La Gaceta
Diario Oficial de la República de Honduras
5 abril 2022Edición No. 35,891
Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 024-2022 — Hacer del conocimiento público el Acuerdo Instancia Ministerial-UA No. 01-2022 sobre horarios de puestos fronterizos
Poder Ejecutivo
LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE DESARROLLO ECONÓMICO
CONSIDERANDO: Que el Artículo 321 de la Constitución
de la República manda: “Los Servidores del Estado no tienen
más facultades que las que expresamente les confiere la Ley.
Todo acto que ejecuten fuera de la Ley es nulo e implica
responsabilidad”.
CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de
Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución
de la República y en la Ley; asimismo les corresponde el
conocimiento y resolución de los asuntos del ramo, pudiendo
delegar en los Subsecretarios de Estado el ejercicio de
atribuciones específicas.
CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración
Pública establece que los Subsecretarios de Estado por un acto
de delegación del señor Secretario de Estado del ramo podrán
conocer y resolver sobre asuntos determinados o específicos.
CONSIDERANDO: Que el Artículo 3 de la Ley de
Procedimiento Administrativo refiere “La competencia es
irrenunciable y se ejercerá por los órganos que la tengan
atribuida por Ley”.
CONSIDERANDO: Que el Artículo 4 de la Ley de
Procedimiento Administrativo establece lo siguiente: “Sin
perjuicio de lo dispuesto en el Artículo anterior, el órgano
superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en
determinada materia al órgano inmediatamente inferior. En
defecto de disposición legal, el superior podrá delegar el
ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre
que la competencia sea atribuida genéricamente al Ramo
de la Administración de que forman parte el superior y el
inferior”.
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EDIS ANTONIO MONCADA
JORGE ALBERTO RICO SALINAS
Coordinador y Supervisor
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Administración: 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
CONSIDERANDO: Que con el objeto de agilizar la
Administración Pública los Secretarios de Estado podrán
delegar en sus Subsecretarios de Estado el ejercicio de la
potestad de decidir en determinadas materias o en casos
concretos mediante la firma de ciertos actos administrativos.
CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.
204-2022, de fecha 18 de marzo del 2022. La presidenta
Constitucional de la República, en uso de sus facultades de
que se encuentra investida nombra al Ciudadano MELVIN
ENRIQUE REDONDO, como Subsecretario de Estado en
el Despacho de Integración Económica y Comercio Exterior.
POR TANTO,
El Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo
Económico en uso de las facultades que está investido y de
conformidad con los Artículos 321 de la Constitución de
la República; 7, 36 numerales 8 y 19, 37, 116, 118 y 122
de la Ley General de Administración Pública; 4 y 5 de la
Ley de Procedimiento Administrativo; 17, 24, 26 numeral
10 y 11 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Competencias del Poder Ejecutivo.
PRIMERO: Delegar Temporalmente al Subsecretario de
Estado en el Despacho de Integración Económica y Comercio
Exterior, para que pueda emitir Resoluciones, Acuerdos,
Actas y todo lo relacionado con el área administrativa de esta
Secretaría de Estado, efectivo a partir del día 24 de marzo del
año 2022, hasta el día que sea revocado el mismo.
SEGUNDO: La responsabilidad que se derive de las
decisiones que se tomen y las acciones que se realicen en el
marco de la delegación consignada en el presente Acuerdo,
serán imputables única y exclusivamente al Subsecretario
de Estado en el Despacho de Integración Económica y
Comercio Exterior.
TERCERO: El presente Acuerdo no causa efecto
presupuestario y se encuentra sujeto a revocación por la
autoridad competente, en cualquier momento.
CUARTO: El presente Acuerdo debe ser publicado en el
Diario Oficial “LA GACETA”.
QUINTO: Transcribir el presente acuerdo al interesado.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa M.D.C., a los veinticuatro
(24) días del mes de marzo del año dos mil veintidós (2022).
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
PEDRO JOSÉ BARQUERO TERCERO
Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo
Económico
DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO
Secretaria General
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Secretaría de Estado en
el Despacho de Desarrollo
Económico
ACUERDO MINISTERIAL No. 025-2022
Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 025-2022 — Autorizar a la Gerencia Administrativa para pagar Gastos de Representación al Subsecretario de Integración Económica y Comercio Exterior
Poder Ejecutivo
SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
DESARROLLO ECONOMICO,
CONSIDERANDO: Que el Artículo 321 de la Constitución
de la República manda: “Los Servidores de Estado no tiene
más facultades que las que expresamente les confiere la Ley.
Todo acto que ejecuten fuera de la Ley es nulo e implica
responsabilidad”.
CONSIDERANDO: Que el Artículo 221 numeral 2)
del Decreto legislativo No. 107-2021 que contiene las
Disposiciones Generales del Presupuesto para el año
2022, el que fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta
el 17 de diciembre del 2021, establece que los gastos de
Representación dentro y fuera del país, son los montos que
se determinan por gastos no liquidables y no inherentes al
ejercicio de sus funciones, los mismos son otorgados a los
funcionarios acorde al cargo y sus responsabilidades.
POR TANTO:
La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo
Económico, en uso de las facultades que la Ley les confiere
y en aplicación de los Artículos 255 de la Constitución de la
República; 36 numeral 8), 116,118,119, numeral 3) y 122 de
la Ley de Administración Pública; 221 numeral 2) del Decreto
legislativo No. 107-2021 de las Disposiciones Generales del
Presupuesto para el año 2022.
ACUERDA:
PRIMERO: Autorizar a la Gerencia Administrativa de esta
Secretaría de Estado para que proceda a pagar los Gastos
de Representación en el país al SUBSECRETARIO DE
ESTADO EN EL DESPACHO DE INTEGRACIÓN
ECONÓMICA Y COMERCIO EXTERIOR, la cantidad
mensual de QUINCE MIL LEMPIRAS EXACTOS
(L.15,000.00) a partir del mes de marzo al mes de diciembre
del año dos mil veintidós.
SEGUNDO: Los fondos necesarios para el pago de gastos de
representación del funcionario se obtendrán del Programa
01, Actividad 03, Objeto 14300, Unidad Ejecutora 03, del
Presupuesto de esta Secretaría de Estado.
TERCERO: El presente Acuerdo Ministerial es de ejecución
inmediata y deberá Publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la Tegucigalpa, M.D.C., a los veintiocho (28) días
del mes de marzo del año 2022.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
PEDRO JOSÉ BARQUERO TERCERO
Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo
Económico
DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO
Secretaria General
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EMPRESA N ACIONAL DE A RTES GRÁFICAS
Sección A
AÑO CXLIV TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. MIÉRCOLES 6 DE ABRIL DEL 2022. NUM. 35,892
Secretaría de Estado en
el Despacho de Desarrollo
Económico
ACUERDO No. 023-2022
1 A.
SUMARIO
Sección A
Decretos y Acuerdos
SECRETARÍA DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE DESARROLLO
ECONÓMICO
Acuerdos Ministeriales Nos. 023-2022,
024-2022
PODER EJECUTIVO
Decretos Ejecutivos números PCM-
04-2022, 05-2022
SECRETARÍA DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL
Acuerdo Ejecutivo No. STSS-308-2022
ACTA V
Sección B
Avisos Legales B. 1 - 28
Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 023-2022 — Dejar sin valor y efecto el Acuerdo Ministerial No. 182-2021 sobre delegación a Heydi Vanessa Reyes Romero
Poder Ejecutivo
LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE DESARROLLO ECONOMICO,
CONSIDERANDO: Que el Artículo 321 de la Constitución
de la República manda: “Los Servidores de Estado no tiene
más facultades que las que expresamente les confiere la Ley.
Todo acto que ejecuten fuera de la -Ley es nulo e implica
responsabilidad”.
CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de
Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución
de la República y en la Ley; asimismo les corresponde el
conocimiento y resolución de los asuntos del ramo.
CONSIDERANDO: Que con el objeto de agilizar la
administración pública los Secretarios de Estado, podrán
delegar en sus Subsecretarios de Estado el ejercicio de la
potestad de decidir en determinadas materias o en casos
concretos mediante la firma de ciertos actos administrativos.
CONSIDERANDO: El superior podrá delegar el ejercicio
de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la
competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la
administración de que forma parte el superior y el inferior.
CONSIDERANDO: El acto de delegación, además de indicar
el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano
delegado podrá contener instrucciones obligatorias para éste
en materia procedimental.
POR TANTO.
La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo
Económico, en uso de las facultades que está investido y
de conformidad al Artículos 321 de la Constitución de la
República Artículo 7, 36 numerales 8 y 19, 116, 118 y 122
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EDIS ANTONIO MONCADA
JORGE ALBERTO RICO SALINAS
Coordinador y Supervisor
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Administración: 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
de la Ley General de Administración Pública 4 y 5 de la
Ley de Procedimiento Administrativo; 17, 24, 26 numeral 2
y 29 del Reglamento de Organización y Funcionamiento y
Competencia del Poder Ejecutivo.
ACUERDA:
PRIMERO: Dejar sin valor y efecto el Acuerdo Ministerial
No. 182-2021 de fecha 20 de octubre del año 2021, en el
cual se le delega temporalmente a la Ingeniera HEYDI
VANESSA REYES ROMERO, en el puesto de Encargada
de la Subgerencia de Recursos Materiales, para que pueda
realizar funciones sobre Compras, Adquisiciones, Suministros
y Bienes Nacionales, en vista que la persona encargada de
ejercer dichas funciones se estará incorporando de manera
Presencial.
SEGUNDO: El presente Acuerdo es vigente a partir del lunes
28 de marzo del año 2022.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los veinticinco
días del mes de marzo del año dos mil veintidós (2022).
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
MELVIN ENRIQUE REDONDO
Subsecretario de Estado en el Despacho de Integración
Económica y Comercio Exterior delegado mediante
Acuerdo No. 022-2022
DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO
Secretaria General
Secretaría de Estado en
el Despacho de Desarrollo
Económico
ACUERDO MINISTERIAL No. 024-2022
LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE DESARROLLO ECONÓMICO,
CONSIDERANDO: Que Honduras es un Estado Miembro
del Sistema de Integración Centroamericana creado por
el Protocolo de Tegucigalpa del 13 de diciembre de 1991,
así como el Tratado General de Integración Económica
Centroamericana del 13 de diciembre de 1960 y reformado
por el Protocolo de Guatemala del 23 de octubre de 1993;
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 6
del Protocolo al Tratado General de Integración Económica
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Centroamericana (Protocolo de Guatemala), la integración
económica centroamericana avanzará de acuerdo con la
voluntad de los Estados Parte y todos o algunos miembros
podrán avanzar con mayor celeridad hacia la unión económica;
CONSIDERANDO: Que el Protocolo Habilitante para el
Proceso de Integración Profunda hacia el Libre Tránsito de
Mercancías y de Personas Naturales entre las Repúblicas de
Guatemala y Honduras (Protocolo Habilitante), al cual se
ha adherido la República de El Salvador, establece el marco
jurídico que permite a los Estados Parte alcanzar de manera
gradual y progresiva, una Unión Aduanera entre sus territorios,
así como el libre tránsito de personas naturales entre sus
territorios, en congruencia con los instrumentos jurídicos de
la integración económica centroamericana;
CONSIDERANDO: Que en los términos del Ordinal Cuarto
del Protocolo Habilitante, le corresponde a la Instancia
Ministerial de la Unión Aduanera definir y adoptar las
políticas, directrices e instrumentos jurídicos fundamentales
de la Unión Aduanera, en los términos mutatis mutandis, del
artículo 55 del Protocolo de Guatemala, adoptando los actos
administrativos que sean necesarios;
CONSIDERANDO: Que en Resolución de fecha 20 de
octubre de 1995, la Corte Centroamericana de Justicia
manifiesta que: “la publicación no es requisito esencial para
la validez de los actos normativos obligatorios del Sistema de
Integración Económica Centroamericana”; que la publicidad
se debe realizar para garantizar la efectiva observancia y
ejecución de los propósitos y principios;
CONSIDERANDO: Que en fecha 17 de enero de 2022, la
Instancia Ministerial de la Unión Aduanera entre las Repúblicas
de El Salvador, Guatemala y Honduras, adoptó el Acuerdo
Instancia Ministerial-UA No. 01-2022; que ACUERDA: 1.
Modificar el Acuerdo de la Instancia Ministerial No. 4-2017,
del 16 de junio de 2017, en el sentido de establecer el horario
de atención a los usuarios del Puesto Fronterizo Integrado de
Corinto, de la forma siguiente: Lunes a domingo de 5:00
a.m. a 10:00 p.m., para todas las operaciones relacionadas
con el paso de mercancías, medios de transporte vacíos y
turismo. 2. El horario de atención de los Puestos Fronterizos
Integrados de El Florido y Agua Caliente será el establecido en
el Acuerdo de la Instancia Ministerial No. 4-2017, del 16 de
junio de 2017. 3. El presente Acuerdo entra en vigor a partir
de esta fecha y será publicado por los Estados Parte. 4. No
obstante lo establecido en el numeral anterior, este Acuerdo
no entrará en vigor para la República de El Salvador.
POR TANTO:
La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo
Económico, en uso de las atribuciones y las facultades de que
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está investida y en aplicación de los Artículos 246; 247; 333 y
335 de la Constitución de la República; 29 y 36 numerales 1 y
8; 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública;
los Ordinales Tercero y Cuarto del Protocolo Habilitante; 38 y
55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica
(Protocolo de Guatemala).
ACUERDA:
PRIMERO: Hacer del conocimiento público para su
observancia, el Acuerdo Instancia Ministerial-UA No.
01-2022; que ACUERDA: 1. Modificar el Acuerdo de la
Instancia Ministerial No. 4-2017, del 16 de junio de 2017, en
el sentido de establecer el horario de atención a los usuarios
del Puesto Fronterizo Integrado de Corinto, de la forma
siguiente: lunes a domingo de 5:00 a.m. a 10:00 p.m.,
para todas las operaciones relacionadas con el paso de
mercancías, medios de transporte vacíos y turismo. 2. El
horario de atención de los Puestos Fronterizos Integrados de
El Florido y Agua Caliente será el establecido en el Acuerdo
de la Instancia Ministerial No. 4-2017, del 16 de junio de
2017. 3. El presente Acuerdo entra en vigor a partir de esta
fecha y será publicado por los Estados Parte. 4. No obstante
lo establecido en el numeral anterior, este Acuerdo no entrará
en vigor para la República de El Salvador.
SEGUNDO: Ordenar que para hacer del conocimiento público
y observancia en general, la Resolución aquí nominada, debe
ser publicada en la página web de la Secretaría de Estado en
el Despacho de Desarrollo Económico, www.sde.gob.hn.
TERCERO: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigor
a partir de la fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial
“La Gaceta” y en el sitio web www.sde.gob.hn.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los veinticinco días del mes de marzo de 2022.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
MELVIN ENRIQUE REDONDO
Subsecretario de Estado en el Despacho de Integración
Económica y Comercio Exterior, delegado mediante
Acuerdo No. 022-2022
DUNIA GRISEL FUENTES CARCAMO
Secretaria General
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EMPRESA N ACIONAL DE A RTES GRÁFICAS
Sección A
AÑO CXLIV TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. LUNES 18 DE ABRIL DEL 2022. NUM. 35,899
Secretaría de Desarrollo
Económico
ACUERDO MINISTERIAL No. 027-2022
1 A.
SUMARIO
Sección A
Decretos y Acuerdos
SECRETARÍA DE DESARROLLO
ECONÓMICO
Acuerdos Ministeriales Nos. 027-2022,
028-2022
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
DE HONDURAS
Acuerdos Ejecutivos Nos. 139-2022,
140-2022, 161-2022, 162-2022, 274-2022,
275-2022
INSTITUTO NACIONAL DE
CONSERVACIÓN FORESTAL - ICF
Acuerdo No. 007-2022
Sección B
Avisos Legales B. 1 - 20
Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 027-2022 — Dejar sin valor y efecto el Acuerdo Ministerial No. 020-2022 sobre delegación a Paola Rodríguez Betancourth
Poder Ejecutivo
LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE DESARROLLO ECONÓMICO,
CONSIDERANDO: Que el Artículo 321 de la Constitución
de la República manda: “Los Servidores de Estado no tiene
más facultades que las que expresamente les confiere la Ley.
Todo acto que ejecuten fuera de la Ley es nulo e implica
responsabilidad”.
CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de
Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución
de la República y en la Ley; asimismo les corresponde el
conocimiento y resolución de los asuntos del ramo.
CONSIDERANDO: Que con el objeto de agilizar la
Administración Pública los Secretarios de Estado, podrán
delegar en sus Subsecretarios de Estado el ejercicio de la
potestad de decidir en determinadas materias o en casos
concretos mediante la firma de ciertos actos administrativos.
CONSIDERANDO: El superior podrá delegar el ejercicio
de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la
competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la
administración de que forma parte el superior y el inferior.
CONSIDERANDO: El acto de delegación, además de indicar
el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano
delegado podrá contener instrucciones obligatorias para este
en materia procedimental.
POR TANTO:
La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo
Económico, en uso de las facultades que está investido y
de conformidad al Artículo 321 de la Constitución de la
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EDIS ANTONIO MONCADA
JORGE ALBERTO RICO SALINAS
Coordinador y Supervisor
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Administración: 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
República, Artículos 7, 36 numerales 8 y 19, 116, 118 y 122
de la Ley General de Administración Pública 4 y 5 de la Ley
de Procedimiento Administrativo.
ACUERDA:
PRIMERO: Dejar sin valor y efecto el Acuerdo Ministerial
No. 020-2022 de fecha 08 de febrero del año 2022, en el
cual se le delega temporalmente la Subgerencia de Recursos
Humanos a la Licenciada ISIS PAOLA RODRIGUEZ
BETANCOURTH.
SEGUNDO: Delegar temporalmente la Subgerencia de
Recursos Humanos de esta Secretaría a la Licenciada
CLEMENTINA LARA GUERRERO, para que pueda firmar
y dar seguimiento a todo los trámites y asuntos relacionados
que corresponden a dicho cargo, efectivo del 01 de abril del
2022.
TERCERO: El presente Acuerdo debe ser publicado en el
Diario Oficial “LA GACETA”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., uno (01) de abril
del año dos mil veintidós (2022).
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
MELVIN ENRIQUE REDONDO
Subsecretario de Estado en el Despacho de Integración
Económica y Comercio Exterior delegado mediante
Acuerdo No. 022-2022
DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO
Secretario General
Secretaría de Desarrollo
Económico
ACUERDO MINISTERIAL No. 028-2022
LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE DESARROLLO ECONÓMICO,
CONSIDERANDO: Que es competencia de la Secretaría
de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, la
formulación y ejecución de políticas relacionadas con los
mecanismos internos de comercialización de bienes y servicios
y su racionalización para asegurar condiciones adecuadas de
abastecimiento en coordinación de los demás organismos que
correspondan.
CONSIDERANDO: Que según Decreto Número 222-92, de
fecha 10 de diciembre de 1992, la Secretaría de Economía y
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Comercio, actualmente Secretaría de Estado en el Despacho de
Desarrollo Económico, será la encargada de dirigir la política
nacional en todo lo relacionado a la aplicación del Convenio
Sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.
CONSIDERANDO: Que el cultivo de cítricos, específicamente
de naranja, ha sido afectado por la enfermedad denominada
Huanglombing (HLB), razón por lo cual la producción de
naranja ha disminuido considerablemente, siendo afectadas
las empresas procesadoras de cítricos por esta situación.
CONSIDERANDO: Que el sector procesador de cítricos
manifestó que continúa la problemática por la reducción
en la producción nacional de naranja para la elaboración
de concentrado de jugo de naranja causado por los daños
sufridos por el paso de las Tormentas Tropicales ETA e IOTA
en las zonas de cultivos, sumado a la situación en el mercado
mundial que ha generado el cambio climático que ha afectado
la producción de la misma y el impacto del aumento en los
precios de los insumos agrícolas a nivel mundial.
CONSIDERANDO: Que en el mes de marzo de 2022,
el sector procesador solicitó a esta Secretaría de Estado,
la autorización para la importación de un contingente por
desabasto de concentrado de jugo de naranja congelado,
bajo la fracción arancelaria 2009.11.00.00 para poder suplir
la demanda del consumo nacional y exportador de jugo de
naranja.
CONSIDERANDO: Que en fecha 25 de marzo de 2022, la
Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico,
solicitó a la Secretaría Estado en los Despachos de Agricultura
y Ganadería, realizar un análisis desde el punto de vista
técnico, científico y de producción, así como la emisión de
un dictamen en el cual se establezca la pertinencia o no de
establecer un contingente por desabasto de concentrado de
jugo de naranja congelado.
CONSIDERANDO: Que en fecha 07 de abril del año 2022,
la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y
Ganadería, mediante Oficio-SAG-284-2022, manifiesta estar
de acuerdo con la autorización y apertura de un contingente
de desabasto por la cantidad de dos millones (2,000,000)
de kilogramos líquidos de concentrado de jugo de naranja
congelado clasificado en la fracción arancelaria 2009.11.00.00
del Arancel Centroamericano de Importación (ACI), con un
Derecho Arancelario de Importación (DAI) del cero por ciento
(0%), y a su vez, estarán gestionando reuniones con el sector
productor y procesador de cítricos para discutir sobre estado
de la producción actual de naranja en el país.
CONSIDERANDO: Que en fecha 07 de abril del año 2022,
la Dirección General de Integración Económica y Política
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Comercial emitió informe técnico en el cual establece que
en base al Oficio-SAG-284-2022 emitido por la Secretaría
de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería
SAG, es procedente la emisión del Acuerdo de autorización
de importación de un contingente por desabasto, por el
volumen de dos millones (2,000,000) de kilogramos líquidos
de concentrado de jugo de naranja congelado clasificado
en la fracción arancelaria 2009.11.00.00 del Arancel
Centroamericano de Importación (ACI), con un Derecho
Arancelario de Importación (DAI) del cero por ciento (0%).
CONSIDERANDO: Que es necesario establecer las
disposiciones para la administración del contingente por
desabastecimiento.
POR TANTO:
La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo
Económico en aplicación de los artículos 255, 321 y 347
de la Constitución de la República, 36 numeral 8, 116, 118,
119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública y
sus reformas, 54 literal a) del Decreto Ejecutivo No. 08-97,
contentivo del Reglamento de Organización y Competencia
del Poder Ejecutivo.
PRIMERO: Aperturar un contingente de desabasto por un
volumen de 2,000,000 kilogramos, de concentrado de jugo
de naranja congelado clasificado en la fracción arancelaria
2009.11.00.00 del Arancel Centroamericano de Importación
(ACI), con un Derecho Arancelario de Importación (DAI) del
cero por ciento (0%), cuya vigencia será a partir de la entrada
en vigor del presente Acuerdo hasta el 31 de diciembre de
2022.
SEGUNDO: Las importaciones de concentrado de jugo
de naranja congelado que sobrepasen el contingente por
desabastecimiento, serán gravadas con el Derecho Arancelario
de Importación (DAI) vigente.
TERCERO: Los interesados en un certificado de importación
de concentrado de jugo de naranja congelado deberán
comprobar la idoneidad para ser beneficiarios de dicho
certificado, demostrando que su actividad económica principal
es aquella dedicada al procesamiento de concentrado de jugo
de naranja congelado.
CUARTO: Las importaciones de concentrado de jugo de
naranja congelado del contingente por desabastecimiento que
realicen los agentes económicos requerirán de un certificado
de importación que será emitido por la Secretaría de Estado en
el Despacho de Desarrollo Económico a través de la Dirección
General de Integración Económica y Política Comercial.
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QUINTO: Los interesados en participar en la asignación
del contingente de importación por desabasto de jugo
de naranja congelado, teniendo su debida anticipación
de la importación, deberán enviar su solicitud vía correo
electrónico a secretariageneralteg@sde.gob.hn o presentar
ante la ventanilla de la Secretaría General de la Secretaría de
Desarrollo Económico, ubicada en el primer piso, torre 1, del
Centro Cívico Gubernamental, por medio de su apoderado
legal, las cuales deberán contener la siguiente información:
a) Los datos generales del importador: Identificación
del solicitante conforme a su RTN, incluyendo una
descripción de su actividad económica, dirección física
o fax, correo electrónico designado para efectuar las
notificaciones;
b) En el caso de personas naturales, fotocopia de la
Tarjeta de Identidad, Registro Tributario Nacional y
copia de la Escritura de Declaración de Comerciante
Individual; en el caso de personas jurídicas, fotocopia
de la escritura de constitución y de su Registro
Tributario Nacional; si es primera vez que realiza el
trámite;
c) El volumen a solicitar y la preferencia arancelaria
establecida; la fecha probable de ingreso al país;
d) Constancia de estar Solvente con sus obligaciones
Tributarias de conformidad con el artículo 3 del
Decreto Ejecutivo PCM-052-2013, la cual deberá estar
vigente a la fecha de la presentación de la solicitud,
e) Recibo original de TGR-1 por L. 200.00, por
concepto de la emisión de constancias, licencias y
certificaciones, vigente a la fecha de la presentación
de la solicitud;
f) Toda documentación presentada en línea deberá estar
debidamente autenticadas, si ésta es presentada ante
la ventanilla ésta será cotejada con su original.
SEXTO: Una vez recibida la solicitud con todos los requisitos
legales establecidos anteriormente, se admite y se envía a
la Dirección General de Integración Económica y Política
Comercial para que emita Dictamen Técnico, seguidamente
a la Unidad de Servicios Legales para que proceda a elaborar
Dictamen Legal y luego a la Secretaría General para que emita
la Resolución que en derecho corresponda; posteriormente
la Dirección General de Integración Económica y Política
Comercial emitirá los certificados de importación, los cuales
serán intransferibles y su periodo de vigencia improrrogable
salvo justificación razonable presentada por el solicitante.
SÉPTIMO: La Administración Aduanera de Honduras,
llevará los controles que sean necesarios para contabilizar
los montos importados dentro del contingente e informar
mensualmente a la Secretaría de Estado en los Despachos de
Agricultura y Ganadería.
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Presidencia de la
República de Honduras
ACUERDO EJECUTIVO No. 139-2022
Acuerdo Ejecutivo
Acuerdo Ejecutivo No. 139-2022 — Cancelar al ciudadano Juan Carlos Zelaya Degrandez del cargo de Subdirector Nacional del 911
Poder Ejecutivo
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS
DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y
DESCENTRALIZACIÓN
En uso de las facultades de que fue investido por el
Presidente de la República, mediante Acuerdo Ejecutivo No.
46-2022, de fecha 28 de enero 2022 y en aplicaciones de los
artículos 235, 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de
la República; 11, 35, 116, 118, 119, 122 de la Ley General de
la Administración Pública.
ACUERDA
PRIMERO: Cancelar al ciudadano JUAN CARLOS
ZELAYA DEGRANDEZ, del cargo de Subdirector Nacional
del Sistema de Emergencias Nueve, Uno, Uno (911), a quien
se le rinden las gracias por los servicios prestados .
SEGUNDO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a
partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La
Gaceta.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, el día 1 del mes de marzo del año 2022.
OCTAVO: El presente Acuerdo deberá ser remitido a la
Administración Aduanera de Honduras, a la Secretaría
de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y a
la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura
y Ganadería para que procedan de conformidad a sus
competencias.
NOVENO: Se instruye que el presente Acuerdo sea publicado
en el Diario Oficial “LA GACETA” y en la página web de la
Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los 07 días del mes de abril de 2022.
MELVIN REDONDO
Subsecretario de Integración Económica y
Comercio Exterior delegado mediante
Acuerdo No. 022-2022
JOEL EDUARDO SALINAS LANZA
Secretario General
Acuerdo Ejecutivo No. 271-2022
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