Decreto Ejecutivo
Decreto Ejecutivo No. PCM-060-2019 — Excepciones a medidas de contención del gasto público para Instituciones Públicas Financieras e institutos especializados
Congreso Nacional
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS
DE ESTADO,
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo
Número PCM-036-2019 de fecha 10 de julio de 2019 y
publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 11 de julio
del presente año, se implementaron medidas orientadas a la
contención del gasto público, sin detrimento de la atención
a programas sociales prioritarios, infraestructura, generación
de empleo, crecimiento económico, entre otros.
CONSIDERANDO: Que los ingresos y gastos de las
Instituciones Públicas Financieras no afectan el cálculo del
déficit fiscal al que se refiere la Ley de Responsabilidad Fiscal.
CONSIDERANDO: Que el Instituto de la Propiedad (IP)
se crea como un ente desconcentrado de la Presidencia de
la República. Tendrá personalidad jurídica y patrimonio
propio, funcionará con independencia técnica administrativa
y financiera. Su Ley tiene como propósito fortalecer y otorgar
seguridad jurídica a los titulares de la propiedad, desarrollar
y ejecutar una política nacional que permita la inversión
nacional y extranjera y el acceso a la propiedad por parte de
todos los sectores de la sociedad.
CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Estadísticas
(INE) tiene entre sus objetivos institucionales, asegurar la
producción, utilización apropiada y difusión sistematizada
de estadísticas confiables y oportunas, de los distintos
agregados estadísticos oficiales que debe generar el Sistema
Estadístico Nacional (SEN), necesarias para el permanente
conocimiento de la realidad nacional, la planificación del
desarrollo y la eficiente gestión en la toma de decisiones del
sector público y privado del país y establecer la programación
para las actividades de diseño, recopilación, procesamiento,
análisis, difusión y publicación de la información de
estadística oficial del país, obtenida mediante el levantamiento
censales, encuestas por muestreo y el uso de los registros
administrativos.
CONSIDERANDO: Que se hace necesario continuar con el
desarrollo normal de los planes, políticas, proyectos y programas
de máxima prioridad nacional, para cumplir con los objetivos
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ABOG. THELMA LETICIA NEDA
JORGE ALBERTO RICO SALINAS
Coordinador y Supervisor
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956
Administración: 2230-3026
Planta: 2230-6767
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
y metas de la Visión de País (2010-2038) y los lineamientos e
indicadores del Plan de Nación (2010-2022) y el Plan Estratégico
del Gobierno (PEG) 2018-2022, debiendo tomarse las medidas
que sean necesarias.
POR TANTO,
En uso de las facultades de que está investido y en aplicación
del Artículo: 245, numerales 11), 19) y 30) de la Constitución
de la República; Artículos 1 numeral 2) del Decreto Legislativo
No. 83-2004 que contiene la Ley Orgánica del Presupuesto
y Artículos 6, 11, 17, 18, 22 numerales 8) y 9), 23, 116, 117
y 119 de la Ley General de la Administración Pública y sus
reformas.
DECRETA:
Artículo 1.- Se exceptúan de la aplicación del Decreto
Ejecutivo Número PCM-036-2019 de fecha 10 de julio de
2019 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 11 de
julio del presente año, las Instituciones Públicas Financieras
(BCH, BANADESA, BANHPROVI incluyendo la CNBS);
en virtud que los ingresos y gastos de dichas instituciones no
tienen efecto en el cálculo del déficit fiscal al que se refiere
la Ley de Responsabilidad Fiscal.
Artículo 2.- Se exceptúa al Instituto Nacional de Estadísticas
(INE), Servicio de Administración de Rentas (SAR) y al
Instituto de la Propiedad (IP) de la aplicación de las medidas
contempladas en el Artículo 2, inciso i) del Decreto Ejecutivo
Número PCM-036-2019, con el fin que dicha entidad cumpla
con sus objetivos institucionales.
Artículo 3.- El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia
a partir de su aprobación y deberá ser publicado en el Diario
Oficial “La Gaceta”.
Dado en Casa Presidencial, Tegucigalpa, municipio del
Distrito Central, a los once (11) días del mes de octubre del
año dos mil diecinueve (2019).
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
JUAN ORLANDO HERNANDEZ ALVARADO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY
EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA
PRESIDENCIA
HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN
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LISANDRO ROSALES BANEGAS
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN
INTERNACIONAL
REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
MARÍA ANTONIA RIVERA
DESIGNADA PRESIDENCIAL, ENCARGADA DE LA
SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
DESARROLLO ECONÓMICO
ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
JULIAN PACHECO TINOCO
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
SEGURIDAD NACIONAL
FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
DEFENSA NACIONAL
ALBA CONSUELO FLORES
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE SALUD
ARNALDO BUESO HERNÁNDEZ
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
EDUCACIÓN
CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MAURICIO GUEVARA PINTO
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
AGRICULTURA Y GANADERIA
ELVIS RODAS
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE
ROCIO IZABEL TABORA MORALES
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
FINANZAS
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Poder Legislativo
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