Acuerdo Ejecutivo No. 593-2024 — Reforma al Reglamento de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos 2024
Considerandos
- 1.Que la Presidencia de la República, tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada y en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Secretarios de Estado. A ese efecto, el artículo 116 de la Ley General de la Administración Pública establece que los actos de los órganos de la administración pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias.
- 2.Que de acuerdo con el artículo 41 de la Ley de Procedimiento Administrativo (reformado mediante Decreto Legislativo No. 266-2013), corresponde al Poder Ejecutivo expedir los reglamentos de la Administración Pública, salvo disposición contraria de la Ley.
- 3.Que mediante Decreto Legislativo No. 62-2023 de fecha 16 de enero de 2024, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 36,437 de fecha 18 de enero de 2024, se aprobó el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024, incluyendo las Disposiciones Generales que regularán la ejecución de éste.
- 4.Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 266-2024 de fecha 22 de marzo de 2024, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 36,501 de fecha 5 de abril de 2024, se aprobó el Reglamento de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024.
- 5.Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 408-2024 de fecha 28 de junio de 2024, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 36,572 de fecha 28 de junio de 2024, se aprobó una Reforma parcial al Reglamento de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024, contenido en el Acuerdo Ejecutivo No. 266-2024 de fecha 22 de marzo de 2024, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 36,501 de fecha 5 de abril de 2024.
- 6.Que el artículo 338 del Decreto Legislativo No. 62-2023, contentivo del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024 y sus Disposiciones Generales, establece lo siguiente: “Se autoriza una asignación presupuestaria de hasta Novecientos Cincuenta Millones de Lempiras Exactos (L. 950,000,000.00) para el desarrollo de infraestructura menor y obras sociales a petición y en beneficio de las Comunidades, Patronatos, Asociaciones, Alcaldías, Juntas de Agua, Cajas Rurales, entre otros; así como para el otorgamiento de becas de estudio en todos los niveles educativos. Las obras de infraestructura menor, sociales, becas y canchas deportivas se gestionarán a través del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), Secretaría -- 52 of 96 -- de Gobernación, Justicia y Descentralización (SGJD), Instituto de Crédito Educativo (EDUCRÉDITO), Fondo Social de Desarrollo Eléctrico (FOSODE) y la Comisión Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (CONDEPOR). Se autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para que de conformidad con la Ley Orgánica del Presupuesto y la normativa que regula el Sistema de Administración Financiera Integrado SIAFI, realice las operaciones necesarias, previa solicitud de las instituciones referidas”.
- 7.Que los artículos 62 y 63 del Acuerdo Ejecutivo No. 266-2024 contentivo del Reglamento de las Disposiciones del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024, regulan y establecen el procedimiento a seguir para la aplicación del artículo 338 del Decreto Legislativo No. 62-2023, contentivo del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024 y sus Disposiciones Generales.
- 8.Que para la adecuada aplicación del artículo 338 del Decreto Legislativo No. 62-2023, contentivo del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024 y sus Disposiciones Generales, es necesaria la aclaración y enmienda de ciertos términos contenidos en los artículos 62 y 63 del Reglamento de las Disposiciones del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024, aprobado mediante Acuerdo Ejecutivo No. 266-2024 de fecha 22 de marzo de 2024, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 36,501 de fecha 5 de abril de 2024.
Articulos
Articulo 1
Reformar el artículo 62 del Acuerdo Ejecutivo No. 266-2024 contentivo del Reglamento de las Disposiciones del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024, el cual se leerá de la siguiente manera: “Artículo 62.- El Procedimiento a seguir para la aplicación del artículo 338 del Decreto Legislativo No. 62-2023, será el siguiente: de acuerdo con la obra, rubro y/o proyecto solicitado, las Instituciones a través de las cuales se podrá gestionar los recursos son: Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social (SEDESOL), Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia -- 53 of 96 -- y Descentralización (SGJD), el Instituto de Crédito Educativo (EDUCREDITO), la Comisión Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (CONDEPOR) y el Fondo Social de Desarrollo Eléctrico (FOSODE) a través de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) bajo la estructura presupuestaria siguiente: Gerencia 1, Unidad Ejecutora 1, programa 1, actividad 012. Las instituciones antes referidas, que no cuenten con una Gerencia Administrativa (GA) exclusiva para la ejecución de estos fondos, deberán crear una GA bajo la denominación “Gerencia para Desarrollo de Proyectos autorizados en el art. 338 del Decreto Legislativo No.62- 2023”, con el propósito de ejecutar, dar seguimiento y liquidar en forma transparente los recursos asignados. La ejecución de los recursos es responsabilidad directa de las Instituciones Ejecutoras antes referidas. Pasos para la incorporación de los fondos en las Instituciones Ejecutoras: 1. Presentar la solicitud de obras de infraestructura menor, obras sociales o becas, en beneficio de las comunidades, patronatos, asociaciones, alcaldías, juntas administradoras de agua, cajas rurales, becarios, dirigida a la Institución Ejecutora correspondiente y el listado de beneficiarios con la información detallada de cada uno. 2. La Institución Ejecutora, recibe, evalúa y aprueba o rechaza las solicitudes según corresponda. 3. La Institución Ejecutora a través de su Máxima Autoridad, remite oficio de solicitud de incorporación presupuestaria, dirigido a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas adjuntando la siguiente documentación soporte: a. Listado de obras y beneficiarios de infraestructura menor, obras sociales y/o becas, según sea el caso. El formato de este listado (matriz) será proporcionado por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) a través de la Dirección General de Presupuesto (DGP) a las Instituciones Ejecutoras con el objetivo de relacionar cada una de las obras, rubros y/o proyectos con la literalidad de las categorías establecidas en el artículo 63 del presente Reglamento. b. FMP-04 detallando las estructuras presupuestarias a incorporar. c. Ficha de identificación por cada una de las obras de infraestructura menor, obra social y/o becas. La ficha será proporcionada a las Instituciones Ejecutoras por la SEFIN a través de la Dirección General de Inversión Pública. d. Cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 230 del Decreto Legislativo No.62-2023. e. Respecto de las ayudas y obras sociales contentivas de prestaciones sociales -- 54 of 96 -- materiales o entregables (kits escolares, certificados o cupones de alimento), Instituciones Ejecutoras deberán realizar convenios con la Suplidora Nacional de Productos Básicos (BANASUPRO). Estas ayudas sociales, materiales o entregables deberán ser entregadas con el apoyo y productos de BANASUPRO. 4. Una vez autorizada la incorporación presupuestaria, la Institución Ejecutora procederá con la ejecución y realización de las obras de infraestructura menor, obras sociales o asignación de becas, así como la entrega de ayudas sociales (kits tecnológicos- educativos y certificados o cupones de alimentos de BANASUPRO), durante el ejercicio fiscal 2024. 5. Al finalizar la ejecución, la Institución Ejecutora debe proceder a la presentación del informe de Liquidación ante el Tribunal Superior de Cuentas, entregando copia a la Presidencia de la República y al Congreso Nacional. En caso de que los fondos sean orientados a proyectos de Inversión Pública, la Institución Ejecutora deberá seguir el procedimiento establecido en el Decreto Legislativo No.62-2023 y demás normas aplicables vigentes, para lo cual debe coordinar con la Dirección General de Inversión Pública de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN). Asimismo, para efectos de transparencia, las Instituciones Ejecutoras deberán enviar toda la información solicitada por la Dirección General de Inversión Pública de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), con la finalidad de publicar las obras y/o proyectos ejecutados en el portal Honduras Inversiones (https://hondurasinversiones.gob.hn/). Cada institución es responsable de la ejecución de los fondos y debe publicar en su portal de transparencia la información conforme a la normativa vigente”.
Articulo 2
Reformar el artículo 63 del Acuerdo Ejecutivo No. 266-2024 contentivo del Reglamento de las Disposiciones del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024, el cual se leerá de la siguiente manera: “Artículo 63.- Para la aplicación del artículo 338 del Decreto Legislativo N. 62-2023, se entenderán las definiciones de infraestructura menor, obras sociales y becas en función de las siguientes categorías: A. Infraestructura Menor: 1. Infraestructura, iluminación vial y electrificación: Reparación de caminos secundarios y terciarios (conformación y balastreado de calles, bacheo), caminos vecinales, mantenimiento de caminos rurales, adoquinados o empedrados de tramos de calles, proyectos de pavimentación que no excedan de trescientos (300) metros, construcción de cajas puentes, instalación, mantenimiento y reparación de iluminación vial y electrificación social. -- 55 of 96 -- 2. Agua y saneamiento: Sistemas de agua potable, rehabilitación de acueductos y alcantarillados, entre otras obras similares. 3. Infraestructura social: Reparaciones menores en escuelas, espacios comunitarios y culturales y mejoramiento de instalaciones deportivas. 4. Obras de mitigación de riesgos: Construcción y/o reparación de muros de contención, cunetas, remoción de derrumbes, entre otras obras similares. 5. Reparaciones de infraestructura de salud: Reparaciones o remodelaciones menores en centros de salud y hospitales públicos. B. Obras Sociales: 1. Vivienda: Reparación de viviendas y suministros para saneamiento básico. 2. Fortalecimiento de economía rural y urbana: Capacitaciones locales para emprendedores, capital semilla para grupos vulnerables, apoyo financiero a cajas rurales, suministro de sistema de riegos para campesinos, capacitaciones locales técnicas en salud agroalimentaria y capacitaciones sobre violencia doméstica. 3. Ayuda Humanitaria para grupos vulnerables: Ayudas sociales a grupos vulnerables y en situación de pobreza, como: (i) certificados o cupones de alimento; (ii) kits tecnológicos- educativos como: computadoras, tablets, calculadoras y similares de uso educativo); y/o (iii) apoyo económico para gastos médicos a personas con enfermedades de base o terminales. 4. Equipos y suministros médicos: Materiales y suministros sanitarios, medicamentos, equipo médico, sanitario, hospitalario e instrumental, equipo de laboratorio médico y no médico, para hospitales públicos, clínicas y centros de salud. C. Becas: Becas nacionales priorizadas en cualquiera de los niveles educativos, incluyendo la entrega de kits tecnológico-educativos (computadoras, material didáctico, calculadoras, tablets y similares). Las obras, rubros, gastos y/o proyectos que no estén tipificados en las categorías antes mencionadas no pueden considerarse como infraestructura menor, obras sociales y/o becas para ser financiadas con los recursos asignados en el artículo 338 del Decreto Legislativo No. 62-2023.
Articulo 3
La presente reforma entrará en vigor a partir de la fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA MARLON DAVID OCHOA MARTÍNEZ SECRETARIO DE ESTADO -- 56 of 96 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 26 D E SEPTIEMBRE D E L 2024 N o . 36,650 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE HERENCIA EXP. 0801-2024-04406-CV La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de Ley HACE SABER: Que en el Expediente de Herencia Ab- Intestato que se registra bajo el Número 0801-2024-04406-CV, este Juzgado de Letras Civil dictó Sentencia en fecha veintidós (22) de agosto del año dos mil veinticuatro, que en su parte resolutiva literalmente FALLA: 1) Declarar Heredera Ab-Intestato a la menor ANA SOFIA FU ARITA, de los bienes, derechos, acciones y obligaciones dejados por su difunta madre la señora MARILENA ARITA AMADOR (Q.D.D.G.).- 2) Conceder la posesión efectiva de la Herencia a la menor ANA SOFIA FU ARITA, sin perjuicio de otros herederos Ab-Intestato o testamentarios de igual o mejor derecho.-3) Conceder al señor SIMON DE JESUS FU FLORES, como cónyuge sobreviviente, la cuarta parte conyugal que por derecho le corresponde, de su difunta esposa MARILENA ARITA AMADOR (Q.D.D.G).- 4) Hacer las publicaciones de Ley en el Diario Oficial La Gaceta o en cualquier diario de mayor circulación en este Departamento, o por carteles que se fijarán en tres de los parajes más frecuentados del lugar, durante quince días.- 5) Transcurrido el término antes señalado se extienda a la interesada, certificación íntegra del presente fallo para que se hagan las anotaciones, inscripciones y los trámites legales correspondientes.- NOTIFÍQUESE.- FIRMA Y SELLO ABOGADA ANA ROSAURA CASTILLO PAGOAGA, JUEZA SUPERNUMERARIA JLC-FM, FIRMA Y SELLO ABOGADA DYANA NINOSCKA VALLADARES AMAYA, SECRETARIA ADJUNTA".- Tegucigalpa, M.D.C., 5 de septiembre del 2024 ABG. DYANA NINOSCKA VALLADARES AMAYA SECRETARIA ADJUNTA 26 S. 2024 Sección “B” LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit o _______ Número de Solicitud: 2023-7812 Fecha de presentación: 2023-12-08 Fecha de emisión: 23 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Li Honduras Group, S. de R.L. Domicilio: Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL NUBIA MILAGRO TORRES CHÁVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN IMPROTEC G.- H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "IMPROTEC" y la apariencia de su etiqueta, sin dar protección lo elementos denominativos contenidos en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento natural para el tratamiento de la inflamación de la próstata, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 S. y 14 O. 2024 -- 57 of 96 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 26 D E SEPTIEMBRE D E L 2024 N o . 36,650 Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2023-6462 Fecha de presentación: 2023-10-11 Fecha de emisión: 29 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Avon Products, Inc. Domicilio: 1 AVON PLACE, SUFFERN, NEW YORK 10901, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° UK00003952189 de fecha 01/09/2023 de Reino Unido. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL José Antonio Villeda Maldonado E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BEYOND THE MOON G.- H.- Reservas / Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de las palabras por separado. I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones de tocador no medicinales; artículos de tocador; preparaciones para el cuidado de la piel; humectantes de la piel; tonificadores de la piel; preparaciones para el cuidado del cuerpo y de la belleza; polvos, limpiadores, cremas y lociones, todos para la cara, las manos y el cuerpo; exfoliantes para fines cosméticos; preparaciones cosméticas bronceadoras; aceites y lociones de protección solar; jabones; preparaciones para la ducha y el baño; gel de baño, aceites de baño, sales de baño, perlas de baño y preparados efervescentes para el baño; máscaras de belleza; polvos de talco; esmalte de uñas; quitaesmalte de uñas; uñas postizas; adhesivos para fines cosméticos; cosméticos; crema para los ojos; geles para los ojos; lociones para los ojos; desmaquillante para los ojos; sombra para los ojos; delineador de ojos; cosméticos para las cejas; rímel; lápiz de labios; delineador de labios; brillo de labios; bálsamo labial; base de maquillaje; corrector facial; colorete; toallitas impregnadas de lociones cosméticas; toallitas cosméticas en polvo; bastoncillos de algodón para fines cosméticos; algodón para fines cosméticos; piedra pómez; preparaciones para la limpieza, hidratación, coloración y peinado del cabello; champús, acondicionadores, pulverizadores de acabado y geles, todos para el cabello; preparaciones para la limpieza de los dientes; preparaciones para el afeitado y para después del afeitado; perfumes; fragancias; aguas de tocador; colonia; fragancias de ambiente; varitas de incienso; desodorantes para seres humanos; antitranspirantes para uso personal (artículos de tocador); aceites esenciales (cosméticos); aceites para perfumes y aromas; popurrí; estuches de cosméticos y fragancias, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 27 A., 11 y 26 S. 2024 _______ Número de Solicitud: 2022-5459 Fecha de presentación: 2022-09-14 Fecha de emisión: 9 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Microban Products Company Domicilio: 11400 Vanstory Drive, Huntersville, North Carolina 28078, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ANNY RAMOS GIRÓN E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DURATECH BY MICROBAN G.- H.- Reservas / Limitaciones: I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones antimicrobianas para prevenir la proliferación de bacterias, moho y hongos en las superficies; preparaciones antibacterianas en forma de preparado líquido aplicado a los textiles para prevenir la proliferación de bacterias en los textiles y el olor asociado; desodorantes y agentes de acabado para textiles; preparaciones antifúngicas en forma de preparación líquida aplicada a los textiles para prevenir la proliferación de moho en los textiles y el olor asociado; preparaciones desodorizantes de uso general para uso doméstico, comercial o industrial; revestimientos antimicrobianos para tratar el crecimiento de moho, bacterias y hongos en diversas superficies; preparaciones antimicrobianas biostáticas para tratar bacterias, moho, algas y levaduras y para inhibir el crecimiento de esos organismos; toallas de microfibra impregnadas con un tratamiento antimicrobiano, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 27 A., 11 y 26 S. 2024 _______ Número de Solicitud: 2023-3548 Fecha de presentación: 2023-06-02 Fecha de emisión: 24 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Columbus Networks Limited Domicilio: Windsor Lodge, Government Hill, St. Michael, Barbados. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL SONIA MARÍA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LIBERTY NETWORKS G.- H.- Reservas / Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin dar exclusividad de uso sobre la palabra “NETWORKS”. I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Comunicaciones por redes de fibra óptica; comunicaciones por terminales de ordenador; comunicaciones telefónicas; comunicaciones telegráficas; servicios de conexión telemática a una red informática mundial; servicios de difusión inalámbrica; servicios de encaminamiento y enlace para telecomunicaciones; alquiler de aparatos de telecomunicación; alquiler de aparatos para el envío de mensajes; alquiler de módems; alquiler de teléfonos; alquiler de tiempo de acceso a redes informáticas mundiales; servicios de comunicación por telefonía móvil; servicios de teleconferencia; servicios de telefonía; servicios de videoconferencia; suministro de acceso de usuario a redes informáticas mundiales; suministro de información sobre telecomunicaciones; teledifusión por cable; transmisión de flujo continuo de datos [streaming]; transmisión de mensajes de correo electrónico; transmisión de mensajes e imágenes asistida por ordenador.; comunicaciones por redes de fibra óptica; comunicaciones por terminales de ordenador; comunicaciones telefónicas; comunicaciones telegráficas; servicios de conexión telemática a una red informática mundial; servicios de difusión inalámbrica; servicios de encaminamiento y enlace para telecomunicaciones; alquiler de aparatos de telecomunicación; alquiler de aparatos para el envío de mensajes; alquiler de módems; alquiler de teléfonos; alquiler de tiempo de acceso a redes informáticas mundiales; servicios de comunicación por telefonía móvil; servicios de teleconferencia; servicios de telefonía; servicios de videoconferencia; suministro de acceso de usuario a redes informáticas mundiales; suministro de información sobre telecomunicaciones; teledifusión por cable; transmisión de flujo continuo de datos [streaming]; transmisión de mensajes de correo electrónico; transmisión de mensajes e imágenes asistida por ordenador, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 27 A., 11 y 26 S. 2024 -- 58 of 96 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 26 D E SEPTIEMBRE D E L 2024 N o . 36,650 Número de Solicitud: 2023-6078 Fecha de presentación: 2023-09-22 Fecha de emisión: 15 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: AVON PRODUCTS, INC. DOMICILIO: 1 AVON PLACE, SUFFERN, NEW YORK 10901, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL José Antonio Villeda Maldonado E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AVON G.- H.- Reservas / Limitaciones: I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de comercio al por menor relacionados con la venta de productos de belleza y de cuidado personal, cosméticos, fragancias, artículos de tocador, preparados para el cuidado de la piel y preparados para el cuidado del cabello, prendas de vestir, incluidos, entre otros, trajes, prendas de ropa interior, ropa deportiva, ropa deportiva y de gimnasia, medias, camisas, camisetas, sudaderas, blusas, pantalones, faldas, vestidos, trajes de disfraces, chaquetas, monos, chalecos, pantis, leotardos, prendas de punto, bufandas, batas, albornoces, prendas para dormir, sombreros, calcetines, cinturones, gorros, guantes y delantales, todo ello para vestir, pantalones vaqueros, artículos para llevar en el cuello, trajes de baño y calzado, incluidas botas, zapatos y zapatillas, bisutería, bolsas de viaje, paraguas, sombrillas y bastones, bolsas de viaje, bolsas de lona, bolsas de deporte, bolsos de mano, maletas de viaje, estuches de cosméticos, suplementos dietéticos, vitaminas, suplementos líquidos, suplementos nutricionales, barritas nutricionales para su uso como sustitutivos de comidas, mezclas de bebidas en polvo para sustitutivos de comidas, preparados analgésicos tópicos, preparados medicinales para el cuidado de la piel, preparados cosméticos medicinales, productos de higiene femenina, preparados medicinales para el cuidado de los ojos, preparados desinfectantes y desodorantes de uso general, preparados anti- bacterianos para las manos, el cuerpo, los pies y la boca, preparados medicinales para el cuidado de los pies, preparados para lentes de contacto, preparados medicinales para el cuidado del cabello, preparados medicinales para el cuidado de los labios, dentífricos, preparaciones a base de plantas, preparaciones repelentes de insectos, relojes inteligentes, brumas para almohadas, aceites esenciales y difusores, masajeadores corporales y de pies y bolsas de agua caliente, utensilios domésticos y de cocina y recipientes de cocina, peines y esponjas, cepillos (excepto pinceles), artículos de limpieza, baterías de cocina, utensilios para hornear, cristalería, vajilla, utensilios de cocina, toallas, velas y difusores, candelitas y portavelas, luces decorativas, mantas cubremuebles, ceras derretidas, tazas, decoraciones colgantes y almacenaje; servicios de venta al por menor prestados a través de internet relacionados con la venta de productos de belleza y de cuidado personal, cosméticos, fragancias, artículos de tocador, preparados para el cuidado de la piel y preparados para el cuidado del cabello, prendas de vestir, incluidos, entre otros, trajes, prendas de ropa interior, ropa deportiva, ropa deportiva y de gimnasia, medias, camisas, camisetas, sudaderas, blusas, pantalones, faldas, vestidos, trajes de disfraces, chaquetas, monos, chalecos, pantis, leotardos, prendas de punto, bufandas, batas, albornoces de baño, prendas para dormir, sombreros, calcetines, cinturones, gorros, guantes y delantales, todo para vestir, pantalones vaqueros, artículos para llevar en el cuello, ropa de baño y calzado, incluidas botas, zapatos y zapatillas, bisutería, bolsas de viaje, paraguas, sombrillas y bastones, bolsas de viaje, bolsas de lona, bolsas de deporte, bolsos de mano, estuches de viaje, estuches de cosméticos, suplementos dietéticos, vitaminas, suplementos líquidos, suplementos nutricionales, barritas nutricionales para sustituir comidas, mezclas de bebidas en polvo para sustituir comidas, preparados analgésicos tópicos, preparados medicinales para el cuidado de la piel, preparados cosméticos medicinales, productos de higiene femenina, preparados medicinales para el cuidado de los ojos, preparados desinfectantes y desodorantes de uso general, preparados antibacterianos para las manos, el cuerpo, los pies y la boca, preparados medicinales para el cuidado de los pies, preparados para lentes de contacto, preparados medicinales para el cuidado del cabello, preparados medicinales para el cuidado de los labios, dentífricos, preparados a base de hierbas, preparados repelentes de insectos, relojes inteligentes, brumas para almohadas, aceites esenciales y difusores, masajeadores corporales y de pies y bolsas de agua caliente, utensilios domésticos y de cocina y recipientes de cocina, peines y esponjas, cepillos (excepto pinceles), artículos de limpieza, baterías de cocina, repostería, cristalería, vajilla, utensilios de cocina, toallas, velas y difusores, candelitas y portacandelitas, luces decorativas, mantas cubremuebles, productos de cera para derretir, tazas, adornos colgantes y almacenaje; servicios de venta al por menor mediante servicios telefónicos de tienda a domicilio y fiestas de tienda a domicilio relacionados con la venta de productos de belleza y cuidado personal, cosméticos, fragancias, artículos de tocador, preparados para el cuidado de la piel y preparados para el cuidado del cabello, prendas de vestir, incluidos, entre otros, trajes, prendas de ropa interior, ropa deportiva, ropa deportiva y de gimnasia, medias, camisas, camisetas, sudaderas, blusas, pantalones, faldas, vestidos, trajes de disfraces, chaquetas, monos, chalecos, pantis, leotardos, prendas de punto, bufandas, batas, albornoces, ropa de dormir, sombreros, calcetines, cinturones, gorros, guantes y delantales, todo para vestir, pantalones vaqueros, artículos para llevar en el cuello, ropa de baño y calzado, incluidas botas, zapatos y zapatillas, bisutería, bolsas de viaje, paraguas, sombrillas y bastones, bolsas de viaje, bolsas de lona, bolsas de deporte, bolsos de mano, estuches de viaje, estuches de cosméticos, suplementos dietéticos, vitaminas, suplementos líquidos, suplementos nutricionales, barritas nutricionales para sustituir comidas, mezclas de bebidas en polvo para sustituir comidas, preparados analgésicos tópicos, preparados medicinales para el cuidado de la piel, preparados cosméticos medicinales, productos de higiene femenina, preparados medicinales para el cuidado de los ojos, desinfectantes de uso general y desodorantes, preparaciones antibacterianas para las manos, el cuerpo, los pies, la boca, preparaciones medicinales para el cuidado de los pies, preparaciones para lentes de contacto, preparaciones medicinales para el cuidado del cabello, preparaciones medicinales para el cuidado de los labios, dentífricos, preparaciones a base de hierbas, preparaciones repelentes de insectos, relojes inteligentes, brumas para almohadas, aceites esenciales y difusores, masajeadores corporales y de pies y bolsas de agua caliente, utensilios domésticos y de cocina y recipientes de cocina, peines y esponjas, cepillos (excepto pinceles), artículos de limpieza, baterías de cocina, repostería, cristalería, vajilla, utensilios de cocina, toallas, velas y difusores, candelitas y portavelas, luces decorativas, colgantes, derretimientos de cera, tazas, adornos colgantes y almacenaje; servicios de pedidos en línea relacionados con la venta de productos de belleza y cuidado personal, cosméticos, fragancias, artículos de tocador, preparados para el cuidado de la piel y preparados para el cuidado del cabello, prendas de vestir, incluidos, entre otros, trajes, prendas de ropa interior, ropa deportiva, ropa deportiva y de gimnasia, medias, camisas, camisetas, sudaderas, blusas, pantalones, faldas, vestidos, trajes de disfraces, chaquetas, monos, chalecos, pantis, leotardos, prendas de punto, bufandas, batas, albornoces, prendas para dormir, sombreros, calcetines, cinturones, gorros, guantes y delantales, todo ello para vestir, pantalones vaqueros, artículos para llevar en el cuello, trajes de baño y calzado, incluidas botas, zapatos y zapatillas, bisutería, bolsas de viaje, paraguas, sombrillas y bastones, bolsas de mano, bolsas de lona, bolsas de deporte, bolsos de mano, estuches de viaje, estuches de cosméticos, suplementos dietéticos, vitaminas, suplementos líquidos, suplementos nutricionales, barritas nutricionales para su uso como sustitutivos de comidas, mezcla de bebidas en polvo para sustitutivos de comidas, preparados analgésicos tópicos, preparados medicinales para el cuidado de la piel, preparados cosméticos medicinales, productos de higiene femenina, preparados medicinales para el cuidado de los ojos, preparados desinfectantes y desodorantes de uso general, preparaciones antibacterianas para las manos, el cuerpo, los pies y la boca, preparaciones medicinales para el cuidado de los pies, preparaciones para lentes de contacto, preparaciones medicinales para el cuidado del cabello, preparaciones medicinales para el cuidado de los labios, -- 59 of 96 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 26 D E SEPTIEMBRE D E L 2024 N o . 36,650 dentífricos, preparaciones a base de hierbas, preparaciones repelentes de insectos, relojes inteligentes, brumas para almohadas, aceites esenciales y difusores, masajeadores corporales y de pies y bolsas de agua caliente, utensilios domésticos y de cocina y recipientes de cocina, peines y esponjas, cepillos (excepto pinceles), artículos de limpieza, baterías de cocina, repostería, cristalería, vajilla, utensilios de cocina, toallas, velas y difusores, candelitas y portavelas, luces decorativas, mantas cubremuebles, productos de cera para derretir, tazas, adornos colgantes y almacenaje; servicios de venta por correo al por menor de productos de belleza y cuidado personal, cosméticos, fragancias, artículos de tocador, preparados para el cuidado de la piel y preparados para el cuidado del cabello, prendas de vestir, incluidos, entre otros, trajes, artículos de ropa interior, ropa deportiva, ropa deportiva y de gimnasia, medias, camisas, camisetas, sudaderas, blusas, pantalones, faldas, vestidos, trajes de disfraces, chaquetas, monos, chalecos, pantis, leotardos, prendas de punto, bufandas, batas, albornoces, prendas para dormir, sombreros, calcetines, cinturones, gorros, guantes y delantales, todo ello para vestir, pantalones vaqueros, artículos para llevar en el cuello, ropa de baño y calzado, incluidas botas, zapatos y zapatillas, bisutería, bolsas de viaje, paraguas, sombrillas y bastones, bolsos de viaje, bolsas de lona, bolsas de deporte, bolsos de mano, maletas de viaje, estuches de cosméticos, suplementos dietéticos, vitaminas, suplementos líquidos, suplementos nutricionales, barritas nutricionales para sustituir comidas, mezclas de bebidas en polvo para sustituir comidas, preparados analgésicos tópicos, preparados medicinales para el cuidado de la piel, preparados cosméticos medicinales, productos de higiene femenina, preparados medicinales para el cuidado de los ojos, preparados desinfectantes y desodorantes de uso general, preparaciones antibacterianas para las manos, el cuerpo, los pies, la boca, preparaciones medicinales para el cuidado de los pies, preparaciones para lentes de contacto, preparaciones medicinales para el cuidado del cabello, preparaciones medicinales para el cuidado de los labios, dentífricos, preparaciones a base de hierbas, preparaciones repelentes de insectos, relojes inteligentes, brumas para almohadas, aceites esenciales y difusores, masajeadores corporales y de pies y bolsas de agua caliente, utensilios domésticos y de cocina y recipientes de cocina, peines y esponjas, cepillos (excepto brochas), artículos de limpieza, baterías de cocina, repostería, cristalería, vajilla, utensilios de cocina, toallas, velas y difusores, candelitas y portavelas, luces decorativas, colgantes, productos de cera para derretir, tazas, adornos colgantes y almacenaje; servicios de venta al por menor relacionados con la venta de cajas de suscripción que contienen productos de belleza y cuidado personal, cosméticos, fragancias, artículos de tocador, preparados para el cuidado de la piel y preparados para el cuidado del cabello, prendas de vestir, incluidos, entre otros, trajes, prendas de ropa interior, ropa deportiva, ropa deportiva y de gimnasia, medias, camisas, camisetas, sudaderas, blusas, pantalones, faldas, vestidos, trajes de disfraces, chaquetas, monos, chalecos, pantis, leotardos, prendas de punto, bufandas, batas, albornoces, prendas para dormir, sombreros, calcetines, cinturones, gorros, guantes y delantales, todo ello para vestir, pantalones vaqueros, artículos para llevar en el cuello, trajes de baño y calzado, incluidas botas, zapatos y zapatillas, bisutería, bolsas de viaje, paraguas, sombrillas y bastones, bolsas de mano, bolsas de lona, bolsas de deporte, bolsos de mano, estuches de viaje, estuches de cosméticos, suplementos dietéticos, vitaminas, suplementos líquidos, suplementos nutricionales, barritas nutricionales para su uso como sustitutivos de comidas, mezcla de bebidas en polvo para sustitutivos de comidas, preparados analgésicos tópicos, preparados medicinales para el cuidado de la piel, preparados cosméticos medicinales, productos de higiene femenina, preparados medicinales para el cuidado de los ojos, preparados desinfectantes y desodorantes de uso general, preparaciones antibacterianas para las manos, el cuerpo, los pies y la boca, preparaciones medicinales para el cuidado de los pies, preparaciones para lentes de contacto, preparaciones medicinales para el cuidado del cabello, preparaciones medicinales para el cuidado de los labios, dentífricos, preparaciones a base de hierbas, preparaciones repelentes de insectos, relojes inteligentes, brumas para almohadas, aceites esenciales y difusores, masajeadores corporales y de pies y bolsas de agua caliente, utensilios domésticos y de cocina y recipientes de cocina, peines y esponjas, cepillos (excepto pinceles), artículos de limpieza, baterías de cocina, repostería, cristalería, vajilla, utensilios de cocina, toallas, velas y difusores, candelitas y portacandelitas, luces decorativas, mantas cubremuebles, productos de cera para derretir, tazas, adornos colgantes y almacenaje; presentación de mercancías, a saber, productos de belleza y cuidado personal, cosméticos, fragancias, artículos de tocador, preparados para el cuidado de la piel y preparados para el cuidado del cabello, prendas de vestir, incluidos, entre otros, trajes, prendas de ropa interior, ropa deportiva, ropa deportiva y de gimnasia, medias, camisas, camisetas, sudaderas, blusas, pantalones, faldas, vestidos, trajes de disfraces, chaquetas, monos, chalecos, pantis, leotardos, prendas de punto, bufandas, batas, albornoces, prendas para dormir, sombreros, calcetines, cinturones, gorros, guantes y delantales, todo ello para vestir, pantalones vaqueros, artículos para llevar en el cuello, trajes de baño y calzado, incluidas botas, zapatos y zapatillas, bisutería, bolsas de viaje, paraguas, sombrillas y bastones, bolsas de mano, bolsas de lona, bolsas de deporte, bolsos de mano, estuches de viaje, estuches de cosméticos, suplementos dietéticos, vitaminas, suplementos líquidos, suplementos nutricionales, barritas nutricionales para su uso como sustitutivos de comidas, mezcla de bebidas en polvo para sustitutivos de comidas, preparados analgésicos tópicos, preparados medicinales para el cuidado de la piel, preparados cosméticos medicinales, productos de higiene femenina, preparados medicinales para el cuidado de los ojos, preparados desinfectantes y desodorantes de uso general, preparaciones antibacterianas para las manos, el cuerpo, los pies y la boca, preparaciones medicinales para el cuidado de los pies, preparaciones para lentes de contacto, preparaciones medicinales para el cuidado del cabello, preparaciones medicinales para el cuidado de los labios, dentífricos, preparaciones a base de hierbas, preparaciones repelentes de insectos, relojes inteligentes, brumas para almohadas, aceites esenciales y difusores, masajeadores corporales y de pies y bolsas de agua caliente, utensilios domésticos y de cocina y recipientes de cocina, peines y esponjas