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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

28 abril 2017Edición No. 34,325

Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 193-2017 — Transferencia de bien inmueble Crédito Prendario Popular del INE al IHSS

Poder Ejecutivo

EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el Artículo 245 de la Constitución de la República de Honduras, en su numeralll, establece que: "Es atribución del Presidente de la República emitir Acuerdos y Decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a Ley". CONSIDERANDO: QueelArtículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, estatuye que el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada. CONSIDERANDO: Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la Administración Pública Nacional, en el área de su competencia. CONSIDERANDO: Que la Seguridad Social es un instrumento del Estado al servicio de la justicia social, que SECRE SUMARIO Sección A Acuerdos Acuerdos números 193-2017, 210 SECRETARÍA DE SEGURIDAD Acuerdo Ejecutivo 007-2017 Acuerdo número 2399-2017 AVANCE Sección B A visos Legales A. 8 tiene como finalidad garantizar el derecho humano a la salud, a la asistencia médica, a la protección de los medios de subsistencia y a los servicios sociales necesarios para el logro del bienestar individual y colectivo. CONSIDERANDO: Que con el objeto de brindar los servicios de salud, en adecuados niveles de cantidad, calidad, oportunidad y eficiencia, el Estado debe procurar continuamente la modernización administrativa, técnica y financiera de la Red Integral Pública de Salud. CONSIDERANDO: Que las prestaciones y servicios que se derivan del Régimen del Seguro de Atención de Salud deben ser asegurados, prestados y administrados por el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS). CONSIDERANDO: Que la población derechohabiente del Instituto Hondureño de Seguridad Social ha tenido un UDI -DEGT-UNAH -- 1 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALP M. D. C. 28 DE ABRIL DEL 2017 No. 34 La Gaceta crecimiento acelerado a lo largo de los años, provocando que el espacio de sus instalaciones fisicas sea insuficiente para brindar una adecuada atención a su población asegurada. CONSIDERANDO: Que actualmente el Instituto Nacional de Estadística (INE), ostenta la titularidad dominical del bien inmueble donde operaba el "Crédito Prendario Popular, el cual se encuentra ubicado en el Barrio La Granja de la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central. CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el Artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo No. 274-2010, la transferencia es el traslado de dominio de una propiedad fiscal que se realiza entre entidades de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 4 del Decreto Ejecutivo No. PCM-047-2015 de fecha 2 de septiembre del 2015 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 14 de septiembre del 2015, le corresponde a la Dirección Nacional de Bienes del Estado la función de autorizar las transferencias de bienes fiscales. CONSIDERANDO: Que el artículo 19 numeral 3) de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, prescribe que el Procurador General de la República tiene, entre otras, la atribución de comparecer en representación del Estado conforme a las instrucciones del Presidente de la República como titular del Poder Ejecutivo en el otorgamiento de los actos y contratos en que estuviere interesado el Estado. CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo establecido en el Artículo Primero del Decreto Ejecutivo número 031- 2015 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 25 de noviembre del 2015 , en el cual se delega al Secretario de Estado de la Secretaría de Coordinación General de Gobierno, JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que según la Ley de la Administración Pública, sean potestad del Presidente Constitucional de la República su sanción, cuyo contenido vaya orientado autorizar la legalización de: g) Otros Actos Administrativos que deba firmar por Ley el Presidente de la República. POR TANTO En el uso de las facultades de que está investido y en aplicación de los artículos: 245 numerales 5 y 11 , de la Constitución de la República; 10 , 33 , 116 , 118 , 119 , 122 de la Ley General de la Administración Pública; 3, 26 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 19 numeral 3) de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; 4 y 7 del Decreto No. 274-2010 de fecha 11 de enero del 2011 publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 16 de marzo del 2011 ; 2 del Reglamento del Decreto Legislativo No. 274-2010; y, 4 del Decreto Ejecutivo No. PCM-047-2015 de fecha 2 de septiembre del 2015 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 14 de septiembre del 2015. La qaceta LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Col onia Miraflores Teléfono/ Fa x: Geren cia 2230·4956 Administración: 2230·3026 Planta: 2230·6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL UDI -DEGT-UNAH -- 2 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALP 28 DE ABRIL DEL 2017 N o. 25 ACUERDA: PRIMERO: Instruir a la Procuraduría General de la República (PGR), a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), a la Dirección Nacional de Bienes del Estado (DNBE); y, al Instituto Nacional de Estadísticas (INE), para que en el ámbito de sus respectivas competencias, se efectúe la transferencia del bien inmueble mejor conocido como "Crédito Prendario Popular", ubicado en el Barrio La Granja de la ciudad de Comyagüela, municipio del Distrito Central y cuya titularidad dominical corresponde al Instituto Nacional de Estadísticas (INE), a favor del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS). SEGUNDO: El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los seis días del mes de abril del año dos mil diecisiete. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO Secretario de Estado de la Secretaría de Coordinación General de Gobierno Por Delegación, según Decreto Ejecutivo No. 031-2015 ROCÍO IZABELTÁBORA Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas, por Ley Secretaría de Finanzas C~________A_C_U_E_R_D_O__ N_Ú_M_E_R_0_2_l_O_________) Tegucigalpa, M.D.C., 25 de Abril de 2017
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Acuerdo Ministerial

Acuerdo Ministerial No. 210-2017 — Delegación de funciones del Secretario de Finanzas

Poder Ejecutivo

EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS CONSIDERANDO: Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la Administración Pública Nacional, en el área de su competencia. CONSIDERANDO: Que los citados funcionarios les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos competentes a su ramo, de conformidad con la Ley, pu- diendo delegar en los Subsecretarios de Estado, Secretario General y Directores Generales, el ejercicio de atribucio- nes específicas. CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secre- tarios de Estado, emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y en aquellos que les delegue el Presidente de la República y que la firma de esos actos será autorizado por el Secretario General respectivo. UDI -DEGT-UNAH -- 3 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALP M. D. C. 28 DE ABRIL DEL 2017 No. 34 La Gaceta CONSIDERANDO: Que la delegación de funciones se entiende posible siempre y cuando se dirija de manera rauda, económica y eficiente a satisfacer el interés general y que, en definitiva, resulte en una simplificación de los procesos que se llevan a cabo en la Administración Públi- ca. CONSIDERANDO: Que el Licenciado WILFREDO RAFAEL CERRATO RODRÍGUEZ, Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas, estará ausente de sus funciones durante el periodo comprendido del 26 al 28 de abril de 2017, por viaje oficial a la ciudad de Antigua Guatemala, con el propósito de participar en la LVII Reunión Ordinaria de la Asamblea de Gobernadores del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE). POR TANTO: En uso de las facultades de que está investido y en aplicación de los Artículos 34, 36 numeral 19 de la Ley General de la Administración Pública; 3, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. ACUERDA: PRIMERO: DELEGAR en la Licenciada ROCÍO IZABEL T ÁBORAMORALES, Subsecretaria de Crédito e Inversión Pública, las funciones del Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas, para que en ausencia del Titular de la misma, asuma las funciones, atribuciones y deberes correspondientes al cargo, durante el periodo comprendido del miércoles 26 al viernes 28 de abril de 2017. SEGUNDO: La delegada es responsable de las fun- ciones encomendadas. TERCERO: Hacer las Transcripciones de Ley. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta". COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: WILFREDO RAFAEL CERRATO RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO CÉSAR VIRGILIO ALCERRO GÚNERA SECRETARIO GENERAL UDI -DEGT-UNAH -- 4 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALP 28 DE ABRIL DEL 2017 N o. 25 Secretaría de Seguridad C~_____A_C_U __ ER_D __ O_E_J_E_C_U_T_IV_0__00_7_-2_0_17______)
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Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 007-2017 — Remoción del Subdirector General de la Policía Nacional

Poder Ejecutivo

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que conforme lo establece el artí- culo 245 de la Constitución de la República, el Presidente de la República tiene a su cargo la administración general del Estado, siendo una de sus atribuciones la de nombrar y sepa- rar libremente a los Secretarios y Subsecretarios de Estado y a los demás funcionarios y empleados cuyo nombramiento no este atribuido a otras autoridades. CONSIDERANDO: Que el artículo 1 de la Ley Orgá- nica de la Policía Nacional de Honduras dispone: "Esta Ley tiene por objeto regular la organización y funcionamiento de la Policía Nacional de Honduras, la que en adelante se identificará como "Policía Nacional", estará integrada a la Administración Pública y dirigida por el Presidente de la República, quien ejercerá su coordinación y administración por medio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Se- guridad". CONSIDERANDO: Que el artículo 4 numeral 4) de la referida Ley establece: "Sin perjuicio de las atribuciones que le confiere la Ley, corresponde al (la) titular de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad: 1) ... 4) Proponer al Presidente de la República el nombramiento y remoción del Director(a) y el (la) Subdirector( a) General de la Policía Nacional, de acuerdo a la Ley. CONSIDERANDO: Que en aplicación de lo anterior, se propone la remoción del Subdirector General de la Poli- cía Nacional, Comisionado General de Policía Héctor Iván Mejía Velásquez, quien pasará a otra asignación. POR TANTO: El Presidente Constitucional de la República, en uso de las facultades de que está investida y en aplicación de los artículos: 245 atribuciones 5) y 11) de la Constitución de la República; 1, 4 numeral4) de la Ley Orgánica de la Policía Nacional de Honduras; 11, 36 numeral21 de la Ley General de Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Cesar del cargo de Subdirector General de la Policía Nacional de Honduras al Comisionado General Héctor Iván Mejía Velásquez, quien pasará a otra asigna- ción. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del siete (7) de abril del dos mil diecisiete (2017). TERCERO: Comunicar el presente acuerdo, para los efectos legales consiguientes. Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres (03) días del mes de abril del año dos mil diecisiete (2017). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE REINALDO ANTONIO SANCHEZ RIVERA Secretario de Estado de la Secretaría de la Presidencia Por Delegación del Presidente de la República Acuerdo Ejecutivo No. 001-A-2014. JULIÁN PACHECO TINOCO Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad UDI -DEGT-UNAH -- 5 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALP M. D. C. 28 DE ABRIL DEL 2017 No. 34 La Gaceta Secretaría de Seguridad C~______A_C_U_E_RD __O__ N_Ú_M_E_R_0_2_3_9_9-_20_1_7______)
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Acuerdo Ministerial

Acuerdo Ministerial No. 2399-2017 — Creación del Centro de Escuelas de Especialidades de la Policía Nacional

Poder Ejecutivo

SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD COMAYAGÜELA, M.D.C., 18 DE ABRIL DEL 2017. CONSIDERANDO: Que el Artículo 36 numeral 1) de la Ley General de la Administración Pública, establece que son atribuciones comunes de los Secretarios de Estado entre otras las de orientar, dirigir, coordinar, supervisar y controlar las actividades de sus respectivos Despachos. CONSIDERANDO: Que el artículo 1 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional de Honduras dispone: "Esta Ley tiene por objeto regular la organización y funcionamiento de la Policía Nacional de Honduras, está integrada a la Administración Pública y dirigida por el Presidente de la República, quien ejercerá su coordinación y administración por medio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad". CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica de la Policía Nacional de Honduras en el artículo 4 numerales 1), 2) y 3) establecen: "Sin perjuicio de las atribuciones que le confiere la Ley, corresponde al titular de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad: 1) Definir las políticas generales en materia de seguridad, de acuerdo a lo establecido en la Ley; 2) Emitir directrices generales de orden administrativo, presupuestario y funcional de la Secretaría de Estado, inclusive de la Policía Nacional; 3) Coordinar y promover las actuaciones de la Secretaría de Estado, inclusive de la Policía Nacional. .. ". CONSIDERANDO: Que la Dirección Nacional de Educación Policial es el conjunto de organismos policiales responsables de cumplir con los objetivos, estrategias y políticas de desarrollo profesional de los policías en sus distintos niveles educativos, conforme a las necesidades institucionales y a las directrices emitidas por el Directorio Estratégico en coordinación con el Consejo de Educación Superior, en su caso. CONSIDERANDO: Que el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional establece: "Funcionarán bajo la dirección, coordinación y mando del Director Nacional de Educación Policial los Centros Educativos siguientes: 1) Universidad Nacional de la Policía de Honduras (UNPH); La Academia Nacional de Policía (ANAPO); La Escuela de Suboficiales (ESO); 4) El Instituto Tecnológico Policial (ITP); El Liceo Politécnico Policial; y, 6) Otros centros educativos necesarios". CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad basada en los análisis estadísticos de la criminalidad visualiza especializar y capacitar al personal de la Policía Nacional en las diferentes áreas de policiales. CONSIDERANDO: Que en razón de lo anteriormente expuesto, se hace apremiante que dentro de los centros educativos policiales se cuente con Centro de Escuelas de Especialidades de la Policía Nacional, a fin de mejorar la prevención, combate, disuasión y control de la criminalidad en Honduras, lo que garantizará la seguridad ciudadana, UDI -DEGT-UNAH -- 6 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALP 28 DE ABRIL DEL 2017 No. 25 la protección de los derechos humanos, la reducción de la impunidad y el fortalecimiento de la Policía Nacional de Honduras y otros operadores de justicia, tanto nacional como internacional. CONSIDERANDO: Que son atribuciones y deberes comunes a los Secretarios de Estado: "Emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución". POR TANTO El Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad en uso de las facultades de que está investido y en aplicación de los Artículos: 293 de la Constitución de la República, 29 reformado, 36 numerales 1) y 8), 43, 116 y 117 de la Ley General de la Administración Pública; 1, 4 numerales 1), 2), 3) y 9), 76 y 78 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional de Honduras. ACUERDA: PRIMERO: Crear el "CENTRO DE ESCUELAS DE ESPECIALIDADES DE LA POLICIA NACIONAL", como un Centro Educativo que funcionará bajo la dirección y coordinación del Rector de la Universidad Nacional de la Policía Nacional. Este Centro aglutinará las siguientes Escuelas: Escuela de Investigación Criminal, Escuela de Inteligencia, Escuela de Telemática, Escuela de Vialidad y Transporte y otras que se consideren necesarias para actualización y capacitación de las especialidades de la Policía Nacional. SEGUNDO: La Misión del CENTRO DE ESCUELAS DE ESPECIALIDADES DE LAPOLICIANACIONAL", será capacitar a los miembros de la Policía Nacional y Operadores de Justicia y otros intervinientes del proceso de aplicación de Ley en diferentes temas que ayuden en la Especialización Técnico-Científica y Operacional de las diferentes áreas aplicada por los Operadores de Justicia y Seguridad a nivel nacional e internacional. Un reglamento regulará estas disposiciones. TERCERO: El presente Acuerdo es efectivo a partir de la fecha de su emisión. NOTIFÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JULIÁN PACHECO TINOCO Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad MANUEL DE JESÚS LUNA GUTIÉRREZ Secretario General UDI -DEGT-UNAH -- 7 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG La Gaceta Avance e Próxima Edición ) e Suplementos ¡Pronto tendremos! 1) ACUERDA: Autorizar en base a la Resolución Administrativa SAG No. 37-2017, emitida por! a Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), en fecha veintitrés de marzo del dos mil diecisiete, que corre agregada bajo Expediente Administrativo No. 230-2016, al señor Procurador General de la República, para que en nombre y representación del Estado de Honduras, comparezca ante Notario Público, a SUSCRIBIR RENOVACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE UN PLAYON DE NATURALEZA JURÍDICA NACIONAL . A) Suplemento Corte Suprema de Justicia. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: LACEIBA SAN PEDRO SULA CHOLUTECA ) La Ceiba, Atlántida, barrio Solares Nuevos, Ave. Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, "Los Choluteca, Choluteca, barrio La Esperanza, calle, Colón, edificio Pina, 2a. planta, Aptos. A-8 y A-9, Castaños". Teléfono: 25519910. barrio La Esperanza , calle, principal , costado Tel.: 443-4484 Oeste, del Campo AGACH , Tel.: 782-0881 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: l. Suscripción por seis meses Lps. 1,000.00 2. Suscripción por 1 año Lps. 2,000.00 3. Servicio de consulta en línea. El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Tels.: 2230-6767, 2230-1120, 2291-0357 y 2291-0359 Suscripciones: Nombre: ------------------------------------------------------------------------------------ Dirección: ----------------------------------------------------------------------------------- Teléfono: ----------------------------------------------------------------------------------- Empresa: __________________________________________________________________________________ _ Dirección Oficina: ---------------------------------------------------------------------------- Teléfono Oficina: .. A. ----------------------------------------------------------------------------- Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15. 00 Suscripción Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 (E.N.A.G.) PBX: 2230-3026. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental UDI -DEGT-UNAH -- 8 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales La Gaceta Sección ''B''
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Resolución

Resolución No. CREE-025 — Aprobación del Presupuesto 2017 del Operador del Sistema (ODS)

Poder Ejecutivo

Resolución CREE-025 Considerandos Resultados En fecha 18 de septiembre de 2016 el Ente Operador del Sistema (ODS) presentó ante esta Comisión un anteproyecto de estructura organizacional y presupuesto para llevar a cabo sus actividades durante el año 2017 y de esta manera continuar avanzando con la hoja de ruta y términos de plazo que indica la Ley para la implementación de las reformas del subsector eléctrico y la puesta en funcionamiento de forma gradual del mercado eléctrico nacional. Posteriormente y con base en las recomendaciones y contrapropuestas de la CREE, se recibieron revisiones con fecha 1 de diciembre de 2016, 17 de febrero de 2017 y la versión final del 18 de abril de los corrientes. Por otra parte la ENEE a través de la Gerencia General ha informado la decisión de ceder en forma temporal al ODS la gestión y dirección del Centro de Despacho que esta empresa maneja actualmente, lo que permitirá que el ODS tome a su cargo de forma pronta muchas de las actividades que tiene establecidas por Ley. El Directorio de Comisionados de la CREE revisó y discutió la propuesta y las revisiones posteriores del presupuesto del ODS para el año 2017 a fin de asegurar tanto el buen funcionamiento del ODS como el cumplimiento de las disposiciones regulatorias vigentes. Que de acuerdo en lo establecido en la Constitución de la República, el titular del Poder Ejecutivo, ejercerá la supervisión, vigilancia y control de la Industria Eléctrica por medio de la CREE. Que mediante Decreto No. 404-2013, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el veinte (20) de mayo del 2014, fue aprobada la Ley General de la Industria Eléctrica. Que las resoluciones de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica son adoptadas por mayoría de sus miembros, los que desempeñarán sus funciones con absoluta independencia de criterio y bajo su exclusiva responsabilidad. Que de conformidad con el Capítulo IV, Artículo 9 de la Ley General de la Industria Eléctrica, se establece lo referente al modelo de organización y las funciones del Operador del Sistema Eléctrico Nacional (ODS). Que de acuerdo al Artículo 9, literal C de la Ley General de la Industria Eléctrica, se establece la remuneración de los servicios prestados por el Operador del Sistema, el cual se basa en costos auditados de inversión, operación, mantenimiento y administración. Que de conformidad al Artículo 9, literal C de la Ley General de la Industria Eléctrica, la remuneración de los UDI -DEGT-UNAH -- 9 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALP M. D. C. 28 DE ABRIL DEL 2017 No. 25 La Gaceta servicios del ODS correspondientes a cada año se debe someter a la aprobación de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica. Que en la Reunión Ordinaria CREE-020-2017, del 18 de abril de 20 17, el Directorio de Comisionados acordó emitir la presente Resolución: Por Tanto La CREE en uso de sus facultades y de conformidad con lo establecido en el Artículo 3, literal I y al Artículo 9, literal C de la Ley General de la Industria Eléctrica, Artículo 15, literal C del Reglamento a la Ley General de la Industria Eléctrica, el pleno del Directorio de Comisionados de la CREE por unanimidad de votos. Resuelve A) Aprobar en cada una de sus partes la propuesta del Presupuesto 20 17 para el funcionamiento del Operador del Sistema (ODS) y cuyo resumen forma parte integral de esta Resolución, por un monto global de Ciento Diecinueve Millones Ciento Ochenta y Nueve Mil Ciento Veintiséis con 771100 Lempiras (L. 119,189,126.77), del cual un 13.87% corresponde a inversión inicial, el60.44% de costos operativos de la institución y el25.69% gastos administrativos. B) El presupuesto aprobado para el ODS será recuperado a través de la demanda final. C) En el presupuesto aprobado al ODS están incluidas las obligaciones fiscales que resultan de las actividades que debe llevar a cabo el ODS y que se enmarcan en lo dispuesto en las leyes del país, pero específicamente en lo referente a lo establecido en el Artículo 23 de la Ley General de la Industria Eléctrica, el cual ordena que todas las empresas del subsector estén sujetas al mismo régimen fiscal aduanero e impositivo. En ese sentido, la configuración del presupuesto del ODS para el año 2017 incluye el Impuesto Sobre Ventas que resulta de la contratación de los servicios que éste requiere por parte del Centro de Despacho de la ENEE. El presupuesto también incluye la aplicación del Impuesto Sobre la Renta que ha dispuesto el Estado, calculado como el 1.5% sobre los ingresos brutos que recibirá el ODS. D) El presupuesto aprobado también incluye el monto que el ODS debe compensar a la ENEE por el uso de las facilidades del Centro de Despacho. E) Comuníquese. RICARDO GUSTAVO ESPINOZA SALVADÓ OSCAR WALTER GROSS CABRERA GERARDO ANTONIO SALGADO OCHOA 28A. 2017. UDI -DEGT-UNAH -- 10 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales La Gaceta Centro de Costos [ODS] Año 2017 Costos Ordinarios ~------------------- Area Técnica Junta DiT&tiWJ Salarios Dirección EjecutiWJ Salarios y Prestaciones Gerencia Administración& Finanzas Salarios y Prestaciones Gerente legal y Asuntos Regulatorios Renta EdificiO+Estacionamiento vehicular Combustible y Mantenimiento Vehiculos Gastos Ser11icios Generales Capacitación Recurso Humano (RRHH} Gastos de viatiws nacionales/internacionales Otros Imprevistos (3%} Sub total Costos Administra«:ión Costos de Operación del Sistema ~------------------- Salarios y Prestaciones Gerencia Operación Sistema Salarios y Prestaciones Gerencia Temologíaslnfo&Com Prestación de Servicios OS/OM CND-ENEE Sub total Costos Opera«:ión del Sistema Costos de Operación del Mercado ~------------------~ Salarios y Prestaciones Gerencia de Mercado Sub total Costos Opera«:ión del Mercado Costos de J'lanificación del Sistema Salarios y Prestaciones Gerencia de Planificación ~------------------- Sub total Costos J'lanifica«:ión del Sistema -...-~----· Mobiliario Oficinas -1- Equipo de Computo Aplicaciones Informáticas (Software} Ingeniería ReserWJ ODS para Sistema SCADA/EMS Sistema de ser~~idores/wmunimciones Ser11idos de Consultoría y Capacitación Vehículos L. o.oo L. 2.973.153,62 L. 5.009.313_.36 L. 1.297.376,12 L. 1.663.620,80 L. o.oo L. 1.010.114_.52 L. 355.588_.50 L. 910.756,J61 L. 400.199_.51 L. 13.740.1.83,03 L. 4.540.816.43 L. 4.318.644,412 L. 59.874.329,24 L. 68.793.790,08 L.1.621.720,15 L. 819.885,hl L. 8.544.354,28 L. o.oo L. 1.412:2:.354,00 L. 5.292.342,18 L. o.oo 0,00% 2,91% 4,90% 1,27% 1,61% 0,00% 1,05% 0_.35.% 0,95% o~ 13.43% 4,44% 4,28% 58,52% 8,35% 0,00% 1,39% 5,17% 0,00% B. .. UDI -DEGT-UNAH -- 11 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALP M. D. C. 28 DE ABRIL DEL 2017 No. 25 La Gaceta
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Resolución

Resolución No. 659-2017 — Concesión de Personalidad Jurídica a ASOCIACIÓN HERMANDAD FRATERNA SOLIDARIA H.F.S.

Poder Ejecutivo

CERTIFICACIÓN El infrascrito , Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización , CERTIFICA la Resolución que literalmente dice: "RESOLUCIÓN No. 659-2017. SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, treinta y uno de marzo de dos mil diecisiete. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, en fecha diez de febrero de dos mil diecisiete, la cual corre agregada al expediente administrativo No. PJ-10022017-90, por el Abogado JUVENCIO ANTONIO RODAS RIOS, en su condición de Apoderado Legal de 1 señor Jorge Luis Lara Maradiaga, quien actúa como Presidente y Representante de la Organización N o Gubernamental de Desarrollo ONGD , denominada ASOCIACIÓN HERMANDAD FRATERNA SOLIDARIA "H.F.S.", con domicilio en la aldea Villa Vieja , kilómetro 4, carretera a Danlí , calle principal al cementerio , doscientos metros adelante de la posta policial de la ciudad de Tegucigalpa , municipio del Distrito Central , departamento de Francisco Morazán ; contraída a solicitar la Personalidad Jurídica a favor de su representada. RESULTA: Que el peticionario acompañóasusolicitud los documentos correspondientes. RESULTA: Que a la solicitud se le dio el trámite de ley habiéndose mandado oír a la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado quien emitió dictamen favorable No. U.S.L.514-2017 de fecha 31 de marzo del dos mil diecisiete. CONSIDERANDO: Que La ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD), ASOCIACIÓN HERMANDAD FRATERNA SOLIDARIA "H.F.S.", con domicilio en la aldea Villa Vieja , kilómetro 4 , carretera a Danlí , calle principal al cementerio , doscientos metros adelante de la posta policial de la ciudad de Tegucigalpa , municipio del Distrito Central , departamento de Francisco Morazán , se crea como Organización civil, independiente de los gobiernos locales, de carácter privado y de interés público, apolítica, sin fines de lucro, cuyos objetivos contribuyen al desarrollo humanitario e integral de la población, entre otros; asimismo sus disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres. CONSIDERANDO: La presente Resolución no le da validez a cualquier disposición contenida en los Estatutos , que sea contraria a la Constitución de la República y a las Leyes. CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República, emitió el Decreto Ejecutivo No.002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado enlosDespachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11 , 16 , 119 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, en uso de sus atribuciones y de conformidad con los Artículos 245 numeral 40) de la Constitución de la República; 56 y 58 del Código Civil, 1, 2, 5, 7 de la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de DesarrolloONGDy5, 7, 8, 9, 12, 16, 19, 20 , 21 , 22ydemásaplicables Reglamento de la Ley Especial de ONGD; 29 numeral2), 116 y 120 de laLeyGeneral de la Administración Pública y 23 ,24 , 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo; Acuerdo Ejecutivo No. 46-2014 de fecha 10 de febrero de 2014; Acuerdo Ministerial No.410-2016 de fecha 15 de junio de 2016. RESUELVE: PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica a la ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD), denominada ASOCIACIÓN HERMANDAD FRATERNA SOLIDARIA "H.F.S.", con domicilio en la aldea Villa Vieja,kilómetro4, carreteraaDanlí, calle principal al cementerio, doscientos metros adelante de la posta policial de la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central , departamento de Francisco Morazán , teniendo como Objetivos específicos los siguientes: UDI -DEGT-UNAH -- 12 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALP No. 25 a.- Brindar por medio de una comunicación efectiva información a todas las personas Naturales o Jurídicas, Entes Gubernamentales Centralizados o Descentralizados, Autónomos o Semiautónomos que soliciten asesoramiento y apoyo técnico, cultural, científico, informático , filantrópico , turístico , de capacitación , educativo. b.- Diseminar o difundir información a la comunidad en general para que cada comunidad desarrolle el turismo de personas nacionales como extranjeras. e- Gestionar y promover el acceso a grupos organizados con apoyo de las Municipalidades y otras a buscar un desarrollo integral de su jurisdicción. d.-Gestionar y promover apoyo legal, ocupacional , recreativo y cultural. Estos objetivos se desarrollarán por medio del desarrollo de programas institucionales que comprendan entre otros los siguientes campos de acción : d.l) La atención integral y todo lo que contribuya al desarrollo de la persona humana. d. 2) La educación en lo referente al apoyo que se debe dar por las Municipalidades al rubro del turismo , salud , educación, medio ambiente e informática. d. 3) la capacitación, la información. d. 4) la difusión través de publicaciones generales y/o especializadas las que se brindarán de forma gratuita. d. 5) 1a pro m o e i ó n de eventos públicos de socialización , la investigación y la administración. d. 6) Gestionar diferentes proyectos, así como la reconstrucción de centros comunales , de salud , escuelas , colegios , kínder , lugares turísticos, culturales, sociales y en fin todo aquello que ayuden al desarrollo integral de la persona humana. SEGUNDO: La ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD), denominada ASOCIACIÓN HERMANDAD FRATERNA SOLIDARIA. "H.F.S.", con domicilio en la aldea Villa Vieja, kilómetro 4, carretera a Danlí , calle principal al cementerio , doscientosmetros adelante de la posta policial de la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, se regirá por sus estatutos, contenidos en el Acta de constitución aprobados por los fundadores. TERCERO: La ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD), denominada ASOCIACIÓN HERMANDAD FRATERNA SOLIDARIA "H.F.S.", con domicilio , está obligada a solicitar ante los entes estatales competentes , los permisos o licencias necesarios para el cumplimiento de sus objetivos. CUARTO: La ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD), denominada ASOCIACIÓN HERMANDAD FRATERNA SOLIDARIA "H.F.S.", queda sujeta al cumplimiento de las obligaciones emanadas de la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y su Reglamento. QUINTO: Las reformas o modificaciones de los Estatutos de organización, se someterán al mismo procedimiento de su aprobación y serán registradas en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos , Justicia, Gobernación y Descentralización. SEXTO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. SÉPTIMO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento deAsociaciones Civiles (U. R. S .A. C.), para que proceda a la inscripción de la organización en el registro correspondiente. OCTAVO: La legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. NOTIFÍQUESE. (F) CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. (F) RICARDO ALFREDO MONTES N ÁJERA, SECRETARIO GENERAL". Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los diecinueve días del mes de abril del dos mil diecisiete. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 28A. 2017. UDI -DEGT-UNAH -- 13 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALP M. D. C. 28 DE ABRIL DEL 2017 No. 25 La Gaceta SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA: La Licencia de Distribuidor No Exclusivo que literalmente dice: LICENCIA DISTRIBUIDOR. El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras extiende la presente Licencia a la Sociedad Mercantil SOCIEDAD GENERAL DE ACERO, S.A. (SOGESA), como DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO de la Empresa Concedente INCAL, S.A. DE C.V. (GRUPO CALIDRA), de nacionalidad costarricense; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICADE HONDURAS; otorgada mediante Resolución Número 344-2017 de fecha 21 de marzo del año 2017, mediante Autorización de Distribución de fecha 17 de enero de 2017; fecha de vencimiento, POR TIEMPO INDEFINIDO; ALDO R. VILLAFRANCA CASTRO, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico, por Le y, Acuerdo No. 027-2017. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO, Secretaria General. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil diecisiete. 28 A 2017. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO Secretaria General SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA: La Licencia de Distribuidor Exclusivo que literalmente dice: LICENCIA DISTRIBUIDOR. El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Le y de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras extiende la presente Licencia a la Sociedad Mercantil ANALÍTICA HONDUREÑA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE (ANALIHSA, S. DE R.L. DE C.V.), como DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO de la Empresa Concedente SIEMENS HEALTHCARE DIAGNOSTICS, S.A., de nacionalidad costarricense; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LAREPÚBLICADE HONDURAS; otorgada mediante Resolución Número 335-2017 de fecha 21 de marzo del año 2017, mediante Carta de fecha 20 de octubre de 2014; fecha de vencimiento: hasta el 20 de octubre del año 2019; ALDO R. VILLAFRANCA CASTRO, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico, por Ley, Acuerdo No.027-2017. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO, Secretaría General. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil diecisiete. 28 A 2017. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO Secretaria General JUZGADO DE LETRAS DE FAMILIA DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de Fami- lia de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de ley, AVISA: Que en fecha siete de abril del año dos mil diecisiete, se presentó ante este despacho la Solici- tud de Adopción por los señores LARRY JOE LUCAS y HEATHER MORMAN LUCAS, mayores de edad, casa- dos entre sí , estadounidenses, con domicilio en Kentucky, Estados Unidos de Norteamérica, para adoptar a la menor KATERIN FABIOLA LAÍNEZ ZELAYA, quien nació el dos de marzo del año dos mil dos, en el municipio del Distri- to Central, departamento de Francisco Morazán. Tegucigalpa, M.P.C. , 24 de abril del2017. 28A. 2017. NORY CHINCHILLA SECRETARIA ADJUNTA CONVOCATORIA El Consejo de Administración de PROMOTORA EDUCATIVA, S.A. DE C.V., por este medio convoca a sus accionistas para que concurran a la ASAMBLEA GENERAL que con carácter de ordinaria se reunirá en sus oficinas ubicadas en la avenida circunvalación, sector Noroeste de la ciudad, el día jueves 27 de abril de 2017 a las 3:00P.M., para tratar los asuntos que indica el Artículo 168 del Código de Comercio. De no reumrse el quórum legal correspondiente, los señores accionistas quedan convocados para reunirse en segunda convocatoria, el siguiente día, viernes 28 de abril de 2017 a las 3:00 P.M. , en el mismo local con los socios que asistan. San Pedro Sula, 04 de abril de 2017 CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN 28A. 2017. UDI -DEGT-UNAH -- 14 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALP M. D. C. 28 DE ABRIL DEL 2017 No. 25 JUZGADO DE LETRAS REPÚBLICA DE HONDURAS AVISO TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que la señora ROSA EMELINA FUNEZ MALDONADO, mayor de edad, casada, Perito Mercantil y Contador Público, hondureño y vecina de Corquín, Copán, ha presentado una solicitud de Título Supletorio de Dominio, de un lote de terreno ubicado en el lugar denominado Loma Alta Azacualpa Plátanos, jurisdicción de departamento de Copán, constante de las colindancias siguientes: Al NORTE, colinda con propiedad de los señores José Antonio Serrano Portillo, Nelly Yolanda Serrano López, Mata Serrano Portillo y Reinaldo Serrano Portillo; al SUR, colinda con propiedad de los señores Ángel Antonio Gabarrete y Ovidio Antonio Serrano; al ESTE, colinda con propiedad de los señores Julio César Gómez López y Leonel Humberto Serrano Portillo, calle de por medio; al OESTE, colinda con propiedad de los señores Gloria Amanda García Melgar, Digna Emérita Orellana Gabarrete y Álvaro Sánchez; con un área total de VEINTIDOS PUNTO VEINTE MANZANAS (22.20 Mzs.) de extensión superficial, el cual ha poseído en forma quieta, pacífica e interrumpidamente por más de diez años. Santa Rosa de Copán, veintiuno de febrero del año dos mil diecisiete. HEIDY FLORES LARA SECRETARIA, POR LEY 28 F. , 28M. y 28 A. 2017. JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha doce de enero del dos mil diecisiete, interpuso demanda ante este Juzgado la Abogada NORA SUYAPA URBINA PINEDA, representada en juicio por el Abogado Nicolás José García Pineda, con orden de ingreso número 0801-2017-00032, contra el Ministerio Público, incoando demanda vía procedimiento ordinario para que se declare la Nulidad Parcial del acuerdo FGR/OFCH/NO. 403-2016 e igualmente de la Resolución No. FGR-742-2016, por no ser los mismos conforme a derecho.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y como medida para su restablecimiento que se condene al pago del cincuenta por ciento (50%) para completar el cien por ciento (100%) de las prestaciones e indemnizaciones ya reconocidas pero no pagadas y a títulos de daños y perjuicios de pago del interés legal.- Costas. MARGARITAALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 28A. 2017. La EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS le ofrece los siguientes servicios: LIBROS FOLLETOS TRIFOLIOS FORMAS CONTINUAS AFICHES FACTURAS TARJETAS DE PRESENTACIÓN CAJUiTULAS DE ESCRITURAS CALENDARIOS EMPASTES DE LIBROS REVISTAS. UDI -DEGT-UNAH -- 15 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALP M. D. C. 28 DE ABRIL DEL 2017 No. 25 La Gaceta PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA (PANI) INVITACIÓN A LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 03-2017 El Patronato Nacional de la Infancia, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No.03-2017, presentando ofertas selladas para las siguientes partidas: ADQUISICIÓN DE: 1.- 1,500 RESMAS PAPEL BOND BASE 20 EN PLIE- GOS DE 27X33 PULGADAS. 2.- TINTAS PARA IMPRESIÓN LITOGRÁFICA OFFSET. El financiamiento se hará con fondos propios del Patronato Nacional de la Infancia (PANI). La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacio- nal (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la pre- sente licitación, a partir del jueves 27 de abril del 2017, en las oficinas de la Gerencia Administrativa del PANI, sita en Avenida Los Próceres, frente a diario El Heraldo, Tegucigal- pa, M.D.C., con horario de 7:30A.M. a 3:30P.M., en forma gratuita. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn) y pagina IAIP. Las ofertas deberán presentarse para su recepción el día 22 de mayo del 2017 A LAS 10:00 A.M., y la apertura de las ofertas será a las 10:00A.M., de ese mismo día, en audiencia Pública que se llevará a cabo en la SALA DE SESIONES DEL CODIPANI. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada. To- das las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por un porcentaje equivalente al 5% del precio de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 25 de abril del2017. 28 A. 2017. GOLDA SANTOS CÁLIX DIRECTORA EJECUTIVA [1) Solicitud: 2016-040982 [2) Fecha de presentación: 13 / 10/2016 (3) Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4) Solicitante: ANHE NATURALS [4.1) Domicilio: SAN PEDRO SULA, HONDURAS [4.2) Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO (5) Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN (6) Denominación y [6.1) Distintivo: ANHE NATURALS Y DISEÑO [7) Clase Internacional: 3 (8) Protege y distingue: Jabón para uso doméstico. D.- APODERADO LEGAL (9) Nombre: Ruth Maribel Elvir Cruz USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11) Fecha de emisión: 9 de noviembre del año 2016. [12) Reservas: No tiene reservas. Abogada Eda Su yapa Zelaya Valladares Registrador( a) de la Propiedad Industrial 28A., 16y31 M.2017. [1] Solicitud: 2016-050547 [2] Fecha de presentación: 20112/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: PROFARMACO, S.A. [4.1] Domicilio: BARCELONA , ESPAÑA, España. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ALERNO BD [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: j ALERNO BD 1 Productos fannacéuticos , preparaciones para uso médico y veterinario~ productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario; alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales ; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas ; herbicidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARÍA LOURDES PERALTA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de febrero del año 2017. 12] Reservas: No tiene reservas. 27M. , 11 y 28A. 2017. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial UDI -DEGT-UNAH -- 16 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALP No. 25
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Resolución

Resolución No. 1222-2016 — Concesión de Personalidad Jurídica a EL CENTRO DE ATENCION PROGRESEÑO A LA DISCAPACIDAD (CAPRODI)

Poder Ejecutivo

CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, CERTIFICA la Resolución que literalmente dice: "RESOLUCIÓN No.1222-2016. SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN.- Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, treinta y uno de octubre de dos mil dieciséis. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, en fecha veintiuno de septiembre del dos mil dieciséis, la cual corre agregada al expediente administrativo No.PJ- 21092016-548, por la Abogada DIANA LETICIA MORENO BANEGAS, quien actúa en su condición de apoderada legal de la ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD) denominada "EL CENTRO DE ATENCION PROGRESEÑO A LA DISCAPACIDAD (CAPRODI)", con domicilio en la ciudad de El Progreso, departamento de Yoro; contraído a solicitar la Personalidad Jurídica a favor de su representada. RESULTA: Que el peticionario acompañó a su solicitud los documentos correspondientes. RESULTA: Que a la solicitud se le dio el trámite de ley habiéndose mandado oír a la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado quien emitió dictamen favorable No.U.S.L. 1184-2016 de fecha 14 de octubre de 2016. CONSIDERANDO: Que la Organización No Gubernamental de Desarrollo denominada EL CENTRO DE ATENCION PROGRESEÑO A LA DISCAPACIDAD (CAPRODI), se crea como organización civil, independiente de los gobiernos locales, de carácter privado y de interés público, apolítica, sin fines de lucro cuyos objetivos contribuyen desarrollo humanitario e integral de la población, entre otros; asimismo sus disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres. CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No.002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 119 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, CONSIDERANDO: Que el señor, Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, mediante Acuerdo Ministerial No.423-2014 de fecha 14 de febrero de 2014, delegó en la ciudadana, KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR, Subsecretaria de Estado en el Despacho de Derechos Humanos y Justicia, la facultad de resolver los asuntos que se conozcan en única instancia y los recursos administrativos por medio de los cuales se impugnan sus propios actos o de sus inferiores jerárquicos en la correspondiente instancia. POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, en uso de sus atribuciones y de conformidad con los Artículos 245 numeral 40) de la Constitución de la República; 56 y 58 del Código Civil, 1, 2, 5, 7 de la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo ONGD y 5, 7, 8, 9, 12, 16, 19, 20, 21, 22 y demás aplicables Reglamento de la Ley Especial de ONGD; 29 numeral 2), 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública y 23, 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo. UDI -DEGT-UNAH -- 17 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales La Gaceta RESUELVE: PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica a la ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO denominada EL CENTRO DE ATENCIONPROGRESEÑOALADISCAPACIDAD (CAPRODI), con domicilio en la Ciudad de El Progreso, departamento de Yoro, con duración indefinida y con los objetivos siguientes: a.- Promover el respeto y defensa de los derechos de las personas con retos especiales en el municipio de El Progreso, departamento de Yoro. b.- Crear programas que permitan la rehabilitación e inserción de las personas con retos especiales, en los distintos ámbitos de la sociedad. c.- Fomentar en la sociedad la sensibilización, visibilización de las personas con retos especiales. d.- Gestionar fondos con entes nacionales e internacionales para desarrollar sus objetivos. e.- Coordinar todas las actividades con los entes estatales correspondientes. SEGUNDO: La Organización No Gubernamental para el Desarrollo denominada EL CENTRO DE ATENCION, PROGRESEÑO A LA DISCAPACIDAD (CAPRODI), se regirá por sus estatutos, contenidos en el Acta de Constitución aprobados por los fundadores. TERCERO: LA Organización No Gubernamental para el Desarrollo denominada EL CENTRO DE ATENCION PROGRESEÑO A LA DISCAPACIDAD (CAPRODI), está obligada a solicitar ante los entes estatales competentes, los permisos o licencias necesarios para el cumplimiento de sus objetivos. CUARTO: La Organización No Gubernamental para el Desarrollo denominada EL CENTRO DE ATENCION PROGRESEÑO A LA DISCAPACIDAD (CAPRODI), queda sujeta al cumplimiento de las obligaciones emanadas de la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones N o Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y su Reglamento. QUINTO: Las reformas o modificaciones de los Estatutos de organización se someterán al mismo procedimiento de su aprobación, y serán registradas en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. SEXTO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad, de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. SÉPTIMO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que proceda a la inscripción de la organización en el registro correspondiente. OCTAVO: La legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. NOVENO: Previo a extender la Certificación de la presente resolución, el interesado deberá acreditar la cancelación de doscientos Lempiras (L.200.00)de conformidad con lo establecido en el Artículo 49 de la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público, creado mediante Decreto Legislativo No.17-2010 de fecha 21 de abril de 2010.- NOTIFÍQUESE. (t) KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS Y JUSTICIA. (t) RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SECRETARIO GENERAL". Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los doce días del mes de enero de dos mil diecisiete. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 28A. 2017. UDI -DEGT-UNAH -- 18 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG JESSICA Sección B Avisos Legales Aviso de Licitación Pública República de Honduras Banco Hondureño Para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI) "CONTRATACIÓN POR EL TÉRMINO DE UN (1) AÑO DE UNA PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA Y GASTOS MÉDICOS HOSPITALARIOS Y PLAN DENTAL PARA FUNCIONARIOS, EMPLEADOS PERMANENTES, NUEVO INGRESO Y SUS DEPENDIENTES DIRECTOS DEL BANCO HONDUREÑO PARA LA PRODUCCIÓN Y LA VIVIENDA (BANHPROVI)." LPN No. 001 /2017 l. "El BANCO HONDUREÑO PARA LA PRODUCCION Y LA VIVIENDA (BANHPROVI)", invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. 001 /2017 a presentar ofertas selladas para la CONTRA- TACIÓN POR EL TÉRMINO DE UN (1) AÑO DE UNA PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA Y GASTOS MÉDICOS-HOSPITALARIOS Y PLAN DENTAL PARA FUNCIONARIOS, EMPLEADOS PERMANENTES, NUE- VO INGRESO Y SUS DEPENDIENTES DIRECTOS DEL BANCO HONDUREÑO PARA LA PRODUCCIÓN Y LA VIVIENDA (BANHPROVI) ." 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) , establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la División de Administración, edificio principal de "El BANCO HONDUREÑO PARA LA PRODUCCION Y LA VIVIENDA (BANHPROVI)" , ubicada en: Eller. piso del edificio principal del Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI), al final del boulevard Centroamérica y prolongación al boulevard Juan Pablo 11 , Tegucigalpa, M.D.C., teléfono: 2232-5500, Ext. 110/105, o vía E-mail: egarcia@banhprovi.org, en un horario de 08 :30A.M. a 4:30 P.M., posteriormente realizar el pago de dos mil lempiras exactos (L. 2,000.00), no reembolsables a partir de la fecha de publicación. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras" (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: en el (2do.) piso del edificio principal de la del Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI), al final del boulevard Centroamérica y prolongación al boulevard Juan Pablo 11 , Tegucigalpa, M .D.C. ; a más tardar a las 10 :00 A.M. , hora oficial de la República de Honduras, del día Lunes 05 de Junio de 2017. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir al acto, en la dirección indicada, a las 10 :00 A.M. , hora oficial de la República de Honduras, del día Lunes 05 de junio de 2017. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. 28 A. 2017. Comayagüela, M.D.C., 24 de abril de 2017. JUAN CARLOS ALVAREZ ARIAS PRESIDENTE EJECUTIVO B. .. UDI -DEGT-UNAH -- 19 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales Aviso de Licitación Pública República de Honduras Banco Hondureño Para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI) JESSICA "CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE SEGURIDAD, CONTROL DE ACCESO DE LOS VEHÍCULOS Y PERSONAS, RESGUARDO Y VIGILANCIA EXTERNA DE LAS INSTALACIONES FÍSICAS PRINCIPALES Y ACCESORIAS DEL BANHPROVI" LPN No. 002/2017 l. "El BANCO HONDUREÑO PARA LA PRODUCCIÓN Y LA VIVIENDA (BANHPROVI)", invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. 002/2017 a presentar ofertas selladas para la "CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE SEGURIDAD, CONTROL DE ACCESO DE LOS VEHÍCULOS Y PERSONAS, RESGUARDO Y VIGILANCIA EXTERNA DE LAS INSTALACIONES FÍSICAS PRINCIPALES Y ACCESORIAS DEL BANHPROVI" . 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la División de Administración, edificio principal de "El BANCO HONDUREÑO PARA LA PRODUCCION Y LA VIVIENDA (BANHPROVI)" , Ubicada en ler. piso del edificio principal del Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI), al final del boulevard Centroamérica y prolongación al boulevard Juan Pablo 11 , Tegucigalpa, M.D.C., teléfono: 2232-5500, Ext. 110/105, o vía E-mail: egarcia@banhprovi.org, en un horario de 08 :30A.M. a 4:30 P.M., posteriormente realizar el pago de dos mil Lempiras exactos (L. 2,000.00), no reembolsables a partir de la fecha de publicación. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras" (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en el segundo (2do) piso del edificio principal del Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI), al final del boulevard Centroamérica y prolongación al boulevard Juan Pablo 11 , Tegucigalpa M.D.C; a más tardar a las 2:00P.M. hora oficial de la República de Honduras, del día Lunes 05 de Junio de 2017. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir al acto, en la dirección indicada, a las 2:00 P.M. , hora oficial de la República de Honduras, del día Lunes 05 de junio de 2017. Todas las Ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. 28 A. 2017. llfJIB. Comayagüela, M.D.C., 24 de abril de 2017. JUAN CARLOS ALVAREZ ARIAS PRESIDENTE EJECUTIVO UDI -DEGT-UNAH -- 20 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales La Gaceta Marcas de Fábrica [1) Solicitud: 2016-023476 [2) Fecha de presentación: 08/06/2016 (3) Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4) Solicitante: DEERE & COMPANY [4.1] Domicilio: ONE JOHN DEERE PLACE MOLINE, ILLINOIS 61265-8098, ESTADOS UNIDOS , ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. [4.2) Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO (5) Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN (6) Denominación y [6.1) Distintivo: DISEÑO ESPECIAL [7) Clase Internacional: 7 (8) Protege y distingue: Vehículos de uso agrícola, forestales , horticultura y jardinería. D.- APODERADO LEGAL (9) Nombre: Marcelo Antonio Turcios Vindel USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11) Fecha de emisión: 24 de febrero del año 2017. [12) Reservas: El titular, se reserva el derecho a utilizar el diseño en los colores Verde, Amarillo y Negro para tractor. 27M. , JI y 28A. 2017. Abogado Franklin Ornar López Santos Registrador( a) de la Propiedad Industrial [1) Solicitud: 2016-0234 77 [2) Fecha de presentación: 08/06/2016 (3) Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4) Solicitante: DEERE & COMPANY [4.1] Domicilio: ONE JOHN DEERE PLACE MOLINE, ILLINOIS 61265-8098, ESTADOS UNIDOS, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. [4.2) Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO (5) Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN (6) Denominación y [6.1) Distintivo: JOHN DEERE Y DISEÑO [7) Clase Internacional: 7 (8) Protege y distingue: Máquinas e implementos para uso agrícola, horticultura, jardinería y forestales D.- APODERADO LEGAL (9) Nombre: Marcelo Antonio Turcios Vindel USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11) Fecha de emisión: 24 de febrero del año 2017. [12) Reservas: El titular se reserva el derecho a utilizar el diseño en los colores, Verde, Amarillo y Negro para cosechadora. 27M. , JI y 28A. 2017. Abogado Franklin Ornar López Santos Registrador( a) de la Propiedad Industrial [1) Solicitud: 2014-023561 [2) Fecha de presentación: 04/07/2014 (3) Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4) Solicitante: FUJI ELECTRIC CO. LTD. [4.1) Domicilio: 1-1, TANABESHINDEN, KAWASAKI-KU, KAWASAKI, KANAGAWA 210-9530, JAPÓN [4.2) Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN B.- REGISTRO EXTRANJERO (5) Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN (6) Denominación y [6.1) Distintivo: FUJI ELECTRIC Y DISEÑO [7) Clase Internacional: 12 (8) Protege y distingue: Motores principales no eléctricos para vehículos terrestres (no incluye "sus partes"); motores de corriente alterna o motores de corriente continua para vehículos terrestres (no incluye "s us partes"); embarcaciones y sus partes y accesorios (que no sean "aerodeslizadores"); aerodeslizadores; aeronaves y sus partes y accesorios; material rodante ferroviario y sus partes y accesorios; automóviles y sus partes y accesorios; vehículos de dos ruedas a motor, bicicletas y sus partes y accesorios; motores de inducción para vehículos terrestres; cajas de cambio para vehículos terrestres; engranajes para vehículos terrestres; máquinas motrices para vehículos terrestres; reactor de filtro para vehículos terrestres; inversores y convertidores para controlar el funcionamiento del material rodante para vehículos terrestres. D.- APODERADO LEGAL (9) Nombre: Marcelo Antonio Turcios Vindel USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11) Fecha de emisión: 17 de febrero del año 2017. [12) Reservas: No tiene reservas. 27M., JI y 28A. 2017. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador( a) de la Propiedad Industrial UDI -DEGT-UNAH -- 21 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales La Gaceta 11 Solicitud: 16-35975 2/ Fecha de presentación: 07-09-16 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DELUXE CORPORACION , S. de R.L. de C. V 4.11 Domicilio B 0 GUAMILITO , 5 CALLE, 6 Y 7 AVENIDA, SAN PEDRO SULA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.11 Distintivo: MIA SECRET (Diseño y Colores) 6.2/ Reivindicaciones: 71 Clase Internacional: 08 8/ Protege y distingue: Herramientas e instrumentos de mano accionados manualmente, herramientas para manicure y pedicura, navajas y maquinillas de afeitar, esquiladoras y cortadoras de pelo, hojas de afeitar, alicates para cutículas y uñas, cortauñas eléctricos o no , aparatos de depilación, estuches de manicma, estuches para navajas y maquinillas de afeitar, limas de tillas, maquinillas eléctricas o no para cortar el cabello, navajas, instnunentos de manicma eléctricos, aparatos para perforar orejas, estuches de pedicura, rizadores pestañas, pinzas de depilar, pulidores de uñas, aparatos para rizar el cabello. 8.11 Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 91 Nombre: José María Juárez Pacheco E.- SUSTITUYE PODER lO/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-10-2016. 12/ Reservas: 27M. , 11 y 28 A. 2017. 11 Solicitud: 16-35978 Abogado Franklin Ornar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2/ Fecha de presentación: 07-09-16 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DISTRIBUCIONES COSMETICAS DEBORA , S. de R.L. de C. V 4.11 Domicilio: COL. SAN ROBERTO, CALLE LAS MONJAS , AVE. CORANTE , SAN PEDRO SULA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.11 Distintivo: DIVINA PROFESSIONAL 6.2/ Reivindicaciones: 71 Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: DIVIna Champús~ preparaciones para cabello [acondicionador, colorante o tinte, peróxido y decolorante, laca, fijador, gelatina, tratamientos, crema , aceite, espumat jabones líquidos o no [desinfectantes, desodorantes, antitranspirantes y de afeitart productos de perfumería; aceites esenciales ; lociones cosméticas y capilares; preparaciones para limpieza y de tocador~ lápices y cosméticos para labios, cejas y pestañas ; cera y crema de uso cosmético~ producto depilatorio~ desmaquillador, producto para uñas [esmalte, lacas, polvos acrílicos, pegatinas] ; lápices de uso cosmético; mascarillas de belleza; pestañas y lillas postizas; polvos de maquillaje; hisopos y demás productos para uso cosmético y de tocador. 8.11 Página Adicional: D.-APODERADO LEGAL. 91 Nombre: José María Juárez Pacheco E.- SUSTITUYE PODER lO/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-10-2016. 12/ Reservas: 27M. , 11 y28A. 2017. Abogado Franklin Ornar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11 Solicitud: 16-35979 2/ Fecha de presentación: 07-09-16 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DELUXE CORPORACION, S. de R.L. de C. V 4.11 Domicilio B 0 GUAMILITO , 5 CALLE, 6 Y 7 AVENIDA, SAN PEDRO SULA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.11 Distintivo: KERATIN DE LUXE 6.2/ Reivindicaciones: 71 Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Champús; preparaciones para cabello [acondicionador, colorante o tinte, peróxido y decolorante, laca, fijador, gelatina, tratamientos, crema, aceite, espumat jabones líquidos o no [desinfectantes, desodorantes, antitranspirantes y de afeitart productos de perfumería; aceites esenciales ; lociones cosméticas y capilares ; preparaciones para limpieza y de tocador; lápices y cosméticos para labios, cejas y pestañas ~ cera y crema de uso cosmético; producto depilatorio; desmaquillador, producto para uñas [esmalte, lacas, polvos acrílicos, pegatinas] ; lápices de uso cosmético; mascarillas de belleza; pestañas y lillas postizas; polvos de maquillaje; hisopos y demás productos para uso cosmético y de tocador. 8.11 Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 91 Nombre: José María Juárez Pacheco E.- SUSTITUYE PODER lO/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 26-10-2016. 12/ Reservas: 27M., 11 y 28 A. 2017. [1] Solicitud: 2015-045371 Abogado Franklin Ornar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial [2] Fecha de presentación: 20/11/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante INVERSIONES Y PROYECTOS DEL PACIFICO, S.A [4.1] Domicilio: COL. LA REFORMA , CALLE JOAQUIN SOTO, No. 2889 , TEGUCIGALPA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SEVEN Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Servicios de restauración (alimentación), hospedaje temporal, preparar alimentos y bebidas para el conswno , abastecimiento de comida. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: José María Juarez Pacheco USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 4 de mayo del año 2016. [12] Reservas: No tiene reservas 27M., 11 y28A. 2017. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial UDI -DEGT-UNAH -- 22 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales La Gaceta [1] Solicitud: 2017-007190 [2] Fecha de presentación: 10/02/2017 [3] Solicitud de regis n·o de: REGISTRO DE RÓTULO A.- TITULAR [4] Solicitante: DRAKE KARIOTAKIS [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M .D.C., HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de : HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro bá sico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ROTULO [7] Clase Intemacional: O [8] Protege y distingue: Comercialización de productos, compra y venta de productos para terceros o consumidor, venta al menudeo. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Lizette Amalia Gómez Robleda USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de le y conespondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. [11] Fecha de emisión: 14 de marzo del año 2017. [12] Re s eiVa s: Rótulo que identifica a "HIPERTIENDAS XTRA , segun ejemplar adjunto. 27M. , ll y28A. 2017. ll Solicih1d: 7189-2017 Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2/ Fecha de presentación: 10-02-2017 3/ Solicitud de registro de: EM BLEMA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DRAKE KARIOTAKIS 4.11 Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo la s Leyes de: Hondura s B.- REGISTRO EXTRANJERO SI Registro Básico: S.1 Fecha: S.2 País de Origen: S.3 Cód igo Paí s: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 61 Denominación y 6.1/ Distintivo: EM BLEMA DE HIPERTIENDAS XTRA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Intemacional: 8/ Protege y distingue: Comercialización de productos, compra y venta de productos para terceros o consumidor, venta al menudeo. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 91 No mbre: Lizette Amalia Gómez Robleda E.- SUSTITUYE PODER lO / Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley conespondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. 11 / Fecha de emisión: 09-03-2017. 12/ Reservas: 27M ., ll y28A. 2017. ll Solicih1d: 6267-2017 2/ Fecha de presentación: 07-02-2017 Abogado Franklin Ornar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3/ Solicih1d de re gistro de : NOMBRE COM ER C IAL A.- TITULAR 4/ Solicitante: INMARK, S. DE R.L. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Santiago de Pmingla, depattamento de La Paz. 4.2/ Organizada bajo la s Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO SI Registro Básico: 5.1 Fecha: S.2 País de Origen: S.3 Cód igo Paí s: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 61 Denominación y 6.1/ Distintivo: MANCILE Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Intemacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té , cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hecha s de cereales, pan, pasteletía y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de melaza , levadura, polvos para esponjar, sa l, mostaza, vinagre . 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 91 No mbre: Cristian Joaquín Vega Delgado E.- SUSTITUYE PODER lO /N ombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley conespondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. 11 / Fecha de emisión: 09-03-2017. 12/ Reserva s: 27M. , ll y28A. 2017. ll Solicih1d: 6269-2017 2/ Fecha de presentación: 07-02-2017 Abogado Franklin Ornar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3/ Solicih1d de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: INMARK, S. DE R.L. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Santiago de Pmingla, depattamento de La Pa z. 4.2/ Organizada bajo la s Leyes de : Hondura s B.- REGISTRO EXTRANJERO SI Registro Básico: S.1 Fecha: S.2 País de Origen: S.3 Código Paí s: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 61 Denominación y 6.1/ Distintivo: DISE ÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Intemacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té , cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hecha s de cereales, pan, pasteletía y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de melaza , levadura, polvos para esponjar, sa l, mostaza, vinagre . 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 91 No mbre: Cristian Joaquín Vega Delgado E.- SUSTITUYE PODER lO /N ombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley cotTespondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. 11 / Fecha de emisión: 09-03-2017. 12/ Reserva s: 27M. , ll y28A. 2017. ll Solicih1d: 2 01 7-8679 2/ Fecha de presentació n: 20-02-2017 Abogado Fnnklin Ornar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3/ Solicih1d de registro de : MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: COMERCIAL DANIELA 4.1/ Domicilio: Ciudad de Coma yagua , Coma yagua . 4.2/ Organizada bajo la s Leyes de : Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO SI Registro Básico: S.1 Fecha: S.2 País de Origen: S.3 Código Paí s: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 61 Denominación y 6.1/ Distintivo: SASHA Y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Intemacional: 30 8/ Protege y distingue: Café y sucedáneos del café. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 91 No mbre: Antonio Josué Corea E.- SUSTITUYE PODER lO / Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley conespondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. 11 / Fecha de emisión: 16-03-2017. 12/ Reservas: 27M., ll y28A. 2017. Abogado Franklin Ornar López Santos Re gistrador(a) de la Propiedad Industrial UDI -DEGT-UNAH -- 23 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALP [1] Solicitud: 2016-038906 [2] Fecha de presentación: 26/ 09 /2016 [3] Solicitud de registro de: MARCAD E FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: EL SABOR DE MI TIERRA "SADET" [4.1] Domicilio: COMAYAGUA, HONDURAS, C.A., HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [S] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: KOKO'S Y DISEÑO [7] Clase Intemacional: 32 [8] Protege y distingue: Agua de coco con pulpa. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Miriam Sulema Pmiillo Suazo USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley conespondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. [11] Fecha de emisión: 2 de marzo del año 2017. [12] Reservas: No tiene resetvas Abogado Fidel Antonio Medina Registrador( a) de la Propiedad Industiial 27M. , 11 y 28 A. 2017. [1] Solicitud: 2017-003539 [2] Fecha de presentación: 23/01 /2017 [3] Solicitud de registro de: MARCAD E FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CAFE CUESTEÑO [4.1] Domicilio: COMAYAGUA, HONDURAS, C.A., HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [S] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CAFE LOMA ALTA Y ETIQUETA [7] Clase Intemacional: 30 [8] Protege y distingue: Café. D.- APODERADO LEGAL ~~~.,# \._ 10(1 %K.lliiUI § - ~$. [9] Nombre: Miriam Sulema Pmiillo Suazo USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley conespondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. [11] Fecha de emisión: 7 de marzo del año 2017. [12] Reservas: Se excluye 100% NATURAL y CUIDEMOS LOS BOSQUES. 27M. , 11 y 28 A. 2017. [1] Solicitud: 2017-006009 [2] Fecha de presentación: 07/02/2017 Abogado Franklin Ornar López Santos Registrador( a) de la Propiedad Industiial [3] Solicitud de registro de: MARCAD E FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: COSMOAGRO , S.A. (ORGANIZADA BAJO LAS LEYES DE COLOMBIA) [4.1] Domicilio: ZONA FRANCA DEL PACÍFICO CARRETERA YUMBO AEROPUERTO KM6, BODEGA 15 Y 16 PALMIRA, VALLE. , Colombia. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [S] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: NEXUS [7] Clase Intemacional: [8] Protege y distingue: NEXUS M. D. C. 28 DE ABRIL DEL 2017 Coadyuvante, suplemento para mejor la eficacia de los fetiilizantes D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Graciela Estela López Mejía No. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA 25 La Gaceta Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley conespondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. [11] Fecha de emisión: 13 de marzo del año 2017. [12] Reservas: No tiene resetvas 27M. , 11 y 28 A. 2017. [1] Solicitud: 2017-008666 [2] Fecha de presentación: 20/02/2017 Abogado Franklin Ornar López Santos Registrador( a) de la Propiedad Industiial [3] Solicitud de registro de: MARCAD E FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MATRIX, S.A. ORGANIZADA BAJO LAS LEYES DE HONDURAS [4.1] Domicilio: 2 y 3 AVENIDA, SUR OESTE , EL CENTRO , MUNICIPIO DE SAN PEDRO SULA , CORTES, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [S] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: STYLET-OIL Y DISEÑO . . -·-·- Stylet-oir [7] Clase Intemacional: 1 [8] Protege y distingue: Coadyuvante, utilizado para mejorar la eficacia de los fertilizantes. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Graciela Estela López Mejía USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley conespondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. [11] Fecha de emisión: 20 de marzo del año 2017. [12] Resetvas: No tiene resetvas . 27M. , 11 y 28 A. 2017. [1] Solicitud: 2017-004801 [2] Fecha de presentación: 30/01 /2017 Abogado Franklin Ornar López Santos Registrador( a) de la Propiedad Industiial [3] Solicitud de registro de: MARCAD E FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MATRIX, S.A. ORGANIZADA BAJO LAS LEYES DE HONDURAS [4.1] Domicilio: 2 y 3AVENIDA, SUROESTE , EL CENTRO, MUNICIPIO DE SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTES, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [S] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: COMPLEMIPYDISEÑO céMPLEMIP [7] Clase Intemacional: 1 [8] Protege y distingue: Coadyuvante, utilizado para mejorar la eficacia de los fertilizantes. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Graciela Estela López Mejía USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley conespondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. [11] Fecha de emisión: 1 de marzo del año 2017. [12] Resetvas: Reivindicación de logo y color. 27M. , 11 y 28 A. 2017. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador( a) de la Propiedad Industiial UDI -DEGT-UNAH -- 24 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales La Gaceta 111 Solicitud: 2017-005733 [2] Fecha de presentación: 03/02/2017 13] Solicitud de regisn·o de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR 14] Solicitante: ACCESO FINANCIERO, S. DE R.L 14.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, FRANCISCO MORAZÁN, HONDURA S. 14.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 15] Regis n·o básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CREDI CASH CREDICASH [7] Clase Intemacional: O [8] Protege y distingue: La finalidad será, otorgamiento de préstamos con diferentes garantías, bienes inmuebles (bienes raíces). D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Karen Nataly Vargas Rodríguez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corTespondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. [11] Fecha de emisión: 8 de marzo del año 2017. [12] ReseiVas: No tiene reservas Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27M. , ll y28A. 2017. 111 Solicitud: 2016-039251 [2] Fecha de presentación: 28/09/2016 13] Solicitud de regis n·o de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 14] Solicitante: NIPRO MEDICAL CORPORATION 14.1] Domicilio: TRECE AVENIDA, QUINTA CALLE NO ROESTE, BARRIO LOS ANDES DE SAN PEDRO SULA, DEPARTAMEN TO DE CORTÉS, HONDURAS. 14.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 15] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: NIPRO [7] Clase Intemacional: 1O [8] Protege y distingue: NI PRO Aparatos e instnunentos quirúrgicos, médico s, odontológicos, atiículos miopédicos, matetial de suhtra , cietios attículos sa nitarios de caucho. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Karen Nataly Va rgas Rodríguez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley conespondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. [11] Fecha de emisión: 7 de febrero del año 2017. [12] Resetva s: No tiene resetvas 27M ., ll y28A. 2017. 111 Solicitud: 2016-039422 [2] Fecha de presentación: 28/09/2016 Abogado Fidel Antonio Medina Registrador(a) de la Propiedad Industrial 13] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 14] Solicitante: NIPRO MEDICAL CORPORATION 14.1] Domicilio: TRECE AVENIDA, QUINTA CALLE NOROES TE , BARRIO LOS ANDES DE SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS. 14.2] Organizada bajo la s Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 15] Registro basico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DEMOPHORIUS [7] Clase Intemacional: 1O [8] Protege y distingue: Material quirúrgico, médico, odontológico. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Karen Nataly Vargas Rodríguez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley conespondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. [11] Fecha de emisión: 31 de octubre del año 2 01 6. [12] Resetvas: No tiene resetvas 27M., ll y28A. 2017. 111 Solicitud: 20 16-039250 [2] Fecha de presentación: 28/09/2016 Abogado Franklin Ornar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 13] Solicitud de re gistro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 14] Solicitante: NIPRO MEDICAL CORPORATION 14.1] Domicilio: TRECE AVENIDA, QUINTA CAL LE NO ROES TE , BARRIO LOS ANDES DE SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURA S. 14.2] Orga nizada bajo la s Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 15] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: VACUETTE [7] Clase Intemacional: 1O [8] Protege y distingue: Aparatos e instnunentos quirúrgicos, médico s, odontológicos, atiículos miopédicos, matetial de suhtra , cietios attículos sa nitarios de caucho. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Karen Nataly Vargas Rodríguez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley cotTespondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. [11] Fecha de emisión: 19 de diciembre del año 2 01 6. [12] Resetvas: No tiene resetvas 27M ., ll y28A. 2017. 111 Solicitud: 2017-005732 [2] Fecha de presentación: 03/02/2017 Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 13] Solicitud de regis n·o de: MARCA DE SERVIC IO A.- TITULAR 14] Solicitante: ACCESO FINANCIERO, S. DE R.L. 14.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, FRANCISCO MORAZÁN, HONDURA S. 14.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 15] Regis n·o básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CREDI CASH [7] Clase Intemacional: 36 [8] Protege y distingue: CREDICASH Segmos, negoc io s financieros, negocios monetatios, negoc io s imnobiliatio s. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Karen Nataly Va rgas Rodríguez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley conespondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. [11] Fecha de emisión: 1 de marzo del año 2 01 7. [12] Resetvas: No tiene resetvas 27M., ll y28A. 2017. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial UDI -DEGT-UNAH -- 25 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales La Gaceta 11 Solicin1d: 16-40688 2/ Fecha de presentación: 11-10-16 31 Solicin1d de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SYNGENTA PARTICIPATIONS AG 4.1/ Domicilio: Schwarzwaldallee 215. 4058 Basel, Switzerland 4.2/ Organizada bajo las Le yes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 51 Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 61 Denominación y 6.11 Di stintivo: SATESI 6.21 Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: SATESI Quimicos usado s en la agricultura, hmticultura y silvicultura, preparaciones para el n·atamiento de semillas, abono s. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Lucía Durón López (Bufete Durón) E.- SUSTITUYE PODER lO /Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad htdustrial. 11 / Fecha de emisión: 09-11-2016. 12/ Reservas: 27M. , 11 y28A.201 7. 11 Solicin1d: 40164-2016 2/ Fecha de presentación: 04-10-2016 Abogado Franklin Oma1· López Santos Registrador( a) de la Propiedad Industrial 3/ Solicin1d de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SYNGENTA PARTICIPATIONS AG 4.1/ Domicilio: Schwarzwaldallee 215 , 4058 Base!, Switzerland 4.2/ Organizada bajo la s Leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 51 Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 61 Denominación y 6.11 Distintivo: SALVIRO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase httemacional: 05 8/ Protege y distingue: SALVIRO Preparaciones para destmir animales dai1ino s, fungicida s, herbicidas, insecticidas. 8.1 1 Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Lucía Durón López (Bufete Durón) E.- SUSTITUYE PODER lO /Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad htdustrial. 11 / Fecha de emisión: 12/ Reservas: 27M. , 11 y28A.201 7. 11 Solicin1d: 401 63 -201 6 2/ Fecha de presentación: 04-10-2016 Abogada Claudia Jarqueline Mt>jía Anduray Registrador( a) de la Propiedad Industrial 3/ Solicin1d de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SYNGENTA PARTICIPATIONS AG 4.1 1 Domicilio: Schwarzwaldallee 215 , 4058 Base1, Switzerland 4.2/ Organizada bajo la s Leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 51 Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 61 Denominación y 6.1/ Distintivo: S ALVIRO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase httemacional: 01 8/ Protege y distingue: SALVIRO Quimicos usados en la agricultura, hmticultura y silvicultura, preparaciones para el n·atamiento de semillas, abonos. 8.1 1 Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Lucía Durón López (Bufete Durón) E.- SUSTITUYE PODER lO /Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad htdustrial. 11 / Fecha de emisión: 12 1 Reservas: 27M. , 11 y28A.2017 . Abogada Claudia Jarqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11 Solicin1d: 40162-2016 2/ Fecha de presentación: 04-10-2016 3/ Solicin1d de regis n·o de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SYNGENTA PARTICIPATIONS AG 4.11 Domicilio: Schwarzwaldallee 215, 4058 Base1, Switzerland 4.21 Organizada bajo la s Leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 51 Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.1 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 61 Denominación y 6.11 Distintivo: EVOLIO 6.21 Reivindicaciones: 7/ Clase httemacional: 05 8/ Protege y distingue: EVOLIO Preparaciones para destmir animales dat1ino s, fungicida s, herbicidas, insecticidas. 8.11 Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Lucía Durón López (Bufete Durón) E.- SUSTITUYE PODER lO /Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad htdustrial. 11 / Fecha de emisión: 04-11-16 12/ Reservas: 27M. , 11 y28A.201 7. 11 Solicin1d: 40161-2016 21 Fecha de presentación: 04-10-20 16 Abogada Eda Suyapa Zt>laya Vallada1·es Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3/ Solicin1d de regis n·o de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SYNGENTA PARTICIPATIONS AG 4.11 Domicilio: Schwarzwaldallee 215, 4058 Base1, Switzerland 4.21 Organizada bajo la s Leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 51 Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.1 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 61 Denominación y 6.11 Distintiv o: EVOLIO 6.21 Reivindicaciones: 7/ Clase httemacional: 01 8/ Protege y distingue: EVOLIO Quimicos usados en la agricultura, horticultura y silvicultura, preparaciones para el n·atamiento de semillas, abonos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Lucía Durón López (Bufete Durón) E.- SUSTITUYE PODER lO /Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad htdustrial. 11 / Fecha de emisión: 04-11-16 12 1 Reservas: 27M. , 11 y28A.201 7. 11 Solicin1d: 39988-1016 21 Fecha de presentación: 03-10-2016 Abogada Eda SU)' apa Zt>laya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3/ Solicin1d de regis n·o de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SYNGENTA PARTICIPATIONS AG 4.11 Domicilio: Schwarzwaldallee 215, 4058 Base1, Switzerland 4.21 Organizada bajo la s Leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 51 Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.1 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 61 Denominación y 6.11 Distintivo: PYRIAD 6.21 Reivindicaciones: 7/ Clase httemacional: 05 8/ Protege y distingue: PYRIAD Preparaciones para destmir animales dat1ino s, fungicida s, herbicidas, insecticidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Lucía Durón López (Bufete Durón) E.- SUSTITUYE PODER lO /Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad htdustrial. 11 / Fecha de emisión: 04-11-2016 12 1 Reservas: 27M. , 11 y28A.201 7. Abogado Franklin Oma1· López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial UDI -DEGT-UNAH -- 26 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales La Gaceta 11 Solicitud: 6791-17 2/ Fecha de presentación: 09-02-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: R. R. Donnelley & Sons Company (Organizada bajo las leyes de Delaware) 4.11 Domicilio: 35 W. Wacker Drive, Chicago, Illinois 60601 , ESTADOS UNI- DOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.11 Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Diseño y desarrollo de software de computadora; servicios infom1áticos, a saber, diseño e implementación de sitios web para terceros; consultoría en el ámbito de artes gráficas; conversión de datos o documentos de medios fisicos a electrónicos; conversión de datos o documentos de medios electrónicos a físicos; conversión de materiales de impresión en fom1ato digital; diseño personalizado, señalización y embalaje del producto de presentaciones de puntos de compra para los demás; diseño personalizado de fonnularios de negocios impresos y electrónicos basados en selecciones personales hechas por el cliente; diseño y desarrollo de bases de datos infonnáticas; diseño de los embalaje de productos; servicios de diseño, desarrollo y pruebas en el campo de productos de identificación por radiofrecuencia (RFID, por su siglas en inglés) y productos de comunicación de frecuencia cerca (NFC, por sus siglas en inglés); desarrollo de páginas web personalizadas y otros fom1atos de fuentes de datos que destaquen infom1ación definida por el usuario; transferencia de datos de documentos de un fonnato de computadora a otro; almacenamiento electrónico de datos para el acceso de los minoristas y vendedores directos; almacenamiento electrónico de datos; arte gráfico, disposición y diseño de impresión; servicios de ilustración gráfica para otros; duplicación de medios de datos e infonnación digital; proporcionar un sitio web que destaque tecnología que ofrece a los usuarios de computadora la habilidad de fom1a simultánea de cargar, crear y editar documentos, publicaciones impresas, publicaciones en línea, fotografias, embalaje del producto y publicidad; proporcionarunaplicación de software en línea, no descargable, basada en intemet, que pem1ita a los clientes de publicación gestionar los ciclos de publicación y transmisión de datos; proporcionar consultoría tecnológica en el campo de los medios de comunicación social; provisión de utilización temporal de software no descargable para clientes a través de una red infonnática mundial para el pedido, personalización, enrutamiento, revisión y seguimiento de contenidos impresos y digitales; provisión de uso temporal de software no descargable a través de una red infonnática mundial para los clientes que optimizan y organizan el proceso de diseño, el almacenamiento de los diseños anteriores, la entrada de pedidos, seguimiento de trabajos y procesos de colaboración para producir gráficos de embalaje; provisión de uso temporal de software no descargable a través de una red infonnática mundial para la conversión de documentos electrónicos autoejecutables en archivos que simulan la vuelta de página animada y da la apariencia visual de la lectura de un libro mientras está viendo varias páginas y proporciona una mayor publicidad incorporada, facilidad de navegación dentro del documento, reportan detallando la actividad del usuario; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para expeditar los procesos de producción de medios impresos y electrónicos, al pemlitir que varios usuarios en ubicaciones geográficas variadas acceso rápido, seguro y fácil de ver, rastrear, gestionar, recuperar, compartir, manipular, editar y revisar el contenido digital que incluye imágenes, dibujos conceptuales, anuncios, copia y páginas a través de una red de infom1ática mundial; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para agilizar los procesos de producción de medios impresos y electrónicos, al pem1itir que varios usuarios en ubicaciones geográficas variadas, acceso rápido, seguro y fácil de ver, rastrear, gestionar, recuperar, compartir, manipular, editar y revisar horarios, infom1ación de contacto, situación laboral y planes de proyectos relacionados con la producción de contenido de artes gráficos que incluye imágenes, dibujos conceptuales, anuncios, copia y páginas para los usuarios de servicios de producción de artes gráficas a través de una red de infom1ática mundial; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para múltiples usuarios en ubicaciones geográficas variadas que penniten que imágenes de fotografia a color sean rastreadas y vistas con el propósito de realizar mejoras conjuntas y comentario de dichas imágenes en tiempo real, a través de una red de infom1ática mundial; provisión de uso temporal de software en línea no descargable para múltiples usuarios en diversas ubicaciones geográficas que pem1ite que contenidos electrónicos incluyendo imágenes en color, páginas, dibujos conceptuales y texto escrito para ser rastreado y visto con el propósito de mejorar, compartir y editar contenido en tiempo real con los medios para el seguimiento y visualización tales contenidos en representaciones de color de alta precisión a través de una red infonnática mundial; servicios de análisis de ventas, a saber, proporcionar un sitio web interactivo que destaque tecnología que provee a los usuarios la capacidad de rastrear la compra y uso de contenidos digitales de los consumidores; servicios de software como un servicio (SAAS, por sus siglas en inglés) que ofrecen software de autoedición para uso como platafonna de publicación; servicios de software como un servicio (SAAS, por sus siglas en Inglés) que destacan software para su uso como platafonna de publicación de vídeo en la web; servicios de pruebas, instalación y mantenimiento en el ámbito del control de inventario y almacenamiento; diseño de sitios web para terceros; servicios de integración de sistemas infom1áticos utilizados para la personalización y la entrega de publicidad personalizada a través de medios electrónicos, a saber, correo electrónico, mensajes de texto y sitios web; diseño e implementación de sitios web por demanda para los demás; proporcionar un sitio web interactivo que pem1ite a los usuarios recopilar, almacenar, administrar, entregar y mostrar contenido electrónico y en papel; proporcionar uso temporal de software no descargable en línea para buscar y organizar gráficos y material de impresión en la naturaleza fotografía electrónica, logos y documentos; proporcionar un sitio web interactivo que pem1ita a los usuarios realizar transacciones de comercio electrónico, impresión digital, gestión de datos y proveer soluciones de procesos de negocio; provisión de uso de un software en línea no descargable para llevar a cabo la gestión de activos digitales de materiales de marketing digital, proporcionar un sitio web interactivo que pem1ita a los usuarios crear materiales promocionales interactivos para otros de contenido a base electrónica y de papel; provisión de utilización temporal de software no descargable en línea que pem1ita a los clientes personalizar, diseñar, subir contenido y personalizar elementos impresos. 8.11 Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER lO/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10-03-17. 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 28 A. y 16M. 2017. UDI -DEGT-UNAH -- 27 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales La Gaceta 11 Solicitud: 6405-17 2/ Fecha de presentación: 08-02-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Elektra Trading & Consulting Group, S.A. de C.V. 4.11 Domicilio: Insurgentes Sur No. 3579, Torre 1, Piso 8, Col. Tlalpan en la Joya, C.P. 14000, Delegación, Distrito Federal, MÉXICO. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.11 Distintivo: DINERO EXPRESS Y DISEÑO ::> .1nero Express 6.2/ Reivindicaciones: 71 Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Actuarias, administración de bienes inmuebles, administración de inmuebles, administración financiera , afianzadoras, agencias aduanales, agencias de arrendamiento (propiedades inmobiliarias], agencias de bienes raíces, agencias de cobranza de deudas, agencias inmobiliarias, ahorro bancario, análisis financiero. Arrendamiento de bienes inmuebles o bienes raíces, arrendamiento financiero , banca en casa, bancarios (servicios-), buró de crédito, buró inmobiliario [propiedades inmobiliarias], cajas de ahorro, cajas de previsión, cajas fuertes (servicios de-), cámara de compensación financiera (operación de-), casas de cambio, casas de empeño, cobro de rentas, constitución de capitales, constitución de fondos de retiro , consultoría en materia de seguros, consultoría financiera , contratación de seguros, contratación de seguros de gastos médicos, contratación de seguros de vida, contratación de seguros marítimos, corredores de bolsa, corretaje de acciones y bonos, corretaje de bienes inmuebles, corretaje de seguros, corretaje de valores, corretaje, cotizaciones en bolsa, depósito de valores, emisión de cheques de viajero, emisión de tarjetas de crédito, emisión de vales, estimaciones fiscales , factoraje, fianzas (servicios de-), fiduciarios (servicios-), financiamiento (servicios de-), financieros (servicios-), fondos (inversiones de-), información en materia de seguros, información financiera , inversiones de capital, liquidación de negocios (servicios de-) financiero , operación de cambio de divisas, organización de colectas, organización de colectas de beneficencia, pago de jubilaciones (servicios de-), pago de pensiones (servicios de-), patrocinio financiero , peritajes fiscales , préstamo pignoraticio, préstamo prendario, préstamos [financiero], préstamos a plazos, préstamos hipotecarios, renta de departamentos, renta de granjas, renta de oficinas [inmuebles], seguros contra accidentes (contratación de-), seguros contra incendios (contratación de-), tarjetas de crédito (servicios de-), tarjetas de débito (servicios de-) , tasación de bienes inmuebles, transferencia electrónica de fondos , valuación de antigüedades, valuación de arte, valuación de bienes inmuebles, valuación de costos de reparación [valoración financiera], valuación de joyería, valuación de timbres, valuación numismática, valuaciones financieras [seguros, banco, inmuebles], verificación de cheques. 8.11 Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 91 Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 111 Fecha de emisión: 14/3/ 1 7. 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador( a) de la Propiedad Industrial 11 , 28A.y 16M.2017. 11 Solicitud: 17-6394 2/ Fecha de presentación: 08-02-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DSM IP Assets B.V. 4.11 Domicilio: Het Overloon 1, 6411 TE Heerlen, PAÍSES BAJOS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: PAÍSES BAJOS B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DSM y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 71 Clase Internacional: 8/ Protege y distingue: DSM Preparaciones químicas de uso industrial, científico y fotográfico, así como de uso agrícola, hortícola y silvícola; resinas artificiales como materia prima, plásticos como materia prima; composiciones extintoras; preparaciones de endurecimiento y de soldadura para metales; sustancias químicas para la conservación de los alimentos; sustancias curtientes; adhesivos para uso industrial; preparaciones bioquímicas para uso industrial, científico y fotográfico , así como para uso agrícola, hortícola y silvícola; preparaciones químicas y bioquímicas para uso en la elaboración de alimentos, aditivos nutricionales, alimentos para animales, forrajes , bebidas, preparaciones farmacéuticas, cosméticos y preparaciones para el cuidado de la piel; enzimas, preparaciones enzimáticas, proteínas, péptidos y microorganismos para fines industriales; reactivos químicos, que no sean de uso médico o veterinario; preparaciones probióticas y prebióticas, que no sean para uso médico o veterinario; preparaciones biológicas, preparaciones bacteriológicas y preparaciones de diagnóstico, que no sean para uso médico o veterinario; preparaciones químicas para análisis en laboratorios (no sean para uso médico o veterinario); productos bioquímicos para la conservación de alimentos y bebidas; preparaciones químicas para la conservación de bebidas; preparaciones químicas y bioquímicas para la preparación de saborizantes (aromas) en la industria alimentaria; fermentos para usos químicos y bioquímicos; preparaciones químicas y bioquímicas para uso en la elaboración de vinos y en la elaboración de quesos; preparaciones químicas absorbentes de rayos ultravioleta utilizadas como ingredientes para cosméticos, lociones para la piel y cremas para la piel; ácidos grasos; preparaciones químicas para usos industriales, a ser aplicadas como revestimientos hidrófilos para instrumentos médicos; sustancias poliméricas con características hidrófilas, para ser utilizadas en recubrimientos para sustancias médicas; resinas sintéticas como materia prima; adhesivos y agentes aglutinantes para usos químicos; catalizadores; elementos catalizadores; composiciones termoplásticas y mezclas de plásticos con otros materiales, como materia prima; elastómeros termoplásticos como materia prima; compuestos con una base de resinas sintéticas como materia prima; masas formadoras termoendurecibles como materia prima; preparaciones químicas para uso en la industria del revestimiento, de lacas, de barnices, de pinturas, de linóleo, de caucho y de industria electrotécnica; preparaciones químicas para la producción de piezas de construcción, elementos de construcción y material de aislamiento; aditivos químicos para combustibles, aditivos químicos para revestimientos y plásticos, revestimientos químicos que no sean pinturas, en la medida en que no estén incluidos en otras clases, recubrimientos y composiciones de los mismos, que sean preparaciones químicas para usos industriales, para ser aplicadas sobre fibras ópticas, medios ópticos y materiales de presentación. 8.11 Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 91 Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 111 Fecha de emisión: 14 /3/ 17. 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador( a) de la Propiedad Industrial 11 , 28A.yi6M.2017. UDI -DEGT-UNAH -- 28 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales La Gaceta [1] Solicitud: 2016-049081 [2] Fecha de presentación: 09/12/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SILENT CIRCLE, LLC [4.1] Domicilio 174 WATERFRONT STREET, SUITE 500, NATIONAL HARBOR , MARYLAND 20745 , ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA , ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA [4.2] Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SILENT CIRCLE SILENT CIRCLE [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Teléfonos móviles ; teléfonos inteligentes; teléfonos tipo tableta ; computadoras tipo tableta; computadoras portátiles; accesorios para teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, teléfonos tipo tableta, computadoras tipo tableta y computadoras portátiles, a saber, auriculares alámbricos, auriculares inalámbricos, cargadores de baterías de dispositivos móviles para automóviles; estuches plásticos como accesorios para teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, teléfonos tipo tableta, computadoras tipo tableta y computadoras portátiles, dispositivos para uso de manos libres, cubiertas protectoras de cierre a presión y abatibles, correas para teléfonos, películas protectoras para pantallas, bolsos y cajas para bloquear señales celulares, satelitales, de redes de área locales inalámbricas y de frecuencias de protocolo de telecomunicaciones inalámbricas en la naturaleza de bolsos y cajas bloqueadores de señal, baterías recarga bies, cargadores de baterías y lápices ópticos (stylus) ~ software de computadora, a saber, software de sistema operativo, software utilitario para la operación de dispositivos móviles, software de aplicaciones para la transmisión y recepción de comunicaciones encriptados, software empresarial y de infraestructma para la operación de teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, teléfonos tipo tableta, computadoras tipo tableta, computadoras portátiles y dispositivos electrónicos portátiles ~ software informático de comunicación para la recepción y transmisión de datos, mensajes y comunicaciones de voz ~ software descargable para los servicios de telecomunicaciones de voz y de vídeo que conectan a la red telefónica pública comnutada (PSTN, por sus siglas en inglés). D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de marzo del año 2017. [12] Reservas: No tiene reservas 11 , 28A. y 16M. 2017. [1] Solicitud 2016-049083 Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial [2] Fecha de presentación: 09/ 12 /2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: SILENT CIRCLE, LLC [4.1] Domicilio: 174 WATERFRONT STREET, SUITE 500, NATIONAL HARBOR , MARYLAND 20745 , ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA [4.2] Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SILENT CIRCLE SILENT CIRCLE [7] Clase Internacional: 38 [8] Protege y distingue: Servicios de planes de llamadas telefónicas nacionales e internacionales de teléfonos móviles ~ servicios de protocolo de voz por intemet (VOIP, por sus siglas en inglés) ~ servicios de comunicación telefónica encriptada ~ servicios de llamadas de conferencias encriptadas, a saber, servicios de teleconferencia y de videoconferencia~ servicios de comunicaciones, a saber, servicios de comunicación telefónica encriptada, servicios de transmisión de mensajería instantánea, correo electrónico y de VOIP ~ provisión de servicios de chat de voz encriptados~ provisión de salas de chat en línea y de foros de discusión electrónicos para la transmisión de mensajes encriptados entre los usuarios en el campo de interés general ~ servicios de mensajes digitales inalámbricos de texto y nwnéricos encriptados; servicios de transmisión de correo electrónico y de mensajería encriptados ; provisión de salas de chat en línea para el establecimiento de redes sociales ~ provisión de servicios de chat por voz ~ provisión de servicios de telecomunicación encriptados de voz y de vídeo por dispositivo móvil; alquiler de equipo de telecomunicación para servicios de telecomunicaciones de voz y de vídeo que conectan a la red telefónica pública conmutada (PSTN, por sus siglas en inglés); provisión de servicios de red virtual privada (VPN, por sus siglas en inglés). D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de marzo del año 2017. [12] Reservas: No tiene reservas 11 , 28A. y 16M. 2017. 11 Solicitud: 7284-1 7 Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2/ Fecha de presentación: 13-02-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SCA HYGIENE PRODUCTS AB 4.11 Domicilio: SE-405 03 Góteborg, SUECIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: SUECIA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 61 Denominación y 6.11 Distintivo: SANCELLA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 9 8/ Protege y distingue: SANCELLA Software informático en toda forma conteniendo información relacionada a todos los aspectos del cuidado de la salud, del cuidado personal, del cuidado de la incontinencia y del cuidado geriátrico; software informático relacionado a la medición de patrones de la micción; aparatos para la transmisión de datos; dispositivos de almacenamiento de datos; equipo y accesorios de procesamiento de datos, equipo de comunicación; sensores y detectores ; software para analizar la gestión empresarial y servicios a los clientes para analizar datos de tráfico y de visitantes, de consumo y de niveles de inventario~ software para operaciones de direccionamiento y de optimización, software para la mejora de la calidad; software para proveer información a clientes y al personal con relación a los datos de tráfico y de visitantes, de consumo y de niveles de inventario; software en la fonna de aplicaciones ; sistemas informáticos para el control automático de aparatos e instalaciones de ventilación, de purificación del aire y de desodorización del aire, de aparatos e instalaciones sanitarias, en particular, servicios sanitarios, orinales (instalaciones sanitarias), lavamanos, aparatos para el secado de manos, dispensadores de toallas, dispensadores de jabón , dispensadores de papel sanitario, contenedores de aerosol. 8.11 Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER lO/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11 / Fecha de emisión: 13 /3/17. 12/ Reservas: 11 , 28A. y 16M. 2017. Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial UDI -DEGT-UNAH -- 29 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales La Gaceta [1] Solicitud: 2016-036481 [2] Fecha de presentación: 12/09/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: BANCO PROMERICA , S.A. [4.1] Domicilio EDIF. PALIC, AVE. REPÚBLICA DE CHILE , COL PALMIRA, TEGUCIGALPA, M.D.C. , HONDURAS , HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BE BANCO PROMERICA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 38 [8] Protege y distingue: Telecomunicaciones; agencias de prensa 1 agencias 1 agencias de infonnación [noticias]; servicios de buzón de voz; provisión de canales de telecomunicación para servicios de televenta; servicios de comunicación por telefonía móvil; comunicaciones telegráficas ; comrmicaciones telefónicas; comunicaciones por terminales de ordenador 1 comunicaciones por terminales de computadora; comunicaciones por redes de fibra óptica; servicios de conexión telemática a una red informática mundial; correo electrónico; servicios de difusión inalámbrica; alquiler de aparatos para el envío de mensajes; servicios de encaminamiento y enlace para telecomunicaciones; envío de mensajes; facilitación de acceso a bases de datos; alquiler de aparatos de fax; provisión de foros de discusión [chats] en Internet; provisión de foros en línea; información sobre telecomunicaciones ; alquiler de módems; servicios de proveedores de acceso a usuario a redes infonnáticas mundiales ; radiocomunicación 1 comunicaciones radiofónicas; radiodifusión; servicios de radiomensajería [radio, teléfono u otros medios de comunicación electrónica] 1 servicios de radiobúsqueda [radio, teléfono u otros medios de comunicación electrónica]; servicios de tablones de anuncios electrónicos [telecomunicaciones]; alquiler de aparatos de telecomunicación; servicios de teleconferencia; teledifusión; teledifusión por cable ; servicios telefónicos; alquiler de teléfonos; servicios telegráficos ; servicios de télex; alquiler de tiempo de acceso a redes informáticas mundiales; transmisión de telegramas; transmisión de mensajes e imágenes asistida por ordenador 1 transmisión de mensajes e imágenes asistida por computadora; transmisión de fax es ; transmisión por satélite ; transmisión de tarjetas de felicitación en línea; transmisión de archivos digitales 1 transmisión de archivos informáticos; transmisión de flujo continuo de datos [streaming]; servicios de videoconferencia. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de marzo del año 2017. [12] Reservas: No tiene reservas 11 , 28 A. y 16M. 2017. 11 Solicitud: 49222-16 Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2/ Fecha de presentación: 12-12-2016 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Jet.com, Inc. 4.11 Domicilio: 221 River Street, Hoboken , New Jersey 07030, ESTADOS UNIDOS DEAMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 61 Denominación y 6.11 Distintivo: JET BLACK 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 9 8/ Protege y distingue: JETBLACK Software de e-commerce (comercio electrónico) para pennitir a los usuarios llevar a cabo transacciones de negocios electrónicas vía una red informática global; software de aplicación informática para teléfonos móviles y otros dispositivos móviles, a saber, software para servicios de venta al por menor en línea que ofrece una amplia variedad de bienes de conswno de terceros ; software de aplicación infonnática para teléfonos móviles y otros dispositivos móviles, a saber, software para mercados en línea que ofrece una amplia variedad de bienes de consumo ; software de aplicación infonnática para teléfonos móviles y otros dispositivos móviles, a saber, software para publicidad y mercadeo móvil; publicaciones electrónicas en la naturaleza de blogs, e-zines (revistas electrónicas), libros y catálogos en el campo de ventas de e-conunerce (comercio electrónico). 8.11 Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER lO/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11 / Fecha de emisión: 02-02-17. 12/ Reservas: 11 , 28A. y 16M. 2017. 11 Solicitud: 4 7812-16 Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2/ Fecha de presentación: 30/11/16 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante T AT Ni~AST A iN~AA T SANA Yi VE TiCARET ANONiM SiRKETi 4.11 Domicilio HACI SABANCI ORGANIZE SANAYI BOLGESI OSB ANKARA CADDESI NO: 14 SARI<;;AMIADANA, TURQUIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: TURQUIA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 61 Denominación y 6.11 Distintivo: LEVOSTARCH Y DISEÑO Le vo ·Starch 6.2/ Reivindicaciones: Se protege la grafía especial de la forma estilizada como aparece la denominación "LEVOSTARCH ", según se muestra en el ejemplar. 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, cacao; bebidas a base de café o cacao, bebidas a base de chocolate. Pastas, bolas de masa (dumplings) rellenas, fideos. Pastelería y productos de panadería a base de harina; postres a base de harina y chocolate; pan , simit [bagel turco en forma de anillo cubierto con semillas de sésamo], poga ~ a [bagel turco], pita, sandwiches, katmer [pastelería turca], pasteles, tortas, baklava [postre turco a base de masa cubierto con sirope]; kadayif [postre turco a base de masa] ; postres a base de masa cubiertos con sirope; pudines, natillas, kazandibi [pudín turco], arroz con leche, keskül [pudín turco]. Miel, pegamento de abeja para conswno hwnano , propóleos para fines alimenticios. Condimentos para productos alimenticios, vainilla (saborizante), especias, salsas (condimentos), salsa de tomate. Levadura, polvo para hornear. Harina, sémola, almidón para alimentos. Azúcar, azúcar en cubos, azúcar en polvo. Té , té helado. Confitería, chocolates, galletas, galletas saladas, obleas. Gomas de mascar. Helados, helados comestibles. Sal. Bocadillos a base de cereales, palomitas de maíz, avena triturada, fritmas de maíz, cereales para el desayuno, trigo procesado para conswno hwnano , cebada triturada para consumo hwnano , avena procesada para consumo humano , centeno procesado para consumo humano , arroz. Melaza para la comida. 8.11 Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER lO/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 02-02-17. 12/ Reservas: 11 , 28A. y 16M. 2017. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial UDI -DEGT-UNAH -- 30 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALP No. 25 [1) Solicitud: 2017-003628 [2) Fecha de presentación: 24/ 01 /2017 (3) Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4) Solicitante: STRAIGHT ARROW PRODUCTS , INC [4.1) Domicilio: 2020 Highland Avenue, Behtlehem, PA , 18017, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA [4.2) Organizada bajo las Leyes de: ESTADO DE NUEVA JERSEY B.- REGISTRO EXTRANJERO (5) Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN (6) Denominación y [6.1) Distintivo: DISEÑO ESPECIAL [7) Clase Internacional: 3 (8) Protege y distingue: Preparaciones para el cuidado del cabello para uso humano, a saber, champú, acondicionador, enjuague, desenredante, preparaciones para estilizar, spray (atomizador), gel, acondicionadores reconstituyentes, iluminadores, pomadas, y mousse; preparaciones para el cuidado de la piel para uso humano, a saber, crema de manos y crema para el cuerpo; preparaciones para el cuidado de las uñas para uso humano , a saber, crema para uñas y acondicionadores humectantes para uñas; y preparaciones de aseo no medicadas, para mascotas, caballos y ganado, a saber, champú, desenredante y acondicionador para el pelo, pelaje y piel y acondicionador de pezuñas y patas. D.- APODERADO LEGAL (9) Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11) Fecha de emisión: 23 de febrero del año 2017. [12) Reservas: No tiene reservas. 11 , 28A.yi6M.2017. Abogado Franklin Ornar López Santos Registrador( a) de la Propiedad Industrial [1) Solicitud: 2017-003630 [2) Fecha de presentación: 24/ 01 /2017 (3) Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4) Solicitante: STRAIGHT ARROW PRODUCTS, INC [4.1) Domicilio: 2020 HighlandAvenue, Behtlehem, PA , 18017, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA [4.2) Organizada bajo las Leyes de: ESTADO DE NUEVA JERSEY B.- REGISTRO EXTRANJERO (5) Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN (6) Denominación y [6.1) Distintivo: STRAIGHT ARROW [7) Clase Internacional: 3 (8) Protege y distingue: Preparaciones para el cuidado del cabello para uso humano, a saber, champú, acondicionador, enjuague, desenredante, preparaciones para estilizar, spray (atomizador), gel, acondicionadores reconstituyentes, iluminadores, pomadas y mousse; preparaciones para el cuidado de la piel para uso humano, a saber, crema de manos y crema para el cuerpo; preparaciones para el cuidado de las uñas para uso humano, a saber, crema para uñas y acondicionadores humectantes para uñas; y preparaciones de aseo no medicadas, para mascotas, caballos y ganado, a saber, champú, desenredan te y acondicionador para el pelo, pelaje y piel y acondicionador de pezuñas y patas. D.- APODERADO LEGAL (9) Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11) Fecha de emisión: 23 de febrero del año 2017. [12) Reservas: No tiene reservas. 11 , 28A. y 16M. 2017. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador( a) de la Propiedad Industrial [1) Solicitud: 2016-036480 [2) Fecha de presentación: 12 /09/2016 (3) Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4) Solicitante: BANCO PROMERICA, S.A. [4.1) Domicilio: EDIF. PALIC.AVE. REPÚBLICA DE CHILE, COL. PALMIRA, TEGU- CIGALPA, M.D.C. , HONDURAS , HONDURAS. [4.2) Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO (5) Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN (6) Denominación y [6.1) Distintivo: BANCO PROMERICA Y DISEÑO [7) Clase Internacional: 38 (8) Protege y distingue: Banco Promerica , Telecomunicaciones; agencias de prensa/agencias de noticias/agencias de información [noticias) ; servicios de buzón de voz; provisión de canales de telecomunicación para servicios de televenta; servicios de comunicación por telefonía móvil; comunicaciones telegráficas; comunicaciones telefónicas; comunicaciones por terminales de ordenador/comunicaciones por terminales de computadora; comunicaciones por redes de fibra óptica; servicios de conexión telemática a una red informática mundial; correo electrónico; servicios de difusión inalámbrica; alquiler de aparatos para el envío de mensajes; servicios de encaminamiento y enlace para telecomunicaciones; envío de mensajes; facilitación de acceso a bases de datos; alquiler de aparatos de fax ; provisión de foros de discusión [chats) en interne!; provisión de foros en línea; información sobre telecomunicaciones; alquiler de módems; servicios de proveedores de acceso a usuario a redes informáticas mundiales; radiocomunicación/ comunicaciones radiofónicas; radiodifusión; servicios de radiomensajería [radio, teléfono u otros medios de comunicación electrónica ]/servicios de radiobúsqueda [radio, teléfono u otros medios de comunicación electrónica); servicios de tablones de anuncios electrónicos [telecomunicaciones); alquiler de aparatos de telecomunicación; servicios de teleconferencia; teledifusión; teledifusión por cable; servicios telefónicos; alquiler de teléfonos; servicios telegráficos; servicios de télex; alquiler de tiempo de acceso a redes informáticas mundiales; transmisión de telegramas; transmisión de mensajes e imágenes asistida por ordenador/transmisión de mensajes e imágenes asistida por computadora; transmisión de faxes ; transmisión por satélite; transmisión de tarjetas de felicitación en línea; transmisión de archivos digitales/transmisión de archivos informáticos; transmisión de flujo continuo de datos [streaming); servicios de videoconferencia. D.- APODERADO LEGAL (9) Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11) Fecha de emisión: 13 de marzo del año 2017. [12) Reservas: No tiene reservas. 11 , 28A.yi6M.2017. Abogada Eda Su yapa Zelaya Valladares Registrador( a) de la Propiedad Industrial UDI -DEGT-UNAH -- 31 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales La Gaceta 11 Solicitud: 29079-20 16 2/ Fecha de pre se ntació n: 19-07-2016 3/ Solicitud de registro de: MAR CA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Play Hawkers, S.L. 4.1/ Domicilio: Santiago Ramón y Cajal, 37 - 1 3 Planta, Elche, 03 203 (a licante), ES PAÑA 4.2/ Organizada bajo la s Leyes de: ESPAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO SI Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código Paí s: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HAWKERS Y DI SEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Cla se Intemacional: 9 8/ Protege y distingue: Cascos protectores para depm1es; cascos de protección; eshtches para ga fa s, estuches para anteojos; estuches para lentes de contacto, estuches para lentillas de contacto; gafas tridimensionales, anteojos 3D; gafas de depmte, anteojos de deporte ; ga fa s de sol, anteojos de sol; gafas [óptica], anteojos [óptica]; ga fa s antideslumbrantes, anteojos antineftejo; lentes de contacto, lentillas de contacto; lentes para gafas, lentes para anteojos ; instrumentos con lentes oculares; lentes ópticas, lentillas óptica s; lentes conectoras [óptica]. 8.1/ Página Ad icional: D.- APODERADO LEGAL. 91 Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M . E.- SUSTITUYE PODER lO / Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley conespondiente. Atiículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. 11 / Fecha de emisión: 28-02-201 7. 12 / Reservas: 11 . 28 A. y 16M . 2017. 11 Solicitud: 7293-17 2/ Fecha de pre se ntació n: 13-02-201 7 Abogado Franklin Ornar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: SCA HYGIENE PRODUCTS AB 4.1/ Domicilio: SE-405 03 Goteborg, SUECIA 4.2/ Organizada bajo la s Leyes de: SUECIA B.- REGISTRO EXTRANJERO SI Registro Básico: S.l Fecha: S.2 País de Origen: S.3 Código Paí s: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 61 Denominación y 6.1/ Distintivo: SANCELLA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Cla se Intemacional: 42 8/ Protege y distingue: SANCELLA Servicios de análisis e investigación industrial en el ámbito de la indushia del papel incluyendo el área de productos de papel y de algodón para fines domésticos, higiénicos, sanitarios y cosméticos; consultoría de control de calidad; asesoramiento y análisis relacionado a la mejora de la calidad con relación al análisis de datos de tráfico y de visitantes, de consumo de producto y de niveles de inventario. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 91 Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M . E.- SUSTITUYE PODER lO / Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley conespondiente. Atiículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. 11 / Fecha de emisión: 13 /3117. 12 / Reservas: 11 .28 A. y 16M . 2017. Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11 Solicitud: 7283-17 21 Fecha de pre se ntación: 13-02-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRI CA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SCA HYGIENE PRODUCTS AB 4.1/ Domicilio: SE-405 03 Goteborg, SU ECIA 4.2/ Organizada bajo la s Leyes de: SUECIA B.- REGISTRO EXTRANJERO SI Registro Básico: S.l Fecha: 5.2 País de Origen: S.3 Código Paí s: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 61 Denominación y 6.1/ Distintivo: SANCELLA 6.2 1 Reivindicaciones: 71 Clase Intemacional: S 81 Protege y distingue : SANCELLA Artículos de papel y de algodón desechables impregnados con lociones fannacéutica s para fines de limpieza e higiénico s; almohadillas de lactancia matema para lo s seno s; pañales desechables; pañales tipo pantaloncillo s; revestimiento s; tampones; almohadillas sanitarias (toalla s) y ohus atiículos absorbentes para fine s sa nitario s; ungüentos para fines fannacéuticos; agentes de diagnó stico para uso fannacéutico; estuche de limpieza de heridas compuesto de limpiadores médicos para herida s y apósitos para heridas; emplastos, apósitos y apósitos para heridas, bandas médica s, venda s para fines sa nitarios (y/o fines médicos). 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 91 Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M . E.- SUSTITUYE PODER lO /N ombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley conespondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dushial. 11 1 Fecha de emisión: 13 /3117 . 12 / Resetvas : Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador( a) de la Propiedad Indushial 11 . 28A.y 16M.2 01 7. 11 Solicitud: 29080-2 01 6 21 Fecha de pre se ntación: 19-0 7-201 6 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRI CA A.- TITULAR 41 Solicitante: Play Hawkers, S. L. 4.1/ Domicilio: Santiago Ramón y Cajal, 37- la Planta, Elche, 032 03 (a licante), ES PAÑA 4.21 Organizada bajo las Leyes de: ES PAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO SI Registro Básico: 5.1 Fecha: S.2 País de Origen: S.3 Código Paí s: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 61 Denominación y 6.1/ Distintivo: HAWKERS Y DISEÑO 6.2 1 Reivindicaciones: 71 Clase Intemacional: 25 81 Protege y distingue: HA 'W":KE:RS Bota s; calzado; camisas; camisas de manga corta; camisetas de depmte ; camisetas [de manga corta]; camisetas de deporte sin mangas; fulares, bufanda s; go no s, binete s, cofias, go na s; guantes [prendas de vestir]; pantalone s; parkas; prendas de vestir, vestimenta, vestuario; ropa exterior; ropa de playa; ropa de cuero; sa ndalias de baño; sa ndalias; ropa de cuero de imitación; trajes de baño [bañadores], bañadores, mallas [bañadores]; vestidos; zapatillas deportivas; zapatos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 91 Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER lO /N ombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley conespondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dushial. 11 1 Fecha de emisión: 02-02-17. 12 / Resetvas : 11 . 28 A. y 16 M. 2 01 7. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Regish·ador(a) de la Propiedad Indushial UDI -DEGT-UNAH -- 32 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales La Gaceta [1] Solicitud: 2015-006035 [2] Fecha de presentación: 10/02/2015 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: EMBOTELLADORA DE SULA , S.A. [4.1] Domicilio: 17 CALLE , BARRIO LA GUARDIA , AVENIDA CIRCUNVALACIÓN, SAN PEDRO SULA , COR- TÉS , HONDURAS [4.2] Organizada bajo la s Le yes de: HON DURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [S] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Di stintivo: ENERGIA NATURAL Y NUTRITIVA Y DISEÑO [7] Clase Intemacional: 32 [8] Protege y distingue: Cervezas. aguas minerales y gaseosas y otras bebidas sin alcohol, bebida s a base de fmta s y sumo s de fmtas, siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. D.- APODERADO LEGAL [9] No mbre: Stephanie Cmz Anderson USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Atiículo 88 de la Le y de Propiedad In- du strial. [11] Fecha de emisió n: 16 de marzo del año 2017. [12] Resetvas: En virtud que la seña l de propaganda se rá utilizada con la marca COO LMALTA (ETIQUETA), según Regis hu No. 141627. 11 , 28A.y 16 M .2017 . [1] Solicitud: 2015-006036 [2] Fecha de pre sentación: 10/02/2015 Abogado Fidel Antonio Medina Registrador(a) de la Propiedad Industrial [3] Solicitud de registro de: SE ÑA L DE PROPAGAN DA A.- TITULAR [4] So licitante: EMBOTELLADORA DE SULA , S.A. [4.1] Domicilio: 17 CALLE , BARRIO LA GUARDIA , AVENIDA CIRCUNVALACIÓN, SAN PEDRO SULA , COR- TÉS , HO N DURAS [4.2] Organizada bajo la s Le yes de: HON DURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [S] Registro básico: NO TIENE OTROS REGI S TROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EN ERGIA NU TRlTIVA Y REFRE SCAN TE Y DISEÑO [7] Clase Intemacional: 32 [8] Protege y distingue: Cervezas. aguas minerales y gaseosas y otras bebidas sin alcohol, bebida s a base de fmta s y sumo s de fmta s, siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. D.- APODERADO LEGAL [9] No mbre: Stephanie Cmz Anderson USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corTespondiente. Ariículo 88 de la Le y de Propiedad In- du strial. [11] Fecha de emisión: 16 de marzo del año 2017. [12] Reserva s: En viriud que la señal de propaganda sea utilizada con la marca COOLMALTA (ETIQUETA) , según Registro No. 141 627. 11 , 28 A. y 16 M . 2017. [1] Solicitud: 2013-004109 [2] Fecha de pre sentación: 30/0112013 Abogado Fidel Antonio Medina Registrador(a) de la Propiedad Industrial [3] Solicitud de registro de: MARCA DE F ÁBRlCA A.- TITULAR [4] So licitante: BABOLAT VS [4.1] Domicilio: 93 RUE AND RE BOLLIER , 69007 LYON, FRANCI A, FRANC IA [4.2] Organizada bajo la s Le yes de: FRANCIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [S] Re gistro básico: NO TIENE OTROS REGI S TROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BABOLAT [7] Clase Intemacional: 28 [8] Protege y distingue: BABOLAT Artículos deporiivos no incluidos en otras clases (excepto por tapetes); raquetas, cubierias para raquetas, bolas, cinhtrones, redes para bola s, hilos y catgut para raqueta s, vo lantes, codera , fémlas, aganes , dis po siti vos antivibración para raqueta , absorbedores de vibración, almohadillas protectoras para raquetas, bandas protectoras para raquetas, pesas de balance para bates y raquetas, marcadores para raquetas, específicamente para tenis, squa sh, badminton ; marcadores delim.itantes del espacio para terTenos deportivos, principalmente bandas para delimitación, objetivos, conos; redes para la práctica de depories de raqueta ; cestas para bolas de tenis. D.- APODERADO LEGAL [9] No mbre: Héctor Antonio Femánde z Pineda USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley conespondiente. Ariículo 88 de la Ley de Propiedad In- du stiial. [11] Fe cha de emisión: 14 de marzo del año 2017. [12] Reserva s: No tiene reservas. 11 , 28A.y 16M.2 01 7. [1] Solicitud: 2015-036519 [2] Fecha de presentación: 16/09/2015 Abogado Fidel Antonio Medina Registrador( a) de la Propiedad Indus hial [3] Solicitud de registro de: MARCA DE F ÁBRlCA A.- TITULAR [4] Solicitante: ENERGIZER BRANDS, LLC [4.1] Domicilio: 533 MA RYVILLE UNIVERSITY DRl V E, ST.LOUIS , MISSOUR163141 , ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA [4.2] Organizada bajo la s Leye s de: DELAWARE B.- REGISTRO EXTRANJERO [S] Registro básico: NO TIENE OTROS REGI S TRO S C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EVEREADY [7] Clase Intemacional: 9 [8] Protege y distingue: Protector contra sobre tensiones. D.- APODERADO LEGAL EVEREADY [9] No mbre: Héctor Antonio Femánde z Pineda USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- du shial. [11] Fecha de emisión: 16 de marzo del año 2017. [12] Reservas: No tiene res ervas . 11 , 28A.yl6M.2017. [1] Solicitud: 2015-036520 [2] Fecha de presentació n: 16/09/2015 Abogado Fidel Antonio Medina Registrador( a) de la Propiedad Indus hial [3] Solicitud de registro de: MARCA DE F Á BRlCA A.- TITULAR [4] Solicitante: ENERGIZER BRANDS, LL C [4.1] Domicilio: 533 MARYVILLE UNIVERSITY DRl VE , ST.LOUIS, M I SSOUR163 141 , ESTADO S UNIDOS DE AMÉRICA [4.2] Organizada bajo la s Le yes de: DELAWARE B.- REGISTRO EXTRANJERO [S] Registro básico: NO TIENE OTROS REGI S TRO S C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EVEREADY [7] Clase Intemacional: 11 [8] Protege y distingue: EVEREADY Bombillos; luces y dispositivos de iluminación para el interior y exterior del hogar, incluye ndo luces de emergencia; luces led y luce s enlazo /cadena; lámpara s e iluminación para actividades específicas y para n·abajo. D.- APODERADO LEGAL [9] No mbre: Héctor Antonio Femández Pineda USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Ariículo 88 de la Ley de Propiedad In- du shial. [11] Fecha de emisión: 16 de marzo del año 2017. [12] Reserva s: No tiene reservas. 11 , 28A. y 16M. 2017. Abogada Fidel Antonio Medina Registrador( a) de la Propiedad Indus hial UDI -DEGT-UNAH -- 33 of 60 -- Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALP [1] Solicitud: 2015-042798 [2] Fecha de presentación: 03/ 11 /2015 [3] Solicitud de regis n·o de : MA RCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SERVICIOS Y QUÍMICOS INDUSTRIALES, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA , DEPARTAMEN TO DE CORTÉS, HONDURA S [4.2] Organizada bajo la s Leyes de : HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MULTICLEAN MULTICLEAN [7] Clase Intemacional: 3 [8] Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancia s para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengra sa r y raspar; (preparaciones abrasivas); jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos. D.- APODERADO LEGAL [9] No mbre: Sandra J. Ochoa B. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corTespondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. [11] Fecha de emisió n: 28 de febrero del año 2017. [12] Re setvas: ll , 28A.yl6M.20l7. 11 Solicitud: 2 01 7-101 60 2/ Fecha de presentación: 27-02-2017 Abogado Franklin Ornar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3/ Solicitud de registro de: MA RCA D E FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LABORATORIOS ARSAL , S.A. DE C.V. 4.11 Domicilio: SAN SALVA DOR , EL SALVA DOR . 4.2/ Organizada bajo la s Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Cód igo País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CALCIBANDROL CALCIBANDROL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Intemacional: 05 81 Protege y distingue: Productos fannacéuticos y veterinatio s; productos higiénicos para la medicina ; sustancia s dietética s para uso médico, alimentos para bebé s; emplasto s, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentale s; desinfectantes; productos para eliminar animales dañino s; fungicidas , herbicida s. 8.1/ Página Adicional: D.-APODERADO LEGAL. 91 No mbre: Sandra J. Ochoa B. E .- SUSTITUYE PODER lO /No mbre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley conespondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dusttial. 11/ Fecha de emisió n: 24-03-17. 12/ Resetvas: ll ,28 A.y l 6M .20l 7. 11 Solicitud: 4637-2017 2/ Fecha de presentación: 30-01-2017 Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3/ Solicitud de registro de: MA RCAD E FÁBRICA A.- TITULAR 4/ So li citante: LABORATORIOS ARSAL , S.A. DE C.V. 4.11 Domicilio: SAN SALVA DOR , EL SALVA DOR . 4.2/ Organizada bajo la s Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TROMBOPROF 6.2/ Reivindicaciones: 7/ C la se Intemacional: 05 8/ Protege y distingue: TROMBOPROF M. D. C. 28 DE ABRIL DEL 2017 No. 25 La Gaceta Productos fannacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, matetial para apósitos ; matetial para empastar los dientes y para improntas dentales; desinfectante s; productos para eliminar animales dañinos; fungicida s, herbicidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 91 No mbre: Sandra J. Ochoa B. E.- SUSTITUYE PODER lO /N ombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Attículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. 11 / Fecha de emisió n: 06-03-201 7. 12/ Resetvas : ll , 28 A. y 16M . 2017. 11 Solicitud: 4635 -201 7 Abogado Franklin Ornar López Santos Re gistrador(a) de la Propiedad Industrial 2/ Fecha de pre sentació n: 30-01-201 7 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRI CA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LABORATORIOS ARSAL , S.A. DE C.V. 4.11 Domicilio: SAN SA LVADOR, EL SALVA DOR . 4.2/ Organizada bajo la s Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Re gistro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Cód igo Paí s: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ULTRATOP 6.2/ Reivindicaciones: 7/ C la se Intemacional: 05 8/ Protege y distingue: ULTRATOP Productos fannacéuticos y veterinario s; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietética s para uso médico, alimentos para bebé s; emplasto s, matetial para apósitos; matetial para empastar los dientes y para improntas dentales; desinfectante s; productos para eliminar animales dañinos ; fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Ad icional: D.- APODERADO LEGAL. 91 No mbre: Sandra J. Ochoa B. E.- SUSTITUYE PODER lO /N ombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley cotTespondiente. Atiículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. 111 Fecha de emisión: 10/ 03 / 17. 12/ Resetvas : ll , 28A.yl6M.20l7. 11 Solicitud: 4634-201 7 Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2/ Fecha de pre se ntació n: 30-01-201 7 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRI CA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LABORATORIOS ARSAL , S.A. DE C.V. 4.11 Domicilio: SAN SALVA DOR , EL SALVA DOR . 4.2/ Organizada bajo la s Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Re gistro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Cód igo Paí s: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: KATRALEX 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Intemacional: 05 8/ Protege y distingue:
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