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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

19 diciembre 2012Edición No. 33,004

Acuerdo

Acuerdo No. 03-2012 — Adopción de logotipo oficial del Poder Judicial de Honduras

Poder Judicial

ACUERDO No. 03-2012 Tegucigalpa, M.D.C., 21 de septiembre de 2012 La Corte Suprema de Justicia CONSIDERANDO: Que hoy el mundo y nuestra Patria no es la excepción, se están viendo inmersos en sus valores éticos, por lo que los principios fundamentales sobre los cuales se debe cimentar y construir la sociedad contemporánea, también se encuentran erosionados. CONSIDERANDO: Que la alta y honrosa función pública de impartir justicia que constitucionalmente le corresponde al Poder Judicial, es imprescindible y garantizar la paz y la convivencia social armónica en nuestra nación. CONSIDERANDO: Que el Poder Judicial considera indispensable y oportuno para el cumplimiento efectivo y eficaz de su misión y visión, realizaciones que proporcionen a todos los servidores judiciales el ambiente que se requiere en el propósito de sostener el Estado de Derecho y la confianza de la ciudadanía con sus instituciones democráticas y republicanas. CONSIDERANDO: Que el Poder Judicial a lo largo de su existencia ha utilizado como logotipo institucional, distintos, el Escudo Nacional de Honduras y la Diosa Themis, el primero que representa uno de los símbolos patrios y la segunda y oportuno símbolos de la justicia; por la razón, consideramos importante la adopción de un logotipo exclusivo para el Poder Judicial, que refleje su misión, visión y valores institucionales, que contribuya al fortalecimiento de la imagen e identidad institucional. CONSIDERANDO: Que resulta necesario promover, estimular y reconocer el talento y creatividad de los servidores judiciales, para lo cual llevó a cabo al interno del Poder Judicial, un proceso de concurso para la creación del logotipo institucional, que les permitiera expresar su visión institucional y que su diseño ganador se constituyera en el símbolo oficial que represente e identifique el Poder Judicial en todo acto, papelería, oficial, correspondencia, sellos y otras actividades que tengan carácter oficial, así como a los miembros de la carrera judicial, acorde con investigadora, tanto en el ámbito jurisdiccional como administrativo. POR TANTO: El Presidente de la Corte Suprema de Justicia en uso de las facultades que le confieren los artículos: 313 numeral 1 de la Constitución de la República, reformado mediante Decreto Legislativo No. 282-2010, ratificado mediante Decreto Legislativo No. 5-2011; y 3 transitorio de los Decretos mencionados: ACUERDA: Artículo 1. Adoptar como logotipo oficial del Poder Judicial de Honduras, el diseño que resultó ganador del proceso de concurso celebrado al efecto, creado por la ciudadana LESBIA PATRICIA MURILLO MELÉNDEZ, el cual se constituirá en el símbolo institucional y será de utilización obligatoria en la papelería, eventos y emblemas que representen oficialmente el Poder Judicial de Honduras. Logotipo aprobado: Poder Judicial Honduras El cual representa en su contenido: i) un Poder Judicial moderno, pilar fundamental del Estado hondureño de Derecho, simbolizado por una balanza moderna representativa de la justicia equilibrada; ii) una Corte Suprema de Justicia integrada por cuatro ondas o lóbulos; iii) un Poder Judicial transparente, accesible, en la búsqueda permanente de la excelencia en el servicio público de justicia y orientado a obtener la satisfacción del usuario. Artículo 2. El logotipo institucional formará parte también del símbolo judicial, accesible en su investigadura a los miembros de la carrera judicial, acorde con su investigadura, tanto en el ámbito jurisdiccional como administrativo. Artículo 3. Para unificar el uso de toda la papelería y sellos usados en el Poder Judicial, en adelante como miembro en dicha papelería, se utilizará ÚNICAMENTE el logo del Poder Judicial ubicado en la parte superior en el centro del papel, según el manuscrito de dicho papel, se consignará el nombre de la dependencia correspondencia. En la parte inferior del papel se consignará la dirección del portal izquierdo y el nombre de la dependencia al centro inferior. Las oficinas que emitan en parte inferior, podrán añadir datos de dependencia (dirección, teléfono, fax, etc.). Las dependencias (dirección, teléfono, fax, etc.). Las dependencias podrán consignar en la parte inferior izquierda el nombre de la dependencia al centro superior izquierda, el logo del Poder Judicial. Al centro de la parte superior izquierda, el nombre del litigado que la emite. El papel contendrá en el centro de la hoja, una marca de agua de logo institucional. El papel deberán utilizar las distintivas dependencias del Poder Judicial, contra el logo del Poder Judicial. Se consignará en el nombre de las distintas dependencias, según corresponda. Artículo 4. Que para el conocimiento de toda la ciudadanía hondureña se publique el presente Acuerdo en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiún días del mes de septiembre de dos mil doce. JORGE A. RIVERA AVILÉS MAGISTRADO PRESIDENTE CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE HONDURAS LUCILA CRUZ MENÉNDEZ SECRETARIA GENERAL