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Decreto No. 235-2012 | Congreso Nacional

Decreto Legislativo No. 235-2012 — Reforma a los Artículos 189 y 205 Atribución 3) de la Constitución de la República sobre modernización del Poder Legislativo

Considerandos

  1. 1.Que el Congreso Nacional ha venido impulsando reformas a la institucionalidad del país a efecto de poner a tono las actividades del Estado a favor de los ciudadanos y el fortalecimiento de la democracia y de las instituciones, en ese orden, es necesario que el Congreso Nacional inicie un proceso de modernización del Poder Legislativo. C O N S I D E R A N D O : Que es importante dinamizar procedimiento parlamentario para la formación de Ley y la inclusión de nuevas tecnologías, y este Congreso de diputados ha impulsado un proceso de modernización de tal forma que el Pueblo hondureno tenga acceso a través de internet a las sesiones en vivo, pueda conocer las estadísticas, votaciones, participaciones de los diputados, lo que también se logra en vivo a través del Canal 20 del Congreso Nacional.
  2. 2.Que es necesario que el Poder Legislativo se modernice para responder con eficiencia a los nuevos retos que afronta el pueblo hondureno, así como el fortalecimiento de la democracia.
  3. 3.Que el Congreso Nacional tiene la atribución de reformar la Constitución de la República.

Articulos

Articulo 1

Reformar los artículos 189 y 205 Atribución 3) de la CONSTITUCIÓN D E L A REPÚBLICA, los cuales deben leerse de la siguiente manera: "ARTÍCULO 189.-E1 Poder Legislativo se ejerce por un Congreso de Diputados, que serán elegidos por sufragio directo. Se reunirá en sesiones ordinarias en la capital de la República el veinticinco de enero de cada año, sin necesidad de convocatoria, y clausurará sus sesiones el treinta y uno de octubre del mismo año. Las sesiones podrán prorrogarse por el tiempo que fuere necesario por resolución del Congreso, a iniciativa de uno o más de sus miembros o a solicitud del Poder Ejecutivo. -- 2 of 2 --

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