Acuerdo Ejecutivo — Adendum al Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional sobre Atención de Salud Integral a la Población Privada de Libertad
Articulos
Articulo 42
“Toda persona privada de libertad debe recibir asistencia médica integral. La misma se debe prestar en la medida que lo requiera la prevención, fomento y restitución de la salud de la persona privada de libertad e incluir servicios permanentes o temporales de medicina general, odontológicos, psicológicos y psiquiátricos, de conformidad a lo dispuesto en esta Ley y sus Reglamentos”. En relación con los Tratados y Declaraciones Suscritas y Ratificados por Honduras y demás normas legales aplicables. Por tanto, se aplica lo dispuesto en los artículos 133, 134,135 del Reglamento General de la Ley del Sistema Penitenciario Nacional. Acatando a la vez lo dispuesto en el MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO entre la SCGG y la que era entonces la SDHJDG ahora SGJD y el COMITÉ INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA (CICR), en el cual se identificaron tres centros penitenciarios pilotos para la ejecución de las acciones humanitarias, al hacerse el proceso de evaluación en las temáticas identificadas en el documento, se consideró oportuno, procedente y viable ampliar a todos los centros penitenciarios del país, para atender lo que corresponde a la coordinación, enlace, supervisión, evaluación y demás componentes para regular la salud pública, como un eje transversal para la aplicación del derecho y la justicia en el marco de los derechos humanos, garantizando la seguridad y la calidad de servicios médicos previniendo daños colectivos, a las personas privadas de libertad. Que la SCGG considera necesario continuar con la política general de coordinar las acciones tendientes a una planificación estratégica, dada la formulación de políticas que crean planes de desarrollo institucionales, mediante el uso racional de recursos para la eficiencia y eficacia de las tareas asignadas a cada uno de ellos, derivando en el rendimiento de los resultados esperados, en el plazo indicado para ello. El presente documento adiciona nuevos suscriptores y compromisos al Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional sobre Atención de Salud Integral a la Población Privada de Libertad entre la Secretaría de Coordinación General de Gobierno (SCGG), la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL), la Secretaría de Estado en los Despacho de Gobernación, Justicia y Descentralización (SGJD) a través del Instituto Nacional Penitenciario (INP), la Secretaría de Estado en el Despacho -- 15 of 20 -- de Derechos Humanos, (SEDH), el Poder Judicial de Honduras y actuando la Organización Panamericana de la Salud/ Organización Mundial de la Salud - Honduras (OPS/ OMS-Honduras) y el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) como testigos de honor. Consecuentemente el orden correlativo establecido en el Convenio Marco se modifica. Por lo que los firmantes nos comprometemos a: Continuar con la colaboración mutua para contribuir a optimizar las condiciones médico-asistenciales en los centros penitenciarios, en las acciones de prevención, control, curación y rehabilitación de la salud entre la población de personas privadas de libertad en todos los centros penitenciarios del país y ratificar lo expuesto en el Convenio original entre los entes colaboradores en las otras cláusulas que lo componen. SE ADICIONA A LOS COMPROMISOS YA EXISTENTES EN EL CONVENIO MARCO LOS SIGUIENTES: TERCERA: COMPROMISOS DE LA SECRETARÍA DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO 3.5 Se compromete a lo dispuesto en el CONVENIO MARCO ya firmado por lo tanto lo ratifica, a establecer la colaboración entre las instituciones del Poder Ejecutivo participantes, ya existentes en el Convenio como las instituciones que se agregaron y que actualmente comparecen, sirviendo de enlace y coordinación entre los planes y programas que ejecutan en este campo de la salud y protección de las personas privadas de libertad. CUARTA: COMPROMISOS DE LA SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS: 4.1 Diseñar e implementar programa de formación y capacitación en derechos humanos, a profesionales de la salud, que brindan asistencia médica a las personas privadas de libertad en los establecimientos penitenciarios. 4.2 Asesorar al Poder Ejecutivo y demás órganos e instituciones estatales, sobre el abordaje que debe brindárseles a las personas privadas de libertad, en materia de derechos humanos, como grupo colocado en condiciones de vulnerabilidad. 4.3 Brindar acompañamiento técnico cuando sea requerido, en el proceso de ejecución del Convenio Marco. 4.4 Acompañamiento en los procesos de elaboración de protocolos para el tratamiento de las personas privadas de libertad, como grupo en situación de vulnerabilidad. 4.5 Acompañamiento en la implementación de acciones que, en el marco de la Política Pública y Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos, tiene bajo su responsabilidad la “SESAL”. 4.6 Impulsar en coordinación con la “SESAL” programas de educación sobre el derecho a la salud sexual y reproductiva, velando el cumplimiento de acciones de prevención y control dirigido a familiares de las personas privadas de libertad. 4.7 Atender y dar seguimiento a los compromisos adquiridos, en las mesas de trabajo que se originen en la ejecución del Convenio. 4.8 Las demás que sean de mutuo acuerdo y se perfeccionen mediante intercambio de notas entre las partes y Adendum respectivo. Q U I N T A : C O M P R O M I S O S D E L A SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN A TRAVÉS DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO 5.8 Todos los compromisos adquiridos en el convenio marco serán aplicables a todos los Establecimientos penitenciarios en general. 5.9 Infraestructura: Crear o habilitar el espacio físico para el control de enfermedades infectocontagiosas conforme a los estándares establecidos por la SESAL -- 16 of 20 -- 5.10 Recurso Humano: El INP garantizará asignación del recurso humano para lo cual hará los llamados a concurso siguiendo el procedimiento establecido para tal efecto. 5.11 El INP nombrará un Coordinador o Jefe Médico responsable para todo lo que corresponde al presente Adendum 5.12 Equipo y Suministros: Establecer dentro del presupuesto del INP la previsión del equipo y suministros médicos 5.13 Logística: El INP será responsable de brindar la logística necesaria para el cumplimiento del Adendum SEXTA: COMPROMISOS DE LA SECRETARÍA DE SALUD 6.7 Licenciamiento de los Servicios: Desarrollo de inspecciones para que los Servicios de Salud del INP se ajusten a la nueva categorización de los Establecimientos de Salud (ES), según acuerdo ministerial No. 3234 para primer nivel de atención y el Acuerdo Ministerial No. 4006 para servicios de segundo nivel de atención. 6.8 Integración de los Servicios de Salud del INP a las Redes Integradas de Servicios de Salud (RISS): Implementará los mecanismos para integrar a los Servicios de Salud del INP para que formen parte de las RISS para lo cual la Región Sanitaria correspondiente, de acuerdo a ubicación del Establecimiento Penitenciario, les dará las directrices. 6.9 Aclaración del compromiso 5.2 del Convenio Marco, en el sentido que la SESAL realizó la complementarización de los insumos, medicamentos y reactivos a nivel nacional; para efectos de este Adendum, el suministro se limitará a la lista aprobada por RISS para el primer y segundo nivel, para los problemas de Salud priorizados como ser: Vacunas según el esquema nacional de vacunación, Tuberculosis (TB), Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH), Malaria, y otros que se especifiquen en la lista a través de las Regiones Sanitarias de acuerdo al plan de acción y proporcionará la asesoría técnica sobre las buenas prácticas de almacenamiento (según aplique). 6.10 Asegurar que los servicios en los Establecimientos P e n i t e n c i a r i o s r e s p e t e n l o s p r i n c i p i o s d e confidencialidad y ética médica, así como la normativa técnica de la SESAL 6.11 La SESAL proporcionará el listado nacional de medicamentos de acuerdo al nivel de atención para la priorización dentro de las compras del INP a efecto de proporcionar una guía base. 6.12 Participación de la SESAL en la Mesa de Salud Penitenciaria. 6.13 La SESAL coordinará las acciones necesarias con los gestores de servicios de salud con los que mantiene convenios de gestión por resultados bajo la modalidad descentralizada para los efectos que surjan de los compromisos adquiridos por la SESAL en el presente Adendum. SÉPTIMA: COMPROMISOS ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE SALUD/ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD - HONDURAS (OPS/OMS) 7.1 La OPS/OMS será veedor de los compromisos adquiridos por las instancias suscritas. 7.2 Apoyará en la veeduría y asistencia técnica requerida en la elaboración y ejecución de las actividades acordadas por las instituciones suscritas, en el Plan Operativo del Adendum al Convenio Marco 7.3 Brindará cooperación técnica en la implementación de la Guía y Reglamento de Control de Infecciones, en el análisis de la situación de TB/VIH e ITS u otras enfermedades transmisibles y desatendidas. -- 17 of 20 -- 7.4 Apoyará la formación y capacitación al personal en materia de derechos humanos de las personas en el contexto de la privación de libertad, incluyendo estándares, principios y buenas prácticas sobre el tratamiento y la protección de las PPL con énfasis en el derecho a la salud 7.5 Cooperación técnica a la SESAL en la realización del diagnóstico y/o elaboración de los instrumentos de recolección de datos e información 7.6 Acompañará a la SESAL en otros apoyos requeridos de acuerdo con los proyectos y financiamientos disponibles. 7.7 La OPS/OMS integrará la Mesa de Salud Penitenciaria OCTAVA: COMPROMISOS DEL PODER JUDICIAL DE HONDURAS 8.1 En virtud que existe un Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República de Honduras, el Poder Judicial de Honduras y el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), suscrito a los cinco (5) días del mes de febrero del año 2018; el Poder Judicial se compromete a lo dispuesto en el mismo y establecer la colaboración entre la Coordinación Nacional de Jueces de Ejecución de la Pena y el Programa de Auditoría Penitenciaria, Defensa Pública, Centro Electrónico de Documentación e Información Judicial (CEDIJ) y el INP para el cruce de información estadística de la población penitenciaria. N O V E N A : C O M P R O M I S O S D E L C O M I T É INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA 9.1 EL CICR será veedor de los compromisos adquiridos por las instancias suscritas y en la elaboración e implementación de las actividades que operativicen los acuerdos. 9.2 Acatar a lo indicado en el MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO entre la SCGG y la que era entonces la SDHJDG ahora SGJD, y el COMITÉ INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA (CICR). 9.3 El CICR será responsable de proporcionar un vínculo entre las actividades de la Mesa de Salud (en virtud del Convenio y Adendum de Salud) y las otras tres (3) Mesas de trabajo para fortalecer el sistema penitenciario: Infraestructura, Gestión de Sistemas Penitenciarios y Garantías Judiciales. 9.4 Facilitar el acceso de los integrantes de la Mesa a espacios de formación sobre salud en detención y cualquier otra materia que favorezca la consolidación de un Sistema Penitenciario respetuoso de la dignidad y/o en línea con estándares internacionales de la persona y acorde con la ética médica. 9.5 Implementar acciones que favorecen la cooperación internacional de las autoridades penitenciarias en materia de intercambio de experiencias y buenas prácticas entre los distintos países de la región relacionadas en acorde con las actividades de la Mesa de Salud. 9.6 Acompañará al INP, la SESAL y los actores de la Mesa de Salud en otros apoyos requeridos de acuerdo con los proyectos disponibles. DÉCIMA: COMPROMISOS CONJUNTOS 10.1 Elaborar un plan interinstitucional para la ejecución del convenio. ONCEAVA: VIGENCIA DEL ADENDUM El presente Adendum entrará en vigencia a partir de la firma y su duración se adhiere a lo establecido en el Convenio Marco original, pudiendo ser revisado periódicamente sujeto a las modificaciones que se consideren necesarias y de acuerdo a la legislación vigente. -- 18 of 20 -- Todas las provisiones del Convenio Marco original no modificadas mediante el presente Adendum, permanecerán aplicables con plena validez y vigencia. En fe de lo cual firmamos y ratificamos para constancia ocho (8) ejemplares originales, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los treinta y un días (31) del mes de agosto de 2018. Rolando Edgardo Argueta Pérez PRESIDENTE PODER JUDICIAL DE HONDURAS Rosa Irene Gudiel Ardón DIRECTORA NACIONAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Piedad Huerta Arneros REPRESENTANTE DE LA OPS/OMS EN HONDURAS TESTIGO DE HONOR /COOPERANTE Alexandre Formisano JEFE DE MISIÓN COMITÉ INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA TESTIGO DE HONOR / COOPERANTE Martha Vicenta Doblado Andara SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO Octavio Rubén Sánchez Midence SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD Héctor Leonel Ayala SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Karla Eugenia Cueva Aguilar SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS ________ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito -- 19 of 20 -- (E.N.A.G.) Tel. Recepción 2230-6767. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-1391, 2230-25-58 y 2230-3026 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. 1) Resolución No. 206-2019. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental, contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: -- 20 of 20 --