Decreto Legislativo No. 37-2026 — Declaratoria del Festival Internacional de Arte y Cultura Gracias Convoca como Patrimonio Cultural de la Nación
Considerandos
- 1.Que la Constitución de la República establece que toda riqueza antropológica, arqueológica, histórica y artística de Honduras forma parte del patrimonio cultural de la Nación.
- 2.Que la Constitución de la República, en su Artículo 173, establece que: “El Estado preservará y estimulará las culturas nativas, así como las genuinas expresiones del folklore nacional, el arte popular y las artesanías”.
- 3.Que la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación, emitida mediante Decreto No. 220-97 de fecha 17 de diciembre de 1997 y publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” el 21 de febrero de 1998, reconoce el deber del Estado de preservar y fortalecer el arte y la cultura nacional en todas sus formas de expresión.
- 4.Que la citada Ley, en su Artículo 1, establece como objeto principal la defensa, conservación, reivindicación, rescate, restauración, protección, investigación, divulgación, acrecentamiento y transmisión a las generaciones futuras de los bienes que constituyen el patrimonio cultural de la nación.
- 5.Que de conformidad con el Artículo 205, Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.
- 6.Que el Artículo 2, numerales 9 y 10, de la misma Ley reconoce como parte del patrimonio cultural las manifestaciones culturales de los pueblos indígenas vivos, sus tradiciones, conocimientos, técnicas, sistemas de valores, así como las celebraciones, música, danza, arte culinario y tradición oral.
- 7.Que el FESTIVAL INTER- NACIONAL DE ARTE Y CULTURA “GRACIAS CONVOCA” durante los últimos trece (13) años ha promovido exitosamente un destino turístico basado en la identidad nacional, las tradiciones locales, la arquitectura colonial, los atractivos ecológicos, el turismo religioso y la promoción de las expresiones artísticas en general, desarrollándose en la ciudad de Gracias, Departamento de Lempira.
- 8.Que dicho Festival aspira a consolidarse como una de las principales vitrinas culturales del país, resaltando la identidad nacional y proyectando al mundo el patrimonio cultural de la región.
- 9.Que, a efectos de optimizar recursos públicos y garantizar transparencia, resulta conveniente establecer mecanismos de veeduría social que promuevan el adecuado funcionamiento de la administración pública mediante auditoría social y fortalecimiento institucional.
- 10.Que es de vital importancia el apoyo del Gobierno Central para fomentar el desarrollo económico -- 42 of 88 -- la República, la cantidad de UN MILLÓN DE LEMPIRAS EXACTOS (L.1,000,000.00) AL FESTIVAL INTERNACIONAL DE ARTE Y CULTURA “GRACIAS CONVOCA”. Dicha partida presupuestaria deberá incorporarse a partir del Ejercicio Fiscal 2026 y será transferida a la Municipalidad de Gracias, Departamento de Lempira, para su uso exclusivo en la organización y desarrollo del referido Festival.
Articulos
Articulo 2
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los doce días del mes de marzo de dos mil veintiséis. JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA PRESIDENTE CARLOS ROBERTO LEDEZMA CASCO SECRETARIO FRANCIS OMAR CABRERA MIRANDA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 13 de marzo de 2026. NASRY JUAN ASFURA ZABLAH PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA -- 41 of 88 -- sostenible e inclusivo en la ciudad de Gracias y la región occidental del país. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 205, Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes. POR TANTO, D E C R E TA :
Articulo 1
Declarar el FESTIVAL INTER- NACIONAL DE ARTE Y CULTURA “GRACIAS CONVOCA”, celebrado en el Municipio de Gracias, Departamento de Lempira, como PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN, en reconocimiento a su contribución a la preservación, promoción y difusión de las manifestaciones culturales, tradiciones y expresiones artísticas del pueblo hondureño.
Articulo 2
S e o r d e n a a l a S E C R E TA R Í A DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS (SEFIN) asignar a n u a l m e n t e e n e l P r e s u p u e s t o General de Ingresos y Egresos de CONSIDERANDO: Que el Artículo 2, numerales 9 y 10, de la misma Ley reconoce como parte del patrimonio cultural las manifestaciones culturales de los pueblos indígenas vivos, sus tradiciones, conocimientos, técnicas, sistemas de valores, así como las celebraciones, música, danza, arte culinario y tradición oral. CONSIDERANDO: Que el FESTIVAL INTER- NACIONAL DE ARTE Y CULTURA “GRACIAS CONVOCA” durante los últimos trece (13) años ha promovido exitosamente un destino turístico basado en la identidad nacional, las tradiciones locales, la arquitectura colonial, los atractivos ecológicos, el turismo religioso y la promoción de las expresiones artísticas en general, desarrollándose en la ciudad de Gracias, Departamento de Lempira. CONSIDERANDO: Que dicho Festival aspira a consolidarse como una de las principales vitrinas culturales del país, resaltando la identidad nacional y proyectando al mundo el patrimonio cultural de la región. CONSIDERANDO: Que, a efectos de optimizar recursos públicos y garantizar transparencia, resulta conveniente establecer mecanismos de veeduría social que promuevan el adecuado funcionamiento de la administración pública mediante auditoría social y fortalecimiento institucional. CONSIDERANDO: Que es de vital importancia el apoyo del Gobierno Central para fomentar el desarrollo económico -- 42 of 88 -- la República, la cantidad de UN MILLÓN DE LEMPIRAS EXACTOS (L.1,000,000.00) AL FESTIVAL INTERNACIONAL DE ARTE Y CULTURA “GRACIAS CONVOCA”. Dicha partida presupuestaria deberá incorporarse a partir del Ejercicio Fiscal 2026 y será transferida a la Municipalidad de Gracias, Departamento de Lempira, para su uso exclusivo en la organización y desarrollo del referido Festival.
Articulo 3
La Municipalidad de Gracias deberá garantizar mecanismos de veeduría social para la correcta ejecución de los fondos asignados, debiendo solicitar el acompañamiento de organizaciones de sociedad civil u otras instituciones legalmente constituidas y facultadas estatutariamente para tales fines, tales como: La Cámara Nacional de Turismo de Honduras (CANATURH) y Cámara de Comercio e Industrias de Lempira.
Articulo 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de marzo de dos mil veintiséis. JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA PRESIDENTE CARLOS ROBERTO LEDEZMA CASCO SECRETARIO ARIANA MELISSA BANEGAS CÁRCAMO SECRETARIA Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 20 de marzo de 2026. NASRY JUAN ASFURA ZABLAH PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA -- 43 of 88 -- Poder Legislativo