Acuerdo Ejecutivo
Acuerdo Ejecutivo No. 015-2021 — Revocar la delegación de funciones del Presidente de la República en el Consejo Nacional de Educación (CNE)
Poder Ejecutivo
Acuerdos:
1)
Acuerdo Ejecutivo
Nº
015-2021,
publicado
con
fecha
de
29 de mayo de
2021.
2)
Acuerdo Ejecutivo
Nº
017-A-2021,
con
fecha
de
de
mayo
de
BoulevardJuan Pablo
11,
edificio Centro Ejecutivo Las Lomas, frente a Casa Presidencial, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A.
Teléfono PBX (504) 2232-1611, 2232-1588, Fax: (504) 2239-2791
www.sep.gob.hn
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MES:
MAYO
GOBIERNO
DE
LA
REPÚBLICA
DE
HONDURAS
GACETAS
* * * * *
����� �����
SECRETAR1A DE
ESTADO
DE
lA
PRESIDENCIA
Nº
Fecha
• 29.05.2021
•
29.05.2021
Nº
de
Acuerdo
Acuerdo Ejecutivo
Nº
015-2021
Acuerdo Ejecutivo
Nº
017-A-2021
Asunto
Revocar
la
delegación
de
funciones
del
Presidente
de
la
Republica
en
el
Consejo Nacional
de
Educación
(
CNE),
recaído
en
la
anterior
Secretaria
de
Estado
en el
Despacho
de
Coordinación
General
de
Gobierno
Por Ley,
MARTHA VICENTA DOBLADO
ANDARA.
Reforma
el
Artículo
del
Acuerdo
Ejecutivo Número
007-2021
de
fecha dos
(
O
)
de
febrero
del
2021, publicado
en el
Diario
Oficial
��La
Gaceta"
en
fecha
dieciocho
(
)
de
febrero
de
2021.
Estatus
Publicado
Publicado
BoulevardJuan Pablo II, edificio Centro Ejecutivo Las Lomas, frente a Casa Presidencial, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A.
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I
DIARIO
OFICIAL
DE LA
REPÚBLICA
DE
HONDURAS!
La
primera imprenta
llegó
a
Honduras
en 1829,
siendo
instalada
en
Tegucigalpa,
en
el
cuartel
San
Fran
cisco,
lo
primero
que
sa imprimió
Iue
una
proclama
del
General
Morazán.
con
fecha
4 de
diciembre
do
1629.
�
ENAG
t.,...,.....i
�.>>IJ(t.�
EMPRHA
NACIONAL
OE
ARTES
GRAFJC.U.
Después
se
imprimió
el
primer periódico
oficial del
Gobierno
con
fecha
de
mayo
de
1830,
conocido
hoy,
como
Diario
Oficial
"La
Gaceta".
AÑO
CXLIII TEGUCIGALPA,
M.
D.
C.,
HONDURAS,
C.
SÁBADO
DE
MAYO
DEL 2021. NUM. 35,613
Sección A
Presidencia de la
República
SUMARIO
Sección
A
Decretos
y
Acuerdos
(�
__
A_C_U_E_R_D_O_E_J_E_C_U_T_I_V_O_N_o_.
_Ol_S_-2_0_2
l_�)
PRESIDENCIA
DE
LA
REPÚBLICA
Acuerdo Ejecutivo
No.
015-2021,
017-A-2021
l
-
EL PRESIDENTE
DE
LA
REPÚBLICA,
Sección
B
Avisos
Legales
Desprendí
ble
para
su
comodidad
-
CONSIDERANDO:
Que de
conformidad
a
los
numerales
y
1.1
del
Artículo
245 de
la
Constitución
de
la
República,
corresponde
al
Presidente
de
la
República entre otras
atribuciones. dirigir
la
política general del Estado, emitir
los
Acuerdos, Decretos
y
expedir reglamentos
y
resoluciones
conforme
a la
Ley.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad
al
Artículo
de
la
Ley
General
de
la
Administración Pública,
el
Presidente
de
la
República tiene
a su
cargo
la
suprema dirección
y
coordinación
de
la
Administración Pública Centralizada
y
Descentralizada.
El
Presidente de
la
República
en
el
ejercicio de sus funciones,
podrá actuar por
sí o
en
Consejo
de Ministros,
CONSIDERANDO:
Que en aplicación
del
Artículo
de
la
Ley General de
la
Administración Pública, el
Presidente
de
la
República de
Honduras podrá delegar
en los
Secretarios
de
Estado,
el
ejercicio de
la
potestad
de
decidir
en determinadas
materias
o
en casos concretos,
a
efecto de descongestionar
y
a la
vez volver más expedita
la
gestión de
la
Administración
Pública Centralizada.
El
Acuerdo de
Delegación emitido por
el
Presidente de la República, podrá ser revocado por éste en
cualquier momento.
CONSIDERANDO:
Que
el
artículo
de
la
Ley de
Procedimiento Administrativo determina
que
el
Acto
de
Delegación. además
de
indicar
el
órgano delegante,
el
objeto
de
la
delegación
y el
órgano delegado.
podrá
contener
instrucciones obligatorias
para éste
en
materia procedimental.
En
los
actos
dictados
por
delegación,
se
expresará
esta
circunstancia
y
se
entenderán adoptados
por
el
órgano
delegante,
No
obstante,
la
responsabilidad
que
se
derivare
de
la
emisión
de
los
actos será ímputable
al
órgano delegado.
CONSIDERANDO:
Que
el
Consejo Nacional
de
Educación
es el
máximo organismo de
decisión
de
política educativa
nacional; tiene como finalidad elaborar y dar seguimiento
a
la
política educativa, articular, horizontal
y
verticalmente
el
Sistema Nacional de
Educación
y
coordinar
la
reforma
de
la
educación
en el País.
CONSI.DERANDO: Que
la
delegación de atribuciones
y
facultades
en
funcionarios que dependen de
la
Presidencia
de
la
República. implica además observar
fiel y
cabalmente
el
cumplimiento de los mandatos legales establecidos en las
-- 3 of 7 --
Sección
,\
,\cuerdos)
Le)
es
REPÚBLICA
DE
HONDURAS
•
TEGUCIGALPA,
M.
D.
C. 29
DE
MAYO
DEL
N
leyes
generales
y
especiales, debiendo rendir
las
cuentas
que
oportunamente
se
les
exijan.
POR
TANTO;
En uso
de
las
facultades
de que
está
investido
y
en
aplicación de
lo
establecido
en
el
Artículo
245,
numeral
I
de
la
Constitución
de
la
República; Artículos
reformado,
16.
30. 33,
34, 36
numeral
8),
116.
y
11.8
reformado
de
la
Ley
General
de
la
Administración
Pública
y
sus
reformas;
Artículos
y
de
la
Ley de
Procedimiento Administrativo;
Artículo
de
la
Ley
Fundamental
de
Educación.
ACUERDA:
PRIMERO:
Revocar,
a
partir
de
la
fecha
del
presente
Acuerdo.
la
delegación
de
funciones
del
Presidente
de
la
República
en
el
Consejo Nacional
de
Educación (CNE), conferida
a
la
anterior Secretaria
de
Estado Coordinadora General
de
Gobierno por
Ley,
MARTHA VICENTA DOBLADO
ANDARA,
mediante Acuerdo Ejecutivo
No.
057 de focha
2018,
publicado
en el
Diario Oficial
"La Gaceta"
en
fecha
veinte (20) de
septiembre
del
año dos
mil
dieciocho
(2018).
SEGUNDO:
Delegar
a
partir
de
la
fecha
del
Presente Acuerdo,
las
funciones
del
Presidente
de
la
República
en
el
Consejo
Nacional
de
Educación (CNE),
así
como
la
presidencia
del
mismo, en
CARLOS
ALBERTO MADERO ERAZO,
Secretario
de
Estado Coordinador
General
de
Gobierno.
TERCERO:
El presente Acuerdo
es de ejecución inmediata
y
deberá publicarse
en
el
Diario Oficial
La
Gaceta. Dado
en
la
ciudad
de
Tegucigalpa, municipio
del
Distrito Central,
a
los
quince
(15) días
del
mes de abril del
año dos
mil
veintiuno
(202 l).
COMUNÍQUESE
Y
PUBLÍQUESE.
JUAN ORLANDO HERNÁNDEZALVARADO
Presidente de
la
República
EBAL JAIR DÍAZ LUPIÁN
Secretario de Estado Secretaría de
la
Presidencia
Presidencia de la
República
(
ACUERDO
EJECUTIVO
NÚMERO
017-A-2021
)
EL PRESIDENTE
DE
LA
REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que según
el
Artículo
numeral
de
la
Constitución
de
la
República,
el
Presidente
de
la
República
tiene
la
atribución
de
emitir Acuerdos
y
Decretos
y
expedir
Reglamentos
y
Resoluciones conforme
a
la Ley.
CONSIDERANDO:
Que
de
acuerdo
con
lo
establecido
en
el
Artículo
de
la
Ley General de
la
Administración
Pública.
el
Presidente de
la
República tiene
a
su
cargo
la
suprema
dirección
y
coordinación
de
la
Administración
Pública.
Centralizada, Descentralizada.
CONSIDERANDO:
Que
los
Secretarios
de Estado
son
colaboradores
del
Presidente
de
la
República
en
la
orientación,
coordinación. dirección
y
supervisión
de los
órganos
y
entidades
de
la
Administración Pública Nacional,
en
el
área
de
su
competencia.
La
(}aceta
DIARIO
OFICIAL
DE
LA REPÚBLICA
DE
HONDURAS
DECANO
DE
LA
PRENSA HONDUREÑA
PARA MEJOR
SEGURIDAD
DE
SUS PUBLICACIONES
ABOG. THELMA LET/CIA NEDA
JORGE ALBERTO
RICO
SALINAS
Coordinador
y
Supervisor
EMPRESA NACIONAL
DE
ARTES GRÁFICAS
Co!Onia
Miraflores
TelélonO/Fa.,: Gerer<:ia
2230.2520,
2230-1821
Adminislración. 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
-- 4 of 7 --
Sección ,\ Acuerdos} Le} es
leyes generales y especiales, debiendo rendir las cuentas que
oportunamente se les exijan.
POR TANTO; En uso de las facultades de que está investido
y en aplicación de lo establecido en el Artículo 245, numeral
I de la Constitución de la República; Artículos 15 reformado,
16. 30. 33, 34, 36 numeral 8), 116. 117 y l 18 reformado de
la Ley General de la Administración Pública y sus reformas;
Artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo;
Artículo 28 de la Ley Fundamental de Educación.
ACUERDA:
PRIMERO: Revocar, a partir de la fecha del presente Acuerdo,
la delegación de funciones del Presidente de la República
en el Consejo Nacional de Educación (CNE), conferida a
la anterior Secretaria de Estado Coordinadora General de
Gobierno por Ley, MARTHA VICENTA DOBLADO
ANDARA, mediante Acuerdo Ejecutivo No. 057 de focha
2018, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en focha
veinte (20) de septiembre del año dos mil dieciocho (2018).
SEGUNDO: Delegar a partir de la focha del Presente Acuerdo,
las funciones del Presidente de la República en el Consejo
Nacional de Educación (CNE), así como la presidencia del
mismo, en CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO.
Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno.
TERCERO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata
y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en
la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los
quince ( 15) días del mes de abril del año dos mil veintiuno
(2021).
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
JUAN ORLANDO HERNÁNDEZALVARADO
Presidente de la República
EBAL JAIR DÍAZ LUPIÁN
Secretario de Estado Secretaría de la Presidencia
Presidencia de la
República
( ACUERDO EJECUTIVO NÚMERO 017-A-2021 )
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO: Que según el Artículo 245 numeral 11 de
la Constitución de la República, el Presidente de la República
tiene la atribución de emitir Acuerdos y Decretos y expedir
Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley.
CONSIDf:RANDO: Que de acuerdo <.:011 lo establecido en el
Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública.
el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema
dirección y coordinación de la Administración Pública.
Centralizada, Descentra! izada,
CONSIDl�RAN DO: Que los Secretarios de Estado son
colaboradores del Presidente de la República en la orientación,
coordinación, dirección y supervisión de los órganos y
entidades de la Administración Pública Nacional, en el área
de su competencia.
La <;¡aceta
ABOG. THELMA LETICIA NEDA
JORGE ALBERTO RICO SALINAS
Coordinador y Supervisor
Colonia Mirallcres
TelétonoiFax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Adminislración: 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
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Seeciún A Acuerdos } Ll'� es
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 37
numeral 2 de la Ley Orgánica del Presupuesto, le corresponde
al Presidente de la República autorizar las transferencias
de fondos presupuestarias entre Secretarías de Estado,
Instituciones Descentralizadas y entre ambas.
CONSIDERANDO: Que en fecha veintinueve (29) de
diciembre del año 2020 Inversión Estratégica de Honduras
(!NVEST-H), comunicó que no contaba con presupuesto para
continuar con el apoyo a la implementación de HONDUCOM-
PRAS 2.0, siendo necesario realizar las gestiones pertinentes
para asegurar la continuidad y contratación de servicios para
la operatividad de dicho sistema en el año 2021.
CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo
Número 007-2021 de fecha dos (02) de febrero del 202], pu-
blicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha dieciocho
( 18) de febrero del 2021, se acordó transferir de la asignación
presupuestaria identificada como Objetos de Gastos 22270,
25300 y 2621 O de la Secretaría de Estado de Coordinación
General del Gobierno al Objeto de Gasto 24600 de la asigna-
ción presupuestaria de la Inversión Estratégica de Honduras
(!NVEST-H), la cantidad de Quinientos Cincuenta Mil Lern-
piras (L.550,000.00) para financiar la continuidad del primer
trimestr del año 2021 del Servicio de Almacenamiento en la
nube.
CONSIDERANDO: Que el artículo 81 del Decreto Legisla-
tivo No. 182-2020 de fecha veintidos (22) de diciembre del
2020, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha
veintitrés (23) de diciembre del 2020 establece que con el fin
de regular la contratación con cargo al Subgrupo del Gasto
24000, se prohíben las ampliaciones por modificaciones pre-
supuestarias para los objetos de gasto pertenecientes a este
subgrupo, siendo esta disposición exclusiva para los recursos
provenientes de la fuente 11 Tesoro Nacional.
CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.
043-2020 de fecha I de octubre del 2020 y publicado en el
Diario Oficial "La Gaceta" el 6 de octubre de 2020, el Pre-
sidente de la República delegó la firma en el Secretario de
Coordinación General de Gobierno. CARLOS ALBERTO
MADERO ERAZO, la potestad de firmar los Acuerdos
Ejecutivos que según la Ley de la Administración Pública,
sean potestad del Presidente Constitucional de la República
su sanción.
POR TANTO:
En el ejercicio de las facultades de que está investido y en
aplicación de los Artículos 245 numeral 11, 248 y 255 de
la Constitución de la República: l O, 11, 116, 118 y 119 de
la Ley General de la Administración Pública: 3, 23 y 24 de
la Ley de Procedimiento Administrativo; 7, 8, 9 numerales
6 y 7 del Reglamento de Organización. Funcionamiento y
Competencias del Poder Ejecutivo; Decreto Legislativo No.
182-2020 de fecha veintidós (22) de diciembre del 2020,
publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha veintitrés
(23) de diciembre del 2020; Acuerdo Ejecutivo No. 043-2020
de focha l de octubre del 2020 y publicado en el Diario Oficial
"La Gaceta" el 6 de octubre de 2020, Acuerdo Ejecutivo
Número 007-2021 de fecha dos (02) de febrero del 2021,
publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha dieciocho
( 1 8) de febrero del 2021.
ACUERDA:
ARTÍCULO l: Reformar el Articulo 2 del Acuerdo Ejecutivo
Número 007-2021 de fecha dos (02) de febrero del 2021.
publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha dieciocho
( 18) de febrero del 2021, mismo que deberá leerse:
" ARTÍCULO 2. La transferencia descrita en el Articulo
anterior será financiada de la asignación presupuestaria
siguiente:
-- 6 of 7 --
Sección
,\ Acuerdos)
LC)'CS
REPÚBLICA
DE
HONDURAS
-TEGUCIGALPA,
M.
D.
C.,
DE MAYO
DEL
No.
35,613
JNSTITUCJÓN
SECRETARÍA
DE
COORDINACIÓN GENERAL
DE
GOBIERNO
GERENCIA
ADMINISTRATIVA
CENTRAL
UNIDAD
EJECUTORA
TRANSPARENCIA
Y
MODERNIZACIÓN DEL
ESTADO
PROGRAMA
DIRECCIÓN PRESIDENCIAL
DE
TRANSPARENCIA, MODERNIZACIÓN
Y
GOBIERNO
DIGITAL
SUBPROGRAMA
PROYECTO
ACTIVIDAD/OBRA
OFICINA
NORMATIVA
DE
COMPRAS
Y
ADQUISICIONES
DEL
ESTADO
(OJ'ICAE)
DISMINUCIÓN
INST GA
UE
FTE ORG PROG
SPROG PROY A/O
OBJ BNF
MONTO
00 00
002 24720
L.
550,000.00
Total
L.
550,000.00
ARTÍCULO
2.
El
presente Acuerdo Ejecutivo entrará
en
vigencia
a
partir del día
de
su
publicación
en
el
Diario
Oficial de
la
República "La Gaceta".
Dado
en la
ciudad
de
Tegucigalpa, municipio
del
Distrito Central,
a
los
trece
(
13)
días
del mes de
mayo
del
año dos
mil
veintiuno
(2021
).
COMUNÍQUESE
Y
PUBLÍQUESE.
CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE
COORDINACIÓN GENERAL
DE
GOBIERNO
Por delegación
del Presidente de
la
República
Acuerdo Ejecutivo Número 043-2020
EBAL .JAIR DÍAZ LUPIAN
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA
PRESIDENCIA
dA.
-- 7 of 7 --