Vigente
Decreto No. SEFIN-241-2020 | 12 de octubre de 2020
Acuerdo Ministerial No. SEFIN-241-2020 — Instructivo Técnico Tributario Aduanero para la Aplicación del Decreto 43-2020
Articulos
Articulo 1
del Decreto 43-2020 Contentivo de la Reforma del Artículo 39 del Decreto 33- 2020 Atender la Emergencia Sanitaria y -- 3 of 4 -- Servicio de Administración de Rentas Tributar es ProgreSAR Tegucigalpa M.D.C., Lote 1516, bloque C6, Residencial El Trapiche, contiguo a la ENEE, Teléfono 2235 -2150 Colonia Palmira, Costado Oeste de la Embajada Americana, Teléfonos 2238-2525, 2221-5594 www.sar.gob.hn Tegucigalpa M.D.C. 12 de octubre de 2020 Abog. Mayda Arely Sosa Alvarez Especialista de Acceso a la Información Pública Servicio de Administración de Rentas Combatir los Efectos del Probable Riesgo de Infección por Coronavirus. -- 4 of 4 --
Leyes relacionadas
Acuerdo Ministerial No. SEFIN-528-2020 — Ampliación de la vigencia de beneficios fiscales contenidos en los Acuerdos No. 232-2020 y No. 241-2020
Decreto SEFIN-528-2020 | 2021
REPORTE DE Gacetas
Decreto 266-2013 | 2021
Acuerdo Ministerial No. SAG-192-2021 — Reintegración a la flota pesquera nacional de caracol de la embarcación REY KIM
Este acuerdo reintegra la embarcación pesquera REY KIM a la flota nacional de caracol después de haber sido excluida injustamente en 2015. La embarcación ahora es la número 14 de la flota y recibe la misma cuota de captura que las otras 13 embarcaciones autorizadas, permitiendo que su propietario vuelva a la actividad de pesca de caracol.
Decreto SAG-192-2021 | 2022
Acuerdo Ministerial No. 611-2021 — Normas para el Cierre Contable del Ejercicio Fiscal 2021 y Disposiciones Operativas
Decreto 611-2021 | 2021
Decreto Legislativo No. 62-2020 — Ratificación de Decretos Ejecutivos PCM-040-2020, PCM-042-2020 y PCM-045-2020
El Congreso Nacional aprueba y ratifica tres decretos ejecutivos que extendieron la restricción de derechos constitucionales durante la pandemia de COVID-19 en mayo de 2020. La ley permite que ciertas actividades esenciales (hospitales, alimentos, seguridad, gobierno) continúen funcionando mientras se mantienen límites a la circulación, reuniones y libertades personales para contener el virus.
Decreto 62-2020 | 2020