VigenteCategoria: Laboral
9 de julio de 2026 | La Gaceta No. 37,189

Reglamento — Reglamento Operativo para la Aplicación de la Amnistía y Depuración de Cuentas por Cobrar del IHSS

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Resumen

Este reglamento organiza cómo el IHSS perdona deudas y limpia cuentas vencidas de patronos y trabajadores que cerraron operaciones sin avisar. Establece los pasos que deben seguir diferentes departamentos del IHSS para investigar, aprobar y registrar estas depuraciones, asignando responsabilidades claras a cada área para resolver solicitudes en máximo 10 días.

Considerandos

  1. 1.Se INSTRUYE a la Dirección Ejecutiva que a partir de la fecha de la presente resolución puede dar por recibidas las solicitudes de amnistía que le sean presentadas, mismas que serán resueltas una vez publicado el correspondiente reglamento. TERCERO: Se INSTRUYE a la Dirección Ejecutiva que a través del Departamento de Organización y Métodos realice la socialización correspondiente. CUARTO: Se INSTRUYE a la Dirección Ejecutiva que a su vez ordene a las áreas respectivas del IHSS, realizar las publicaciones que por Ley correspondan.
  2. 2.Se INSTRUYE a la Dirección Ejecutiva que su vez ordene a las áreas involucradas, proceder a dar cumplimiento a la presente resolución, conforme a los procedimientos administrativos legales vigentes; debiendo presentar ante la Junta Directiva del IHSS los resultados obtenidos posterior a la aplicación de la presente amnistía. SEXTO: La presente resolución es de ejecución inmediata. NOTIFIQUESE...".

Articulos

Articulo 30

DEL PROCESO DE OFICIO PARA LA DEPURACIÓN Y SANEAMIENTO DE LA CARTERA DE CUENTAS POR COBRAR IDENTIFICADAS COMO FACTURAS DUPLICADAS. La Subgerencia de Afiliación debe realizar la revisión de las denominadas “facturas duplicadas” y con el apoyo del Equipo de Integraciones proceder a la regulación del estado de cuenta patronal del patrono. CAPÍTULO XI DEPURACIÓN Y SANEAMIENTO DE LA CARTERA DE CUENTAS POR COBRAR CONSIDERADAS INCOBRABLES

Articulo 31

RESPONSABILIDADES DE CADA DEPENDENCIA EN EL PROCESO DE DEPURACIÓN -- 58 of 240 -- Y SANEAMIENTO. A continuación se detallan las responsabilidades que tendrá cada dependencia del IHSS en el proceso de depuración y saneamiento de la cartera de cuentas por cobrar consideradas incobrables de aquellos cotizantes, personas naturales o jurídicas que cerraron operaciones y no informaron al IHSS pero cuentan con la documentación que acredita dicho cierre o que la misma se encuentra consignada en informes de consultorías externas que estén liquidadas y fenecidas, debidamente comprobadas: l. Comité de Recaudaciones: Es el responsable de la supervisión y reportar a la Máxima Autoridad Institucional y Ejecutiva los resultados de la aplicación del Decreto Legislativo No.44-2025 y su ampliación en el Decreto Legislativo No. 78- 2026; y, demás funciones de acuerdo al Reglamento Operativo del Comité de Recaudaciones del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS). 2. Departamento de Control Patronal: Es la responsable de resolver en tiempo y forma las solicitudes de depuración presentadas por los patronos a través de la Subgerencia de Recaudación y/o de las Oficinas Regionales, para adherirse a la depuración de cuentas por cobrar consideradas incobrables de cotizantes, personas naturales o jurídicas que cerraron operaciones y no informaron al IHSS pero cuentan con documentación que acredita el hecho. Asimismo, debe realizar el debido proceso de investigación en las alcaldías municipales, autoridades tributarias, cámara de comercio y otras instituciones, de las cuentas obrero patronales reportadas por la Subgerencia de Recaudación y/o de las Oficinas Regionales que no ha sido posible su ubicación fisica y/o fue una afiliación de oficio sin registro de pago en los últimos cinco (5) años. El resultado de la investigación debe ser completado en un término no mayor a diez (10) días hábiles y realizar las acciones correspondientes, informando si procede un cobro o una depuración total o parcial de los valores registrados. 3. Departamento de Tesorería: Es el responsable del descargo/certificar a diario de la totalidad de recibos ingresados en el aplicativo de Monitoreo de Transacciones SAP que están en categoría: Aprobados para Descargo o Ingresados. 4. Equipo de Integraciones: Está integrado por el Departamento de Tesorería, Subgerencia de Recaudación, Subgerencia de Contabilidad, Subgerencia de Afiliación, Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones y demás dependencias involucradas, quien tendrá la responsabilidad de trabajar en el proceso de depuración de las cuentas incobrables. -- 59 of 240 -- 5. Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones: Es la responsable de facilitar los aplicativos y atender de forma oportuna las solicitudes y/o reportes de incidentes generados en los aplicativos/sistemas que intervienen en el proceso de depuración y saneamiento de la cartera de cuentas por cobrar consideradas incobrables, de acuerdo a la solicitud de las dependencias involucradas en este proceso. 6. Máxima Autoridad Institucional: Es la responsable de brindar el visto bueno para realizar los ajustes contables de acuerdo a lo reportado por la Subgerencia de Contabilidad y los Informes de Depuración Externos Contratados. Asimismo, debe instruir la remisión de los informes de depuración a los Entes Contralores, Fiscalizadores y Reguladores a través del Enlace nombrado para tal fin para su conocimiento. 7. Subgerencia de Afiliación: Debe proceder de oficio al saneamiento de las Cuentas Obrero Patronales que de manera histórica presentan planillas duplicadas en sus estados de cuenta. 8. Subgerencia de Contabilidad: Es la responsable de informar para su autorización a la Máxima Autoridad Institucional la elaboración de los ajustes contables para la depuración, conciliación y descargo del Sistema Contable y Financiero relacionado con las cuentas por cobrar consideradas incobrables de cotizantes, personas naturales o jurídicas que cerraron operaciones y no informaron al IHSS pero cuentan con documentación que acredita, mediante la emisión de un informe del Departamento de Control Patronal y/o de los emitidos en los Informes de Depuración Externos. Lo anterior para cumplir con la razonabilidad de las cifras que muestran los estados financieros para construir oportunamente las reservas necesarias, contribuyendo asimismo a la adecuada toma de decisiones al disponer de la información completa, confiable y oportuna. 9. Subgerencia de Recaudación: Es la responsable de la recepción de las solicitudes de depuración presentadas por los patronos cuyas cuentas por cobrar consideradas incobrables de cotizantes, personas naturales o jurídicas que cerraron operaciones y no informaron al IHSS pero cuentan con documentación que acredita, y trasladar la misma al Departamento de Control Patronal. De acuerdo al resultado de la investigación del Departamento de Control Patronal debe realizar el cobro de las cuentas obrero patronales. Asimismo, debe realizar de manera simultánea con el proceso de la Subgerencia de Contabilidad, -- 60 of 240 -- la depuración de las cuentas por cobrar en los denominados sistemas legados. 10. Demás dependencias del IHSS: Atender en tiempo y forma las solicitudes que se generen por las dependencias involucradas en el proceso de depuración y saneamiento de las cuentas por cobrar consideradas incobrables.

Articulo 32

RESPONSABLE DE LA RECEPCIÓN DE LAS SOLICITUDES DE DEPURACIÓN Y SANEAMIENTO DE LAS CUENTAS POR COBRAR. Los responsables para la recepción de solicitudes de depuración presentadas por los patronos que se amparen al Decreto Legislativo No.44-2025 y su ampliación en el Decreto Legislativo No.78-2026, para la depuración y saneamiento de la cartera de cuentas por cobrar consideradas incobrables, será el personal de la Subgerencia de Recaudación o en el resto del país en las diferentes Oficinas Regionales.

Articulo 33

RESPONSABLE DEL PROCESA- MIENTO DE LAS SOLICITUDES DE DEPURACIÓN Y SANEAMIENTO DE LAS CUENTAS POR COBRAR. Los responsables del procesamiento de las solicitudes de depuración presentadas por los patronos que se amparen al Decreto Legislativo No.44-2025 y su ampliación en el Decreto Legislativo No.78-2026, para la depuración y saneamiento de la cartera de cuentas por cobrar consideradas incobrables, será el personal del Departamento de Control Patronal quien emitirá un informe con el resultado de la investigación realizada donde indique si procede una depuración parcial o total; o bien, si no aplica el proceso.

Articulo 34

RESPONSABLE DE LA CUSTODIA DE LOS EXPEDIENTES DE DEPURACIÓN, CONCILIACIÓN Y DESCARGO DEL SISTEMA. La Subgerencia de Afiliación a través del Departamento de Control Patronal es la encargada del resguardo y custodia de la documentación de las solicitudes de depuración y saneamiento de la cartera de cuentas por cobrar consideradas incobrables, dejando constancia en cada expediente patronal y en el aplicativo tecnológico que se designe para tal efecto. La Subgerencia de Contabilidad es la responsable de que los asientos contables que se realicen derivado del proceso de depuración y saneamiento de la cartera de cuentas por cobrar consideradas incobrables, cuenten con la documentación correspondiente. CAPÍTULO XII APOYO INTERINSTITUCIONAL PARA EL PROCESO DE DEPURACIÓN Y SANEAMIENTO DE LA CARTERA DE CUENTAS POR COBRAR CONSIDERADAS INCOBRABLES

Articulo 35

INSTITUCIONES U ÓRGANOS DE COLABORACIÓN. Para el proceso de depuración y saneamiento de la cartera de cuentas por cobrar consideradas incobrables de aquellos cotizantes, personas naturales o -- 61 of 240 -- jurídicas que cerraron operaciones y no informaron al IHSS pero cuentan con la documentación que acredita dicho cierre o que la misma se encuentra consignada en informes de consultorías externas que estén liquidadas y fenecidas, debidamente comprobadas, el Departamento de Control Patronal perteneciente a la Subgerencia de Afiliación está autorizado para requerir información completa, confiable y oportuna a las entidades públicas y privadas con la finalidad de documentar los casos que impliquen depuración, conciliación y descargo del sistema; para tal efecto, durante el proceso podrá solicitar información sin que sea limitativo a las siguientes instituciones: 1. Alcaldías Municipales. 2. Servicio de Administración de Rentas (SAR). 3. Cámaras de Comercio. 4. Registro Mercantil. 5. Instituto de la Propiedad. 6. Colegios Profesionales. 7. Burós de Crédito. 8. Registro Nacional de las Personas. 9. Comisión Nacional de Bancos y Seguros. 10. Cualquier otra institución relacionada. CAPÍTULO XIII DE LA ACTUALIZACIÓN DE DATOS Y DOCUMENTACIÓN DEL PATRONO

Articulo 36

ACTUALIZACIÓN DE DATOS Y DOCUMENTACIÓN DEL PATRONO. Con el propósito de fortalecer el proceso de actualización de datos y documentación en el expediente patronal en fisico y a nivel de sistemas/aplicativos, toda la información que se capte derivado de la aplicación del Decreto Legislativo No.44- 2025 y su ampliación en el Decreto Legislativo No.78-2026, debe ser procesada por el Departamento de Control Patronal en tiempo y forma y sin excepción alguna, teniendo acceso al entregarse la información por el patrono; o bien, en el aplicativo donde se haga recepción de la misma. CAPÍTULO XIV DE LAS SANCIONES

Articulo 37

SANCIONES. El incumplimiento a las responsabilidades y funciones por parte del personal involucrado en el proceso de amnistía y/o de depuración y saneamiento de la cartera de cuentas por cobrar consideradas incobrables, se considera una falta para todos los efectos laborales y su correspondiente sanción será en concordancia con la calificación que resulte de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento Interno de Trabajo del IHSS y demás normativa aplicable. CAPÍTULO XV DE LAS DISPOSICIONES VARIAS

Articulo 38

DE LAS DISPOSICIONES SUPLETORIAS. En caso de ausencia de algo no contemplado en el presente -- 62 of 240 -- reglamento, se aplicará supletoriamente el Decreto Legislativo No.44-2025 y su ampliación en el Decreto Legislativo No.78-2026, la Ley del Seguro Social y su Reglamento, la Ley General de la Administración Pública, Ley de Procedimiento Administrativo, la Ley del Sistema Financiero, o cualquier otra disposición legal aplicable.

Articulo 39

DISPOSICIONES FINALES. Para los efectos del presente Reglamento se establecen las siguientes disposiciones finales: 1. El presente Reglamento será revisado cuando apliquen cambios en la legislación en que se enmarca; o bien, en las disposiciones internas del IHSS derivadas de las evaluaciones realizadas. 2. Toda modificación al presente Reglamento debe ser sometida a aprobación de la Máxima Autoridad Institucional.

Articulo 40

SOLICITUDES DE AMNISTÍA EN PROCESO INGRESADAS BAJO DECRETO LEGISLATIVO NO.7-2024. Las solicitudes de amnistía ingresadas bajo el Decreto Legislativo No.7-2024 que no han sido finalizadas por temas de sistemas, corresponde a la Subgerencia de Recaudación revisar cada caso para cerrar el expediente, sea registrando el convenio a nivel de sistemas o solicitando el descargo de cotizaciones obrero patronales por medio del aplicativo de Monitoreo de Transacciones SAP. En el caso de que el expediente de amnistía se encuentre en proceso de subsanación y el patrono no ha remitido la documentación solicitada, la Subgerencia de Recaudación denegará la solicitud ingresada y el patrono debe actualizar la documentación con los requisitos consignados en el presente reglamento generándose una nueva solicitud de amnistía.

Articulo 41

DE LA DEROGACIÓN. Queda derogado todo reglamento o disposición que haya regulado previamente un decreto de amnistía y/o depuración y saneamiento de la cartera de cuentas por cobrar consideradas incobrables del IHSS.

Articulo 42

DE LA VIGENCIA. El presente Reglamento entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. CÚMPLASE. Tegucigalpa, M.D.C., 25 de junio de 2026 Fernando Puerto Castro Presidente y Miembro Propietario de la Junta Directiva del IHSS José Miguel Castillo Hurtado Miembro Propietario Sector Gubernamental en la Junta Directiva -- 63 of 240 -- Josué Jeremías Orellana Miembro Propietario Sector Obrero en la Junta Directiva Gabriel Alberto Molina Delgado Miembro Propietario Sector Empleador en la Junta Directiva Vera Hilane Azize Aguilar Miembro Propietario Sector Empleador en la Junta Directiva Ramón Marin Aguilera Miembro Propietario (Por Ley) Sector Obrero en la Junta Directiva Evangelina Argueta Chinchilla Miembro Propietario Sector Obrero en la Junta Directiva Helui Guadalupe Castillo Hung Miembro Propietario Sector Empleador en la Junta Directiva Samuel Francisco Santos Fuentes Miembro Propietario Sector Médico en la Junta Directiva SEGUNDO: Se INSTRUYE a la Dirección Ejecutiva que a partir de la fecha de la presente resolución puede dar por recibidas las solicitudes de amnistía que le sean presentadas, mismas que serán resueltas una vez publicado el correspondiente reglamento. TERCERO: Se INSTRUYE a la Dirección Ejecutiva que a través del Departamento de Organización y Métodos realice la socialización correspondiente. CUARTO: Se INSTRUYE a la Dirección Ejecutiva que a su vez ordene a las áreas respectivas del IHSS, realizar las publicaciones que por Ley correspondan. QUINTO: Se INSTRUYE a la Dirección Ejecutiva que su vez ordene a las áreas involucradas, proceder a dar cumplimiento a la presente resolución, conforme a los procedimientos administrativos legales vigentes; debiendo presentar ante la Junta Directiva del IHSS los resultados obtenidos posterior a la aplicación de la presente amnistía. SEXTO: La presente resolución es de ejecución inmediata. NOTIFIQUESE...".

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