Acuerdo Ministerial — Acuerdo sobre licencias de importación de cebolla
Considerandos
- 1.Que la Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS), es una entidad desconcentrada de la Presidencia de la República, con autonomía funcional, técnica, administrativa y de seguridad nacional, con personalidad jurídica propia, responsable del control, verificación, fiscalización y recaudación de los tributos aduaneros, con autoridad y competencia a nivel nacional y con domicilio en la capital de la República de Honduras, creada en el marco de lo preceptuado en el Código Tributario, contenido en el Decreto Legislativo Número 170-2016, aprobado el quince (15) de diciembre de dos mil dieciséis (2016) y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el veintiocho (28) de diciembre de dos mil dieciséis (2016), e institucionalizada mediante Decreto Ejecutivo PCM- 059-2019 de fecha treinta (30) de septiembre del año dos mil diecinueve (2019).
- 2.Que mediante Acuerdo No.579-2019 del 14 de noviembre del 2019, el Secretario Privado y Jefe del Gabinete Presidencial nombró al Abogado JUAN JOSE VIDES MEJÍA como Director Ejecutivo de la Administración Aduanera de Honduras.
- 3.Que el Código Tributario en su Artículo 199 numerales 2); 6) y 8) establece entre otras, las atribuciones del Director Ejecutivo de la Administración Aduanera, como ser: Aprobar las políticas institucionales, aprobar los acuerdos que contengan las normas internas de la Institución, incluyendo aquellos instrumentos, normas y manuales que regulan la estructura organizacional y funcional, su régimen laboral, de remuneraciones y de contrataciones; así como los relacionados con la implementación de los -- 3 of 34 -- reglamentos de la materia tributaria y aduanera, según corresponda; y elaborar el presupuesto anual dentro del techo presupuestario asignado y remitirlo a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para su incorporación en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República.
- 4.Que mediante Acuerdo ADUANAS-DE-No.005-2020 de fecha ocho (08) de enero del año dos mil veinte (2020) y publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha catorce (14) de febrero del año dos mil veinte (2020), se aprueba el Régimen de Carrera de los Funcionarios y Servidores de la Administración Aduanera de Honduras.
- 5.Que de conformidad al Artículo 63 del Régimen de Carrera de los Funcionarios y Servidores de la Administración Aduanera de Honduras; se determina que la Administración Aduanera conforme a la disponibilidad presupuestaria podrá otorgar un bono de incentivos por mejor desempeño de cumplimiento de metas de recaudación tomando en consideración todos aquellos aspectos que considere necesario la máxima autoridad de la Institución.
- 6.Que la Administración Aduanera de Honduras, en conjunto con personal de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), definieron un modelo econométrico especializado para efectos de realizar de manera objetiva y rigurosa la proyección de ingresos tributarios (meta) para el período fiscal dos mil veintiuno (2021); en dicho modelo se incluyeron variables que reflejan los efectos del deterioro de los principales indicadores macroeconómicos que inciden en la recaudación Aduanera como consecuencia de la Declaratoria de Emergencia a Nivel Nacional por la Pandemia Covid-19 y demás medidas que de manera responsable el Gobierno de la República implementó para salvaguarda la salud de la población, las cuales conllevaron a la restricción de la actividad económica nacional con la consecuente caída en la recaudación tributaria aduanera.
- 7.Que con base en los estudios económicos referidos, la Administración Aduanera de Honduras, orientó la gestión administrativa a efecto de alcanzar la recaudación tributaria aduanera congruente con el marco macroeconómico fiscal imperante en el ámbito nacional e internacional, buscando contener la caída de la captación de recursos aduaneros, optimizando la utilización de los recursos disponibles y ejecutando las medidas necesarias para el cumplimiento de los compromisos institucionales para beneficio del Estado de Honduras.
Articulos
Articulo 199
numerales 2); 6) y 8) establece entre otras, las atribuciones del Director Ejecutivo de la Administración Aduanera, como ser: Aprobar las políticas institucionales, aprobar los acuerdos que contengan las normas internas de la Institución, incluyendo aquellos instrumentos, normas y manuales que regulan la estructura organizacional y funcional, su régimen laboral, de remuneraciones y de contrataciones; así como los relacionados con la implementación de los -- 3 of 34 -- reglamentos de la materia tributaria y aduanera, según corresponda; y elaborar el presupuesto anual dentro del techo presupuestario asignado y remitirlo a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para su incorporación en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo ADUANAS-DE-No.005-2020 de fecha ocho (08) de enero del año dos mil veinte (2020) y publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha catorce (14) de febrero del año dos mil veinte (2020), se aprueba el Régimen de Carrera de los Funcionarios y Servidores de la Administración Aduanera de Honduras. CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 63 del Régimen de Carrera de los Funcionarios y Servidores de la Administración Aduanera de Honduras; se determina que la Administración Aduanera conforme a la disponibilidad presupuestaria podrá otorgar un bono de incentivos por mejor desempeño de cumplimiento de metas de recaudación tomando en consideración todos aquellos aspectos que considere necesario la máxima autoridad de la Institución. CONSIDERANDO: Que la Administración Aduanera de Honduras, en conjunto con personal de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), definieron un modelo econométrico especializado para efectos de realizar de manera objetiva y rigurosa la proyección de ingresos tributarios (meta) para el período fiscal dos mil veintiuno (2021); en dicho modelo se incluyeron variables que reflejan los efectos del deterioro de los principales indicadores macroeconómicos que inciden en la recaudación Aduanera como consecuencia de la Declaratoria de Emergencia a Nivel Nacional por la Pandemia Covid-19 y demás medidas que de manera responsable el Gobierno de la República implementó para salvaguarda la salud de la población, las cuales conllevaron a la restricción de la actividad económica nacional con la consecuente caída en la recaudación tributaria aduanera. CONSIDERANDO: Que con base en los estudios económicos referidos, la Administración Aduanera de Honduras, orientó la gestión administrativa a efecto de alcanzar la recaudación tributaria aduanera congruente con el marco macroeconómico fiscal imperante en el ámbito nacional e internacional, buscando contener la caída de la captación de recursos aduaneros, optimizando la utilización de los recursos disponibles y ejecutando las medidas necesarias para el cumplimiento de los compromisos institucionales para beneficio del Estado de Honduras. POR TANTO: En uso de las facultades que la Ley le confiere y en aplicación de lo establecido en los Artículos 128, 129 y 321de la Constitución de la República; 195,197 y 199 del Código Tributario Decreto 170-2016; 116 y 118 de Ley General de la Administración Pública; 63 Régimen de Carrera de los Funcionarios y Servidores de la Carrera Administrativa Aduanera; Decreto Ejecutivo PCM-059- 2019; Decreto Ejecutivo PCM-109- 2020; Decreto Ejecutivo PCM-112-2020; Decreto Ejecutivo PCM-116-2020; Decreto Ejecutivo PCM-146-2020; Acuerdo ADUANAS-005-2020. ACUERDA: PRIMERO: Otorgar el bono de incentivos por mejor desempeño de cumplimiento de metas de recaudación anual correspondiente al Ejercicio Fiscal 2021, a favor de los Funcionarios y Servidores de la Administración Aduanera de Honduras, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 63 del Régimen de Carrera de los Funcionarios y Servidores de la Administración Aduanera de Honduras y la proyección establecida por la Administración Aduanera de Honduras, en conjunto con personal de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN). SEGUNDO: Autorizar el pago correspondiente al bono de incentivos por mejor desempeño de cumplimiento de la meta de recaudación anual correspondiente al Ejercicio Fiscal 2021, en concepto de bonificación por cumplimiento de la meta de recaudación anual equivalente a un salario base mensual, adicionalmente se otorgará un diez (10%) por ciento si sobrepasa la meta sobre un ciento uno (101 %) por ciento en adelante de conformidad a los rangos y porcentaje siguientes: -- 4 of 34 -- PORCENTAJE DE META PORCENTAJE DE PAGO O% a 79.99% 0% 80 a 89.99% 85% 90% a 95.99% 90% 96% a 100% 100% 101% en adelante 110% TERCERO: Los rangos y porcentajes establecidos en el Artículo que antecede serán pagados a los Funcionarios y Servidores según antigüedad; sin embargo, el valor a pagar de acuerdo a la antigüedad si se logra la meta del ciento uno (101% en adelante) será el salario base mensual más el diez (10%) por ciento adicional sobre este, de acuerdo a la tabla siguiente: ANTIGÜEDAD LABORAL PORCENTAJE DE PAGO 1 día a 3 meses 10% 3 meses y 1 día a 6 meses 25% 6 meses y 1 día a 9 meses 50% 9 meses y 1 día a 12 meses 100% CUARTO: El pago de un salario base o proporcional mensual se efectuará en el mes de diciembre del año fiscal en curso con el porcentaje de la meta que se logre al treinta (30) de noviembre; pagadero en el mes de diciembre del año en curso. QUINTO: Se instruye a la Gerencia Nacional de Gestión Talento Humano y a la Gerencia Nacional Administrativa y Financiera realizar las gestiones procedentes ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Finanzas para efectuar el pago de la bonificación por meta de recaudación anual correspondiente al año dos mil veintiuno (2021). SEXTO: El presente Acuerdo será efectivo a partir de su aprobación PUBLÍQUESE. FIRMAS Y SELLOS: JUAN JOSÉ VIDES MEJÍA; Director Ejecutivo, Administración Aduanera de Honduras. SANDRA PATRICIA FLORES LÓPEZ, Secretaria General Nacional, Administración Aduanera de Honduras. Y para los fines legales correspondientes, se extiende la presente certificación, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno. SANDRA PATRICIA FLORES LÓPEZ Secretaria General Nacional Administración Aduanera de Honduras -- 5 of 34 -- Certificación ADUANAS-SGN-185-2021 La infrascrito, Secretaria General Nacional de la Administración Aduanera de Honduras, CERTIFICA el Acuerdo que literalmente dice: “