Revisar los informes sobre las actividades de la Fundación; c)Elaborar el prepuesto anual operativo y de inversiones; d) Llenar las vacantes que se produzcan en los cargos de Directores; e) Preparar y presentar a la Asamblea General de Socios los informes requeridos; f) Publicar el estatuto y demás reglamentos de la Fundación para conocimiento de los socios y del público en general; g) Fomentar la impresión de publicaciones de divulgación de conocimientos relacionados con los fines de la Fundación.
La G aceta Sección B A v isos L egales REPÚBLICA DE HONDU RAS - TEGUCIGALPA, M. D . C . , 20 DE JULIO DEL 2017 N o . 34,395 Artículo Vigésimo Quinto: El Presidente es el representante legal de la Fundación y tendrá un Poder de Administración con las facultades del mandato administrativo. Artículo Vigésimo Sexto: El Vicepresidente es el asistente inmediato del Presidente y lo remplazará en sus ausencias temporales o en la eventualidad de ausencia absoluta. Artículo Vigésimo Séptimo: El Tesorero como custodio de los fondos de la Fundación, preparará y presentará los informes de tesorería que la Junta Directiva le solicite. Artículo Vigésimo Octavo: El Secretario redactará las actas de las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General de Socios, será el custodio de los archivos y documentos de la Fundación. Artículo Vigésimo Noveno: Ningún miembro de la Junta Directiva podrá asumir la representación de la Fundación en forma individual sin la autorización correspondiente del Presidente. CAPÍTULO V. DE LOS FONDOS Y ACTIVOS DE LA FUNDACIÓN Artículo Trigésimo: Los activos de la Fundación estarán constituidos por los ingresos que se perciban en concepto de cuotas voluntarias o de cualquier género lícito, contribuciones, regímenes tarifarios, arrendamientos, servicios logísticos y hospedaje, herencias, legados, donaciones ó patrocinios locales, nacionales o inter nacionales, subsidios particulares u oficiales y cualquier otro ingreso en numerario o especie, que la Fundación pueda obtener para sus actividades. Artículo Trigésimo Primero: Los libros de contabilidad de la Fundación serán auditados por una firma reconocida internacionalmente de contadores públicos autorizados y el informe respectivo será presentado al órgano de la Fundación correspondiente. CAPÍTULO VI. DISPOSICIONES GENERALES Artículo Trigésimo Segundo: Ningún miembro de la Fundación será individualmente responsable por los compromisos u obligaciones de la entidad, ya que la Fundación operará con personalidad jurídica propia. Artículo Trigésimo Tercero: La duración de la Fundación es por tiempo indefinido pero podrá disolverse en cualquier momento si así lo aprueba el setenta y cinco por ciento (75%) de los socios activos en Asamblea General debidamente convocada para tal efecto.- De existir bienes a la fecha de la disolución, ellos serán liquidados para cumplir con obligaciones pendientes, entregados a la empresa patrocinadora de los inmuebles operativos y en último caso donados a instituciones con fines similares o a entidades de beneficencia pública. Artículo Trigésimo Cuarto: Las reformas que se hagan a los presentes estatutos deberán ser aprobadas en Asamblea General de Socios.- A este efecto se cursará citación escrita con mínimo de diez días de anticipación acompañando el proyecto de reforma correspondiente. Artículo Trigésimo Quinto: En lo referente a la producción, uso y divulgación de material educativo sobre protección, conservación y restauración de especies animales, plantas, vigilancia y cuidado ecológico, la Fundación deberá contar, cuando sea necesario o exigible, con el visto bueno de la división de educación que corresponda en la Secretaría de Estado en los Despachos de Educación Pública. Artículo Trigésimo Sexto.- Los presentes estatutos de la Fundación Hondureña Para la Protección y Conservación de Cayos Cochinos, entrarán en vigencia al ser aprobados por el Poder Ejecutivo y publicados en el Diario Oficial La Gaceta y sus reformas enmiendas o modificaciones serán sometidas al mismo procedimiento”. Extendido en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los once días del mes de julio de dos mil diecisiete. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 20 J. 2017
La G aceta Sección B A v isos L egales REPÚBLICA DE HONDU RAS - TEGUCIGALPA, M. D . C . , 20 DE JULIO DEL 2017 N o . 34,395 AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria, por ley del Juzgado de Letras Seccional de la ciudad de La Entrada, Nueva Arcadia, departamento de Copán, al público en general, HACE SABER: Que con fecha diez de mayo del año dos mil diecisiete, el señor JOSÉ ANTONIO CUESTAS, a través de su Apoderado Legal el Abogado EDUARDO ALFREDO REYES LÓPEZ, presentó ante este Despacho solicitud de TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO, sobre un lote de terreno, ubicado en el lugar denominado aldea El Achiotal, municipio de San Nicolás, Copán, con un área de MIL CIENTO TREINTA Y SEIS PUNTO NOVENTA Y UNO METROS CUADRADOS, el cual tiene las medidas y colindancias siguientes: Del punto cero al uno, rumbo S 31o31’31.73” E, distancia 20.60 M., colinda con OSCAR LEONEL POSADAS; del punto uno al punto dos, rumbo S 34o 00’00.00” O, distancia 20.60 M., del punto dos al punto tres, rumbo S 32o00’00.00 O, distancia 24.30 M., colinda con OSCAR LEONEL POSADAS; del punto tres al punto cuatro, rumbo N 34o53’59.37” O, distancia 8.20 M., colinda con OSCAR LEONEL POSADAS; del punto cuatro al punto cinco, rumbo N 38o47’24.33” O, distancia 23.01 M., colinda con JOSÉ ISMAEL CUESTAS; del punto cinco al punto seis, rumbo N 43o35’06.91” E, distancia 29.85 M., colinda con carretera CA-4 por medio con ANTONIO MOREIRA; del punto seis al punto cero, rumbo N 53o35’06.91” E, distancia 15.10 M., colinda con carretera CA-4, por medio con ANTONIO MOREIRA; el cual posee de forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente por más de diez años, según información testifical. La Entrada, Copán, 29 de mayo del año 2017. ELDA MARITZA CALLES SANTOS SECRETARIA, POR LEY 20 J, 20 J y 21 A. 2017 ________ CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA: La Licencia de Distribuidor No Exclusivo que literalmente dice: LICENCIA DISTRIBUIDOR. El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia a GTM HONDURAS, S. A. DE C.V., como DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO de la Empresa Concedente QUIMPAC DE COLOMBIA, S.A., de nacionalidad colombiana; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO NACIONAL; otorgada mediante Resolución Número 541-2017 de fecha 08 de junio del 2017, mediante Carta de Autorización de fecha 05 de abril de 2017; fecha de vencimiento: POR TIEMPO INDEFINIDO; ALDO R. VILLAFRANCA CASTRO, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico, por Ley Acuerdo No.61- 2017. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO, Secretaria General. Para los fines que al interesado convenga se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, veintiuno de junio del año dos mil diecisiete. Para los fines que al interesado convenga se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, veintiuno de junio del año dos mil diecisiete. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO Secretaria General 20 J. 2017. JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE HERENCIA La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que en este Despacho Judicial en la solicitud de Herencia No. 0801-2017-01651-CV, se dictó sentencia en fecha veintiséis de junio del año dos mil diecisiete; la cual su parte Dispositiva dice: FALLA: PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de DECLARATORIA DE HERENCIA AB INTESTATO, presentada ante este Despacho de Justicia por los Señores MIGUEL ANGEL MIDENCE RODRÍGUEZ y MARIA ALEJANDRINA MIDENCE RODRÍGUEZ, de generales expresadas en el preámbulo de este fallo.- SEGUNDO: Declárese HEREDEROS AB INTESTATO a los señores MIGUEL ANGEL MIDENCE RODRÍGUEZ y MARIA ALEJANDRINA MIDENCE RODRÍGUEZ, de los bienes, derechos, acciones y obligaciones, dejados por su difunto padre el causante señor JUAN FRANCISCO MIDENCE SAUCEDA, (Q.D.D.G.); en consecuencia, SE LES CONCEDE LA POSESIÓN EFECTIVA DE LA HERENCIA, sin perjuicio de otros herederos de igual o mejor derecho. Tegucigalpa, M.D.C., 20 de julio del 2017. MARILIA ESCOBAR MARTÍNEZ SECRETARIA ADJUNTA 20 J. 2017 ___________
La G aceta Sección B A v isos L egales REPÚBLICA DE HONDU RAS - TEGUCIGALPA, M. D . C . , 20 DE JULIO DEL 2017 N o . 34,395 CERTIFICACIÓN DE PUNTO DE ACTA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO La infrascrita, Secretaria General por Delegación del Instituto Nacional Penitenciario, según Acuerdo de Delegación número DN-INP-003-2017, de fecha 27 de junio del 2017, efectiva a partir del 1 de julio del 2017, por medio de la presente, CERTIFICA el punto de acta de sesión ordinaria número 009-2017, de fecha trece (13) de mayo de dos mil diecisiete (2017), LA QUE LITERALMENTE SE TRANSCRIBE DE LA SIGUIENTE MANERA: “estando presentes los integrantes del Consejo Directivo señores: Ingeniero Héctor Leonel Ayala Alvarenga, Secretario de Estado en el Despacho de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, en su calidad de Presidente; Abogado Ramón Carranza Discua, Subsecretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social; Abogada Olga Suyapa Irías, Secretaria General y representante legal de la Secretaría de Defensa y el Abogado Luis Fernando Suazo Barahona, Subsecretario de Estado en el Despacho de Seguridad; Abogada Rosa Irene Gudiel Ardón, Directora Nacional del Instituto Nacional Penitenciario, en su condición de Secretaria del Consejo Directivo del Instituto. Procediéndose a la continuación de la agenda programada de la siguiente forma: “ PRIMERO…….SEGUNDO…….TERCERO………..QUINTO……SEXTO……. SEPTIMO: Presentación y aprobación del organigrama del INP. La Abogada Gudiel en su condición de Directora Nacional del INP, manifiesta y propone para que se apruebe por el pleno para su vigencia el Organigrama que ya viene diseñado, el Abogado explica el contenido del Organigrama, el Abogado Carranza Discua dice que está de acuerdo con el mismo siempre que está enmarcado con las previsiones que manda la Ley, y que cualquier impacto presupuestario presupuestado sea consultado y que se solicite previo dictamen a la Secretaría de Finanzas. Previo a su aprobación se aprobó y agregó la Unidad de Registros y la Unidad de Archivo al Organigrama, dependiente de la Secretaría General. Se sometió a discusión y a votación aprobado el mismo por unanimidad de los presentes con las observaciones que hizo el Abogado Carranza Discua. OCTAVO…NOVENO: “Ratificación del nombramiento del Subdirector en el marco de las reformas a la Ley del Sistema Nacional Penitenciario. Se conoció y discutió y suficientemente discutido fue aprobado por unanimidad de los presentes, la ratificación del nombramiento como Subdirector de gestión penitenciaria y administrativa al Abog. German Mcniel Rueda. DECIMO……..DECIMO PRIMERO……..no habiendo más que tratar se da por finalizada la sesión, siendo las doce del día con cuarenta y nueve minutos (12:49 P.M.) en el mismo día lugar. FIRMAS Ing. Héctor Leonel Ayala, Presidente Consejo Directivo; Abog. Ramón Carranza Discua, Secretaría de Trabajo y Seguridad Social; Abog. Luis F. Suazo B, Secretaría de Seguridad; Abog. Olga Suyapa Irías, Secretaría de Defensa Nacional”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los trece días del mes de mayo del año dos mil diecisiete. ABOGADA MARIA DE JESUS PALACIOS DE VENEGAS Secretaría General por Delegación del Instituto Nacional Penitenciario 20 J. 2017.
La G aceta Sección B A v isos L egales REPÚBLICA DE HONDU RAS - TEGUCIGALPA, M. D . C . , 20 DE JULIO DEL 2017 N o . 34,395 AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de esta ciudad, al público en general. HACE SABER: Que con fecha diez de mayo del año dos mil diecisiete, el señor MARCIANO CONTRERAS VARGAS, a través de su apoderado legal Abog. EDUARDO ALFREDO LÓPEZ REYES, presentó un Título Supletorio de Dominio de un inmueble rural, ubicado en el lugar denominado en la comunidad de Valle María, jurisdicción del municipio de San Jerónimo Copán, el cual tiene la relación de la medidas siguientes: DEL PUNTO UNO AL PUNTO DOS, RUMBO S25º00’00”E, DISTANCIA DE DIECISEIS METROS (l6 Mts.), COLINDA CON LAURO PINEDA; DEL PUNTO DOS AL PUNTO TRES, S23º00’00”E, DISTANCIA DE VEINTISIETE PUNTO CINCUENTA METROS (27.50 Mts.), COLINDA CON LAURO PINEDA; DEL PUNTO TRES AL PUNTO CUATRO, S65º00’00”0, DISTANCIA DE DIEZ PUNTO CERO CINCO METROS (10.05 Mts.) CON NEPTALI COTO; DEL PUNTO CUATRO AL PUNTO CINCO CON RUMBO S20º00’00”E, DISTANCIA DE VEINTITRÉS PUNTO CINCUENTA Y CINCO METROS (23.55 Mts.), COLINDA CON NEPTALI COTO; DEL PUNTO CINCO AL PUNTO SEIS, RUMBO DE S76º25’47”0, DISTANCIA DE QUINCE PUNTO CUARENTA Y UN METROS (15.41 Mts.), CARRETERA INTERNACIONAL; DEL PUNTO SEIS AL PUNTO SIETE, RUMBO S80º40’54”0, DISTANCIA DE CINCO PUNTO SETENTA METROS (5.70 Mts.), CARRETERA INTERNACIONAL; DEL PUNTO SIETE AL PUNTO OCHO, RUMBO DE S05º00’00”E, DISTANCIA DE SEIS PUNTO TREINTA Y CINCO METROS (6.35 Mts.), CARRETERA INTERNACIONAL; DEL PUNTO OCHO AL PUNTO NUEVE, RUMBO DE S69º01’09”0, DISTANCIA DE TREINTAYSIETE PUNTO NOVENTA METROS (37.90 Mts.), COLINDA CON CARRETERA INTERNACIONAL; DEL PUNTO NUEVE AL PUNTO DIEZ RUMBO DE N07º00’00”0, DISTANCIA DE DIECISEIS PUNTO SESENTA METROS (16.60 Mts.) CON LAURO PINEDA; DEL PUNTO DIEZ AL PUNTO ONCE, RUMBO DE N07º00’00”0, DISTANCIA DE DIECISIETE PUNTO SETENTA Y CINCO METROS (17.75 Mts.), CON LAURO PINEDA; DEL PUNTO ONCE AL PUNTO DOCE, RUMBO DE N15º00’00”0, DISTANCIA TREINTA Y TRES PUNTO CINCUENTA METROS (33.50 Mts.) CON LAURO PINEDA; DEL PUNTO DOCE AL PUNTO UNO, RUMBO N 65º00’00”E, DISTANCIA DE CINCUENTA Y SIETE PUNTO VEINTE METROS (57.20 Mts.) CON LAURO PINEDA; CON UN AREA TOTAL DE TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO PUNTO VEINTIDOS METROS (3,968.22 Mts.) igual a CINCO MIL SEISCIENTAS NOVENTA Y UNO PUNTO CUARENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS (5,691.45 Vrs2) equivalente a CERO PUNTO CINCUENTA Y SIETE DE MANZANAS, (0.57 Mz.). La Entrada, Copán 24 de mayo del año 2017. TELMA YOLANDA CHINCHILLA SECRETARIA 20 J., 20 J. y 21 A. 2017. [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Producto farmacéutico de uso humano, indicado como un antiinflamatorio no esteroideo. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO JOSÉ PORTILLO WAH LUNG USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de junio del año 2017. [12] Reservas: Se protege en su forma conjunta según se muestra en etiqueta adjunta. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 20 J., 5 y 20 J. 2017. [1] Solicitud: 2017-017454 [2] Fecha de presentación: 19/04/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: PLASTIFOM, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SUPERFOM Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 21 [8] Protege y distingue: Utensilios y recipientes para el menaje y la cocina; peines y esponjas; cepillos (con excepción de los pinceles); materiales para la fabricación de cepillos; material de limpieza; viruta de hierro. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: BESSY NADEZDA NUÑEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de junio del año 2017. [12] Reservas: No se protege ¡para compartir!. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 20 J., 5 y 20 J. 2017. _________ [1] Solicitud: 2017-017249 [2] Fecha de presentación: 18/04/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: LABORATORIOS RAVEN, S.A. [4.1] Domicilio: SAN JOSÉ, ESCAZU AUTOPISTA PRÓSPERO FERNÁNDEZ, DEL PEAJE 1.5 KMS, AL OESTE FRENTE A MULTIPLAZA, COSTA RICA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: COSTA RICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DEKOFÉN RAVEN
La G aceta Sección B A v isos L egales REPÚBLICA DE HONDU RAS - TEGUCIGALPA, M. D . C . , 20 DE JULIO DEL 2017 N o . 34,395 1/ No. Solicitud: 6662-2017 2/ Fecha de presentación: 09-02-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: LABORATORIOS TEJISA, S.A. 4.1/ Domicilio: CHINANDEGA, REPÚBLICA DE NICARAGUA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: NICARAGUA B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: