Acuerdo Ejecutivo — Creación de direcciones en la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia para asuntos de derechos humanos
Congreso Nacional
- Publicación: 2 de junio de 2023
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Categoria: Administrativo
Considerandos
Quienes desempeñen el cargo de las direcciones creadas en este Acuerdo dependerán únicamente del Secretario(a) de Estado. Las atribuciones no se interpretarán de forma restrictiva, quedando sujetas a que se amplíen bajo la instrucción del titular de la Secretaría de Estado.
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia, en el municipio del Distrito Central, a los 12 días del mes de mayo del dos mil veintitrés (2023) COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE RODOLFO PASTOR DE MARIA Y CAMPOS Secretario de Estado en el Despacho de la Presidencia MARIO RENÉ ROJAS RAMÍREZ Secretario General Poder Legislativo DECRETO No. 41-2023
Texto completo
- 1)
Analizar, determinar la viabilidad y los mecanismos de abordaje de las peticiones o solicitudes planteadas a la Secretaría de la Presidencia por parte de las organizaciones de la Sociedad Civil.
- 2)
Coordinar las relaciones con la Procuraduría General de la República, el Comisionado Nacional de Derechos Humanos, la Secretaría de Estado en el Despacho de Derechos Humanos, Ministerio Público y los espacios de diálogo entre sociedad civil y gobierno, que velan por la protección y garantía de los derechos humanos.
- 3)
La representación de la institución en los espacios nacionales e internacionales vinculados a derechos humanos, políticas públicas y otros que se le deleguen.
- 4)
Elaborar opiniones técnicas y dictámenes, sobre políticas públicas atinentes a derechos humanos.
- 5)
Asesorar al Secretario de Estado en el Despacho de la Presidencia, en asuntos en los que la Secretaría tenga competencia en materia de derechos humanos, especialmente en los relacionados a derechos humanos de las mujeres y políticas públicas vinculadas a la materia. NOVENO: Quienes desempeñen el cargo de las direcciones creadas en este Acuerdo dependerán únicamente del Secretario(a) de Estado. Las atribuciones no se interpretarán de forma restrictiva, quedando sujetas a que se amplíen bajo la instrucción del titular de la Secretaría de Estado. DECIMO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia, en el municipio del Distrito Central, a los 12 días del mes de mayo del dos mil veintitrés (2023) COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE RODOLFO PASTOR DE MARIA Y CAMPOS Secretario de Estado en el Despacho de la Presidencia MARIO RENÉ ROJAS RAMÍREZ Secretario General Poder Legislativo DECRETO No. 41-2023