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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

7 mayo 2019Edición No. 34,901

Acuerdo Ministerial

Acuerdo Ministerial No. 0326-2019 — Delegación de facultad de firma al Director del Centro de Estudios y Control de Contaminantes (CESCCO)

Poder Ejecutivo

ACUERDO No. 0326-2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE, EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO, CONSIDERANDO: Que de conformidad con los Artículos 36, numeral 8 y 19 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretario General o Directores Generales. CONSIDERANDO: Que es competencia de esta Secretaría de Estado la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con los recursos naturales y el ambiente. CONSIDERANDO: Que dentro de la estructura organizativa de la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente, está el "Centro de Estudios y Control de Contaminantes (CESCCO)", quien es responsable de conducir estudios y acciones relacionados con la prevención y control de la contaminación en sus diferentes formas". CONSIDERANDO: Que la Ley de Simplificación Administrativa, en su Artículo 1, contempla como su objetivo general "el establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos, a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen en apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los intereses". CONSIDERANDO: Que de igual manera, la Ley de Simplificación Administrativa contempla que "todo órgano del Estado tiene la obligación de realizar, permanentemente, diagnósticos y análisis sobre los diferentes trámites y procedimientos administrativos que deban seguirse en dependencias, a fin de diseñar medidas de simplificación las cuales deberán ser adoptadas de acuerdo a sus objetivos". CONSIDERANDO: Que la delegación de funciones se entiende posible, siempre y cuando se dirija de manera ruda, económica y eficiente a satisfacer el interés general y que, en definitiva, resulte en una simplificación de los procesos que se llevan a cabo en la Administración Pública. POR TANTO: En uso de sus atribuciones y en aplicación de los Artículos 31, 36, numerales 8), 19), 116) y 118, numeral 1) de la Ley General de la Administración Pública; 4 y 5 de la Ley de REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C. Procedimiento Administrativo; 24, 34, del Decreto Ejecutivo No. PCM-008-97 de fecha 15 de junio de 1997, que contiene el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo; I y 6 de la Ley de Simplificación Administrativa. ACUERDA: .PRIMERO: Delegar en el ciudadano CARLOS ALBERTO THOMPSON FLORES, Director del Centro de Estudio y Control de Contaminantes (CESCCO), dependiente de esta Secretaría de Estado, la facultad de firmar, específicamente documentos que se manejan en CESCCO, como ser: 1) Ordenes de Compra; y, 2) Realizar todos los procesos de Contrataciones de la Administración Pública (Licitaciones y Concursos o Cotizaciones). SEGUNDO: La Delegación de Firma de los documentos señalados, inicia a partir de la firma del presente Acuerdo. TERCERO: El ciudadano CARLOS ALBERTO THOMPSON FLORES, será responsable por el ejercicio de la facultad de firma que le ha sido delegada. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. QUINTO: Hacer las transcripciones de Ley. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, el veintiueve (29) de enero del año dos mil diecinueve (2019). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE NARCISO E. MANZANARES R. SECRETARIO GENERAL