VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. 19-2022 | Congreso Nacional

Decreto Legislativo No. 19-2022 — Reforma relacionada con asignaciones presupuestarias y nombramientos de personal

Considerandos

  1. 1.Que de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 364 de la Constitución de la República, “No podrá hacerse ningún compromiso o efectuarse pago alguno fuera de las asignaciones votadas en el Presupuesto o, en contravención a las normas presupuestarias. Los infractores serán responsables civil, penal y administrativamente”.
  2. 2.Que la Ley Orgánica del Presupuesto establece como objetivos, garantizar el cumplimiento del Principio de Legalidad, así como los criterios de eficiencia y eficacia en la obtención y aplicación financiera y económica de los recursos públicos así como; sistematizar las operaciones de programación, administración, evaluación y control de los recursos financieros del Estado, sin perjuicio de las acciones que correspondan a sus entes fiscalizadores.
  3. 3.Que el Poder Ejecutivo en un período de veintidós (22) días, mientras se efectuaban las actividades de la transición del Gobierno aprobó en Consejo de Ministros el Decreto PCM No.130-2021, ordenando sin ningún tipo de estudio, a sabiendas de la situación crítica de las finanzas públicas, nombrar a todo el personal que se encontraba bajo la modalidad de contratos por tiempo determinado sin excepciones de ninguna clase. -- 4 of 4 --

Articulos

Articulo 364

de la Constitución de la República, “No podrá hacerse ningún compromiso o efectuarse pago alguno fuera de las asignaciones votadas en el Presupuesto o, en contravención a las normas presupuestarias. Los infractores serán responsables civil, penal y administrativamente”. CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica del Presupuesto establece como objetivos, garantizar el cumplimiento del Principio de Legalidad, así como los criterios de eficiencia y eficacia en la obtención y aplicación financiera y económica de los recursos públicos así como; sistematizar las operaciones de programación, administración, evaluación y control de los recursos financieros del Estado, sin perjuicio de las acciones que correspondan a sus entes fiscalizadores. CONSIDERANDO: Que el Poder Ejecutivo en un período de veintidós (22) días, mientras se efectuaban las actividades de la transición del Gobierno aprobó en Consejo de Ministros el Decreto PCM No.130-2021, ordenando sin ningún tipo de estudio, a sabiendas de la situación crítica de las finanzas públicas, nombrar a todo el personal que se encontraba bajo la modalidad de contratos por tiempo determinado sin excepciones de ninguna clase. -- 4 of 4 --

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