Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 1030-2021 — Modificación del Artículo 16 del Acuerdo 303-2018 sobre transparencia y uso de fondos públicos
Tegucigalpa, M.D.C., 13 de diciembre de 2021
LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE FINANZAS
CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado en el
Despacho de Finanzas emitió el Acuerdo 303-2018 con
fecha de publicación en el Diario Oficial La Gaceta, 7 de
marzo de 2018, cuyo Artículo 1 aprobó el Manual Para la
Adjudicación, Aprobación y Liquidación de Fondos de
Proyectos Públicos Sociales Financiados por Medio del
Programa de Transferencias y Asignaciones Globales, de
la Secretaría de Finanzas; asimismo el Artículo 2 de dicho
acuerdo señala: El presente Manual tiene como propósito
establecer los procedimientos para la adjudicación,
aprobación y liquidación de fondos consignados en el
Programa de Transferencias y Asignaciones Globales de
la Secretaría de Finanzas, para proyectos públicos sociales
de tal forma que se garantice la transparencia del uso de
los recursos, la rendición de cuentas y la satisfacción de la
necesidad planteada por la población a la que están destinados
dichos recursos.
CONSIDERANDO: El presente manual tiene como
propósito establecer los procedimientos para la adjudicación,
aprobación y liquidación de fondos conforme a transferencias
a las Asociaciones Civiles consignadas en el presupuesto de
la Secretaría de Finanzas, para proyectos públicos sociales
de tal forma que se garantice la transparencia del uso de
los recursos, la rendición de cuentas y la satisfacción de la
necesidad planteada por la población a la que están destinados
dichos recursos.
CONSIDERANDO: Que el Artículo 16 establece que previo
a realizar un nuevo desembolso, la Secretaría de Estado en
el Despacho de Finanzas deberá publicar en su página web,
las liquidaciones que presente la organización solicitante de
todas las transferencias consignadas.
-- 1 of 2 --
ABOG. THELMA LETICIA NEDA
JORGE ALBERTO RICO SALINAS
Coordinador y Supervisor
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Administración: 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
CONSIDERANDO: Que el Artículo 3 inciso 7 de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública y Artículo
50 del Reglamento indica los Datos Personales y que ninguna
persona podrá obligar a otra proporcionar lo mismos.
CONSIDERANDO: Que el contenido en los Informes
Físicos e Informes Financieros con su documentación
soporte presentada por las Asociaciones Civiles contiene
datos personales que no pueden ser divulgados;
POR TANTO,
En aplicación de los Artículos 371 de la Constitución de la
República, Artículos 29 numeral 7 reformado, 36 numeral 8,
116, 118 y 122 de la Ley General de la Administración Pública,
Artículo 121 párrafo tercero de la Ley de Procedimiento
Administrativo, Artículo 33 de la Ley de Ordenamiento de las
Finanzas Públicas, Control de las Exoneraciones y Medidas
Antievasión, Artículo 47 de la Ley Orgánica del Tribunal
Superior de Cuentas, Artículos 23 y 251 de las Disposiciones
Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de
la República para el Ejercicio Fiscal 2021.
ACUERDA:
ARTÍCULO 1: Modificar el Artículo 16 del Acuerdo 303-
2018 del Manual para la Transparencia y Uso de los Fondos
Públicos, leyéndose de la siguiente manera:
De conformidad al último desembolso otorgado a las
Asociaciones Civiles se publicará los Estados Financieros y
el Informe de la Auditoría Externa con base a los Artículos
10 inciso 10 y Artículo 24 inciso 2 del presente Manual en la
página web institucional de forma anual como liquidación de
los fondos asignados.
ARTÍCULO 2: El presente Acuerdo es de ejecución
inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial
“La Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los veintiún días (21) días del mes de diciembre
del año dos mil veintiuno (2021).
COMUNÍQUESE Y PUBLIQUESE:
LUIS FERNANDO MATA ECHEVERRI
Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas
FANNY LUCÍA MARADIAGA VALLECILLO
Secretaria General
-- 2 of 2 --
Ver como documento individual→