Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. SAR-478-2019 — Revocar el Acuerdo SAR-309-2018 que creó el programa de Lotería Fiscal
( ACUERDO No. SAR-478-2019 )
TEGUCIGALPA, M.D.C., 18 DE OCTUBRE DE 2019
LA MINISTRA DIRECTORA DEL SERVICIO DE
ADMINISTRACIÓN DE RENTAS
CONSIDERANDO: Que el Código Tributario contenido
en el Decreto Legislativo 170-2016 en su Artículo 195,
complementado posteriormente con el Acuerdo Ejecutivo
Número 01-2017, crea la Administración Tributaria
denominada Servicio de Administración de Rentas, como una
entidad desconcentrada de la Presidencia de la República, con
autonomía funcional, técnica, administrativa y de seguridad
nacional, con personalidad jurídica propia, responsable del
control, verificación, fiscalización y recaudación de los
tributos, con autoridad y competencia a nivel nacional y
con domicilio en la Capital de la República, con la misión
primordial de administrar el sistema tributario.
CONSIDERANDO: Que el Código Tributario en su
Artículo 198 numeral 3, establece como atribución de la
Administración Tributaria, crear planes y programas de
gestión administrativa acorde con los lineamientos de
la política económica y metas de recaudación anuales
acordadas.
CONSIDERANDO: Que el Artículo 28 de la Ley del
Impuesto Sobre Ventas faculta a la Administración Tributaria
para promover rifas o sorteos y reglamentar las bases y
épocas de éstos.
CONSIDERANDO: Que el programa denominado Lotería
Fiscal contenido en el Acuerdo SAR-309- 2018 publicado en
el Diario Oficial La Gaceta en fecha 22 de octubre de 2018, se
creó con la finalidad de proporcionar estímulos e incentivos
a los hondureños a fin de que exijan su documento fiscal
autorizado e incrementar la adquisición de bienes o servicios
en el mercado nacional, lo cual, deriva en la realización de
hechos generadores en el Impuesto Sobre la Venta.
CONSIDERANDO: Oue para dar cumplimiento al PCM-
036-2019 las Instituciones Centralizadas, Desconcentradas
y Descentralizadas deben realizar una reprogramación
física y financiera de sus objetivos y resultados, ajustando
su Presupuesto, Plan Operativo y Plan Anual de Compras
a efecto de presentar ante la Secretaría de Estado en el
Despacho de Finanzas el recorte de presupuesto disponible
en su institución, así como las que adicionalmente sean
necesarias.
CONSIDERANDO: Que el Artículo 121 de la Ley de
Procedimiento Administrativo faculta a la Administración
Tributaria para revocar un acto administrativo cuando no
fuere oportuno o conveniente a los fines del servicio para el
cual se dicta.
POR TANTO
La Ministra Directora del Servicio de Administración de
Rentas (SAR), en el uso de las facultades que la ley le confiere
y en aplicación de los Artículos: 351 de la Constitución de la
República; 9, 10, 195, 197, 198, 199 del Código Tributario
Decreto 170-2016; 121 de la Ley de Procedimiento
Administrativo; Acuerdo Ejecutivo 01-2017;
ACUERDA:
ARTÍCULO 1.- REV O CAR EL ACUERDO SAR-309-
2018 publicado en el Diario Oficial La Gceta en fecha 22
de octubre de 2018, mediante el cual se creó el programa de
Lotería Fiscal.
ARTÍCULO 2.- El presente Acuerdo entrará en vigencia
el día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
PUBLÍQUESE.
M IRIAM ESTELA GUZM AN BONILLA
M IN ISTRA DIRECTORA
CARM EN ALEJA N D R A SUÁREZ PACHECO
SECRETARIA GENERAL
6 A.
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