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11 de diciembre de 2017Vigente

Acuerdo Ministerial No. 004-2018 — Promulgación de Decisiones de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio con China (Taiwan)

Congreso Nacional

  • Decreto: 004-2018
  • Publicación: 11 de diciembre de 2017
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 34,546
  • Categoria: Mercantil

Considerandos

Que el Tratado de Libre Comercio entrel;sRepbblicadeChina(Taiwan),ylasRepdbli6as de EI Salvador y Honduras (en adelante el Tratado) fue aprobado por el Congreso Nacional mediante Decreto No. 06-2008 del 30 de enero de 2008, estableci6ndose mediante Acuerdo No. 255-2008 el dia 15 de julio de 2008 como fecha de entrada en vigor del Tratado.

Que la Comisi6n Administradora establecida en el Tratado, es el 6rgano maximo para la administraci6n, aplicaci6n y cumplimiento del rismo, lacualest5integradaporlosMinistrosacuyocargoesth el comercio exterior de las Partes Contratantes.

Que el Tratado en su Articulo 14.01 establece las funciones de la Comisi6n Adminis- tradoralacunltomasusDecisionesporconsensolasque suten efecto entre las Partes que las adoptan.

Que en el inbito de las funciones de la Comisi6n Administradora del Tratado, el Ministro de Asuntos Econ6micos de la Repfrolica de China /ri-a:`.,2t`\ `, pl <prrf.tarin de Desarrollo ECon6mico de 19 DE ENER0 DEL 2018 No. 34,546 Cuota Linite de Azdcar Refinado del Anexo 3.04 de Tratado; Decisi6n No.15 : Modificaci6n al Tratamientt Arancelario para Hueso con Came, otros Despojo Comestibles de Bovinos y Productos de la Leche e Polvo del Anexo 3.04 del Tratado; Decisi6n No.1( Modificaci6n al Tratamiento Arancelario para Jugo d Aloe Vera y Cintas Autoadhesivas del Anexo 3.04 dt Tratado.

Texto completo

ACUERDO M INISTERIAL NUMERO 004-2018 EI Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Econ6mico ' CONSIDERANDO: Que el Tratado de Libre Comercio entrel;sRepbblicadeChina(Taiwan),ylasRepdbli6as de EI Salvador y Honduras (en adelante el Tratado) fue aprobado por el Congreso Nacional mediante Decreto No. 06-2008 del 30 de enero de 2008, estableci6ndose mediante Acuerdo No. 255-2008 el dia 15 de julio de 2008 como fecha de entrada en vigor del Tratado. CONSIDERANDO: Que la Comisi6n Administradora establecida en el Tratado, es el 6rgano maximo para la administraci6n, aplicaci6n y cumplimiento del rismo, lacualest5integradaporlosMinistrosacuyocargoesth el comercio exterior de las Partes Contratantes. CONSIDERANDO: Que el Tratado en su Articulo 14.01 establece las funciones de la Comisi6n Adminis- tradoralacunltomasusDecisionesporconsensolasque suten efecto entre las Partes que las adoptan. CONSIDERANDO: Que en el inbito de las funciones de la Comisi6n Administradora del Tratado, el Ministro de Asuntos Econ6micos de la Repfrolica de China /ri-a:`.,2t`\ `, pl <prrf.tarin de Desarrollo ECon6mico de 19 DE ENER0 DEL 2018 No. 34,546 Cuota Linite de Azdcar Refinado del Anexo 3.04 de Tratado; Decisi6n No.15 : Modificaci6n al Tratamientt Arancelario para Hueso con Came, otros Despojo Comestibles de Bovinos y Productos de la Leche e Polvo del Anexo 3.04 del Tratado; Decisi6n No.1( Modificaci6n al Tratamiento Arancelario para Jugo d Aloe Vera y Cintas Autoadhesivas del Anexo 3.04 dt Tratado. POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confieren li Articulos 21 de la Constituci6n de la Reptiblica, : numeral 9, 36 numeral 8,116,118 de la Ley Gene de la Admjnistraci6n Pbblica y 14.01.1; 14.01.3b(i)( y 14.01.4 del Tratado. ACUERDA: Articulo I.- Promulgar para conocimiento pdbli obligatoria observancia y cumplimiento, las Decisio aprobadasyadoptadasporlaComisi6nAdministrad del Tratado: Decision No.14: Modificaci6n de la Cu Limite de Azbcar Refinada del Anexo 3.04 del Trata en el sentido de aumentar el linite a 10.000 tonela m6tricas,manteniendolacuotaanunldeazbcareneln- original de60.000toneladasm6tricasparaserexpo desde la Repdblica de Honduras hacia la Repbblic Taiwan, C6digos Arancelarios 1701.91.20; 1701.99 1709.99.20; 1701.99.90; Decision No.15: Modifica al Tratamiento Arancelario para Hueso con C otros Despojos Comestibles de Bovinos y Prods

REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. aduaneros para los c6digos Arancelarios 0206.10.10; 0206.10.90; y con programa de desgravaci6n al afro 6 de cero por ciento (0%) 1os C6digos Arancelarios 0402.10.00: 0402.21.00; Decisi6n No.16: Modificaci6n al Tratamiento Arancelario para Jugo de Aloe Vera y CintasAutoadhesivasoriginariosdelaRepdblicadechina (Taiwan), con un programa de reducci6n arancelaria al afro 10 de cero por ciento (0.% ) para el jugo de aloe vera, C6digo Arancelario 2202.99.90.00; y la eliminaci6n inmediata de los aranceles aduaneros para cintas de anchura inferioroiguala10cm,C6digoArancelario3919.10.10.00;y Otros.CintaC6digoArancelario3919.10.90.00. Artieulo 2.- El presente Acuerdo empezafa a regir a partirdelafechadesupromulgaci6nenel Diario Oficial "La Gaceta" y hacerse del conocimiento de la Direcci6n Administradora de Rentas Aduaneras (DARA) para los efectos de Icy correspondientes. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diez dias del mes de enero de dos mil dieciocho. ARNALD0 CASTILLO Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Econ6mico C.' 19DE ENERO DEL2018 No. 34,546 Direcct6nL:de Niiiez 4_4olescer.cia y Fan;IlSa DINAF