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Decreto No. 140-2018 | 21 de agosto de 2018 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 34,724

Acuerdo Ministerial No. 140-2018 — Protocolo de Evaluación Biológica y Monitoreo Pesquero de Pepino de Mar en el Caribe de Honduras

Considerandos

  1. 1.Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería a través de la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA), es la autoridad rectora del sector pesquero y acuícola, responsable de formular las políticas, en materia de pesca y sus conexos, pudiendo dictar medidas, procedimientos y requisitos necesarios para las investigaciones científicas y el aprovechamiento sostenible de los recursos marinos.
  2. 2.Que corresponde a la Dirección General de Pesca y Acuicultura, investigar mediante estudios que contribuyan a conocer el comportamiento de las especies hidrobiológicas, su Distribución Geográfica, cuantificación, repoblación, métodos y artes de pesca, así como otras investigaciones y estudios que contribuyan a la formulación de medidas para la correcta administración de los recursos.
  3. 3.Que es de utilidad y necesidad pública, la investigación científica de los recursos pesqueros y acuícolas del Estado de Honduras. Que los pepinos de mar son especies que pertenecen al filo Echinodermata y poseen una amplia distribución geográfica a nivel mundial, como el (molongo)Holothuria mexicana.
  4. 4.Que los pepinos de mar son recursos altamente vulnerables a la sobrepesca por su condición de escasa movilidad, que expuestos a intensa presión de captura se pone en riesgo su densidad óptima y relativa, debido a que los machos y las hembras quedan muy dispersos, poniendo en precario la repoblación natural de estas especies. UDI-DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG -- 1 of 13 -- Las últimas investigaciones a nivel mundial han evidenciado sobreexplotación y agotamiento de varias especies comerciales en diversas regiones del mundo particularmente en las regiones tropicales.
  5. 5.Que es de interés nacional el establecimiento de medidas eficaces para evitar la extinción de determinadas especies marinas, fluviales y lacustres, cuya pesca y extracción indiscriminada va en detrimento de la riqueza biológica nacional y su valor patrimonial
  6. 6.Que Honduras es signataria de convenios internacionales que tiene como objetivo la protección y conservación de los ecosistemas costeros, marinos y su biodiversidad.
  7. 7.Que en la zona Costera y Marina de Honduras existe una diversidad de recursos hidrobiológicos que conforman el conjunto de genes, especies, hábitat, ecosistemas y de recursos culturales que sirven de sustento a distintas actividades económicas esenciales para el desarrollo y la supervivencia de las comunidades costeras.
  8. 8.Que el Código de Conducta para la Pesca Responsable de la FAO establece principios de conformidad con las normas del Derecho Internacional pertinentes, para que la pesca y las actividades relacionadas a ella, se lleven a cabo de forma responsable en todos los aspectos biológicos, tecnológicos, económicos, sociales, ambientales y comerciales. Asimismo, recomienda de necesidad comenzar a desarrollar planes de gestión que permitan garantizar el uso sostenible, limitar las capturas, establecer las Áreas de No Pesca, regular y verificar las tallas comerciales, descritas en este Acuerdo Ministerial, así como el establecimiento de temporadas de veda que permitan su óptima reproducción en el ambiente marino.
  9. 9.Que los Estados deben aplicar ampliamente el Principio Precautorio de la FAO, en la conservación, ordenación y explotación de los recursos acuáticos vivos con el fin de protegerlos y preservar el medio acuático. La falta de información científica adecuada no debería utilizarse como justificación para aplazar o dejar de tomar las medidas de conservación y gestión necesarias.
  10. 10.Que estudios de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) advirtió de la amenaza de sobrepesca de los pepinos de mar, están sometidas a una intensa presión pesquera en todo el mundo. La creciente demanda internacional está poniendo en peligro numerosas especies de pepino de mar.
  11. 11.Que el Acuerdo Ejecutivo STSS 116-01 del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional de la Pesca Submarina vigente en Honduras, establece las regulaciones y medidas que deben aplicarse para la pesca submarina, las cuales deben evitar daños a la salud de los buzos y evitar la exposición al alto riesgo la vida humana de los trabajadores en la pesca.
  12. 12.Que la SAG a través de la DIGEPESCA procura impulsar el ordenamiento en la pesca de pepinos de mar, velando por su sostenibilidad y sustentabilidad, en consecuencia, continuar con el PROTOCOLO DE EVALUACIÓN BIOLÓGICA Y MONITOREO PESQUERO DEL PEPINO DE MAR EN EL CARIBE DE HONDURAS, siendo el objetivo general del mismo la identificación del estado de las poblaciones de pepino de mar de la especie Holothuria mexicana (molongo) con el fin de tomar decisiones y recomendaciones orientadas al diseño e implementación de un Plan de Manejo Pesquero sobre este recurso según lo manda la nueva Ley de Pesca y Acuicultura.
  13. 13.Que las especies Isotichopus badionatus y Actinopyga Agassizii, continúan con la veda establecida.
  14. 14.Que es importante ejercer un estricto control sobre las exportaciones de los productos pesqueros, UDI-DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG -- 2 of 13 -- a través del SENASA, de la especie de pepino de mar (Holothuria mexicana) (molongo)
  15. 15.Que en coordinación con el Comité Interinstitucional para el combate de la Pesca Ilegal no Declarada no Reglamentada se actuará de oficio en coordinación con otras Secretarías de Estado si así lo requiere.
  16. 16.Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM 014-2018 de fecha 22 de marzo de 2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 10 de abril de 2018, se creó la Secretaría de Estado en el Despacho de Turismo.
  17. 17.Que mediante Acuerdo No.- 084-A -2015 de fecha tres (03) de agosto del año dos mil quince (2015), se nombró Secretaría General del Instituto Hondureño de Turismo a la ciudadana ANALESKY FONSECA TREJO.

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