VigenteCategoria: Ambiental
6 de diciembre de 2016 | Congreso Nacional
Decreto Legislativo — Aprobación del Convenio de Cooperación Técnica entre la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería y la Fundación para el Desarrollo Empresarial Rural
Considerandos
- 1.Que el Gobierno del Japón, desde 'hace varios años ha venido extendiendo su Cooperación Financiera no Reembolsable a Honduras, mediante la Ejecución del Programa 2KR, beneficiando a los productores menos privilegiados, con el propósito de aumentar la producción de alimentos en el país.
- 2.Que el Excelentísimo Señor Embajador del Japón, el 13 dejunio del 2013, aprobó el uso del Fondo Contravalor del Programa 2KR, para su ejecución a través de ia Fundacióu pani el ñesanollo Empresarial Rural (zuNDER), para el Proyecto"Desarrollo de Oportunidades Comerciales y Mejoramiento de la Eficiencia y Rentabilidad de la Cadena de Producción de Ajonjolí en los departamentos de Valle y Choluteca. CON§IDERANDO: Que el primero de.agosto del año dos mil trece, fue suscrito el Convenio de Cooperación Técnica entre la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) y la Fundación para el Desanollo Empresarial Rural (FIJNDER), para laEjecución, del Proyecto "Desa¡rollo de Oportunidades Cornerciales y Mejoramiento de la Eficiencia de Rentabilidad de la Cadena de Producción de Ajonjolí en los departamentos de Valle y Choluteca, con vencimiento al primero de agosto del año dos mil dieciséis.
- 3.Que de conforrnidad alArtículo 205, Atribución 19) de la Constitución de la Repúblic4 es potestad del Congreso Nacional aprobar o improbar los contratos que lleven involucradas exenciones, incentivos y concesiones , fiscales, o cualquier otro contrato que haya de producir o prolongar sus efectos al siguiente período de gobiemo de la República. PORTANTO, D E C R E.T A: ARTÍCITLO 1.- Aprobar en todas y cada una de sus partes, EL CONVENIO DE COOPERACTÓN TÉCNTCA ENTRE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICTILTIJRA Y GANADERÍAY L,d FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO EMPRE- SARIAL RURAL, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO'DESARROLLO DE OPORTI.INIDADES COMERCIALES Y MEJORAMIENTO DE LA, EF'ICIENCIAYNNTVM,NTMAD DE LA CADENA DE PRODUCCIÓU»T AJONJOLÍ ENLOS DBPAR- TAMENTOS DE VALLE Y CHOLUTECA, que literalmente dice: "SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURAYGANADERÍA(SAq, CO¡IVENIO DE COOPERACIÓN TÉCTITCA ET{TRE LA SECRETARÍA DEESTADOS EI\ L/OSDESPACHO,SDE AGRICTJUI{]RA ^C& Qrceta -- 2 of 8 -- BLICADE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C. 6 DE DICIEMBRE DEL 2016 No. YGANADERÍAYFTJNDACIÓN PATTAF,LDESARROI¿O EMPRESARIAL RURAT,, PARA LA &IECUCION DET, PROYECTO:'DESARROLTO DE OPORTUNIDADES CONIER.CIALES Y MEJORAMIENTO DE F,A. EFICIE¡{CIAY RENTABILIDAD DE LA CADENA DE PRODUCCIÓN DE AJONJOLÍ EN LOS DEPARTA- NÍENTOS DE VA,LLE Y CHOLUTECA. Nosotros: Jacobo José f{egalado Weizemblut, mayor de edad, casado, Ingeniero Agrónomo, Tarjeta de Identidad No.ÓSOt-tgO8-01928 y de este domicilio. actuando en su condición de Secretario de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, nombrado según Acuerdo No" 123-A-2010 de fecha l0 de Febrero de 2010, en adelante denominado "SAG" y Miguel Ángel Bonilla Reyes, mayor de edad, casado, Ing.eniero Agrónomo, de nacionalidad hondureña, Tarjeta de Identidad No. 0801- 1949-01914 actuando en su carácter de Director Ejecutivo de la Fundación para el Desarrollo Empresarial Rural, nombrado por la Junta Directiva de Gobemadores según Acta No. 15 de fecha 20 Septiembre del 2006, quien de ahora en adelante denominado, FUNDER, hemos convenido en celebraq como al efecto celebramos, el presente Convenio de Cooperación Técnica, el cual se regirá por las cláusulas siguientes: ANTECEDENTES Y NATURALEZADE LA COOPERACIÓN. El GObiCMO del Japón, desde hace varios años ha venido extendiendo su Cooperación Financiera No Reembolsable a Honduras, mediante la ejecución del Programa 2KR, beneficiando a los productores menos privilegiados, con el propósito de aurirentar la producción de alimentos en el país. En respuesta a la solicitud presentada por el Secretario de Estado de Agricultura y Ganadería, el Excelentísimo Señor Embajador del Japón Sr. Shisei Kaku, mediante Nota EJH- 0-No.l62 de fecha 13 de Junio del 2013, aprobó el uso del Fondo Contravalor del Programa 2KR, para su ejecucién a través de FUNDER para el Proyecto "Desarrollo de Oportunidades Comerciales y Mejoramiento de la Eficiencia y Rentabilidad de la Cadena de Froducción de Ajonjolí en los depar- tanrentos de Yalle y Choluteca". Mediante el presente convenio, la SAG consideró conveniente delegar a FUNDER la ejecución de dicho proyecto, por ía relación entre ambas instituciones, la experiencia de trabajo en proyectos rurales, la ejecución de proyectos financiados con el Programa 2KR y la presencia operativa que FUNDER. tiene en la Región Sur de Honduras. I-a SAG, es la institución ejecutora del Programa.2KR y rectora de la Folítica Agroalimentaria del Faís y sus atribuciones están orientadas al desarrollo de programas y proyectos que faciliten el acceso a la tecnología, financiamiento y demás servicios para garantizar mejoras en la producción y productividad, para beneficios de los/as productóres/as a nivel nacional. FUNDER es una organización privada, sin fines de lucro, que impulsa procesos participativos de desarrollo empresarial, mediante servicios de capacitación y asisteniia técnica de organización, producción, procesamiento, cornercialización, financiamiento y fortalecimiento de cajas rurales, microempresas e iniciativas de agronegocios, con pequeños y medianos productores y productoras. Está formada por instituciones de gobierno, representantes de la sociedad civil (organizaciones sociales rurales) y miembros de la cooperación internacional, comprometidos en el objetivo de contribuir a mejorar las condiciones de vida de las familias más vulnerables del sector rural de Honduras. La SAG y FUNDER, convienen celebrar el presente Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica Recíproca, a fin de propiciar los medios necesarios para que las partes en forma conjunta ejecuten el Proyecto: Desarrollo de Oportunidades Comerciales y Mejoramiento de Ia Eficiencia y Rentabilidad de la Cadena de Producción de,{jonjolí en los departamentos de Valle y Choluteca, Froyecto que es cofinanciado por el Gobierno de Japón a través del Programa Asistencia a los Productores Menos Privilegiados Second Kennedy Round 2KR y ejecutado por FUNDER. CLÁUSULA PR.IMERA: OBJETIVO -- 3 of 8 -- BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGAL M.D.C 6 DE DICIEMBRS, DEL 2016 No. 34,205 GENERAI- Y ESPECIF'ICOS DE[, PROYECTO" a" OBJETIVO GENER.AL: N{ejorar la competitividad de la cadena de valor de Ajonjolí, con énfasis en ios productores y sus familias en los departamentos de Vaile y Choluteca mediante el fortalecimiento organizativo" productivo, financiero y de comercialización. b" OBJETMS ESPECÍFICOS: El proyecto contempla los objetivos específicos siguientes: l. Mejorar los ingrdsos de los productores de Ajonjolí de los áepartamentos de Valle y Choluteca incrementando la rentabilidad de su cultivo. 2. Reducir el riesgo con que operan actualmente los productores del rubro, a través de la introducción de mejoras tecnológicas en la producción, ia reducción de las incertidumbres de mercado y ei acercamiento a fuentes más accesible de crédito. 3. Fofralecer el poder de negociación de tros productores de ajonjolí frente a los dernás miembros de la, cadena (proveedores e intermediarios principalmente) mediante la consolidación de sus estructuras organizativas, CLÁIJSULA SEGUNDA: RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. De la S.dG: a) Asegurar por medio de la coordinación de los recursos técnicos con que cuentan las partes, un eficiente intercambio de información y ei asesoramiento que propicie sinergia de los esfuerzos que se realizan, para mejorar la produccién y la productividad agroalimentaria, aprovechando de manera óptima, los recursos humanos existentes en ambas instituciones. b) Aprobar previa revisién y dictamen, los informes operativos y financieros trimestrales de avance y final presentado por FUNDER., y sometidos a aprobación por I-a SAG al Comité Técnico Enlace y Comité Técnico Administrativo Financiero del Fideicomiso del Programa 2KR, para los procedimientos de desembolso conforme a io establecido en este Convenio. c) Apoyar a través de la Dirección Ciencia y Tecnología Agropecuaria (DICTA), la realización del componente I y 3 del Desarrollo del Menú tecnológico descrito en la rnetodología del proyecto. d) Identificar y participar conjuntamente con FUNDER. en tra ejecución de actividades de promoción y visibilidad del proyecto, rnediante 1as que se divulguen los logros y avance-§ alcanzados con el apoyo financiero no reembolsable dei Gobiemo del Japón, a través del Programa 2KR. e) Otras que sean consideradas pertinentes para el éxito de las actividades objeio del presente Convenio. De FUNDER: a) Desarrollar proactivamente, cada una de las résponsabilidades establecidas en la ejecución de ias actividades derivadas de este Convenio, brindando toda la colaboracién al personal de la SAG y sus dependencias, para cumplir con los objetivos y propósitos establecidos. b) Desarrollar con absoluta transparencia todas las actividades productivas y administrativas, generando los mecanismos y herramientas que corresponden al seguimiento y control de los procesos de ejecución de fondos y su posterior rendición de cuentas ante quien corresponda. c) Aperturar una cuenta de ahorro en el BAI"{ADESA, para el manejo de los fondos de ejecución del proyecto. Dichos recursos serán transferidos trimestralmente por el Fondo 2KR, previa autorización del Comité Técnico Administrativo Financiero del Fideicomiso 2KR, posterior a la presentación del Informe trimestral y/o cierre del Proyecto. d) Desarrollar actividades-de visibilidad y promocién del proyecto, promoviendo y divulgando que la ejecución del mismo, es con el apoyo f,rnanciero del Gobiemo de Japón, a través del Frograma 2KR. de la SAG e) Incluir los logos de la SAG y de1 Programa 2KR, en los afiches, rótulos, boletines y otros artículos de promoción y visibilidad del Proyecto. f1 l-ograr los objetivos estipulados en la Cláusula Segunda, rnediante el desarrollo de la estrategia de operación explicada en la Cláusula Sexta; para alcanzar los resultados siguientes: -- 4 of 8 -- BLICA DE TIONDURAS - TEGUCIGAL M. D. C..6 DE DTCIEMBRE DEL 2016 No. i:.l.Ii:ir;:iffi i:iir.:ilii:j.iffi l:1ii.:r:¡;¡i:19 :IlüIE.üA:i;i iiiríit:11:I.1i;ij:ii: j:li.i:i:rii:;:l;l?;tliri j 1 ¡ Análisis de la Cadena de Ajonjolí en los Departamentos de Valle y Choluteca . Desarrollo de menú tecnolégico para el cultivo de ajonjolí . 100% de los productores de la zona participan del censo. o $ variedades de ajonjolí validadas o 20 parcelas de validación desarrolladas, . 50 qq de semilla producido y . 2 guías técnicas preparadas Finaldel proyecto 2 " Fortalecimiento de las estructuras organizativas existentes pr.ri., al proyecto y creación de nuevas para el alcance de los objetivos del proyecto Procesos de negociación eonjunta llevados a cabo entre los productores de ajonjolíy sus clientes. " 19 capacitaciones en organización son desarrolladas con productores del proyecto Finaldel proyecto 3 . lmplementación y adopción de menú tecnológico de producción de ajonjolí " 200 agricultores capacitados en la nueva tecnología de producción . lncrementados los rendimientos de 10 a 16 quintales/mz Finaldel proyecto 4 Diseño e implementación de la estrategia de mercado y comercialización del proyecto que aseguie la rentabilidad financiera de los productores de Ajonjolí " Estrategia de mercado diseñada " 90% del volumen producido es comercializado bajo esquemas de contratos garantizando volúmenes de venta y una banda de precios previo a la síernbra Finaldel proyecto .d En -- 5 of 8 -- RE A DE HONDURAS - TEG{JCtrG.A g) Presentar a la UFEG-SAG y al Frograma 2KR, informes operativos de forma trimestral y anuai, indicando el avance fisico y presupuestario del proyecto y resultados alcanzados (objetivos, rnetas, iogros, presupuestarios, etc.,) respectivamente y al conclür ei Proyeoto, un informe final. h) Presentar paracada año de ejecución del Froyecto, un programa financiero de desernbolsos de forma trimeskal. i) Programar y ejecutar conjuntamente con el Frograma 2KR.-SAG, Cooperación Japonesa y oualquier otra institución que asigneia SAG, üsitas de seguimiento y evaluación para la verificación en campo y análisis de cumplimiento de objetivos, avances, limitaciones o problemas y resultados del proyecto" j) Establecer y aplicar el sistema de seguimiento y evaiuaciónde 1as arciones estabiecidas en el Convenio. k) Destinar de los fondos aprobados, recursos financieros para el Comité Enlace proceda a la contratación de una firma auditora, para realización de ia auditoría externa correspondiente del Proyecto" i) Estabtrecerun Fondo Sernilla, porun monto deTrescie¡tos Mil Lempiras Exactos (L 300,000), el que tendrá como objetivo" el fortalecimiento de la dinámica económica dé las estructuras financieras iocales. I-os fondos, les serán otorgados en calidad de préstamos, a los beneficiarios, debiendo retomar el 1 00% de 1o prestado, más intereses a su estructura financiera o ernpresarial. m) El recurso otorgado, como Fondo Semilla deberá ser .superuisado por FLIIIIDER, ya que, estos recwsos quedan como capital semi1la. n)Ohas que sean consideradas pertinentes para el éxitó de ias actiüdades que constituyen el objeto del presente ConveTio. CLÁUSI]LA TERCERA: RESPONSABIITDADES CONJLINTAS. a) impulsar iniciativas de cooperación horizontal , que permita optimizar la utilización de los recursos de ambas instituciones en ia facilitación de procesos locales. b) Mantener comunicación fluiday abiertaparafacilitar el logro de los objetivos propuestos (reuniones, giras, evaluaciones, intercambios a nivel M. D. 6 DE DICIEMBR.E DEL 2016 No. ejecutivo y operativo). c) Velarporque 1as acciones del Convemo se ejecuten en el marco del espírihrdescentralizadoryparticipativo en latomade decisiones anivellocal. d) Ejecutarunmes antes de Xa fecha prevista para la finalización del Proyecto y el término del Convenio, la evaiuación de los resultados propuestos al inicio de período, para 1o quepracticará una Evaluación de los Resultados' CLÁUSULA CUARTA.: DURACIÓN, COBERTURA, EENEFICT,A.RIOS Y COMPONENTES DEL PITOYECT'O. Ei proyecto tendrá una duración de tres (3) años, inióiando en un período máximo de un mes después de la firma del Convenio y finalizando ai compietar los tres (3) años de ejecución, según se establece en la propuesta del proyecto; la cobertura del Proyecto es 9 aomunidades de 2 municipios localizadas en ios depanamentos de Choiuteca y Valies, Honduras. El proyecto beneficiará en forma directa a 200 pequeños productores de AJONJOií. CLÁUSULA QUÍNTA: ESTRATEGX,d DE OPERACIÓN DEL PROYECTO. La eshategia contempla que ei Froyecto se ejecute en tres (3) años en los municipios de El Triunfo, departamento de Choluteca y municipio de Nacaome, departamento de Valle; y lograr los objetivos prwistos al término del proyecto. El Programa 2KR-Japón-SAG, se reservan el derecho de aprobar o autorizar la continuación del proyecto, en función de ia valoración de los resultados, que se vayan alcanzando con ei desarrollo del mismo y conforrne a la ejecución presupuestaria. CLÁUSULA SEXT.a: PRESUPUESTo Y FUENTE§ DE LOS FONDOS PARA I-A EJECUCIÓN DEL PROYECTO. El presupuesto total para la ejecución del proyeoto es de Siete Millones Novecientos Setenta yNueve Mil Setecientos Cuarentay un Lanpiras Exactos (L 7,9'79,741.00), aportados de la manera siguiente: a) Aportes proveniente del Fondo Contravalor 2KRpor Cuatro Millones Quinientos Doce Mil Quinientos Dos Lempiras exacto (L4, 512,502.00), de los -- 6 of 8 -- RE T}F], HÓNDURAS . TEGUCIGAJ-PA M. D. 6 DE DICIEMBRE DEL 2016 No. 34 ouales un monto de Trescientos Mil I-empiras exactos (L 300,000.00) serán destinados a conformarun fondo sernilla cuyo objetivo será el otorgamiento áe préstamo a los productores. Estos fondos seran desembolsados a FUNDERpoT BANADESA (Institución encargada del Fideicomiso 2KR del Gobierno del Japón), en forma trimestral y de acuerdo a lo aprobado en el marco lógico y presupuesto del Proyecto, el que forma parte integral de Lste Convenio. La SAG, efectuará los desembolsos conforme al Plan Trimestral de Desembolsos que presente FLTNDER., siendo realizado el Primer Desembolso posterior a la firma del Fresente Convenio y ala aprobación del ComitéTecnico Adminislrativo del Frograma 2KR, a fin de iniciar con las operaciones del proyecto. Los subsiguientes desembolsos serán realizados, en un máximo, de 30 días después de la presentación de los informes de avance trimestral por parte de FUNDER. b) FLINDER, aportará Un Millón Quinientos Noventa y Ocho Mil Setecientos Sesenta y Nueve Lempirás (L.1,598,779.00), por concepto de fondos de préstamos y gastos administrativos. c) Los productores apodarán Un millón ochocientos sesenta y ocho cuatrocieirtos sesenta Lempiras (L.1 ,868,460), en concepto de insumos y mano de obra para la producción de ajonjolí. CLÁUSUI,A sÉptn{¿: CoMPRoMIsoS SoBRE I-,A UTILTZACIÓN DE LOS FONDOS. EI Gobierno de }a R.epública de Honduras a través de la SAG y FUNDER., se comprometen a garantizar el uso del Fondos Contravalor 2KR, exclusivamente para el Proyecto; bajo ninguna circunstancia podrán ser destinados para otro fin. CLÁUSUL.{ OCTAVA: DESEMBOLSO PARA LA EJECUCIÓN. Los desembolso del proyecto serán otorgados al ejecuto¡ de manera kimeshal y conforme a la programación presentada por el mismo, previa aprobación del ComitéAdminisbativo del Fideicomiso; así mismo, será necesaria 1a revisión del informe trimestral de ejecución, presentados por FUNDER. CLÁUSULA NOVENA; ADMINISTR,.A,CIÓN, SEGUXMIENTO Y EVALUACIÓN AI- CONVENIO. FLINDER, llevará cuentas bancarias y contabilidad separadas de todas las operaciones de1 Proyecto y presentará a la SAG y al Programa 2KR un informe técnico y financiero trimestral y uno final al concluir el Proyecto, así como de la auditoría extema realizada. FLINDER, presentará un Plan de Trabajo y Presupuesto, por el período de duración del Froyecto, que al efecto se aprueben en el marco del presente Convenio. Conjuntamente con la SAG y el Programa 2KR, se programarán jomadas de seguimiento y monitoreo para la evaluaciones que impliquen verificaciones de campo y el análisis de cumplimiento de objetivos yresultados, avances, limitaciones o problemas en la ejecución del Proyecto. CLÁUSULA DÉCIMA: DOCTIMENTO INTEGRAL DEL PRESENTE CONVENIO. a) EI Documento Final del Proyecto "Desarrollo de Oportunidades Comerciales y Mejoramiento de la Eficiencia y Rentabilidad de la Cadena de Producción deAjonjolí en los departamentos de Valle y Choluteca", b) El Presupuesto del Proyecto. c) LosAnexos del Proyecto. CLÁUSULADÉCIMA FRIMEI{A: CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONVENIO. El presente Convenio podrá rescindirse por las causas siguientes: a) Incumplimiento de cualquiera de ias cláusulas contenidas en este Convenio. b) Caso fortuito o fuerza mayor que hagan imposible su cumplimiento. c) La no ejecución del proyecto conforme al proyecto final de aprobación. Para efectos de lo estipulado en el Inciso b), se entenderá por caso fortuito. aquellas situaciones, donde se ha verificado la injerencia de personas: hueigas, manifestaciones, guerras, toques de queda, enhe otros. Asimismo, se entenderá por fuerza mayor, aquellos fenómenos naturales que no han podido preverse y aunque hayan sido preüstos, ha sido imposible eütarlos, talés como: inundaciónes, -- 7 of 8 -- A DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE DICIEMBR-E DEL 2016 No. 34.205 dem.rmbes, terremotos, entre ofos. La decisión de rescindir este Convenio deberá eomunicarse por escrito entre las partes involucradas, conunperíodomínimo detesmesesdeanticipación cLÁusU{,A DÉcwn srocu¡ro¿.: VTGENCIA. El presente Convenio, entrará en vigencia a partir de su firma y su duración será de tres (3) años, debe enviarse al Congreso Nacional, para la ratificación de la vigencia por trascender al siguiente período de gobierno. CI-ÁUSULA DÉCIMA TERCERA: AIVIPLL{CIÓN Y MODIFICICIÓN. f l presente Convenio, podrá ampliarse y modificarse por acuerdo entre las Partes, siguiendo los términos y condiciones del documento original, a través de Addendum, el que una vez firmado, pasará a formar parte integral del mismo. CLÁUSUI,A DÉCl»ra cuanra: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. TOdA difCrCNCiA, controversia o reclamación que surja de este Convenio o relación con el mismo o con su incurnplimiento, rescisión o invalid ea debtrá solucionarse mediante el procedimiento de arbitraje de conformidad con el Reglamento deArbitraje y Conciliación del Cenho de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio e Industrias de Tegucigalpa. CLÁUSIILA DÉCIMA e{JINTA: DISPOSICIONES GENERALES. Las Partes debidamente autorizadas, unavezconocisrdo el objetivo y alcance del presente Convenio de CooperaciónTécnica, firman en dos ejernplares de contenido idéntico, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, el día uno del mes de agosto del dos mil kece. (F V S) Jacobo José Regalado Weizemblut, Secretaría de Estado en los Despachos deAgricultura y Ganadería (SAG). Miguel Ángel Bonilla Reyes, Director Ejecutivo FUNDER
Articulos
Articulo 2
El presente Decreto entrará en vigencia a partirdel día desupublicación en el Diario Oficial "La Gaceta,'. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón dg §esiones del Congreso Nacional, a los dos días del mes de junio del año dos mil dieciséis. ANTONIO CÉSAN NTVPNA CALLEJAS PRESIDENTE MARIO ALONSO PÉREZ LÓPEZ SECRETARTO JOSÉ ToMÁs ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO ,4.1Foder Ejecutivo ForTanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 28 de junio de 2016 JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚSLTCA EL SECRETARIO ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICUI,TURA Y G,dNADERÍA (SAG). JACOBOPAZBODDEN -- 8 of 8 --
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