Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 3258-2021 — Aprobación del Reglamento del Departamento de Farmacovigilancia de la Secretaría de Salud y del Sistema de Farmacovigilancia en los Establecimientos de Salud
Poder Ejecutivo
LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE SALUD
En uso de las facultades que se le confiere mediante Acuerdo
Ejecutivo No. 242-2018 de fecha 27 de diciembre del 2018,
como Secretaria de Estado en el Despacho de Salud.
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República
establece en su Artículo 59 que la persona humana es el
fin supremo de la sociedad y del Estado y que todos tienen
la responsabilidad de respetarla y protegerla y, como
consecuencia el mismo texto legal en su Artículo 145 reconoce
el derecho a la protección de la salud y determina que es deber
de todos participar en la preservación de la salud personal y
de la comunidad.
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República
establece y garantiza el derecho a la protección y promoción
de la salud, como un derecho social para adoptar las medidas
necesarias para proteger y promover la salud de los habitantes
en general.
CONSIDERANDO: Que corresponde al Poder Ejecutivo a
través de la Secretaría de Salud, la obligación a la protección
de la salud de los ciudadanos de la República.
CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado en el
Despacho de Salud (SESAL), es el ente Rector del Sistema
de Salud y la ejecución de actividades públicas y privadas,
Organismos Centralizados y Descentralizados del Sector Salud,
en aplicación al Plan Nacional de Salud, dando prioridad a los
grupos más necesitados.- El Estado de Honduras, garantiza la
salud para toda la población de Honduras y le corresponde la
definición de la política nacional de salud, la normalización,
planificación y coordinación de todas las actividades en el
campo de la salud.
CONSIDERANDO: Que es competencia y responsabilidad
del Estado lo relativo a la fabricación, comercialización,
vigilancia y control de los productos farmacéuticos y otros
afines para contribuir con la existencia de productos seguros,
eficaces, de calidad, correctamente identificados y con
información apropiada.
CONSIDERANDO: Que es necesario garantizar la seguridad
de los pacientes sobre las reacciones adversas a medicamentos
mediante un sistema acorde a la característica del país y de los
países de la región a fin de encontrar una respuesta adecuada
que conduzcan a cambios y mejoras del Sistema Nacional
de Salud.
CONSIDERANDO: Que corresponde a la Secretaría de
Estado en el Despacho de Salud realizar la farmacovigilancia
de los medicamentos, así como fomentar su uso seguro
y racional, con el propósito de garantizar seguridad a los
pacientes en el uso de los mismos, así como prevenir daños
perjudiciales derivados de conductas inadecuadas como
la automedicación, intoxicación o sobredosis, errores de
medicación, fallas terapéuticas, reacciones adversas y otros
problemas que se derivan del mal uso de los mismos y que
pueden generar gran impactos en la salud de la población.
CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ministerial
No. 071-2021 de fecha 05 de Febrero del 2021 esta
Secretaría de Estado aprobó la Creación del Departamento
de Farmacovigilancia, mismo que funcionará en la Dirección
General de Vigilancia del Marco Normativo.
POR TANTO
En uso de las facultades de que está investida y en aplicación
a lo preceptuado en Artículos 59, 65, 145, 149, 235, 247,
248 de la Constitución de la República; Artículos 23, 25, 27,
67 y 68 del Reglamento de Organización, funcionamiento y
competencias del Poder Ejecutivo; Artículos 1, 7, 10 numeral
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3, 28, 36 numerales 1), 2) 5), 8); 116, 118 numeral 2) de la
Ley General de la Administración Pública; Artículos 1 y 3 del
Código de Salud y demás aplicables.
ACUERDA
PRIMERO: Aprobar en cada una de sus partes el documento
denominado REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO
FARMACOVIGILANCIA DE LA SECRETARIA DE
SALUD Y DEL SISTEMA DE FARMACOVIGILANCIA
EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE
HONDURAS que literalmente dice:
INDICE
CAPITULO I: DEL OBJETO Y PRINCIPIOS
CAPITULO II: DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO III: PARTE DISPOSITIVA DE LA
FARMACOVIGILANCIA Y SU FINALIDAD
CAPITULO IV: DE LA COMPETENCIA
CAPITULO V: METODOS DE FARMACOVIGILANCIA
FARMACOVIGILANCIA ACTIVA Y FARMACOVIGI-
LANCIA PASIVA
CAPITULO VI: DE LA NOTIFICACION Y LAS FORMAS
DE NOTIFICACION SECCION PRIMERA: DE LA
NOTIFICACION SECCION SEGUNDA: DE LAS
FORMAS DE NOTIFICACION
CAPITULO VII: DE LAS FUENTES DE INFORMACION
SOBRE FARMACOVIGILANCIA
CAPITULO VIII: DE LAS RESPONSABILIDADES Y
FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE FARMACOVI-
GILANCIA
SECCION PRIMERA:
DE LAS RESPONSABILIDADES DEL
DEPARTAMENTO DE FARMACOVIGILANCIA
SECCION SEGUNDA:
DE LAS FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE
FARMACOVIGILANCIA
CAPITULO IX: DE LAS OBLIGACIONES DE LOS
PROFESIONALES DE SALUD EN ESTABLECIMIENTOS
PRESTADORES DE SERVICIOS DE LA SECRETARIA
DE SALUD, ATRAVES DE PUNTOS FOCALES Y
REGIONES SANITARIAS.
SECCION PRIMERA:
OBLIGACIONES DE LOS PROFESIONALES
DE SALUD EN ESTABLECIMIENTOS
PRESTADORES DE SERVICIOS DE LA
SECRETARIA DE SALUD
SECCION SEGUNDA:
PUNTOS FOCALES
SECCION TERCERA:
REGIONES SANITARIAS
CAPITULO X: DE LAS RESPONSABILIDADES DEL
DEPARTAMENTO DE FARMACOVIGILANCIA EN
VACUNAS.
CAPITULO XI: DISPOSICIONES FINALES
CAPÍTULO I
DEL OBJETO Y PRINCIPIOS
ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento tiene como objeto
establecer las funciones y responsabilidades del Departamento
de Farmacovigilancia, dependiente de la Dirección General de
Vigilancia del Marco Normativo (DGVMN) de la Secretaría
de Salud (SESAL) en sus diferentes niveles, así como las
actividades relacionadas con el sistema de Farmacovigilancia
en los establecimientos de Salud de Honduras.
ARTÍCULO 2.- Son principios fundamentales del presente
reglamento los siguientes:
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a) Proteger la salud y la vida de las personas, en relación
a los productos y los establecimientos de salud.
b) Regular las condiciones de inocuidad, eficacia y
seguridad de los medicamentos y vacunas en los
establecimientos de salud.
CAPÍTULO II
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 3.- El presente Reglamento regula la
Farmacovigilancia y el personal vinculado a los mismos,
y para los fines de su aplicación se definen los siguientes
términos o definiciones:
Buenas Prácticas de Farmacovigilancia: Conjunto de normas
o recomendaciones destinadas a garantizar la autenticidad y
la calidad de los datos recogidos en Farmacovigilancia para
la evaluación en cada momento de los riesgos asociados a
un medicamento; la confidencialidad de la información e
identidad de los pacientes y sujetos que intervienen en el
proceso de notificación de reacciones adversas, así como el uso
de criterios uniformes en la evaluación de las notificaciones
y en la generación de señales de alerta.
Departamento de Farmacovigilancia (DFV): Centro de
referencia nacional sobre Farmacovigilancia. Cuenta con
reconocimiento en todo el país por su capacidad en materia
clínica y científica indispensable para recoger, clasificar,
analizar y difundir la información relacionada con la
seguridad de los medicamentos. Armoniza las tareas de los
departamentos regionales, administra la base de datos nacional
y representa al país en los foros internacionales.
Eventos Adversos: Cualquier suceso médico desafortunado
que puede presentarse con un medicamento pero que no tiene
necesariamente relación causal con ese tratamiento.
Para efectos de la presente Normativa se considerarán Eventos
Adversos las Reacciones Adversas a Medicamentos (RAM),
Fallas Terapéuticas (FT) y Errores de Medicación (EM).
Eventos Adversos Graves. Es cualquier situación médica
desfavorable que a cualquier dosis causa la muerte, amenaza
la vida, causa la hospitalización o la prolonga. Da como
resultado incapacidad, discapacidad persistente o significativa.
Es una anomalía congénita o defecto de nacimiento o cualquier
situación que se clasifique como medicamente significativa.
Todos los demás eventos adversos que no cumplen con las
anteriores características serán clasificados como no serios.
Comités de Farmacia y Terapéutica: Grupo de profesionales
de salud, cuya función es la selección de los medicamentos
y el establecimiento de normas que se emplean en el centro
asistencial; está integrado por médicos generales y con
especialidad, químicos farmacéuticos y farmacólogos clínicos.
Confidencialidad: Respeto del secreto de la identidad de la
persona para la que se ha notificado una sospecha de reacción
adversa a una unidad de Farmacovigilancia y que se extiende
a toda la información de carácter personal o médico. De forma
similar se mantendrá la confidencialidad de la información
personal relativa a los profesionales notificadores. En todo el
proceso de recopilación de datos de Farmacovigilancia deben
tomarse las precauciones precisas para garantizar la seguridad
de los datos y su confidencialidad, junto con su inalterabilidad
durante los procesos de tratamiento y transferencia de la
información.
ESAVI: Eventos Supuestamente Atribuidos a la Vacunación
e Inmunización.
Establecimientos de Salud: son aquellos establecimientos
públicos o privados, en los cuales se brinda atención dirigida
fundamentalmente a la promoción, curación, diagnóstico y
rehabilitación de la salud y a la prevención de la enfermedad
o del daño; como hospitales, maternidades, policlínicas,
centros de salud, consultorios, clínicas médicas, clínicas
odontológicas, clínicas homeopáticas y naturales, clínicas
de acupuntura, dispensarios, sanatorios, asilos, casas de
reposo, laboratorios mecánicos dentales, depósitos dentales,
ópticas, bancos de sangre y derivados, bancos de leche
materna, bancos de tejidos y órganos, establecimientos de
psicoterapia, fisioterapia y radioterapia, laboratorios de salud,
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laboratorios de análisis, centros de diagnósticos, laboratorios
farmacéuticos, droguerías, farmacias, puestos de venta de
medicamentos y botiquines de emergencias médica, fondos
comunales de medicamentos, establecimientos de estética y
nutrición, ambulancias, unidades móviles: terrestres, aéreas
y marítimas; y otros que defina la autoridad sanitaria.
Farmacovigilancia: Ciencia y actividades relativas a la
detección, evaluación, comprensión y prevención de los
efectos adversos de los medicamentos o cualquier otro
problema relacionado con ellos.
Farmacovigilancia Intensiva (Farmacovigilancia activa).-
Es la que permite controlar con profundidad los pacientes
asistidos por un centro de salud, y así determinar la incidencia
de las reacciones adversas medicamentosas (RAM) y los
factores que la predisponen.
Farmacovigilancia Pasiva: Método de Farmacovigilancia
de recepción y gestión de los casos que se identifiquen
espontáneamente y que se decida notificar. Es el método más
difundido y habitualmente se le conoce como “Notificación
o Reporte Espontáneo”; su principal utilidad está en dar
sustento a un sistema temprano de alerta para la detección de
Reacciones Adversas a los Medicamentos (RAM) inesperadas
como primera línea de protección para los pacientes. Véase
Notificación Espontánea.
Medicamento: Es una sustancia con propiedades para
el tratamiento, prevención, paliación, diagnóstico o
rehabilitación de enfermedades en los seres humanos. Así
mismo, se consideran aquellas sustancias empleadas para
restaurar, corregir, o modificar funciones fisiológicas del
organismo.
Notificación: También conocida como Tarjeta amarilla. La
comunicación de una sospecha de reacción adversa a un
medicamento, a un centro de Farmacovigilancia. Usualmente
estas notificaciones se realizan mediante los formularios de
notificación de reacción adversa (tarjeta amarilla), procurando
los medios necesarios en cada caso para mantener la
confidencialidad de los datos.
Notificador: Todo profesional sanitario que haya sospechado
una probable reacción adversa a un medicamento y la haya
comunicado a un centro de Farmacovigilancia.
Problemas relacionados con medicamentos: Aquellas
situaciones que en el proceso de uso de medicamentos causan
o pueden causar la aparición de un resultado negativo asociado
a la medicación.
Profesional de la Salud: Son todas las personas naturales que
se encuentren en el ejercicio de las siguientes profesiones:
Medicina y Cirugía, Química y Farmacia, Microbiología
Química Clínica, Odontología, Enfermería, Nutrición y
Psicología Clínica.
Reacción Adversa a Medicamentos (RAM): Según la
OMS, “reacción nociva y no deseada que se presenta tras la
administración de un fármaco, a dosis utilizadas habitualmente
en la especie humana, para prevenir, diagnosticar o tratar una
enfermedad, o para modificar cualquier función biológica”.
Riesgo: Es la probabilidad de ocasionar un perjuicio, que
normalmente se expresa como un porcentaje o una razón, la
probabilidad de un suceso.
Seguridad: Característica de un medicamento que puede
usarse con una probabilidad muy pequeña de causar efectos
tóxicos injustificables. La seguridad de un medicamento es,
por lo tanto, una característica relativa, y en farmacología
clínica su medición es problemática por la falta de definiciones
operativas y por razones éticas y legales.
Ficha de Notificación: Es un formulario en el que se recogen
los datos mínimos necesarios para evaluar una posible relación
de causalidad entre un medicamento y una reacción adversa.
ARTÍCULO 4.- Para la aplicación del presente Reglamento
se definen los siguientes Acrónimos, Símbolos y Términos o
Abreviaturas
AEMPS: Agencia Española de Medicamentos y Productos
Sanitarios
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ANMAT: Administración Nacional Argentina de
Medicamentos, Alimentos y tecnología médica.
ANVISA: Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Brasil).
COFEPRIS: Comisión Federal para la Protección contra
riesgos sanitarios (México)
COMISCA: Comisión de Ministerios de Salud de Centro
América y República Dominicana
DFV: Departamento de Farmacovigilancia
DGVMN: Dirección General de Vigilancia del Marco
Normativo
EM: Errores de Medicación
EMA: Agencia Europea de Medicamentos
FACEDRA: Farmacovigilancia Centroamericana Datos de
Reacciones Adversas.
FDA: Food and Drug Administration. Administración de
Alimentos y Medicamentos. Agencia Reguladora de los
Medicamentos y Alimentos de los Estados Unidos.
FEDRA: Base de Datos de Reacciones Adversas del Sistema
de Farmacovigilancia español.
FT: Fallas Terapéuticas
INVIMA: Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos
y Alimentos
OMS (WHO): Organización Mundial de la Salud (World
Health Organization).
OPS: Organización Panamericana de la Salud
PAI: Programa Ampliado de Inmunizaciones
CAPÍTULO III
PARTE DISPOSITIVA
DE LA FARMACOVIGILANCIA Y SU FINALIDAD
ARTÍCULO 5.- La SESAL por medio de la Dirección General
de Vigilancia del Marco Normativo (DGVMN) y a través del
Departamento de Farmacovigilancia (DFV) será responsable
de recopilar, vigilar, investigar, evaluar y dar seguimiento
a las notificaciones de sospechas de los distintos Eventos
y Reacciones Adversas y otros Problemas Relacionados al
uso de Medicamentos y Vacunas en los establecimientos
prestadores de servicios de salud, así como la formulación
de recomendaciones de carácter técnico - legal en el caso de
que un medicamento no cumpla con las medidas de seguridad
y eficacia, convirtiéndose en un riesgo para la salud de la
población.
ARTÍCULO 6.- Garantizar la seguridad para el paciente, su
familia y el personal de salud a través de la prevención, del
manejo sistemático y responsable de los riesgos, accidentes y
de eventos adversos producto de la prestación de los servicios
de salud, desde su identificación, clasificación, priorización y
administración hasta la generación de barreras de seguridad
para disminuir su impacto.
CAPÍTULO IV
DE LA COMPETENCIA
ARTÍCULO 7.- Será competencia del Departamento
de Farmacovigilancia realizar el monitoreo, evaluación
y vigilancia del cumplimiento del Marco Normativo en
Farmacovigilancia de los eventos y reacciones adversas
de los medicamentos y vacunas, mediante la recepción de
notificaciones efectuadas por los profesionales de la salud,
pacientes o ciudadanos a través de los métodos que se detallan
en el presente documento, así como realizar actividades de
promoción, educación, seguimiento de reacciones adversas,
fallas de calidad, fallas terapéuticas o problemas relacionados
con los medicamentos y vacunas.
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CAPÍTULO V
METODOS DE FARMACOVIGILANCIA
FARMACOVIGILANCIA ACTIVA Y
FARMACOVIGILANCIA PASIVA
ARTÍCULO 8.- El Departamento de Farmacovigilancia
realizará Farmacovigilancia Activa conocida también como
farmacovigilancia intensiva de sospechas de reacciones
adversas de los medicamentos de manera sistemática, de
calidad y completa, con características de sensibilidad y
fiabilidad; especialmente cuando se necesita determinar la
frecuencia de las reacciones y eventos adversos e identificar
factores predisponentes y patrones de uso de medicamentos
y vacunas, en las enfermedades de salud pública y otros
relacionados con la mala utilización de fármacos, abuso de
sustancias farmacológicas, intoxicaciones y sobredosis, así
como también la falta del efecto terapéutico esperado.
ARTÍCULO 9.- El Departamento de Farmacovigilancia
realizará Farmacovigilancia Pasiva conocida también como
Notificación o Reporte Espontáneo, para dar sustento a un
sistema temprano de alerta para la detección de Reacciones
y Eventos Adversos a los Medicamentos y vacunas (RAM
y ESAVI) inesperadas como primera línea de protección
para los pacientes, mediante los formularios de notificación
correspondientes reportados por el profesional de la salud,
pacientes o población en general, y de forma electrónica con
la plataforma de Noti-FACEDRA y otros que esta Dirección
General determine.
CAPÍTULO VI
DE LA NOTIFICACION Y LAS FORMAS DE
NOTIFICACION
SECCION PRIMERA
DE LA NOTIFICACION
ARTÍCULO 10.- Es obligatoria la Notificación por parte
del personal de salud, de toda sospecha de Eventos adversos
(Reacciones Adversas Medicamentosas (RAM), Eventos
Supuestamente atribuibles a la Vacunación e Inmunización
(ESAVI), Fallas Terapéuticas (FT), Errores de Medicación
(EM)), la que reunirá las características de confidencial,
espontánea, y su información será únicamente para uso oficial
del Departamento de Farmacovigilancia, el que deberá guardar
estricta confidencialidad sobre la identidad del notificador que
ponga a la autoridad en conocimiento de las mismas.
ARTÍCULO 11.- La Región Sanitaria enviará una copia al
Departamento de Farmacovigilancia y dejando la original en
su poder.
SECCION SEGUNDA
DE LAS FORMAS DE NOTIFICACION
ARTÍCULO 12.- La comunicación de la notificación
será vía digital, física u otro medio al Departamento de
Farmacovigilancia de la Dirección General de Vigilancia
del Marco Normativo (DGVMN) o Punto Focal de
farmacovigilancia en las regiones sanitarias, quien evaluará,
investigará y hará las recomendaciones del caso e informará
a la Región Sanitaria las medidas tomadas.
CAPITULO VII
DE LAS FUENTES DE INFORMACION SOBRE
FARMACOVIGILANCIA
ARTÍCULO 13.- Se establecen como Fuentes de Información
sobre Farmacovigilancia las siguientes:
a) Notificación espontánea de casos individuales de
sospechas de reacciones adversas a través de la ficha
de notificación por parte de los profesionales de salud
de todos los establecimientos de salud.
b) Estudios post-autorización del medicamento.
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c) Bases de datos sanitarias nacionales e internacionales
tales como egresos hospitalarios, dispensación de
medicamentos y mortalidad, entre otras (EMA,
ANMAT, ANVISA, AEMPS, FDA, FEDRA,
HEALTH CANADA, INVIMA, COFEPRIS, UMC,
entre otros).
d) Informaciones relacionadas con la fabricación,
conservación, venta, distribución, dispensación y
hábitos de utilización, prescripción y administración
a los pacientes de un medicamento procedentes de la
industria farmacéutica.
e) Publicaciones actualizadas de la literatura científica.
f) Otras fuentes de información que puedan repercutir
sobre la evaluación de la relación beneficio / riesgo
de los medicamentos.
g) Autoridades y organismos sanitarios nacionales e
internacionales (OMS, OPS, UMC entre otros).
CAPITULO VIII
DE LAS RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DEL
DEPARTAMENTO DE FARMACOVIGILANCIA
SECCION PRIMERA
DE LAS RESPONSABILIDADES DEL
DEPARTAMENTO DE FARMACOVIGILANCIA
ARTÍCULO 14.- La Dirección General de Vigilancia del
Marco Normativo (DGVMN) a través del Departamento de
Farmacovigilancia (DFV) tendrá a su cargo las siguientes
responsabilidades:
1) Investigar y monitorear los Eventos Adversos en
los estudios e investigaciones clínicas realizadas
a iniciativa de instituciones de salud pública, de
personas o instituciones privadas.
2) Proponer las medidas a adoptar según la legislación,
para prevenir incidentes o accidentes cuya ocurrencia
se relaciona de manera razonable con la utilización de
medicamentos.
3) Ejercer otras funciones que se encuentren en el ámbito
de su competencia.
4) Establecer los mecanismos para notificar las sospechas
de los Eventos Adversos.
5) Gestionar y asegurar la calidad de la base de datos de
Farmacovigilancia, vigilando la confidencialidad e
integridad de los datos durante todo el proceso.
6) Recibir, evaluar, codificar y cargar en la base de datos
de Farmacovigilancia las notificaciones de sospechas
de eventos adversos y otros problemas relacionados
con medicamentos y vacunas.
7) Recibir, analizar y difundir las informaciones
necesarias sobre sospechas de eventos adversos de
los medicamentos y productos farmacéuticos de uso
humano para la toma oportuna de decisiones, con el
fin de prevenir riesgos a la salud de la población.
8) Cargar o notificar a la base de Noti-FACEDRA las
notificaciones recibidas por las diferentes regiones.
9) Administrar la base de datos, evaluar la causalidad y
el análisis de los datos.
10) Desarrollar actividades de educación y promoción
en materia de farmacovigilancia en las 20 regiones
sanitarias de la SESAL.
11) Realizar estudios Fármaco Epidemiológicos destinados
a evaluar la seguridad de los medicamentos de uso
humano.
12) Verificar la disponibilidad del formulario de notificación
en las regiones sanitarias, electrónico y en físico para
el uso del profesional de la salud y ciudadano.
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SECCIÓN SEGUNDA
DE LAS FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE
FARMACOVIGILANCIA
ARTÍCULO 15.- El Departamento de Farmacovigilancia
(DFV) de la Dirección General de Vigilancia del Marco
Normativo (DGVMN), estará a cargo de las siguientes
funciones:
1. Planificar, coordinar, evaluar, y desarrollar la
Farmacovigilancia en todo el territorio hondureño.
2. Vigilar el cumplimiento de las Normativas emanadas
por la Secretaría de Salud y otras relacionadas en el
campo de la Farmacovigilancia.
3. Contribuir a la formulación de normativas y dirigir la
toma de decisiones.
4. Apoyar programas de docencia e investigación
científica oportuna, autorizada, procesada, dirigida y
evaluada, que permita dar la mejor atención terapéutica
a los usuarios.
5. Recepcionar y codificar las notificaciones de
eventos adversos recibidos en el Departamento de
Farmacovigilancia por los notificadores: Médicos,
farmacéuticos, odontólogos, enfermeras y otros.
6. Investigar bibliografía sobre las reacciones adversas
reportadas.
7. Clasificar las reacciones adversas.
8. Retroalimentación con el notificador y Establecimiento
Proveedores de Servicios de salud.
9. Elaborar informes para la institución, las autoridades
sanitarias, reportar en Noti-FACEDRA.
10. Elaborar boletines con el objeto de brindar información
a los profesionales en salud sobre las principales
reacciones adversas reportadas y otros temas de interés
relacionados.
11. Realizar reuniones con los profesionales en salud del
sector público y no público o cualquier otro tipo de
actividades, para motivar la participación de notificar
al Departamento de Farmacovigilancia.
12. Emitir criterios técnicos que fundamentan decisiones
a niveles jerárquicos superiores.
13. Brindar asesoría y capacitación permanente a los
profesionales en salud, sobre Farmacovigilancia como
componente de la vigilancia sanitaria de medicamentos.
14. Proporcionar la metodología, para el llenado y envío
de la información oficial.
15. Coordinar, conducir e integrar la información en el
Departamento de Farmacovigilancia, para lograr la
detección temprana y evidente de las Reacciones
Adversas y/o falla terapéutica
16. Fortalecer el desarrollo del recurso humano técnico de
acuerdo a las necesidades institucionales.
17. Programar seminarios, talleres, entre otros, para
capacitar en farmacovigilancia a las regiones sanitarias.
18. Promover y fortalecer las metodologías de detección
precoz de Reacciones Adversas y fallas terapéuticas,
con el fin de conocer los datos Farmacoepidemiológico
del país, asegurando a los usuarios la mejor alternativa
de tratamiento, eficacia y seguridad en el uso de los
medicamentos. Esto conlleva la toma de decisiones en
la compra y dispensación de medicamentos seguros de
calidad y eficacia.
19. Recibir, investigar y evaluar las notificaciones de
sospechas de eventos adversos y otros problemas
relacionados a medicamentos y vacunas, que sean
notificados, por personal de salud y pacientes en fase
inicial de tratamiento y seguimientos procedentes de
la Farmacovigilancia activa y pasiva, vigilando la
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confidencialidad de la información, con especial énfasis
en aquellos eventos adversos que sean de naturaleza
desconocida, grave o inusual.
20. Coordinar actividades de Farmacovigilancia a nivel
nacional con Comités de farmacia y terapéutica
hospitalarios y puntos focales de las Regiones
sanitarias.
21. Delegar algunas de las funciones de este departamento
cuando se requiera.
22. Establecer enlaces para coordinación en el tema de
Farmacovigilancia con otras organizaciones como
la Organización Panamericana de la Salud (OPS),
COMISCA, otras Autoridades Sanitarias, nacionales
e internacionales.
23. Velar porque toda notificación de sospecha de eventos
adversos graves que ocurran en el país se registre y
comunique lo más pronto posible.
24. Crear y actualizar la base de datos.
25. Participar en reuniones presenciales y virtuales de la
RED-PARF y COMISCA (FEDRA).
26. Elaborar el plan Anual (POA) del Departamento de
Farmacovigilancia.
27. Promover un sistema de Buenas Prácticas de
Farmacovigilancia, a fin de generar una cultura de
notificación de Eventos Adversos en los profesionales
de salud y ciudadano en todo el territorio nacional.
28. Dar seguimiento a alertas sanitarias sobre medicamentos
y vacunas de uso humano.
29. Velar porque los datos de las notificaciones recibidas
se ajusten a las buenas prácticas de Farmacovigilancia,
evitando la duplicidad de notificaciones de un mismo
paciente.
30. Ejercer otras funciones que le sean asignadas en el
ámbito de su competencia.
31. Recabar información y dar seguimiento a casos
de muerte por sospecha de reacciones o eventos
adversos de medicamentos y vacunas en los diferentes
establecimientos que realizan autopsias.
CAPÍTULO IX
DE LAS OBLIGACIONES DE LOS
PROFESIONALES DE SALUD EN
ESTABLECIMIENTOS PRESTADORES DE
SERVICIOS DE LA SESAL A TRAVEZ
DE PUNTOS FOCALES Y REGIONES SANITARIAS.
SECCIÓN PRIMERA
OBLIGACIONES DE LOS PROFESIONALES
DE SALUD EN LOS ESTABLECIMIENTOS
PRESTADORES DE SERVICIOS DE LA SESAL
ARTÍCULO 16.- Son obligaciones de los Profesionales
de Salud, en las diferentes categorías y especialidades de
atención, las siguientes:
a) Notificar y enviar al Departamento de Farmacovigilancia
toda sospecha de Reacciones Adversas a los
Medicamentos (RAM), falla Terapéuticas (FT),
errores de Medicación o cualquier clase de Eventos
Adversos (EA) (medicamento o vacuna) de las que
tuvieren conocimiento en el ejercicio habitual de su
profesión y mediante el formulario correspondiente
físico y/o digital, con todos los datos contenidos en
ella.- En el caso de tratarse de reacciones adversas
graves o inesperadas estas deberán notificarse dentro
de las veinticuatro (24) horas siguientes al momento
en que se produjo la reacción y las menos graves en
un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles.
b) Conservar el expediente clínico de las sospechas de
Reacciones o Eventos Adversos y otros problemas
asociados al uso de medicamentos y vacunas y, realizar
el seguimiento en caso que sea necesario.
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SECCIÓN SEGUNDA
Puntos Focales de Farmacovigilancia en Hospitales.
ARTÍCULO 17.- El Departamento de Farmacovigilancia de
la DGVMN tendrá puntos focales de Farmacovigilancia en
los diferentes centros hospitalarios a nivel nacional, los que
tendrán asignadas las siguientes funciones:
a) Organizar y supervisar el proceso de notificación
de Eventos Adversos de Medicamentos y vacunas,
(RAM, AM, FT, FC, ESAVI).
b) Recibir las notificaciones de Reacciones y Eventos
Adversos de todos los profesionales del equipo de
salud del centro hospitalario respectivo.
c) Recibir las notificaciones de Reacciones y Eventos
Adversos de pacientes y del público en general
(ciudadanos). En este caso quien recibe el reporte
deberá anotarlo en el formato correspondiente.
d) Comunicar de urgencia toda sospecha de Reacciones
y Eventos Adversos graves que haya sido reportado
por un profesional de salud, pacientes o familiares.
e) Asegurarse que el formulario de notificación de
Reacciones y Eventos Adversos esté completo y
correctamente lleno por la persona que reporta.
f) Llevar un registro de las sospechas de Reacciones
y Eventos Adversos, y problemas relacionados a
medicamentos y vacunas que son notificados en su
institución.
g) Estar disponible para ser contactado desde el DFV ante
la eventual necesidad de ampliar información referente
a un caso notificado desde su centro hospitalario.
SECCIÓN TERCERA
REGIONES SANITARIAS
ARTÍCULO 18.- El punto focal de Farmacovigilancia del
Departamento de Vigilancia del Marco Normativo tendrá las
siguientes funciones:
a) Recibir y enviar al Departamento de Farmacovigilancia
las sospechas de reacciones y eventos adversos
producidos en su ámbito, comunicadas por los
profesionales de la salud.
b) Concientizar al personal de salud la importancia
de anotar en el expediente clínico las reacciones y
Eventos Adversos reportados del paciente realizando
visitas periódicas a todas las unidades asistenciales.
c) Confirmar todo reporte de Eventos Adversos hecho
por los médicos mediante la revisión sistemática de
los expedientes clínicos.
d) Brindar información a los profesionales de salud sobre
los Eventos Adversos reportados y otros temas de
interés relacionados.
e) Brindar asesoría y capacitación permanente a los
profesionales de salud sobre Farmacovigilancia.
f) Conformar equipo multidisciplinario capacitado
necesario para realizar la Farmacovigilancia.
g) Promover las actividades de capacitación de
profesionales de la salud en Farmacovigilancia
h) Mantener cantidad suficiente de formatos para
notificación de Eventos Adversos.
i) Remitir copia de los reportes de Eventos Adversos al
Departamento de Farmacovigilancia de la Dirección
General de Vigilancia del Marco Normativo.
j) Otras que les sean asignadas en el marco de su
competencia.
CAPÍTULO X
DE LAS RESPONSABILIDADES DEL
DEPARTAMENTO DE FARMACOVIGILANCIA EN
VACUNAS
ARTÍCULO 19.- El Departamento de Farmacovigilancia
(DFV) de la Dirección General de Vigilancia del Marco
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Normativo (DGVMN), tendrá las siguientes responsabilidades
en lo referente a las vacunas:
a) Fomentar la comunicación PAI-DFV de la DGVMN,
para recibir copias de las notificaciones de ESAVIS
o de introducción de nuevas vacunas al esquema
nacional de vacunación para la detección de señales.
b) Analizar, revisar y evaluar las notificaciones de
eventos graves y no graves.
c) Ingresar los ESAVI en la base de datos de
Farmacovigilancia.
d) Mantener comunicación continua con el Programa
Ampliado de Inmunización para la vigilancia de
ESAVI, y el seguimiento de estos.
e) Búsqueda de información, literatura y datos sobre los
ESAVI en forma continúa.
f) Participar en las reuniones de las mesas del Consejo
Consultivo Nacional de Inmunización (CCNI)
para analizar los casos de Eventos Supuestamente
Atribuidos a la Vacunación e Inmunización (ESAVI)
graves de los casos previamente seleccionados por el
PAI si lo solicitan.
g) Notificar los ESAVI de la vacuna graves COVID-19
a nivel nacional en la base de datos de COMISCA
(Noti-Facedra).
h) Notificar los ESAVI graves que presenten problemas
de seguridad de alguna vacuna del esquema nacional
de vacunación en la base de datos de COMISCA
(Noti-FACEDRA).
i) Generar reportes de vigilancia de ESAVI de la vacuna
COVID 19 a través de boletines que garanticen la
retroalimentación del sistema.
j) Archivar los documentos generados de ESAVI
(actas de reuniones, actas de asistencias técnicas,
publicaciones, fichas de notificación, etc.).
CAPÍTULO XI
DISPOSICIONES FINALES
ARTÍCULO 20.- A efecto de cumplir con los objetivos de este
Reglamento, la Dirección General de Vigilancia del Marco
Normativo, a través de sus respectivas dependencias deberá
establecer los mecanismos de organización, funcionamiento
y coordinación.
ARTÍCULO 21.- Todo lo no previsto en el presente
Reglamento, serán aplicables de manera subsidiaria las
disposiciones contenidas en el Documento Técnico de
Buenas Prácticas de Farmacovigilancia de la Red PARF y
Reglamentos, Convenios suscritos y ratificados por Honduras
en dicha materia, Normas y Procedimientos del Programa
Ampliado de Inmunizaciones de Honduras (PAI) y cualquier
otro documento que surja por una emergencia sanitaria
específica.
ARTÍCULO 22.- El presente Reglamento entrará en vigencia
a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial “La
Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central a los doce (12) días del mes de octubre del año dos
mil veintiuno (2021).-
LICENCIADA ALBA CONSUELO FLORES FERRUFINO
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
SALUD
ABOGADA SARA DEL CARMEN SANCHEZ ALVAREZ
SECRETARIA GENERAL
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
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Sección “B”
SECRETARÍA DE SEGURIDAD
Aviso de Licitación Pública
República de Honduras
Secretaría de Estado en los Despacho de Seguridad
"Contratación y Otros Servicios para la Sostenibilidad
del Sistema Integrado de Gestión SIG"
No. SEDS-LPN-GA-2021-001
La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad invita
a las empresas interesadas en participar, en la Licitación
Pública Nacional No. SEDS- LPN-GA-2021-001, a presentar
ofertas selladas para la "Contratación y Otros Servicios
para la Sostenibilidad del Sistema Integrado de Gestión
SIG"
1. "Contratación y Otros Servicios para la
Sostenibilidad del Sistema Integrado de Gestión
SIG".
2. El financiamiento para la realización del presente
proceso proviene de Fondos Nacionales.
3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos
de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en
la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
4. Los interesados podrán adquirir los documentos de
la presente licitación mediante solicitud escrita a la
Gerencia Administrativa en la dirección indicada al
final de este Aviso, en un horario de atención al público
de lunes a viernes, de 08:00 a.m. a 04:00 p.m., previo
el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos
lempiras exactos (L. 300,00), mediante recibo TGR1
cancelado en instituciones del Sistema Financiero
Nacional.
Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante
correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@
seguridad.gob.hn. o examinados en el Sistema de Información
de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras,
"HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn).
5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección:
Gerencia Administrativa, Edificio contiguo a Despacho
Ministerial, Secretaría de Seguridad, Aldea El Ocotal,
Francisco Morarán, antiguas instalaciones de la Academia
Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a
más tardar a las 9:50 a.m. del día lunes 20 de septiembre
de 2021. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán
rechazadas.
6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de
los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada
anteriormente, el día lunes 20 de septiembre de 2021, a
las 10:00 a.m.
Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o
Fianzas de mantenimiento de la oferta por un monto equivalente
al menos 02% dos por ciento del precio de la oferta.
Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 10 de agosto de 2021.
General de División (r)
Julián Pacheco Tinoco
Secretaría de Estado en los Despachos de Seguridad
5 N. 2021
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Sección B A v isos L egales
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SECRETARÍA DE SEGURIDAD
Aviso de Licitación Pública
República de Honduras
Secretaría de Estado en los Despacho de Seguridad
"ADQUISICIÓN DE PAPEL PARA DENUNCIAS
DIRECCIÓN POLICIAL DE INVESTIGACIONES
DPI"
No. SEDS-LPN-GA-2021-002
La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita
a las empresas interesadas en participar en la Licitación
Pública Nacional No. SEDS-LPN-GA-2021-002, a presentar
ofertas selladas para la "ADQUISICIÓN DE PAPEL
PARA DENUNCIAS DIRECCIÓN POLICIAL DE
INVESTIGACIONES DPI".
1. El financiamiento para la realización del presente
proceso proviene de Fondos Nacionales.
2. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos
de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en
la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
3. Los interesados podrán adquirir los documentos de
la presente licitación, mediante solicitud escrita a la
Gerencia Administrativa en la dirección indicada al
final de este Aviso, en un horario de atención al público
de lunes a viernes, de 08:00 a.m. a 04:00 p.m., previo
el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos
lempiras exactos (L. 300,00), mediante recibo TGR1
cancelado en instituciones del Sistema Financiero
Nacional.
Asimismo, los documentos podrán ser solicitados
mediante correo electrónico a la dirección siguiente:
gerencia@seguridad.gob.hn. o examinados en el Sistema de
Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de
Honduras, "HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn).
4. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección:
Gerencia Administrativa, Edificio contiguo a Despacho
Ministerial, Secretaría de Seguridad, Aldea El Ocotal,
Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la
Academia Nacional de Policía, antes del Campo de
Parada Marte, a más tardar a las 9:50 a.m. del día
martes 09 de noviembre del 2021. Las ofertas que se
reciban fuera de plazo serán rechazadas.
5. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de
los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada
anteriormente, el día martes 09 de noviembre de 2021, a
las 10:00 a.m.
Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o
Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente
al menos dos por ciento (2%) del precio de la oferta.
Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 29 de septiembre de 2021.
General de División (r)
Julián Pacheco Tinoco
Secretaría de Estado en los Despachos de Seguridad
5 N. 2021
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SECRETARÍA DE SEGURIDAD
Aviso de Licitación Pública
República de Honduras
Secretaría de Estado en los Despacho de Seguridad
"ADQUISICIÓN DE UTENSILIOS DE COCINA PARA
EL ITP DIRECCIÓN NACIONAL DE EDUCACCIÓN
POLICIAL"
No. SEDS-LPN-GA-2021-003
La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad invita
a las empresas interesadas en participar en la Licitación
Privada No. SEDS-LPN-GA-2021-003, a presentar ofertas
selladas para la "ADQUISICIÓN DE UTENSILIOS DE
COCINA PARA EL ITP DIRECCIÓN NACIONAL DE
EDUCACCIÓN POLICIAL".
1. El financiamiento para la realización del presente
proceso proviene de Fondos Nacionales.
2. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos
de Licitación Privada (LPR) establecidos en la Ley de
Contratación del Estado y su Reglamento.
3. Los interesados podrán adquirir los documentos de
la presente licitación, mediante solicitud escrita a la
Gerencia Administrativa en la dirección indicada al
final de este Aviso, en un horario de atención al público
de lunes a viernes, de 08:00 a.m. a 04:00 p.m., previo
el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos
lempiras exactos (L. 300,00), mediante recibo TGR1
cancelado en instituciones del Sistema Financiero
Nacional.
Asimismo, los documentos podrán ser solicitados
mediante correo electrónico a la dirección siguiente:
gerencia@seguridad.gob.hn. o examinados en el Sistema de
Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de
Honduras, "HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn).
4. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección:
Gerencia Administrativa, Edificio contiguo a Despacho
Ministerial, Secretaría de Seguridad, Aldea El Ocotal,
Francisco Morarán, antiguas instalaciones de la
Academia Nacional de Policía, antes del Campo de
Parada Marte, a más tardar a las 9:50 a.m. del día
miércoles 10 de noviembre de 2021. Las ofertas que se
reciban fuera de plazo serán rechazadas.
5. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de
los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada
anteriormente, el día miércoles 10 de noviembre de
2021, a las 10:00 a.m.
Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o
Fianzas de mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente
al menos dos por ciento (2%) del precio de la oferta.
Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 30 de septiembre de 2021.
General de División (r)
Julián Pacheco Tinoco
Secretaría de Estado en los Despachos de Seguridad
5 N. 2021
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SECRETARIA DE SEGURIDAD
Aviso de Licitación Pública
República de Honduras
Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad
“Suministro de Insumos Alimenticios para
Determinadas Cocinas de la Secretaría de
Seguridad/Policía Nacional”
LPN No. SEDS-LPN-GA-2021-004
l. La Secretaría de Estado en el Despacho de
Seguridad, invita a las empresas interesadas
en participar en la Licitación Pública
Nacional LPN No. SEDS-LPN-GA-2021-004,
a presentar ofertas selladas para el
“Suministro de Insumos Alimenticios para
Determinadas Cocinas de la Secretaría de
Seguridad/Policía Nacional”.
2. El financiamiento para la realización del
presente proceso proviene de Fondos
Nacionales.
3. La licitación se efectuará conforme a los
procedimientos de Licitación Pública
Nacional (LPN) establecidos en la Ley ele
Contratación del Estado y su Reglamento.
4. Los interesados podrán adquirir los
documentos de la presente licitación.
mediante solicitud escrita a la Gerencia
Administrativa en la dirección indicada al
final de este Aviso en un horario de atención
al público de lunes a viernes, de 08:00 a.m.
a 04:00 p.m., previo a el pago de la cantidad
no reembolsable de trescientos lempiras
exactos (L.300.00), mediante recibo TGR1
cancelado en instituciones del Sistema
Financiero Nacional.
Asimismo, los documentos podrán ser solicitados
mediante correo electrónico a la dirección
siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn
sedsgerencial@gmail.com o examinados en
el Sistema de Información de Contratación
y Adquisiciones del Estado de Honduras,
“HonduCompras”. (www.honducompras.gob.hn).
5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente
dirección: Gerencia Administrativa,
edificio contiguo a Despacho Ministerial,
Secretaría de Seguridad, Aldea El
Ocotal, Francisco Morazán, antiguas
instalaciones de la Academia Nacional
de Policía, antes del Campo de Parada
Marte, a más tardar a las 01:50 p.m. del
día martes 02 de noviembre de 2021. Las
ofertas que se reciban fuera de plazo serán
rechazadas.
6. Las ofertas se abrirán en presencia de los
representantes de los Oferentes que deseen
asistir en la dirección indicada anteriormente,
el día martes 02 de noviembre de 2021, a
las 02:00 p.m.
Todas las ofertas deberán estar acompañadas de
una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la
Oferta por un monto equivalente al menos 2% por
ciento del precio de la oferta.
Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 23 de
septiembre de 2021.
General de División (r)
Julian Pacheco Tinoco
Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad
5 N. 2021
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SECRETARIA DE SEGURIDAD
Aviso de Licitación Pública
República de Honduras
Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad
“Adquisición de Pintura para Edificios de la
Policía Nacional y Secretaria de Seguridad”
LPN No. SEDS-LPN-GA-2021-005
l. La Secretaría de Estado en el Despacho de
Seguridad, invita a las empresas interesadas
en participar en la Licitación Pública Nacional
No. SEDS-LPN-GA-2021-005, a presentar
ofertas selladas para la “Adquisición
de Pintura para Edificios de la Policía
Nacional y Secretaría de Seguridad”.
2. El financiamiento para la realización del
presente proceso proviene de Fondos
Nacionales.
3. La licitación se efectuará conforme a los
procedimientos de Licitación Pública Nacional
(LPN) establecidos en la Ley de Contratación
del Estado y su Reglamento.
4. Los interesados podrán adquirir los
documentos de la presente licitación.
mediante solicitud escrita a la Gerencia
Administrativa en la dirección indicada al
final de este aviso, en un horario de atención
al público de lunes a viernes de 08:00 a.m.
a 04:00 p.m., previo a el pago de la cantidad
no reembolsable de trescientos lempiras
exactos (L.300.00). mediante recibo TGR1
cancelado en instituciones del Sistema
Financiero Nacional.
Asimismo, los documentos podrán ser
solicitados mediante correo electrónico a la
dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn,
sedsgerencial@gmail.com o examinados en
el Sistema de Información de Contratación
y Adquisiciones del Estado de Honduras.
“HonduCornpras”. (www.honducompras.gob.hn).
5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente
dirección: Gerencia Administrativa, edificio
contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría
de Seguridad, Aldea El Ocotal, Francisco
Morazán, antiguas instalaciones de la
Academia Nacional de Policía, antes del
Campo de Parada Marte, a más tardar a las
01:50 p.m. del día lunes 22 de noviembre
de 2021. Las ofertas que se reciban fuera de
plazo serán rechazadas.
6. Las ofertas se abrirán en presencia de los
representantes de los Oferentes que deseen
asistir en la dirección indicada anteriormente.
el día lunes 22 de noviembre de 2021, a las
02:00 p.m.
Todas las ofertas deberán estar acompañadas de
una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de
la Oferta por un monto equivalente del 2% por
ciento del precio de la oferta.
Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 12 de
octubre de 2021.
General de División (r)
Julian Pacheco Tinoco
Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad
5 N. 2021
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AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA
República de Honduras
Banco Central de Honduras
LICITACIÓN PÚBLICA No.57/2021
EL BANCO CENTRAL DE HONDURAS (BCH), invita
a las empresas interesadas que operan legalmente en el país,
a presentar ofertas para la Licitación Pública No.57/2021,
contratación por lotes del suministro, instalación y puesta en
funcionamiento de luminarias LED y sensores de ocupación
para el edificio del Banco Central de Honduras (BCH),
ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas, en la capital de la
República, según el detalle siguiente: Lote No. 1: Suministro
de luminarias LED y stock para repuestos, conforme a los
detalles técnicos descritos en los ítems 1 y 2. Item No. 1:
Suministro, instalación y puesta en funcionamiento de
luminarias LED. Ítem No. 2: Stock de luminarias LED
para repuestos. Lote No. 2: Suministro de lámparas LED
y sensores de ocupación y repuestos para el sistema de
iluminación LED. Lote No. 3: Suministro, instalación, y
puesta en funcionamiento del sistema de iluminación LED
para los depósitos de alta densidad del BCH, según planos
El-01, El-02 y El-03. Lote No. 4: Suministro, instalación y
puesta en funcionamiento del sistema de iluminación LED
para el área de Chillers del Centro de Cómputo Certificado
Tier III del BCH.
El financiamiento para la realización del presente proceso
proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación
se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación
Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del
Estado y su Reglamento.
Los interesados en obtener el pliego de condiciones de
esta licitación, deben solicitar la emisión del formulario
“Autorización para emisión de vale de efectivo” (UG-5) en
el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales,
noveno (9no) piso del edificio del BCH en el Bulevar Fuerzas
Armadas en la capital de República, posteriormente realizar
el pago de doscientos lempiras (L200.00) no reembolsables,
en las ventanillas del Departamento de Emisión y Tesorería,
ubicadas en el primer (ler) piso del edificio antes indicado
y con el recibo de pago extendido se entregará el pliego de
condiciones en el Departamento de Adquisiciones y Bienes
Nacionales. Es de carácter obligatorio al momento de asistir al
acto de apertura, presentar la Tarjeta de Identidad o Carné de
Residente o Pasaporte si fuera el caso y el vale de efectivo
(UG-5). Los documentos de la licitación podrán ser examinados
en la dirección electrónica www.bch.hn/acerca-del-bch/
adquisiciones-y-contrataciones/adquisiciones. Las empresas
interesadas en participar en el proceso, deberán comunicar
por escrito y al correo electrónico adquisiciones@bch.hn el
nombre de las personas que asistirán al acto de recepción de
ofertas, indicado en el pliego de condiciones.
Los oferentes podrán remitir al BCH los sobres sellados de
las ofertas, presentados según lo establecido en el pliego de
condiciones del proceso en referencia; pudiendo utilizar para
estos, los servicios de mensajería certificados; asimismo,
podrán entregar al BCH las ofertas en sobres sellados
siguiendo las medidas de bioseguridad establecidas.
Los sobres que contengan las ofertas se recibirán en el
edificio del BCH, ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas
en la capital de la República, hasta el 7 de diciembre de
2021, a las 10:00 a.m. hora local. Las ofertas que se reciban
fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán
en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación
del BCH, dependencias del BCH y de los oferentes o de
sus representantes que asistan al acto, siguiendo para ello,
las medidas de bioseguridad establecidas por SINAGER,
debiendo presentar el carné que lo acredite que ha completado
el esquema de vacunación contra el Covid-19.
Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía
de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al
cinco por ciento (5%) del valor de la oferta.
Tegucigalpa, MDC, 25 de octubre de 2021
JORGE OVIEDO IMBODEN
GERENCIA
5 N. 2021
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SECRETARIA DE SALUD
4. Aviso de Licitación Pública
República de Honduras
Secretaría de Salud
Licitación Pública Nacional No. 06-2021-SS
“ADQUISICIÓN DE EQUIPOS
ANTROPOMÉTRICOS PARA LAS REGIONES
SANITARIAS DE LOS DEPARTAMENTOS
DE: COPÁN, INTIBUCA, LA PAZ, LEMPIRA,
OCOTEPEQUE Y SANTA BÁRBARA”
1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Salud,
invita a las empresas interesadas en participar en
la Licitación Pública Nacional No. 06-2021-SS a
presentar ofertas selladas para “ADQUISICIÓN
DE EQUIPOS ANTROPOMÉTRICOS PARA
LAS REGIONES SANITARIAS DE LOS
DEPARTAMENTOS DE: COPÁN, INTIBUCA,
LA PAZ, LEMPIRA, OCOTEPEQUE Y SANTA
BÁRBARA”
2. El financiamiento para la realización del presente
proceso proviene FONDOS EXTERNOS
EUROSAN/BUDGET
3. La licitación se efectuará conforme a los
procedimientos de Licitación Pública Nacional
(LPN) establecidos en la Ley de Contratación del
Estado y su Reglamento.
4. Los interesados podrán adquirir los documentos de
la presente licitación, mediante solicitud escrita al
Departamento de Licitaciones, teléfono número 2237-
9693 dependiente de la Gerencia Administrativa de
la Secretaría de Salud. En horario 8:30 a.m. a 3:30
p.m. Previo el pago de la cantidad no reembolsable
de Quinientos Lempiras exactos (L.500.00), mediante
recibo TGR1. Los documentos de la licitación también
podrán ser examinados en el Sistema de Información de
Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras,
“HonduCompras”, (www.honducompras. gob.hn).
5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente
dirección: Departamento de Licitaciones de
la Secretaría de Salud, ubicado en: Barrio
el Jazmín, tercer nivel en las instalaciones
del Edificio Anexo (Esquina Opuesta a Casa
Alianza), contiguo a las oficinas principales de la
Secretaría de Salud, Tegucigalpa, MDC., email
departamentodelicitacionessesal@salud.gob.hn
y licitaciones.sesal@gmail.com a las 10:00 a.m.,
del día miércoles ocho (08) de diciembre del 2021.
Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán
rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los
representantes de los Oferentes que deseen asistir en
la dirección indicada, a las 10:15 a.m., del mismo día
miércoles ocho (08) de diciembre del 2021. Todas las
ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía
de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma
establecidos en los documentos de la licitación.
Tegucigalpa, M.D.C., 29 de octubre del 2021
LIC. ALBA CONSUELO FLORES FERRUFINO
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
SALUD
5 N. 2021 _________
Número de Solicitud: 2021-2579
Fecha de presentación: 2021-05-28
Fecha de emisión: 9 de septiembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Clínica Integral de Salud, S. de R.L.
Domicilio: Bo. Subirana, Plaza la herencia, local 6-A, Choloma-Cortés, Honduras
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixto
D.- APODERADO LEGAL
Ioseff Alexander Girón Osorio
E.- CLASE INTERNACIONAL (10)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Lansionbio
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos quirúrgicos,
médicos, dentales y veterinarios, miembros, ojos y dientes artificiales;
artículos ortopédicos; material de sutura de la clase 10.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado Franklin Omar López Santos
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021.
_________
LA
no es responsable del contenido de las publica-
ciones, en todos los casos la misma es fiel con
el original que
recibimos para el propósito
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Número de Solicitud: 2020-23048
Fecha de presentación: 2020-09-17
Fecha de emisión: 26 de julio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: COCO RICO LLC.
Domicilio: 1801 Boone Avenue, Bronx, New York, 10460, Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixto
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (32)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
COCO RICO Y DISEÑO
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas sin alcohol; gaseosas; agua; jugo, de la
clase 32.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021.
_________
Número de Solicitud: 2020-23703
Fecha de presentación: 2020-10-23
Fecha de emisión: 14 de junio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: COMIDAS ESPECIALIZADAS, S. DE R.L. DE C.V.
Domicilio: Autopista al Aeropuerto, frente colonia Satélite, a 100 metros de Aguazul, S.A.
San Pedro Sula, Cortés, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
OSWALDO GUZMAN PALAU.
E.- CLASE INTERNACIONAL (29)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Vegetales procesados, de la clase 29.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021.
_________
PIA PREMIUM FRESH MARKET
Número de Solicitud: 2021-23
Fecha de presentación: 2021-01-05
Fecha de emisión: 30 de junio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Lemon Inc.
Domicilio: P.O. Box 31119 Grand Pavilion, Hibiscus Way, 802 West Bay Road, Grand
Cayman, KY1 1205, Islas Caiman.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixto
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
H.- Reservas/Limitaciones: Sociedad organizada bajo las leyes de Islas Caimán.
I.- Reivindicaciones: La marca es un término de fantasía que no tiene traducción.
J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; servicios de agencias de publicidad;
publicidad en línea por una red informática; servicios publicitarios de pago por
clic. preparación de anuncios para terceros; difusión de anuncios publicitarios;
publicidad a través de todos los medios públicos de comunicación; promoción
de ventas para terceros; asesoramiento en el campo de la gestión empresarial y el
marketing; presentación de productos en cualquier medio de comunicación para su
venta minorista; servicios de optimización de motores de búsqueda; facilitación y
alquiler de espacios publicitarios en internet; asesoramiento empresarial y, servicios
de información; asistencia en la dirección de negocios; servicios de agencia de
información comercial; suministro de información comercial por sitios web;
consultoría sobre gestión de personal; actualización y mantenimiento de datos en
bases de datos informáticas; negocios de comercio electrónico, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021.
Número de Solicitud: 2021-22
Fecha de presentación: 2021-01-05
Fecha de emisión: 30 de junio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Lemon Inc.
Domicilio: P.O. Box 31119 Grand Pavilion, Hibiscus Way, 802 West Bay Road, GrandCayman,
KY1 1205, Islas Caiman.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixto
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ByteDance
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Sociedad organizada bajo las leyes de Islas Caimán.
I.- Reivindicaciones: La marca es un término de fantasía que no tiene traducción
J.- Para Distinguir y Proteger: Software: software de aplicación; software de
aplicación para teléfonos inteligentes; aplicaciones informáticas descargables;
software de aplicaciones descargable para teléfonos inteligentes; carcasas para
teléfonos inteligentes y teléfonos celulares; fundas para teléfonos inteligentes y
teléfonos celulares; estuches protectores para teléfonos inteligentes; palos para
selfies utilizados como accesorios de teléfonos inteligentes; soportes adaptados para
teléfonos inteligentes y teléfonos celulares; correas para teléfonos inteligentes y
teléfonos celulares; pilas húmedas; cargadores de pilas y baterías; cargadores USB
(cargadores de pilas y baterías); cables USB; auriculares intraurales; auriculares;
cascos con micrófono; películas de protección para teléfonos inteligentes
[smartphones]; otros accesorios diseñados para teléfonos inteligentes o teléfonos
celulares; imanes para refrigeradores; soportes digitales o analógicos de grabación y
de almacenamiento en blanco; imanes decorativos; instrumentos de alarma; gafas de
sol; aparatos e instrumentos ópticos; pantallas de vídeo, de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021.
Marcas de Fábrica
_________
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ByteDance
G.-
-- 24 of 44 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
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Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 5 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,764
Número de Solicitud: 2020-23948
Fecha de presentación: 2020-11-09
Fecha de emisión: 22 de julio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: CHONGQING AMITY MACHINERY, CO., LTD.
Domicilio: No. 200 ZHONGSHAN 2 ROAD, YUZHONG DISTRICT CHONGQING 400014, P.R., China.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (21)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Recipientes para uso doméstico o culinario; utensilios de cocina; utensilios
de cocina no eléctricos, artículos de esmalte y de plástico para uso doméstico, a saber cuencos, tazones, platos,
teteras y tazas; cristalería para uso doméstico, a saber tazas, platos, teteras y tarros: artículos de porcelana para
uso doméstico, a saber, cuencos, tazones, platos, teteras, vajillas, jarras, jarrones y ollas; cerámica para uso
doméstico; vasos para beber: utensilios de tocador; aspersores; tendederos para secar la ropa, cubos para escurrir
trapeadores; regaderas, cubos de basura, cepillos de dientes, cepillos de dientes eléctricos; recipientes para
alimentos con aislamiento térmico; trampas para insectos; instrumentos de limpieza manuales; trapeadores; lana
de acero para limpieza, de la clase 21.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021.
_________
DECAKILA
Número de Solicitud: 2020-24161
Fecha de presentación: 2020-11-24
Fecha de emisión: 20 de mayo de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: COOPERATIVE AGRICOLE VITIFRUTTICOLTORI ITALIANI RIUNITI ORGANIZZATI,
S.C.A.
Domicilio: Via Convertite 12, Faenza, Italia.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (33)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Vinos, licores, de la clase 33
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021.
_________
CAVIRO
Número de Solicitud: 2021-1363
Fecha de presentación: 2021-03-23
Fecha de emisión: 27 de junio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: BSN MEDICAL GmbH.
Domicilio: Schützenstrasse 1-3, 22761 Hamburg, Alemania.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Sociedad organizada bajo las leyes de Alemania. La marca es un término de fantasía
CUTIMED
que no tiene traducción.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Emplastos; material para apósitos; vendajes; vendajes para heridas; cubiertas
para heridas; gaza para apósitos; compresas; algodón absorbente; guata para fines médicos; preparaciones
médicas para el cuidado de la piel; desinfectantes; preparaciones higiénicas para fines médicos, de la clase 5
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021.
_________
Número de Solicitud: 2020-9893
Fecha de presentación: 2020-02-28
Fecha de emisión: 20 de julio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: N.V. ORGANON
Domicilio: Kloostersrstraat 6 Oss, 5349AB, Reino de los Países Bajos.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativo
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas y preparaciones y productos farmacéuticos de
venta libre, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021.
_________
Número de Solicitud: 2020-9894
Fecha de presentación: 2020-02-28
Fecha de emisión: 20 de julio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: N.V. ORGANON
Domicilio: Kloostersrstraat 6 Oss, 5349AB, Reino de los Países Bajos.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativo
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Software descargable en la naturaleza de una aplicación móvil para proporcionar
información sobre productos farmacéuticos, medicamentos, dispositivos médicos, salud y bienestar, de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021.
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 5 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,764
Número de Solicitud: 2021-1757
Fecha de presentación: 2021-04-20
Fecha de emisión: 27 de julio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LIEBEL-FLARSHEIM COMPANY LLC.
Domicilio: 1034 South Brentwood Bvld, Suite 800, RICHMOND HEIGHTS, MO 63117, Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (10)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Corporación organizada bajo las leyes de Delaware. La marca es un término de
fantasía que no tiene traducción.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Bomba de mano para la administración de medios de contraste con fines
médicos, de la clase 10.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021.
_________
OPTISTAT
Número de Solicitud: 2020-12115
Fecha de presentación: 2020-03-13
Fecha de emisión: 3 de junio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: INCHCAPE PLC.
Domicilio: 22A ST JAMES'S SQUARE, LONDON, SW1Y 5LP, Reino Unido.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (7)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Máquinas y máquinas herramientas; motores de combustión y motores
eléctricos (excepto para vehículos terrestres); acoplamientos y componentes de transmisión (excepto para
vehículos terrestres); herramientas motorizadas; herramientas mecánicas; herramientas manuales accionadas
eléctricamente; accesorios para herramientas eléctricas; partes y accesorios para los productos antes mencionados,
de la clase 7.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021.
_________
INCHCAPE
Número de Solicitud: 2020-15401
Fecha de presentación: 2020-05-04
Fecha de emisión: 2 de junio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: SMC CORPORATION.
Domicilio: 4-14-1, Sotokanda, Chiyoda-ku, Tokyo, Japón.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixto
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (11)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
SMC
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Secadores de aire refrigerados, sin calor y de membrana, intercambiadores de
calor [que no sean partes de máquinas], a saber, posenfriadores enfriados por aire, posenfriadores enfriados por
agua; los productos antes mencionados para uso comercial y / o industrial, el enfriador de aceite refrigerado por
agua es parte y se vende como una unidad para equipos hidráulicos; filtros de bolsa, de la clase 11.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021.
_________
Número de Solicitud: 2021-1543
Fecha de presentación: 2021-04-06
Fecha de emisión: 12 de julio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DSM IP Assets B.V.
Domicilio: Het Overloon 1,6411 TE, HEERLEN, Reino de los Países Bajos.
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad No. 018329078 de fecha 30/10/2020 de Union Europea
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Sociedad organizada bajo las leyes de Países Bajos. La marca es un
término de fantasía que no tiene traducción.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Suplementos dietéticos y suplementos alimenticios para
animales, de la clase 5
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021.
_________
Symphiome
Número de Solicitud: 2021-2055
Fecha de presentación: 2021-05-05
Fecha de emisión: 27 de julio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: The Mosaic Company
Domicilio: 3033 Campus Drive, Suite E490, Plymouth, Minnesota 55441, Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (1)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Corporación organizada bajo las leyes de Delaware. La marca es un
término de fantasía que no tiene traducción
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Fertilizante, de la clase 1
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021.
ASPIRE
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 5 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,764
[1] Solicitud: 2020-015177
[2] Fecha de Presentación: 27/04/2020
[3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: FACEBOOK, INC.
[4.1] Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, Estados
Unidos de América.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: LASSO
[7] Clase Internacional: 42
[8] Protege y distingue:
Servicios informáticos, es decir, creación de comunidades virtuales para
que los usuarios registrados organicen grupos, reuniones, y eventos,
participen en debates y se involucren en redes sociales, comerciales y
comunitarias; suministro de software para redes sociales, creando una
comunidad virtual y transmisión de contenido de audio, vídeo, imágenes,
texto y datos; suministro de software para permitir a los usuarios realizar
transacciones comerciales electrónicas, a través de internet y redes de
comunicaciones; servicios de software como un servicio (SCUS) con
software para enviar y recibir mensajes electrónicos, notificaciones y
alertas y para facilitar transacciones comerciales electrónicas a través de
internet y redes de comunicaciones; proporcionando software que permita
el desarrollo, evaluación, prueba y mantenimiento de aplicaciones de
software móvil para dispositivos informáticos portátiles; proporcionar
servicios de autenticación de usuario utilizando el inicio de sesión único
y la tecnología de software para transacciones de comercio electrónico;
prestación de servicios de autenticación de usuarios de trasferencia
de fondos electrónicos, tarjeta de crédito y débito y transacciones de
cheques electrónicos utilizando inicio de sesión único y tecnología
de software; proporcionar software de interfaz de programación de
aplicación (IPA) para usar en mensajería electrónica y transmisión
de audio, vídeo, imágenes, texto, contenido y datos; proporcionar el
uso temporal de software no descargable para mensajería electrónica;
servicios de mapeo; suministro de software para procesamiento de pagos
electrónicos; servicios de plataforma como un servicio (PCUS) con
software para permitir a los usuarios realizar transacciones de negocios y
comercio electrónico; proporcionar software de interfaz de programación
de aplicación (IPA) para uso en mensajería electrónica y transmisión de
audio, vídeo, imágenes, texto, contenido y datos; suministro de software
para mensajería electrónica; servicios de mapeo; proporcionando
software para servicios de mapeo; proveedor de servicio de aplicación
(PSA) con software para servicios de mapeo; proporcionar software
para compartir y mostrar una ubicación del usuario, planificación de
actividades con otros usuarios y hacer recomendaciones; proporcionando
software para cartografía social y destino; proveedor de servicio de
aplicación (PSA) con software para habilitar o facilitar el mapeo social y
de destinos; suministro de software de ubicación consciente para buscar,
determinar y compartir la ubicación de bienes, servicios y eventos de
interés; proveedor de servicio de aplicación (PSA) con software de
localización para buscar, determinar y compartir la ubicación de bienes,
servicios y eventos de interés; proporcionar software para facilitar
la interacción y la comunicación entre humanos y plataformas de ia
(inteligencia artificial); proveedor de servicio de aplicación (PSA) con
software para habilitar o facilitar interacción y comunicación entre
LASSO
humanos y plataformas de ia (inteligencia artificial); diseño de efectos
de realidad aumentada y realidad virtual para usar en la modificación
de fotografías, imágenes, videos y contenido audiovisual; plataforma
como un servicio (PCUS) con plataformas de software informático para
usar en la compra y difusión de publicidad; suministro de software para
modificar fotografías, imágenes y contenido de audio, video y audiovideo
con filtros fotográficos y efectos de realidad aumentada (RA) es decir,
gráficos, animaciones, texto, dibujos, etiquetas geográficas, etiquetas
de metadatos, hipervínculos; plataforma como un servicio (PCUS)
con plataformas de software para redes sociales, manejo de contenido
de redes sociales, creación de una comunidad virtual, y transmisión de
imágenes, contenido audiovisual y de video, fotografías, videos, datos,
textos, mensajes, anuncios, medios publicitarios de comunicaciones e
información; suministro de instalaciones en línea, es decir interfaces
web e interfaces móviles con uso temporal de software descargable para
enviar y recibir mensajes electrónicos, mensajes instantáneos, alertas de
mensajes electrónicos y recordatorios, fotografías, imágenes, gráficos,
datos, audio, videos y contenido audiovisual a través de internet y redes
de comunicación; suministro de software informático no descargable
para uso temporal para uso en la facilitación de llamadas de voz sobre
protocolo de internet (VSPI), llamadas telefónicas, video llamadas,
mensajes de texto, mensajes electrónicos, mensajes instantáneos y
servicios de redes sociales en línea; proveedor de servicio de aplicación
(PSA) servicios con software para permitir o facilitar las llamadas de voz
sobre protocolo de internet (VSPI), llamadas telefónicas, video llamadas,
mensajes de texto, mensaje electrónico, mensaje instantáneo y servicios
de redes sociales en línea; servicios informáticos, es decir, suministro
de información en los campos de tecnología y desarrollo de software a
través de internet y redes de comunicación; suministro de software para
uso en tomar y editar fotografías y grabar y editar videos; proveedor
de servicio de aplicación (PSA) con software para permitir o facilitar
el uso en tomar y editar fotografías y la grabación y edición de videos;
desarrollo de software; suministro de software en línea; proveedor de
servicio de aplicación, es decir, proporcionar, hospedar, administrar,
desarrollar y mantener aplicaciones, software, sitios web y bases de
datos en los campos de comunicación inalámbrica, acceso a información
móvil y administración de datos remotos para la entrega inalámbrica
de contenido a computadoras de mano, computadoras portátiles y
dispositivos electrónicos móviles; proveedor de servicio de aplicación
(PSA); suministro de instalaciones en línea que brindan a los usuarios
la capacidad de subir, modificar y compartir audio, video, imágenes
fotográficas, texto, gráficos y datos; proporcionar software y aplicaciones
para el manejo de relaciones con clientes (MRC); proveedor de servicio
de aplicación (PSA) con software para el manejo de relaciones con
clientes (MRC); servicios informáticos, es decir, proveedor de servicio
de aplicación con software de interfaz de programación de aplicación
(IPA) para el manejo de relaciones con clientes (MRC).
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 9 de noviembre del año 2020.
12] Reservas: No tiene reservas
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021.
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 5 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,764
[1] Solicitud: 2020-015180
[2] Fecha de Presentación: 27/04/2020
[3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: FACEBOOK, INC.
[4.1] Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, Estados Unidos de América.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: LASSO
[7] Clase Internacional: 38
[8] Protege y distingue:
Servicios para compartir fotos y compartir videos, es decir, transmisión electrónica de
archivos de fotos digitales, videos y contenido audiovisual entre usuarios de internet;
telecomunicaciones; suministro de acceso a bases de datos informáticos, electrónicos
y en línea; servicios de telecomunicaciones, es decir, transmisión electrónica de datos,
mensajes, gráficos, fotografías, imágenes, audio, video e información; proporcionar foros
en línea para la comunicación sobre temas de interés general; Proporcionar enlaces de
comunicaciones en línea que transfieren dispositivos móviles y usuarios de internet a otras
ubicaciones en línea locales y globales; facilitando el acceso a sitios web de terceros u otro
contenido electrónico de terceros a través de un inicio de sesión universal; proporcionar
servicios de salas de chat en línea, mensajería instantánea y tableros de anuncios
electrónicos; servicios de transmisión de audio, texto y video a través de internet u otras
redes de comunicaciones; servicios de voz sobre protocolo de internet (VSPI); servicios de
comunicación de telefonía; proporcionar acceso a bases de datos informáticas en el campo
de las redes sociales; servicios de intercambio de datos y fotografías de persona a persona,
es decir, transmisión electrónica de archivos de fotos digitales, gráficos y contenido de
audio entre usuarios de internet; servicios de telecomunicaciones y redes informáticas
de persona a persona, es decir, transmisión electrónica de contenido de imágenes,
audiovisual y de video, fotografías, videos, datos, texto, mensajes, anuncios, medios de
comunicaciones publicitarias e información; transmisión y transmisión en vivo de videos,
audiovisuales y contenido audiovisual interactivo a través de internet; teleconferencia;
servicios de telecomunicaciones, es decir, servicios de transmisión y recepción de datos
a través de redes de telecomunicaciones, servicios de comunicación de telefonía móvil;
mensajería web; servicios de mensajería instantánea; intercambio electrónico de voz,
datos, audio, video, texto y gráficos accesibles a través de internet en computadora y redes
de telecomunicaciones.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 10 de noviembre del año 2020.
12] Reservas: No tiene reservas
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021.
LASSO
_________
[1] Solicitud: 2020-015178
[2] Fecha de Presentación: 27/04/2020
[3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: FACEBOOK, INC.
[4.1] Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, Estados Unidos de América.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: LASSO
[7] Clase Internacional: 45
[8] Protege y distingue:
Servicios de redes sociales; servicios de redes sociales en línea, servicios de verificación
de usuario; servicios de verificación de identificación; servicios de verificación de
identificación comercial
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA
_________
Número de Solicitud: 2021-667
Fecha de presentación: 2021-02-12
Fecha de emisión: 16 de junio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Arla Foods amba
Domicilio: Sonderhoj 14, 8260 Viby J, Dinamarca.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativo
D.- APODERADO LEGAL
JORGE OMAR CASCO RUBÍ
E.- CLASE INTERNACIONAL (29)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones: Se reivindica los colores (Azul Oscuro, Rojo y Gris Claro) en
el Diseño.
J.- Para Distinguir y Proteger: Carne, pescado, aves y caza; patés de hígado, patés
de verduras, extractos de carne; sustitutos de carne a base de vegetales, sustitutos
de carne a base de lácteos, comidas preparadas que consisten principalmente en
sustitutos de carne; proteína vegetal texturizada para su uso como sustituto de la
carne; proteína láctea con textura para usar como sustituto de la carne; huevos; leche
y productos lácteos, productos lácteos y sustitutos lácteos; sustitutos de la leche,
incluyendo leche de soja, leche de avena, leche de coco, leche de almendras, también
en polvo; bebidas a base de centeno como sustitutos de la leche; bebidas a base de
centeno (sustitutos de la leche) en polvo; leche en polvo; crema en polvo; leche de
centeno en polvo; sustitutos de la nata; yogur; yogur fermentado, incluido el yogur
fermentado a base de plantas; yogur no fermentado, incluido el yogur vegetal no
fermentado; postres de yogur; bebidas a base de yogur; skyr; bebidas que consisten
principalmente en una mezcla de yogur y skyr; postres compuestos principalmente
por una mezcla de yogur y skyr; postres skyr; postre consistente principalmente en
yogur o skyr, que también contiene muesli y/o frutos secos y/o nueces; bebidas a base
de productos lácteos, incluidos batidos y leche con chocolate: preparaciones para
hacer bebidas a base de lácteos; leche proteica; suero; suero seco; suero en polvo;
concentrado de suero; proteína de suero; suero permiado, cuajo; queso; queso para
untar; queso en polvo; bocadillos a base de queso; postres a base de productos lácteos,
bocadillos a base de leche; pudines lácteos; postres lácteos refrigerados, salsas a base
de lácteos; aceites y grasas para alimentación; mantequilla; mantequilla aromatizada;
productos lácteos para untar; cremas lácteas y vegetales que consisten principalmente
en una mezcla de mantequilla y aceite vegetal; mantequilla concentrada; aceite de
mantequilla ghee; crema agria; sustitutos de la mantequilla; mantequilla clarificada:
preparaciones de mantequilla; mantequilla con hierbas; mantequilla para cocinar,
cremas a base de grasas comestibles para untar en pan; sustitutos lácteos en forma
de polvo o pasta; sustitutos de la mantequilla en líquido, en polvo o pasta; sustitutos
de mantequilla aromatizados; sustitutos del aceite de mantequilla untables a base de
plantas, cremas de verduras; pastas de frutas; mantequilla de almendras, mantequilla
de coco; mantequillas de semillas; mantequilla hecha de nueces; sustitutos lácteos
a base de plantas, preparaciones alimenticias hechas predominantemente de plantas
procesadas, incluidas verduras o frutas procesadas; preparaciones para cocinar hechas
predominantemente de plantas procesadas, incluidas verduras o frutas procesadas,
preparaciones alimenticias a base de plantas; postres hechos principalmente de
plantas procesadas, incluidas verduras o frutas procesadas; postres a base de plantas,
margarina; sustitutos de la margarina; frutas y legumbres en conserva, congeladas,
secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; bocadillos a base de frutas, barritas
de aperitivo a base de frutas y nueces; bocadillos a base de nueces; mezclas de
aperitivos que y consisten en frutas deshidratadas y nueces procesada; comidas
preparadas que consisten principalmente en verduras; sopas, preparaciones para
hacer sopas, concentrados de caldo, de la 29.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021.
LASSO
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 9 de noviembre del año 2020.
12] Reservas: No tiene reservas
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021.
-- 28 of 44 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 5 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,764
Número de Solicitud: 2021-1271
Fecha de presentación: 2021-03-17
Fecha de emisión: 14 de mayo de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Advanced Drainage Systems, Inc.
Domicilio: 4640 Trueman Boulevard, Hilliard, Ohio 43026, Estados Unidos de
América.
B.- PRIORIDAD:
Se otorg prioridad No. 90199289 de fecha 22/09/2020 de Estados Unidos de América.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativo
D.- APODERADO LEGAL
JORGE OMAR CASCO ZELAYA
E.- CLASE INTERNACIONAL ( 17 )
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones: Los colores Verde y Negro se reivindican como una
característica de la marca. La marca consta de tres franjas inclinadas con la franja
central en Verde y las otras franjas en Negro.
J.- Para Distinguir y Proteger: Tuberias, tubos y mangueras flexibles que no sean
de metal, tubo de plástico flexible; tubos de plástico corrugado y sus accesorios; tubos
flexibles de plástico y silicona utilizados para el transporte de líquidos y productos
biológicos para su uso en el campo del drenaje, aguas pluviales y alcantarillado;
tubería de polietileno; accesorios y partes relacionadas para servicio de tubería de
polietileno; conexiones laterales en T para grifos, que son accesorios de manguera
no metálicos y accesorios de tubería flexible no metálicos y conexiones a pozos de
registro, de la clase 17.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021.
__________
Número de Solicitud: 2021-1262
Fecha de presentación: 2021-03-17
Fecha de emisión: 17 de mayo de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Advanced Drainage Systems, Inc.
Domicilio: 4640 Trueman Boulevard, Hilliard, Ohio 43026, Estados Unidos de
América.
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad No. 90199267 de fecha 22/09/2020 de Estados Unidos de
América.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixto
D.- APODERADO LEGAL
JORGE OMAR CASCO ZELAYA
E.- CLASE INTERNACIONAL ( 17 )
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ADS
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones: El color no se reivindica como una característica de la marca.
La marca consta de tres franjas inclinadas a la izquierda de la palabra "ADS" con la
"A " que contiene un diseño de gota de agua.
J.- Para Distinguir y Proteger: Tuberías, tubos y mangueras flexibles que no sean
de metal, tubo de plástico flexible; tubos de plástico corrugado y sus accesorios; tubos
flexibles de plástico y silicona utilizados para el transporte de líquidos y productos
biológicos para su uso en el campo del drenaje, aguas pluviales y alcantarillado;
tubería de polietileno; accesorios y partes relacionadas para servicio de tubería de
polietileno; conexiones laterales en T para grifos, que son accesorios de manguera
no metálicos y accesorios de tubería flexible no metálicos y conexiones a pozos de
registro, de la clase 17.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021.
Número de Solicitud: 2021-1270
Fecha de presentación: 2021-03-17
Fecha de emisión: 14 de mayo de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Advanced Drainage Systems, Inc.
Domicilio: 4640 Trueman Boulevard, Hilliard, Ohio 43026, Estados Unidos de
América.
B.- PRIORIDAD:
Se otorg prioridad No. 90199289 de fecha 22/09/2020 de Estados Unidos de América.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativo
D.- APODERADO LEGAL
JORGE OMAR CASCO ZELAYA
E.- CLASE INTERNACIONAL ( 11 )
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones: Los colores Verde y Negro se reivindican como una
característica de la marca. La marca consta de tres franjas inclinadas con la franja
central en Verde y las otras franjas en Negro.
J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instalaciones para el suministro de
agua y con fines sanitarios; componentes del sistema séptico; dispositivos para tratar
aguas pluviales y residuales y mejorar la calidad del agua; filtros para eliminar y
atrapar sedimentos, desechos sólidos, basura, desechos orgánicos, hidrocarburos de
petróleo, metales pesados y nutrientes del agua; accesorios de fontanería; sistemas de
separación de aguas pluviales y sedimentos; filtros de agua y sus repuestos; sistemas
de contención de aguas pluviales y separación de sedimentos y sus componentes, de
la clase 11.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021.
__________
Número de Solicitud: 2021-1261
Fecha de presentación: 2021-03-17
Fecha de emisión: 14 de mayo de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Advanced Drainage Systems, Inc.
Domicilio: 4640 Trueman Boulevard, Hilliard, Ohio 43026, Estados Unidos de
América.
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad No. 90199267 de fecha 22/09/2020 de Estados Unidos de
América.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixto
D.- APODERADO LEGAL
JORGE OMAR CASCO ZELAYA
E.- CLASE INTERNACIONAL ( 11 )
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ADS
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones: El color se reivindicán como una característica de la marca. La
marca consta de tres franjas inclinadas a la izquierda de la palabra "ADS" con la "A
" que contiene un diseño de gota de agua.
J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instalaciones para el suministro de
agua y con fines sanitarios; componentes del sistema séptico; dispositivos para tratar
aguas pluviales y residuales y mejorar la calidad del agua; filtros para eliminar y
atrapar sedimentos, desechos sólidos, basura, desechos orgánicos, hidrocarburos de
petróleo, metales pesados y nutrientes del agua; accesorios de fontanería; sistemas de
separación de aguas pluviales y sedimentos; filtros de agua y sus repuestos; sistemas
de contención de aguas pluviales y separación de sedimentos y sus componentes, de
la clase 11.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARIZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021.
-- 29 of 44 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 5 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,764
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
Número de Solicitud: 2019-51737
Fecha de presentación: 2019-12-17
Fecha de emisión: 20 de febrero de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: WHATSAPP INC.
Domicilio: 1601 WILLOW ROAD, MENLO PARK, CALIFORNIA 94025,
Estados Unidos de América
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO:Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
JORGE OMAR CASCO ZELAYA
E.- CLASE INTERNACIONAL (38)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
WHATSAPP
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicación;
proporcionando acceso a bases de datos informáticas, electrónicas y en
línea; servicios de telecomunicaciones, en concreto, transmisión electrónica
de datos, mensajes, gráficos, imágenes, audio, vídeo e información;
suministro de foros en línea para la comunicación sobre temas de interés
general; proporcionar enlaces de comunicaciones en línea que transfieren
dispositivos móviles y usuarios de internet a otras ubicaciones en línea.
locales y globales; facilitar el acceso a sitios web de terceros u otro
contenido electrónico de terceros a través de un inicio de sesión universal;
proporcionar salas de chat en línea, servicios de mensajería instantánea y
tableros de anuncios electrónicos; servicios de difusión de audio, texto y
vídeo a través de internet u otras redes de comunicaciones; servicios de voz
sobre protocolo de internet (VOIP); servicios de comunicación telefónica;
facilitación de acceso a bases de datos informáticas en el campo de las
redes sociales; servicios de intercambio de fotos y vídeos de igual a igual;
servicios de sala de chat para redes sociales; teleconferencia; servicios
de telecomunicaciones, es decir, servicios de transmisión y recepción de
datos a través de redes de telecomunicaciones; servicios de comunicación
por teléfono móvil; mensajería web; servicios de mensajería instantánea;
intercambio electrónico de voz, datos, audio, vídeo, texto y gráficos;
transmisión electrónica cifrada y entrega de datos recuperados.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021.
________
Número de Solicitud: 2019-51739
Fecha de presentación: 2019-12-17
Fecha de emisión: 20 de febrero de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: WHATSAPP INC.
Domicilio: 1601 WILLOW ROAD, MENLO PARK, CALIFORNIA 94025,
Estados Unidos de América
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO:Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
JORGE OMAR CASCO ZELAYA
E.- CLASE INTERNACIONAL (45)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
WHATSAPP
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de redes sociales; servicios de
redes sociales en línea; servicios de verificación de usuarios; servicios de
verificación de identificación; servicios de verificación de identificación
comercial, de la clase 45
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021.
________
Número de Solicitud: 2019-51740
Fecha de presentación: 17-12-2019
Fecha de emisión: 21 de enero de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: WHATSAPP INC.
Domicilio: 1601 WILLOW ROAD, MENLO PARK, CALIFORNIA 94025,
Estados Unidos de América
B.- PRIORIDAD:
C.- CLASE INTERNACIONAL (35)
PROTEGE Y DISTINGUE: Servicios de comercialización, publicidad
y promoción; provisión de servicios de investigación e información de
mercado; promover los bienes y servicios de otros a través de internet y
redes de comunicación; servicios comerciales y publicitarios; servicios de
consultoría en los ámbitos de la publicidad y la comercialización; facilitar
el intercambio y la venta de servicios y productos de terceros a través de
redes informáticas y de comunicación; suministro de mercados en línea
para vendedores de bienes y/o servicios; proporcionar instalaciones en
línea para conectar vendedores con compradores; redes de negocios;
servicios de empleo y reclutamiento; servicios de publicidad y distribución
de información, es decir, suministro de espacios publicitarios clasificados
a través de internet; servicios caritativos, es decir, promoción de la
conciencia pública sobre actividades caritativas, filantrópicas, voluntarias,
de servicio público y comunitario y actividades humanitarias; suministro
de información de directorio telefónico a través de internet y redes de
comunicaciones; servicios de catálogos electrónicos; gestión de la relación
con el cliente; asistencia comercial y servicios de consultoría proporcionar
instalaciones en línea que presentan comentarios de los usuarios sobre
organizaciones empresariales; proveedores de servicios y otros recursos;
proporcionar directorios comerciales en línea que presentan los negocios,
productos servicios de otros, de la clase 35
D.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
WHATSAPP
E.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
F.- APODERADO LEGAL
JORGE OMAR CASCO ZELAYA
G.-
Limitaciones:
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021.
-- 30 of 44 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 5 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,764
Número de Solicitud: 2021-1671
Fecha de presentación: 2021-04-14
Fecha de emisión: 2 de septiembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: BRITJSH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) INC.
Domicilio: 251 Little Falls Drive, Suite 100, Wilmington, Delaware 19808-
1674, Estados Unidos de América
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO
E.- CLASE INTERNACIONAL (34)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
INSOLIT
G.-
INSOLIT
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Cigarrillos; tabaco, crudo o
manufacturado; papel especial para tabaco; tabaco de pipa; productos de
tabaco; sucedáneos del tabaco (que no sean para uso médico); cigarros;
cigarrillos; encendedores de cigarrillos; encendedores de cigarros; fósforos;
artículos para fumadores; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros
de cigarrillos; aparatos de bolsillo para liar cigarrillos; máquinas de mano
para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; líquidos
para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco con el propósito de ser
calentado, de la clase 34
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021.
________
Número de Solicitud: 2021-1387
Fecha de presentación: 2021-03-24
Fecha de emisión: 8 de junio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: ISOGONA, SOCIEDAD LIMITADA
Domicilio: 3800-Valls, Polígono Industrial, Calle Sabaters, número 4, España
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixto
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO
E.- CLASE INTERNACIONAL (21)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
BRA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Utensilios y recipientes para uso doméstico y
culinario; sartenes y baterías de cocina; cuencos que no sean de metales preciosos;
platos que no sean de metales preciosos; sartenes; ollas; ensaladeras que no sean de
metales preciosos; sacacorchos; woks; cazuelas; cacerolas; parrillas (utensilios de
cocina); salvamanteles (utensilios de mesa); ollas para fondue; espátulas (utensilios
de cocina); cacerolas para fondue; moldes individuales para horno; saleros;
pimenteros; prensa-ajos; tablas de cortar; rodillos de pastelería; rejillas de cocción;
servilleteros; ollas a presión; utensilios de cocina; utensilios de cocción de metal o
silicona, de la clase 21
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021.
Número de Solicitud: 2021-2169
Fecha de presentación: 2021-05-11
Fecha de emisión: 22 de julio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: AMAZON TECHNOLOGIES, INC.
Domicilio: 410 Terry Avenue N., Seattle, Washington, 98109, Estados Unidos de
América
B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 81949 de fecha 11/11/2020 de Jamaica
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixto
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
prime
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Software para acceder a información en línea
relacionada con programas de farmacia y bienestar; software para solicitar y comparar
precios de medicamentos, recetas y productos médicos y de bienestar general con
descuento; software para solicitar y comparar precios de medicamentos, recetas y
productos médicos y de bienestar general con descuento; software informático para
apoyar programas de bienestar; software para facilitar compras con descuento y
programas de descuento; software para facilitar compras con descuento y programas
de descuento en medicamentos, recetas y productos médicos y de bienestar general;
software para facilitar programas de fidelización; software para facilitar programas
de fidelización para clientes de farmacias; tarjetas digitales seguras; tarjetas de regalo
codificadas, vales de regalo codificados, de la clase 9
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021.
________
Número de Solicitud: 2021-1681
Fecha de presentación: 2021-04-14
Fecha de emisión: 28 de agosto de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: VIACOM INTERNATIONAL INC
Domicilio: 1515 Broadway, New York, New York, Estados Unidos de América
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO CASCO FORTIN
E.- CLASE INTERNACIONAL (25)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
NICKELODEON THE LEGEND OF KORRA
G.-
NICKELODEON THE LEGEND
OF KORRA
H.- Reservas/Limitaciones: La denominación de la marca arriba indicada es
“NICKELODEON LA LEYENDA DE KORRA”
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Trajes de baño, albornoces, ropa de playa, cinturones
de ropa, shorts, chaquetas, abrigos, calcetines, calzado, pañuelos, suéteres, disfraces
de halloween, disfraces de mascarada, disfraces de personajes, disfraces de escenario,
vestidos, guantes, shorts de gimnasia, orejeras, corbatas, pijamas, pantalones,
camisas, sudaderas, ropa de esquí, pantalones, viseras, tirantes, cuellos de tortuga,
ropa interior, chalecos, trajes de calentamiento, sombreros, de la clase 25
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021.
-- 31 of 44 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 5 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,764
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
Número de Solicitud: 2021-2551
Fecha de presentación: 2021-05-27
Fecha de emisión: 8 de septiembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Bayer Aktiengesellschaft
Domicilio: Kaiser Wilhelm-Allee, 513 73 Leverkusen, Alemania
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
MONDEXOR
G.-
MONDEXOR
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para destruir animales dañinos; fungicidas,
herbicidas, de la clase 5
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021.
________
Número de Solicitud: 2021-3704
Fecha de presentación: 2021-07-21
Fecha de emisión: 22 de septiembre de 2021
Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPOGANDA
A.- TITULAR
Solicitante: WRANGLER APPAREL CORP.
Domicilio: Concord plaza, 3411 Silverside Road, Wilmington, Delaware, Estados
Unidos de América
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO CASCO FORTIN
E.- CLASE INTERNACIONAL (25)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ATG ALL TERRAIN GEAR WRANGLER
G.-
ATG ALL TERRAIN GEAR
WRANGLER
H.- Reservas/Limitaciones: La Señal de Propaganda será usada con la marca
WRANGLER No. 67749.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Vestidos, calzados, sombrerería, de la clase 25
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021.
________
Número de Solicitud: 2021-3921
Fecha de presentación: 2021-07-29
Fecha de emisión: 30 de agosto de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Apple lnc.
Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
SIDECAR
G.-
SIDECAR
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Software de computadora para mostrar contenido en múltiples
pantallas de computadora, de la clase 9
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021.
________
Número de Solicitud: 2021-2550
Fecha de presentación: 2021-05-27
Fecha de emisión: 8 de septiembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LAFAYETTE ZONA LIBRE, S.A.
Domicilio: Calle 17, edificio 33, Local No. 8, Zona Libre de Colón, Provincia
de Colón, Panamá
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixto
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO CASCO FORTIN
E.- CLASE INTERNACIONAL (7)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
GPA
G.-
J.- Para Distinguir y Proteger: Anillos de bolas para rodamientos, bujías, cables
de mando para máquinas o motores, cable de ignición, cremalleras, inyectores para
motores, dispositivos de encendido para motores de combustión interna, pistones,
reguladores, válvulas, sellos de válvulas, caliper de freno, cojinetes y cojinetes
antifricción para máquinas, de la clase 7
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021. _________
Número de Solicitud: 2021-3054
Fecha de presentación: 2021-06-21
Fecha de emisión: 25 de septiembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Laboratorios Saval S.A.
Domicilio: Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva Nº. 4600, Renca, Santiago, Chile
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
MELISINA
G.-
MELISINA
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para tratar procesos
inflamatorios intestinales, de la clase 5
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021.
-- 32 of 44 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 5 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,764
Número de Solicitud: 2021-1691
Fecha de presentación: 2021-04-15
Fecha de emisión: 23 de agosto de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A.- TITULAR
Solicitante: VIACOM INTERNATIONAL INC.
Domicilio: 1515 Broadway, New York, New York, Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO CASCO FORTIN
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
NICKELODEON THE LEGEND OF
KORRA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: La denominación de la marca arriba indicada es
“NICKELODEON LA LEYENDA DE KORRA”.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos de grabación y reproducción de sonido,
vídeo y datos para almacenar, grabar, transmitir y reproducir sonido y/o imágenes;
software de ordenador; juegos de computadora; juegos de memoria de disco compacto
de solo lectura; juegos de salida de audio; cartuchos de juegos para videojuegos
informáticos y máquinas de juegos de salida de vídeo; casetes de juegos de ordenador;
programas de juegos de ordenador; cintas de juegos de ordenador; grabaciones de
sonido y vídeo; grabaciones de fonógrafo; registros; películas cinematográficas y
fotográficas; películas cinematográficas y cintas de vídeo; reproductores de mp3;
cámaras digitales, móviles y todo tipo de equipos y accesorios de telefonía móvil
inalámbricos, incluidas las placas frontales de teléfonos móviles; tonos de llamada
entendidos en el contexto de tonos de llamada descargables, música, mp3, gráficos,
juegos e imágenes de vídeo para dispositivos de comunicación móviles inalámbricos;
dispositivos de transmisión inalámbrica y comunicación móvil que permiten votar y
recibir mensajes de texto y de voz con otros dispositivos de comunicación móvil
inalámbricos; gafas de sol/anteojos; soportes de datos magnéticos que contienen
imágenes y/o sonido; discos láser; discos de vídeo, discos compactos; CDROM; cd-
i’s; discos versátiles digitales (DVD); cintas, casetes de vídeo; cartuchos, tarjetas con
películas cinematográficas, noticias, series deportivas y de televisión, documentales,
programas de juegos, animación, conciertos y otras representaciones; soportes de
memoria; discos compactos interactivos y CD-ROM (disco compacto de memoria
de solo lectura); estuches para casetes y discos compactos; juegos electrónicos
interactivos para usar con computadoras. de la clase 9
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021. _________
Número de Solicitud: 2021-1608
Fecha de presentación: 2021-04-08
Fecha de emisión: 29 de agosto de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Reckitt & Colman (Overseas) Health Limited
Domicilio: 103-105 Bath Road, Slough, Berkshire, SL1 3UH, Reino Unido.
B.- PRIORIDAD: Se otorga Prioridad No. 81747 de Fecha 16/10/2020 de Jamaica.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO
E.- CLASE INTERNACIONAL (29)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
RECKITT
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
_________
J.- Para Distinguir y Proteger: Carne, pescado, carne de aves y carne de caza;
extractos de carne; frutas y vegetales preservados, congelados, secos y cocinados;
jaleas, mermeladas, compotas; huevos; leche, queso, mantequilla, yogurt y otros
productos lácteos; productos lácteos; sustitutos de la leche; aceites y grasas para
comida; frutas y vegetales frescos; leche en polvo; leche deshidratada; leche en polvo
con fines nutricionales; bebidas a base de soya usadas como sustitutos de la leche;
bocadillos a base de leche; bocadillos a base de frutas; bocadillos a base de frutos secos
(nut); bocadillos a base de frutas procesadas usados como suplementos nutricionales;
bocadillos hechos a base de frutas; bocadillos hechos a base de vegetales; bocadillos
hechos a base de productos lácteos; productos nutricionales hechos a base de
alimentos (meal); barras a base de frutas como comida sustitutiva; barras de comida
sustitutiva a base de frutos secos (nuts); mostaza; salsas; sazonadores; mezclas
secas para salsas y salsas de carne (gravy); especias; condimentos; aderezos para
ensaladas; marinadas; dips; extractos usados para la comida y saborizar la comida;
purés de frutas; parés de vegetales; leche; fórmulas a base de leche; extractos de
carne; extractos de hierba para comida; comida preparada para peces; vegetales
enlatados; mermeladas; nueces de betel (areca) procesada; preparaciones para hacer
sopa; huevos en polvo; leche de soya; productos lácteos; sustancias grasosas para la
manufactura de grasas comestibles; jaleas de frutas; frutos secos (nuts) preparados;
hongos secos comestibles; proteína para cocinar; envoltura o tripa para embutidos,
natural o artificial. de la clase 29
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021.
Número de Solicitud: 2021-2079
Fecha de presentación: 2021-05-06
Fecha de emisión: 15 de septiembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Nordic Entertainment Group Sweden AB
Domicilio: Ringvägen 52, 118 67 Stockholm, Suecia
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixto
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO
E.- CLASE INTERNACIONAL (41)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
viaplay
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Educación, entretenimiento y actividades deportivas;
servicios de entretenimiento; entretenimiento televisivo; producción de películas;
servicios de asesoramiento relativos al esparcimiento; suministro de información
sobre actividades recreativas; organización de competiciones recreativas; servicios
de guías de programas de televisión; producción de programas televisivos de
entretenimiento; servicios de entretenimiento televisivo y radiofónico; suministro
de clasificaciones de usuarios con fines de esparcimiento o culturales; servicios de
esparcimiento prestados en línea desde una base de datos informática o internet;
servicios de educación, entretenimiento y de actividades deportivas; entretenimiento
mediante películas; servicios de esparcimiento en forma de programas de televisión;
servicios de entretenimiento televisivo por protocolo de intemet (iptv); servicios
de esparcimiento, para seleccionar grabaciones de audio y vídeo de interés para
los usuarios; entretenimiento televisivo; servicios de esparcimiento prestados por
teléfono; servicios de esparcimiento, facilitados a través de emisiones en directo
en línea; suministro de películas no descargables; suministro de películas, no
descargables, mediante servicios de vídeo a la carta; suministro de programas de
televisión, no descargables, mediante servicios de vídeo a la carta, de la clase 41
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 N. y 7 D. 2021.
NICKELODEON THE LEGEND
OF KORRA
RECKITT
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 5 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,764
Número de Solicitud: 2020-9901
Fecha de presentación: 2020-02-28
Fecha de emisión: 20 de julio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: N.V. ORGANON
Domicilio: Kloostersrstraat 6 Oss, 5349AB, Reino de los Países Bajos
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativo
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (42)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Suministro de software en línea no descargable para
proporcionar y gestionar información de salud y asistencia sanitaria; investigación
científica con fines médicos de la clase 42.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021 _________
Número de Solicitud: 2021-25
Fecha de presentación: 2021-01-05
Fecha de emisión: 18 de junio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Lemon Inc.
Domicilio: P.O. Box 31119 Grand Pavilion, Hibiscus Way, 802 West Bay Road, Grand
Cayman, KY1-1205, Islas Caimán
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixto
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (38)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ByteDance
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Sociedad organizada bajo las leyes de Islas Caimán
I.- Reivindicaciones: La marca es un término de fantasía que no tiene traducción.
J.- Para Distinguir y Proteger: Suministro de servicios de aplicación de internet para
comunicaciones: servicios de envío de mensajes SMS; servicios de envio de mensajes
de aplicación: transmisión de información sobre aplicaciones a través de internet;
comunicación a través de redes privadas virtuales [VPN]: entrega electrónica de imágenes
y fotografías a través de una red informática global; servicios de transmisión de datos y
de telecomunicaciones; servicios de telecomunicaciones para proporcionar acceso a datos.
sonido o imágenes; transmisión de textos, fotos o vídeos a través de una aplicación del
teléfono inteligente; transmisión de información a través de aplicaciones para teléfonos
inteligentes; transmisión, difusión y recepción de audio, vídeo, imágenes fijas y en
movimiento, texto y datos; transferencia de datos a través de servicios en línea; servicios
de comunicación y compartición punto a punto (P2P): servicios de acceso a portales de
intercambio de vídeos en internet, de la clase 38.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021
_________
Número de Solicitud: 2020-12116
Fecha de presentación: 2020-03-13
Fecha de emisión: 3 de junio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: INCHCAPE PLC
Domicilio: 22 A ST JAMES’S SQUARE, LONDON, SW1Y 5 LP, Reino Unido
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (42)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
INCHCAPE
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Inspección de vehículos de motor de la clase 42.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021
Número de Solicitud: 2020-12117
Fecha de presentación: 2020-03-13
Fecha de emisión: 3 de junio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: INCHCAPE PLC
Domicilio: 22 A ST JAMES’S SQUARE, LONDON, SW1Y 5 LP, Reino Unido
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (37)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
INCHCAPE
_________
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de mantenimiento y reparación de vehículos;
limpieza de vehículos; pulido de vehículos; servicios de aparcacoches (valet) para
vehículos; lavado de vehículos, de la clase 37.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021 _________
Número de Solicitud: 2020-17267
Fecha de presentación: 2020-06-15
Fecha de emisión: 3 de junio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: WILDHER LLC
Domicilio: 171 Main Street #275, Los Altos, CA 94022, Estados Unidos de América
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (38)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
WILDHER
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Provisión de foros en línea para la transmisión de
mensajes entre usuarios de computadoras; entrega de mensajes vía transmisión electrónica,
de la clase 38.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021
-- 34 of 44 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 5 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,764
_________
Número de Solicitud: 2021-1435
Fecha de presentación: 2021-03-26
Fecha de emisión: 24 de junio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Avon Products, Inc.
Domicilio: 1 Avon Place, Suffern, New York 10901, Estados Unidos de América
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
AVON WATCH ME NOW
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Corporación organizada bajo las leyes de Nueva York. La frase está
compuesta del término de fantasía “AVON” el cual no tiene traducción y de los términos en idioma
ingles “WATCH ME NOW” cuya traducción al español es “MIRAME AHORA”.
I.- Reivindicaciones: Para usarse con el registro No. 19940 de la marca AVON en clase 35.
J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad, gestión de negocios, administración de empresas; trabajos
de oficina, comercialización de productos al por, menor de puerta a puerta, servicios de distribución,
servicios de tienda de venta al por menor, servicios de venta al por menor por convocatoria directa
de representantes independiente de ventas, tienda de telefonía en servicios a domicilio, servicios de
catálogo de venta por correo, servicios interactivos de venta al por menor prestados por medio de una
red de información, informática global, todos en los ámbitos del cuidado de la belleza y servicios de
peluquería, ropa, artículos de tocador, cosméticos, joyas, productos de cuidado personal, suplementos
nutricionales, equipo de ejercicio y estado fisico, artículos deportivos, libros, vídeo y cintas de audio
pregrabados CDS y artículos de regalo sin incluir los productos en el campo de las telecomunicaciones,
de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021
Número de Solicitud: 2020-12112
Fecha de presentación: 2020-03-13
Fecha de emisión: 28 de julio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: INCHCAPE PLC
Domicilio: 22A ST JAMES´S SQUARE, LONDON SW1Y 5LP, Reino Unido
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativo
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (37)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de mantenimiento y reparación de vehículos; limpieza de
vehículos; pulido de vehículos; servicios de aparcacoches (valet) para vehículos; lavado de vehículos,
de la clase 37.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021
_________
Número de Solicitud: 2020-9904
Fecha de presentación: 2020-02-28
Fecha de emisión: 28 de julio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A.- TITULAR
Solicitante: N.V. ORGANON
Domicilio: Kloostersrstraat 6 Oss, 5349AB, Reino de los Países Bajos
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativo
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Software descargable en la naturaleza de una aplicación móvil para
proporcionar información sobre productos farmacéuticos, medicamentos, dispositivos médicos, salud y
bienestar, de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021
_________
Número de Solicitud: 2020-24770
Fecha de presentación: 2020-12-23
Fecha de emisión: 14 de junio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A.- TITULAR
Solicitante: AGROEXPORTADORA SAN MARTIN S.A.C.
Domicilio: Av. Dos de Mayo 516 Ofic. 201, Miraflores, Lima, Perú
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
BC-1000 AESM
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
_________
Número de Solicitud: 2020-15332
Fecha de presentación: 2020-04-29
Fecha de emisión: 15 de abril de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LABORATORIOS GARDEN HOUSE FARMACEUTICA S.A.
Domicilio: Avenida Presidente Jorge Alessandri R No. 12310, San Bernardo, Santiago, Chile
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
HIDROLAGENO Q10
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: No se da exclusividad de “Q10”
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para uso médico / remedios para uso médico;
preparaciones nutracéuticas para uso terapéutico o médico; colágeno para uso médico; suplementos
alimenticios a base de proteínas, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas,
bactericidas, todos estos para uso no humano, productos veterinarios, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021
-- 35 of 44 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 5 D E N O V I E MBRE D E L 2021 N o . 35,764
_________
Número de Solicitud: 2021-211
Fecha de presentación: 2021-01-15
Fecha de emisión: 16 de junio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Lemon Inc.
Domicilio: P.O. Box 31119 Grand Pavilion, Hibiscus Way, 802 West Bay Road, Grand Cayman, KY1 1205, Islas Caimán
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad No. 018293779 de fecha 19/08/2020 de Unión Europea
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativo
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (42)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se reivindican los tonos de color Azul y Turquesa, sociedad organizada bajo las leyes de
Islas Caimán
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Investigación técnica relativa a los sistemas de identificación automática de contenidos:
vigilancia electrónica de información de identificación personal para detectar usurpación de identidad por Internet:
compilación de programas informáticos: programación de ordenadores y diseño de software: consultoría sobre seguridad
informática: desarrollo de software: desarrollo de bases de datos informáticas: diseño y desarrollo de software de
recuperación de datos: facilitación del uso temporal de programas informáticos en línea no descargables: software como
servicio [SaaS]: servicios de información, consultoría y asesoría relacionados con los servicios mencionados, de la clase
42.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021
Número de Solicitud: 2020-15252
Fecha de presentación: 2020-04-28
Fecha de emisión: 22 de julio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A.- TITULAR
Solicitante: YOUNGEST, S.A. DE C.V.
Domicilio: General Echegaray 32, Ampliación Daniel Garza, Miguel Hidalgo, Ciudad de México, C.P. 11840, México
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixto
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (30)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
DAVENPORT
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Té; té helado; bebidas a base de té; sucedáneos del té a base de flores u hojas; infusiones
que no sean para uso médico; barras de cereales; preparaciones a base de cereales; refrigerios a base de cereales; café y
sucedáneos del café, de la clase 30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
4, 20 O. y 5 N. 2021
_________
Número de Solicitud: 2021-2981
Fecha de presentación: 2021-06-16
Fecha de emisión: 4 de agosto de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A.- TITULAR
Solicitante: TARGET BRANDS, INC.
Domicilio: 1000 Nicollet Mall, Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixto
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (19)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
BRIGHTROOM
G.-
_________
Número de Solicitud: 2020-23197
Fecha de presentación: 2020-09-25
Fecha de emisión: 22 de julio de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A.- TITULAR
Solicitante: NUTRECO IP ASSETS B.V.
Domicilio: Veerstraat 38, 5831 JN BOXMEER, Reino de los Países Bajos
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
SELKO
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
Número de Solicitud: 2021-49
Fecha de presentación: 2021-01-07
Fecha de emisión: 19 de junio de 2021
Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
Solicitante: PFIP INTERNATIONAL
Domicilio: 190 Elgin Avenue, George Town, Grand Cayman KY1-9005, ISLAS CAIMAN, Islas Caimán
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA M.
E.- CLASE INTERNACIONAL (41)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
EL ESTADO FÍSICO ES
ESENCIAL
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Corporación organizada bajo las leyes de Islas Caimán.
I.- Reivindicaciones: Para utilizarse con el Reg. 23651 de la marca PLANET FITNESS en CL. 41.
J.- Para Distinguir y Proteger: Instrucción y entrenamiento de