Decreto Legislativo
Decreto Legislativo No. 144-2013 — Ley Orgánica del Instituto Nacional del Diabético
Congreso Nacional
EL CONGRESO NACIONAL,
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República
en su Artículo 145 reconoce el derecho de protección de la salud
y el deber de promover su preservación aplicando políticas y
ejecutando planes consistentes y oportunos.
CONSIDERANDO: Que la Ley de la Administración
Pública contempla disposiciones para la creación de entidades
desconcentradas, entre ellas los institutos públicos, con
independencia funcional y administrativa, exclusividad de la
competencia para garantizar la satisfacción de necesidades
públicas.
CONSIDERANDO: Que la enfermedad de la Diabetes
ocupa uno de los primeros diez (10) lugares como causa de
consulta clínica y de mortalidad relacionada en la población, ya
que crea una condición que da lugar al desarrollo de otras
enfermedades o padecimientos y que la prevención y la detección
oportuna evita que se produzcan estas secuelas médicas, entre
ésta, la insuficiencia renal crónica.
CONSIDERANDO: Que corresponde al Congreso
Nacional, la potestad constitucional de crear, decretar, reformar,
derogar e interpretar las leyes.
POR TANTO,
La siguiente: D E C R E T A :
LEY ORGANICA DEL INSTITUTO
NACIONAL DEL DIABÉTICO
CAPÍTULO I
CONSTITUCIÓN
ARTÍCULO 1.- CREACIÓN. Créase el "INSTITUTO
NACIONAL DEL DIABÉTICO" Doctor Jesús Orlando
Molina G, en adelante denominado "INADI", como una entidad
desconcentrada adscrita a la Secretaría de Estado en el Despacho
de Salud, la cual funcionará con personalidadjurídica y patrimonio
propio, autonomía administrativa, presupuestaria y financiera.
En su funcionamiento el Instituto Nacional del Diabético
(INADI), serigepor las disposiciones del Código de Salud, de
esta Ley y su reglamentación y por otras leyes aplicables.
Las disposiciones de esta Ley, son de orden público y de
interés social.
ARTÍCULO 2.- DOMICILIO. El Instituto Nacional del
Diabético (INADI), tiene su domicilio en la capital de la República,
pudiendo para el cumplimiento de sus fines, establecer unidades
operativas en todo el territorio nacional.
CAPÍTULO II
OBJETIVOS
ARTÍCULO 3.- OBJETIVOS. El Instituto Nacional del
Diabético (INADI), se constituye con lafinalidadde llevar a cabo
actividades integrales de investigación, prevención, promoción
diagnóstico y tratamiento de las enfermedades de la diabetes.
Para el logro de estos objetivos tiene las funciones siguientes
y atribuciones:
1) Diseñar y proponer para su formulación, aprobación y
ejecución por medio de la Secretaría de Estado en el
Despacho de Salud, las políticas, estrategias, planes,
programas y metas particulares derivadas de sus funciones;
2) Formular los instrumentos administrativos presupuestarios y
de planificación anual y plurianual correspondientes a sus
actividades para su inserción en los correspondientes
ejercicios fiscales del Presupuesto General de Ingresos y
Egresos de la República y los Planes Operativos Anuales y
plurianuales;
3) Ejecutar programas de tratamiento de pacientes y de
procedimientos clínicos, facilidades de laboratorio y acciones
para el diagnóstico especializado y la atención integral de la
diabetes en consultas médicas, exámenes y otros tratamiento
clínicos;
4) Llevar a cabo en forma directa o indirecta actividades de
investigación y experimentación clínica y farmacéutica, d
control y registros estadísticos, que permitan identificar la
naturaleza, factores de riesgo, incidencia cultural,
demográfica, eficacia en el tratamiento de los pacientes y
otros aspectos de orden científico, cultural y social que
contribuyan a la curación o disminución de las enfermedade
y sus secuelas;
5) Establecer programas especiales y campañas preventivas
encaminadas a reducir factores de riesgo que generan la
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incidencia de las enfermedades. Promover la educación de
la población en cuanto a los hábitos saludables,
especialmente los de orden alimenticio, cuidados generales
y control médico preventivo que conduzcan a la detección
temprana de la enfermedad de diabetes;
6) Promover la celebración de congresos, conferencias,
enclaves científicos y otros eventos que contribuyan al logro
de los objetivos de esta Ley;
7) Realizar en coordinación y en apoyo a la Secretaría de Estado
en el Despacho de Salud, actividades de inspección
relacionada a sus funciones y objetivos en establecimientos
de atención clínica públicos y privados e informar a esa
Institución sobre lo actuado; asimismo, denunciar cualquier
irregularidad o violación a disposiciones legales sanitarias
de las cuales tenga conocimiento y en lo procedente solicitarle
su intervención para subsanar las irregularidades detectadas;
8) Planificar y establecer el ordenamiento de los recursos
humanos, las facilidades técnicas, la tecnología apropiada y
otros recursos disponibles a nivel nacional en el sector público
y privado a efecto de brindar la atención apropiada y reducir
los índices de incidencia en forma integral;
9) Emitir opinión previa a la autorización de la instalación y
funcionamiento de establecimientos clínicos, hospitales,
unidades de atención, laboratorios y otros establecimientos
públicos y privados comprendidos en la especialización de
esta Ley;
10) Preparar un informe anual para la Presidencia de la República
sobre los avances y resultados de sus operaciones y del
contexto del control de las enfermedades de diabetes.
Asimismo establecer un sistema de información electrónica
para la ciudadanía;
11) Establecer acuerdos y programas de coordinación
interinstitucional con las municipalidades y entidades del
sector público en cuanto a las actividades y planes
relacionados a sus objetivos; en el mismo sentido, suscribir
convenios con otros organismos nacionales e internacionales;
12) Reglamentar su funcionamiento interno. Establecer clínicas,
salas, laboratorios para diagnósticos y otras facilidades
propias en el territorio nacional;
13) Licitar la adquisición de sus propios bienes, servicios
científicos y clínicos y participar emitiendo opinión técnica
en procesos de licitación de otras dependencias públicas
vinculadas a las disposiciones de está Ley; y,
14) Otras afines a sus obj etivos que determine la Secretaría de
Estado en el Despacho de Salud.
CAPITULO ni
ADMINISTRACIÓN
ARTÍCULO 4.- ÓRGANOS. Para su administración,
dirección y ejecución el Instituto Nacional del Diabético (INADI)
se apoyará en los órganos siguientes:
1) Junta Directiva; y,
2) Dirección General
En el cumplimiento de sus fines, el Instituto Nacional del
Diabético (INADI), será apoyado por todos los organismos y
entidades de la Administración Pública; en especial de la Secretaría
de Estado en el Despacho de Salud, demás entidades que integran
su Junta Directiva y de aquellas otras entidades públicas vinculadas
a sus objetivos.
ARTÍCULO 5.- DE LA JUNTA DIRECTIVA. La Junta
Directiva es el órgano de dirección superior que orienta la
administración general del Instituto Nacional del Diabético
(INADI), está integrada por cinco (5) miembros, en la forma
siguiente:
1) El titular de la Secretaría de Estado en el Despacho de
Salud;
2) El titular de la Secretaría de Estado en el Despacho de
Educación;
3) El titular de la Secretaría de Estado en el Despacho de
Desarrollo Social;
4) El Presidente de la Asociación de Municipios de Honduras
(AHMON), o el miembro de la Junta Directiva que él
designe; y,
5) El Rector de la Universidad Nacional Autónoma de
Honduras (UNAH) y en su ausencia el Decano de la Facultad
de Medicina.
La Junta Directiva será presidida por el titular de la Secretaría
de Estado en el Despacho de Salud o su sustituto legal; los demás
Secretarios de Estado podrán delegar su representación en e
Subsecretario vinculado a la actividad del Instituto Nacional del
Diabético (INADI).
Complementan la Junta Directiva en calidad de asesores, con
derecho a voz únicamente:
1) Un miembro designado del Colegio Médico de Honduras;
2) Un miembro designado por las Universidades Privadas;
3) Un miembro designado por la Sociedad de Endocrinología;
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4) Un miembro designado por la Fundación Hondurena de
Diabetes; y,
5) Un miembro designado por la Asociación Nacional de
Diabéticos de Honduras.
En las votaciones de la Junta Directiva, si hubiere empate, el
Secretario de Estado en el Despacho de Salud quien actúe como
Presidente, tendrá doble voto. El Director Ejecutivo del Instituto
Nacional del Diabético (INADI), actuará como Secretario de la
Junta Directiva con derecho a voz únicamente.
Ningún miembro de la Junta Directiva del Instituto Nacional
del Diabético (INADI), propietario o suplente designado poruña
entidad pública, recibirá dietas por su asistencia a sesiones ni
ningún otro tipo de remuneración por servicios personales
prestados a la Institución.
ARTÍCULO 6.- ATRIBUCIONES DE LA JUNTA
DIRECTIVA. Son atribuciones de la Junta Directiva del Instituto
Nacional del Diabético (INADI):
1) Ej ercer la Administración General del Instituto conforme a
esta Ley y sus reglamentos, ejercer la representación legal
del Instituto Nacional del Diabético (INADI) y delegarla en
el Director General o conforme lo estime conveniente;
2) Aprobar el Plan Operativo al ejercicio de que se trate,
juntamente con el Presupuesto Integral para su inserción en
el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la
República;
3) Conocer y emitir opinión sobre el Proyecto de Reglamento
de esta Ley que será emitido por el Poder Ejecutivo, por
medio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud;
4) Autorizar los contratos del Instituto de acuerdo a las leyes
del país;
5) Aprobar legados, herencias, donaciones, traspasos,
permutas, contratos y adquisiciones de bienes muebles e
inmuebles del Instituto de acuerdo con las leyes;
6) Aprobar si procede, los proyectos, programas y planes que
le presente el Director General para el cumplimiento de los
fines del Instituto;
7) Proponer al Presidente de la República el nombramiento o
la remoción en el cargo, del Director y Subdirector del
Instituto;
8) Aprobar la reglamentación interna que sea necesaria para el
funcionamiento y cumplimiento de los objetivos del Instituto;
y,
9) Todas las demás que de acuerdo con losfinesdel Instituto,
no corresponden de manera exclusiva a otros órganos del
Estado.
ARTÍCULO 7.- DE LA DIRECCIÓN GENERAL. La
Dirección General es el órgano ejecutivo responsable de la
administración inmediata del Instituto Nacional del Diabético
(INADI) y ante la Junta Directiva por el funcionamiento correcto
y eficiente del mismo. Estará a cargo de un Director General
asistido por un Subdirector General en las funciones-que el primero
conforme a esta Ley le designe. El Subdirector asumirá las
funciones en caso de ausencia del Director.
ARTÍCULO 8.- NOMBRAMIENTO DEL DIRECTOR
GENERAL Y SUBDIRECTOR GENERAL. REQUISITOS.
El Director y Subdirector General serán nombrados por el
Presidente de la República, por un período hasta de cuatro (4
años, a propuesta de la Junta Directiva, pudiendo ser nombrados
en períodos sucesivos.
Ambos directivos ejercerán su función a tiempo completo y
no podrán desempeñar otro cargo, excepto aquellos de orden
asistencial de salud y los de docencia que no interfieran con las
horas laborables del Instituto.
Para ser Director y Subdirector se requiere:
1) - Ser hondureno por nacimiento y hallarse en el pleno goce
de sus derechos civiles y políticos;
2) Poseer título de educación superior que tenga relación co
el campo social y losfinesdel Instituto;
3) Poseer experiencia de cinco años en el campo de su
profesión y tres años como mínimo de experiencia
administrativa;
4) Médico internista con diplomado y experiencia clínica e
diabetes, preferentemente Endocrinólogo.
ARTÍCULO 9.- FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL
DIRECTOR GENERAL. Son atribuciones de la Dirección
General:
1) Velar por el estricto cumplimiento de esta Ley y sus
Reglamentos, ejecutar planes operativos anuales del Instituto
y dar cumplimiento a los acuerdos y resoluciones de la Junta
Directiva;
2) Elaborar en el mes de mayo de cada año, el proyecto de
Plan Operativo Anual juntamente con el Anteproyecto de
Presupuesto correspondiente al periodo siguiente y someterlo
a la aprobación de la Junta Directiva;
3) Elaborar el Anteproyecto de Reglamento de esta Ley, de
los Reglamentos Especiales y de los Reglamentos Internos
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4) Preparar el informe anual de las actividades y estados
financieros del Instituto;
5) Preparar los proyectos de programas que deba conocer la
Junta Directiva para el cumplimiento de losfinesy planes
del Instituto;
6) Proponer a la Junta Directiva los aumentos de sueldos y los
proyectos de gastos y de viáticos de los funcionarios y
personal del Instituto;
7) Nombrar, contratar y en su caso remover o sancionar al
personal bajo su dependencia, de conformidad con esta Ley
y sus reglamentos y d e m á s disposiciones legales aplicables;
8) Efectuar previa autorización de la Junta Directiva, la apertura
o clausura de depósitos y cuentas bancarias del Instituto, así
como las erogaciones que éste realice a través del
Departamento Administrativo;
9) Ejercer la representación legal del INADI, por delegación
de la Junta Directiva;
10) Supervisar el funcionamiento y solicitar la clausura de centros
de atención a enfermos diabéticos conforme lo dispone esta
ley e informar a la Junta Directiva en su próxima sesión sobre
las acciones tomadas para su aprobación definitiva; llevar
un registro de los establecimientos autorizados;
11) Informar a la Junta Directiva en sus sesiones Ordinarias,
sobre los asuntos más importantes relacionados con el
funcionamiento del Instituto y de la marcha de sus planes y
programas;
12) Desempeñar las funciones de Secretario de la Junta Directiva
y participar en sus deliberaciones sin derecho a voto;
13) Ej ercer las d e m á s funciones y facultades que le otorga esta
Ley, sus reglamentos y las resoluciones de la Junta Directiva.
ARTÍCULO 10.- FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
DEL SUBDIRECTOR: El Subdirector tiene las siguientes
funciones:
1) Sustituir al Director General en caso de ausencia;
2) Dirigir, coordinar y supervisar la formulación del Plan
Operativo Anual y Presupuesto del Instituto;
3) Coordinar y dar seguimiento al interior del Instituto, el
cumplimiento de las actividades técnicas administrativas,
operativas y presupuestarias;
4) Coordinar la elaboración de la memoria sobre las actividades
técnicas, administrativas y financieras realizadas por el
Instituto;
5) Proponer al Director, los proyectos de normas, directrices
y disposiciones necesarias para el buen funcionamiento del
Instituto;
6) Representar al Instituto en las reuniones nacionales o
internacionales que el Director General disponga;
7) Decidir sobre los asuntos cuyo conocimiento le delegue el
Director General;
8) Las d e m á s que el Director General le asigne, el Subdirector
s e r á nombrado y removido por el Presidente de la República
a propuesta del Director General y d e b e r á tener los mismos
requisitos para ser Director General.
ARTÍCULO 11.- DE LOS EMPLEADOS. El personal
del Instituto s e r á nombrado o contratado y en su caso, removido
del cargo por la Dirección General bajo los requisitos, obligaciones
y derechos que señala esta Ley y los que establezcan sus
reglamentos, el alcance de las d e m á s leyes y códigos del régimen
laboral y administrativo.
CAPITULO IV
REGIMEN ECONOMICO Y FINANCIERO
ARTÍCULO 12.- DEL PATRIMONIO. El patrimonio del
Instituto estará formado por:
1) La aportación anual que se le asigne en el Presupuesto
General de Ingresos y Egresos de la República, que no s e r á
inferior a Cuarenta Millones de Lempiras (L.40,000,000.00);
2) Los ingresos que perciba por los servicios que preste;
3) Las aportaciones que le hagan otros organismos
gubernamentales o privados, nacionales o del exterior;
4) Las donaciones, legados, herencias y bienes, sus productos
y ventas que le transfiera el Estado y personas naturales o
jurídicas nacionales o extranjeras, por cualquier título
traslaticio de dominio;
5) La transferencia de fondos y equipo de instituciones públicas
o privadas, así como, las provenientes de la suscripción de
convenios de asistencia técnica yfinancieracon organismos
de cooperación internacional;
6) Cualesquiera otros que se asignen de conformidad con la
Ley.
Las herencias, legados y donaciones que se hagan al Instituto
estarán exentos del pago de impuestos.
CAPITULO V
DISPOSICIONES FINALES, TRANSITORIAS Y
DEROGATORIAS
ARTÍCULO 13.- DE LOS REGLAMENTOS. El
Reglamento de esta ley d e b e r á ser elaborado dentro de los seis
(6) meses siguientes a partir de la vigencia de la misma.
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ARTÍCULO 14.- DE LA TRANSICIÓN. A partir de la
entrada en vigencia de la presente ley, los bienes, recursos
financieros, presupuestarios y cualquier otro recurso del Hospital
General San Felipe asignado al Centro del Diabético, pasará a
integrar el Patrimonio del INADI.
ARTÍCULO 15.- DEL TRASLADO DEL PERSONAL.
Del personal que resulte desplazado o trasladado por la
reestructuración institucional ordenada en el presente decreto,
conservará su antigüedad y demás derechos laborales adquiridos.
El personal que actualmente labora en el Centro Nacional del
Diabético Jesús Orlando Molina G, podrá continuar prestando
sus servicios previa evaluación.
ARTÍCULO 16.- DEL PRESUPUESTO. Para la cons-
titución y funcionamiento inicial del Instituto, el Gobierno Central
aportará la cantidad de CINCUENTA MILLONES DE
LEMPIRAS. La Secretaría de Salud debe tomar providencias
para la respectiva consignación en el Presupuesto General de
Ingresos y Egresos de la República más inmediato a la promulgación
de esta ley.
ARTÍCULO 17.- FONDOS Y FIDEICOMISOS. Se
autoriza a la Secretaría de Finanzas para constituir Fondos
Especiales y en su caso Fideicomisos para administrar recursos
públicos y privados orientados a lograr objetivos de esta ley.
ARTICULO 18.- VIGENCIA. El presente Decreto entra
sn vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial
'La Gaceta".
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los
/eintitrés días del mes de julio de dos mil trece.
MAURICIO OLIVA HERRERA
PRESIDENTE, POR LA LEY
RIGOBERTO CHANG CASTILLO
SECRETARIO
GLADIS AURORA LÓPEZ CALDERÓN
SECRETARIA
\ Poder Ejecutivo.
Por Tanto: Ej ecútese.
Tegucigalpa, M.D.C., 30 de septiembre de 2013.'
PORFIRIO LOBO SOSA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
SALUD.
Poder Legislativo
DECRETO No. 218-2013 1