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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

31 enero 2019Edición No. 34,966

Decreto Legislativo

Decreto Legislativo No. 192-2018 — Reforma al Artículo 3 del Decreto No. 48-2018 sobre amnistía en pago de multas y tasas municipales

Congreso Nacional

CONSIDERANDO: Que toda persona tiene derecho a la seguridad de sus medios economicos; asimismo, el sistema tributario se rige por los principios de legalidad, proporcionalidad, generalidad y equidad, de acuerdo con la capacidad economica del contribuyente. ANTONIO CESAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE CONSIDERANDO: Que una amnistia, constituye un perdon a favor de quien le aplique o le solicite y no puede darse un tratamiento discriminatorio si un obligado tributario cumple con los elementos objetivos y subjetivos para gozar de dicho beneficio en el marco legal correspondiente. JOSE TOMAS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO CONSIDERANDO: Que conforme al Articulo 205 Atribucion 1) de la Constitucion de la Republica de Honduras, es potestad del Congreso Nacional: crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes. SALVADOR VALERIANO PINEDA SECRETARIO POR TANTO, Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecutese. D E C R E T A: Tegucigalpa, M.D.C., 31 de enero de 2019 ARTICULO 1.- Reformar el Articulo 3 del Decreto No. 48-2018 de fecha 7 de Junio de 2018 y publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 17 de Agosto de 2018, Edicion No. 34,721, el que de ahora en adelante debera leerse de la manera siguiente: JUAN ORLANDO HERNANDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPUBLICA "ARTICULO 3.- Ordenar a todas las municipalidades del pais que apliquen AMNISTIA en el pago de multas, recargos e intereses por deudas provenientes de tasas e impuesto municipal en mora, asi como la exoneracion por mejoras generados hasta el 31 de Diciembre de 2018, siendo aplicable a personas naturales o juridicas, independientemente que tengan o no, planes de pago o gestion de cobro. EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACION, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACION HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA