Resolución
Resolución No. 1897-2011 — Otorgamiento de Personalidad Jurídica a Junta Administradora de Agua y Saneamiento de la Comunidad de Buena Vista
Poder Ejecutivo
CERTIFICACION
El infrascrito, Secretario General de la Secretaria de Estado
en los Despachos del Interior y Poblaci6n~ CER)'IFICA. La
Resoluci6n que literalmente dice: .. RESOLUCJON No. 1897-
2011. EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS
DESPACHOS DEL INTERIOR Y POBLACION.
Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, trece de junio de dos
mil once.
VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder
Ejecutivo, por media de Ia Secretaria de Estado en los Despachos
del Interior y Poblaci6n, con fccha cinco de mayo de dos mil
once, misma que correal Expediente P.J. No. 05052011-772
por Ia Abo gada ELSY EMIRE URCINA RASKOFF, en su
caracterdeApoderada Leg;llde la"JUNTAADMINISTRADORA
DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE
BUENAVISTA", con domiciho en Ia comunidad de Buena Vista,
municipio de San Isidro, departamento de Intibuc<i, contraida a
pedir c1 otorgamicnto de la Personalidad Juridica y aprobaci6n
de sus cstatutos.
RESULTA: Que la peticionaria acompafi6 a su solicitud los
documcntos correspondientes.
RESULTA: Que a Ia solicitud se le dio el tnlmite de Ley
habi6ndose mandado oir ala Unidad de Servicios Legales de
esta Secretaria de Estado, quienes cmitieron dictamen
correspondienteNo. U.S.L. 2135-2011 de fecha09 de mayo de
dos mil once.
CONSIDERANDO:Quc Ia "JUNTA ADMINISTRADORA
DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE
BUENA VISTA", se crea como asociaci6n civil de beneficia
mutua, cuyas disposiciones estatutarias no contrarian las !eyes
del pais, el orden pUblico, Ia moral y las buenas costumbres por
lo que es procedente acceder a lo solicitado.
CONSIDERANDO: Que el Prcsidente de la RepUblica
emiti6 el Decreta Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho
de enero del afio dos mil dos, por el que delega al Secretario de
Estado en los Despachos de Gobemaci6n y Justicia, competencia
especifica para Ia emisi6n de este acto administrative de
confonnidad con los Articulos 11, 16, 116, 117 y 119 de Ia Ley
General de la Administraci6n PUblica 4 y 5 de Ia Ley de
ProcedimientoAdministrativo.
CONSIDERANDO: Que el Sefior Secretario de Estado
en los Despachos del Interior y Poblaci6n, medianteAcuerdo
Ministerial No. 474-2011 de fecha 7 defebrero de2011, deleg6
en Ia ciudadana CARMEN ESPERANZA RIVERA
PAGOAGA, Subsecretaria de Estado en el Despacho de
Poblaci6n, la facultad de firmar Resoluciones de Extranjeria,
trfunites varios, Personalidad Juridica y de Naturalizaci6n.
PORTANTO:
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS
DESPACHOS DEL INTERIOR YPOBLACION, en uso de
Ia atribuci6n constitucional establecida en c!Articulo 245 numeral
"40 de Ia Constituci6n de la RepUblica, 3 del Decreta 177-2010,
yen aplicaci6nde los Artfculos 29 refOnnado media:nte Decreto
06-98, 116 y 120 de Ia Ley General de laAdministraci6n PUblica,
44 nU.mcro 6 del Decreta PCM-008-97 del Reglamento de
Organizaci6n, Funcionamiento y Competencias del Poder
Ejecutivo; 18 de Ia Ley Marco del Sector de Agua Potable y
Saneamicnto; 34, 35, 36, 37, 38 y 39 del RcglamentoGeneral
de la Ley Marco dcAgua Potable y Saneamiento. Articulo 83 de
Ia Ley de ProcedimicntoAdministrativo.
RESUELVE:
PIUMERO: Conceder PersonalidadJuridica ala ..JUNTA
ADMINISTRADORA DEAGUA YSANEAMIENTODE
LA COMUNIDAD DE BUENA VISTA", condomicilio enla
comunidad de Buena Vista, municipio de San Isidro, departamento
de lntibuca, y aprobar sus cstatutos en Ia forma siguientc:
ESTATUTOS DE LA "JUNTAADMINISTRADORA
DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD
DE BUENA VISTA" MUNICIPIO DE SAN ISIDRO,
DEPARTAMENTO DE INTIBUCA
CAPITULO I
CONSTITUCION, DENOMINACION, DURACION Y
DOMICILIO
Articulo 1.- Se constituye la organizaci6n cuya denominaci6n
sera: "JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y
SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE BUENA
VISTA" ,con domicilio cnla comunidad de Buena Vista, municipio
de Sin Isidro, departamento de Intibud; como una asociaciOn
de servicio comunal, de duraci6n indefinida, sin fines de lucro y
que tendril. como finalidad obtener la participaci6n efectiva de la
comunidad para Ia construcci6n, operaciOn y mantenirniento del
sistema de agua potable de acuerdo con las normas,
procedimientos yreglamentaciones vigentes, establecidos en la
Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su
Reglamento, efectuando trabajos de promoci6n y educaci6n smli-
taria ambiental, entre los habitantes de la comWlidad de Buena
Vista.
Articulo 2.- El domicilio es la comunidad de Buena Vista,
municipio de San Isidro, departamento de Intibuc<i y tendri
operaci6n en dicha comunidad proporcionando el servicio de agua
potable.
Articulo 3.- Se considera como sistema de agua el area
delimitada y protegida de la microcuenca, las obras fisicas de
captaciOn, las comunidades con fines de salud y las construcciones
fisicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los
hogares.
CAPITULO II
DE LOS OBJETIVOS
Articulo 4.- Elfin primordial de los presentes estatutos es
regular el normal funcionamiento de la Junta de Agua y
Saneamiento y los diferentcs comites para la administraci6n,
operaci6n y mantenimiento del sistema.
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Articulo 5.- La organizaci6n tendr<i los siguientes objetivos:
a.- Mcjorar Ia condici6n de salud de los abonados y de las
comunidades en general. b.- Ase!,'llfUf w1a correcta administraci6n
del sistema. c.- Lograr un adccuado mantenimiento y opcraci6n
del sistema. d.- Obtener asistencia en capacitaci6n para mejorar
el servicio de agua potable. e.- Obtener financiamiento para
inejorar cl servicio de abastecimicnto de agua potable. f.- Velar
porque Ia poblaci6n use y maneje el 3!,TJ..Ia en condiciones higienicas
y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el
desperdicio del recurso. g.- Gcstionar Ia asistencia tecnica
necesaria para mantencr adecuadamente c1 sistema. h.- Realizar
labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de
microcuencas, el acueducto y saneamiento bisico). i.- Asegurar
Ia sostenibilidad de los servicios de ll!,TJ.la potable y saneamiento.
Articulo 6.- Para ellogro de los objetivos indicados, Ia
organizaci6n podril. realizar las siguientes actividades: a.- Recibir
las aportacioncs ordinarias en concepto de tarifa mensual par el
servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas
extraordinarias. b.- Establecer programas de capacitaci6n
pcrmanentcs a fin de mejorary mantener Ia salud de los abonados.
c.- Aumentar c1 patrimonio econ6mico a fin de aseguraruna buena
operaci6n y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar
rccursos financieros de entes nacionales e intcrnacionales. e.-
Coordinar y asociarse con otras instituciones pllblicas y privadas
para mantener el sistema. f.- Promover Ia integraci6n de Ia
comunidad involucrada en e1 sistema. g.- Conservar, mantener y
aumentar el ilrea de lamicrocuenca. h.- Realizar cualquier actividad
que tienda mejorar Ia salud y/o a conservar el sistema.
CAPiTULO III
DE LOS MIEMBROS Y
CLASES DE MIEMBROS
Articulo 7.- La JuntaAdministradora deAgua y Saneamiento
tendril las siguientcs categorias de miembros: a.- Fundadores; y,
b.-Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscribieron el
Acta de ConstituciOn de Ia Junta deAgua. Miembros Activos:
Son los que participan en JasAsambleas de Usuaries.
Articulo 8.- Son derechos de los miembros: a.- Am bas clases
de miembros tienen derecho a voz y a voto. b.- Elegir y ser
electos. c.- Presentariniciativas o proyectos a Ia Junta Directiva.
d.- Elcvarpeticiones o iniciativas que beneficien laadecuadagesti6n
de los servicios. e.- Presentar reel amos ante e1 prcstador por
deficiencias en Ia calidad del servicio. f.- Recibir avisos
oportunamente de las intcrrupciones programadas del servicio,
de las modificaciones en Ia tarifa y de cualquier even to que afecte
sus dcrechos o modifique Ia calidad del servicio que recibe.
Articulo 9.- Son obligaciones de los miembros: a.- Conectarsc
al sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los
servicios, sin daiiar ni poner en riesgo Ia infraestructura.
CAPiTULO IV
DE LOS ORGANOS Y
ATRIBUCIONES DE CADA ORGANO
Articulo 10.- La dirccciOn, administraci6n, operaci6n y
mantenimiento en el llinbito de todo el sistema estani a cargo de:
a.- Asamblea de Usuaries. b.- Junta Directiva. c.- Comites de
Apoyo.
SccciOn 8 Avisos Legales
DE LA ASAMBLF:A DE USUAR!OS
Articulo 11.- LaAsamblca de usuarios e.s Ia maxima autoridad
de la comunidad a nivellocal, expresa Ia voluntad colectivade los
abonados dcbidamente convocados.
Articulo 12.- Son funciones de Ia Asarnblea de U suarios: a.-
Elcgir o destituir los miembros directivos de 1a Junta. b.- Tratar
los asuntos relacionados con los interescs de Ia Junta. c.- Nombrar
las comisiones o comites de apoyo.
DE LA JUNTA DIRECTlYA
Articulo 13.- DespuCs de laAsamblea de Usuarios Ia Junta
Directiva, es cl6rgano de gobiemo mas importantede Ia Junta de
Agua y Saneamiento; y estara en funciones par un periodo de
dos aiios pudiendo serreelectos por un pcriodo mils, ejerciendo
dichos cargos ad honorem, para sermiembrodc Ia Junta Directiva
deberit cumplir con los requisitos establccidos en los Articulos
36, 37 del Reglamento General de Ia Ley Marco del Sector Agua
Potabley Sru1eamicnto, estani confonnado par siete (7) miembros:
a.- Un Prcsidente(a). b.- Un Yiccpresidente. c.- Un Secrctario(a).
d.- Un Tesorcro(a). c.- UnFiscal. f.- Un VocalPrimero; y, g.- Un
Vocal Segundo.
Articulo 14.- La Junta Directiva tendni las siguientes
atribuciones: a.- Mantencr un presupuesto de ingresos y e!,TTCSOS.
b.- Elaborar y ejecutar e\ plan anual de trabajo. c.- Coordinar y
cjecutar las actividadcs de saneamiento bilsico, operaci6n y
mantenimiento del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de
tarifas mensuales y demas ingresos en efectivo proveniente del
servicio de agua en Ia comunidad. e.- Depositar los fondos
provenientes de las recaudaciones de cobras de tarifa y dcmils
in!,rresos en efectivo proveniente del servicio de agua en Ia
comunidad. f.- Presentar informes en Asamblca General de
abonados cada trcs meses. g.- Cancelar o suspender el servicio
de agua. h.- Vigil ar y protcger las fuentes de abastecimientos de
agua. Evitando su contaminaciOn y realizando acciones de
protecci6n y reforestaci6n de Ia microcucnca. i.- Vigilar el
mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los
abonados.
Articulo 15.- Son atribyciones del PRESIDENTE: a.-
Convocar a sesiones. b.- Abrir, presidir y ccrrar las sesiones. c.-
Elaborar Ia agenda con el Secretario. d.- Autorizar y aprobar con
cl Secretario las Aetas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar
con el Tesorero todo documento que implique erogaci6n de fondos.
f.- Representar judicial y estrajudicialmente a Ia Junta
Administradora.
Articulo 16.- Son atribuciones del VICEPRESIDENTE:
a.- Sustituir a1 Presidente en caso de ausencia temporal o dcfinitiva,
en este Ultimo caso se requeriril Ia mayoria simple de Ia Junta
Directiva. b.- Supervisara las comisiones que se asignen. c.- Las
dem<is atribucioncs que le asigne Ia Junta Directiva o laAsamblea.
Articulo 17.- Son atrihuciones del SECRETARIO: a.-
Llevar ellibro de aetas. b.- Autorizar con su firma las actuaciones
del Presidente de Ia Junta, excepto en lo relacionado con el dinero.
c.- Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con c\
Presidente. e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el
archivo de Ia Junta deAgua y Saneamiento. g.- Manejo de Planillas
de mana de ohras.
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La Gaccta
Articulo 18.- Son atribuciones del TESORERO: Es e1
encargado demancjar tOndos y archivar documentos que indiquen
ingrcsos y egresos: a.- Rccaudar y administrar los fondos
provenicntcs del servicio de contribuciones y otros ingresos
destinados al sistema. b.- Responder solidariamente con el
Presidente del manejo y custodia de los fondos que serim
dcstinados a una cucnta bancatia o del sistema cooperativista. c.-
Llevar al dia y con claridad el registro y control de las operaciones
que se refieren a entradas y salidas de dinero de Ia Tesoreria de Ia
Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos, ingresos y
egresos, pagos mensuales de a,gua). d.- Infonnar mcnsualmente a
Ia Junta sobre el mantenimiento econ6mico y financicro (cuenta
bancaria), con copia ala municipalidad. e.- Dar a los abonados
las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el
inventario de los bienes de Ia Junta. g.- Autorizar conjuntamente
con el Presidente toda erogaciOn de fondos. h.- Presentar ante Ia
Asamblca un intOnne de ingresos y egresos en forma trimestral y
anual con co pia ala municipalidad.
Articulo 19.- Son atribuciones del FISCAL: a.- Es el
encargado de fiscalizar los fondos de Ia organizaciOn. b.-
Supervisar y coordinar Ia administraci6n de los fondos
provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos
destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de Ia Junta
Directiva de cualquier anomalia que se encuentre en la
administraci6n de los fondos o bienes de la Junta. d.- Llevar el
control y practicar las auditorias que sean necesarias para obtener
una administraciOn transparente de los bienes de Ia Organizaci6n.
Articulo 20.- Son atribucioncs de los VOCALES: a.-
Desempeiiar algUn cargo en fonna transitoria o pennanente que
le asigne laAsamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a
laAsamblea. b.- El Vocal!, coordinar<iel Comite de Saneamiento
B<isico. c.- El Vocal II, coordinara e1 Comite de Microcuenta y
sus funciones se especificarfu-1 en el Reglamento respective.
Articulo 21.- Para tratar los asuntos relacionados con el
sistema y crear una comunicaci6n y coordinaci6n en su comunidad,
se haril.nreuniones asi: a.- Trimestralmente en forma ordinaria y
cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. b.- La Junta
Directiva sc reuniri una vez por mes.
DE LOS COMITES DE APOYO
Articulo 22.- La Junta Dircctiva tendri los siguicntes ComitCs
deApoyo: a.- Comitede Operaci6n y Mantenimiento. b.- Comite
de Microcucnca. c.- Comite de Saneamicnto. d.- Comite de
Vigilancia
Articulo 23.- Estos Comites estanin integrados a Ia estructura
de la Junta Directiva, su funci6n especifica es lade coordinar
todas las Iabo res de operaciOn, mantenimiento y conservaci6n de
la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que
determine laAsamblea de Usuaries y los reglamentos que para
designar sus funciones especificas y estructura interna,
oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como
miembro de los Comites de OperaciOn y Mantenimiento y de
microcuenca alAlcaldeAuxiliary al Promotor de Salud asignado
ala zona como miembro de Comite de Saneamiento.
S\:\:\:lim B AYbus Lc~alcs
CAPiTULOV
DEL PATRIMONIO
Articulo 24.- Los rccursos econ6micos de la Junta
Administradora podran constituirsc: a.- Con la tarifa mensual de
agua, venta de derecho a peguc, multas; asf como los interescs
capitalizados. b.- Con bienesmuebles o irunuebles ytrabajos que
aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras fisicas
del sistema. d.- Con donaciones, hcrcncias, legados, prestamos,
dercchos y privilcgios que reciban de personas naturales o
juridicas.
Articulo 25.- Los recursos econOmicos de la Junta
Administradora se empleanin exclusivamcnte para el uso,
operaciOn, mantenimiento, mcjoramiento y arnpliaci6n del sistema.
CAPiTULO VI
DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACION
Articulo 26.- Causas de Disoluci6n: a.- Por sentenciaJudi-
cial. b.- Por resoluciOn del Poder Ejecutivo. c.- Por cambiar de
objetivos para los cuales se constituy6. d.- Por acuerdo de las
2/3 partes de sus miembros. e.- Cualquier causa que haga
imposible Ia continuidad de la JuntaAdministradora deAgua. La
decisiOn de disolver laJtmtaAdministradora deAgua, se rcsolver<i
en Asamblea Extraordinaria convocada para cste efecto y sera
aprobada por la mayotia absoluta de sus miernbros debidamente
inscritos. Una vez disuelta la Asociaci6n se proceder<i a la
liquidaci6n, debiendo cumplircon todas las obligaciones que se
hayan contraido con terceras personas y el remanente, en caso
de que quedarc seran donados exclusivamente a organizaciones
filantrOpicas, siempre y cuando estas no sean de car<icter lucrative,
que sefiale la Asan1blea de U suarios, cumpliendo asi mismo con
lo estipulado en cl COdigo Civil para su disoluci6n y liquidaci6n.
CAPiTULO VII
DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 27.- El ejercicio financiero de la Junta de Agua y
Saneamiento coincidir<i con el afio fiscal del gobiemo de Ia
RepUblica.
Articulo 28.- Los programas, proyectos o actividades que la
Junta ejecute no iran en dctrimento, ni entorpecer<in las que el
Estado realice, por el contrario llevar<in el prop6sito de
complementarios de comlln acuerdo pordisposiciOn de e:>teUltimo.
SEGUNDO: La "JUNTA ADMINISTRADORA DE
AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE
BUENA VISTA", presentani anualmente ante Ia Secretaria de
Estado en los Despachos del Interior y Poblaci6n, los estados
financieros auditados que reflejen los ingresos, egrcsos y todo
movimiento econOmico y contable, indicando su patrimonio ac-
tual, asi como las modificaciones y variaciones del mismo,
incluyendo herencias, lcgados y donaciones a traves de un sistema
contablc legalizado. Las herencias, legados y donaciones
provenientes del extranjero, se sujetar:in a Ia nonnativajuridica
i~perante en el pais, aplicable seg(m sea el caso, a traves de los
Organos Estatales constituidos para verificar Ia transparencia de
losmismos.
TERCERO: La "JUNTA ADMINISTRADORA DE
AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE
BUENA VISTA", se inscribir<i en la Secretaria de Estado en los
Despachos del Interior y Poblaci6n, indicando nombre completo,
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direcci6n exacta, asi como los nombrcs de sus n:prcscntantcs y
dem<l.s integrantes de Ia Junta Dircdiva; asimismo, se sujetani a
las disposiciones que dentro su marco juridico \c corrcspondcn a
esta Secretaria de Estado, a travCs del rcspcctivo Organo intemo
veriticando cl cumplimiento de los objetivos para los cualcs fuc
constituida.
CUARTO: La "JUNTA ADMINISTRADORA DE
AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE
BUENA VISTA", se somete a las disposiciones legales y
politicas cstab!ecidas por la Secretaria de Estado en los
Dcspachos dcllnterior y Poblaci6n y dcm<ls entes contra! ores
del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para
garantizar la transparencia de Ia administraci6n, quedando obligada,
adem as a presentar inforrnes peri6dicos anuales de las actividades
que realicen con instituciones u urganismos con los que se
relacionen en cl cjcrcicio de sus objetivos y fines para lo cual fue
autorizada.
QUINTO: La disoluci6n y liquidaci6n de Ia ''JUNTA
ADMINISTRADORADE AGUA YSANEAMIENTO DE
LA COMUNIDAD DE BUENA VISTA", se hara de
conformidad a sus estatutos y las !eyes vigentes en el pais, de Ia
que una vez canceladas las obligaciones contraidas, el excedente
pas ani a formar parte de una organizaci6n legalmcnte constituida
en Honduras, que relma objetivos similare._<; o una de beneficcncia.
Dieho tnimite se hani bajo Ia supervisiOn de esta Sccrctaria de
Estado, a efeeto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones
y transparencia del remanente de los bienes a que hace reterencia
el p<irrafo primero de este mismo articulo.
SEXTO: Los prcscntcs Estatutos cntrar:in en vigcncia luego
de ser aprobados pore\ Poder Ejecutivo, puhlicados en c1 Diario
Oficial LA GACETA, con las limitacioncs cstablecidas en la
Constituci6n de la RepUblica y las !eyes; sus reformas o
modificaciones se someter<in al mismo procedimiento de su
aprobaci6n.
SEPTIMO: La presente resoluci6n deben1 inscribirse en el
Registro Especial dellnstituto de Ia Propiedad de conformidad
con c1 Articulo 28 de Ia Ley de Propiedad.
OCTAVO : Instruir ala SecTetaria General para que de Oficio
proceda a remitir el expediente a Ia Unidad de Rcgistro y
Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), para que
emita la correspondiente inscripci6n.
NOVENO: De oficio procCdase a ernitir la certificaci6n de
la prese'}te resoluci6n, a raz6n de ser entregada al interesado.
NOTIFIQUESE. (F) CARMEN ESPERANZA RIVERA
PAGOAGA, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE POBLACION. (F) PASTOR AGUILAR
MALDONADO, SECRETARlO GENERAL".
Extendida en la ciudad de Te~;ucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los treinta dlas del mes de agosto del dos mil once.
PASTORAGUILARMALDONADO
SECRETARlO GENERAL
11 A. 2012.
SccciOn 8 Avisos Lcg~lcs
L OF.L 2012 No.
Llamado a LicitaciOn
REPUBLICA DE HONDURAS
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADiSTICA
LICITACION PUBLICA NACIONAL INE-003-2012
CONTRA TACION DE ARRENDAMIENTO UE
VEHiCULOS
1. Ellnstituto Naciona\ de Estadistica invita a los Oferentes
elegibles a prcsentar ofcrtas sclladas para el Arrendamicnto
de Vehiculos para ejecutar Proyecto de Proyecci(m Social.
2. La licitaci6n sc cfcctuanl con forme a los procedimientos de
Licitaci6n PUblica Naeional (LPN) cstablccidos en Ia Ley de
Contrataci6n del Estado y su Rcglamcnto segUn se definen en
los Docwnentos de Licitaci6n.
3. Los Oferentes elegibles que esten interesados podnln obtencr
informaciOn adicional en ellnstituto Nacional de Estadistica
Gerencia de Administraci6n y Presupuesto y revisar los
documcntos de Jicitaci6n en Ia dirccci6n indicada al final de
este Llamado.
4. Los Oferentes intercsados podnin comprarunjuego complcto
de los Documcntos de Licitaci6n, mediante prcsentaci6n de
unasolicitud porescrito a ladirecci6n indicada al final de cstc
Llamado contra e1 pago de una suma no reembolsable de
Lps. 500.00 Lempiras. Esta suma podnl pagarse en efcctivo.
5. Lasofertas dehenin hacerse llegar ala direcci6n indicada abajo
a mas tardar alas !O:OOA.M. del dia 26 deABRILde2012.
Las ofertas que se recihan fuera del plazo sen'm rcchazadas.
Las ofertas se abrir:in fisicamcntc en c1 Instituto Nacional de
Estadistica en Ia Gerencia de Administraci6n y Presupuesto
ubieada en Ia direcci6n indicada al final de estc Llamado en
presencia de los representantes de los Oferentes que desecn
asistir en persona.
6. Todas las ofertas debcnin cstar acompafiadas de una Garantia
de Mantenimiento de Ia Oferta por el monto del2% del valor
de la oferta.
7. La direcci6n referida arriba es Instituto Nacional de Estadistica,
Gerenciadef\dministraci6n y Presupuesto, Sto. piso, edificio
Plaza Guijarros, colonia Lomas del Guijarro, Tegucigalpa,
M.D.C.
II A. 2012.
lng. Ram6nArturo Espinoza
Director Ejecutivo
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
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LaGaccta
CF:RTIFICACION
El infrascrito, Secretario General de Ia Secretaria de
Estado en los Despachos del Interior y Poblaci6n;
CERTIFICA. La Resolucion que literalmente dice:
"RESOLUCION No. 224-2012. SECRETARiA DE
ESTADO EN LOS DESPACHOS DEL INTERIOR Y
POBLACION. Tegucigalpa, municipio del Distrito Cen·
tral, veintisiete de febrero de dos mil dace.
VISTA: Para resolver Ia solicitud presentada al Poder
Ejecutivo, por media de esta Secretaria de Estado, con
fecha tres de febrero de dos mil dace, misma que corre a
expediente No. P.l.- 03022012-196, por el Abogado
HELMONT ABUD ZUNIGA ALVARADO, en su
caracterdeApodcrado Legal de Ia MISTON CRISTIANA
"TESTIGOS DE JESUS AL MUNDO" (TJM), con
domicilio en el edificio Torre Alianza II, No. 607, boule-
vard San Juan Bosco, telefono No. 9954-6992, de Ia ciudad
de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central,
departamento de Francisco Moraz<in, contraida a pedir el
otorgamiento de la Personalidad Juridica y aprobaci6n de
sus estatutos.
RESULTA: Que el peticionario acompaii6 a su solicitud
los documentos correspondientes.
RESULTA: Que a Ia solicitud se le dio el tramite de
ley habi<~ndose mandado oir a Ia Unidad de Servicios Le-
gales de esta Secretaria de Estado en los Despachos del
Interior y Poblaci6n qui en emiti6 dictamen favorable No.
U.S.L. 505-2012 de fecha 23 de febrero de 2012.
CONSIDERANDO: Que Ia MISTON CRISTIANA
"TESTIGOS DE JESUSAL MUNDO" (TJM), se crea
como asociaci6n civil, cuyas disposiciones estatutarias
no contrarian las !eyes del pais, el arden pUblico, Ia moral
y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder
a lo solicitado.
CONSIDERANDO: Que el Presidente de Ia Republica
emilio el Decreta Ejecutivo No. 002-2002 de fecha
veintiocho de enero del afio dos mil dos, por el que del ega
al Secretario de Estado en los Despachos de Gobemaci6n
y Justicia, competencia especifica para Ia emisi6n de este
acto administrative de conformidad con los Articulos 11,
16, 117, 119 y 122 de Ia Ley General de laAdministracion
PUblica, 4 y 5 de Ia Ley de Procedimiento Administrative.
CONSIDERANDO: Que el Senor Secretario de Estado
en los Despachos del Interior y Poblaci6n, mediante Acuerdo
Sccci6n B Avisos Legales
, 2012 Nn.
Ministerial No. 4049-20 II de fecha quince de noviembre
.de 20 II, del ego en Ia ciudadana CARMEN ESPERANZA
RIVERA PAGOAGA, Subsecretaria de Estado en el
Despacho de Poblaci6n y Participaci6n Ciudadana, la facultad
de fmnar Resoluciones de Extranjeria, tr<imitcs varios,
Personalidad Juridica y de Naturalizaci6n y Acuerdos
Dispensando Ia Publicaci6n de Edictos para Contraer
Matromonio Civil
PORTANTO:
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS
DESPACHOS DEL Il'IIERIOR YPOBLACION, en uso
de sus facultades y en aplicaci6n a lo establecido en cl
Articulo 245 numeral 40 de la Constituci6n de Ia
Republica, 29 refonnado 116 y 120 de Ia Ley General de
Ia Administraci6n Publica; 3 del Decreta I 77-20 I 0; 44
numeral 13 y 46 del Reglamento de Organizaci6n,
Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo
reformado mediante PCM 060-20 II de fecha 13 de
septiembre de 2011; 56 y 58 del Codigo Civil; 24, 25 y
83 de Ia Ley de Procedimiento Administrative.
RES U ELVE:
PRIMERO: Conceder Personalidad Juridica a Ia
"MISTON CRISTIANA "TESTI~OS DE JESUS AL
MUNDO" (T JM), con domicilio en el cdificio Torre
Alianza II, No. 607, boulevard San Juan Bosco, teli:fono
No. 9954-6992, de Ia ciudad de Tegucigalpa, municipio
del Distrito Central, departamento de Francisco Moraz<ln
y aprobar sus estatutos en Ia forma siguiente:
ESTATUTOS DE LA MISTON CRISTIANA
"TESTIGOS DE JESUSALMUNDO" (TJM)
CAPiTULO I
CONSTITUCION,DENOMINACION,DURACION
YDOMICILIO
Articulo I.- Se constituye Ia MIS ION CRJSTIANA
"TESTIGOS DE JESUS AL MUNDO" (TJM), como
una organizaci6n cristiana, apolitica, respetuosa de las
leyes locales y nacionales, con duraci6n indefinida, sin
fines de lucro y patrimonio propio, se reginl pOr los
presentes Estatutos, Reglamentos, leyes generales y
especiales que le sean aplicables.
Articulo 2.- Estaci integrado por cristianos que tengan
caracter de miembros.
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La Gaccta
Articulo 3.- Con domicilio en local# 607 deledificio
TorreAlianza II~ boulevard San Juan Bosco, en la ciudad
de Tegucigalpa~ municipio del Distrito Central,
departamento de Francisco Morazan, pudiendo establecer
fi.liales o representantes en cualquier otro lugar del pais o
a un internacionalmente, si asf lo amcrita y la oportunidad
se presenta. Tendri duraciOn portiempo indefinido.
CAPiTULO II
DE LOS FINES Y OB.IETIVOS
Articulo 4.- La MIS! ON CRJSTIANA "TESTIGOS
DE JESUS AL MUNDO" (T JM), tiene como finalidad y
objetivos generales los siguientes: a) Diseminar, enseiiar
y predicar el Evangelic de Nuestro Seiior Jesucristo, a
traves de Ia conducciOn y direcciOn de indole religiose
cristiano. b) Alentar y ayudar al crecimicnto, nutriciOn y
extensiOn de Ia fe cristiana a traves de cualquier media de
comunicaci6n de acuerdo a la capacidad del Ministerio.
c) Pres tar asesoria o ayuda de caritcter espiritual y mate-
rial, si fuere necesario a Ia poblaciOn, mas necesitada o
mas vulnerable, brind<indole siempre fe y esperanza en
Cristo. d) Capacitar en forma teo!Ogica a nuestros Iideres
y pastorcs en forma gratuita. e) Contribuir ala gestiOn y
apoyo de brigadas medicas y odontol6gicas en
coordinaciOn con los entes estatales correspondientes,
asimismo con los Colegios Profesionales relacionados
con las referidas brigadas. f) Dirigir y coordinar el Institute
biblico el cual sera de acceso de Ia poblaci6n que desea
profundizar el conocimiento teolOgico en forma gratuita.
g) El establecimiento de centros de atenci6n para adultos
rnayores y/o cl apoyo a los ya existentes. h) Coordinar y
dirigir programas radiales y televisivas cristianos de
acuerdo a la capacidad del Ministerio. i) Celebrar
convenios y campaiias evangelisticas. j) Crear centros de
retiros y reposo. k) Brindar apoyo logistico, espiritual,
material y/o estrategico a pastores, evangelistas, apOstoles,
profetas y maestros cristianos en sus respectivos
Ministerios. I) Patrocinar y/o apoyar a jOvenes cristianos
para integrar Misiones de evangelizaciOn, capacitaCi6n y/
o fonnaci6n, dentro del pais o hacia otras nacionales del
mundo.
CAPiTULO III
DE LOS MIEMBROS, SUS DERECHOS Y
OBLIGACIONES
Articulo 5.- Para su funcionamiento, direcciOn y
administraciOn, el Ministerio estani conformado de la
siguiente forma: a) Miembros Fundadores: Son las per-
SccdOn B Avhos Lcg:t1c"
sonas naturales que firman el acta constitutiva, tienen
derecho a voz y voto en Asamblea General. b) miembros
Actives: Son las personas naturales hondureiias o
extranjeras con residencia legal en el pais o juridicas
nacionales o internacionales legalmente constituidas que
ingresan despues del acta de constituci6n y participan
activamente en pro de Ia ejecuciOn de los objetivos de Ia
MisiOn, tiene derecho a voz y voto enAsamblea General.
c) Micmbros Honorarios: Son las personas naturales,
hondureiias o extranjeras con residencia le~!ll en el pais o
juridicas, nacionales o internacionales legalmente
constituidas que contribuyen voluntariamente a!
Ministerio con una aportaciOn econ6mica, estos tienen
derecho a voz pero no a voto.
Articulo 6.- Los miembros Fundadores y Activos del
Ministerio tendnin por derecho y obligaciones las
siguientes: OBLIGACIONES: a) Contribuir con las
actividades ministeriales. b) Asistir a todas las sesiones
que sean convocadas. c) Cumplir y hacer cumplir los
presentes Estatutos, !eyes, reglamentos, acuerdos y
disposiciones legales. d) Desernpeiiar, salvo impedimenta
los cargos para Ia que han sido electos.
Articulo 7.- DERECHOS: a) Elegir y ser electos para
cargos a la Junta Directiva. b) Gozar de libertad de
asociaciOn de acuerdo a las disposiciones de nuestra
legislaciOn, excepto participar en asociaciones ilicitas. c)
Ser convocados a reuniones de Asamblea General Ordi-
naria y Extraordinaria. d) Solicitar informes en Asarnblea
General Ordinaria y Extraordinaria. e) Participar con voz
y voto en Asambleas Generales.
CAPiTULO IV
DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO
Articulo 8.- EJ Ministerio estara constituido por los
6rganos siguientes: a) Asamblea General. b) Junta
Directiva. c) Comisiones deApoyo.
Articulo 9.- LaAsambleaGeneral estara confonnada
por todos los miembros debidamente inscritos en ellibro
de registros de afiliaciOn respectiva y que hayan cumplido
con los deberes y obligaciones que tennine los presentes
Estatutos.
Articulo 10.- La Asamblea General es Ia maxima
autoridad del Ministerio; celebrari sesiones ordinarias
obligatoriamente una vez al aiio, previa convocatoria de la
Junta Directiva, en la segunda semana del mes de enero.
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Articulo II.- La Asamblea General celebrar3 se.siones
en forma extraordinaria, cuando asi lo estime Ia Junta
Directiva y/o a pcticiOn de los miembros de Ia Misi6n.
Articulo 12.- El qu6rum requerido para establecer Ia
Asamblea General Ordinaria en prim era convocatoria sera
Ia mitad mas uno de los miembros inscritos yen segunda
convocatoria, se llevani a cabo con cl nUmero de los
miembros asistentes. El quOrum requerido para establecer
Ia Asamblea General Extraordinaria es las 2/3 partes de
los miembros asistcntes, en las sesiones Ordinarias como
Extraordinarias, Ia ruptura del quOrum de asistencia no
podra impedir Ia cclcbraciOn de las sesiones y resoluciones
adoptadas y en tal caso sertm juridicamente validas y
eficaces.
Articulo 13.- Son atribuciones de Ia Asamblea Gen-
eral ordinaria: a) Elegir y sustituir los miembros de Ia Junta
Directiva o sustituir los miembros electos que no cumplan
con sus obligaciones, que su conducta o mal testimonio
afecte el prestigio, Ia buena rnarcha o cause cualquier otro
perjuicio a! Ministcrio. b) Aprobar o improbar el plan de
trabajo del Ministerio, los infonnes de Ia Junta Directiva
o aquellos que se hayan solicitado o delegado. c) Apro bar
o improbar las aetas de las sesiones. d) Otras que sean del
interes del Ministerio.
Articulo 14.- Son atrihuciones de Ia Asamblea Gene-
ral Extraordinaria: a) Tratar, discutir o resolver asuntos de
suma urgencia de interes para el Ministerio, que se
presente en fonna irnprovista, pormotivos de fuerza mayor
o caso fortuito. b) Aprobar las refonnas, enmiendas o
modificaciones de los presentes Estatutos y Reglamentos
cuando lo ~stime conveniente y necesario. c) Acordar Ia
disoluciOn y liquidaciOn del Ministerio.
Articulo 15.- Los acuerdos y resoluciones de la
Asamblea General Ordinaria, se tomarcln por simple
mayoria de los miembros asistentes.
Articulo 16.- Los acuerdos y resoluciones de Ia
Asamblea General Extraordinaria, se tomanln con Ia
anuencia de las 2/3 partes de los miembros asistentes.
Articulo 17.- La Junta Directiva es el Organa de
direcciOn, ejecuciOn y administraci6n, encargado de llevar
a Ia pnlctica los acuerdos y resoluciones aprobadas par Ia
Asamblea General y se reunini de manera Ordinaria una
vez al mes y extrao.rdinaria las veces que sea necesario y
estanl integrada de la siguiente forma: a) Un Presidente.
SccciOn B A\'isos Legales
b) Un Vicepresidcnte. c) Un Secretario. d) Un Tesorero.
c) Un Fiscal. t) Tres Vocales, quienes debenin scr
hondureil.os o extranjcros con residencia legal end pais.
Todos durar<in en sus funciones dos afios pudicndo scr
reelectos Unicamente par un pcriodo mas.
Articulo 18.- SON ATRIBlJCIONF:S DE LA JUNTA
DIRECTlYA: a) Cumplir y· hacer cumplir los presentes
Estatutos, Leyes, Reglamentos y dcmas disposiciones le-
gales. b) Someter a aprobaciOn de Ia Asamblca General,
los aetas de su administraciOn. c) Elaborar y presentar a
Ia Asamblea General el Plan de Trabajo Anual y el
presupuesto respective. d) Celebrar sesioncs ordinarias
el Ultimo vicrncs de cad ames y sesiones Extraordinarias
cuando las circunstancias asf lo ameritc. e) Prcsentar a!
final de su gestiOn administrativa un infonne par escrito
de las actividades realizadas. f) Resolver dcntro de su
competencia cualquier asunto sometido a su consideraciOn
por los 6rganos o por los micmbros del Ministerio. g)
Velar en todo momenta por la marcha regular y el buen
funcionamicnto espiritual del Minisetrio. h) Conferir
facultades a cualquiera de los miemhros del Ministerio y
de Ia Junta Directiva· para Ia ejecuci6n y representaci6n
de acciones, gestiones y eventos especiales. Llcvar los
Iibras de secretaria, contahilidad, registro Je miembros
segUn corrcsponda.
Articulo 19.- SON ATR!BlJCJONES DEL
PRESIDENT£: a) Ejercer Ia rcpresentaci6n legal,judi-
cial y extrajudicial del Ministerio, personalrnente o
nombrando en su defecto apoderados legales; tendr3 Ia
firma autorizada en caso de otorgamiento de poJeres. b)
Cumplir con Ia ley, sus reglamentos, estatutos y
disposiciones adoptadas par Ia Junta Directiva y Ia
Asamblea General Ordinaria. c) Convocar por media del
Secretario asi como elaborar la respectiva agenda y dirigir
las reuniones de Ia Junta Directiva y laAsamblea Gneral.
d) Firmar junto con el Secretario las aetas de las reuniones
de la Junta Directiva y Asamblea General. e) Ejercer voto
de calidad en caso de empate. f) Nombrar comisiones de
acuerdo a las necesidades. g) Velar par el buen
funcionamiento de la instituci6n y sus Organos. h) Finnar
con el Tesorero toda erogaci6n monetaria del Ministerio.
i) Registrar junto con el Tesorero la firma en alguna
InstituciOn Bancaria que sefiale la Junta Directiva para
beneficia del Ministerio.
Articulo 20.- SON ATRIBUCJONES DEL
VICEPRESJDENTE: Todas las Atribuciones del
Presidente en caso de ausencia de este Ultimo y otras que
se le asignen.
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Articulo 21.- SON ATRIBUCIONES DRL
SECRETARlO: a) Convocar a sesiones con el acucrdo
de la Junta Directiva. b) Levantar aetas de las sesiones de
Ia Asamblea General y de la Junta Directiva en ellibro de
aetas respective. c) Registrar la asistencia de los miembros
de Ia Asamblea General Ordinaria. d) Elahorar con los
dem3.s miembros directives la agenda a seguir. e) Manejar
la correspondencia recibida y despachada. f) Llevar un
libra de afiliaciOn de todos los miembros del Ministerio.
g) Organizar el archive con la colaboraciOn de los demas
miembros de Ia Junta Directiva. h) Asistir puntualmente a
las sesiones. i) Finnar las aetas despues de ser aprobadas
por Ia Asamblea General Ordinaria, juntamentc con el
Presidente en funciones.
Articulo 22.- SON ATRIBUCIONES DEL
TESORERO: a) Serresponsable de los fondos asignados
a su custodia. b) Velar para que los libros de contabilidad
sean llevados correcta y eficientemente. c) lnfonnar
mensualmcnte a Ia Junta Directiva sabre el movimiento
econOmico y financiero de Ia lnstituciOn. d) Finnarjunto
con el Presidente de la Junta Directiva los documentos
relacionados con Ia actividad econ6mica. e) Las demis
responsabilidades que le asigne Ia Junta Directiva y/o Ia
Asamblea General Ordinaria. f) Abrir cuentas en
instituciones bancarias a favor del Ministerio, registrando
su finna mancornunadamente con Ia del Presidente.
Articulo 23.- SON ATRIBUCIONES DEL FISCAL:
a) Velar par el cumplirniento de los presentcs Estatutos,
Reglamentos, disposiciones que puedan emitirse tanto por
parte de la Asamblea General como de Ia Junta Dircctiva
del Ministerio. b) Revisar el estado de cuenta de Ia
Tesoreria. c) Verificar los infonnes elaborados por el
Tesorero, previa presentaciOn a la Junta Directiva. d)
Cualquier otra funciOn que le sea asignada por Ia Junta
Directiva o laAsamblea General. e) Firmar las Ordenes de
pago para retirar fondos con el Presidente y Tesorero de
Ia misi6n.
Articulo 24.- SON ATRIBUCIONES DE LOS
VOCALES POR SU ORDEN: a) Sustituir en caso de
fuerza mayor o caso fortuito a los miembros directivos
por el arden respectivo. b) Plantear mociones, problemas
o solicitudes. c) Colaborar en otras tareas que le sean
asignadas.
CAPITULOV
DELPATRIMONIO
Articulo 25.- El patrimonio de Ia instituciOn estara
constituida par: a) Bienes muebles o inmuebles que posea
Sccci6n B Avisus Lc~alcs
21H2 Nu. 793
y los que adquiera en el futuro, bajo cualquier concepto
licito y que provcnga de Ia buena voluntad como ser:
Legados, compras, donaciones pUblicus o privadas,
nacionales e internacionales, siempre y cuando su
aceptaci6n no lesione los principios le~ales y doctrinales
que emanan de Dios y que caracterizan a Ia misiOn. b)
Cualquier ingreso no previsto pennitido porIa Ley.
Articulo 26.- El patrimonio de Ia Misi6n sera total,
Unico y exclusivamentc destinado para el desarrollo,
expansiOn, crecimiento y lagro de los objetivos
estipulados en beneficia de los fmes y principios del
Ministerio.
CAPiTULO VI
DE LADISOLUCIONYLIQUIDACION
Articulo 27.- La disoluciOn scci acordada en Asamblea
General Extraordinaria, con el voto favorable de Ia mayoria
absoluta de los miembros asistcntes. Son causas para Ia
disoluciOn del ministerio: a) lmposibilidad de cumplir con
los objetivos y fines para lo cual fue creado. b) Por
sentcncia judicial o resoluciOn administratiVa. c) Por
acuerdo tomado enAsamblea General Extraordinaria por
las 2/3 partes de los miembros activos convocados al
efecto.
Articulo 28.- Una vez aprobada Ia disoluciOn se
procedenl a nombrar una junta liquidadora encargada de
efectuar las revisiones e inventarios correspondientes y
cancelar las deudas contraidas, hecha Ia liquidaci6n y
pagadas las obligaciones contraidas por la instituciOn, si
hubiere remanentes, cstas sed.n donadas a otra
congregaciOn o iiL-;tituciOn benetica de Honduras, asignada
porIa Asamblea General Extraordinaria.
CAPiTULO VII
DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 29.- Es absolutamente prohihido utilizar cl
nombre MISION CRISTIANA "TESTIGOS DR JESlJS
AL MUNDO", (TJM), en cualquier negocio o transacciOn
ajena a los objetivos del mismo.
Articulo 30.- La MIS!ON CRISTIANA "TESTIGOS
DE JESUS AL MUNDO", (T JM), no tiene ningun
prop6sito de lucro, el propOs ito exclusivo es que con los
fondos que se obtengan, se pueda apoyar y crear cualquier
proyecto similar a los fines y objetivos de su creaciOn.
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La Gaccta
Articulo 31.- Los presentes Estatutos tienen vigencia
indefinida y podnln ser derogados cuando asi lo dec ida Ia
Asamblea General Extraordinaria que se celebre al efecto,
previa convocatoria, pudiendo ser reformados por el voto
favorable de las 2/3 partes de los miembros de laAsamblea
General.
SEGUNDO: La MISJON CRISTJANA "TESTIGOS
DE JESUS AL MUNDO" (fJM) presentara anualmente
ante Ia Secretaria de Estado en los Despachos de! Interior
y Pohlaci6n, los estados financieros auditados que reflejen
los ingresos, egresos y todo movimiento econ6mico y
contable, indicando su patrimonio actual asi como las
modificaciones y variaciones del mismo. incluyendo
herencias, legados y donaciones a traves de un sistema
contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones
provenientes del extranjero, se sujetanln ala normativa
juridica imperante en el pais, aplicable seglln sea el caso,
a traves de los 6rganos Estatalcs constituidos para verificar
Ia transparencia de los mismos.
TERCERO: La MISION CRISTIANA "TESTIGOS
DE JESUS AL MUNDO" (T JM), se inscribira en Ia
Secretarfa de Estado en los Despachos del Interior y
Poblaci6n, indicando nombre complete, direcci6n exacta,
asi como los nombres de sus representantes y dem3.s
integrantesde Ia Junta Directiva, asirnisrno, se sujetanl a
las disposiciones que dentro su marco juridico le
corresponden a esta Secretaria de Estado, a traves del
respective 6rgano interne verificando el cumplirniento de
los objetivos para los cuales fue constituida.
CUARTO: La MISJON CRISTIANA "TESTIGOS
DE JESlJS AL MUNDO" (T JM), se somete a las
disposiciones legales y politicas establecidas por Ia
Secretaria de Estado en los Despachos del Interior y
Poblaci6n y demils entes contralores del Estado,
facilitando cuanto docurnento sea requerido para garantizar
Ia transparcncia de Ia administraci6n, quedando obligada,
ademJ.s, a presentar informes peri6dicos anuales de las
actividades que realicen con instituciones u organismos
con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos
y fines para lo cual fue autorizada.
QUINTO: La disoluci6n y liquidaci6n de Ia MISION
CRISTIANA "TESTJGOS DE JESUS AL MUNDO"
(TJM), se hara de conformidad a sus estatutos y las !eyes
vigentes en el pais, de Ia que una vez canceladas las
SccdOn B Avisos Legales
2012 No. 793
obligaciones contraidas, el excedente pasarii a formar parte
de una organizaci6n legalmente constituida en Honduras
que retina objetivos simi lares o una de beneficencia. Dicho
tnimite se hara bajo Ia supervisiOn de csta Secretaria de
Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las
obligaciones y transparencia del remanente de los bienes
a que hace referenda el pitrrafo primero de este mismo
articulo.
SEXTO: Los presentes Estatutos entrariln en vigencia
luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados
en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones
establecidas en Ia Constituci6n de la RepUblica y las Leyes,
sus rcformas o modificaciones se someteritn al mismo
procedimiento de su aprobaci6n.
SEPTIMO: La presente Resoluci6n deberil inscribirse
en el Registro Especial del lnstituto de la Propiedad de
confonnidad con el articulo 2X de Ia Ley de Propicdad.
OCTAVO: Instruir a Ia Secretaria General para que de
Oficio proceda a remitir el expediente a Ia Unidad de
Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles
(U.R.S.A.C.), para que emita Ia correspondiente
1nscripci6n.
NOVENO: Para los efectos legales consiguientcs y
previa a emitir Ia certificaci6n de la presente resoluci6n,
el interesado, de hera cancelar al Estado de Honduras, Ia
cantidad de doscientos Lempiras (Lps. 200.00) de
conformidad con lo establecido en el Articulo 49 de Ia
Ley de Fortalecimiento de los lngresos, Equidad Social y
Racionalizaci6n del Gasto PUblico, creado mediante
Decreta Legislative No. 17-20 I 0 de fecha 2Ide abril de
2010. NOTIFiQUESE. (I) CARMEN ESPERANZA
RIVERAPAGOAGA, SUBSECRETARIADE ESTADO
EN EL DESI'ACHO DE I'OBLACION Y
PARTICIPACION CIUDADANA. (f) PASTOR
AGUILAR MALDONADO, SECRETARJO GEN-
ERAL".
Extendida en Ia ciudad de Tegucigalpa, municipio del
Distrito Central a los dace dias del mes de marzo del dos
mil dace.
PASTORAGUILARMALDONADO
SECRETARlO GENERAL
IIA.2012
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CONVOCATORIA
FINANCIERACODIMERSA,S.A.
El Consejo de Administraci6n de FINANCIERA
CODIMERSA, S.A., por este medio CONVOCA a todos
sus Accionistas a Ia 17ava. Asamblea Ordinaria de
Socios Accionistas que se llevanl a cabo el dia Jueves
Veintiseis de Abril del presente ai\o, a partirde las 6:30
P.M., en el local que ocupa edificio Codimersa en esta
ciudad.
En caso de no haber quOrum en Ia fecha y bora indicada,
se convoca para el siguiente dia Viemes Veintisiete de
Abril, enel mismo lugary hora, cuyo caso laAsamblea se
celebraci con cualquier nllmero de accionistas o acciones
representadas.
Santa Rosa de Copan, 27 de marzo de 2012
SECRETARIOCONSEJODEADMINISTRACH)N
IIA.2012
CONVOCATORIA
MULTISERVICIOS, S.A. DE C.X
SECONVOCA
A los sefiores accionistas de Ia Sociedad:
MULTISERVICIOS, S.A. de C.V., para que concurran el
dia MIERCOLES 25 DEABRILDEL2012,ALAS 10:00
A.M., en Ia sala de conferencias del tercerpiso del edificio
de Ia Sociedad Clinicas Viera, a Ia ASAMBLEA GENE-
RAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, para tratar
asuntos relacionados con el Articulo No. 168 del C6digo
de Comercio.
En caso de no haber quOrum en Ia fecha indicada, Ia
Asamblea se celebrara el siguiente dia en ellocal y hora
indicada con los accionistas que concurran.
MULTISERVICIOS, S.A. DE C.V.
Consejo de AdministraciOn
II A. 2012
CONVOCATORIA
METROPOLITANADE INVERSIONES
HONDURENA, S.A. DE C.V.
SECONVOCA
A los seiiores accionistas de Ia Sociedad:
METROPOLITANA DE INVERSIONES HONDU-
RENA, S.A. de C.V., para que concurran el dia MIER-
COLES 25 DE ABRIL DEL2012,ALAS !0:15A.M.,
en Ia sala de conferencias del tercer piso del edificio de
Ia Sociedad Clinicas Viera, a Ia ASAMBLEA GENERAL
ORDINARIA DE ACCIONISTAS, para tratar asuntos
relacionados con el Articulo No. 168 del C6digo de
Comercio.
En caso de no haber quOrum en Ia fecha indicada, Ia
Asamblea se celebrani el siguiente dia en ellocal y hora
indicada con los accionistas que concurran.
MEIROPOI.ITANADE INVERSIONES
HONDURENA,S.A.DEC.V.
Consejo de Administraci6n
IIA.2012
CONVOCATORlA
LaAdministraci6n de la Sociedad Mercantil GALILTEC, S.A.
de C.V., de este dornicilio, convoca a unaAsamblea General Or-
dinaria de Accionistas, a celebrarse el dia veintiseis de abril del
aii.o dos mil doce a las diez de la maiiana (1 0:00A.M.), en su
domicilio social de San Pedro Sula, Cortes.
AGENDA
1. Apertura deAsamblea y ComprobaciOn del quOrum.
2. Infonne del Consejo deAdministraciOn.
3. Lectura del Balance General y Estado de Resultado al 31 de
diciembre del20 11.
4.lnfonne del Comisario.
5. DiscuciOn, aprobaciOn o modificaciOn del Balance General y
Estado de Resultados.
6. ElecciOn del Consejo deAdministraciOn.
7. Asuntos Varios.
8. AprobaciOn del Acta de laAsamblea General Ordinaria.
Si por falta de quOrum nose pudiera celebrar laAsamblea en la
fecha sefialada, queda convocada para el siguiente dia a Ia misma
bora yen el mismo Iugar, con los accionistas que concurran.
San Pedro Sula, Cortes, 28 demarzo de2012.
LAADMINISTRACION
II A.2012
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La Gnceta REPUBLICA DE HONDURAS- TEGliCIGALPA, M.D. C., 11 DE ABRIL DEL 2012 No. 32,793
M[II St>ltcitud· 2011-034808
Ill hcho de pre<entactOn 1811012011
131 Solicuud de reg1.<lrn tie· MARCA DE FABRICA
A.- TITL'LAR
141 Sohcttollte: I AllORATORtOS lt-Ol ER~ACIONc\LES, S. A. DE C \'
14.1) DmniCtlto· TEGL:CtGA!.PA
14.2] Or~an!Zada h.uo los kye< de: l-lUNDLIRAS
B.- REGISTRO [XTRA~JERO
1~1 Re&istr<> h;\s.co: NO TitoNE OTROS REGISr!WS
C.- ESPLCI~"ICA('IOI';ES DE LA DENOMINAC16~
161 DcnmninaciOn y 1~.11 D1WIIl1Yo K!TAC"ID
KITACID
171 Cla;c lntemacional: 5
181 Protege y dtO!tngue:
Productos farmacOuhcos. vetermorios e htgiOntco>, productO> diet<!llc<>s para niilos y enfermm,
empla>tos. tnatenal para ''endajes. matortalcs para empa>lor los dientcs y pard unpronld> dentales
1.1.- APODEM.AI.IO LEGAL
191 Nombrc. BEl.KY ORD6Ntol
L'SO EXCLLISIVO DE LA OFICINA
Lo quo se pone en .;onocnmento ptibhco para efectos de ley correspondtente. Articulo 88 de Ia Ley de
Proptedad lndumtal
1111 Fecha de cm.,t&t: 4 de no'!embre del ailo 2011
)121 RESERVAS. Nt> tiene rc,en-a•
Abogada EllA SliYAPA ZELAYA VALLADARioS
Re~tstrador(a) de Ia Proptodad tndu,tnal
II. 26 A .. y 14M. 2012
Ill Sohcl!ud: 201 l·034Kl 0
Ill Fecha de preoentaci6n: 181!012011
(3) SoiLcttud de registro de: MARCA DE FA!IRICA
A.· TJTliLAR
(41 Soliclfame: LABORAIORIOS ll><TERNAC!Ot-OALE~. SA n1o C. V.
(4.1] Domicilio· TEGUCIGALPA
(4.2) Or~an!Zada baJO Ia. !eyes de HONDURAS
D.- REGISTRO EXTRA~JERO
(~I Registro bolsico: NO TlENt UTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIOr.'ES llE LA Df.NO~IINACI6N
1~1 Denommac16n y (~.!] D"tmlivo: K.JTAGOMA
(7] Claoc lnternacional: 5
(8] Protege y d"tingue:
KITAGOMA
ProductO> farmaeOutico•. votermarius c higiOntcos. produc!os dtell~ltC<» para ntt\os y enfermos,
etnpla"os. material para ve,dajcs, mafertalo• para empastar los dtentes.
D.- APODERADO LEGAL
(91 Nombre. BELKY ORD6NEZ
liSO F.XCLLISIVO DE LA OFICINA
Lo que '" pone en conocttn1ento ptibltco poro efccto• de ley correspondtente, Articulo 88 de lo Loy de
Propiedad Industrial.
jill Fccha dt: ennsiOn: 4 de uov•ombre del aiio 20 l l
jUj RESERVAS No tienc rcservas
Abogada EDA Sl'YAPA ZElAYA VALLADARES
Registrodor(a) de Ia Propiedad lndu>lnal
ll.26A,y l4M.20Jl
Ill Solienud: 2011-014812
121 fecha de presentaciOn: [81101201 I
IJI Solicttud de regi!Oro de: MARC" A DE ~AIIRICA
A.- TITULAR
141 Soltctlante: LABORATORIOS INTERNAC"IONALES, S. A. DEC V.
(4.1) Domic!lio: TEGUCIGALPA
)4.21 Organt7ada ba)O las !eyes de-. HONDURAS
0.- REGISTRO EXTRANJERO
(51 Re~tstro b.asico· NO T!El'>E O!ROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACI6N
161 Denominac"'"' y )~.11 Distinttvo·. KITACNE
]7) Clase lmernactonal: 5
(81 Prote~e y distmgue:
KITACNE
Productos farmacOuttcos. vetonnarios e higieoicos. productos dieteucos para 111iios y onfennos.
Fabricmplosros, motcnal para vcnJdj<>, •natertales para empastar lo< d.entes
ll.- APODERADO LEGAL
191 Notnhre· B~lXY OIW6NFZ
USO EXCLUSI\"0 DE LA Qt'lctr.'A
l.o que <c pone en conocun,enlo pitbhco para declo> de loy cnrrcspondicntc. Arttculn X8 M I<~ L"Y de
l'roptedad lndustrtal.
jill !-echo de emi•iOn· 4 de IIOVtcmbre Jd olio 2011
1121 RESERVAS: No Ttene resorvas
Abo~ada EDA SLIYAPA ZFLAYA VAI.LAUARbS
Regtstrador(a) de Ia Proptedad InduMnal
11.26A.. y 14M.2012
Ill Soltcuud: 201 l-0~481]
121 l'echa de prescnlaetOn 18.'1012011
pj Solkttud de registro de: MARC A DE FABRIC" A
A.- TITL"LAR
)4) Solicitantc: LABORATORIOS INTERt-OAC"lOt--.'ALfS. S. A DE C. V.
)4.1) Domtctho: TH!UCIGALPA
(4.21 Organllada hoJO las kyes de HONDURAS
B,- R[{;ISTRO EXTRANJERO
1~1 Registro b:ISlco: 1'0 TIENb OTROS REGISTROS
C.- ESI'ECIFICACJO:>jF.S DE LA OENOMINAC16N
(iij Denommact6n y jli.ll DISI11111VO. KITA~\LEI\0
)7( Clase lnten>aCtnnol: 5
181 Protege y d"tmgue:
KITASUENO
Productos formaduticos. vdertnartos c hlgtentcos, productos dtetdtcos para tllt1<" y e11fonnos,
empl.stos, matertal p•ra vcndajcs. matertalcs para ernpastar los diente<
D.- APODERADO I.EGAL
191 Numbre: FlloLKY ORD6NFZ
!:SO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que •e pont en couocnnicnto pUblico pat• efectos de ley corrcspondtente. Articulo 8~ de I• Ley de
Propiedad lnd~•trial.
1111 ~-echo de etn,.l6n: 4 de novtetnbrc del at'io 20 l I
1121 RESERVAS: No tienc reser.a.
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARllALES
Regimador(a) de I• Proptedad luduolnal
II. 26 A.. y 14M. 2012
(IJ S<>ltcllud· 2011-034807
121 ['echa de presentaci6n 1~.'10/2011
jJJ Solioitud de registro de: MARC A DE FABR!CA
A.- TITIILAR
(41 Sohc•tonte: LABORI\TORIOS INTERNACJOt-01\1 ES, SA. DEC V.
(4.1) DomtLtho: TEGUCIGALPA
{4.lj Organ,.ada bajo las !eyes de. HONDURAS
B.- REGJSTRO EXTRA~JJo:RO
1~1 ReglStrO b:isito NO TIENE OTROS REG!STROS
C.- ESPECIFICACIONES J)E LA [)Jo:NOMINACI6N
)6) Denommaci6n y (6.1) DISUntivo: PLATYNE
(71 ("lase Intemactonal· 5
[8] Protege y d!Stingue:
PLATYNE
Productos farmacCuflcos. veJert!lanos e higtCntcos. productn• diereticoo para ntiios y cnfennos,
etnplastos. matertal para vendajes, tnalertoles p•ra em pastor los dtentes.
D.- APODERADO LF.GAL
1~1 !->otnbre: BELKY 0RD6NEZ
!ISO EXCLUSJVO Ill<: LA OF]Ci!';A
Lo que se pon<: en conoc1mten1o ptibhco para efectO> de ley corre<pond!tnte. Aruculo 88 de Ia Ley de
Proptedad lndu•tnal
Ill) fecha de etnts16n: 24 de novtetnbre del aBo 2011
Ill) RESERVAS. No ftene reservas
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Rcgtstrador(a) de Ia Propiedod lndustnal
11, 26 A, y 14M. 2012
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados
UDI-DEGT-UNAH
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La Gaccta
-11 Solic!tud: 5162-2012
21 Fccha de pres~,;ntacLOn: 14-02-2012
3/ Solic1tud de registro d~,;. SENAL DE PROPAGANDA
A.-TITULAR
4/ Solicitante: POR SALUD, S.A.
4.1/ Domicilio: EDIFICIO CAPITAL PLAZA, PISO 8, AVENIDA ROBERTO
MOTTA, COSTA DEL ESTE. CIUDAD DE PANAMA, REPUBLICA DE
PANAMA
4.21 Organizada bajo leye& de: Pan·dmit
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5 Registro bilsico·
5.1/ fecha:
5.21 Pais de ongen:
5.31 COdigo pais:
C.- F:SPECIFICACIONES DE LA OENOMINACI<)N
61 DenominaciOo y 6.11 Distintivo: Atenci6n Mi:dica Domiciliaria VIP
6.2/ Reivind1cacioncs:
7/ Clase Jntcrnacional: 44
81 Protege y distingue:
Alenci6n Medica
Domiciliaria VIP
Scrvicios medicos. cuidados de higicne y de hclleza para personas.
8.11 Pilgina Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: JUAN DIEGO LACAYO GONZALEZ.
E.- SUSTITUYE PODER.
101 Nombrc.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conoctmicnto pUblico pam efectos de Icy correspondiente. Articulo
hh de Ia Ley de Propiedad Industria[.
11/ Fecha de cmtsi6n: 24102112
121 Reservas:
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de Ia Propiedad Industrial
II, 26 A., 14M. 2012.
1/ Solicitud: 5161-2012
21 Fccha de presentaci6n: 14-02-2012
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERV1CIO
A.-TITULAR
41 Solicitante: POR SALUD, S.A.
4.1/ Dotnicilio·. EDIFICIO CAPITAL PLAZA, PJSO 8, AVENIDA ROBERTO
MOITA, COSTA DEL ESTE, CIUDAD
DE PANAMA, REPUBLICA DE PANAMA
4.2/ Organizada bajo !eyes de: Panam:l
B.- REGISTRO EXTRANJERO
~ Registro b<isico:
~-11 Fecha:
5.2t Pais de origen:
5.3/ COdigo pais:
C.- ESPECIFICACIONF,S DE LA DENOMINACT6N
6/ Dcnominaci6n y 6.11 Distintivo: AMD24
AMD24
6.21 Reivindicacioncs: NO SE REIVINDICA EL REGISTRO DEL NUMERO 24
71 Clasc Internacional: 44
8! Protege y distingue:
Servicios medkos, cuidados de higicne y de hclleza para personas.
8.1/ Piigina Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
.9! Nombrc: JUAN DIEGO LACAYO GONZALEZ.
E.- SUSTITUYF: PODER.
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento pUblico para cfectos de ley correspondtcntc. Articulo
88 de Ia Ley de Propiedad IndustriaL
I if Fecha de emisi6n: 24102/12
121 Resefvas:
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de Ia Propiedad Industrial
II, 26 A., 14M. 2012.
INVITACJON A LICITACION PiJRLICA
LA AIWERIA, DEPENDENCIA DEL INSTITUTO DE
PREVISION MILITAR, POR ESTE MEDIO INVITA A LAS
EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE VEHiCULOS
AUTOMOTORES A PARTICIPAR EN LA LICITACION
PUBLICA No. 001-2012 PARA LA ADQUISICION DE
TRES (3) VEHiCVLOS AUTOMOTORES NUEVOS, DOS
(2) TIPO PICK llP CABINA SENCILLA Y UNO (I) TIPO
PICK llP DOBLE CABINA.
La Administraci6n General de La Armeria, ha programado dcntro
de su presupuesto del presente aiio, Ia compra de tres (3) vehfculos
automotores nuevos, dos (2) tipo pick up cab ina sencilla y uno ( l)
tipo pick up doble cabina, misma que se realiZani mediante el
procedimiento de Licitaci6n PUblica en consonancia con los principios
de sana competitividad y transparcncia.
La bases de Ia Licitaci6n estarJ.n disponibles para los interesados a
partir del dia 16 de abril de 2012 en un horario de 09 A.M. a 5:00
P.M., en cl edificio principal de LaArmeria, localizado en el barrio
La Granja, boulevard Comunidad Econ6mica Europea, en Ia ciudad
de Comayagiiela.
Las bases de esta Licitaci6n se adquirinln previa al pago no
reembolsable de doscientos Lempiras exactos (Lps. 200.00). Este
pago se hanl en efectivo en Ia secci6n de Caja de La Armeria.
Financiamiento: Fondos propios de LaArmeria.
Lugar, fecha y hora de entrega de las ofertas:
Las ofertas se presentarim en las oficinas principales de LaAnneria
barrio La Granja, boulevard Comunidad Econ6mica Europea, a mas
tardar el dia 10 de mayo de 2012 a las 9:30A.M. . En
esta misma fecha se darli apertura a las ofcrtas a las--10:00
A.M. -
No se accptarlin ofertas que se presenten fuera del dla y hora
limite seiialados para este efecto.
Comayagtiela, M.D.C., __ ll __de __abril __de 2012.
OSCAR ALFREDO FLORES BARAHONA
GENERAL DE BRIGADA
ADMINISTRADOR GENERAL, LA ARMERiA.
l!A.2012
••••••••••••••••••••••••••••••• •• LA EMPRESA NACIONAL DE •• •• •• ARTES GMFICAS •• •• •• No es responsahle del contenido de las •• •• •• publicaciones, en todos los casos Ia misma •• •• •• es tiel con el original que recibimos para •• •• el prop6sito . •• •• •••••••••••••••••••••••••••••••
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Derecho Reservados
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