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7 de julio de 2015Vigente Descargar PDF original

Acuerdo No. 08-2014 — Aprobación del Reglamento de la Secretaría General del Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial

Poder Judicial

  • Decreto: 08-2014
  • Publicación: 7 de julio de 2015
  • Órgano emisor: Poder Judicial
  • Gaceta: 33,775
  • Categoria: Constitucional

Considerandos

Que en Decreto No. 219-2011 de fecha 17 de Noviembre de 2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 32,706 de 28 de diciembre de 2011, entró en vigencia a partir del 17 de enero de 2012, la Ley del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial, como órgano constitucional de gobierno del Poder Judicial, con autonomía e independencia funcional y administrativa.

Que el Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial estará asistido entre otras dependencias por la Secretaría General, dependencia ejecutiva y de coordinación, bajo la directa supervisión del Presidente del Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial.

Que es facultad del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 3 literal j) y 70 de la Ley del Consejo de la Judicatura elaborar y aprobar los reglamentos que sean necesarios para el cumplimiento de sus instituciones; tal es el caso de este instrumento jurídico.

Texto completo

ACUERDO No. 08-2014

Tegucigalpa, M.D.C., 22 del septiembre de 2014

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

CONSIDERANDO: Que en Decreto No. 219-2011 de fecha 17 de Noviembre de 2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 32,706 de 28 de diciembre de 2011, entró en vigencia a partir del 17 de enero de 2012, la Ley del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial, como órgano constitucional de gobierno del Poder Judicial, con autonomía e independencia funcional y administrativa.

CONSIDERANDO: Que el Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial estará asistido entre otras dependencias por la Secretaría General, dependencia ejecutiva y de coordinación, bajo la directa supervisión del Presidente del Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial.

CONSIDERANDO: Que es facultad del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 3 literal j) y 70 de la Ley del Consejo de la Judicatura elaborar y aprobar los reglamentos que sean necesarios para el cumplimiento de sus instituciones; tal es el caso de este instrumento jurídico.

POR TANTO: En aplicación de los artículos 317 de la Constitución de la República; 1, 2, 3 reformado, 14, 17, 19 y 70 de la Ley del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial.

A C U E R D A:

Aprobar el siguiente:

REGLAMENTO DE LA SECRETARÍA GENERAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA Y DE LA CARRERA JUDICIAL

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES