Acuerdo No. CREE-63-2021 — Rectificar el Acuerdo CREE-60-2021 respecto a la Norma Técnica del Mercado Eléctrico de Oportunidad
Congreso Nacional
- Decreto: CREE-63-2021
- Publicación: 30 de noviembre de 2021
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 35,785
- Categoria: Administrativo
Considerandos
Que la Ley General de la Industria Eléctrica fue aprobada mediante Decreto No. 404-2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 20 de mayo del 2014, la cual tiene por objeto, entre otros, regular las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de electricidad en el territorio de la República de Honduras. Que de acuerdo con lo establecido en la Ley General de la Industria Eléctrica y su reforma mediante el Decreto No. 61-2020, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 5 de junio de 2020, la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica cuenta con independencia funcional, presupuestaria y facul- tades administrativas suficientes para el cumplimiento de sus objetivos. Que de conformidad con la Ley General de la Industria Eléctrica, la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica adopta sus resoluciones por mayoría de sus miembros, los que desempeñarán sus funciones con absoluta independencia de criterio y bajo su exclusiva responsabilidad. Que el Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica también reconoce la potestad del Directorio de Comisionados para la toma de decisiones regulatorias, administrativas, técnicas, operativas, presupuestarias y de cualquier otro tipo que sea necesario en el diario accionar de la Comisión. Que la Ley de Procedimiento Administrativo, aplicada de manera supletoria, establece que la administración podrá revisar de oficio sus propios actos y que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión. Que en la Reunión Extraordinaria CREE-Ex-42-2021 del 24 de noviembre de 2021, los miembros presentes del Directorio de Comisionados acordaron emitir el presente acuerdo.
Texto completo
ACUERDO CREE - 63-2021 Comisión Reguladora de Energía Eléctrica. Tegucigalpa, Municipio de Distrito Central, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil veintiuno. RESULTANDO:
- I)
Que la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (“CREE” o “Comisión”), en atención a sus funciones, continúa efectuando acciones para contar con elementos normativos que permitan avanzar en una regulación eficiente para el subsector eléctrico hondureño.
- II)
Que la Ley General de la Industria Eléctrica establece que es función de la CREE expedir las regulaciones y reglamentos necesarios para la mejor aplicación de esta ley y el adecuado funcionamiento del subsector eléctrico.
- III)
Que en el ejercicio de la función anteriormente apuntada, mediante Acuerdo CREE-60-2021 de fecha 18 de noviembre de 2021, la CREE aprobó la Norma Técnica de Potencia Firme, modificó la Norma Técnica del Mercado Eléctrico de
Oportunidad y modificó la Norma Técnica de Programación de la Operación.
- IV)
Que resulta necesario rectificar de oficio el Acuerdo CREE-60-2021, en tanto que se ha detectado un error en el nombre de una de las normas técnicas modificadas, así como en el tipo de acto administrativo que la contiene, siendo lo correcto la Norma Técnica del Mercado Eléctrico de Oportunidad contenida en el Acuerdo CREE- 072. CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Industria Eléctrica fue aprobada mediante Decreto No. 404-2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 20 de mayo del 2014, la cual tiene por objeto, entre otros, regular las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de electricidad en el territorio de la República de Honduras. Que de acuerdo con lo establecido en la Ley General de la Industria Eléctrica y su reforma mediante el Decreto No. 61-2020, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 5 de junio de 2020, la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica cuenta con independencia funcional, presupuestaria y facul- tades administrativas suficientes para el cumplimiento de sus objetivos. Que de conformidad con la Ley General de la Industria Eléctrica, la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica adopta sus resoluciones por mayoría de sus miembros, los que desempeñarán sus funciones con absoluta independencia de criterio y bajo su exclusiva responsabilidad. Que el Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica también reconoce la potestad del Directorio de Comisionados para la toma de decisiones regulatorias, administrativas, técnicas, operativas, presupuestarias y de cualquier otro tipo que sea necesario en el diario accionar de la Comisión. Que la Ley de Procedimiento Administrativo, aplicada de manera supletoria, establece que la administración podrá revisar de oficio sus propios actos y que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión. Que en la Reunión Extraordinaria CREE-Ex-42-2021 del 24 de noviembre de 2021, los miembros presentes del Directorio de Comisionados acordaron emitir el presente acuerdo. POR TANTO La CREE en uso de sus facultades y de conformidad con lo establecido en los artículos 1 literal B, 3 primer párrafo, literal F romano III, literal I y demás aplicables de la Ley General de la Industria Eléctrica; artículo 4 y demás aplicables del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica; aplicados de manera supletoria, artículos 120 y 128 de la Ley de Procedimiento Administrativo, por unanimidad de votos de los Comisionados presentes, ACUERDA PRIMERO: Rectificar el Acuerda TERCERO del Acuerdo CREE-60-2021 de fecha 18 de noviembre de 2021, en el sentido de corregir el nombre de la norma técnica que fue modificada y el tipo de acto administrativo que la contiene, siendo lo correcto la Norma Técnica del Mercado Eléctrico de Oportunidad contenida en el Acuerdo CREE-072 y no Norma Técnica del Mercado de Oportunidad contenida en la Resolución CREE-072, como se consignó en el acto administrativo que por el presente se enmienda, por lo que deberá de leerse de la manera siguiente: “TERCERO: Modificar la Norma Técnica del Mercado Eléctrico de Oportunidad contenida en el Acuerdo CREE-072 y publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 30 de junio de 2020, con el único fin de derogar los artículos 30, 31 y 32.” SEGUNDO: Confirmar en todas y cada una de sus demás partes el Acuerdo CREE-60-2021 emitido por la CREE en fecha 18 de noviembre de 2021. TERCERO: Instruir a la Secretaría General para que en colaboración con las unidades administrativas procedan con la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial “La Gaceta”. CUARTO: Instruir a la Secretaría General para que de conformidad con el artículo 3 Literal F romano XII de la Ley General de la Industria Eléctrica, proceda a publicar en la página web de la CREE el presente acto administrativo. QUINTO: Notifíquese y publíquese. GERARDO ANTONIO SALGADO OCHOA LEONARDO ENRIQUE DERAS VÁSQUEZ
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Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 30 D E NOVIEMBRE D EL 2021 No. 35,785 Sección “B” REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. MAURICIO DE JESUS ZARRUK HASBUN, actuando en representación de la empresa POTENZ QUIMICA, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: ABLAND 85 SL, compuesto por los elementos: 50% ACIDO ETILENDIAMINOTETRAACETICO (EDTA), 15% ACIDO FOSFORICO, 15% LAURIL SULFATO DE SODIO. Toxicidad: "5" Grupo al que pertenece: ÁCIDOS ORGÁNICOS, ALQUIL SULFATO, ÁCIDOS INORGÁNICOS. Estado Físico: LIQUIDO Tipo de Formulación: CONCENTRADO SOLUBLE (SL) Formulador y País de Origen: POTENZ QUIMICA, S.A. / GUATEMALA Tipo de Uso: REGULADOR DE PH, CORRECTOR DE DUREZA DE AGUA, HUMECTANTE, DISPERSANTE. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DE 2021 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN JEFE DEL DEPTO. REGULADOTORIO DE INSUMOS AGRICOLAS (DRIA) 30 N. 2019. _______ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TECNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. La Abog. ALMA KARINA MEJÍA SANCHEZ, actuando en representación de la empresa FORMUNICA HONDURAS, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: GLIFOSATO GERMANICO 35.6 SL, compuesto por los elementos: 35.6% GLYPHOSATE. Toxicidad: "5" Grupo al que pertenece: FOSFONICO. Estado Físico: LIQUIDO Tipo de Formulación: CONCENTRADO SOLUBLE (SL) Formulador y País de Origen: SICHUAN LESHAN FUHUA TONGDA AGROCHEMICAL TECHNOLOGY CO., LTD. / CHINA Tipo de Uso: HERBICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 01 DE OCTUBRE DE 2021 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN JEFE DEL DEPTO. REGULADOTORIO DE INSUMOS AGRICOLAS (DRIA) 30 N. 2019. _______ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. BERNABE SORTO RAMIREZ, actuando en representación de la empresa FERTILIZANTES DEL NORTE, S.A. DE C.V. (FENORSA), tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: TANDEM 40 SC, compuesto por los elementos: 20% AZOXYSTROBIN, 20% FLUTRIAFOL. Toxicidad: "5" Grupo al que pertenece: ESTROBILURINA, TRIAZOL. Estado Físico: LIQUIDO Tipo de Formulación: SUSPENSIÓN CONCENTRADA (SC) Formulador y País de Origen: SHANGHAI YUELIAN CHEMICAL INDUSTRY CO., LTD / CHINA Tipo de Uso: FUNGICIDA. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 02 DE NOVIEMBRE DE 2021 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN JEFE DEL DEPTO. REGULADOTORIO DE INSUMOS AGRICOLAS (DRIA) 30 N. 2019.
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Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 30 D E NOVIEMBRE D EL 2021 No. 35,785 Poder Judicial Honduras CORTE SUPREMA DE HONDURAS República de Honduras JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE HERENCIA La infrascrito, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que en el Expediente de Herencia Ab intestato que se registra bajo el Número 0801-2021-06466-CV, este Juzgado de Letras dictó sentencia en fecha dieciocho (18) de noviembre del año dos mil veintiuno (2021), que en su parte dispositiva dice: FALLA: PRIMERO: Estimar la pretensión de la parte solicitante.- SEGUNDO: Declarar Heredero Ab Intestato al SEÑOR MARLON MIGUEL TORRES GARCÍA. en su condición de hijo, de los bienes, derechos, acciones y obligaciones dejados por su difunto padre el causante SEÑOR JOSE MIGUEL HERNÁN TORRES CHIRINOS (Q.D.D.G.).-TERCERO: Se le CONCEDE la posesión efectiva de la Herencia al SEÑOR MARLON MIGUEL TORRES GARCIA, SIN PERJUICIO DE OTROS HEREDEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHO.- CUARTO: Que se hagan las publicaciones de Ley en el Diario Oficial La Gaceta o en cualquier diario de mayor circulación que se edite en este Departamento.- QUINTO: Transcurrido el término antes señalado se extienda a la interesada Certificación Integra del presente fallo para que se haga la anotaciones inscripciones y demás trámites legales correspondientes.- SEXTO: Que la Secretaria del Despacho una vez firme la presente sentencia proceda a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 202 del Código Procesal Civil.- NOTIFÍQUESE.- F/S ABG. JORGE ALBERTO HERNÁNDEZ JUÁREZ, JUEZ; LILLIE STEPHANIE VELASQUEZ MORENO, SECRETARIA ADJUNTA. Tegucigalpa, M.D.C., veintiséis (26) de noviembre del año dos mil veintiunos (2021). ABG. LILLIE STEPHANIE VELASQUEZ MORENO SECRETARIA ADJUNTA 30 N. 2021. _______ LICITACIÓN PÚBLICA No.52/2021 ADDENDUM No. 2 El Banco Central de Honduras (BCH), comunica a las empresas que retiraron el Pliego de Condiciones de la Licitación Pública No.52/2021 para la contratación por lotes de los suministros siguientes: Lote No. l: Suministro, instalación, configuración e integración de detectores con paneles Notifier y estación de monitoreo Onyxworks del edificio del Banco Central de Honduras, ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas, en la capital de la República; y, Lote No.2: Suministro, instalación y puesta en funcionamiento de un sistema de detección de incendios en el edificio de la sucursal del Banco Central de Honduras (BCH), ubicado en la ciudad de La Ceiba, Atlántida, los aspectos siguientes: IAO 20.1 La vigencia de validez mínima de las ofertas será del 15 de diciembre de 2021 al 8 de junio de 2022. IAO 21.1 La vigencia de la Garantía de Mantenimiento de Oferta será del 15 de diciembre de 2021 al 8 de junio de 2022. IAO 24.1 y 27.1 fecha: 15 de diciembre de 2021 Hora: 10:00 a.m.
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Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 30 D E NOVIEMBRE D EL 2021 No. 35,785 Sección IX. Formatos. Numeral 4. Formato Aviso de Licitación Los sobres que contengan las ofertas se recibirán en el edificio del BCH ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas en la capital de la República, hasta el 15 de diciembre de 2021, a las 10:00 a.m. hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH, dependencias del BCH y de los oferentes o de sus representantes que asistan al acto, siguiendo para ello, las medidas de bioseguridad establecidas por SINAGER, debiendo presentar el carné que lo acredite que ha completado el esquema de vacunación contra el Covid-19. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 23 de noviembre de 2021. JORGE OVIEDO IMBODEN GERENCIA 30 N. 2021. _______ LICITACIÓN PUBLICA No.56/2021 ADDENDUM No.1 El Banco Central de Honduras (BCH), comunica a las empresas que retiraron el Pliego de Condiciones de la Licitación Pública No. 56/2021, para la contratación por lotes del suministro, instalación, configuración y puesta en funcionamiento del sistema audiovisual y multimedia para los salones de usos múltiples, salones de reuniones y salones de capacitación del Club Social y Sucursales del Banco Central de Honduras, según el detalle siguiente: Lote No. l: Sistemas de Proyección de Video. Lote No. 2: Sistemas de tele presencia, Lote No.3: Sistemas de audio y micrófonos; y, Lote No.4: Dispositivos multimedia; por lo que, deben tomarse en consideración en el pliego de condiciones, los aspectos siguientes: IAO 20.1 La vigencia de validez mínima de las ofertas será del 13 de diciembre de 2021 al 6 de junio de 2022. IAO 21.1 La vigencia de la Garantía de Mantenimiento de oferta será del 13 de diciembre de 2021 al 6 de junio de 2022. IAO 24.1 y 27.1 fecha: 13 de diciembre de 2021 Hora: 10:00 a.m. Sección IX. Formatos. Numeral 4. Formato Aviso de Licitación Los sobres que contengan las ofertas se recibirán en el edificio del BCH, ubicado en el Bulevar de las Fuerzas Armadas, Tegucigalpa, M.D.C., hasta el 13 de diciembre de 2021, a las 10:00 a.m. hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH, dependencias del BCH y de los oferentes o de sus representantes que asistan al acto, siguiendo para ello, las medidas de bioseguridad establecidas por SINAGER. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 23 de noviembre de 2021. JORGE OVIEDO IMBODÉN GERENCIA 30 N. 2021.
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Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 30 D E NOVIEMBRE D EL 2021 No. 35,785 Aviso de Licitación Pública República de Honduras Alcaldía Municipal del Distrito Central “ADQUISICIÓN DE SEGUROS PARA LA ALCALDÍA MUNICIPAL DEL DISTRITO CENTRAL Lote N° 1.- SEGURO CONTRA INCENDIO, LINEAS ALIADAS DE EDIFICIOS Y MOBILIARIO DE OFICINA; Lote N° 2.- SEGURO PARA VEHICULOS; Lote N° 3.- SEGURO PARA EQUIPO ELECTRÓNICO” No. LPuNBS-17-AMDC-75-2021
- 1)
La Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPuNBS-17- AMDC-75-2021 a presentar ofertas selladas para la “ADQUISICIÓN DE SEGUROS PARA LA ALCALDÍA MUNICIPAL DEL DISTRITO CENTRAL” de acuerdo a los lotes siguientes: Lote 1. Seguro contra incendio, líneas aliadas de edificios y mobiliario de oficina. Lote 2. Seguro para vehículos. Lote 3. Seguro para equipo electrónico
- 2)
El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Municipales.
- 3)
La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- 4)
Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación a partir del día lunes, 15 de noviembre de 2021, mediante solicitud de participación a la Gerencia de Licitaciones y Adquisiciones, con atención a Lic. Claudia Ardón, Edificio Ejecutivo de la A.M.D.C., primer piso, frente al Hospital Viera, Ave. Colón, Barrio El Centro de Tegucigalpa. M.D.C., Teléfono No.2222- 0870, de forma escrita en horario de oficina de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. de lunes a viernes o enviándola al Correo Electrónico: licitaciones@amdc.hn, en ambos casos se debe adjuntar el recibo de pago por la cantidad no reembolsable de QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L.500.00), con depósito a la cuenta No. 01-201-316404, del Banco FICOHSA; dicha solicitud deberá contener información de teléfonos, correo electrónico y dirección de él o (los) contacto(s) donde desean que se les haga llegar la información concerniente al proceso, los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn).
- 5)
Se hará un registro de las solicitudes recibidas en forma escrita o por correo electrónico que servirá para enviar los documentos de esta licitación o la(s) enmiendas(s) y/o aciaración(es) que surjan del proceso. No se considerará ningún documento de licitación que no haya sido obtenido directamente de la Alcaldía Municipal del Distrito Central y no se enviarán enmiendas o aclaraciones a ninguna empresa que no esté inscrita en el registro oficial de participantes.
- 6)
Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Salón del Despacho Municipal, sita en el plantel de la A.M.D.C., ubicado en la Colonia 21 de Octubre, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar el día miercoles, 29 de diciembre de 2021, hasta las 10:00 a.m. hora oficial de la República de Honduras. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas y se devolverán sin abrir. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, hasta las 10:00 a.m. del día 29 de diciembre de 2021. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta de por lo menos el 2% del valor de su oferta y en la forma establecida en los documentos de la licitación. Tegucigalpa M.D.C., 15 de noviembre de 2021 Nasry Juan Asfura Zablah Alcalde Municipal del Distrito Central 30 N. 2021
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Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 30 D E NOVIEMBRE D EL 2021 No. 35,785 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TECNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado solicitud DE REGISTRO de plaguicidas o sustancia afín. La Abg. ALMA KARINA MEJIA SANCHEZ, actuando en representación de la empresa: HANGZHOU GILMORE CHEMICAL CO, LTD. Tendiente a que Autorice el Registro del producto de producto de nombre comercial: NATURAL 12 SC, compuesto por los elementos: 12.0% SPINOSAD Toxicidad: “5” Grupo al que Pertenece: SPINOSYN Estado Físico: LIQUIDO Tipo de Formulación: SUSPENSION CONCENTRADA (SC) Formulador y País de Origen: HANGZHOU GILMORE CHEMICAL CO, LTD / CHINA Tipo de Uso: INSECTICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas vio científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO. para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 01 DE OCTUBRE DEL 2021 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMAN Jefe del Depto. REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS (DRIA) 30 N. 2021 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TECNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado solicitud DE REGISTRO de plaguicidas o sustancia afín. La Abg. ALMA KARINA MEJIA SÁNCHEZ actuando en representación de la empresa: HANGZHOU GILMORE CHEMICAL CO, LTD, tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: GILFENOR 88 OL, compuesto por los elementos: 88% FENPROPIMORPH Toxicidad: “5” Grupo al que Pertenece: MORFOLINA Estado Físico: LIQUIDO Tipo de Formulación: DISPERSION EN ACEITE Formulador y País de Origen: HANGZHOU GILMORE CHEMICAL CO, LTD./CHINA Tipo de Uso: FUNGICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercerla acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afínes, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 09 DE NOVIEMBRE DEL 2021 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMAN Jefe del Depto. REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS (DRIA) 30 N. 2021 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TECNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se, HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado solicitud DE REGISTRO de plaguicidas o sustancia afín. La Abg. ALMA KARINA MEJIA SANCHEZ, actuando en representación de la empresa: ZHEJIANG ZHONGSHAN CHEMICAL INDUSTRY GROUP CO., LTD. tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: BENTAGRONE FORTE 46 SL, compuesto por los elementos: 40% BENTAZONE, 6% MCPA Toxicidad: “4” Grupo al que Pertenece: BENZOTHIADIAZINONE, FENOXIACETICO Estado Físico: LIQUIDO Tipo de Formulación: CONCENTRADO SOLUBLE (SL) Formulador y País de Origen: ZHEJIANG ZHONGSHAN CHEMICAL INDUSTRY GROUP CO., LTD./CHlNA Tipo de Uso: HERBICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercerla acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afínes, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 29 DE SEPTIEMBRE DEL 2021 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMAN Jefe del Depto. REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS (DRIA) 30 N. 2021 _________ _________
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Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 30 D E NOVIEMBRE D EL 2021 No. 35,785 INSTITUTO NACIONAL PARA LA ATENCION A MENORES INFRACTORES INAMI ENMIENDA N°. 1 LICITACION PUBLICA NACIONAL Nº. LPN-010-2021-INAMI PARA LA CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS, MATERIALES ODONTOLOGICOS, MATERIAL Y EQUIPO DE BIOSEGURIDAD, MATERIAL DE LABORATORIO CLINICO, PARA LA ATENCION DE LOS MENORES INFRACTORES INTERNOS EN LOS CENTROS PEDAGOGICOS DE INTERNAMIENTO DEL INSTITUTO NACIONAL PARA LA ATENCION A MENORES INFRACTORES (INAMI) PARA EL AÑO 2022. El INSTITUTO NACIONAL PARA LA ATENCION A MENORES INFRACTORES (INAMI), con fundamento en el Pliego de Condiciones, cláusulas 8.1, 8.2, 8.3 de las Instrucciones a los Oferentes (IAO), comunica la realización de la siguiente ENMIENDA a la Sección II. Datos de la Licitación (DDL), específicamente en la Sección IV Formulario de la Oferta, Listado de Medicamentos de los que la empresa ofertará indicando el máximo requerido en la forma siguiente: El INSTITUTO NACIONAL PARA LA ATENCION A MENORES INFRACTORES (INAMI), ha decidido clasificar en siete (07) lotes los ítems que se están solicitando para este proceso Licitatorio, en el entendido que la oferta se preparará con el máximo requerido en cada lote, asimismo la participación en esta Licitación incluye a todos los comerciantes individuales y empresas mercantiles debidamente inscritas en la Oficina Normativa de Compras y Adquisiciones del Estado (ONCAE). Tegucigalpa, M.D.C, 15 de noviembre de 2021 GERENCIA ADMINISTRATIVA INAMI 30 N. 2021 _______ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abg. BERNABE SORTO RAMIREZ, actuando en representación de la empresa FERTILIZANTES DEL NORTE, S.A. DE C.V. (FENORSA), tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: WEDEX 45.5 CS, compuesto por los elementos: 45.50% PENDIMETALINA Toxicidad: “5” Grupo al que pertenece: DINITROANILINA Estado Físico: LÍQUIDO Tipo de Formulación: SUSPENSION DE ENCAPSULADO (CS) Formulador y País de Origen: OSHIVAAN CROP CARE PVT.LTD./ INDIA Tipo de Uso: HERBICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 02 DE NOVIEMBRE DE 2021 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN JEFE DEL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS (DRIA) 30 N. 2021. INSTITUTO NACIONAL PA LA ATENCION A MENORES INFRECTORES INAMI
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Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 30 D E NOVIEMBRE D EL 2021 No. 35,785 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. MAURICIO DE JESUS ZARRUK HASBUN, actuando en representación de la empresa DOW AGROSCIENCES GUATEMALA, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: TORCH 24 SC, compuesto por los elementos: 24% SULFOXAFLOR Toxicidad: “5” Grupo al que pertenece: SULFOXIMINA Estado Físico: LÍQUIDO Tipo de Formulación: SUSPENSION CONCENTRADA (SC) Formulador y País de Origen: DOW AGROSCIENCES LLC/ESTADOS UNIDOS Tipo de Uso: INSECTICIDA AGRICOLA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DE 2021 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN JEFE DEL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS (DRIA) 30 N. 2021. ______ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. La Abog. ALMA KARINA MEJIA SANCHEZ, actuando en representación de la empresa EL COLONO AGROPECUARIO, SOCIEDAD ANONIMA, tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: GOBERNADOR 15 SL compuesto por los elementos: GLUFOSINATE- AMMONIUM 15% Toxicidad: “5” Grupo al que pertenece: ACIDO FOSFINICO Estado Físico: LÍQUIDO Tipo de Formulación: CONCENTRADO SOLUBLE (SL) Formulador y País de Origen: HEBEI VEYONG BIO-CHEMICAL CO.,LTD/ CHINA Tipo de Uso: HERBICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 01 DE OCTUBRE DE 2021 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN JEFE DEL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS (DRIA) 30 N. 2021. ______ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. La Abog. ALMA KARINA MEJIA SANCHEZ, actuando en representación de la empresa HANGZHOU GILMORE CHEMICAL CO, LTD, tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: PADRINO 6 SC, compuesto por los elementos: 6% SPINETORAM Toxicidad: “5” Grupo al que pertenece: SPINOSYM Estado Físico: LÍQUIDO Tipo de Formulación: SUSPENSION CONCENTRADA Formulador y País de Origen: HANGZHOU GILMORE CHEMICAL CO., LTD/CHINA Tipo de Uso: INSECTICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 9 DE NOVIEMBRE DE 2021 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN JEFE DEL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS (DRIA) 30 N. 2021.
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Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 30 D E NOVIEMBRE D EL 2021 No. 35,785 SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN El infrascrito, encargado de la Secretaría General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR, otorgada en la Resolución Número 698-2021 de fecha 03 de noviembre del año 2021, en relación al ADENDA NO. 1 AL CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN; otorgado por la empresa Concedente; que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia de DISTRIBUIDOR a la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA LETERAGO, S.A., como Concesionaria de la empresa Concedente MEGA LABS, S.A., de nacionalidad uruguaya, de forma EXCLUSIVA; POR TIEMPO DEFINIDO HASTA EL 31 DE OCTUBRE DEL 2023; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLlCA DE HONDURAS, para distribuir sus productos; F. y S. MARIA ANTONIA RIVERA, Secretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CESAR ANDRES VERDE, Encargado de la Secretaría General, Acuerdo No. 172-2021. Esta certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial La Gaceta y registrada en la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, dieciséis de noviembre del año dos mil veintiuno. CESAR ANDRES VERDE Encargado de la Secretaría General Acuerdo No. 172-2021. 30 N. 2021.
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