VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. 4-2018 | 10 de mayo de 2018 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 33,375

Decreto Legislativo No. 4-2018 — Reforma por adición del Artículo 3 del Decreto No. 62-2017 relativo a reservas presupuestarias para el proyecto de mejoramiento de infraestructura y servicios del Departamento de Islas de la Bahía

Considerandos

  1. 1.Que mediante Decreto No.62-2017 del 8 de agosto de 2017, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 2 de septiembre de 2017, se aprobó derogar el Decreto No.306-2013 de fecha 13 de Enero de 2014, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" No.33,375, el 10 de marzo de 2014, que contiene la aprobación del Contrato de Fideicomiso para el proyecto denominado "MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS DEL DEPARTAMENTO DE ISLAS DE LA BAHÍA".
  2. 2.Que mediante Decreto No.62-2017 de fecha 8 de agosto de 2017, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 2 de septiembre de 2017, se aprobó derogar el Decreto No.122-2016 de fecha 8 de septiembre de 2016, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" No.34,200, el 30 de noviembre de 2016, mediante el cual se reforma el Decreto 306-2013.
  3. 3.Que las reservas presupuestarias antes descritas son con el objetivo de alimentar el fideicomiso para MAURICIO OLIVA HERRERA PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO SALVADOR VALERIANO PINEDA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 20 de marzo de 2018 JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL FREDY DIAZ ZELAYA ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax Gerencia: 2230-4955 Administración: 2230-3026 Faxes: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL La Gaceta ejecutar el proyecto denominado "EJECUCIÓN DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS EN LA REPÚBLICA DE HONDURAS", con la finalidad exclusiva de la ejecución y puesta en marcha del Proyecto "MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS DEL DEPARTAMENTO DE ISLAS DE LA BAHÍA".
  4. 4.Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: crear, decretar, interpretar, reformar y derogar leyes.

Articulos

Articulo 1

Reformar por adición el Artículo 3 del Decreto No. 62-2017, del 8 de agosto de 2017 y publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 2 de septiembre de 2017, el cual deberá leerse de la manera siguiente: "ARTÍCULO 3.- Se autoriza al Poder Ejecutivo para que a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas haga las reservas presupuestarias del Presupuesto de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), se haga la deducción anual por diez (10) años consecutivos a partir del año 2018, por un monto de CINCUENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L.50,000,000.00), así mismo, se autoriza para que la recaudación anual por concepto de Tasa Turística que reporte el Instituto Hondureño de Turismo (IHT), se haga deducción anual por diez (10) años consecutivos a partir del año 2018, por un monto de VEINTE MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L.20,000,000.00) y autorizar a la Zona Libre Turística de Islas de la Bahía a incorporar la cantidad de SIETE MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L.7,000,000.00) anual por un período de diez (10) años a partir del año 2018".

Articulo 2

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los trece días del mes de febrero del dos mil dieciocho. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO TERESA CONCEPCIÓN CALIX BARDALES SECRETARIA Al Poder Ejecutivo Por tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 08 de marzo de 2018. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS ROCIO IZABEL TABORA

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