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Decreto No. SCGG-00005-2021 | 23 de enero de 2014 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 35,506

Acuerdo Ejecutivo No. SCGG-00005-2021 — Delegación de representación ante el Comité Técnico del Fideicomiso del Fondo de Solidaridad y Protección Social

Considerandos

  1. 1.Que bajo el artículo 29 del Decreto Legislativo 266-2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 23 de enero de 2014, se crea la Secretaría de Coordinación General de Gobierno.
  2. 2.Que bajo Acuerdo Ejecutivo No.107- 2020 de fecha 30 de septiembre de 2020, se nombra al ciudadano CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO como Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno.
  3. 3.Que el Artículo 24 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, describe que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley, que les corresponde, asimismo, el conocimiento y resolución de los asuntos del Ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios, Secretario General y Directores Generales el ejercicio de atribuciones específicas.
  4. 4.Que el Artículo 36 de la Ley General de la Administración Pública, específicamente el numeral 1 indica que Orientar, dirigir, coordinar, supervisar y controlar las actividades de sus respectivos despachos, sin perjuicio de las atribuciones que la Constitución y las Leyes confieran a otros Órganos, son atribuciones y deberes comunes a los Secretarios de Estado.
  5. 5.Que el Capítulo I, Artículo 1, del Decreto Ejecutivo Número PCM-001-2014 de fecha tres (03) de febrero del año dos mil catorce (2014), publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el veintidós (22) de febrero del dos mil catorce (2014), describe las entidades adscritas a la Secretaría de Coordinación General de Gobierno entre las que se encuentra bajo el numeral 1, la Dirección Presidencial de Planificación Estratégica, Presupuesto e Inversión Pública, derogado bajo el Artículo 33 del Decreto Ejecutivo Número PCM-009-2018 de fecha quince (15) de marzo del año 2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el veintitrés (23) de marzo del dos mil dieciocho (2018). -- 11 of 16 --
  6. 6.Que mediante el Artículo 1 del Acuerdo Ejecutivo Número PCM-025-2018, de fecha veinticinco (25) de junio del año dos mil dieciocho (2018), publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el veinticinco (25) de julio del dos mil dieciocho (2018) se Decreta reformar el primer párrafo del Artículo 1 del Decreto Ejecutivo PCM No. 009-2018 de fecha 15 de marzo de 2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha 23 de marzo de 2018, el cual indica: que son parte integrante de la Secretaría de Coordinación General entre otras entidades la Dirección Presidencial de Planificación, Presupuesto por Resultados e Inversión Pública (DPPI) y sus tres (3) Subdirecciones: de Planificación; Presupuesto por Resultados e Inversión Pública, y, Desarrollo Territorial.
  7. 7.Que el Congreso Nacional de la República, mediante Decreto Legislativo No.278-2013 de fecha veintiuno (21) de diciembre del año dos mil trece (2013), publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el treinta (30) de diciembre del dos mil trece (2013), emitió la Ley de Ordenamiento de la Finanzas Públicas, Control de Exoneraciones y Medidas de Antievasión, de manera que el Artículo 45 de dicha Ley instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para que proceda a la constitución de un Fondo de Solidaridad y Protección Social Para la Reducción de la Pobreza Extrema por un monto de Cuatro Mil Quinientos Millones de Lempiras (L. 4,500,000,000.00). Dichos fondos serán depositados en el Banco Central de Honduras, o en uno o más bancos del Sistema Financiero Nacional, mediante un fideicomiso a efecto de garantizar que los recursos económicos recaudados en el mencionado Fondo sean exclusivamente destinados para garantizar la continuidad y ampliación de beneficiarios del Programa Bono 10,000 y otros proyectos y programas sociales impulsados por la Presidencia de la República o la Secretaría de Estado que designe el Consejo de Ministros. La Unidad Ejecutora de los fondos contenidos en este fondo contará con la veeduría social integrada por representantes de organizaciones no gubernamentales que designe la Presidencia de la República, el cual fue modificado mediante Decreto No.290-2013 de fecha ocho (08) de enero de dos mil catorce (2014), publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el cinco (05) de abril de dos mil catorce (2014).
  8. 8.Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Legislativo No.278-2013 de fecha veintiuno (21) de diciembre del año dos mil trece (2013), publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el treinta (30) de diciembre del dos mil trece (2013), bajo el No.27-2014, se suscribió el -- 12 of 16 -- “Contrato de Fideicomiso entre la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y el Banco Central de Honduras, contrato firmado por el Titular de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y el Presidente y Representante Legal del Banco Central de Honduras, a los treinta y un (31) días del mes de marzo de dos mil catorce (2014).
  9. 9.Que la Cláusula Octava del Contrato de Fideicomiso suscrito entre la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y el Banco Central de Honduras No.27-2014, específicamente “Del Comité Técnico” indica que para una efectiva y transparente administración de los recursos fideicometidos “El Fiduciario” será asistido por un Comité Técnico, el cual será integrado entre otras Instituciones, el Director Presidencial de Planificación, Presupuesto por Resultados e Inversión Pública (DPPI), en representación de esta Secretaría de Estado.
  10. 10.Que en virtud que a la fecha no se ha nombrado el Director Presidencial de Planificación, Presupuesto por Resultados e Inversión Pública (DPPI) y para dar cumplimiento a lo establecido en la Cláusula Octava del Contrato de Fideicomiso denominada “Del Comité Técnico” respecto a la integración de éste, el Secretario Coordinador General de Gobierno en el marco de sus facultades legales, delega la representación de esta Secretaría de Estado mediante el presente acuerdo.
  11. 11.Que la ciudadana Karoline Pacheco Suazo se trasladó a partir del 01 de enero de 2019 a esta Institución, al cargo de Analista de Gestión y Promoción Internacional, mediante Acuerdo No.00040-2019 de fecha 01 de marzo de 2019.

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