VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 008-2025 | 15 de enero de 2014 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 33,467

Acuerdo No. 008-2025 — Aprobación del Reglamento Administrativo de Viáticos y Otros Gastos de Viaje

Considerandos

  1. 1.Que mediante Decreto Legislativo No. 323-2013 de fecha 15 de enero de 2014, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 33,467 de fecha 01 de julio de 2014, se aprobó la Ley de Protección Especial de Funcionarios y Exfuncionarios en Riesgo Extraordinario y sus reformas contenidas en los Decretos 106-2021 y 143-2021, publicados en el Diario Oficial La Gaceta No. 35,802 y No. 35,825 de fechas 20 de diciembre de 2021 y 18 de enero de 2022, respectivamente; con el objeto de establecer el marco jurídico que regula la implementación de las medidas de protección especial para las personas naturales que presten o hayan prestado sus servicios al Estado y que como consecuencia directa de decisiones y actuaciones inherentes a su cargo, estén expuestos a riesgos extraordinarios y amenazas reales contra su integridad o la de su núcleo -- 14 of 44 -- brindar los servicios de protección y seguridad para las personas naturales en riesgo descritas en la precitada Ley; además de elaborar los respectivos análisis de riesgos y recomendar los esquemas de protección pertinentes.
  2. 2.Que el Artículo 10 de la Ley de Protección Especial de Funcionarios y Exfuncionarios en Riesgo Extraordinario reformado mediante Decreto Legislativo No. 106-2021 de fecha 10 de diciembre de 2021, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 35,802 de fecha 20 de diciembre de 2021, establece que la Unidad Especial de Protección (UEP), deberá contar con los recursos básicos necesarios para brindar el servicio de protección al sujeto protegido, incluyéndose los gastos de seguridad y movilización del funcionario o exfuncionario protegido y del personal asignado para su protección, cubriendo los gastos y costos operativos necesarios para dar protección real en la vida de los funcionarios y exfuncionarios y todos los mecanismos logísticos que garanticen la seguridad y protección.
  3. 3.Que el Artículo 2 del Decreto No. 143- 2021 de fecha 15 de enero de 2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 35,825 de fecha 18 de enero de 2022, establece que los gastos realizados por la Unidad Especial de Protección en la adquisición, contratación y ejecución de bienes, servicios, obras y recurso humano, que de hacerse en forma pública pondría en riesgo la integridad del personal de la institución o del sujeto protegido, tendrán la calidad de reservados y se realizarán por medio de procedimientos administrativos expeditos.
  4. 4.Que el Artículo 2 del Decreto Legislativo No. 143-2021 de fecha 15 de enero de 2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 35,825 de fecha 18 de enero de 2022, establece que corresponde al Director de la Unidad Especial de Protección, la representación legal de esta, así como la potestad de nombrar y remover personal, autorizar compensaciones, retribuciones, esquemas de protección y las demás inherentes a su cargo que podrán ser tanto como fuesen necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la Ley de Protección Especial de Funcionarios y Exfuncionarios en Riesgo Extraordinario.
  5. 5.Que mediante Resolución No. CNDS-004/2023 de fecha 05 de junio del 2023, emitida por el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad, se nombró al ciudadano JORGE ALBERTO ROSA ZELAYA, en el cargo de Director de Unidad de la Unidad Especial de Protección (UEP).
  6. 6.Que la Ley General de la Administración Pública, en su Artículo 116 establece lo siguiente: “Los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias.”

Articulos

Articulo 2

DEFINICIONES: Para los fines del presente Reglamento, los siguientes términos tendrán el significado que se expresa a continuación: a) VIÁTICOS: Cantidad de dinero que se asigna diariamente, para cubrir gastos de permanencia cuando tengan que viajar y permanecer fuera de la ciudad de su lugar de trabajo en función de una asignación o misión oficial. Se entenderá por “gastos de permanencia”, el hospedaje y alimentación. b) TABLA DE VIÁTICOS: Cuadro donde se definen categorías, montos, zonas geográficas, duración del viaje y moneda de pago. c) GASTOS POR ATENCIONES: Cantidad asignada exclusivamente a los funcionarios autorizados para cubrir atenciones a efecto de llevar a cabo la misión encomendada o consecución de los objetivos de la Institución. ARTÍCULO 3.- DISPOSICIONES GENERALES: Este Reglamento aplica tanto a los funcionarios y empleados de la Unidad Especial de Protección, así como al personal asignado a los esquemas de protección de los sujetos protegidos por la Unidad Especial de Protección. Los funcionarios, empleados o personal asignado, en los viajes oficiales deberán hospedarse en lugares que además de dar seguridad, correspondan a la categoría y dignidad del cargo que ostentan. El número de integrantes en cada viaje se limitará a lo estrictamente necesario de acuerdo a la naturaleza de la misión, su importancia y la complejidad del asunto que motiva el viaje. La duración del viaje se limitará al tiempo necesario y exclusivamente a los días que demanda el cumplimiento de la misión oficial. Al personal asignado a un esquema de protección especial de un funcionario o exfuncionario en riesgo solamente se reconocerá el pago de viáticos por viajes realizados dentro del país. No se reconocerá pago complementario de viáticos y otros gastos de viaje, sin la autorización previa del Director de la Unidad Especial de Protección, por el tiempo que exceda a lo previsto en el plan de gira, cuando por causas no justificadas o por negligencia atribuida al funcionario, empleado, personal asignado a la Unidad Especial de Protección o a los esquemas de protección del sujeto protegido, se haya utilizado tiempo adicional de -- 16 of 44 -- estadía para el cumplimiento de la misión encomendada.

Articulo 4

INVITACIONES A EVENTOS O MISIONES: El Director de la Unidad Especial de Protección podrá autorizar el pago de viáticos a funcionarios o empleados de otras instituciones del Estado y Oficiales Superiores de las Fuerzas Armadas de Honduras, Policía Nacional y Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia, para la participación en misiones o eventos de la Unidad. Los viáticos serán calculados homologando la categoría jerárquica del funcionario o empleado invitado con las definidas en el presente Reglamento. ARTÍCULO 5.- ANTICIPOS PARA GASTOS POR ATENCIONES: Los anticipos de gastos por atenciones deberán ser aprobados previamente a que se produzca una misión oficial de viaje. En casos debidamente justificados, estos gastos podrán ser aprobados posteriormente. Los funcionarios de la Unidad Especial de Protección podrán utilizar gastos por atenciones cuando la naturaleza de su trabajo lo justifique. Estos gastos deberán ser liquidados inmediatamente después que los mismos se ejecuten.

Articulo 6

ANTICIPOS POR VIÁTICOS Y OTROS GASTOS DE VIAJE: A efecto de que la Gerencia Administrativa realice los trámites que corresponda, se deberá presentar el Anticipo para Viáticos y Otros Gastos de Viaje, debidamente autorizado, con por lo menos tres (03) días hábiles de anticipación. ARTÍCULO 7.- LIQUIDACIÓN DE GASTOS POR ATENCIONES: Todo funcionario a quien se le autoricen gastos por atenciones, deberá presentar a la Gerencia Administrativa la respectiva liquidación en el mismo formulario de la Liquidación de Viáticos. Para el reconocimiento de los gastos por atenciones, será indispensable la presentación de las facturas correspondientes, acompañadas de un informe con el siguiente detalle: a) Funcionario principal objeto de atención y sus acompañantes. b) Motivo de la atención. c) Nombre y firma del funcionario responsable del gasto. d) Nombre y firma del funcionario que autorizó el gasto. e) Cuando se cancele con tarjeta de crédito o débito, se debe acompañar la respectiva factura y detalle, caso contrario no será reconocido como gasto. El incumplimiento del presente Artículo obligará a reintegrar las sumas anticipadas por este concepto. ARTÍCULO 8.- INFORMES DE VIAJE: Todos los funcionarios, empleados o personal asignado a la Unidad Especial de Protección, deberán presentar el correspondiente informe-resumen, según formato, el cual deberá adjuntarse a la liquidación respectiva conteniendo como mínimo el nombre del lugar(es) visitado(s); el propósito del viaje; nombre, cargo y firma del jefe inmediato. ARTÍCULO 9.- CATEGORÍAS JERÁRQUICAS: Para la aplicación del presente Reglamento, los viáticos y gastos de viaje se proporcionarán de conformidad a la categorización siguiente: -- 17 of 44 --

Articulo 10

ZONAS GEOGRÁFICAS: Para la aplicación del presente Reglamento, los viáticos y gastos de viaje se proporcionarán de conformidad a la categorización siguiente: I.- ZONAS GEOGRÁFICAS DENTRO DEL PAÍS.- Zona I: Comprende los departamentos de Islas de la Bahía y Gracias a Dios y las ciudades de Tegucigalpa, San Pedro Sula, Comayagua, Siguatepeque, Santa Bárbara, Puerto Cortés, La Lima, Juticalpa, Catacamas, El Progreso, Olanchito, Tela, La Ceiba, Trujillo. Tocoa, Santa Rosa de Copán, Copán Ruinas, Choluteca, San Lorenzo y Danlí.- Zona II: Comprende las cabeceras departamentales no incluidas en la Zona I y los lugares siguientes: El Paraíso, Marcala, Choloma y Villanueva..- Zona III: Comprende el resto del país. ZONAS GEOGRÁFICAS FUERA DEL PAÍS.- Zona I: África, Asia, Oceanía y Europa..- Zona II: Canadá, como mínimo el nombre del lugar(es) visitado(s); el propósito del viaje; nombre, cargo y firma del jefe inmediato. ARTÍCULO 9.- CATEGORÍAS JERÁRQUICAS: Para la aplicación del presente Reglamento, los viáticos y gastos de viaje se proporcionarán de conformidad a la categorización siguiente: CATEGORIA GRUPO COMPRENDE I Directivo Máxima autoridad de la Unidad Especial de Protección II Ejecutivo Secretario General, Gerencia Administrativa, Director Legal, Gerentes, Jefes de Departamento, Asesores y personal asignado, con un sueldo mensual igual o mayor a L 25,000.00 III Técnico y de apoyo Empleados y personal asignado a la Unidad Especial de Protección o integrado al esquema de protección del sujeto protegido, con sueldo mensual entre L 11,000.00 y L 24,999.99 -- 18 of 44 -- Estados Unidos de América, México, Suramérica, Panamá y el Caribe..- Zona III: Centroamérica y Belice. ARTÍCULO 11.- TABLA DE VIÁTICOS PARA MISIONES DENTRO DEL PAÍS (Valor en Lempiras)

Articulo 12

TABLA DE VIÁTICOS PARA MISIONES FUERA DEL PAÍS (Valor en Dólares)

Articulo 13

PROCEDIMIENTOS PARA EL CÁLCULO DE VIÁTICOS: Los viáticos se calcularán en base a las categorías jerárquicas, zonas geográficas, períodos de la misión y las tablas de viáticos del presente Reglamento. Los viáticos se calcularán así: a) La asignación diaria de los viáticos, se computará por cada noche que el viajero permanezca fuera de su sede en asuntos oficiales. Se reconocerá una suma equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la tarifa diaria por fracción de día; b) Para viajes oficiales realizados en el mismo día sin que impliquen permanencia de una noche fuera del casco urbano, se reconocerán gastos por alimentación por cada tiempo de comida por la cantidad de doscientos lempiras (L 200.00) independientemente de la categoría del empleado. c) Cuando se trate de invitaciones de parte de gobiernos, instituciones y organismos para participar en actividades oficiales dentro o fuera del país, con gastos pagados menores a los establecidos, se pagará el complemento conforme al presente Reglamento. d) Para los viajes nacionales o internacionales en los cuales se provea alojamiento y , y Danlí.- Zona II: Comprende las cabeceras departamentales no incluidas en la Zona I y los lugares siguientes: El Paraíso, Marcala, Choloma y Villanueva..- Zona III: Comprende el resto del país. I.- ZONAS GEOGRÁFICAS FUERA DEL PAÍS.- Zona I: África, Asia, Oceanía y Europa..- Zona II: Canadá, Estados Unidos de América, México, Suramérica, Panamá y el Caribe..- Zona III: Centroamérica y Belice. ARTÍCULO 11.- TABLA DE VIATICOS PARA MISIONES DENTRO DEL PAÍS (Valor en Lempiras) CATEGORIA ZONA I ZONA II ZONA III I L 3,500.00 L 3,000.00 L 2,500.00 II L 3,000.00 L 2,500.00 L 2,000.00 III L 2,500.00 L 2,000.00 L 1,500.00

Articulo 12

TABLA DE VIATICOS PARA MISIONES FUERA DEL PAÍS (Valor en Dólares) CATEGORIA ZONA I ZONA II ZONA III I $ 650.00 $ 550.00 $ 450.00 II $ 550.00 $ 450.00 $ 350.00 III $ 450.00 $ 350.00 $ 250.00 y Danlí.- Zona II: Comprende las cabeceras departamentales no incluidas en la Zona I y los lugares siguientes: El Paraíso, Marcala, Choloma y Villanueva..- Zona III: Comprende el resto del país. I.- ZONAS GEOGRÁFICAS FUERA DEL PAÍS.- Zona I: África, Asia, Oceanía y Europa..- Zona II: Canadá, Estados Unidos de América, México, Suramérica, Panamá y el Caribe..- Zona III: Centroamérica y Belice. ARTÍCULO 11.- TABLA DE VIATICOS PARA MISIONES DENTRO DEL PAÍS (Valor en Lempiras) CATEGORIA ZONA I ZONA II ZONA III I L 3,500.00 L 3,000.00 L 2,500.00 II L 3,000.00 L 2,500.00 L 2,000.00 III L 2,500.00 L 2,000.00 L 1,500.00

Articulo 12

TABLA DE VIATICOS PARA MISIONES FUERA DEL PAÍS (Valor en Dólares) CATEGORIA ZONA I ZONA II ZONA III I $ 650.00 $ 550.00 $ 450.00 II $ 550.00 $ 450.00 $ 350.00 III $ 450.00 $ 350.00 $ 250.00 -- 19 of 44 -- alimentación, al viajero se le reconocerá el treinta por ciento (30%) de los viáticos; si se provee alojamiento se reconocerá el cuarenta por ciento (40%), si se provee alimentación un sesenta por ciento (60%) de los viáticos. ARTÍCULO 14.- PROCEDIMIENTOS PARA LIQUIDACIÓN: Toda persona sin excepción a quien se le haya otorgado anticipos de viáticos y otros gastos de viaje, deberá presentar a la Gerencia Central dentro de los cinco (5) días hábiles de su regreso, la liquidación en el formulario correspondiente. Aquellos viajeros que, por motivos de asignación inmediata de otro trabajo, vacaciones o licencias, no liquiden en el plazo previsto, deberán hacerlo dentro de los cinco (5) días hábiles del reintegro a sus labores. Pasado el período anterior, el funcionario o empleado que no haya presentado la liquidación, será requerido por escrito por la Gerencia Central, dándole un nuevo plazo de 3 (tres) días para liquidar, pasado el cual, la Gerencia Central cuantificará para que se realice la deducción pertinente mediante planilla en un plazo máximo de tres (3) meses. A ningún funcionario, empleado o personal asignado que tenga una liquidación pendiente, se le autorizarán nuevos anticipos de viáticos o gastos de viaje. ARTÍCULO 15.- VIAJES NO REALIZADOS: Si después de aprobada la autorización de viaje, éste no se realiza por cualquier motivo, los funcionarios, empleados o personal asignado devolverán en un plazo máximo de tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha de cancelación del viaje, los valores recibidos en concepto de anticipos en la misma forma, excepto los gastos en que se haya incurrido y no recuperable con relación al viaje. Si después de iniciadas las labores, se interrumpiere una misión de trabajo por caso fortuito o fuerza mayor, se le reconocerán los viáticos proporcionados al tiempo transcurrido. ARTÍCULO 16.- Cualquier situación no prevista en el presente Reglamento será resuelta mediante Acuerdo por el Director de la Unidad Especial de Protección.

Articulo 17

VIGENCIA: El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de la fecha de su aprobación. SEGUNDO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y tiene vigencia legal. CÚMPLASE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos (2) días del mes de enero de dos mil veinticinco (2025). (FIRMA Y SELLO) JORGE ALBERTO ROSA ZELAYA.-Director.- Unidad Especial de Protección.- (FIRMA Y SELLO).- VÍCTOR PASTOR LOZANO MORAZÁN.- Secretario General.- Unidad Especial de Protección.- Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los Dos (2) días del mes de enero de dos mil veinticinco (2025). VÍCTOR PASTOR LOZANO MORAZÁN Secretario General Unidad Especial de Protección -- 20 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 30 D E E N E R O D E L 2025 N o . 36,753 Sección “B” AVISO DE ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL CPI N° 002-ENEE-UEPER-2024 “ESTUDIO DE FACTIBILIDAD TÉCNICA, ECONÓMICA, FINANCIERA, LEGAL, AMBIENTAL Y SOCIAL, DISEÑO BÁSICO DEL PROYECTO CENTRAL HIDROELÉCTRICA JICATUYO, UBICADO EN LA CUENCA DEL RÍO ULÚA, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA” La Unidad Especial de Proyectos de Energía Renovable (UEPER)/Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), por este medio comunica a los oferentes que fueron invitados y poseían interés en presentar ofertas para el “ESTUDIO DE FACTIBILIDAD TÉCNICA, ECONÓMICA, FINANCIERA, LEGAL, AMBIENTAL Y SOCIAL, DISEÑO BÁSICO DEL PROYECTO CENTRAL HIDROELÉCTRICA JICATUYO, UBICADO EN LA CUENCA DEL RÍO ULÚA, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA” por las razones siguientes: Hemos tenido dificultad con la disponibilidad presupuestaria de dicho objeto de gasto, la unidad gestora del proceso procederán a efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias para realizar este proyecto y efectuar las Modificaciones Técnicas en dicho proceso. En apego al artículo 23 de la Ley de Contratación del Estado: “Podrá darse inicio a un procedimiento de contratación antes de que conste la aprobación presupuestaria del gasto, pero el contrato no podrá suscribirse sin que conste el cumplimiento de este requisito, todo lo cual será hecho de conocimiento previo de los interesados”. Por las razones antes expuestas nos vemos obligados a ANULAR el referido proceso de licitación. Lamentamos el inconveniente causado y a la vez invitamos a todos los oferentes a que participen en los procesos de licitación que se realizarán en el ejercicio fiscal 2025. Tegucigalpa, M.D.C., 16 de enero de 2025 ING. ERICK TEJADA CARBAJAL GERENTE GENERAL (Al) EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA (ENEE) 30 E. 2025 -- 21 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 30 D E E N E R O D E L 2025 N o . 36,753 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL República de Honduras Alcaldía Municipal de Choloma LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-MCH-002-2025 “SUMINISTRO DE PASTELES PARA EL DÍA DEL PADRE, MADRE Y NIÑO 2025” La Alcaldía Municipal de Choloma, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-MCH-002-2025 que tiene por objeto el “SUMINISTRO DE PASTELES PARA EL DÍA DEL PADRE, MADRE Y NIÑO 2025” a presentar ofertas selladas. El financiamiento para la realización del presente proceso será con Fondos Propios Municipales y de Transferencia 2025. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación a partir del día 16 de enero de 2025, mediante solicitud escrita entregándola en las Oficinas de la Unidad de Licitaciones y Contrataciones, ubicadas en el edificio Principal de la Alcaldía de Choloma, esquina opuesta al Parque Central, Barrio El Centro, 1era Calle, 1era. y 2da. Ave. N.E. Choloma, Cortés, previo el pago de la cantidad no reembolsable de L 1,000.00. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). (Solo podrán inscribirse al proceso de forma presencial en la dirección antes indicada). Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección Centro Cívico Emma Romero de Callejas. Ubicado en: 2da Calle, N.E. Entre 4ta y 6ta Ave N.E., Barrio Abajo, Choloma, Cortés, a más tardar a las 10:00 a.m., del martes 25 de febrero de 2025, Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el 2% del valor total de la oferta expresada en Lempiras. Para consultas o información, dirigirse a las Oficinas de la Unidad de Licitaciones y Contrataciones: Teléfono 2627-1340 Extensión 305 o al correo electrónico licitacionesycontrataciones@alcaldia.choloma.hn Enero del 2025, Choloma, Cortés Lic. Gustavo Antonio Mejía Escobar Alcalde Municipal 30 E. 2025 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL República de Honduras Alcaldía Municipal de Choloma ACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-MCH-002-2025 INISTRO DE PASTELES PARA EL DÍA DEL PADRE, MADRE Y NIÑO 2025” unicipal de Choloma, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN- 25 que tiene por objeto el “SUMINISTRO DE PASTELES PARA EL DÍA DEL PADRE, MADRE Y NIÑO ntar ofertas selladas. ento para la realización del presente proceso será con Fondos Propios Municipales y de Transferencia 2025. se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de del Estado y su Reglamento. os podrán adquirir los documentos de la presente licitación a partir del día 16 de enero de 2025, mediante solicitud ándola en las Oficinas de la Unidad de Licitaciones y Contrataciones, ubicadas en el Edificio Principal de la holoma, esquina opuesta al Parque Central, Barrio El Centro, 1era Calle 1era. Y 2da. Ave. N.E. Choloma, Cortés, o de la cantidad no reembolsable de L 1,000.00. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados ma de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, compras.gob.hn ). (Solo podrán inscribirse al proceso de forma presencial en la dirección antes indicada). eberán presentarse en la siguiente dirección Centro Cívico Emma Romero de Callejas. ubicado en: 2da Calle, a y 6ta Ave N.E., Barrio Abajo, Choloma, Cortés, a más tardar a las 10:00 a.m. del martes 25 de febrero de 2025, ue se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los deseen asistir en la dirección indicada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de nto de la oferta por el 2% del valor total de la oferta expresada en Lempiras. s o información, dirigirse a las Oficinas de la Unidad de Licitaciones y Contrataciones: Teléfono 2627-1340 5 o al correo electrónico licitacionesycontrataciones@alcaldia.choloma.hn Enero del 2025, Choloma, Cortés Lic. Gustavo Antonio Mejía Escobar Alcalde Municipal -- 22 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 30 D E E N E R O D E L 2025 N o . 36,753 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de febrero del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el señor HECTOR ARNALDO CASTELLANOS INESTROZA, incoando demanda contencioso-administrativa vía procedimiento especial en materia de personal con orden de ingreso número 0801-2023-00285, en contra del Estado de Honduras a través del INSTITUTO HONDUREÑO DE TRANSPORTE TERRESTRE, contraída a solicitar “se interpone demanda de procedimiento especial en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho, constituido por el acuerdo tácito de despido contenido en la nota de fecha 31 de enero del 2023, así como de la acción de cancelación por despido no.686 emitidas por el Estado de Honduras a través del Instituto Hondureño de Transporte Terrestre (IHTT).- Declarar la ilegalidad del mismo por no ser conforme a derecho, por infringir el ordenamiento jurídico, por exceso y desviación de poder.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por despido ilegal e injusto.- Y como medidas para el pleno restablecimiento de mi derecho subjetivo violado, se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro al cargo que ocupaba al momento de ser despedido del cargo de oficial jurídico que ocupaba en la oficina central del Instituto Hondureño de Transporte Terrestre (IHTT), al momento de ser despedido. Que se me paguen los salarios dejados de percibir desde la fecha de mi cancelación hasta que se produzca mi reintegro.- Que se me incorpore en el sistema de previsión de los empleados y funcionarios del Poder Ejecutivo desde el inicio de la relación laboral según lo mandan el artículo 2 numerales 1), 2) y 12), artículos 4 y 5 tercer párrafo y artículo 38 de la ley del INJUPEMP.- Se ordene conceder el goce y pago de las vacaciones correspondientes al periodo 2021-2022 en virtud que me fueron pagadas pero no se me concedió el goce. Se ordene conceder el pago de los quinquenios que me correspondan durante el transcurso del juicio de acuerdo a la antigüedad laboral y el ajuste por el ipc (bono de canasta básica) desde el inicio de la relación laboral.- Se ordene el pago y otorgamiento de las vacaciones de conformidad con la ley desde el inicio de la relación laboral ya que solo me otorgaban un día al mes o sea doce días al año sin importar la antigüedad laboral.- Reconocimiento y pago de los incrementos salariales que han sido concedidos por el gobierno a todos los empleados públicos durante el tiempo de la relación, sin perjuicio de aquellos y los demás derechos que se produzcan durante la secuela del juicio.- Gastos y costas del juicio. Se confiere poder. Se acompañan Documentos probatorios.- Documentos anexos”. ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 30 E. 2025 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. El representante o apoderado legal: María Liliana Aguilar Actuando en representación de la empresa: BELLROD S. DE R.L Tendiente a que autorice el: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS De nombre Comercial: DUAL-PI 40 SC Ingrediente activo: 35% Tricyclazole, 5% Kasugamycin Grupo al que pertenece: Triazolobenzotiazol, Antibiótico Tipo de Formulación: Suspensión Concentrada (SC) Clasificación toxicológica: 4 Estado Físico: Líquido Formulador y País de Origen: BELLROD S. DE R.L / HONDURAS Tipo de Uso: Fungicida EXPSENASA: 2409-3232 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y / o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo del cuerpo Legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria Decreto Ejecutivo No.157-94. Reformada mediante Decreto Legislativo No.344-2005, REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 002-2023 PCM 015-2020. Por tanto el Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas (DRIA), Adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del SENASA emite el presente aviso para publicación. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., jueves, 16 de enero de 2025 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 30 E. 2025 -- 23 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 30 D E E N E R O D E L 2025 N o . 36,753 MUNICIPALIDAD DE LA ESPERANZA INTIBUCÁ, HONDURAS, C.A. AVISO DE LICITACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-AMLE N°. 001-2024 La Municipalidad de La Esperanza, Intibucá, por este medio invita a las personas Jurídicas, Nacionales o Extranjeras, legalmente constituidas en el país, a presentar ofertas para ejecutar: PROYECTO: CONSTRUCCIÓN DE SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO I ETAPA. UBICACIÓN: COLONIASAN CARLOS DELMUNICIPIO DE LA ESPERANZA, DEPARTAMENTO DE INTIBUCÁ. La venta y entrega de los pliegos de licitación se realizará el pago en la oficina de Control Tributario la suma no reembolsable de QUINIENTOS LEMPIRAS CON 00/100 (L. 500.00) con el correspondiente recibo de pago, deberán retirar los documentos de la licitación en la oficina de Infraestructura Municipal. Los interesados podrán adquirir las bases de licitación pública LPN 001-2024 a partir del día 06 de enero del año 2025, en horario de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. Las ofertas serán abiertas en público a las 10:00 a.m. hora oficial de la República de Honduras, el día VIERNES 14 DE FEBRERO DEL 2025, en presencia de la comisión nombrada para tal efecto y de los oferentes o sus representantes legales debidamente acreditados, en el Salón de Sesiones de la Municipalidad de La Esperanza, Intibucá. La Municipalidad de La Esperanza financiará este proyecto con FONDOS NACIONALES (Transferencia y Propios). DR. MIGUEL ANTONIO FAJARDO Alcalde Municipal de La Esperanza 30 E. 2025 -- 24 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 30 D E E N E R O D E L 2025 N o . 36,753 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 21 de agosto del año 2023 comparece el señor Angelo Luciano Carmelo Cesi Rizzo interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-00942, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Desarrollo Económico, se interpone demanda en materia de personal para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular de cancelación por no estar dictado conforme a derecho.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se ordene 1) El pago de las pretensiones e indemnizaciones laborales de ley; y, a título de daños perjuicios el pago de los salarios de percibir desde la fecha de la cancelación hasta aquella en que quede firme la sentencia respectiva; más el reconocimiento de derechos adquiridos como ser décimo tercer y décimo cuarto mes, vacaciones ya aumentos generales y otros en ausencia.- Se anexan documentos.- Petición.- Poder; en relación al Acuerdo de Cancelación No. 044-2023 de fecha 02 de agosto del 2023. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 30 E. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cinco (05) de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado la Abogada NANCY DEL CARMEN MIRA COLINDRES, los señores DIANA ROSARIO CASTILLO ZALAVA, HERMELINDO UMANZOR GARCIA, PATRICIA LIZETH PAVON RODRIGUEZ Y LORENZO UBALDO PAVON RODRIGUEZ, incoando demanda vía procedimiento en materia ordinaria contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE SALUD, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en un acto presunto por SILENCIO NEGATIVO constituido por la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD (SESAL), al no resolver dentro del plazo establecido el reclamo administrativo de incrementos de salario; se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado, se reconozca mediante sentencia la nivelación a la base salarial, el pago de los incrementos de salario y reajuste al mismo conforme establece la Ley del Estatuto Médico Empleado en relación con la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, así como incentivos de salario bienal del 3.5%, decimotercer mes, decimocuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos a partir del 1 de enero del 2019, hasta la fecha que se ejecute la sentencia. Intereses. Costas.- Habilitación de días y horas inhábiles.- Se delega poder.- Se acompañan documentos. HAMELIN FANUEL AVILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 30 E. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha once de enero del año dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado la Abogada LIANA RODRIGUEZ VALLADARES, quien actúa en condición de representante procesal de la señora HASIVE SARAHI FLORES ARGUELLO, incoando demanda en materia personal con orden de ingreso número 0801-2

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