.-
Asimismo se hace la advertencia que los legitimados como parte
demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la
jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes
se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación.
Abg. KENIA MARITZA CASTRO MARTÍNEZ
SECRETARIA ADJUNTA
13 S. 2022
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REPÚBLICA DE HONDURAS
Secretaría de Infraestructura y Transporte
(SIT)
CONCURSO PÚBLICO NACIONAL
CPN-SIT-013-2022
El Gobierno de la República de Honduras, por medio
de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT),
y en aplicación de los Artículos No. 38, 61 y 62 de la
Ley de Contratación del Estado y 106, 107, 158 y 159 de
su reglamento de aplicación, INVITA: A las Empresas
Consultoras debidamente Precalificadas en Categoría
IV Obras Viales, Clasificación A, por la Secretaría de
Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas
Técnicas y Económicas para el Proyecto:
“SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE
CONSTRUCCIÓN Y PAVIMENTACIÓN CON
CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CARRETERA
CENTRAL: MARALE - EMPALME CARRETERA
YORO, SUB-TRAMO A: MARALE - SULACO,
UBICADA EN EL DEPARTAMENTO DE
FRANCISCO MORAZÁN Y YORO”
Podrán participar en el presente proceso de Concurso Público
Nacional, todas las Empresas precalificadas en Categoría
IV Obras Viales Clasificación A, por la Secretaría de
Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su
capacidad puedan ejecutar este tipo de Supervisión.
Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y
solventes en el Registro de Contratistas del Estado que
para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación
y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus
obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será
financiado con Fondos Nacionales.
Los documentos de Concurso podrán ser vistos y
descargados por los interesados en participar en este
proceso en la página del Sistema Nacional de Compras
y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día
19 de Agosto 2022. Cualquier aclaración o consulta a
los Documentos de Concurso por parte de las empresas
participantes deberán solicitarla al correo electrónico:
redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos estable-
cidos en los Documentos de Licitación.
La propuesta y demás documentos conteniendo toda la
información requerida en el Documento Base de Concurso,
deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en
sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y
Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado), notoriamente
identificado a más tardar el día 07 Septiembre del 2022, hasta
las 10:00 a.m., hora oficial de la República de Honduras, C.A.,
seguidamente a la hora máxima establecida se realizará el
acto recepción pública de las Ofertas Técnicas y Económicas
por las autoridades respectivas y en presencia de las personas
que deseen asistir al acto y de los funcionarios designados por
la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado.
De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por
los representantes de los oferentes que hayan participado en
dicha audiencia pública.
La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará
una comisión que será integrada por los funcionarios que
designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas
y la formulación de la recomendación de adjudicación
correspondiente.
Comayagüela, M.D.C., 19 de agosto del 2022.
MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT)
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REPÚBLICA DE HONDURAS
Secretaría de Infraestructura y Transporte
(SIT)
CONCURSO PÚBLICO NACIONAL
CPN-SIT-014-2022
El Gobierno de la República de Honduras, por medio de
la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en
aplicación de los Artículos No. 38, 61 y 62 de la Ley de
Contratación del Estado y 106, 107, 158 y 159 de su reglamento
de aplicación, INVITA: A las Empresas Consultoras
debidamente Precalificadas en CATEGORIA VII. OTROS
TIPOS DE PROYECTOS, CLASIFICACIÓN: A, por
la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a
presentar Ofertas Técnicas y Económicas para el Proyecto:
“SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE OBRAS DE
MITIGACIÓN PARA EL CONTROL DE RIESGOS
GEOTÉCNICOS Y GEOLÓGICOS, CARRETERA
CA-5 SUR, TRAMO “LA MORAMULCA, FASE 1”
Podrán participar en el presente proceso de Concurso
Público Nacional, todas las Empresas precalificadas en
CATEGORIA VII. OTROS TIPOS DE PROYECTOS,
CLASIFICACIÓN: A, por la Secretaría de Infraestructura
y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan
ejecutar este tipo de Supervisión.
Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y
solventes en el Registro de Contratistas del Estado que
para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación
y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus
obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será
financiado con Fondos Nacionales.
Los documentos de Concurso podrán ser vistos y
descargados por los interesados en participar en este
proceso en la página del Sistema Nacional de Compras
y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día
19 de Agosto 2022. Cualquier aclaración o consulta a
los Documentos de Concurso por parte de las empresas
participantes deberán solicitarla al correo electrónico:
redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos estable-
cidos en los Documentos de Licitación.
La propuesta y demás documentos conteniendo toda la
información requerida en el Documento Base de Concurso,
deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre
cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte
(SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado
a más tardar el día 07 Septiembre del 2022, hasta las 10:30
a.m., hora oficial de la República de Honduras, C.A.,
seguidamente a la hora máxima establecida se realizará el
acto recepción pública de las Ofertas Técnicas y Económicas
por las autoridades respectivas y en presencia de las personas
que deseen asistir al acto, y de los funcionarios designados
por la Secretaría y por los Organismos Contralores del
Estado.
De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por
los representantes de los oferentes que hayan participado en
dicha audiencia pública.
La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará
una comisión que será integrada por los funcionarios que
designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas
y la formulación de la recomendación de adjudicación
correspondiente.
Comayagüela, M.D.C., 19 de agosto del 2022.
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DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT)
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REPÚBLICA DE HONDURAS
Secretaría de Infraestructura y Transporte
(SIT)
CONCURSO PÚBLICO NACIONAL
CPN-SIT-015-2022
El Gobierno de la República de Honduras, por medio
de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT),
y en aplicación de los Artículos No. 38, 61 y 62 de la
Ley de Contratación del Estado y 106, 107, 158 y 159 de
su reglamento de aplicación, INVITA: A las Empresas
Consultoras debidamente Precalificadas en Categoría
IV Obras Viales, Clasificación A, por la Secretaría de
Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas
Técnicas y Económicas para el Proyecto:
“SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE
CONSTRUCCIÓN Y PAVIMENTACIÓN DEL
TRAMO CARRETERO: LA ENA - SAN JOSÉ DE
RÍO TINTO - DULCE NOMBRE DE CULMÍ, SUB-
TRAMO: PUENTE RÍO EL PATASTE-DULCE
NOMBRE DE CULMÍ, RUTA N-83 (15.33KM),
UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE OLANCHO,
HONDURAS, C.A.”
Podrán participar en el presente proceso de Concurso Público
Nacional, todas las Empresas precalificadas en Categoría
IV Obras Viales Clasificación A, por la Secretaría de
Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su
capacidad puedan ejecutar este tipo de Supervisión.
Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y
solventes en el Registro de Contratistas del Estado que
para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación
y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus
obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será
financiado con Fondos Nacionales.
Los documentos de Concurso podrán ser vistos y
descargados por los interesados en participar en este
proceso en la página del Sistema Nacional de Compras
y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día
19 de Agosto 2022. Cualquier aclaración o consulta a
los Documentos de Concurso por parte de las empresas
participantes deberán solicitarla al correo electrónico:
redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos
establecidos en los Documentos de Licitación.
La propuesta y demás documentos conteniendo toda la
información requerida en el Documento Base de Concurso,
deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre
cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte
(SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado
a más tardar el día 07 Septiembre del 2022, hasta las 11:00
a.m., hora oficial de la República de Honduras, C.A.,
seguidamente a la hora máxima establecida se realizará el
acto recepción pública de las Ofertas Técnicas y Económicas
por las autoridades respectivas y en presencia de las personas
que deseen asistir al acto, y de los funcionarios designados
por la Secretaría y por los Organismos Contralores del
Estado.
De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por
los representantes de los oferentes que hayan participado en
dicha audiencia pública.
La Secretaría de Infraestrutura y Transporte (SIT), nombrará
una comisión que será integrada por los funcionarios que
designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas
y la formulación de la recomendación de adjudicación
correspondiente.
Comayagüela, M.D.C., 19 de agosto del 2022
MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT)
GOBIERNO DE XIOMARA CASTRO
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LICITACION PUBLICA NACIONAL
No. LPN-SE-USINIEH-DGA-004-2022
República de Honduras
SECRETARÍA DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE EDUCACIÓN
“ADQUISICIÓN DE LICENCIAS (RENOVACIÓN
CHECK POIN SECURITY GATEWAY 5600 Y
ANTIVIRUS ENDPOINT)”
LPN-SE-USINIEH-DGA-004-2022
1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Educación,
invita a las empresas interesadas en participar en la
Licitación Pública Nacional No. LPN-SE-USINIEH-
DGA-004-2022, a presentar ofertas selladas para
la ADQUISICIÓN DE UNA (1) “LICENCIAS
(RENOVACIÓN CHECKPOINT SECURITY
GATEWAY 5600 Y UN MIL DOSCIENTOS (1,200)
UNIDADES DE ANTIVIRUS ENDPOINT)” para la
Secretaría de Estado en los Despachos de Educación.
2. El financiamiento para la realización del presente
proceso proviene de la Fuente 11 (Fondos Nacionales).
3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos
de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en
la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
4. Los interesados podrán adquirir los documentos
de la presente licitación, mediante solicitud escrita
a [Dirección Nacional de Adquisiciones, Abogada
Milady Yamileth Flores Sabillon, Directora General
de Adquisiciones, Teléfono 2220-5583 Et. 1121, en
la dirección indicada al final de este Llamado, 1er.
piso del Edificio Cuerpo Bajo B, Centro Cívico
Gubernamental, Tegucigalpa M.D.C., de la Secretaría
de Estado en el Despacho de Educación, de 9:00 a.m. a
5:00 p.m., o mediante solicitud por correo electrónico a la
dirección direccionadquisiciones.seduc@gmail.com.
Los documentos de la licitación también podrán
ser examinados en el Sistema de Información de
Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras,
"HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn).
5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente
dirección: 1er. piso del Edificio Cuerpo Bajo B,
Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa
M.D.C., de la Secretaría de Educación, a más tardar a
las 2:00 p.m. del día lunes 24 de octubre de 2022. Las
ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.
Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes
de los Oferentes que deseen asistir en la dirección
indicada, a las 2:15 p.m. del día lunes 24 de octubre
de 2022. Todas las ofertas deberán estar acompañadas
de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el
valor y la forma establecidos en los documentos de la
licitación.
Tegucigalpa, M. D. C. 13 de septiembre del 2022
PROFESOR DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELASQUEZ
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
EDUCACION
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Tegucigalpa, Honduras C.A.
Agosto-2022
HOSPITAL ESCUELA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
(LPN) N. 19-2022-HE-AEV
El Hospital Escuela en aplicación de los Artículos 26, 32, 38
y 46 de la Ley de Contratación del Estado, por este medio
invita a presentar ofertas para el suministro de:
“ADQUISICIÓN DE ESTERILIZADOR A VAPOR
PARA EL ÁREA DE CENTRAL DE EQUIPOS DEL
HOSPITAL ESCUELA”.
Esta compra será financiada con fondos Nacionales.
El Pliego de Condiciones estará disponible a partir del día
miércoles 10 de Agosto del 2022, en el horario de Lunes a
Viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m. en la siguiente dirección:
Dirección de Gestión Administrativa y Financiera, primer
piso del Edificio Bloque Materno Infantil, Hospital Escuela,
Boulevard Suyapa, calle “La Salud”, Tegucigalpa, M.D.C.,
FM., Los Pliegos de esta Licitacion poseen un valor no
reembolsable de QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS
(L 500.00), que deberán ser depositados a nombre del
Hospital Escuela en Banco LAFISE S.A. en cuenta de
cheques Nº. 104503000209. El Pliego de Condiciones
deberá ser solicitado mediante nota que indique su interés en
participar en el proceso de Licitación Pública, acompañada
del comprobante de pago, números de teléfono y dirección
de correo electrónico.
La recepción de la oferta deberá presentarse en sobre cerrado
en la Dirección de Gestión Administrativa y Financiera
desde el día miércoles 10 de Agosto del 2022, hasta la fecha
de la apertura, misma que se efectuará en un acto público
en el Auditorio Dr. Enrique Aguilar Paz, ubicado en el
primer piso del Hospital Escuela, Boulevard Suyapa, Calle
“La Salud”, Tegucigalpa, M.D.C., el día MARTES 20 DE
SEPTIEMBRE 2022, la hora límite de recepción de ofertas
será a las nueve y cuarenta y cinco de la mañana (9:45 a.m.),
hora oficial ele la Republica de Honduras, acto seguido
se procederá a la apertura de los sobres que contengan las
ofertas a las diez de la mañana en punto (10:00 a.m.).
La oferta deberá estar acompañada de una Garantía de
Mantenimiento de Oferta en Original a nombre del
HOSPITAL ESCUELA, con una vigencia de ciento veinte
(120) días calendario contados a partir del día de la apertura
de la oferta y por un monto equivalente al dos por ciento
(2%), del valor total de la oferta expresada en Lempiras. El
acto de apertura se efectuará en presencia de representantes
del Hospital Escuela, de Oferentes o sus Representantes
Veedores Sociales.
Consultas:
Para consultas o información dirigirse a la Dirección de Gestión
Administrativa y Financiera hasta diez (10) días antes de la
presentación de la oferta mediante nota en físico y/o correo
Electrónico martha.rodriguez@hospitalescuela.edu.hn con
copia a licitaciones@hospitalescuela.edu.hn
DR CARLOS ROBERTO SANCHEZ
DIRECTOR GENERAL, POR LEY
HOSPITAL ESCUELA
13 S. 2022
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REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
CERTIFICACIÓN
El infrascrito, Secretario General del Registro Nacional
de las Personas, CERTIFICA: El punto de Acta de la
Sesión Ordinaria No. CPRNP-044-2022, celebrada por la
Comisión Permanente del Registro Nacional de las Personas
el día viernes diecinueve del mes de agosto del año dos mil
veintidós, que literalmente dice: PUNTO DE AGENDA
NÚMERO DIEZ: “DISCUTIR EL OFICIO No.
SGPGR-88-2022 DE FECHA NUEVE (9) DE AGOSTO
DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS (2022), MEDIANTE
EL CUAL LA SECRETARIA GENERAL POR LEY, DE
LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA,
ABOGADA KAREN ROSIBEL FÚNEZ FLORES, SE
DIRIGE AL COMISIONADO PRESIDENTE, OSCAR
PORFIRIO RIVERA INESTROZA, REMITIENDO
CERTIFICACIÓN EMITIDA EN EL EXPEDIENTE
CON REGISTRO No PGR-0989-2022 REFERENTE A
REFORMAR EL ARTÍCULO 23 DEL REGLAMENTO
DE LA LEY DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS
PERSONAS”.- EL Comisionado Roberto Brevé Reyes,
quien hace las funciones de Secretario de Actas para la
presente sesión de la Comisión Permanente, procedió a la
lectura del punto de agenda número diez de la sesión No.
CPRNP-044-2022 en la cual dice: "Discutir el Oficio Nº
SGPGR-88-2022 de fecha nueve (9) de agosto del año dos
mil veintidós (2022), mediante el cual la Secretaria General
por Ley de la Procuraduría General de la República, abogada
Karen Rosibel Fúnez Flores se dirige al Comisionado
Presidente, Oscar Porfirio Rivera lnestroza, remitiendo
certificación emitida en el expediente con registro Nº PGR-
0989-2022 referente a reformar el artículo 23 del Reglamento
de la Ley del Registro Nacional de las Personas".- El que fue
sujeto a votación, el que de manera unánime y consensuada
RESUELVE: 1) TENER POR RECIBIDA la certificación
de la Opinión Legal Nº. PGR-DNC-039- 2022 emitida por
la Dirección Nacional de Consultoría de la Procuraduría
General de la República en el expediente Nº PGR-0989-2022
en relación a reformar el artículo 23 del Reglamento de la
Ley del Registro Nacional de las Personas, en cuya parte
conducente literalmente cita: "Se colige que el objeto de
reforma pretendida al artículo 23 del Reglamento de la Ley
del RNP, no contraría los límites de lo preceptuado por su Ley,
ya que esta última se limita en definir la conceptualización
y actuar de los registradores civiles, siendo su cuantificación
municipal, desarrollada por vía reglamento, por lo que
esta Dirección Nacional de Consultoría; considera, que
no existiría impedimento de naturaleza legislativa para
que dicha disposición reglamentaria pueda ser sometida
al procedimiento de reforma, que en congruencia con lo
aquí expuesto, corresponde a la Comisión Permanente del
RNP una vez recibida dicha propuesta, aprobar la misma,
ordenando a la
publicación”. - 2) APROBAR la Reforma del artículo 23 del
Reglamento de la Ley del Registro Nacional de las Personas
el cual se leerá así: "Artículo 23.-En cada cabecera municipal
habrá un Registro Civil Municipal a cargo de un Registrador,
salvo en el Municipio del Distrito Central y la ciudad de
San Pedro Sula, pudiendo haber más de un Registrador
Civil Municipal, nombrados por la Comisión Permanente
del RNP, en cuyo caso la titularidad la podrán ejercer más
de un Registrador Civil Municipal de manera conjunta,
con una rotación por el período de seis (6) meses la cual
consistirá solamente en el cambio de espacio físico dentro
de la jurisdicción Municipal en el cual fue nombrado,
donde ejercerán sus funciones siendo los responsables del
normal funcionamiento del Registro Civil Municipal
y se deberá distribuir equitativamente el trabajo entre
los demás titulares conforme lo que establezca este
Reglamento”.- 3) Que la Secretaría General notifique la
presente resolución mediante la respectiva certificación
al Departamento de Recursos Humanos, Departamento de
Registros Civiles, Departamento de Administración para que
se proceda a dar estricto cumplimiento sin mayor dilación.
Comunicar la presente resolución a través de la Secretaría
General, a los señores, Miembros de la Comisión Permanente del
RNP, Oscar Porfirio Rivera lnestroza, Comisionado Presidente,
Roberto Brevé Reyes, Comisionado Propietario, Rolando Enrique
Kattan Bojórquez Comisionado Propietario y al Departamento
de Recursos Humanos, Departamento de Registros Civiles,
Departamento de Administración .- CUMPLASE.
Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del
Distrito Central, a los 29 días del mes de agosto del año dos
mil veintidós
ABG. MARIO FLORES URRUTIA
Secretario General
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Poder Judicial
Honduras
JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL
DE COPAN RUINAS, DEPARTAMENTO DE COPAN.
Extracto de Solicitud de Título Supletorio
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional
de Copán, Ruinas del departamento de Copán, al público
en general y para los efectos de Ley; HACE SABER:
Que la señora MARITZA MALDONADO GUERRA,
ha solicitado Título Supletorio del inmueble siguiente:
Ubicado en la Aldea Las Flores, municipio Copán Ruinas,
departamento de Copán, con una extensión superficial de
CINCUENTA Y CUATRO PUNTO TREINTA Y OCHO
MANZANAS (54.38MZS), cuyas colindancias son las
siguientes AL NORTE, colinda con Beti Leticia Maldonado
Guerra; AL SUR, colinda con Maritza Maldonado Guerra,
Juan López, Saúl Pinto, Arnulfo Pinto, Alvino Martínez,
Bernardina Salguero, Carlos Sagastume, camino de por
medio, Hugo Ramón Maldonado Guerra, camino de por
medio, Emilia Aguirre, calle por medio, Valeria Velásquez y
Donila Moreno; AL ESTE, Hugo Ramón Maldonado Guerra
y Maritza Maldonado Guerra; AL OESTE, colinda con Irma
Monrroy e Irma Delia Maldonado Guerra.-
Copán Ruinas, 30 de junio del año 2022.
ABOGADA LILLIE STEPHANIE VELASQUEZ MORENO.-
SRIA.- JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL DE
COPAN RUINAS.
13 J. 13 A. 13 S. 2022
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Poder Judicial
Honduras
AVISO DE TITULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de
la ciudad de La Entrada, Nueva Arcadia, departamento de
Copán, al público en general HACE SABER: Que con fecha
ocho de abril del año dos mil veintidós, el señor FAUSTINO
MAYORGA GUERRA, a través de su apoderado legal el
Abogado SALVADOR VILLACORTA ESPAÑA, presentó
ante este despacho solicitud de TITULO SUPLETORIO
DE DOMINIO, sobre un lote un lote de terreno que se
describe de la forma siguiente: Lote de terreno ubicado en
la Aldea Hacienda Grande, jurisdicción de Copán Ruinas,
Copán, con un área superficial de 37.84 manzanas, con las
siguientes colindancias: AL NORTE, colinda con HIPOLITO
MAYORGA, callejón de por medio, MARCO TULIO
GUERRA, GUILLERMO DUARTE CONTRERAS; AL
SUR, colinda con JORGE PINTO, MAXIMO CALDERON,
NELY CABRERA, carretera por medio; AL ESTE, colinda
con GREGORIO BORJAS, ALBERTO RECINOS, ALEXIS
MARTINEZ; Y, AL OESTE, Colinda con ALEGORIO
CENTÉ, JORGE ARTURO GUERRAS, SUYAPA GUERRA
Y ROBERTO GUERRA MAYORGA, CARRETERA POR
MEDIO.- EI cual lo hubo por compra que hiciera a la señora
VIRGINIA GUERRA LEON, y que posee en forma quieta,
pacífica e ininterrumpidamente por más de diez años, según
información testifical.
La Entrada, Copán, 12 de mayo del año 2022.
SRA. ELDA MARITZA CALLES
SECRETARIA, POR LEY
13 J. 13 A. 13 S. 2022
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Poder Judicial
Honduras
AVISO DE TITULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de
esta ciudad, al público en general HACE SABER: Que con
fecha veinticinco de marzo del año dos mil veintidós, el señor
MARCO ANTONIO ROQUE GUERRA, a través de su
apoderado legal el Abogado SALVADOR VILLACORTA
ESPAÑA, compareció, presentando ante este despacho
solicitud de TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO, de
un lote de terreno ubicado en la Comunidad de Llano Grande,
jurisdicción del municipio de Copán Ruinas, Copán, el cual
tiene una extensión superficial de ONCE PUNTO TREINTA
Y OCHO MANZANAS (11.38 Mzs), cuyas colindancias
son las siguientes: AL NORTE, colinda con César Vidal
Monrroy; AL SUR, colinda con Florentino Roque, Marco
Antonio Roque y Juan Carlos Roque; AL ESTE, colinda
con Lisandro Cantillano Flores; y, AL OESTE, colinda
con Salvador Roldan Monroy.- Lote de terreno que lo posee
quieta, pacífica e ininterrumpidamente desde hace más de
diez años y lo obtuvo mediante compraventa que le hiciera
al señor EFRAIN MENENDEZ LEON, en fecha diez de
enero del año 2012.
La Entrada, Copán, 07 de abril del 2022.
ABG. ZABDI ESTHER CONTRERAS
SECRETARIA ADJUNTA
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Número de Solicitud: 2022-1633
Fecha de presentación: 2022-03-31
Fecha de emisión: 10 de agosto de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: EMMA SARAHÍ VARGAD RODRÍGUEZ
Domicilio: Danlí, El Paraíso, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
SAMUEL FLORENTINO SALGADO
E.- CLASE INTERNACIONAL (30)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
AROMA DE ORIENTE
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Sólo podrá usarla en su forma conjunta “AROMA DE
ORIENTE” sin dar exclusividad de uso de las palabras de forma separada.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Café en grano y molido, así como mezclas de café,
de la clase 30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
12, 29 A. 13 S. 2022
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Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL
DE COPAN RUINAS
Extracto de Solicitud de Título Supletorio
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de Copán
Ruinas del departamento de Copán, al público en general y para los
efectos de Ley; HACE SABER: Que el señor HUGO RAMON
MALDONADO GUERRA, ha solicitado Título Supletorio del
inmueble siguiente: Ubicado en la comunidad de Las Flores,
jurisdicción del municipio de Copán Ruinas, departamento de
Copán, con una extensión superficial de VEINTISEIS PUNTO
OCHENTA Y DOS MANZANAS (26.82 Mzs) cuyas colindancias
son las siguientes: AL NORTE, colinda con Beti Leticia
Maldonado Guerra; AL SUR, colinda con Maritza Maldonado
Guerra; AL ESTE, colinda con Hugo Ramón Maldonado Guerra;
y, AL OESTE, colinda con Maritza Maldonado Guerra. Y en
virtud de tener más de diez años de posesión de dicho terreno hace
dicha solicitud de Título Supletorio el cual obtuvo por compra
que hizo al señor Jesús Hernan Maldonado Guerra. Representante
Legal del señor HUGO RAMON MALDONADO GUERRA,
en la presente solicitud el Abogado SALVADOR VILLACORTA
ESPAÑA.
Copán Ruinas 30, de junio del año 2022
ABOGADA. LILLIE STEPHANIE VELASQUEZ MORENO
SRIA.
JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL
DE COPÁN RUINAS
13 J., 13 A. y 13 S. 2022.
______
LA EMPRESA NACIONAL DE
ARTES GRÁFICAS
No es responsable del contenido de las
publicaciones, en todos los casos la misma
es fiel con el original que recibimos para
el propósito.
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCION
JUDICIAL DE CHOLUTECA
AVISO DE TITULO SUPLETORIO
La suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección
Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos
de ley HACE SABER: Que el Abogado JORGE HUMBERTO
BAQUEDANO, quien actúa en su condición de representante
procesal del señor GILDEL GIOVANY MONDRAGON
BAQUEDANO, mayor de edad, soltero, Agricultor, hondureño,
con Tarjeta de Identidad número 0605-1971-00550, con domicilio
en municipio de El Corpus, Departamento de Choluteca, de
tránsito por esta ciudad de Choluteca, Departamento de Choluteca,
presento a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio sobre un
lote de terreno ubicado en el conocido como Cerco de Piedra,
Aldea Cerco de Piedra, municipio de Santa Ana de Yusguare,
departamento de Choluteca. Mapa Final JD-22, Extensión
del predio 3 Ha, 15 as, 86.34 Cas, Naturaleza Jurídica y Sitio
Privado.-Tapay o Tapaire con las colindancias siguientes: AL
NORTE: Colinda con JUAN CARLOS BETANCO, FUENTE
DE AGUA COMUNAL, HEREDEROS AGUIRRE; AL SUR:
Con CALLEJON DE ACCESO, HEREDEROS FUNEZ;
AL ESTE: Con GILDEL GIOVANY MONDRAGON
BAQUEDANO; Y, AL OESTE: Con HEREDEROS FUNEZ,
WILSON FLORES, JUAN CARLOS BETANCO, el presente
inmueble antes descrito está dividido en dos partes, debido a que el
mismo cae en dos municipios, el que pertenece a esta constancia de
Naturaleza Jurídica está en el municipio de Santa Ana de Yusguare
y el otro se encuentra en el Municipio de El Corpus, lo obtuvo
por compra que le hizo al señor SATURNINO MONDRAGON,
de forma quieta, pacífica y no interrumpida, no existiendo otros
poseedores pro-indivisos y tiene más de veinte años de poseerlo.
Choluteca, 26 de Mayo del año 2022
ABG. AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA
SECRETARIA
13 S., 13 O. y 14 N. 2022
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REPÚBLICA DE HONDURAS
Secretaría de Infraestructura y Transporte
(SIT)
CONCURSO PÚBLICO NACIONAL
CPN-SIT-016-2022
El Gobierno de la República de Honduras por medio
de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT),
y en aplicación de los Artículos No. 38, 61 y 62 de la
Ley de Contratación del Estado y 106, 107, 158 y 159 de
su reglamento de aplicación, INVITA: A las Empresas
Consultoras debidamente Precalificadas en Categoría
IV Obras Viales Clasificación A, por la Secretaría de
Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas
Técnicas y Económicas para el Proyecto:
“SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE
REHABILITACIÓN SOBRE LA CARPETA
ASFÁLTICA EXISTENTE DEL TRAMO
CARRETERO: TEGUCIGALPA- EL GUANABANO
(RN15), LONGUITUD: 7.22 KM, (SALIDA
A OLANCHO), ETAPA I, UBICADO EN EL
DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN,
HONDURAS C.A.”
Podrán participar en el presente proceso de Concurso
Público Nacional, todas las Empresas precalificadas en
Categoría IV Obras Viales Clasificación A, por la Secretaría
de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con
su capacidad puedan ejecutar este tipo de Supervisión.
Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y
solventes en el Registro de Contratistas del Estado que
para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación
y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus
obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será
financiado con Fondos Nacionales.
Los documentos de Concurso podrán ser vistos y descargados
por los interesados en participar en este proceso en la
página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones
(HONDUCOMPRAS) a partir del día 19 de Agosto 2022.
Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Concurso
por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al
correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en
los plazos establecidos en los Documentos de Licitación.
La propuesta y demás documentos conteniendo toda la
información requerida en el Documento Base de Concurso,
deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en
sobre cerrado, dirigido a la Secretaría de Infraestructura y
Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente
identificado a más tardar el día 07 Septiembre del 2022, hasta
las 11:30 a.m., hora oficial de la República de Honduras, C.A.,
seguidamente a la hora máxima establecida se realizará el
acto recepción pública de las Ofertas Técnicas y Económicas
por las autoridades respectivas y en presencia de las personas
que deseen asistir al acto, y de los funcionarios designados
por la Secretaría y por los Organismos Contralores del
Estado.
De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por
los representantes de los oferentes que hayan participado en
dicha audiencia pública.
La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará
una comisión que será integrada por los funcionarios
que designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las
ofertas y formulación de la recomendación de adjudicación
correspondiente.
Comayagüela, M.D.C., 19 de agosto del 2022
MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO
SECRETARIO DE ESTADO
EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y
TRANSPORTE
(SIT)
GOBIERNO DE XIOMARA CASTRO
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REPÚBLICA DE HONDURAS
Secretaría de Infraestructura y Transporte
(SIT)
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
LPN-SIT-033-2022
El Gobierno de la República de Honduras, por medio de
la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en
aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley
de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas
Constructoras debidamente Precalificadas en Obras Viales
Categoría-1, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte
(SIT), a presentar Ofertas para el Proyecto:
“REHABILITACIÓN SOBRE LA CARPETA
ASFALTICA EX
Ver como documento individual→