Resolución No. 045-SR-15 — Nulidad de Marca de Fábrica UNIQ ONE
Resumen
Esta resolución anula el registro de la marca "UNIQ ONE" porque fue registrada después de marcas similares llamadas "UNIQUE" de otra empresa, violando las leyes de propiedad industrial. La decisión beneficia a JAFER LIMITED al proteger sus derechos sobre marcas anteriores y evita confusión entre consumidores.
Considerandos
- 1.Ratificar lo dispuesto mediante Resolución número 080-15 dictada en fecha 3 de marzo del 2015 por la Oficina de Registro de la Propiedad Industrial mediante la cual declara Sin Lugar el Recurso de Reposición interpuesto. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 20 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales
- 2.Contra de la presente resolución no procede ulterior recurso ordinario, dado que por disposición legal la misma agota la vía administrativa, por lo que si se estima conveniente se puede dar inicio por parte de quien le asista el derecho a las acciones de carácter judicial a que hubiera lugar estrictamente sobre pretensiones sujetas al Derecho Administrativo ante los Juzgados de Letras de lo ContenciosoAdministrativo dentro del plazo de treinta (30) días contados a partir del día siguiente de su notificación en la forma que estipula la Ley, ya que de acuerdo a lo dispuesto en el literal a) del artículo 4 de la Ley de la Jurisdicción de lo ContenciosoAdministrativo el conocimiento de las pretensiones sobre cuestiones de orden civil no corresponde a dicha jurisdicción, por lo que toda acción de naturaleza civil a las que haya lugar por parte de los titulares de derechos de propiedad industrial e intelectual deberá dirimirse entre las partes ante el fuero y en los términos dispuestos por el Código Procesal Civil. Una vez firme la presente resolución continúese con el procedimiento establecido por la Ley y manda que se devuelvan los documentos al lugar de su procedencia junto con la copia de la resolución para su debido cumplimiento. NOTIFÍQUESE. F) y S) Abog. JUAN CARLOS MEDIA COTO, Superintendente de Recursos. F) y S) Abog. ADELA IVONNE VALLADARES HERNÁNDEZ, Secretaria Superintendencia de Recursos”. Certificación que se extiende por solicitud hecha por el Abogado HECTOR ANTONIO FERNANDEZ PINEDA, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 09 días del mes de junio del año dos mil quince. Abog. Adela Ivonne Valladares Hernández Secretaria Superintendencia de Recursos 26 J. 2015. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de la ciudad de La Paz, departamento de La Paz, al público en general, HACE SABER: Que en este Juzgado de Letras Seccional, con fecha trece de julio del año dos mil diez, el señor LUIS TORRES FIALLOS, LUIS FIALLOS MARADIAGA O LUIS FIALLOS, desapareció sin que hasta la fecha se conozca su paradero y que si alguien tiene conocimiento o información del paradero de dicho señor, lo haga saber a los Tribunales de la República, publicaciones que se realizarán tres (3) veces por lo menos habiendo corrido más de cuatro (4) meses entre cada dos (2) citaciones. La Paz, La Paz, 08 de junio del 2015. ABOGADA NOHEMY MARTÍNEZ CASTILLO SECRETARIA 26 J. 2015. _______ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE RENOVACIÓN Y MODIFICACIÓN(ES) DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Renovación y Modificación de registro de plaguicidas a sustancia afín. El Abog. GUSTAVO ADOLFO ZACAPA, actuando en representación de la empresa DOW AGROSCIENCES GUATEMALA, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: FLASH 7.5 SL, compuesto por los elementos: 1.5% PICLORAM, 6% 2,4-D. Estado Físico: LIQUIDO. Formulador y país de origen: DOW AGROSCIENCES DE COLOMBIA, S.A./COLOMBIA. Tipo de uso: HERBICIDA. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No.642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. NOTA MARGINAL: MODIFICACIÓN POR CAMBIO DE CATEGORIA TOXICOLOGICA Y MODIFICACIÓN POR AMPLIACIÓN DE PRESENTACIONES COMERCIALES. Tegucigalpa, M.D.C., TREINTA (30) DE ABRIL DE 2014 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESESAPARTIR DE LAFECHA” DR. JOSÉ LIZARDO REYES PUERTO DIRECTOR GENERAL DE SENASA 26 J. 2015. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 21 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales Marcas de Fábrica 1/ Solicitud: 13213-2015 2/ Fecha de presentación: 06-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: Ascension Health Alliance (Organizada bajo las leyes de Missouri) 4.1/ Domicilio: 101 S. Hanley Road, Suite 450, St. Louis, Missouri 63105, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: MISSOURI B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 86/414,686 5.1/ Fecha: 03/10/2014 5.2/ País de origen: Missouri 5.3/ Código país: US C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ASCENSION Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Crear una comunidad en línea para usuarios registrados para el acceso a servicios y recursos estratégicos para el cuidado de la salud, específicamente una comunidad en el ámbito de información y consultoría sobre el cuidado de la salud, educación sobre el cuidado de la salud, servicios hospitalarios, servicios de instalaciones médicas clínicas, profesionales médicos, archivos médicos y dispositivos médicos; crear una comunidad en línea para el desarrollo y adopción de tecnologías relacionadas al cuidado de la salud y estilo de vida; crear una comunidad en línea para que usuarios registrados participen en discusiones, obtengan retroalimentación de los compañeros, y generen y compartan contenido en relación al cuidado de la salud; provisión de uso temporal de aplicaciones de software a base de la web para usar en el monitoreo de seguridad médica de pacientes y en la grabación, rastreo y reporte de pacientes y eventos médicos, específicamente, el monitoreo del ritmo cardíaco de pacientes, caídas de pacientes, instalaciones y tiempos de respuestas clínicas; provisión de uso temporal de aplicaciones de software a base de la web para usar en el monitoreo de la seguridad médica del paciente, del personal médico y de las instalaciones médicas; ________ ________ [1] Solicitud: 2015-000288 [2] Fecha de presentación: 05/01/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SYNGENTA PARTICIPATIONS AG. [4.1] Domicilio: SCHWARZWALDALLEE 215, 4058 BASILEA, SUIZA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: SUIZA. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TAPIOND [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones para destruir los animales dañinos, fungicidas, herbicidas, insecticidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: HÉCTOR ANTONIO FERNÁNDEZ PINEDA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 22 de mayo del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015. TAPIOND servicios de soporte técnico, específicamente solución de problemas de software de computadora y diagnosticar problemas de hardware de computadora; servicios de soporte técnico, específicamente la solución de problemas en la naturaleza de diagnosticar problemas con equipo y dispositivos médicos; servicios de automatización y colección de datos usando software patentado para evaluar, analizar y recolectar datos en los ámbitos de datos del cuidado de la salud, el estilo de vida, personal, datos introducidos por el consumidor y datos biométricos; proveer un sitio web que ofrece una tecnología que ofrece a los médicos a acceder a recursos en medicina clínica; todos los servicios antes mencionados provistos en parte para desarrollar y mejorar las vidas espirituales de individuos y siendo consistentes con las enseñanzas de la Iglesia Católica. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16/04/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015 1/ Solicitud: 2015-14849 2/ Fecha de presentación: 16-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Productos Alimenticios Diana, S.A. de C.V., (Organizada bajo las leyes de EL SALVADOR) 4.1/ Domicilio: 12 Ave. Sur # 111 Soyapango, EL SALVADOR 4.2/ Organizada bajo las leyes de: EL SALVADOR B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DIANA PIC NIC TODO MUNDO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao y sucedáneos del café, arroz, tapioca y sagú, harinas y preparaciones a base de cereales, pan, productos de pastelería y confitería, helados, azúcar, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos de hornear, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: ALVARO GUILLERMO AGUILAR FRENZEL E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29-04-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015 DIANA PIC NIC TODO MUNDO Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 22 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales [1] Solicitud: 2015-000267 [2] Fecha de presentación: 05/01/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SYNGENTA PARTICIPATIONS AG. [4.1] Domicilio: SCHWARZWALDALLEE 215, 4058 BASILEA, SUIZA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: SUIZA. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EPIVIO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones para destruir los animales dañinos, fungicidas, herbicidas, insecticidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: HÉCTOR ANTONIO FERNÁNDEZ PINEDA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 22 de mayo del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015. EPIVIO ________ 1/ Solicitud: 2015-14847 2/ Fecha de presentación: 16-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Productos Alimenticios Diana, S.A. de C.V., (Organizada bajo las leyes de EL SALVADOR) 4.1/ Domicilio: 12 Ave. Sur # 111 Soyapangp, EL SALVADOR 4.2/ Organizada bajo las leyes de: EL SALVADOR B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MANIMIEL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao y sucedáneos del café, arroz, tapioca y sagú, harinas y preparaciones a base de cereales, pan, productos de pastelería y confitería, helados, azúcar, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos de hornear, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: ALVARO GUILLERMO AGUILAR FRENZEL E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29-04-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015 MANIMIEL ________ 1/ Solicitud: 2015-14846 2/ Fecha de presentación: 16-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Productos Alimenticios Diana, S.A. de C.V., (Organizada bajo las leyes de EL SALVADOR) 4.1/ Domicilio: 12 Ave. Sur # 111 Soyapangp, EL SALVADOR 4.2/ Organizada bajo las leyes de: EL SALVADOR B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MADURICOS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao y sucedáneos del café, arroz, tapioca y sagú, harinas y preparaciones a base de cereales, pan, productos de pastelería y confitería, helados, azúcar, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos de hornear, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL MADURICOS 9/ Nombre: ALVARO GUILLERMO AGUILAR FRENZEL E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29-04-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015 ________ 1/ Solicitud: 2015-14845 2/ Fecha de presentación: 16-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Productos Alimenticios Diana, S.A. de C.V., (Organizada bajo las leyes de EL SALVADOR) 4.1/ Domicilio: 12 Ave. Sur # 111 Soyapangp, EL SALVADOR 4.2/ Organizada bajo las leyes de: EL SALVADOR B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GEMELITOS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao y sucedáneos del café, arroz, tapioca y sagú, harinas y preparaciones a base de cereales, pan, productos de pastelería y confitería, helados, azúcar, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos de hornear, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: ALVARO GUILLERMO AGUILAR FRENZEL E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-04-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015 GEMELITOS ________ 1/ Solicitud: 16359-2015 2/ Fecha de presentación: 27-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Lanco Manufacturing Corporation (Organizada bajo las leyes de Puerto Rico) 4.1/ Domicilio: Urb. Aponte # 5, San Lorenzo, PR 00754, Puerto Rico. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Puerto Rico. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ENCO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 2 8/ Protege y distingue: Pinturas, barnices, lacas, productos antioxidantes y productos para conservar la madera, materias tintóreas, mordientes, resinas naturales en bruto, metales en hojas y en polvo para pintores, decoradores, impresores y artistas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-05-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 23 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales 1/ Solicitud: 13215-2015 2/ Fecha de presentación: 06-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Ascension Health Alliance (Organizada bajo las leyes de Missouri). 4.1/ Domicilio: 101 S. Hanley Road, Suite 450, St. Louis, Missouri 63105, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: MISSOURI B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 86/414,659 5.1/ Fecha: 03/10/2014 5.2/ País de origen: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 5.3/ Código país: US C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ASCENSION 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de promoción [publicidad] de la conciencia de la necesidad de preparación ante emergencias; gestión de negocios vinculados con la operación de un sistema de salud comprometido con hospitales, clínicas médicas, hogares de ancianos, instalaciones de cuidados agudos, instalaciones de cuidado a largo plazo, centros de bienestar, instalaciones de vida asistida y congregada, centros de cirugía ambulatoria, centros de cuidados urgentes, centros de imágenes, centros oncológicos, centros de rehabilitación, farmacias, centros de salud y terapia física, centros de convalecencia, centros de cuidados coronarios, hogares de cuidados de la salud y centros de cuidados para enfermos terminales; servicios de promoción [publicidad] prestados por una asociación, destinados a promover el interés de pacientes médicos y acceso a la industria del cuidado de la salud y su crecimiento; servicios de promoción [publicidad] de la conciencia pública de la transformación del cuidado de la salud, el acceso a coberturas de cuidado de la salud para todos, la reforma del cuidado de la salud, la salud, la prevención de enfermedades, el control de costos del cuidado de la salud, la gestión de enfermedades crónicas, el cuidado de la salud, la política del cuidado de la salud y la gestión del cuidado de la salud; servicios de beneficencia, específicamente promover la colaboración entre escuelas, organizaciones basadas en la comunidad, comercios, el gobierno, agencias de servicios humanitarios y de salud y líderes y organizadores comunales, para identificar, promover y promocionar la conciencia pública de necesidades relativas a la salud de comunidades de bajos ingresos; servicios de beneficencia, específicamente promover la colaboración entre organizaciones sin fines de lucro, de beneficencia y comunitarias para identificar, promover y promocionar la conciencia pública de necesidades relativas a la salud de comunidades de bajos ingresos; servicios de beneficencia, específicamente promover la colaboración que consiste en identificar, promover y promocionar la conciencia pública de necesidades relativas a la salud de comunidades de bajos ingresos; servicios de desarrollo comercial [gestión de negocios comerciales], a saber, suministro de apoyo inicial en comunidades urbanas para negocios de terceros; suministro de consultoría comercial para sociedades emergentes e iniciales; consultoría comercial en el ámbito del desarrollo de planes comerciales; asistencia a terceros en la creación y desarrollo de planes comerciales; derivaciones médicas; derivaciones en el ámbito de los equipos de monitoreo remoto y operación de centros de atención telefónica incluidos aquellos que suministran contacto por vídeo para terceros en el ámbito de la información del cuidado de la salud; servicios de información comercial y/o publicitaria al cliente, a saber, suministro de servicios de atención al cliente [información y asesoramiento comercial al consumidor] y de servicios de consultas comerciales sobre productos por medio telefónico, por ASCENSION correo electrónico y por videoconferencia para terceros en el ámbito de la información sobre el cuidado de la salud; suministro de servicios de información y asesoramiento comercial al cliente por medio telefónico, por correo electrónico y por videoconferencia para terceros en el ámbito de la información del cuidado de la salud; servicios de consultoría profesional en negocios en el ámbito de la gestión de la mano de obra; servicios de consultoría en organización y dirección de negocios en el ámbito de la gestión de la salud y del cuidado de la salud, a saber, para identificar, evaluar, monitorear y mejorar la gestión de la práctica médica, los procesos comerciales, los servicios de gestión comercial y las instalaciones médicas; servicios de gestión de activos [gestión de negocios comerciales], a saber, informe de historiales en servicio, utilización de activos médicos, información de finalización de productos vitales y reemplazo de costos relativos al diagnóstico médico, equipos biomédicos y clínicos; servicios de facturación en el ámbito del cuidado de la salud; suministro de revisión independiente de ensayos clínicos a los fines comerciales; gestión y consultoría comercial en el ámbito de los ensayos clínicos, a saber, suministro de información de servicios de gestión; consultoría profesional en negocios en los ámbitos de la gestión de operaciones para el cuidado de la salud y de la gestión de operaciones hospitalarias; servicios de consultoría de formación y desarrollo de nuevas empresas comerciales; promoción [publicidad] del interés público de educación, reconocimiento, avance profesional y liderazgo para ejecutivos y gerentes de élite en sociedades y empresas de servicios profesionales; consultoría en gestión comercial en el ámbito del desarrollo ejecutivo y de liderazgo en el ámbito del cuidado de la salud; servicios de beneficencia, específicamente la organización de grupos juveniles para emprender proyectos para beneficiar a los necesitados y a la comunidad para incentivar el liderazgo, el carácter, la compasión y la buena ciudadanía; servicios de consultoría en la gestión comercial y el desarrollo de liderazgo comercial; servicios de gestión comercial de vendedores para instalaciones para el cuidado de la salud; suministro de información de reembolso de comparación de mercado [benchmarking] y de otra inteligencia de mercado a organizaciones para el cuidado de la salud; promoción [publicidad] de colaboración en las comunidades científicas, médicas y de investigación para lograr avances en el ámbito del cuidado de la salud; servicios de organización de servicios de gerencia (MSO) para el cuidado de la salud [gestión de negocios], a saber, suministro de servicios de apoyo administrativo y gerencial y de organización de prácticas a médicos o a pequeñas prácticas grupales; promoción [publicidad] de la conciencia pública de la prevención del trauma de nacimiento y de la seguridad perinatal; administración de servicios y programas de reembolso farmacéutico [gestión de negocios comerciales]; todos los servicios antes mencionados provistos en parte para desarrollar y mejorar las vidas espirituales de individuos y siendo consistentes con las enseñanzas de la Iglesia Católica. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16/04/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 24 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales 1/ Solicitud: 13212-2015 2/ Fecha de presentación: 06-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Ascensión Health Alliance (Organizada bajo las leyes de Mis- souri). 4.1/ Domicilio: 101 S. Hanley Road, Suite 450, St. Louis, Missouri 63105, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: MISSOURI B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 86/414,686 5.1/ Fecha: 03/10/2014 5.2/ País de origen: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 5.3/ Código país: US C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ASCENSION Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de promoción [publicidad] de la conciencia de la necesidad de preparación ante emergencias; gestión de negocios vinculados con la operación de un sistema de salud comprometido con hospitales, clínicas médicas, hogares de ancianos, instalaciones de cuidados agudos, instalaciones de cuidado a largo plazo, centros de bienestar, instalaciones de vida asistida y congregada, centros de cirugía ambulatoria, centros de cuidados urgentes, centros de imágenes, centros oncológicos, centros de rehabilitación, farmacias, centros de salud y terapia física, centros de convalecencia, centros de cuidados coronarios, hogares de cuidados de la salud y centros de cuidados para enfermos terminales; servicios de promoción [publicidad] prestados por una asociación, destinados a promover el interés de pacientes médicos y acceso a la industria del cuidado de la salud y su crecimiento; servicios de promoción [publicidad] de la conciencia pública de la transformación del cuidado de la salud, el acceso a coberturas de cuidado de la salud para todos, la reforma del cuidado de la salud, la salud, la prevención de enfermedades, el control de costos del cuidado de la salud, la gestión de enfermedades crónicas, el cuidado de la salud, la política del cuidado de la salud y la gestión del cuidado de la salud; servicios de beneficencia, específicamente promover la colaboración entre escuelas, organizaciones basadas en la comunidad, comercios, el gobierno, agencias de servicios humanitarios y de salud y líderes y organizadores comunales, para identificar, promover y promocionar la conciencia pública de necesidades relativas a la salud de comunidades de bajos ingresos; servicios de beneficencia, específicamente promover la colaboración entre organizaciones sin fines de lucro, de beneficencia y comunitarias para identificar, promover y promocionar la conciencia pública de necesidades relativas a la salud de comunidades de bajos ingresos; servicios de beneficencia, específicamente promover la colaboración que consiste en identificar, promover y promocionar la conciencia pública de necesidades relativas a la salud de comunidades de bajos ingresos; servicios de desarrollo comercial [gestión de negocios comerciales], a saber, suministro de apoyo inicial en comunidades urbanas para negocios de terceros; suministro de consultoría comercial para sociedades emergentes e iniciales; consultoría comercial en el ámbito del desarrollo de planes comerciales; asistencia a terceros en la creación y desarrollo de planes comerciales; derivaciones médicas; derivaciones en el ámbito de los equipos de monitoreo remoto y operación de centros de atención telefónica incluidos aquellos que suministran contacto por vídeo para terceros en el ámbito de la información del cuidado de la salud; servicios de información comercial y/o publicitaria al cliente, a saber, suministro de servicios de atención al cliente [información y asesoramiento comercial al consumidor] y de servicios de consultas comerciales sobre productos por medio telefónico, por correo electrónico y por videoconferencia para terceros en el ámbito de la información sobre el cuidado de la salud; suministro de servicios de información y asesoramiento comercial al cliente por medio telefónico, por correo electrónico y por videoconferencia para terceros en el ámbito de la información del cuidado de la salud; servicios de consultoría profesional en negocios en el ámbito de la gestión de la mano de obra; servicios de consultoría en organización y dirección de negocios en el ámbito de la gestión de la salud y del cuidado de la salud, a saber, para identificar, evaluar, monitorear y mejorar la gestión de la práctica médica, los procesos comerciales, los servicios de gestión comercial y las instalaciones médicas; servicios de gestión de activos [gestión de negocios comerciales], a saber, informe de historiales en servicio, utilización de activos médicos, información de finalización de productos vitales y reemplazo de costos relativos al diagnóstico médico, equipos biomédicos y clínicos; servicios de facturación en el ámbito del cuidado de la salud; suministro de revisión independiente de ensayos clínicos a los fines comerciales; gestión y consultoría comercial en el ámbito de los ensayos clínicos, a saber, suministro de información de servicios de gestión; consultoría profesional en negocios en los ámbitos de la gestión de operaciones para el cuidado de la salud y de la gestión de operaciones hospitalarias; servicios de consultoría de formación y desarrollo de nuevas empresas comerciales; promoción [publicidad] del interés público de educación, reconocimiento, avance profesional y liderazgo para ejecutivos y gerentes de élite en sociedades y empresas de servicios profesionales; consultoría en gestión comercial en el ámbito del desarrollo ejecutivo y de liderazgo en el ámbito del cuidado de la salud; servicios de beneficencia, específicamente la organización de grupos juveniles para emprender proyectos para beneficiar a los necesitados y a la comunidad para incentivar el liderazgo, el carácter, la compasión y la buena ciudadanía; servicios de consultoría en la gestión comercial y el desarrollo de liderazgo comercial; servicios de gestión comercial de vendedores para instalaciones para el cuidado de la salud; suministro de información de reembolso de comparación de mercado [benchmarking] y de otra inteligencia de mercado a organizaciones para el cuidado de la salud; promoción [publicidad] de colaboración en las comunidades científicas, médicas y de investigación para lograr avances en el ámbito del cuidado de la salud; servicios de organización de servicios de gerencia (MSO) para el cuidado de la salud [gestión de negocios], a saber, suministro de servicios de apoyo administrativo y gerencial y de organización de prácticas a médicos o a pequeñas prácticas grupales; promoción [publicidad] de la conciencia pública de la prevención del trauma de nacimiento y de la seguridad perinatal; administración de servicios y programas de reembolso farmacéutico [gestión de negocios comerciales]; todos los servicios antes mencionados provistos en parte para desarrollar y mejorar las vidas espirituales de individuos y siendo consistentes con las enseñanzas de la Iglesia Católica. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16/04/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 25 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales 1/ Solicitud: 13214-2015 2/ Fecha de presentación: 06-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Ascensión Health Alliance (Organizada bajo las leyes de Missouri). 4.1/ Domicilio: 101 S. Hanley Road, Suite 450, St. Louis, Missouri 63105, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: MISSOURI B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 86/414,686 5.1/ Fecha: 03/10/2014 5.2/ País de origen: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 5.3/ Código país: US C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ASCENSION Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Suministro de consultoría e información en el ámbito de la respuesta médica a emergencias para hospitales; servicios para el cuidado de la salud, a saber, suministro de información en el ámbito de la ética en el cuidado de la salud; servicios de telesalud, a saber, suministro de información sobre el cuidado de la salud por teléfono; servicios de telesalud, a saber, monitoreo de la salud de las personas mediante el uso de información electrónica y tecnología de la comunicación; monitoreo de la salud de las personas mediante el uso de información electrónica y tecnología de la comunicación; programas de gestión de enfermedades [servicios de salud]; servicios de cuidado de la salud, a saber, programas de bienestar; suministro de información sobre salud; servicios de consultoría en el ámbito de la salud y el bienestar; servicios de cuidado de la salud, a saber, suministro de una plataforma basada en la web en el ámbito de la gestión de las enfermedades crónicas que permitan que los usuarios rastreen, recojan, registren y analicen datos sobre salud, estilo de vida y biométrica personal; servicios de salud, a saber, suministro de una base de datos y materiales de educación en el ámbito de la gestión de enfermedades crónicas, incluidas, entre otras, la diabetes, la disfunción coronaria congestiva, el asma, la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), la obesidad y la hipertensión, y con introducción y recolección de datos e información a los fines de todo diagnóstico y tratamiento; suministro de información en el ámbito de la salud y el bienestar mediante una página web; suministro de una página web de internet para pacientes y profesionales del cuidado de la salud que permita el intercambio de información en materia de salud desde lugares remotos mediante el uso de dispositivos electrónicos de monitoreo de pacientes que proporcione información a la página web a la que pueda accederse en tiempo real por parte de profesionales del cuidado de la salud a los fines del monitoreo y el diagnóstico de condiciones médicas; suministro de servicios de asesoramiento, consultoría e información médica; monitoreo remoto de datos indicativos de la salud o de las condiciones de una persona o de, un grupo de personas; suministro de un portal de una página web de internet con información sobre la salud y el bienestar; servicios de consultoría relativos a la salud y el bienestar; información sobre salud suministrada por terceros por medio telefónico, por correo electrónico y por videoconferencia; servicios de cuidado de la salud, a saber, suministro de instalaciones de cuidado de la salud del tipo de hospitales, instalaciones de cuidado a largo plazo, clínicas y centros de bienestar; suministro de servicios de cuidado de la salud, hospitales para enfermos terminales, servicios organizados de cuidado de la salud y cuidado de la salud del tipo de organizaciones de mantenimiento de la salud y servicios de suministro de rehabilitación y terapia física y ocupacional, rastreo de drogas, exámenes médicos, servicios de enfermería, servicios para pacientes ambulatorios, centros de salud para uso terapéutico, servicios de cuidado de la salud para mujeres, servicios de cirugía, servicios de cuidado de la salud para la tercera edad, servicios de diagnóstico y tratamiento de la diabetes, servicios de diagnóstico y tratamiento oncológico, cuidado de heridas y servicios médicos de emergencia; cuidado de la salud; servicios turísticos médicos y del cuidado de la salud, a saber, establecimiento y mantenimiento de una red de suministro de cuidado de la salud en países extranjeros para el suministro de servicios de cuidado de la salud; servicios de cuidado de la salud, a saber, servicios de cuidado de la salud integrados con una red de prestadores de cuidado de la salud internacionales; servicios de consultoría en el ámbito de la salud y del cuidado de la salud, a saber, reducción del trauma de nacimiento, mitigación del riesgo y mejora de resultados de seguridad de pacientes; suministro de información en el ámbito de la obstetricia; todos los servicios antes mencionados provistos en parte para desarrollar y mejorar las vidas espirituales de individuos y siendo consistentes con las enseñanzas de la Iglesia Católica. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16/04/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 26 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales 1/ Solicitud: 2015-6901 2/ Fecha de presentación: 12-02-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Mophie, Inc. (Organizada bajo las leyes de California). 4.1/ Domicilio: Having a place of business at, 15101 Red Hill Avenue, Tustin, California 92780, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: CALIFORNIA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 86/520333 5.1/ Fecha: 30/01/2015 5.2/ País de origen: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 5.3/ Código país: U.S. C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MOPHIE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 9 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos, DVD y otros soportes de grabación digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores; software; extintores; accesorios para dispositivos electrónicos móviles; accesorios para dispositivos de comunicación portátiles; hardware de computadora; baterías; cargadores de baterías; baterías recargables para usar con dispositivos electrónicos; baterías externas para dispositivos electrónicos móviles; estuches protectores para dispositivos electrónicos móviles; estuches protectores par dispositivos de comunicación portátiles; estuches protectores con baterías integradas para usar con dispositivos electrónicos móviles; baterías recargables integradas a un estuche protector o carcasas con un conector eléctrico para usar con dispositivos electrónicos móviles, específicamente teléfonos móviles, reproductores digitales de audio y vídeo, computadoras portátiles, tabletas, asistentes digitales personales (PDA’s), dispositivos de comunicación portátiles, agendas electrónicas, libretas electrónicas y cámaras; memoria electrónica; memoria para usar con dispositivos electrónicos móviles; hardware de memoria de computadora; módulos de expansión de memoria de computadora para dispositivos electrónicos; memoria externa para dispositivos electrónicos; estuches protectores con memoria integrada para usar con dispositivos electrónicos móviles; estuches protectores y de transporte con memoria integrada para usar con dispositivos electrónicos móviles, específicamente, dispositivos de comunicación portátiles, celulares, reproductores digitales de audio y vídeo, agendas electrónicas, asistentes digitales personales (PDA’s), libretas electrónicas y cámaras; baterías externas para dispositivos electrónicos móviles con memoria integrada; estuches para dispositivos electrónicos móviles con antenas integradas para comunicaciones MOPHIE inalámbricas; software de computadora para la colección, edición, organización, modificación, marcación, transmisión, almacenaje y compartir datos e información; dispositivos de hardware electrónico para la colección, edición, organización, modificación, marcación, transmisión, almacenaje y compartir datos e información; estuches protectores para dispositivos electrónicos móviles con capacidad para conexión a internet inalámbrico; baterías externas para dispositivos electrónicos móviles con antenas integradas para comunicaciones inalámbricas; clips para cinturones; estuches protectores y de transporte para dispositivos electrónicos móviles, dispositivos de comunicación portátiles, teléfonos móviles y reproductores multimedia portátiles, específicamente brazaletes, fundas, estuches duros y estuches suaves; fundas especiales adaptadas para transportar dispositivos electrónicos personales, específicamente dispositivos de comunicación portátiles, celulares, reproductores digitales de audio y vídeo, agendas electrónicas, asistentes digitales personales (PDA’s), libretas electrónicas y cámaras; cables USB; adaptadores de energía; estaciones de conexión electrónicas; estaciones de conexión para computadoras; estaciones de conexión para teléfonos móviles, dispositivos de comunicación portátiles, reproductores digitales de audio y vídeo, asistentes digitales personales (PDA’s), agendas electrónicas, cámaras, computadoras portátiles, computadoras tipo tabletas y libretas electrónicas; estaciones de conexión con bactería integrada; software descargable para el manejo de memoria electrónica para dispositivos electrónicos; software descargable para el manejo de la carga de batería para dispositivos electrónicos; software descargable para transferir datos entre dispositivos electrónicos; software descargable para la manipulación de memoria; stands para dispositivos electrónicos digitales de mano, específicamente computadoras, computadoras tipo tabletas, agendas electrónicas, dispositivos de comunicación portátiles, reproductores digitales de audio y vídeo, asistentes digitales personales (PDA’s), libretas electrónicas y cámaras; dispositivos de montaje para dispositivos electrónicos móviles, específicamente teléfonos móviles, reproductores digitales de audio y vídeo, computadoras portátiles, computadoras tipo tabletas, asistentes digitales portátiles (PDA’s), agendas electrónicas, libretas electrónicas y cámaras; dispositivos y sistemas de computadora, específicamente interfaces y dispositivos hápticos para proveer retroalimentación háptica, eficaz y táctil para usar con dispositivos electrónicos móviles; dispositivos y accesorios habilitados inalámbricamente; dispositivos de comunicación inalámbrica para transmisión de voz, datos o imagen 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22-04-15 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 27 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales 1/ Solicitud: 38292-14 2/ Fecha de presentación: 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO MASSIMO DUTTI, S.A. (Organizada bajo las leyes de ESPAÑA). 4.1/ Domicilio: AVENIDA DE LA DIPUTACIÓN, EDIFICIO INDITEX, 15142 - ARTEIXO (A CORUÑA), ESPAÑA. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: ESPAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MD Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 9 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos, DVD y otros soportes de grabación digitales; software; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos y ordenadores; extintores; periféricos de ordenador; gafas antideslumbrantes; lentes (quevedos); lentillas ópticas; cadenitas de lentes (quevedos); lentes de contacto; cordones de lentes (quevedos); metros de costureras; gafas (óptica); cristales para gafas; estuches para gafas; monturas de gafas y lentes (quevedos); gafas de sol; estuches para lentes (quevedos) y para lentes de contacto; calzado de protección contra los accidentes, las irradiaciones y el fuego; chalecos antibalas; chalecos salvavidas; trajes y ropa para la protección contra el fuego; guantes de inmersión; guantes para la protección contra accidentes; trajes de inmersión; tarjetas magnéticas; trajes de protección contra los accidentes y radiaciones; trajes especiales de protección para aviadores; agendas electrónicas; aparatos telefónicos; básculas (aparatos de pesar); brújulas; máquinas contables; cascos de protección; cascos protectores para deportes; catalejos; cronógrafos (aparatos de registro de tiempo); cucharas dosificadoras; cuentapasos (podómetros); discos compactos (audiovideo); discos ópticos compactos; espejos (óptica); gemelos (óptica); indicadores de temperatura; cadenas y cordones para gafas; programas de juegos informáticos; lectores de casetes; lectores de código de barras; linternas de señales, mágicas y ópticas; lupas (óptica); máquinas de dictar y facturar; mecanismos para aparatos accionados por ficha; pesos; pilas eléctricas, galvánicas y solares; programas informáticos grabados; traductoras electrónicas de bolsillo; transistores (electrónica); termómetros que no sean para uso médico; aparatos de intercomunicación; casetes de vídeo; dibujos animados; radioteléfono portátil (walkie-talkies); publicaciones electrónicas (descargables electrónicamente); relojes de arena; alarmas acústicas; alarmas contra el robo; alarmas de incendio; alfombrillas para el ratón; altavoces; aparatos para la amplificación de sonido; antenas; viseras antideslumbrantes; cascos (de música); contestadores telefónicos; detectores de moneda falsa; protectores de dientes; máquinas de contar y separar el dinero; aparatos para medir el espesor de las pieles y de los cueros; etiquetas electrónicas para mercancías; gafas para hacer deporte; imanes; punteros electrónicos con luz; teléfonos móviles; aparatos para ampliaciones (fotografía); aparatos e instrumentos para la astronomía; válvulas termoiónicas (radio); aparatos automáticos de música de previo pago; balanzas; balsas salvavidas; registradoras de cinta magnética; cintas para limpiar cabezales de lectura; cintas de vídeo; cintas magnéticas; aparatos desmagnetizadores de cintas magnéticas; barómetros; distribuidores de billetes (tickets); termostatos; cámaras (aparatos cinematográficos); cámaras de vídeo; cartuchos de videojuegos; codificadores magnéticos; cristales graduados; cuentarrevoluciones; diapositivas; aparatos para proyectar diapositivas; dinamómetros; discos reflectantes individuales para la prevención de accidentes de circulación; marcadores de dobladillos; dosificadoras; tapas de enchufes; equipos radiotelefónicos; escáneres (equipo de proceso de datos) (informática); estuches (óptica); flashes (fotografía); aparatos y máquinas para fotocopiar (comprendidos también los aparatos y máquinas electro estáticos o térmicos); hologramas; lectores de discos compactos; señales luminosas; tubos luminosos para la publicidad; magnetoscopios; aparatos eléctricos de medida; megáfonos; memorias para ordenadores; micrófonos; microprocesadores; módems; aparatos respiratorios para la natación subacuática; objetivos (óptica); ozonizadores; pantallas de proyección; peras eléctricas (interruptores); silbatos para llamar a los perros; pulsadores de timbres; aparatos de radio; receptores (audio, vÍdeo); reposamuñecas para ordenador; romanas (balanzas); aparatos de televisión; tocadiscos; máquinas de procesamiento de textos; videoteléfonos; estuches y fundas para ordenadores portátiles, teléfonos móviles y otros aparatos electrónicos o digitales; reproductor de sonido portátil; aparatos de fax; hilos magnéticos; electrolizadores; aparatos de rayos-X que no sean para uso médico. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-06-15 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015. _______ [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones para destruir los animales dañinos, fungicidas, herbicidas, insecticidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 16 de abril del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 M., 11 y 26 J. 2015. [1] Solicitud: 2014-039658 [2] Fecha de presentación: 07/11/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SYNGENTA PARTICIPATIONS AG [4.1] Domicilio: SCHWARZWALDALLEE 215, 4058 BASILEA, suiza. [4.2] Organizada bajo las leyes de: SUIZA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ENXICA ENXICA Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 28 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales 1/ Solicitud: 16012-2015 2/ Fecha de presentación: 23-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: CRESCENT DAIRY & BEVERAGES, LLC. 4.1/ Domicilio: 2711 Center Ville Rd., Suite 400, Wilmington, New Castle 19808, Estados Unido
Articulos
Articulo 88
de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 22 de mayo del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015. TAPIOND servicios de soporte técnico, específicamente solución de problemas de software de computadora y diagnosticar problemas de hardware de computadora; servicios de soporte técnico, específicamente la solución de problemas en la naturaleza de diagnosticar problemas con equipo y dispositivos médicos; servicios de automatización y colección de datos usando software patentado para evaluar, analizar y recolectar datos en los ámbitos de datos del cuidado de la salud, el estilo de vida, personal, datos introducidos por el consumidor y datos biométricos; proveer un sitio web que ofrece una tecnología que ofrece a los médicos a acceder a recursos en medicina clínica; todos los servicios antes mencionados provistos en parte para desarrollar y mejorar las vidas espirituales de individuos y siendo consistentes con las enseñanzas de la Iglesia Católica. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Articulo 88
de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16/04/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015 1/ Solicitud: 2015-14849 2/ Fecha de presentación: 16-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Productos Alimenticios Diana, S.A. de C.V., (Organizada bajo las leyes de EL SALVADOR) 4.1/ Domicilio: 12 Ave. Sur # 111 Soyapango, EL SALVADOR 4.2/ Organizada bajo las leyes de: EL SALVADOR B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DIANA PIC NIC TODO MUNDO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao y sucedáneos del café, arroz, tapioca y sagú, harinas y preparaciones a base de cereales, pan, productos de pastelería y confitería, helados, azúcar, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos de hornear, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: ALVARO GUILLERMO AGUILAR FRENZEL E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Articulo 88
de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29-04-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015 DIANA PIC NIC TODO MUNDO Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 22 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales [1] Solicitud: 2015-000267 [2] Fecha de presentación: 05/01/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SYNGENTA PARTICIPATIONS AG. [4.1] Domicilio: SCHWARZWALDALLEE 215, 4058 BASILEA, SUIZA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: SUIZA. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EPIVIO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones para destruir los animales dañinos, fungicidas, herbicidas, insecticidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: HÉCTOR ANTONIO FERNÁNDEZ PINEDA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 22 de mayo del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015. EPIVIO ________ 1/ Solicitud: 2015-14847 2/ Fecha de presentación: 16-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Productos Alimenticios Diana, S.A. de C.V., (Organizada bajo las leyes de EL SALVADOR) 4.1/ Domicilio: 12 Ave. Sur # 111 Soyapangp, EL SALVADOR 4.2/ Organizada bajo las leyes de: EL SALVADOR B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MANIMIEL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao y sucedáneos del café, arroz, tapioca y sagú, harinas y preparaciones a base de cereales, pan, productos de pastelería y confitería, helados, azúcar, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos de hornear, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: ALVARO GUILLERMO AGUILAR FRENZEL E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29-04-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015 MANIMIEL ________ 1/ Solicitud: 2015-14846 2/ Fecha de presentación: 16-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Productos Alimenticios Diana, S.A. de C.V., (Organizada bajo las leyes de EL SALVADOR) 4.1/ Domicilio: 12 Ave. Sur # 111 Soyapangp, EL SALVADOR 4.2/ Organizada bajo las leyes de: EL SALVADOR B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MADURICOS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao y sucedáneos del café, arroz, tapioca y sagú, harinas y preparaciones a base de cereales, pan, productos de pastelería y confitería, helados, azúcar, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos de hornear, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL MADURICOS 9/ Nombre: ALVARO GUILLERMO AGUILAR FRENZEL E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29-04-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015 ________ 1/ Solicitud: 2015-14845 2/ Fecha de presentación: 16-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Productos Alimenticios Diana, S.A. de C.V., (Organizada bajo las leyes de EL SALVADOR) 4.1/ Domicilio: 12 Ave. Sur # 111 Soyapangp, EL SALVADOR 4.2/ Organizada bajo las leyes de: EL SALVADOR B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GEMELITOS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao y sucedáneos del café, arroz, tapioca y sagú, harinas y preparaciones a base de cereales, pan, productos de pastelería y confitería, helados, azúcar, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos de hornear, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: ALVARO GUILLERMO AGUILAR FRENZEL E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-04-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015 GEMELITOS ________ 1/ Solicitud: 16359-2015 2/ Fecha de presentación: 27-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Lanco Manufacturing Corporation (Organizada bajo las leyes de Puerto Rico) 4.1/ Domicilio: Urb. Aponte # 5, San Lorenzo, PR 00754, Puerto Rico. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Puerto Rico. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ENCO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 2 8/ Protege y distingue: Pinturas, barnices, lacas, productos antioxidantes y productos para conservar la madera, materias tintóreas, mordientes, resinas naturales en bruto, metales en hojas y en polvo para pintores, decoradores, impresores y artistas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-05-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 23 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales 1/ Solicitud: 13215-2015 2/ Fecha de presentación: 06-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Ascension Health Alliance (Organizada bajo las leyes de Missouri). 4.1/ Domicilio: 101 S. Hanley Road, Suite 450, St. Louis, Missouri 63105, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: MISSOURI B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 86/414,659 5.1/ Fecha: 03/10/2014 5.2/ País de origen: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 5.3/ Código país: US C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ASCENSION 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de promoción [publicidad] de la conciencia de la necesidad de preparación ante emergencias; gestión de negocios vinculados con la operación de un sistema de salud comprometido con hospitales, clínicas médicas, hogares de ancianos, instalaciones de cuidados agudos, instalaciones de cuidado a largo plazo, centros de bienestar, instalaciones de vida asistida y congregada, centros de cirugía ambulatoria, centros de cuidados urgentes, centros de imágenes, centros oncológicos, centros de rehabilitación, farmacias, centros de salud y terapia física, centros de convalecencia, centros de cuidados coronarios, hogares de cuidados de la salud y centros de cuidados para enfermos terminales; servicios de promoción [publicidad] prestados por una asociación, destinados a promover el interés de pacientes médicos y acceso a la industria del cuidado de la salud y su crecimiento; servicios de promoción [publicidad] de la conciencia pública de la transformación del cuidado de la salud, el acceso a coberturas de cuidado de la salud para todos, la reforma del cuidado de la salud, la salud, la prevención de enfermedades, el control de costos del cuidado de la salud, la gestión de enfermedades crónicas, el cuidado de la salud, la política del cuidado de la salud y la gestión del cuidado de la salud; servicios de beneficencia, específicamente promover la colaboración entre escuelas, organizaciones basadas en la comunidad, comercios, el gobierno, agencias de servicios humanitarios y de salud y líderes y organizadores comunales, para identificar, promover y promocionar la conciencia pública de necesidades relativas a la salud de comunidades de bajos ingresos; servicios de beneficencia, específicamente promover la colaboración entre organizaciones sin fines de lucro, de beneficencia y comunitarias para identificar, promover y promocionar la conciencia pública de necesidades relativas a la salud de comunidades de bajos ingresos; servicios de beneficencia, específicamente promover la colaboración que consiste en identificar, promover y promocionar la conciencia pública de necesidades relativas a la salud de comunidades de bajos ingresos; servicios de desarrollo comercial [gestión de negocios comerciales], a saber, suministro de apoyo inicial en comunidades urbanas para negocios de terceros; suministro de consultoría comercial para sociedades emergentes e iniciales; consultoría comercial en el ámbito del desarrollo de planes comerciales; asistencia a terceros en la creación y desarrollo de planes comerciales; derivaciones médicas; derivaciones en el ámbito de los equipos de monitoreo remoto y operación de centros de atención telefónica incluidos aquellos que suministran contacto por vídeo para terceros en el ámbito de la información del cuidado de la salud; servicios de información comercial y/o publicitaria al cliente, a saber, suministro de servicios de atención al cliente [información y asesoramiento comercial al consumidor] y de servicios de consultas comerciales sobre productos por medio telefónico, por ASCENSION correo electrónico y por videoconferencia para terceros en el ámbito de la información sobre el cuidado de la salud; suministro de servicios de información y asesoramiento comercial al cliente por medio telefónico, por correo electrónico y por videoconferencia para terceros en el ámbito de la información del cuidado de la salud; servicios de consultoría profesional en negocios en el ámbito de la gestión de la mano de obra; servicios de consultoría en organización y dirección de negocios en el ámbito de la gestión de la salud y del cuidado de la salud, a saber, para identificar, evaluar, monitorear y mejorar la gestión de la práctica médica, los procesos comerciales, los servicios de gestión comercial y las instalaciones médicas; servicios de gestión de activos [gestión de negocios comerciales], a saber, informe de historiales en servicio, utilización de activos médicos, información de finalización de productos vitales y reemplazo de costos relativos al diagnóstico médico, equipos biomédicos y clínicos; servicios de facturación en el ámbito del cuidado de la salud; suministro de revisión independiente de ensayos clínicos a los fines comerciales; gestión y consultoría comercial en el ámbito de los ensayos clínicos, a saber, suministro de información de servicios de gestión; consultoría profesional en negocios en los ámbitos de la gestión de operaciones para el cuidado de la salud y de la gestión de operaciones hospitalarias; servicios de consultoría de formación y desarrollo de nuevas empresas comerciales; promoción [publicidad] del interés público de educación, reconocimiento, avance profesional y liderazgo para ejecutivos y gerentes de élite en sociedades y empresas de servicios profesionales; consultoría en gestión comercial en el ámbito del desarrollo ejecutivo y de liderazgo en el ámbito del cuidado de la salud; servicios de beneficencia, específicamente la organización de grupos juveniles para emprender proyectos para beneficiar a los necesitados y a la comunidad para incentivar el liderazgo, el carácter, la compasión y la buena ciudadanía; servicios de consultoría en la gestión comercial y el desarrollo de liderazgo comercial; servicios de gestión comercial de vendedores para instalaciones para el cuidado de la salud; suministro de información de reembolso de comparación de mercado [benchmarking] y de otra inteligencia de mercado a organizaciones para el cuidado de la salud; promoción [publicidad] de colaboración en las comunidades científicas, médicas y de investigación para lograr avances en el ámbito del cuidado de la salud; servicios de organización de servicios de gerencia (MSO) para el cuidado de la salud [gestión de negocios], a saber, suministro de servicios de apoyo administrativo y gerencial y de organización de prácticas a médicos o a pequeñas prácticas grupales; promoción [publicidad] de la conciencia pública de la prevención del trauma de nacimiento y de la seguridad perinatal; administración de servicios y programas de reembolso farmacéutico [gestión de negocios comerciales]; todos los servicios antes mencionados provistos en parte para desarrollar y mejorar las vidas espirituales de individuos y siendo consistentes con las enseñanzas de la Iglesia Católica. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Articulo 88
de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16/04/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 24 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales 1/ Solicitud: 13212-2015 2/ Fecha de presentación: 06-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Ascensión Health Alliance (Organizada bajo las leyes de Mis- souri). 4.1/ Domicilio: 101 S. Hanley Road, Suite 450, St. Louis, Missouri 63105, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: MISSOURI B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 86/414,686 5.1/ Fecha: 03/10/2014 5.2/ País de origen: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 5.3/ Código país: US C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ASCENSION Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de promoción [publicidad] de la conciencia de la necesidad de preparación ante emergencias; gestión de negocios vinculados con la operación de un sistema de salud comprometido con hospitales, clínicas médicas, hogares de ancianos, instalaciones de cuidados agudos, instalaciones de cuidado a largo plazo, centros de bienestar, instalaciones de vida asistida y congregada, centros de cirugía ambulatoria, centros de cuidados urgentes, centros de imágenes, centros oncológicos, centros de rehabilitación, farmacias, centros de salud y terapia física, centros de convalecencia, centros de cuidados coronarios, hogares de cuidados de la salud y centros de cuidados para enfermos terminales; servicios de promoción [publicidad] prestados por una asociación, destinados a promover el interés de pacientes médicos y acceso a la industria del cuidado de la salud y su crecimiento; servicios de promoción [publicidad] de la conciencia pública de la transformación del cuidado de la salud, el acceso a coberturas de cuidado de la salud para todos, la reforma del cuidado de la salud, la salud, la prevención de enfermedades, el control de costos del cuidado de la salud, la gestión de enfermedades crónicas, el cuidado de la salud, la política del cuidado de la salud y la gestión del cuidado de la salud; servicios de beneficencia, específicamente promover la colaboración entre escuelas, organizaciones basadas en la comunidad, comercios, el gobierno, agencias de servicios humanitarios y de salud y líderes y organizadores comunales, para identificar, promover y promocionar la conciencia pública de necesidades relativas a la salud de comunidades de bajos ingresos; servicios de beneficencia, específicamente promover la colaboración entre organizaciones sin fines de lucro, de beneficencia y comunitarias para identificar, promover y promocionar la conciencia pública de necesidades relativas a la salud de comunidades de bajos ingresos; servicios de beneficencia, específicamente promover la colaboración que consiste en identificar, promover y promocionar la conciencia pública de necesidades relativas a la salud de comunidades de bajos ingresos; servicios de desarrollo comercial [gestión de negocios comerciales], a saber, suministro de apoyo inicial en comunidades urbanas para negocios de terceros; suministro de consultoría comercial para sociedades emergentes e iniciales; consultoría comercial en el ámbito del desarrollo de planes comerciales; asistencia a terceros en la creación y desarrollo de planes comerciales; derivaciones médicas; derivaciones en el ámbito de los equipos de monitoreo remoto y operación de centros de atención telefónica incluidos aquellos que suministran contacto por vídeo para terceros en el ámbito de la información del cuidado de la salud; servicios de información comercial y/o publicitaria al cliente, a saber, suministro de servicios de atención al cliente [información y asesoramiento comercial al consumidor] y de servicios de consultas comerciales sobre productos por medio telefónico, por correo electrónico y por videoconferencia para terceros en el ámbito de la información sobre el cuidado de la salud; suministro de servicios de información y asesoramiento comercial al cliente por medio telefónico, por correo electrónico y por videoconferencia para terceros en el ámbito de la información del cuidado de la salud; servicios de consultoría profesional en negocios en el ámbito de la gestión de la mano de obra; servicios de consultoría en organización y dirección de negocios en el ámbito de la gestión de la salud y del cuidado de la salud, a saber, para identificar, evaluar, monitorear y mejorar la gestión de la práctica médica, los procesos comerciales, los servicios de gestión comercial y las instalaciones médicas; servicios de gestión de activos [gestión de negocios comerciales], a saber, informe de historiales en servicio, utilización de activos médicos, información de finalización de productos vitales y reemplazo de costos relativos al diagnóstico médico, equipos biomédicos y clínicos; servicios de facturación en el ámbito del cuidado de la salud; suministro de revisión independiente de ensayos clínicos a los fines comerciales; gestión y consultoría comercial en el ámbito de los ensayos clínicos, a saber, suministro de información de servicios de gestión; consultoría profesional en negocios en los ámbitos de la gestión de operaciones para el cuidado de la salud y de la gestión de operaciones hospitalarias; servicios de consultoría de formación y desarrollo de nuevas empresas comerciales; promoción [publicidad] del interés público de educación, reconocimiento, avance profesional y liderazgo para ejecutivos y gerentes de élite en sociedades y empresas de servicios profesionales; consultoría en gestión comercial en el ámbito del desarrollo ejecutivo y de liderazgo en el ámbito del cuidado de la salud; servicios de beneficencia, específicamente la organización de grupos juveniles para emprender proyectos para beneficiar a los necesitados y a la comunidad para incentivar el liderazgo, el carácter, la compasión y la buena ciudadanía; servicios de consultoría en la gestión comercial y el desarrollo de liderazgo comercial; servicios de gestión comercial de vendedores para instalaciones para el cuidado de la salud; suministro de información de reembolso de comparación de mercado [benchmarking] y de otra inteligencia de mercado a organizaciones para el cuidado de la salud; promoción [publicidad] de colaboración en las comunidades científicas, médicas y de investigación para lograr avances en el ámbito del cuidado de la salud; servicios de organización de servicios de gerencia (MSO) para el cuidado de la salud [gestión de negocios], a saber, suministro de servicios de apoyo administrativo y gerencial y de organización de prácticas a médicos o a pequeñas prácticas grupales; promoción [publicidad] de la conciencia pública de la prevención del trauma de nacimiento y de la seguridad perinatal; administración de servicios y programas de reembolso farmacéutico [gestión de negocios comerciales]; todos los servicios antes mencionados provistos en parte para desarrollar y mejorar las vidas espirituales de individuos y siendo consistentes con las enseñanzas de la Iglesia Católica. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Articulo 88
de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16/04/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 25 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales 1/ Solicitud: 13214-2015 2/ Fecha de presentación: 06-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Ascensión Health Alliance (Organizada bajo las leyes de Missouri). 4.1/ Domicilio: 101 S. Hanley Road, Suite 450, St. Louis, Missouri 63105, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: MISSOURI B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 86/414,686 5.1/ Fecha: 03/10/2014 5.2/ País de origen: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 5.3/ Código país: US C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ASCENSION Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Suministro de consultoría e información en el ámbito de la respuesta médica a emergencias para hospitales; servicios para el cuidado de la salud, a saber, suministro de información en el ámbito de la ética en el cuidado de la salud; servicios de telesalud, a saber, suministro de información sobre el cuidado de la salud por teléfono; servicios de telesalud, a saber, monitoreo de la salud de las personas mediante el uso de información electrónica y tecnología de la comunicación; monitoreo de la salud de las personas mediante el uso de información electrónica y tecnología de la comunicación; programas de gestión de enfermedades [servicios de salud]; servicios de cuidado de la salud, a saber, programas de bienestar; suministro de información sobre salud; servicios de consultoría en el ámbito de la salud y el bienestar; servicios de cuidado de la salud, a saber, suministro de una plataforma basada en la web en el ámbito de la gestión de las enfermedades crónicas que permitan que los usuarios rastreen, recojan, registren y analicen datos sobre salud, estilo de vida y biométrica personal; servicios de salud, a saber, suministro de una base de datos y materiales de educación en el ámbito de la gestión de enfermedades crónicas, incluidas, entre otras, la diabetes, la disfunción coronaria congestiva, el asma, la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), la obesidad y la hipertensión, y con introducción y recolección de datos e información a los fines de todo diagnóstico y tratamiento; suministro de información en el ámbito de la salud y el bienestar mediante una página web; suministro de una página web de internet para pacientes y profesionales del cuidado de la salud que permita el intercambio de información en materia de salud desde lugares remotos mediante el uso de dispositivos electrónicos de monitoreo de pacientes que proporcione información a la página web a la que pueda accederse en tiempo real por parte de profesionales del cuidado de la salud a los fines del monitoreo y el diagnóstico de condiciones médicas; suministro de servicios de asesoramiento, consultoría e información médica; monitoreo remoto de datos indicativos de la salud o de las condiciones de una persona o de, un grupo de personas; suministro de un portal de una página web de internet con información sobre la salud y el bienestar; servicios de consultoría relativos a la salud y el bienestar; información sobre salud suministrada por terceros por medio telefónico, por correo electrónico y por videoconferencia; servicios de cuidado de la salud, a saber, suministro de instalaciones de cuidado de la salud del tipo de hospitales, instalaciones de cuidado a largo plazo, clínicas y centros de bienestar; suministro de servicios de cuidado de la salud, hospitales para enfermos terminales, servicios organizados de cuidado de la salud y cuidado de la salud del tipo de organizaciones de mantenimiento de la salud y servicios de suministro de rehabilitación y terapia física y ocupacional, rastreo de drogas, exámenes médicos, servicios de enfermería, servicios para pacientes ambulatorios, centros de salud para uso terapéutico, servicios de cuidado de la salud para mujeres, servicios de cirugía, servicios de cuidado de la salud para la tercera edad, servicios de diagnóstico y tratamiento de la diabetes, servicios de diagnóstico y tratamiento oncológico, cuidado de heridas y servicios médicos de emergencia; cuidado de la salud; servicios turísticos médicos y del cuidado de la salud, a saber, establecimiento y mantenimiento de una red de suministro de cuidado de la salud en países extranjeros para el suministro de servicios de cuidado de la salud; servicios de cuidado de la salud, a saber, servicios de cuidado de la salud integrados con una red de prestadores de cuidado de la salud internacionales; servicios de consultoría en el ámbito de la salud y del cuidado de la salud, a saber, reducción del trauma de nacimiento, mitigación del riesgo y mejora de resultados de seguridad de pacientes; suministro de información en el ámbito de la obstetricia; todos los servicios antes mencionados provistos en parte para desarrollar y mejorar las vidas espirituales de individuos y siendo consistentes con las enseñanzas de la Iglesia Católica. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16/04/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 26 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales 1/ Solicitud: 2015-6901 2/ Fecha de presentación: 12-02-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Mophie, Inc. (Organizada bajo las leyes de California). 4.1/ Domicilio: Having a place of business at, 15101 Red Hill Avenue, Tustin, California 92780, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: CALIFORNIA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 86/520333 5.1/ Fecha: 30/01/2015 5.2/ País de origen: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 5.3/ Código país: U.S. C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MOPHIE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 9 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos, DVD y otros soportes de grabación digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores; software; extintores; accesorios para dispositivos electrónicos móviles; accesorios para dispositivos de comunicación portátiles; hardware de computadora; baterías; cargadores de baterías; baterías recargables para usar con dispositivos electrónicos; baterías externas para dispositivos electrónicos móviles; estuches protectores para dispositivos electrónicos móviles; estuches protectores par dispositivos de comunicación portátiles; estuches protectores con baterías integradas para usar con dispositivos electrónicos móviles; baterías recargables integradas a un estuche protector o carcasas con un conector eléctrico para usar con dispositivos electrónicos móviles, específicamente teléfonos móviles, reproductores digitales de audio y vídeo, computadoras portátiles, tabletas, asistentes digitales personales (PDA’s), dispositivos de comunicación portátiles, agendas electrónicas, libretas electrónicas y cámaras; memoria electrónica; memoria para usar con dispositivos electrónicos móviles; hardware de memoria de computadora; módulos de expansión de memoria de computadora para dispositivos electrónicos; memoria externa para dispositivos electrónicos; estuches protectores con memoria integrada para usar con dispositivos electrónicos móviles; estuches protectores y de transporte con memoria integrada para usar con dispositivos electrónicos móviles, específicamente, dispositivos de comunicación portátiles, celulares, reproductores digitales de audio y vídeo, agendas electrónicas, asistentes digitales personales (PDA’s), libretas electrónicas y cámaras; baterías externas para dispositivos electrónicos móviles con memoria integrada; estuches para dispositivos electrónicos móviles con antenas integradas para comunicaciones MOPHIE inalámbricas; software de computadora para la colección, edición, organización, modificación, marcación, transmisión, almacenaje y compartir datos e información; dispositivos de hardware electrónico para la colección, edición, organización, modificación, marcación, transmisión, almacenaje y compartir datos e información; estuches protectores para dispositivos electrónicos móviles con capacidad para conexión a internet inalámbrico; baterías externas para dispositivos electrónicos móviles con antenas integradas para comunicaciones inalámbricas; clips para cinturones; estuches protectores y de transporte para dispositivos electrónicos móviles, dispositivos de comunicación portátiles, teléfonos móviles y reproductores multimedia portátiles, específicamente brazaletes, fundas, estuches duros y estuches suaves; fundas especiales adaptadas para transportar dispositivos electrónicos personales, específicamente dispositivos de comunicación portátiles, celulares, reproductores digitales de audio y vídeo, agendas electrónicas, asistentes digitales personales (PDA’s), libretas electrónicas y cámaras; cables USB; adaptadores de energía; estaciones de conexión electrónicas; estaciones de conexión para computadoras; estaciones de conexión para teléfonos móviles, dispositivos de comunicación portátiles, reproductores digitales de audio y vídeo, asistentes digitales personales (PDA’s), agendas electrónicas, cámaras, computadoras portátiles, computadoras tipo tabletas y libretas electrónicas; estaciones de conexión con bactería integrada; software descargable para el manejo de memoria electrónica para dispositivos electrónicos; software descargable para el manejo de la carga de batería para dispositivos electrónicos; software descargable para transferir datos entre dispositivos electrónicos; software descargable para la manipulación de memoria; stands para dispositivos electrónicos digitales de mano, específicamente computadoras, computadoras tipo tabletas, agendas electrónicas, dispositivos de comunicación portátiles, reproductores digitales de audio y vídeo, asistentes digitales personales (PDA’s), libretas electrónicas y cámaras; dispositivos de montaje para dispositivos electrónicos móviles, específicamente teléfonos móviles, reproductores digitales de audio y vídeo, computadoras portátiles, computadoras tipo tabletas, asistentes digitales portátiles (PDA’s), agendas electrónicas, libretas electrónicas y cámaras; dispositivos y sistemas de computadora, específicamente interfaces y dispositivos hápticos para proveer retroalimentación háptica, eficaz y táctil para usar con dispositivos electrónicos móviles; dispositivos y accesorios habilitados inalámbricamente; dispositivos de comunicación inalámbrica para transmisión de voz, datos o imagen 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22-04-15 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 27 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales 1/ Solicitud: 38292-14 2/ Fecha de presentación: 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO MASSIMO DUTTI, S.A. (Organizada bajo las leyes de ESPAÑA). 4.1/ Domicilio: AVENIDA DE LA DIPUTACIÓN, EDIFICIO INDITEX, 15142 - ARTEIXO (A CORUÑA), ESPAÑA. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: ESPAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MD Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 9 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos, DVD y otros soportes de grabación digitales; software; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos y ordenadores; extintores; periféricos de ordenador; gafas antideslumbrantes; lentes (quevedos); lentillas ópticas; cadenitas de lentes (quevedos); lentes de contacto; cordones de lentes (quevedos); metros de costureras; gafas (óptica); cristales para gafas; estuches para gafas; monturas de gafas y lentes (quevedos); gafas de sol; estuches para lentes (quevedos) y para lentes de contacto; calzado de protección contra los accidentes, las irradiaciones y el fuego; chalecos antibalas; chalecos salvavidas; trajes y ropa para la protección contra el fuego; guantes de inmersión; guantes para la protección contra accidentes; trajes de inmersión; tarjetas magnéticas; trajes de protección contra los accidentes y radiaciones; trajes especiales de protección para aviadores; agendas electrónicas; aparatos telefónicos; básculas (aparatos de pesar); brújulas; máquinas contables; cascos de protección; cascos protectores para deportes; catalejos; cronógrafos (aparatos de registro de tiempo); cucharas dosificadoras; cuentapasos (podómetros); discos compactos (audiovideo); discos ópticos compactos; espejos (óptica); gemelos (óptica); indicadores de temperatura; cadenas y cordones para gafas; programas de juegos informáticos; lectores de casetes; lectores de código de barras; linternas de señales, mágicas y ópticas; lupas (óptica); máquinas de dictar y facturar; mecanismos para aparatos accionados por ficha; pesos; pilas eléctricas, galvánicas y solares; programas informáticos grabados; traductoras electrónicas de bolsillo; transistores (electrónica); termómetros que no sean para uso médico; aparatos de intercomunicación; casetes de vídeo; dibujos animados; radioteléfono portátil (walkie-talkies); publicaciones electrónicas (descargables electrónicamente); relojes de arena; alarmas acústicas; alarmas contra el robo; alarmas de incendio; alfombrillas para el ratón; altavoces; aparatos para la amplificación de sonido; antenas; viseras antideslumbrantes; cascos (de música); contestadores telefónicos; detectores de moneda falsa; protectores de dientes; máquinas de contar y separar el dinero; aparatos para medir el espesor de las pieles y de los cueros; etiquetas electrónicas para mercancías; gafas para hacer deporte; imanes; punteros electrónicos con luz; teléfonos móviles; aparatos para ampliaciones (fotografía); aparatos e instrumentos para la astronomía; válvulas termoiónicas (radio); aparatos automáticos de música de previo pago; balanzas; balsas salvavidas; registradoras de cinta magnética; cintas para limpiar cabezales de lectura; cintas de vídeo; cintas magnéticas; aparatos desmagnetizadores de cintas magnéticas; barómetros; distribuidores de billetes (tickets); termostatos; cámaras (aparatos cinematográficos); cámaras de vídeo; cartuchos de videojuegos; codificadores magnéticos; cristales graduados; cuentarrevoluciones; diapositivas; aparatos para proyectar diapositivas; dinamómetros; discos reflectantes individuales para la prevención de accidentes de circulación; marcadores de dobladillos; dosificadoras; tapas de enchufes; equipos radiotelefónicos; escáneres (equipo de proceso de datos) (informática); estuches (óptica); flashes (fotografía); aparatos y máquinas para fotocopiar (comprendidos también los aparatos y máquinas electro estáticos o térmicos); hologramas; lectores de discos compactos; señales luminosas; tubos luminosos para la publicidad; magnetoscopios; aparatos eléctricos de medida; megáfonos; memorias para ordenadores; micrófonos; microprocesadores; módems; aparatos respiratorios para la natación subacuática; objetivos (óptica); ozonizadores; pantallas de proyección; peras eléctricas (interruptores); silbatos para llamar a los perros; pulsadores de timbres; aparatos de radio; receptores (audio, vÍdeo); reposamuñecas para ordenador; romanas (balanzas); aparatos de televisión; tocadiscos; máquinas de procesamiento de textos; videoteléfonos; estuches y fundas para ordenadores portátiles, teléfonos móviles y otros aparatos electrónicos o digitales; reproductor de sonido portátil; aparatos de fax; hilos magnéticos; electrolizadores; aparatos de rayos-X que no sean para uso médico. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Articulo 88
de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-06-15 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015. _______ [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones para destruir los animales dañinos, fungicidas, herbicidas, insecticidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 16 de abril del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 M., 11 y 26 J. 2015. [1] Solicitud: 2014-039658 [2] Fecha de presentación: 07/11/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SYNGENTA PARTICIPATIONS AG [4.1] Domicilio: SCHWARZWALDALLEE 215, 4058 BASILEA, suiza. [4.2] Organizada bajo las leyes de: SUIZA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ENXICA ENXICA Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 28 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales 1/ Solicitud: 16012-2015 2/ Fecha de presentación: 23-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: CRESCENT DAIRY & BEVERAGES, LLC. 4.1/ Domicilio: 2711 Center Ville Rd., Suite 400, Wilmington, New Castle 19808, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CRESCENT DAIRY & BEVERAGE y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: No se reivindica las palabras: SOUTH CAROLINA, incluidas en el diseño. 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Leches y productos lácteos, a saber, quesos, yogurt, crema de leche, crema batida, mantequilla. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: ANDREA PAOLA CASCO RUBI E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18/05/15 12/ Reservas: No se protege “Dairy & Beverages” “South Carolina”. Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 J. y 13 J. 2015. _______ 1/ Solicitud: 16013-2015 2/ Fecha de presentación: 23-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: CRESCENT DAIRY & BEVERAGES, LLC. 4.1/ Domicilio: 2711 Center Ville Rd., Suite 400, Wilmington, New Castle 19808, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CRESCENT DAIRY & BEVERAGE y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: No se reivindica las palabras: SOUTH CAROLINA, incluidas en el diseño. 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Bebidas de jugos de frutas sin alcohol, bebidas de zumos de frutas sin alcohol, siropes para bebidas sin alcohól, preparaciones para elaborar bebidas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: ANDREA PAOLA CASCO RUBI E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18/05/15 12/ Reservas: No se protege “Dairy & Beverages” “South Carolina”. Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 J. y 13 J. 2015. _______ 1/ Solicitud: 15128-2015 2/ Fecha de presentación: 17-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Wilbur-Ellis Company 4.1/ Domicilio: 345 California Street, 27th Floor, San Francisco, CA, Código Postal 94104, U.S.A. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TRI-FOL ECO 1/ Solicitud: 2015-12058 2/ Fecha de presentación: 23-03-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: The Cartoon Network, Inc. (a Delaware Corporation). 4.1/ Domicilio: 1050 Techwood Drive, NW, Atlanta, Georgia 30318, USA. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: THE POWERPUFF GIRLS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Audio y grabaciones audivisuales, altavoces portátiles de audio, reproductores de discos compactos, estéreos, personales, soporte electrónico de unidades flash USB, máquinas de karaoke, radioteléfonos portátiles, teléfonos, calculadoras, reglas, computadoras, cámaras (fotográficas) película (fotográfica), imanes decorativos, marcos de fotos digitales; cascos de protección para deportes, tubos de snorkel, máscaras de natación, gafas de natación; anteojos, lentes de sol, marcos y estuches para los mismos; audio descargable, vídeo, archivos audiovisuales y de imagen; programas informáticos, cartuchos de videojuegos, software de videojuegos, software descargable para dispositivos móviles, tarjetas de memoria para máquinas de videojuegos; bolsas para dispositivos electrónicos personales, es decir, los teléfonos celulares, computadoras portátiles, computadoras tipo tableta, cámaras digitales, reproductores de audio digitales y lectores de libros electrónicos, fundas de protección, fundas y estuches para teléfonos celulares, computadoras portátiles, computadoras tipo tableta, cámaras digitales, reproductores de audio digitales y libros electrónicos lectores, placas frontales para teléfonos celulares, correas y encantos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10/04/2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 J. y 13 J. 2015. _______ THE POWERPUFF GIRLS TRI-FOL ECO6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Adyuvantes para uso con productos químicos agrícolas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-05-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 J. y 13 J. 2015. _______ 1/ Solicitud: 17694-2015 2/ Fecha de presentación: 05-05-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Gi-Go Toys Factory, Ltd. 4.1/ Domicilio: Flat “E”, 1/F Wah Fai Industrial Bldg, 4 Sze Shan St. Yau Tong, Kowloon, Hong Kong. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: WONDER PONY LAND 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 28 8/ Protege y distingue: Muñecos y accesorios para muñecos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21/05/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 J. y 13 J. 2015. WONDER PONY LAND Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 29 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales 1/ Solicitud: 2015-12128 2/ Fecha de presentación: 24-03-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: TATA MOTORS LIMITED (Organizada bajo las leyes de INDIA) 4.1/ Domicilio: Bombay House, 24 Homi Mody Street, Mumbai-400 001, Maharashtra, INDIA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: INDIA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HEXA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos terrestres y partes para los mismos, incluidos en esta clase. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Articulo 88
de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 14-04-2015 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 J., 13 y 28 J. 2015. _______ HEXA 1/ Solicitud: 13217-2015 2/ Fecha de presentación: 06-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Ascension Health Alliance (Organizada bajo las leyes de Missouri) 4.1/ Domicilio: 101 S. Hanley Road, Suite 450, St. Louis, Missouri 63105, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: MISSOURI B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 86/414,659 5.1/ Fecha: 03/10/2014 5.2/ País de origen: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 5.3/ Código país: US C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ASCENSION 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Suministro de consultoría e información en el ámbito de la respuesta médica a emergencias para hospitales; servicios para el cuidado de la salud, a saber, ASCENSION suministro de información en el ámbito de la ética en el cuidado de la sal