Resolución No. 307-7/2023 — Ampliación del plazo para adecuación de sistemas de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago ACH PRONTO
- Decreto: 307-7/2023
- Publicación: 16 de agosto de 2023
- Categoria: Financiero y Tributario
Considerandos
Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 342 de la Constitución de la República, el Estado, por medio del Banco Central de Honduras (BCH), tendrá a su cargo la formulación y desarrollo de la política monetaria, crediticia y cambiaria del país, debidamente coordinada con la política económica planificada, por lo que el BCH, según el Artículo 2 de su Ley Constitutiva, tiene por objeto velar por el mantenimiento del valor interno y externo de la moneda nacional y propiciar el normal funcionamiento del sistema de pagos, con tal fin formulará, desarrollará y ejecutará la política monetaria, crediticia y cambiaria del país.
Que de acuerdo con los artículos 6 y 16 de la Ley del BCH, le corresponde al Directorio de esta Institución formular, desarrollar y dirigir la política monetaria, crediticia y cambiaria del país, y emitir la normativa correspondiente; así como, velar por el normal funcionamiento del sistema pagos y emitir la normativa que regule dicho sistema; asimismo, de acuerdo con el Artículo 29 de la Ley de Sistemas de Pago y Liquidación de Valores, corresponde a esta Institución emitir los reglamentos y aprobar las normas internas de funcionamiento necesarias de cada uno de los sistemas de pago y de liquidación de valores.
Que los sistemas de pagos son esenciales para asegurar el buen funcionamiento de los mercados financieros y de la economía en general, por lo que es conveniente dictar normas orientadas a propiciar una adecuada operación de tales sistemas, de manera que se asegure el cumplimiento de los principios y estándares internacionales.
Que mediante Resolución No.97-3/2023 del 16 de marzo de 2023, este Órgano Colegiado aprobó las Normas Operativas de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago, ACH PRONTO, con el objeto de regular las operaciones electrónicas que se realizan a través de ese sistema; así como, las responsabilidades de los participantes directos e indirectos de acuerdo con dicha normativa y demás leyes vigentes aplicables en la materia.
Que el Artículo 57 de las referidas Normas establece que las mismas entrarían en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta” y éstas fueron publicadas el 12 de abril de 2023.
Que mediante Resolución No.216-6/2023 del 1 de junio de 2023, el Directorio del BCH resolvió ampliar hasta el 31 de julio de 2023 el plazo para que los participantes de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago, ACH PRONTO, adecúen sus sistemas internos, a fin de cumplir con lo establecido en los artículos 16, numerales 4 y 7, 21 y 25, numerales 2 y 5 de las Normas Operativas de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago, ACH PRONTO.
Que la Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias (AHIBA), mediante nota del 10 de julio de 2023, presentó al BCH solicitud para la ampliación del plazo de adecuación para cumplir con lo establecido en los artículos antes citados hasta el 31 de diciembre de 2023, debido a que actualmente en algunos casos, sus bancos asociados también están desarrollando procesos de adecuación a otras normas; además, de forma simultánea se están implementando cambios importantes a los sistemas informáticos para atender requerimientos de proyectos relacionados con el recaudo de impuestos.
Que la Gerencia, vista la opinión del Departamento de Sistema de Pagos, mediante memorándum SP-2239/2023 del 24 de julio de 2023, ha recomendado a este Directorio que es técnicamente procedente ampliar hasta el 31 diciembre de 2023 el plazo para que los participantes Sección “B” La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 16 D E A G O STO D E L 2023 N o . 36,309 de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago, ACH PRONTO adecúen sus sistemas internos para cumplir con lo estipulado en las Normas Operativas del referido sistema.
Texto completo
RESOLUCIÓN No.307-7/2023.- Sesión No.4039 del 27 de julio de 2023.- EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 342 de la Constitución de la República, el Estado, por medio del Banco Central de Honduras (BCH), tendrá a su cargo la formulación y desarrollo de la política monetaria, crediticia y cambiaria del país, debidamente coordinada con la política económica planificada, por lo que el BCH, según el Artículo 2 de su Ley Constitutiva, tiene por objeto velar por el mantenimiento del valor interno y externo de la moneda nacional y propiciar el normal funcionamiento del sistema de pagos, con tal fin formulará, desarrollará y ejecutará la política monetaria, crediticia y cambiaria del país. CONSIDERANDO: Que de acuerdo con los artículos 6 y 16 de la Ley del BCH, le corresponde al Directorio de esta Institución formular, desarrollar y dirigir la política monetaria, crediticia y cambiaria del país, y emitir la normativa correspondiente; así como, velar por el normal funcionamiento del sistema pagos y emitir la normativa que regule dicho sistema; asimismo, de acuerdo con el Artículo 29 de la Ley de Sistemas de Pago y Liquidación de Valores, corresponde a esta Institución emitir los reglamentos y aprobar las normas internas de funcionamiento necesarias de cada uno de los sistemas de pago y de liquidación de valores. CONSIDERANDO: Que los sistemas de pagos son esenciales para asegurar el buen funcionamiento de los mercados financieros y de la economía en general, por lo que es conveniente dictar normas orientadas a propiciar una adecuada operación de tales sistemas, de manera que se asegure el cumplimiento de los principios y estándares internacionales. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución No.97-3/2023 del 16 de marzo de 2023, este Órgano Colegiado aprobó las Normas Operativas de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago, ACH PRONTO, con el objeto de regular las operaciones electrónicas que se realizan a través de ese sistema; así como, las responsabilidades de los participantes directos e indirectos de acuerdo con dicha normativa y demás leyes vigentes aplicables en la materia. CONSIDERANDO: Que el Artículo 57 de las referidas Normas establece que las mismas entrarían en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta” y éstas fueron publicadas el 12 de abril de 2023. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución No.216-6/2023 del 1 de junio de 2023, el Directorio del BCH resolvió ampliar hasta el 31 de julio de 2023 el plazo para que los participantes de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago, ACH PRONTO, adecúen sus sistemas internos, a fin de cumplir con lo establecido en los artículos 16, numerales 4 y 7, 21 y 25, numerales 2 y 5 de las Normas Operativas de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago, ACH PRONTO. CONSIDERANDO: Que la Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias (AHIBA), mediante nota del 10 de julio de 2023, presentó al BCH solicitud para la ampliación del plazo de adecuación para cumplir con lo establecido en los artículos antes citados hasta el 31 de diciembre de 2023, debido a que actualmente en algunos casos, sus bancos asociados también están desarrollando procesos de adecuación a otras normas; además, de forma simultánea se están implementando cambios importantes a los sistemas informáticos para atender requerimientos de proyectos relacionados con el recaudo de impuestos. CONSIDERANDO: Que la Gerencia, vista la opinión del Departamento de Sistema de Pagos, mediante memorándum SP-2239/2023 del 24 de julio de 2023, ha recomendado a este Directorio que es técnicamente procedente ampliar hasta el 31 diciembre de 2023 el plazo para que los participantes Sección “B”
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 16 D E A G O STO D E L 2023 N o . 36,309 de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago, ACH PRONTO adecúen sus sistemas internos para cumplir con lo estipulado en las Normas Operativas del referido sistema. POR TANTO: Con fundamento en los artículos 342 de la Constitución de la República; 2, 16, literales b) y f) de la Ley del Banco Central de Honduras; 1, 19 y 20 de la Ley de Sistemas de Pago y Liquidación de Valores y en las Normas Operativas de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago, ACH PRONTO, R ESUELV E:
- I)
Ampliar, por última vez, hasta el 31 de diciembre de 2023, el plazo para que los participantes de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago, ACH PRONTO, adecúen sus sistemas internos, a fin de cumplir con lo establecido en los artículos 16, numerales 4 y 7, 21 y 25, numerales 2 y 5 de las Normas Operativas de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago, ACH PRONTO.
- II)
Comunicar esta resolución al Centro de Procesamiento Interbancario, S.A. (Ceproban), a la Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias (Ahiba), a los bancos del sistema financiero nacional y a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros para los fines pertinentes.
- III)
La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. … Firmas.- REBECA P. SANTOS, PRESIDENTE.- EFRAÍN CONCEPCIÓN SUÁREZ TORRES, DIRECTOR.- RINA MARÍA OLIVA BRIZIO, DIRECTORA.- CATHERINE D. PINEDA ERIS, SECRETARIA DEL DIRECTORIO a.i.». Y para los fines pertinentes, se extiende la presente Certificación en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veintisiete días del mes de julio de dos mil veintitrés. Abg. Catherine D. Pineda Eris Secretaria del Directorio a.i. 16 A. 2023 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante o apoderado legal: Bernabe Sorto Actuando en representación de la empresa: FERTILIZANTES DEL NORTE, S.A. DE C.V. (FENORSA) Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De Nombre Comercial: BITCA 20 SC Compuesto por los elementos: 20% CYANTRANILIPROLE Grupo al que pertenece: Diamida antranílica Clasificación toxicológica:
Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Suspensión Concentrada (SC) Formulador y País de Origen: CHIZHOU BIOAGRILAND MULTICHEM Co., LTD/CHINA. Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA: 2305-1500 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”. Tegucigalpa, M.D.C., lunes 7 de agosto de 2023. Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 16 A . 2023